1. ANTECEDENTES
La utilizaci\u00f3n de las mercanc\u00edas peligrosas en la sociedad moderna es ejemplo los combustibles empleados como fuente de energ\u00eda, en los proces industriales o en el transporte, tambi\u00e9n existen otros tipos de mercanc\u00 intervienen como materias primas en procesos productivos destinados a la fabric de fertilizantes, pinturas, medicamentos, sustancias para higiene entre otros. E transporte de estas mercanc\u00edas por tierra, mar o aire es de gran inter\u00e mundo, ya que se incrementa el comercio mundial de productos qu\u00edmicos y mercanc\u00edas que generan riesgos tanto a la poblaci\u00f3n como al med
La movilizaci\u00f3n de estos productos entre los lugares de producci\u00f3n se efect\u00faan a trav\u00e9s de los diferentes modos de transporte, uno de el por carretera. En este caso el desplazamiento de los veh\u00edculos por las v\u presentar riesgos potenciales que pueden causar lesiones o la muerte a los q realizan la operaci\u00f3n de la movilizaci\u00f3n, a la poblaci\u00f3n y da\u
La poblaci\u00f3n en general desconoce los peligros potenciales que posee el t mercanc\u00edas peligrosas. Cada vez que ocurre un accidente donde est\u00e tipo de mercanc\u00edas, causando lesiones o no, muertes o la contaminaci\u00 ambiente, se solicitan reglamentos que garanticen la seguridad. Por esta raz\u0 transporte y las operaciones de cargue y descargue de mercanc\u00edas peligr reglamentarse para minimizar los riesgos de estos incidentes.
A nivel, internacional se ha prestado gran atenci\u00f3n a las medidas espec\u dirigidas a reducir los accidentes y mitigar sus consecuencias. Es as\u00ed, co medidas incluyen el cumplimiento de requisitos especiales para los veh\u00e transporte, el envase, los embalajes, la identificaci\u00f3n de las mercanc\u00 trav\u00e9s de etiquetas o r\u00f3tulos de advertencia, los documentos de tran fundamentalmente la capacitaci\u00f3n del personal en lo relacionado con la r en el manejo de este tipo de productos y su capacidad de respuesta a situacion emergencia.
La organizaci\u00f3n internacional que se ocupa de desarrollar las disposicion t\u00e9cnico para el transporte de todo tipo de mercanc\u00edas peligrosas, e materiales radiactivos, es el Comit\u00e9 de Expertos de la Organizaci\u00f3 Unidas (ONU). Estos procedimientos son aplicables a todas las modalidades de transporte, y se publican en las Recomendaciones Relativas al Transporte d Mercanc\u00edas Peligrosas (Libro Naranja), estas especificaciones se actualizan ca a\u00f1os, a 1999 est\u00e1 la und\u00e9cima edici\u00f3n revisada. SUBDIRECCION OPERATIVA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR GRUPO DE ESTUDIOS DE CARGA
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El Organismo Internacional de Energ\u00eda At\u00f3mica (OIEA) elabora las el transporte seguro de material radiactivo en los diferentes modos de transpor procedimientos se publican en la Colecci\u00f3n de normas de seguridad del Reglamento para el transporte seguro de materiales radiactivos.
Las organizaciones regionales e internacionales que han incorporado reglamentos las disposiciones de Naciones Unidas y del OIEA son: Para el transporte a\u00e9reo:
La Organizaci\u00f3n de Aviaci\u00f3n Civil Internacional (OACI), h recomendaciones, como base para preparar la reglamentaci\u00f3n para el Riesgo de Mercanc\u00edas Peligrosas por V\u00eda A\u00e9rea.
La Asociaci\u00f3n del Transporte A\u00e9reo Internacional (IATA) utiliza e en la Reglamentaci\u00f3n Sobre Mercanc\u00edas Peligrosas. Para el transporte por ferrocarril: La Oficina Central para el Transporte Internacional por Ferrocarril (OCT recomendaciones en el Reglamento Internacional sobre el Transporte de Mercader\u00edas Peligrosas por Ferrocarril (RID). Para el transporte por carretera:
El Comit\u00e9 de Transportes Interiores (CTI) de la Comunidad Econ\u00f adopta las recomendaciones en el Acuerdo europeo sobre el transporte internacional de mercader\u00edas peligrosas por carretera (ADR).
Para el transporte mar\u00edtimo: La Organizaci\u00f3n Mar\u00edtima Internacional (OMI), toma las recome Mar\u00edtimo de Mercanc\u00edas Peligrosas. Para el transporte por v\u00edas de navegaci\u00f3n interior:
El Comit\u00e9 de Transportes Interiores (CTI) de la CEE, tiene en recomendaciones en el Acuerdo europeo sobre el transporte internacional de mercader\u00edas peligrosas por v\u00edas acu\u00e1ticas internas (ADN). Para el transporte postal: La Uni\u00f3n Postal Universal (UPU) ha incorporado en su Legislaci\u00f3n de Universal.
A continuaci\u00f3n se muestra la red de reglamentos internacionales rela transporte seguro de mercanc\u00edas peligrosas: SUBDIRECCION OPERATIVA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR GRUPO DE ESTUDIOS DE CARGA
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Reglamento Internacional de todas las Mercanc\u00edas Peligrosas CONSEJO ECONOMICO Y SOCA U I L DE LAS NU OIEA (Viena)
UN Comit\u00e9 de OACI OMI Expertos de UN ECE (Ginebra) Canad\u00e1 Londres
Reglamento para el Transporte Seguro de Materiales Radiactivos (Clase 7)
UPU
Acuerdos Recomendaciones para el Transporte Regionales/Europeos de Mercanc\u00edas sobre el transporte por Peligrosas carretera, ferrocarril y (Clases 1-6 & 8-9) por aguas interiores
IAEA Training Course for Minsk Module 1, Slide 24 of 27 Fuente: Organismo Internacional de Energ\u00eda At\u00f3mica OIEA
Gr\u00e1fica 1
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2. PRINCIPIOS FUNDAMENTALES
Los elementos fundamentales que se deben tener en cuenta para el éxito, interpretación y utilización generalizada de las prácticas en el manejo y transpo mercancías peligrosas, se enmarcan dentro de unos principios aceptados internacionalmente bajo la tutela de las Naciones Unidas, y en consecuencia s aplicación en el desarrollo de políticas orientadas a garantizar la seguridad de l población y el medio ambiente.
Los principios los cuales se basa la reglamentación del transporte de m peligrosas en el ámbito internacional, son:
2.1
Respuesta a emergencias
Las entidades nacionales y/o internacionales deben establecer disposiciones emergencia que permitan atender oportunamente un accidente y mitigar sus consecuencias preparando anticipadamente las medidas de respuesta.
Aunque la política de seguridad busca fundamentalmente minimizar los riesgo accidente durante las operaciones de transporte de mercancías peligrosas, es indispensable tener definido como reaccionar cuando se presente una emergen su vez los diferentes actores que intervienen saber cual es el papel que debe desempeñar en estos eventos. Los siguientes son los integrantes que intervienen en caso de emergencia: 2.1.1 Conductores de vehículos:
Los conductores se constituyen en las primeras personas en dirigir la atención de evento, toda vez que deben estar capacitados para dirigir e implementar las prim acciones, aislando el sitio del accidente, realizando labores de mitigación, comunicándose con los expertos en el manejo de este tipo de incidentes y coordin con las autoridades las acciones a seguir en el sitio, mientras llegan los expertos p atención integral de la emergencia.
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2.1.2 Autoridades:
Las autoridades deben saber como coordinar las primeras acciones en el lugar d accidente, al igual que deben te ner todas las acciones preventivas y poner en m todas las estrategias de comunicación con las diferentes autoridades involucra atención de este tipo de emergencias.
A su vez las autoridades deben coordinar y apoyarse en los planes que a nivel na se tienen para la prevención y atención de desastres, los cuales se presentan al en el anexo No 1. 2.1.3 Empresas de transporte:
Las empresas de transporte juegan un papel muy importante en la atención de u emergencia, deben comunicarle en forma rápida con los expertos en el manejo d tipo de productos, al igual que con las autoridades y los remitentes y los destinat de la carga según el caso. 2.1.4 Remitentes o destinatarios de la carga:
Durante la atención de una emergencia los remitentes y/o destinatarios de la car deben establecer comunicación directa con todos los involucrados en el acciden suministrando toda la información, el personal capacitado y los elementos nec para la atención del evento.
2.2 Verificación del cumplimiento
La seguridad en el manejo y transporte depende principalmente de la integrida calidad de los envases/embalajes y los vehículos en los cuales se movilizan los productos.
Es por ello que los gobiernos deben establecer programas sistemáticos con el fi asegurar el cumplimiento de los estándares, niveles de seguridad y calidad que observar tanto los vehículos como los embalajes/envases. Los objetivos principa se pretenden son: ?
?
Verificar que el reglamento es eficaz para conseguir la seguridad transporte de mercancías peligrosas.
Determinar y registrar los grados de cumplimiento de las obligacion seguridad por parte de los usuarios (Remitente, destinatario, transportado propietario del vehículo). SUBDIRECCION OPERATIVA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR GRUPO DE ESTUDIOS DE CARGA
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?
Mediante procesos de retroalimentación se implementarán las medida de la política y con ello asegurar los procesos de verificación.
2.3 Capacitación
Las personas que intervienen de un modo u otro en forma directa en las operac de manejo y transporte de mercancías peligrosas (clasifican, embalan/envasa marcan o etiquetan, o preparan su documentación para su transporte o las pres las aceptan para transporte o las mueven y manipulan durante su transporte, o o rotulan bultos de mercancías peligrosas o efectúan operaciones de carga de b mercancías peligrosas en vehículos de transporte o para graneles o en contene deben recibir para cada una según sus funciones, capacitación e instrucción re a las disposiciones generales y los riesgos que implican estas operaciones con e clase de productos.
Es así, que el personal que interviene en estas actividades debe estar capacitad conocimiento de las diferentes clases de mercancías peligrosas, las disposicio sobre etiquetas, marcas, rótulos, embalaje/envasado y separación y compatibil como el objeto, contenido y utilidad de los documentos de transporte y acciones seguir en caso de emergencia.
También recibirán ilustración en la parte de seguridad como los métodos y procedimientos para evitar accidentes, utilización de los elementos básicos pa atención de emergencias y la forma de evitar la exposición a los riesgos que pre las diferentes clases de mercancías peligrosas.
La formación se complementará periódicamente con actividades de reentrena como lo determine la autoridad competente, ya que si el personal se encuentra adecuadamente capacitado y adiestrado en el manejo y transporte de mercancí peligrosas, las prácticas que inducen a error serán menores y así mismo se dism los riesgos que implican estas operaciones, protegiendo la vida y al medio ambi
2.4 Documentación
Es importante que cada vez que se presenten mercancías peligrosas para el tra además de la identificación a través de los rótulos y etiquetas, debe estipularse información básica como la denominación de la mercancía, la clase, división, el de las Naciones Unidas precedido de las letras “ONU”, el grupo de embalaje/e correspondiente, la cantidad total de las mercancías peligrosas a las que se apl indicaciones (volumen, masa, o contenido explosivo neto, según proceda), la información exigida en el documento de transporte se hará constar en forma leg SUBDIRECCION OPERATIVA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR GRUPO DE ESTUDIOS DE CARGA
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En caso de transportar desechos peligrosos (No radiactivos) para su eliminació tratamiento, la denominación o designación oficial de transporte irá precedida palabra “Desechos”.
La información que se relacione debe estar separada de las mercancías peligr serán de fácil acceso en caso de accidente, un ejemplo es a través de una ficha seguridad.
Esta documentación escrita no excluye la utilización de técnicas de tr basadas en tratamiento y el intercambio electrónico de datos, como medios d
2.5 Excepciones y cantidades limitadas
Cuando se transportan mercancías peligrosas en pequeñas cantidades están ex de determinados requisitos, ya que presentan en general riesgos menores que l transportados en grandes cantidades.
El límite cuantitativo pertinente se especifica para cada sustancia en la colu Lista de Mercancías Peligrosas del Libro Naranja de las Naciones Unidas. Las siguientes son las excepciones para las cantidades limitadas: ?
?
?
Pueden colocarse mercancías peligrosas distintas en cantidades mismo embalaje/envase exterior, siempre que no se produzca entre e interacción peligrosa en caso de derrame. No es necesario aplicar las prescripciones sobre peligrosas en un vehículo o contenedor.
separación
a
Los bultos de mercancías peligrosas no requieren etiquetado.
No es obligatorio marcar con la designación oficial de transporte y el número de Naciones Unidas en el embalaje/envase, ni cumplir con los requisitos de docum para aquellas sustancias de uso personal o doméstico que estén embaladas/env y se distribuyan a la venta por minoristas.
2.6
Responsabilidades
Dentro de los diferentes aspectos que se deben tener en cuenta en el momento abordar el tema de transporte de este tipo de mercancías, es delimitar clara y concretamente las responsabilidades y obligaciones que debe observar y cum todos y cada uno de los integrantes de la cadena del transporte, y lograr así que e sistema se autoregule. SUBDIRECCION OPERATIVA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR GRUPO DE ESTUDIOS DE CARGA
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Esto se logra estableciendo una serie de responsabilidades comunes a los dife integrantes de la cadena, lo que para uno es un producto, para el otro es un insu que implica que cada uno de ellos, dentro de las relaciones comerciales que ma va exigir el cumplimiento de lo establecido, toda vez que es su responsabilidad h Es así, que un remitente debe presentar para su transporte, mercancías cumpli todos los requisitos de seguridad necesarios y determinados en la reglamentac correspondiente, a su vez el transportador exige que los productos que le sean encomendados para su movilización deben cumplir igualmente con esos mismo requisitos, finalmente el destinatario exige que los productos que le sean entre cumplan con lo establecido.
Este principio de responsabilidad facilita que las autoridades que ejercen el con puedan efectuar su labor de una manera adecuada, en conclusión, todos estos elementos aseguran en un alto grado que las operaciones de transporte de merc peligrosas se realicen de una manera segura minimizando así el riesgo de accid contaminación y optimizando la intervención del estado en la operación.
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3 CONCEPTOS FUNDAMENTALES 3.1 Mercancía peligrosa
Se considera como Mercancías peligrosas1 todos aquellos materiales perjudicia durante la fabricación, manejo, transporte, almacenamiento o uso, puede gene desprender polvos, humos, gases, líquidos, vapores o fibras infecciosas, irritan inflamables, explosivos, corrosivos, asfixiantes, tóxicos o de otra naturaleza pe radiaciones ionizantes en cantidades que puedan afectar la salud de las person animales y la vegetación.
3.2 Clasificación de las mercancías peligrosas
La clasificación de las mercancías peligrosas se hace de acuerdo al riesgo que presentan, el orden de numeración de las clases no guarda relación con la magn del peligro, es decir que el riesgo que presenta la clase 1 “ explosivos” puede se o mayor que la clase 7 “ radiactivos” o la clase 8 “ Corrosivos”, ya que su peligrosi depende de factores de orden técnico y/o químico y no numérico.
La clasificación es tomada de la Norma Técnica Colombiana NTC 1692 " Transp mercancías peligrosas. Clasificación, etiquetado y rotulado", el objetivo de esta clasificación es proporcionar indicaciones generales, dando a conocer cuáles s mercancías peligrosas y cuales sus características de acuerdo a la clase donde organicen.
Las mercancías peligrosas se clasifican en las clases, divisiones, subdiv grupos de compatibilidad que se muestran a continuación: 3.2.1 Clase 1. Explosivos.
Esta clase comprende las siguientes divisiones: a) División 1.1 Sustancias y artículos que presentan riesgo de explosión masa. 1
Norma Técnica Colombiana NTC 1692.
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b) División 1.2 Sustancias y artículos que presentan riesgo de proyección, p riesgo de explosión de toda la masa.
División 1.3 Sustancias y artículos que tienen riesgo de incendio, y que se c) produzcan pequeños efectos de onda de choque o de proyección, o de ambos efec pero no un riesgo de explosión de toda la masa. Se incluyen en esta división las siguientes sustancias y artículos: ?
?
Aquellos cuya combustión da lugar a una radiación térmica consider Las que arden sucesivamente, con pequeños efectos de onda proyección o con ambos efectos.
d) División 1.4 Sustancias y artículos que no presentan un riesgo significativo. incluyen en esta división las sustancias y artículos que sólo presentan un pequeño en caso de ignición o de iniciación durante el transporte. Sus efectos se limitan, e mayor parte, al embalaje y envase y normalmente no se proyectan a distancia frag de tamaño apreciable. Los incendios exteriores no deben causar la explosión virtualmente instantánea de casi todo el contenido del bulto.
e) División 1.5. Sustancias muy insensibles que presentan un riesgo de explosi toda la masa. Se incluyen en esta división las sustancias que presentan un riesgo explosión de toda la masa, pero que son tan insensibles que, en condiciones norm transporte, presentan baja probabilidad de iniciación o de transición de llama o detonación bajo condiciones normales de transporte.
División 1.6. Objetos extremadamente insensibles que no presentan riesgo f) explosión de toda la masa. Se incluyen en esta división los objetos que contienen solamente sustancias detonantes sumamente insensibles y que ofrecen escasísim probabilidad de cebado accidental o de propagación.
En esta clase además, se han establecido 13 grupos de compatibilidad para complementar la clasificación de los artículos o sustancias explosivas, tales como C, D, E, F, G, H, J, K, L, N y S; para mayor información al respecto véase la NTC 396 3.2.2 Clase 2. Gases.
Esta clase incluye gases comprimidos, gases licuados, gases licuados refrigerado mezclas de gases de uno o más gases con uno o más vapores de sustancias de otra clases, artículos cargados con un gas, aerosoles, y hexafluoruro de telurio. Comp las siguientes divisiones: SUBDIRECCION OPERATIVA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR GRUPO DE ESTUDIOS DE CARGA
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a) División 2.1 Gases inflamables. Gases que a 20 ?C y a presión norm 101,3 kPa:
cuando se encuentran en una mezcla de aire del 13 % o menor por volumen, son inflamables o tienen un intervalo de inflamabilidad con aire de al menos 12 % independientemente del límite inferior de inflamabilidad. La inflamabilidad debe s determinada por ensayos o por cálculo de acuerdo con los métodos adoptados por International Organization for Standardization ISO (véase la norma ISO 10156:1 los datos disponibles sean insuficientes para usar estos métodos, puede utilizarse u comparable reconocido por la Autoridad Nacional competente.
b) División 2.2 Gases no inflamables y no tóxicos. Gases que son transpo presiones no menores de 280 kPa a 20 ?C, o como líquidos refrigerados y que: ?
c)
son gases asfixiantes que diluyen o desplazan normalmente atmósfera, o son gases oxidantes que generalmente suministran más oxigeno aire, pueden causar o contribuir a la combustión de otros materiales; o no se encuentran en otras divisiones.
División 2.3 Gases tóxicos. Los cuales:
son conocidos como tóxicos o corrosivos para los seres humanos y presentan pelig para la salud; o se presume son tóxicos o corrosivos para los seres humanos, porqu un índice de concentración letal LC50 con valor igual o menor de 5 000 ml/m3 (ppm se ensayan de acuerdo con lo establecido en la NTC 3969. Para mayor información respecto véase la NTC 2880. 3.2.3 Clase 3. Líquidos inflamables.
Los líquidos inflamables son líquidos, o mezclas de ellos, o líquidos que contienen s solución o en suspensión (por ejemplo: pinturas, barnices, lacas, etc., pero sin inclu sustancias que se clasifican de otra parte por sus características de peligro), que e vapores inflamables a temperaturas máximas de 60,5 °C, en ensayos en copa cerra máximo 65,6 °C en ensayos de copa abierta, denominadas comúnmente como punt inflamación. Sin embargo, los líquidos con un punto de inflamación superior a 35 ° mantienen la combustión, no es necesario considerarlos como inflamables para el p de este documento. Los líquidos presentados para transporte a temperaturas que s encuentran en su punto de inflamación o por debajo de él se consideran en cualquie como líquidos inflamables. Los líquidos inflamables también incluyen sustancias q transportadas o presentadas para transporte a temperaturas elevadas en estado lí que emanan vapores inflamables a la máxima temperatura de transporte o por deb ella. Para mayor información al respecto véase la NTC 2801. SUBDIRECCION OPERATIVA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR GRUPO DE ESTUDIOS DE CARGA
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3.2.4 Clase 4. Sólidos inflamables.
Comprende las siguientes divisiones:
a) División 4.1 Sólidos inflamables. Sustancias sólidas que, en las condiciones dan durante el transporte, se encienden con facilidad o pueden causar o activar in por fricción,; sustancias autoreactivas o afines que experimentan una fuerte reac exotérmica; explosivos insensibilizados que pueden explotar si no están suficient diluidos.
b) División 4.2 Sustancias propensas a la combustión espontánea. Sustancias pueden calentarse espontánemente en condiciones normales de transporte, o al en contacto con el aire, e iniciar el fuego.
c) División 4.3 Sustancias que en contacto con agua emiten gases inflamables. Sustancias que por interacción con el agua, son espontáneamente inflamables o l gases inflamables en cantidades peligrosas. Para mayor información al respecto véase la NTC 3967. 3.2.5 Clase 5. Sustancias comburentes y peróxidos orgánicos.
Comprende las siguientes divisiones:
a) División 5.1 Sustancias comburentes. Sustancias que, sin ser necesariamen combustibles, pueden liberar oxigeno y en consecuencia estimular la combustión aumentar la velocidad de un incendio en otro material.
b) División 5.2 Peróxidos orgánicos. Sustancias orgánicas que contienen la est bivalente O-O y que pueden considerarse derivados del peróxido de hidrógeno, en uno de los átomos de hidrógeno, o ambos, han sido reemplazados por radicales orgánicos. Los peróxidos orgánicos son sustancias térmicamente inestables que sufrir una descomposición exotérmica autoacelerada. Además pueden tener una de las siguientes propiedades: ? ? ? ? ?
Ser susceptibles de descomposición explosiva. Arder rápidamente. Ser sensibles a los choques o fricción. Reaccionar peligrosamente con otras sustancias. Causar daños a los ojos.
Para mayor información al respecto véase la NTC 3968. SUBDIRECCION OPERATIVA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR GRUPO DE ESTUDIOS DE CARGA
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3.2.6 Clase 6. Sustancias tóxicas e infecciosas.
Comprende las siguientes divisiones:
a) División 6.1 Sustancias tóxicas (venenosas). Sustancias que pueden causar muerte o lesiones graves o que pueden ser nocivas para la salud humana, si se ing o inhalan o entran en contacto con la piel.
b) División 6.2 Sustancias infecciosas. Sustancias que contienen microorganis viables como: bacterias, virus, parásitos, hongos y rickettsias, o un recombinante o mutante, que se sabe causan enfermedades en los animales o en los humano Para mayor información al respecto véase la NTC 3969. 3.2.7 Clase 7. Sustancias radiactivas.
Se entiende por material radiactivo todo aquel cuya actividad específica sea supe kBq/kg (0,002 ?Ci/g). Por actividad específica se entiende en este contexto, la act por unidad de masa de un radionúclido o, respecto de un material en el que radion tenga una distribución uniforme.
El Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA) en consulta con las Nacio Unidas, los organismos especializados competentes y los Estados Miembros del O han preparado un reglamento relativo al transporte de materiales radiactivos. Se recomienda para efectos prácticos se consulte la publicación vigente de las Regu de OIEA, relativas al transporte seguro de materiales radiactivos. Para mayor información al respecto véase la NTC 3970. 3.2.8 Clase 8. Sustancias corrosivas.
Son sustancias que por su acción química, causan lesiones graves a los tejidos viv cuando entran en contacto o si se produce un escape pueden causar daños de consideración a otras mercancías o a los medios de transporte, o incluso destruir pueden así mismo provocar otros riesgos. Para mayor información al respecto véase la NTC 3971.
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3.2.9 Clase 9. Sustancias peligrosas varias.
Comprende sustancias y objetos que durante el transporte, presentan un riesgo di las otras clases. En esta clase se incluyen sustancias en estado líquido para ser transportadas a temperaturas iguales o superiores a 100 ?C o sustancias en estado para ser transportadas a temperaturas iguales o superiores a 240 ?C. Para mayor información al respecto véase la NTC 3972.
Para el transporte de desechos y residuos peligrosos, se debe realizar de confo con las condiciones relativas a la clase a la que pertenezca, según los riesgos qu tengan y de acuerdo con los criterios de manejo y transporte para cada clase
3.3 Lista de mercancías peligrosas
En el Libro Naranja de las Naciones Unidas, aparece un listado oficial de las mercancías peligrosas, donde se incluyen las que son transportadas más frecuentemente, la relación dada se irá completando para que abarque, hasta d sea posible, todas las sustancias peligrosas de importancia comercial el cual e estructurado en once (11) columnas, así:
Columna 1: “ No. UN " Esta columna contiene el número de serie oficial d Naciones Unidas UN asignado a la mercancía peligrosa.
Columna 2: “Nombre y descripción " Contiene el nombre y descripción de la mercancía peligrosa, o la designación oficial de transporte. Columna 3: “ Clase o división” Se establece en esta columna la clase o división a cual pertenece la mercancía peligrosa. Columna 4: “ Riesgo secundario” Esta columna contiene el número de clase división de los riesgos secundarios importantes que se hayan determinado.
Columna 5: “Grupo de embalaje /envase de las Naciones Unidas ” En esta columna se dan a conocer el número de grupo de embalaje / envase asignado a la mercancía peligrosa. Columna 6: “ Disposiciones especiales " En esta columna se estipula si la mercancía peligrosa está sujeta a disposiciones especiales. SUBDIRECCION OPERATIVA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR GRUPO DE ESTUDIOS DE CARGA
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Columna 7: “ Cantidades limitadas ” Se indica en esta columna la cantidad má (Peso bruto) por embalaje/envase interno que se puede transportar p mercancía peligrosa, de acuerdo a las excepciones establecidas en el Libro Naranja.
Columna 8: “ Instrucciones de embalaje/envase” Esta columna tiene códigos numéricos que hacen referencia a las correspondientes instruccione embalaje/envase que se requieren para el transporte de la mercan
Columna 9: “Disposiciones especiales de embalaje/envase” En esta columna mediante claves alfanuméricas, estipula las correspondientes disposiciones especiales para el embalaje/envase de las mercancías
Columna 10:“Instrucción para cisternas portátiles” En esta columna figura número precedido de la letra “C” que remite a las instrucciones correspondientes referente al tipo de cisterna exigidos para el transp de las mercancías en cisternas portátiles.
Columna 11: “Disposiciones especiales para las cisternas portátiles” Se da e esta columna un número precedido de las letras “CP” que remite a las disposiciones especiales que se aplican al transporte de la mercancí cisternas portátiles.
Para ilustrar mejor la descripción anterior, se muestra a continuación un cuadr algunos ejemplos de mercancías peligrosas que aparecen en el Libro Naranja d Naciones Unidas.
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LISTA DE MERCANCIAS PELIGROSAS No. UN (1)
Nombre y descripción (2)
Clase o división (3)
0143
NITROGLICERINA DECENSIBILIZADA, 1.1 D con un mínimo del 40%, en masa de flemador no volátil insoluble en agua
1017 1090
CLORO ACETONA
2.3 3
1428
SODIO
4.3
1470
PERCLORATO DE PLOMO
5.1
3019
PLAGUICIDA A BASE DE 6.1 ORGANOESTAÑO, LIQUIDO, TOXICO/, INFLAMABLE, de punto de inflamación no inferior a 23º C MATERIALES RADIACTIVOS DE 7BAJA ACTIVIDAD ESPECIFICA (BAE-II), no fisibles o excluidos de la categoría fisibles SULFURO AMONICO EN SOLUCION 8
3321 2683 3314
COMPÚESTO PARA EL MOLDEADO 9 DE PLASTICO, en forma de pasta, hoja o cuerda estirada que desprende vapores inflamables
Riesgo Grupo Disposiciones Cantidades Bultos y RIG Cisterna portátiles secundarioembalaje/envase especiales limitadas (4) de las UN (6) (7) (5) InstruccionesDisposicionesInstrucción Disposiciones de especiales para especiales para embalaje/env (9) cisterna las cisternas ase portátiles portátiles (8) (10) (11) 6.1 266, NINGUNA P 115 PP 53 271 PP54 PP57 PP58 8 NINGUNA P 200 T 50 TP 19 II UN LITRO P 001 T4 TP 1 IB CO2 I NINGUNA P 403 B1 T9 TP3 IBC 04 TP 7 6.1 II 500 P 002 B 2 T4 TP 1 GRAMOS IBC 06 3 I 61 NINGUNA P 001 T 14 TP 2 TP 9 109 TP 13 274 TP 27 172 NINGUNA T5 TP 4 3, 6.1
II III
500 ml 207
P001 IBC 01 NINGUNA P002 IBC 08
T7 PP14 B6
Fuente: Libro Naranja Naciones Unidas versión undécima, de 1999
Cuadro 1
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TP 2 TP 13
3.4 Identificación de las mercancías peligrosas
Dentro de la operación del transporte de este tipo de mercancías, uno de los aspe más importantes que se deben tener en cuenta es la correcta y plena identificació la carga a transportar y manipular, ya que deben tomarse ciertas medidas para se debidamente sus posibles riesgos a cuantas personas puedan estar en contacto c material o sustancia, este procedimiento se realiza colocando en los envases y embalajes marcas y etiquetas especiales, las cuales indican su peligrosidad y el g al cual pertenecen.
Esta información debe aparecer en los documentos de transporte (capítulo 6). concordante con la identificación del vehículo o unidad de transporte y las merc transportadas.
Una adecuada identificación también facilita el control y acciones en emergencia. 3.4.1 Etiquetado y rotulado 3.4.1.1
Generalidades
El etiquetado y rotulado de las mercancías peligrosas en Colombia se realiza de acuerdo a las recomendaciones relativas al transporte de mercancías peligro formuladas por las Naciones Unidas, (Libro Naranja de la Organización de las N Unidas), y la norma técnica colombiana NTC 1692, bajo los siguientes parám ?
Las etiquetas para los bultos no deben tener un tamaño menor mm.
?
Las etiquetas deben tener una línea del mismo color que el símb de las mismas en todo su perímetro.
?
Los rótulos para vehículos y contenedores no deberán ser menore mm.
?
?
Se colocarán rótulos en las paredes externas de las unidades advertir que las mercancías transportadas son peligrosas y presentan riesgo. L rótulos corresponderán al riesgo principal de las mercancías peligrosas conte la unidad de transporte.
Se deben ubicar rótulos en todas las caras visibles de la unidad altura que permita su remoción y lectura, uno por cada clase de p transportado. SUBDIRECCION OPERATIVA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR GRUPO DE ESTUDIOS DE CARGA
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?
?
?
El método de marcado de la etiqueta, rótulo y el nombre técnic aparecer en los bultos que contienen mercancías peligrosas, deberá garantizar información sea identificable en bultos que hayan permanecido tres meses sume en agua.
La parte superior de la etiqueta y el rótulo se reservará para inferior se ubicarán el texto, el número de la clase o de la división, y si es letra del grupo de compatibilidad de la mercancía peligrosa. Los símbolos, textos y los etiquetas y rótulos, excepto en:
números
deberán
imprimirse
en
ne
a)
Las etiquetas y rótulos de la clase 8, en las que el texto y el núm de la clase deben figurar en blanco.
b)
Las etiquetas y rótulos con fondo rojo, verde o azul, en la pueden figurar en blanco.
?
Todas las etiquetas y rótulos deben poderse exponer a la intempe notable.
?
Las etiquetas y rótulos deben colocarse sobre un fondo de color ellos.
?
En lo posible el rótulo como la etiqueta deben contener el texto la cual pertenecen, por ejemplo: “Líquido inflamable”.
?
?
Cuando dentro de una misma carga o cargas adicionales van materiales de diferente clase, se deberá colocar un número igual de etiquetas rótulos de acuerdo con las clases de peligros y estarán ubicadas como se mues la figura 1
Si la mercancía embalada puede clasificarse en más de una clas portar una etiqueta o rótulo por cada una de las clases en que se pueda a material, ubicándolas como se muestra en la figura 1:
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Clase X Primer riesgo
Clase X Primer riesgo
Etiqueta de advertencia
Clase Y Segundo riesgo
Clase Y Segundo riesgo
Figura 1. Ubicación de las etiquetas y rótulos ?
El símbolo y número de clase deberán aparecer dentro del cua rótulo, el cual tendrá los colores indicados en la figura 2.
3.4.1.2
Especificaciones de Etiquetas y rótulos utilizados
Las etiquetas y rótulos de las divisiones 1.4, 1.5 y 1.6 llevarán e n la mitad super número de la división; en la mitad inferior, la letra del grupo de compatibilidad y ángulo inferior el número de la clase. Figura 2 Clase 1 Sustancias y objetos explosivos
(No. 1) Divisiones 1.1, 1.2 y 1.3 Símbolo (bomba explotando): negro Fondo: anaranjado Cifra “1” en el ángulo inferior
1.4
1.5
1.6
(No. 1.4) División 1.4
(No. 1.5) (No. 1.6) División 1.5 División 1.6 Fondo: anaranjado. Cifras: negro Los números deben tener aproximadamente 30 mm de altura x 5 mm de ancho (en las etiquetas de 100 mm x 100 mm). Cifra “1” en el ángulo inferior
** Indicación de la división * Indicación del grupo de compatibilidad
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Clase 2 Gases
2
2
2
(No. 2.1) 2 (No. 2.2) División 2.1 División 2.2 Gases inflamables Gases no inflamables, no tóxicos Símbolo (llama): negro o blanco Símbolo (cilindro de gas): negro o blanco Fondo: rojo. Cifra “2” en el ángulo inferiorFondo: verde. Cifra “2” en el ángulo inferior Figura 2
Clase 3 Líquidos inflamables
2
3
3
(No. 2.3) (No. 3) División 2.3 Símbolo (llama): negro o blanco Gases tóxicos Fondo: rojo Símbolo (calavera y tibias cruzadas): negro Cifra “3” en el ángulo inferior Fondo: blanco. Cifra “2” en el ángulo inferior
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CLASE 4 SOLIDOS INFLAMABLES
Clase 4
4
4
4
4
(No. 4.1) (No. 4.2) (No. 4.3) División 4.1 División 4.2 División 4.3 Sólidos inflamables Sustancias que presentan riesgos Sustancias que, en contacto Símbolo (llama): negro de combustión espontánea con el agua, desprenden Fondo: blanco con sieteSímbolo (llama): negro gases inflamables franjas rojas verticales Fondo: blanco en la mitad superior, Símbolo (llama): negro o blanco Cifra “4” en el ángulo inferior rojo en la mitad inferior Fondo: azul Cifra “4” en el ángulo inferior Cifra “4” en el ángulo inferior
Figura 2 CLASE 5 SUSTANCIAS COMBURENTES Y PEROXIDOS ORGANICOS
En las etiquetas y rótulos de la clase 5, el número de la división de la sustancia de figurar en el ángulo inferior de la etiqueta. En todas las demás etiquetas y rótulos número de la clase de la mercancía deberá figurar en su ángulo inferior. Para los (250 mm x 250 mm), dicho número deberá tener una dimensión como mínimo de de altura.
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Clase 5
5.1
5.2
(No. 5.1) División 5.1 Sustancias comburentes
(No. 5.2) División 5.2 Peróxidos orgánicos
Símbolo (llama sobre un circulo): negro. Fondo: amarillo Cifra “5.1” en el ángulo inferior
Cifra “5.2” en el ángulo inferior
Figura 2 CLASE 6 SUSTANCIAS TOXICAS Clase 6
6
(No. 6.1) División 6.1 Sustancias tóxicas Símbolo (calavera y tibias cruzadas): negro Fondo: blanco Cifra “6” en el ángulo inferior
6
(No. 6.2) División 6.2 Sustancias infecciosas La mitad inferior de la etiqueta podrá llevar las leyendas: “sustancia infecciosa” y “En caso de daño, derrame o fuga, avísese inmediatamente a las autoridades sanitarias” Símbolo (crecientes superpuestas sobre un círculo) y leyendas: negro. Fondo: blanco Cifra “6” en el ángulo inferior
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CLASE 7 MATERIAL RADIACTIVO
Las etiquetas y rótulos para la clase 7 se aplicarán de acuerdo con las s categorías: Categoría I. Blanco (una barra roja). -
Bultos con un máximo nivel de radiación en la superficie de 0,5 mil
-
Contenedores, cuando no contienen bultos con categorías más altas.
Categoría II. Amarillo (dos barras rojas).
Bultos con un nivel de radiación en la superficie mayor que 0,5 m pero sin exceder 50 milirem/h. El índice de transporte no deberá exceder
Contenedores. Cuando el índice de transporte no excede a 1,0 contiene bultos visibles de la categoría III. Categoría III Amarillo (tres barras rojas). -
Bultos con un nivel máximo de radiación en la superficie d milirem/h. El índice de transporte no excederá a 10. Contenedores con índice de transporte menor o igual que 1,0 y transportan bultos visibles de la categoría III.
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Figura 2 Clase 7 Material radioactivo RADIACTIVO CONTENIDO ...... ACTIVIDAD
.....
(No. 7A) Categoría I - Blanca Símbolo (trébol): negro. Fondo: blanco Texto (obligatorio): en negro en la mitad inferior de la etiqueta: “RADIACTIVO” “Contenido ...” “Actividad ...” La palabra “radiactivo” debe ir seguida de una barra vertical roja Cifra “7” en el ángulo inferior
RADIACTIVO
RADIACTIVO
CONTENIDO ...... ACTIVIDAD .....
CONTENIDO ...... ACTIVIDAD .....
INDICEDETRANSPORTE
INDICE DE TRANSPORTE
(No. 7B) Categoría II - Amarilla
(No. 7C) Categoría III - Amarilla
Símbolo (trébol): negro. Fondo: mitad superior amarilla con borde, mitad inferior blanca Texto (obligatorio): en negro en la mitad inferior de la etiqueta: “RADIACTIVO” “Contenido ...” “Actividad ...” En un recuadro de líneas negras: “Indice de transporte” La palabra “Radiactivo” debe ir seguida de dos barras verticales rojas
La palabra “Radiactivo” debe ir seguida de tres barras verticales rojas
Cifra “7” en el ángulo inferior
Clase 8 Sustancias corrosivas
(No. 8) Símbolo (líquidos goteando de dos tubos de ensayo sobre una mano y un metal): negro Fondo: blanco en la mitad superior y negro con borde blanco en la mitad inferior Cifra “8” en blanco en el ángulo inferior
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Figura 2 Clase 9 Sustancias peligrosas varias
(No. 8) Símbolo (siete franjas negras en la mitad superior): negro Fondo: blanco Cifra “9” subrayada en el ángulo inferior
MARCA DE CONTAMINANTE ACUÁTICO
X
Contaminante acuático
Debe ser de un color que contraste con el embalaje o envase, o si es adhesiva de co blanco y negro; debe ser de forma triangular (triángulo equilátero) lados de mínim 100 mm (etiquetas), excepto cuando se trate de bultos que por su tamaño solo pu llevar etiquetas más pequeñas. En el caso de rótulos (ubicados sobre las unidades transporte) estas dimensiones no deben ser inferiores a 250 mm. RÓTULO DE TEMPERATURA Temperatura elevada ELEVADA
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Debe ser de color rojo, de forma triangular (triángulo equilátero) cuyos lados deb como mínimo 250 mm, se deben ubicar sobre las unidades de transporte una a c lado y en cada extremo, para las unidades de transporte que contienen sustancia estado líquido a temperaturas iguales o superiores a 100?C, o sustancias en estad sólido a temperaturas iguales o superiores a 250 ?C. RÓTULO DE ADVERTENCIA DE FUMIGACIÓN No menor de 300 mm m m 0 5 2 e d r o n e m o N
PELIGRO ESTA UNIDAD ESTA BAJO FUMIGACIÓN {Nombre producto*} APLICADO EN { Fecha * } { Hora * } NO ENTRE * Insertar detalles según sea apropiado
Se debe ubicar en las unidades de transporte en un sitio donde sea fácil su vi y lectura, a la altura promedio de las personas en la entrada a la unidad de tra Etiqueta riesgo secundario Las etiquetas de riesgo secundario son como se ilustran aquí, se recomienda que no lleven el número de la clase en el extremo inferior de la etiqueta. Por ejemplo:
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Además de las etiquetas de riesgo, se deben aplicar sobre los embalajes/en etiquetas de manipulación, según sea el caso: LÍQUIDOS CRIOGÉNICOS
La etiqueta de manipulación para “líquidos criogénicos” debe ser utilizada adem etiqueta de riesgo de Gas No Inflamable de la División 2.2 en todos los bultos y embalajes que Contengan líquidos criogénicos.
. Nombre : Código IMP carga : Dimensiones mínimas : Color :
Líquidos criogénicos RCL 74 mm x 105 mm Blanco sobre verde
Nota. Las etiquetas utilizadas para el transporte internacional deben llevar los textos en idioma inglés, como mínimo, además del idioma del país de destino. 3.4.1.3
Ejemplos
A continuación se muestra la posición del número de la clase o de la divis corresponde la mercancía peligrosa
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Clase 2 Gases División 2.3 Gases Tóxicos
2.3
Clase 4 Sólidos inflamables División 4.1sólidos inflamables
4.1
Clase 8 Sustancias corrosivas
8
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3.4.1.4
Ubicación de los rótulos en las unidades de transporte
DA
W
RADI
?
?
?
Los rótulos para vehículos y contenedores no deberán ser menores de 250 mm.
Se colocarán rótulos en las paredes externas de las unidades de transp advertir que las mercancías transportadas son peligrosas y presentan riesgo. L rótulos corresponderán al riesgo principal de las mercancías peligrosas conte la unidad de transporte.
Se deben ubicar rótulos en todas las caras visibles de la unidad de trans altura que permita su remoción y lectura, en la parte lateral de la unidad d ubicados a dos metros de distancia y uno por cada clase de producto trans
3.4.1.5
Rótulo de identificación número UN:
Este rótulo se utiliza para indicar por separado el número de las Naciones Unida color de fondo del rótulo será de color naranja y los bordes y el número de las Na Unidas serán de color negro. El símbolo “****” indica el espacio en que deber insertarse el número de las Naciones Unidas apropiado para cada una de las mercancías peligrosas, este es un código especifico o número de serie para cada mercancía peligrosa, asignado por el sistema de la Organización de las Nacione SUBDIRECCION OPERATIVA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR GRUPO DE ESTUDIOS DE CARGA
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Unidas (ONU), y que permite identificar el producto sin importar el país del provenga. A través de este número se puede identificar una mercancía peligros tenga etiqueta en un idioma diferente al español. Esta lista se publica en el Libro Naranja de las Naciones Unidas "Recomendaciones relativas al transporte de mercancías peligrosas" elaboradas por el comité de expertos en transporte d mercancías peligrosas, del Consejo Económico y Social, versión vigente.
Rótulo de identificación UN
10mm Dimensión mínima 120 mm
Dimensión mínima 300mm
10mm
Figura 3
Este rótulo se debe ubicar en las caras visibles de la unidad de transporte delantera de la cabina del vehículo de transporte de carga.
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4. POLITICA DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE D MERCANCIAS PELIGROSAS EN COLOMBIA 4.1. Introducción
El transporte se constituye en un elemento básico para promover el desarrollo d nación y en la herramienta fundamental para facilitar la expansión de la econom país en los mercados internacionales. Por lo tanto es una actividad encaminada a garantizar la movilización de personas o cosas en vehículos apropiados a cada un las infraestructuras del sector, en condiciones de libertad de acceso, calidad y seguridad.
El estado tiene como objetivo primordial velar por la seguridad durante la mov manipulación de ciertos productos que son catalogados internacionalmente peligrosos, por el potencial daño que pueden ocasionar a la población y al medi ambiente.
Por tal motivo, se debe formular e implementar políticas encaminadas a minimi riesgos que se puedan generar dentro de las operaciones de transporte que invo mercancías peligrosas.
El Ministerio de Transporte tiene la función de pla nificar, coordinar, promover la ejecución de políticas en materia de tránsito y transporte y su infraestructur como también organizar los planes y programas en materia de seguridad en lo diferentes modos de transporte.
Los lineamientos generales que el estado debe seguir para la implementación y desarrollo de una política de seguridad en el transporte de mercancías peligros los siguientes: ?
La protección de la vida, salud humana, animal y vegetal.
?
La preservación y la defensa del medio ambiente.
?
La prevención de practicas que puedan conducir a error en la opera
transporte. ?
La defensa de la seguridad nacional. SUBDIRECCION OPERATIVA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR GRUPO DE ESTUDIOS DE CARGA
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4.2. Objeto
La política tiene por objeto implementar un sistema que garantice la seguridad protección a la vida y al medio ambiente, minimizando los riesgos en el manej transporte de mercancías peligrosas por carretera, en vehículos automotores e territorio nacional.
4.3. Elementos
El sistema planteado como producto de la política está compuesto por cuatro el los cuales se han venido desarrollando de manera secuencial, teniendo en cuen obedezcan a parámetros internacionales pero atendiendo a una realidad nacion prestación del servicio de movilización de mercancías, como se muestra a con en el esquema General de la Política. ? ? ? ?
Normalización técnica Marco legal Sistema de control y vigilancia Capacitación, sensibilización y divulgación
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SISTEMA SEGURO DE TRANSPORTE DE MATERIALES PELIGROSOS EN COLOMBIA POLITICA GENERAL GARANTIZAR EL TRANSPORTE SEGURO DE MERCANCIAS PELIGROSOS
NORMALIZACION TECNICA
REGLAMENTO DEL TRANSPORTE
SISTEMA DE CONTROL Y VIGILANCIA
CAPACITACION Y DIVULGACION
Gráfica 2 REMITENTES - DESTINATARIOEMPRESAS S DE TRANSPORTEPROPIETARIOS Y/O TENEDORES ORGANISMOS DE CONTROL Fabricantes, Importadores, Distribuidores DE CARGA CONDUCTORES DE POLCA, CRUZ ROJA, CISPROQUIM Comercializadores, Sociedades Portuarias VEHICULO POLINAR,BOMBEROS, DAPD,OTRO
POBLACION Y MEDIO AMBIENTE
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4.3.1. Normalización Técnica
La normalización es un factor clave del desarrollo industrial y económico del p ello el Ministerio de Transporte en convenio con el Organismo Nacional de Normalización " ICONTEC " desarrolló normas técnicas colombianas para cad material peligroso buscando unificar los criterios mediante el consenso y así fa sector productivo y de servicios competir en los mercados internacionales. Todo el proceso de normalización se desarrolló tomando como documento de referencia la reglamentación modelo que sobre el tema diseñó la Organización Naciones Unidas.
La normalización en Colombia tiene como ente superior de política al Consejo Consultivo Asesor de Normas y Calidades y su desarrollo técnico ha venido siend ejecutado por el Organismo Nacional de Normalización, que de acuerdo al decr 2269 de 1993 es el Instituto Nacional de Normas Técnicas y Calidades ICON
En el proceso de normalización internacional y en representación de Colombia, e ICONTEC participa en los estudios realizados por los diferentes comités técnico ISO. En este marco propone el establecimiento de normas internacionales, lo cua permite que el país tome parte activa en los trabajos técnicos y se mantenga permanentemente informado sobre los avances tecnológicos alcanzados en el ám mundial.
La Norma Técnica es un documento que se establece por consenso y aprobado organismo reconocido por el estado, que suministra, para uso común y repetit reglas, directrices y características para las actividades o sus resultados, encam al logro del grado optimo de orden en su contexto dado. Las Normas Técnicas deben basar en los resultados consolidados de la ciencia, la tecnología y la experiencia, y sus objetivos deben ser los beneficios óptimos para la comunid
El Ministerio de Transporte mediante convenio con el Organismo Nacional de Normalización ICONTEC elaboro con el concurso de la empresa privada normas técnicas colombianas, que contienen las especificaciones mínimas que debe cum tanto el vehículo como el producto y los ensayos a que se deben someter los enva embalajes que contengan mercancías peligrosas; además de las instrucciones de embalaje /envase para las modalidades de transporte aéreo, marítimo y terrestr carretera.
En este caso las Normas Técnicas Colombianas NTC , sirven de soporte t sistema de transporte y manejo seguro de mercancías peligrosas.
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Las NTC están agrupadas en cuatro aspectos: ? ? ? ?
Condiciones de transporte,
Documentos de transporte Identificación del vehículo y la carga Envase y embalaje
A. Para cada clase de material peligroso se elaboro una Norma Técnica Colombiana que a continuación se describe, así: ?
?
?
?
?
?
?
?
CLASE 1 corresponde a Explosivos, cuya Norma Técnica Colombiana identifica y condiciona su uso y transporte es la NTC 3966 elaborada Organismo Nacional de Normalización (Icontec).
CLASE 2 corresponde a Gases Inflamables, cuya Norma Técnica Colombia identifica y condiciona su uso y transporte es la NTC 2880 y la NTC 3853 elab por el Organismo Nacional de Normalización (Icontec).
CLASE 3 corresponde a Líquidos Inflamables cuya Norma Técnica Colomb la identifica y condiciona su uso y transporte es la NTC 2801 elaborada Organismo Nacional de Normalización (Icontec).
CLASE 4 corresponde a Sólidos Inflamables; sustancias que presentan combustión espontánea; sustancias que en contacto con el agua desprenden g inflamables, cuya Norma Técnica Colombiana que la identifica y condiciona su transporte es la NTC 3967 elaborada por el Organismo Nacional de Normaliz (Icontec).
CLASE 5 corresponde a Sustancias Comburentes y Peróxidos Orgánico Norma Técnica Colombiana que la identifica y condiciona su uso y transp NTC 3968 elaborada por el Organismo Nacional de Normalización (Icontec). CLASE 6 corresponde a Sustancias Tóxicas e Infecciosas cuya Norma Colombiana que la identifica y condiciona su uso y transporte es la elaborada por el Organismo Nacional de Normalización (Icontec).
CLASE 7 corresponde a Materiales Radiactivos, cuya Norma Técnica Colo que la identifica y condiciona su uso y transporte es la NTC 3970 elaborad Organismo Nacional de Normalización (Icontec).
CLASE 8 corresponde a Sustancias Corrosivas, cuya Norma Técnica Colo que la identifica y condiciona su uso y transporte es la NTC 3971 elaborad Organismo Nacional de Normalización (Icontec). SUBDIRECCION OPERATIVA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR GRUPO DE ESTUDIOS DE CARGA
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?
CLASE 9 corresponde a Sustancias Peligrosas Varias, cuya Norma Colombiana que la identifica y condiciona su uso y transporte es la elaborada por el Organismo Nacional de Normalización (Icontec).
B. Para los documentos de transporte de mercancías se elaboraron Normas Técnicas Colombianas que a continuación se describen, así: ?
?
Tarjetas de Emergencia para transporte de materiales, elaboración, cuy Técnica Colombiana es la NTC 4532 elaborada por el Organismo Nacion Normalización (Icontec)
Hojas de Seguridad para transporte de materiales, preparación , cuy Técnica Colombiana es la NTC 4435 elaborada por el Organismo Nacion Normalización (Icontec)
C. Para la identificación del vehículo y la carga se elaboró una Norma Técnica Colombiana que a continuación se describe, así: ?
Transporte de mercancías peligrosas. Clasificación, etiquetado y Rotula Norma Técnica Colombiana es la NTC 1692. elaborada por el Organismo N de Normalización (Icontec)
D. Para el envase y embalaje para la movilización de mercancías peligrosas en los diferentes modos de transporte, se elaboraron Normas Técnicas Colombia continuación se describen, así: ?
?
?
?
Embalajes y envases para transporte de mercancías peligrosas corresponde a Explosivos, cuya Norma Técnica Colombiana es la NTC 470 Embalajes y envases para transporte de mercancías peligrosas corresponde a Gases Inflamables, cuya Norma Técnica Colombiana es 4702-2 .
Embalajes y envases para transporte de mercancías peligrosas corresponde a Líquidos Inflamables, cuya Norma Técnica Colombiana e 4702-3 .
Embalajes y envases para transporte de mercancías peligrosas corresponde a Sólidos Inflamables; sustancias que presentan riesgo de comb espontánea; sustancias que en contacto con el agua desprenden gases inflam cuya Norma Técnica Colombiana es la NTC 4702-4 . SUBDIRECCION OPERATIVA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR GRUPO DE ESTUDIOS DE CARGA
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?
?
?
?
?
Embalajes y envases para transporte de mercancías peligrosas corresponde a Sustancias Comburentes y Peróxidos Orgánicos, cuya Técnica Colombiana es la NTC 4702-5 .
Embalajes y envases para transporte de mercancías peligrosas CLA corresponde a Sustancias tóxicas e infecciosas, cuya Norma Técnica Col es la NTC 4702-6 . Embalajes y envases para transporte de mercancías peligrosas corresponde a Materiales Radiactivos, cuya Norma Técnica Colombiana 4702-7.
Embalajes y envases para transporte de mercancías peligrosas corresponde a Sustancias Corrosivas, cuya Norma Técnica Colombiana e 4702-8.
Embalajes y envases para transporte de mercancías peligrosas corresponde a Sustancias Peligrosas Varias, cuya Norma Técnica Colombi NTC 4702-9 .
Cada vez que se presenten adelantos e innovaciones tecnológicas, hayan neces nuevas en el sector y/o se presenten cambios en normas internacionales, estas técnicas se revisan y se actualizan mediante la conformación de comités técnic acuerdo con el procedimiento establecido en el sistema nacional de normalizac certificación y metrología. 4.3.2. Marco Legal
Se hace necesario para el país contar con instrumentos técnicos y jurídicos qu establecen mediante un reglamento, para que estas disposiciones le permitan usuarios del transporte cumplir una serie de requisitos que minimizan los rie durante la movilización de estos productos y a las autoridades de control ejerc respectiva verificación. El reglamento se fundamenta en los siguientes lineamientos: ? ? ?
Consulta de la realidad nacional. Cumplimiento de lo establecido en las normas nacionales e internacionales El marco legal establecido sea aplicable a nuestro país.
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La estructura del reglamento se desarrolló con base en una amplia consulta pub la cual aproximadamente intervinieron por la empresa privada 135 empresas y de la producción, y por parte del estado 30 entidades públicas; los cuales hiciero importantes aportes que reflejan las necesidades y expectativas del sector.
Este proyecto de reglamento se notificó a la Organización Mundial del Comerci y a la Comunidad Andina de Naciones CAN en cumplimiento a lo establecido en convenios y tratados internacionales suscritos por el Estado colombiano A continuación, se muestra el esquema general del reglamento.
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REGLAMENTO PARA TRANSPORTE DE MATERIALES PELIGROSOS ACTO ADMINISTRATIVO
REALIDAD NACIONAL
APLICABLE
NORMAS INTERNACIONALES NACIONALES
ELEMENTOS DEL REGLAMENTO
MANEJO DE LA CARGA REQUISITOS DEL VEHICULO
OBLIGACIONES SANCIONES
DISPOSICIONES GENERALES
SISTEMA DE CONTROL
SEGUROS Y REGIMEN DE TRANSICION
NTC PARA CADA CLASE REMITENTE, DESTINANTARIO OBLIGACIONES GENERALES MECANISMO PARA LA S PARA UNA VIGILANCIA PROTECCION HOMBRE Y M.A. REQUISITOS DEL VEHICULO EMPRESAS DE CARGA, CONDUCTOR SEGURIDAD DE LA OPERACION Y CONTROL QUE GARANTICEFACILITA LA ADOPCION Y UNIDAD DE TRANSPORTEPROPIETARIO O TENEDOR LA SEGURIDAD DE NUEVAS REGLAS
Grafica No. 2
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4.3.2.1. Estructura general del reglamento:
El reglamento esta compuesto por los siguientes capítulos: Capitulo I
Aspectos generales:
En este capítulo se establece el objeto, el alcance y las definiciones con el fi y delimitar el reglamento y así poder tener elementos claros para su aplicaci Capitulo II
Disposiciones generales de la carga y los vehículos:
Se determinan los requisitos generales para el transporte, con especificaciones carácter técnico para un adecuado manejo de la carga y se establecen los requ mínimos que debe cumplir la unidad de transporte y/o vehículo destinado a la movilización de mercancías peligrosas.
Además, se hace referencia a las Normas Técnicas Colombianas de envases y embalajes para el transporte de mercancías peligrosas, así mismo se remite a la Normas Técnicas Colombianas que establecen los requisitos generales y especí para el transporte de estas mercancías. Capitulo III
Registro Nacional para el transporte de mercancías peligrosa
Se establece como requisito este documento cuando se transportan mercancías peligrosas, se da a conocer los requisitos generales para su obtención y además requisitos específicos cuando se transporten combustibles, gas natural comprim gas licuado de petróleo. Capitulo IV
Obligaciones
En las operaciones de transporte de mercancías peligrosas, los diferentes actor cadena del transporte (Remitente, Destinatario, Empresa transportadora, Con Propietario o tenedor del vehículo), deben tener responsabilidades claras, por e establecen obligaciones para cada uno de ellos, con el fin de asegurar su correc cumplimiento. Se parte del principio que todos los integrantes tienen obligacion similares, pues se pretende el compromiso de todos los que participan en la acti no de uno solo. Lo que se busca es promover un sistema seguro pero autoregula el nivel de responsabilidad de cada uno de los eslabones de la cadena del transp Capitulo V
Sistema de control
En toda reglamentación que se vaya a implementar debe tener asociado un siste control, que permita conocer en forma clara los procedimientos y las responsab de las autoridades encargadas de ejercer el control respectivo y así verificar e cumplimiento de las disposiciones establecidas en el reglamento. SUBDIRECCION OPERATIVA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR GRUPO DE ESTUDIOS DE CARGA
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En este capítulo se establecen los procedimientos básicos de inspección y cont a los productos sometidos a transporte como a los vehículos que efectúan su movilización. Capitulo VI
Sanciones
En caso de no cumplir con las obligaciones establecidas, los diferentes integran cadena del transporte se les amonestará, multará o sancionará de acuerdo a la f cometida.
En este capítulo se establecen los sujetos de sanción así como los tipos de sanció los montos de las multas para cada uno de los integrantes de la cadena de acuer tipo de infracción. Capitulo VII
Disposiciones Generales
Se fijan criterios de obligatorio cumplimiento que enmarcan aspectos de or aplicables a todas las mercancías peligrosas y la operación de manejo y trans
Se establece el marco legal particular para algunas mercancías peligrosas que naturaleza se han constituido en especiales a nivel internacional como son los radioactivos, los explosivos, los desechos peligrosos y a nivel nacional se desta hidrocarburos. Además se aclaran procedimientos de mantenimiento y actuali sistema. Capitulo VIII
Seguros
Lo que se pretende es establecer garantías en el momento que se presente un accidente y así poder mitigar las consecuencias del incidente y proteger a la pobl el medio ambiente. El reglamento determina la cobertura de las pólizas, quien debe tomarlas y las mismas. Capitulo IX
Régimen de Transición
Para la puesta en marcha de estas nuevas disposiciones, se tiene en cuenta un termino moderado con el fin de que se conozcan, asimilen y se cumplan las obligaciones establecidas en el reglamento.
En el cuadro 8 se relacionan los artículos que entrarán a regir una vez el M reglamente y aquellos que se les otorga un plazo para su cumplimiento:
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Cuadro 8 ARTICULO TEMA TIEMPO Artículo 58 Procedimientos para la evaluación Se de exigirán una vez se Literal A Artículo la 10conformidad Las pruebas de ensayo constituyan las Literal G Artículo 11 y marcado de los envases/embalajes entidades y/o Literal E Artículo 13 laboratorios que Literal D Artículo 25 certifiquen las pruebas estipuladas en las NTC Artículo 59 Certificado del curso básico obligatorio Será reglamentado por Literal N Artículode11capacitación para conductores el Ministerio de Literal C Artículo 13 Transporte Literal A Artículo 14 Literal E Artículo 15 Artículo 60 Tarjeta de Registro Nacional Será para reglamentado el por Artículos 6,7 y 8 transporte de mercancías peligrosas el Ministerio de El literal O del transporte Artículo 11 El literal N del Artículo 14 El literal J del Artículo 15 Artículo 4 numeral Condiciones 3 generales y específicas Regirán doce meses literal F para el transporte después de la publicación del Decreto.
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ARTICULO
Artículo 11 Literal A Literal B Literal D Literal E Literal J Literal K
Literal P Literal S
Literal T Literal V
TEMA
TIEMPO
Obligaciones del remitente y/o propietario Regirándedoce meses mercancías peligrosas después de la publicación del Diseño y ejecución del programa de Decreto. capacitación y entrenamiento en el manejo de mercancías peligrosas Realizar una evaluación de la dosis de radiación recibida cuando se manipule material radiactivo Elaborar o solicitar la tarjeta de emergencia. Solicitar la hoja de seguridad. Diseñar el plan de contingencia para la atención de accidentes. Responder porque las operaciones de cargue se realicen de acuerdo a normas de seguridad previstas. No despachar en la misma unidad de transporte mercancías peligrosas que no sean compatibles. Adoptar un plan de contingencia y un programa de seguridad para la disposición final de desechos peligrosos. Garantizar que el conductor cuente con el carnet de protección radiológica. Adquirir la póliza de responsabilidad civil extracontractual, cuando realice el transporte en vehículos de su propiedad.
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ARTICULO TEMA Artículo 12 Obligaciones del destinatario de la carga.
TIEMPO
Literal A
Diseño y ejecución del programa de capacitación y entrenamiento en el manejo de mercancías peligrosas.
Literal B
Diseñar el plan de contingencia para la atención de accidentes. Regirán doce meses después de Responder porque las operaciones de descargue la publicación del se realicen de acuerdo a normas de seguridad. Decreto
Literal C
Literal E
Después del descargue verificar que el vehículo salga limpio. Solicitar al conductor la tarjeta de emergencia.
Literal F Artículo 13 Obligaciones de la empresa que transporte mercancías peligrosas Literal A
.Diseñar el plan de contingencia para la atención de accidentes.
Literal B
Diseño y ejecución del programa de capacitación y entrenamiento en el manejo de mercancías peligrosas.
Literal G
Realizar una evaluación de la dosis de radiación recibida cuando se manipule material radiactivo Regirán doce Garantizar que el conductor cuente con meses el carnet después de de protección radiológica. la publicación del Decreto Mantener un sistema de información estadístico sobre movilización de mercancías.
Literal M Literal N Literal O
Exigir al remitente o contratante la tarjeta de emergencia
Literal T
Adquirir la póliza extracontractual
de
responsabilidad
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civil
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ARTICULO TEMA TIEMPO Artículo 14 Obligaciones del Conductor del vehículo Regirán doce que transporte mercancías peligrosas.
Literal E
meses después de la publicación dellugar Decreto Exigir al remitente leer y colocar en un
Literal O
Portar el carnet de protección radiológica.
Artículo 15
Obligaciones del propietario o tenedor del doce meses vehículo que se destine al transporteRegirán de después de la publicación mercancías peligrosas.
Literal F
visible de la cabina del vehículo la tarjeta de emergencia.
del Decreto
Asegurar que el conductor obtenga el carnet de protección radiológica.
Realizar una evaluación de la dosis de radiación recibida para conductores y personal que este implicado en el manejo de material radiactivo. Artículo 49 Las mercancías peligrosas que sean Regirán doce meses después de la publicación almacenadas en depósitos de transferencia del las Decreto de carga deben continuar conservando medidas dadas en el literal F, numeral 3 del Artículo 4 del Decreto. Regirán doce meses Capítulo VIII Seguros Literal K
después de la publicación del Decreto
Nota: las demás disposiciones entrarán a regir a partir de seis meses después de la pub Decreto.
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44
4.3.3. Sistema de Control y Vigilancia
Para garantizar la operación segura del transporte de materiales peligrosos en Colombia, y contando con la reglamentación correspondiente, se debe impleme toda la infraestructura logística para realizar el control y verificar el cumplimie normas establecidas.
El sistema de control y vigilancia comprende entre otros, los siguientes elem ?
?
?
Sistema de certificación para la fabricación, reparación, modificación los envases y embalajes para el transporte de mercancías peligrosas, de con el sistema nacional de normalización, certificación y metrología (ver a
Sistema de información con el fin de controlar eficaz y eficientem peligrosos movilizados, las empresas y los vehículos que se dedican al tran este tipo de materiales, las infracciones y reincidencias al reglamento. Sistema de inspección y control en las vías nacionales, para requisitos y condiciones que debe cumplir la carga, el vehículo y el establecidos en la reglamentación.
Para que sea efectivo el cumplimiento del reglamento se debe tener aso sistema de control que será ejercido por la autoridad competente. El control comprende entre otras acciones: 1
Solicitud y verificación de los documentos de porte obligatorio.
2
Comprobación de la adecuada instalación de los rótulos en los env embalajes de acuerdo a la NTC 1692 y el número de las Naciones Unidas
3
Comprobación del respectivo marcado de los envases y embalajes de las mercancías peligrosas de acuerdo a lo estipulado en la Norma Técnica Colom según clasificación dada por las Naciones Unidas.
4
Verificación de la existencia de fugas en la unidad de transporte de carga
5
Inspección del estado de conservación de los envases y embalajes.
6
Verificación del estado de operación de los vehículos, la unidad de trans accesorios.
7
Verificación de la existencia de los elementos de protección para ate emergencias descrita en la Tarjeta de Emergencia. SUBDIRECCION OPERATIVA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR GRUPO DE ESTUDIOS DE CARGA
45
Cuando se detecte una irregularidad que pudiera provocar riesgos a las person medio ambiente y/o bienes, la autoridad competente debe tomar las acciones adecuadas y necesarias para subsanar la irregularidad, entre las acciones que d emprender se encuentran las siguientes: 1
La retención del vehículo y equipos, o su traslado a un lugar seguro do ser corregida la irregularidad.
2
El descargue y transbordo de las mercancías a otro vehículo o a un lugar
3
La eliminación de la peligrosidad de la carga o su destrucción con orientació remitente o destinatario (fabricante o importador) y, cuando fuere posible, c presencia de la entidad aseguradora.
Estas disposiciones podrán ser adoptadas en función del grado y naturaleza del mediante evaluación técnica y siempre que sea posible, con el acompañamiento fabricante o importador de la mercancía, destinatario, empresa transportadora autoridades del medio ambiente y organismos de socorro.
Durante la retención el vehículo permanecerá bajo custodia de la autoridad com sin embargo la responsabilidad de la empresa transportadora y/o propietario vehículo sobre los productos que movilizan continúan vigentes.
Para el control de requisitos y pruebas de ensayo establecidas en el numeral 5 este documento que deben cumplir los embalajes y envases, intervendrá los en hacen parte del Sistema Nacional de Normalización Certificación y Metrología entre los cuales se tienen: ? ? ? ?
Organismos de Certificación Organismos de Inspección Laboratorio de Pruebas de Ensayo Laboratorios de calibración
4.3.4. Capacitación, Sensibilización Y Divulgación
El principio fundamental de todo el proceso es que la seguridad en el transporte mercancías peligrosas en Colombia es un deber de los responsables de la opera con la sociedad colombiana y no simplemente el cumplimiento de un reglament evitar sanciones, es así que todos los integrantes de la cadena productiva del tra deben ser conscientes de su responsabilidad en todas las operaciones que efect que la seguridad debe ser el objetivo fundamental en el desarrollo de su activ SUBDIRECCION OPERATIVA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR GRUPO DE ESTUDIOS DE CARGA
46
Por otra parte las autoridades que ejercen el control deben ser conscientes de deberes para con la sociedad y por lo tanto deben orientar sus esfuerzos a velar que las operaciones de transporte de mercancías peligrosas que se efectúen po y carreteras del país garanticen la seguridad de la población y el medio ambien Colombia, por tal motivo todas las actividades de inspección y verificación debe buscando seguridad y no únicamente represión o aplicación de autoridad.
Siguiendo los principios anteriormente enunciados y teniendo en cuenta que el de la política es garantizar una operación segura en el transporte de materiales peligrosos en Colombia, y no solamente reprimir o sancionar, es fundamental acompañar todos estos elementos de campañas de capacitación, sensibilizaci divulgación, buscando generar un clima de participación y compromiso de tod involucrados en el proceso, para desarrollar el transporte de estos productos de manera técnica y por consiguiente confiable.
Es prioritario implementar campañas de sensibilización y divulgación, además e programas de capacitación con el concurso del SENA y la empresa privada, dirig todos los integrantes que intervienen en el sistema del transporte de materiales peligrosos en el país, tales como: remitentes, destinatarios, sociedades portuari sociedades de intermediación aduanera, operadores aeroportuarios, importado distribuidores, comercializadores, empresas de transporte, conductores y propi de vehículos, Policía Nacional, organismos de socorro, Bomberos, organismos d transito, entidades publicas encargadas del control de este tipo de mercancías, e otros.
Además, se debe sensibilizar y fomentar sobre la importancia del marcado de e y embalajes de acuerdo al sistema nacional de normalización, certificación y metrología.
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47
5. ENVASES Y EMBALAJES PARA EL TRANSPORTE DE MERCANCIAS PELIGROSAS2
En este capítulo se establecen los requisitos que deben cumplir los envases/emba para el manejo y transporte en condiciones normales. La aprobación de los embalajes/envases se realizará mediante ensayos que aseguren los niveles d seguridad deseados.
Para su manejo y transporte las mercancías peligrosas se embalarán/envasará envases/embalajes de buena calidad, construidos y sellados de tal forma que prevengan cualquier posibilidad de derrame o fuga que se presente bajo condic normales de transporte, por cambios de temperatura, presión o humedad, a cau cambios climáticos o geográficos. La parte externa de los embalajes/envases no quedar contaminada con materiales peligrosos, estas condiciones se aplican pa embalajes nuevos como para embalajes reutilizados.
Los términos y definiciones aplicables a los diferentes tipos de embalaje/envas encuentran estipulados en las Normas Técnicas Colombianas 4702-1/9 ”Embal envases para transporte de mercancías peligrosas”.
5.1. Grupos de embalaje/envase
4. Los envases/embalajes construidos para las mercancías peligrosas de todas las c excepto las clases 1,2 y 7, divisiones 5.2 y 6.2, y las sustancias de reacción espont de la división 4.1, se han dividido en tres grupos según el grado de peligro que presentan: ? ? ?
Grupo embalaje/envase I Sustancias muy peligrosas medianamente peligrosas Grupo embalaje/envase I Sustancias I poco peligrosas Grupo embalaje/envase I Sustancias I I
El grupo de embalaje/envase asignado a las diferentes sustancias se ind columna 5 del listado oficial de mercancías peligrosas de las Naciones Unidas.
2
El contenido de este capítulo se encuentra en las Normas Técnicas Colombianas NTC 4702-1/9 “Embalajes y envases para transporte de mercancías peligrosas”. SUBDIRECCION OPERATIVA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR GRUPO DE ESTUDIOS DE CARGA
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5.2. Nomenclatura
Los códigos utilizados para designar los tipos de embalaje UN, el material de embalaje/envase y los códigos calificadores de los embalajes son los que se pre en el siguiente cuadro 2: Cuadro 2 Tipo de embalaje/envase
Código 1
2 3
4 5 6 7
Descripción Bidón
Material de Códigos calificadores de embalajes embalaje/envase
Código Descripción Código Descripción A Acero (todos los V Embalaje especial tipos y revestimientos * Tonel (barril) de B Aluminio U Embalaje especial para sustancias madera infecciosas Cuñete (jerricán) C Madera naturalW * * Está fabricado con una especificación diferente de aquella indicada para embalajes exteriores, únicos y compuestos Caja D Madera T Embalaje de recuperación contrachapada Saco F Madera reconstituida Embalaje G Cartón prensado compuesto * Recipiente a H Material plástico presión L Textiles M * Papel, multicapa o multihojas N * Metal (excluido el acero y el aluminio) P * Vidrio, porcelana o loza
Fuente: Norma Técnica Colombiana NTC 4702-1/9. “Embalajes y envases para transporte de peligrosas”.
* No empleado para el transporte aéreo. El transporte por vía aérea de tales embalajes, está sujeto a la aprobación por escrito del E ** de origen. Para consultar datos referentes a embalajes exteriores, únicos y compuestos UN ver 4702-1/9.
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5.2.1. Sistemas de códigos que se utilizan para designar los tipos de embalaje/envase ?
?
El primero es de aplicación para compuestos y embalajes combinados.
embalajes
exteriores/único
El segundo es de aplicación para embalajes interiores. 5.2.1.1. Embalajes exteriores/únicos
Se emplea un código de tres caracteres para designar embalajes distint interiores, que comprende: ?
Un numeral arábigo que indica la clase de embalaje, por ejemplo (jerricán), etc.;
?
Seguido de una letra(s) mayúscula en caracteres latinos que indica material, ejemplo madera, acero, etc.;
?
Seguido, si es necesario, de un numeral arábigo que indica la cat embalaje dentro del tipo al que pertenece. 5.2.1.2. Embalajes compuestos
Se emplean dos letras mayúsculas en caracteres latinos para indicar la naturale los materiales, la primera indica el material del recipiente interior y la segunda material del embalaje exterior. 5.2.1.3. Embalajes combinados
Sólo se emplea el código numérico para el embalaje exterior. 5.2.1.4. Especificaciones para embalajes exteriores, únicos y compuestos NU
En el cuadro 3 se presentan las categorías y códigos para los embalajes compuestos UN:
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50
Cuadro 3 TIPO
1.Bidones
2. 3.
4.
5.
MATERIAL
A. Acero
CATEGORIA
De De De De
CODIGO
tapa no desmontable tapa desmontable tapa no desmontable tapa desmontable
1A1 1A2 B. Aluminio 1B1 1B2 D. Madera contrachapada 1D G. Cartón 1G H. Plástico De tapa no desmontable 1 H 1 De tapa desmontable 1H2 N. Metal, que no sea acero niDe tapa no desmontable N1 aluminio De tapa desmontable N2 Tonoles C. Madera De bitoque 2C 1 De tapa desmontable 2C2 Jerricanes A. Acero De tapa no desmontable 3 A 1 De tapa desmontable 3A2 B. Aluminio De tapa no desmontable 3 B 1 De tapa desmontable 3B2 H. Plástico De tapa no desmontable 3 H 1 De tapa desmontable 3H2 Cajas A. Acero 4A B. Aluminio 4B C. Madera natural Ordinarias 4C1 De paredes estancos a los4C2 pulverulentos D. De madera contrachapada 4D F. Madera reconstituida 4F G. Cartón 4G H. Plástico Expandido 4H1 Rígido 4H2 Sacos H. Tejido de plástico Sin forro ni revestimientos 5H1 interiores Estancos a los pulverulentos 5H2 Resistentes al agua 5H3 H. Película de plástico 5H4 L. Tela Sin forro ni revestimientos 5L1 interiores Estancos a los pulverulentos 5L2 Resistentes al agua 5L3 M. Papel De varias hojas 5M1 De varias hojas, resistentes 5M2 al agua
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TIPO
MATERIAL CATEGORIA CODIGO 6. H. Recipiente de plástico Con bidón exterior de acero 6HA1 Embalajes/env Con jaula o caja exterior de acero6HA2 ases Con bidón exterior de aluminio 6HB1 compuestos Con jaula o caja exterior de aluminio 6HB2 Con caja exterior de madera 6HC
Con bidón exterior de madera contrachapada Con caja exterior de madera contrachapada Con bidón exterior de cartón Con caja exterior de cartón Con bidón exterior de plástico
6HD1 6HD2 6HG1 6HG2 6HH1
Con caja exterior de plástico rígido 6HH2 P. Recipiente de vidrio, Con bidón exterior de acero 6PA1 de porcelana o de gres Con jaula o caja exterior de acero6PA2 Con bidón exterior de aluminio 6PB1 Con jaula o caja exterior de aluminio 6PB2 Con caja exterior de madera 6PC Con bidón exterior de madera 6PD1 contrachapada Con canasta exterior de mimbre 6PD2 Con bidón exterior de cartón 6PG1 Con caja exterior de cartón 6PG2 Con embalaje/envase exterior de 6PH1 plástico expandido Con embalaje/envase exterior de6PH2 plástico rígido Fuente: Libro Naranja de Naciones Unidas.
Nota: Las especificaciones técnicas relativas a los embalajes/envases se encuentran en el numera de las Normas Técnicas Colombianas NTC 4702-1/9 “Embalajes y envases para transporte de mercancías peligrosas “.
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5.2.1.5. Embalajes interiores
Se emplea un código de tres o cuatro caracteres para designar los embalajes
Las letras mayúsculas «IP» en caracteres latinos, indican «embalaje/envase int (Inner Packaging = IP);- seguido de un numeral arábigo que indica la clase de embalaje/envase interior. En el siguiente cuadro se presenta la designación par embalajes/envases interiores. Cuadro 4 Código IP1 IP2 IP3 e IP3A IP3 IP3A IP4 IP5 IP6 IP7 e IP7A *IP7B IP8 IP9 IP10
Descripción Loza, vidrio o cera Plástico Latas, botes o tubos de metal Metal (excluyendo el Aluminio) Aluminio Sacos de papel multihojas Sacos de plástico Latas o Cajas de fibra Recipientes (aerosoles) Recipientes (aerosoles) Ampollas de vidrio Tubos flexibles metálicos o de plástico Sacos, papel con aluminio/plástico
Fuente: Norma Técnica Colombiana NTC 4702-1/9 “Embalajes y envases para tran mercancías peligrosas”. Nota: * Especificación europea ver numeral 3.3 NTC 4702-1/9
5.3.
Marcado de los embalajes/envases UN
El marcado indica que el embalaje que lo lleva corresponde a un prototipo ensay con éxito y que cumple con los requisitos establecidos en la Norma Técnica correspondiente y que están relacionados con la fabricación, pero no con el emp embalaje/envase. Por lo tanto, la marca no confirma necesariamente que el emb pueda ser empleado para alguna sustancia en particular.
Se espera que el marcado sea de ayuda a los fabricantes, reacondicionadores y usuarios de los embalajes, transportadores, remitentes, destinatarios y autorid competentes. En relación con el empleo de un nuevo embalaje, la marca origina sirve al fabricante para identificar el tipo e indicarle que se han cumplido los en SUBDIRECCION OPERATIVA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR GRUPO DE ESTUDIOS DE CARGA
53
El marcado no siempre proporciona detalles completos de los niveles de ensayo y pueden necesitarse para ser tenidos posteriormente en cuenta, por ejemplo med certificado de homologación, registro o informes de los ensayos de embalajes ens con éxito.
Las marcas de especificación deben estar estampadas, impresas o marcadas de otra forma sobre el embalaje para garantizar una adecuada permanencia y un c para que sean fácilmente visibles y comprensibles. Los embalajes/envases interiores no requieren marcas.
Excepto para algunos embalajes destinados a gases de la Clase 2, materiales radiactivos de la Clase 7 y algunos embalajes utilizados para artículos de la Clas todos los embalajes únicos y todos los embalajes exteriores de embalajes combi y embalajes compuestos que han sido fabricados y ensayados de acuerdo con la especificaciones y ensayos de las Naciones Unidas deben llevar marcas durade legibles y ubicadas en una posición y de un tamaño relacionado con el bulto de m que sean fácilmente visibles.
Para los bultos con un peso bruto que exceda de los 30 kg las marcas o duplicaci de las mismas deben aparecer en la tapa o a un costado del bulto. Las letras, núm y símbolos deben ser de al menos 12 mm de altura, excepto para los bultos de 30 30 kg o menos, en cuyo caso deben ser de al menos de 6 mm de altura. Para bulto una capacidad de 5 L ó 5 kg o menos, las letras, números y símbolos deben ser d tamaño apropiado. 5.3.1. Formas de marcado
Para el marcado de los embalajes/envases hay tres aplicaciones básicas dep si es nuevo, reacondicionado o de recuperación. 5.3.1.1. Embalajes/envases nuevos
Las marcas deben constar de: ?
El símbolo de embalaje de las Naciones Unidas tal como se mues
Figura 4. Símbolo de embalaje Un SUBDIRECCION OPERATIVA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR GRUPO DE ESTUDIOS DE CARGA
54
Este símbolo no debe emplearse con un fin diferente que el de certificar que un embalaje/envase cumple con los requisitos establecidos y los ensayos requerido embalajes de metal con estampados en relieve pueden ponerse las letras mayús «UN» como símbolo; ?
La letra X, Y o ensayado con éxito:
?
indicadora
del
grupo(s)
de
embalaje
cuyo
?
X para los Grupos de embalaje alto riesgo, (estos embalajes pue sustancias y artículos del grupo de embalaje I, II y III), o
?
Y para los Grupos de embalaje II riesgo medio, (estos embala para sustancias y artículos del Grupo de embalaje II y III), o
?
?
Z,
Z para el Grupo de embalaje III bajo riesgo, (estos embalajes para sustancias y artículos del grupo de embalaje III);
En embalajes destinados a contener sólidos o embalajes/envases "S";
Seguido de los dos últimos dígitos del año de fabricación del embalaje/envase 1H1, 1H2, 3H1 y 3H2 deben encontrarse así mismo debidam marcados con el mes de fabricación; estas marcas pueden aparecer en el emb en un lugar distinto de las otras. Un método adecuado es el que se muestra en Figura 5:
Figura 5. Ejemplo como indicar el mes de fabricación ?
?
Seguido por el estado que autoriza la asignación de la marca, distintiva para vehículos de motor en tráfico internacional, En Colombia la A Competente para mercancías peligrosas es la Unidad Administrativa Especi Aeronáutica Civil y la marca es CO. Seguido por el nombre del fabricante u otra identificación del por la autoridad nacional pertinente.
En el siguiente cuadro se muestran ejemplos del marcado UN para los nuevos.
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55
Cuadro 5 Símbolo de Código Grupo NU del de (a) embalaje embalaje (b) (c) Caja de cartón 4G Y prensado
Peso Sólidos o Densidad Prueba de Año de Código Nombre del Bruto embalajes (d) presión fabricacióndel país fabricante (h) (e) interiores (f) (i) (j) (g) 145 S 99 NL VL823
Caja de cartón prensado
4G
X,Y,Z
20,30,45
Bidón de acero, conteniendo líquidos
1A1
Y
Bidón de acero, conteniendo sólido o embalajes interiores Caja de plástico de especificación equivalente
1A2
Y
150
4Hw
Y
136
Tipo de embalaje
S
Código completo
4G/Y145/s/99 NL/VL823
99
NL
ABC1234
4G/X20-Y30Z45/S/99 NL/ABC1234
99
NL
VL824
1A1/Y150/S/9 9 NL/VL825
S
99
NL
VL825
1A2/Y150/S/9 9 NL/VL825
S
99
NL
VL826
4HW/Y136/S/ 99 NL/VL826
1,4
150
Fuente: Norma Técnica Colombiana 4702-1/9 “ Embalajes y envases para transporte de mercancías peligrosas.”
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56
5.3.1.2. Embalajes/envases reacondicionados y reconstruidos
Son aquellos que una vez usados pueden ser reacondicionados para efectua r un n transporte de mercancías peligrosas. El marcado de este tipo de embalajes lleva adicionalmente a la información básica los siguientes datos: ? ? ?
?
Identificación del país donde se realizó el reacondicionamiento. Seguido del nombre o símbolo autorizado por el reacondicionador. Luego el año del reacondicionamiento seguido de la letra R y en embalajes/envases que hayan superado la prueba de estanqueidad (ver numer Norma Técnica Colombiana 4702-1/9 Embalajes y envases para transporte de mercancías peligrosas), la letra adicional L. En el cuadro 6 se muestran ejemplos para el marcado de reacondicionados. Símbolo de UN
Cuadro 6
Código original de embalaje Código Nom Año Código completo del bre país
1 A1/Y1,4/150/86/NL/VL824 NL
RB
97RL
1A2/Y150/S/86/USA/ABCPACK USA
1 A1/Y1,4/150/86/ NL/RB/97RL
RB 97RL
1A2/Y150//S/86 USA/RB/97 R
Fuente: Norma Técnica Colombiana NTC 4702-1/9 “Embalajes y envases para transporte de peligrosas”.
5.3.1.3. Embalajes/envases de recuperación
Estos embalajes se utilizan para recuperar material peligroso de un envase o que haya sufrido deterioro y no este apto para el transporte.
La identificación de este tipo de embalajes se caracteriza por llevar la letra “T” al tipo de embalaje en la codificación original, la demás información es idéntica un embalaje/envase nuevo. En el siguiente cuadro se da un ejemplo recuperación:
de marca para embalajes/env
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Cuadro 7 Símbolo Código del Grupo de Peso bruto Sólido o de UN embalaje embalaje emb. Inter. (a) (b) (c) (e) (g)
1ª2T
Y
300
S
Año de Código del Nombre Código completo fabricació estado del n fabricant (i) e (h) (j)
98
USA
abc 1A2T/Y300/S/ 99/USA/abc
Fuente: Norma Técnica Colombiana NTC 4702-1/9 “Embalajes y envases para transporte de peligrosas”.
5.4.
Ensayos de funcionamiento para los embalajes UN
Los ensayos de funcionamiento, tienen en cuenta el material utilizado y el d embalajes, igualmente si las mercancías a transportar son líquidas o sólidas.
Los ensayos de comportamiento se hacen con la idea de garantizar que no haya pérdida del contenido en las condiciones normales de transporte. La rigurosidad ensayos de los embalajes depende del contenido que tengan que alojar, teniendo cuenta el grado de peligrosidad, por ejemplo, el grupo de embalaje, la densidad r y la presión de vapor (en cuanto a los líquidos). 5.4.1. Generalidades
Antes de utilizarse un embalaje/envase, el prototipo debe superar los ensayos d Se entiende por prototipo: el proyecto, tamaño, material y espesor, modo de construcción y embalaje/envase, que comprenden diversos acabados de la supe También se incluyen los embalajes/envases que difieran del prototipo sólo en su
Los ensayos deben repetirse en muestras de producción a intervalos fijad autoridad nacional competente. También deben repetirse los ensayos después de cada modificación que proyecto, material o sistema de construcción del embalaje.
La autoridad nacional competente puede permitir los ensayos seleccionados de embalajes que difieran únicamente en pequeños aspectos con relación al protot ensayado, por ejemplo con embalajes interiores de menor tamaño o embalajes interiores de menor masa neta; y los embalajes tales como los bidones, sacos y c que se construyen con pequeñas reducciones de sus dimensiones externas. SUBDIRECCION OPERATIVA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR GRUPO DE ESTUDIOS DE CARGA
58
En cualquier momento, la autoridad nacional competente puede exigir pruebas mediante ensayos como evidencia de que los embalajes/envases de producción satisfacen los mismos ensayos efectuados con el prototipo.
Si por razones de seguridad se requiere algún tratamiento interior o capa de revestimiento, éste debe retener sus propiedades protectoras aún después de h los ensayos.
Es importante tener en cuenta que se pueden efectuar varias pruebas con una so muestra siempre que la validez de los resultados de los ensayos no se afecte y, co aprobación de la autoridad nacional competente. A su vez pueden utilizarse mét ensayo distintos de los descritos en las Normas Técnicas Colombianas NTC 4702 “Embalajes y envases para transporte de mercancías peligrosas”, siempre que equivalentes. 5.4.2. Preparación de los embalajes/envases para los ensayos
Los ensayos deben realizarse en embalajes/envases preparados para transport incluyendo, con respecto a los embalajes/envases combinados, los embalajes/en interiores usados. Los recipientes interiores o embalajes/envases únicos deben rellenarse con el 98 % o más de su capacidad máxima en el caso de los líquidos, o 95 % en el caso de los sólidos. Para embalajes/envases compuestos donde el embalaje/envase interior está diseñado para contener líquidos y sólidos, se requ ensayo separado para el contenido líquido y sólido. Los artículos o sustancias a transportar en el embalaje/envase pueden reemplazarse por otros artículos o sustancias, a menos que esto invalide el resultado de los ensayos. En cuanto a lo sólidos, si se utiliza alguna otra sustancia debe tener las mismas características (masa, tamaño de los granos, etc.) que la sustancia a transportar. Es posible util aditivos, tales como sacos de perdigones, para conseguir la masa total prescrita modo que estén colocados de forma que no afecten los resultados de los ensa
En los ensayos de caídas aplicables a los líquidos, cuando se utilice otra susta debe tener la misma densidad relativa y viscosidad de la sustancia a transportar También se puede utilizar agua para hacer el ensayo de caída de líquidos en las condiciones establecidas
Los embalajes de papel o de cartón prensado deben acondicionarse por lo meno en una atmósfera con temperatura y humedad relativa (h.r.) controladas. Hay tr posibilidades, entre las cuales hay que elegir una de ellas. La atmósfera preferid 23 ?C ± 2 ?C (73 ?F ± 3,5 ?F) y 50 % ± 2 % h.r. Las otras dos posibilidades son: 20 2 ?C (68 ?F ± 3,5 ?F) y 65 % ± 2 % h.r. ó 27 ?C ± 2 ?C (80 ?F ± 3,5 ?F) y 65 % ± 2 % h.
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59
5.4.3. Pruebas de Ensayo3
Las pruebas que se realizan para la evaluación de los embalajes/envases siguientes: 5.4.3.1. Ensayo de Caída
En este ensayo, se elevan las muestras hasta una determinada altura (dependie Grupo de Embalaje de que se trate), se dejan caer libremente y luego se observa saber si tienen fugas. 5.4.3.2. Ensayos de Estanqueidad
En este ensayo, a un embalaje totalmente sumergido en agua se le inyecta aire a presión predeterminada y se observan las posibles fugas, por la aparición de bu de aire. La presión de aire que se aplica depende del Grupo de Embalaje asignad mercancía a transportar. 5.4.3.3. Ensayo de Presión Interna (Hidráulica)
En este ensayo, a un embalaje lleno con agua se le inyecta agua a una presión predeterminada y se observan las posibles fugas. La presión de agua a aplicar e dependiente de la sustancia que se vaya a transportar. 5.4.3.4. Ensayo de Apilamiento
En este ensayo, a un embalaje lleno con agua se le coloca encima una cantidad de pesas equivalente al peso de los embalajes iguales que debe soportar durante el transporte y almacenamiento en depósito. La masa total a aplicar depende de la m bruta del embalaje con el contenido real que se vaya a transportar. 5.4.4. Reporte del Ensayo
El reporte del ensayo debe estar a disposición de los usuarios d embalajes/envases, y contiene los siguientes aspectos: a) Nombre y dirección de la oficina en donde se efectu ó. b) Nombre y dirección del solicitante (según sea apropiado). c) Una identificación única del reporte del ensayo. d) Fecha del reporte del ensayo. 3
Manual para el transporte de mercancías peligrosas por carretera, Ministerio de Transporte y obras públicas de Uruguay, Dirección Nacional de Transporte. SUBDIRECCION OPERATIVA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR GRUPO DE ESTUDIOS DE CARGA
60
e) Fabricante del embalaje/envase.
f) Descripción del tipo de los embalajes/envases, por ejemplo: dimensiones, materiales, cierres, espesor, entre otros, incluyendo el método de fabricació ejemplo: soplado en molde; pueden incluirse dibujos y/o fotografías. g) Capacidad máxima.
h) Características del contenido del ensayo, por ejemplo: viscosidad y d relativa para los líquidos y tamaño de las partículas para los sólidos. i) Descripción del ensayo y resultados. j) Una firma con el nombre y título del firmante.
El reporte del ensayo debe contener la siguiente declaración: el embalaje prepa para el transporte fue ensayado de conformidad con los requisitos establecidos normas técnicas correspondientes al tipo de mercancía peligrosa o los requisito equivalentes del Capitulo 6 de las Recomendaciones de las Naciones Unidas sob transporte de mercancías peligrosas; y que el uso de otros métodos de embalaje componentes pueden invalidarlo.
Una copia del reporte del ensayo debe estar a disposición de la Autoridad Competente.
5.5.
Materiales Radiactivos
Dada la naturaleza de este tipo de productos y la incidencia que tienen para la población y el medio ambiente, la Organización Internacional de Energía Atóm O.I.E.A. ha desarrollado una reglamentación modelo específica.
Parte de la filosofía básica del Reglamento modelo expedido por el O.I.E.A., es q seguridad depende ante todo del diseño de los bultos, es decir en la "segurid incorporada ", y no en el control de las operaciones ejecutadas por el transporta 5.5.1. Generalidades
Por embalaje en el caso de materiales radiactivos, se entiende el conjunto de tod componentes necesarios para alojar completamente el contenido radiactivo; p consistir en material absorbente, estructuras de separación, material de blinda auxiliar, dispositivos de amortiguamiento mecánico de golpes, manipulación y fi de aislamiento. Juntos, el embalaje y el contenido radiactivo forman el bulto. E embalaje puede consistir en una caja, bidón o recipiente similar, o puede ser tam contenedor, cisterna o recipiente intermedio para graneles. SUBDIRECCION OPERATIVA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR GRUPO DE ESTUDIOS DE CARGA
61
Es importante anotar que el diseño del bulto está relacionado con el riesgo pote asociado con su contenido radiactivo. Las categorías de material radiactivo se presentan a continuación según el riesgo relativo creciente: ? ?
? ? ? ?
Material exceptuado
Concentrados y minerales de uranio, combustible nuevo de rea de uranio Desechos radiactivos de baja actividad Radioisótopos , incluidos generadores de tecnecio Fuentes industriales y Combustible agotado de reactor
En las dos primeras categorías figuran los materiales transportados común un riesgo radiológico muy bajo. 5.5.2. Tipos de bultos
El reglamento establece cinco tipos principales de bultos, considerados en r la actividad y la forma física de su contenido radiactivo. Estos tipos son.
?
Bultos exceptuados Bultos industriales
?
Bultos de tipo A
?
? ?
Bultos tipo B Bultos tipo C
5.5.2.1. Bultos exceptuados
Los bultos exceptuados son los que contienen cantidades pequeñas de material radiactivo ( por ejemplo, los detectores de humo) que se les puede eximir de la m de los requisitos relativos al embalaje y el etiquetado, ya que los riesgos radioló potenciales que podrían surgir durante el transporte son insignificantes. No ha requisitos de ensayo para este tipo de bultos. 5.5.2.2. Bultos industriales
Los bultos industriales se emplean para el transporte de materiales denom baja actividad específica (BAE) u objetos contaminados en la superficie (O SUBDIRECCION OPERATIVA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR GRUPO DE ESTUDIOS DE CARGA
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tipo de bultos además de satisfacer a los bultos exceptuados, estos deben cump requisitos aplicables en condiciones normales de transporte, lo que incluye inc leves. La integridad de los bultos industriales varía en función del riesgo que su contenido. Existen tres tipos: ?
?
?
Bultos industriales del Tipo 1 (BI-1): estos bultos deben cu requisitos de temperatura y presión además de los impuestos a lo exceptuados. Bultos industriales del Tipo 2 (BI-2): ensayos de caída libre y de apilamiento.
estos
bultos
deben
Bultos industriales del Tipo 3 (BI-3): estos bultos deben satisfa requisitos relativos a ensayos de aspersión con agua y de penetración 5.5.2.3. Bultos tipo A
Los bultos del Tipo A tienen por finalidad facilitar un medio seguro y económico transporte de cantidades relativamente pequeñas de materiales radiactivos. E bultos deben mantener su integridad aún en condiciones de uso indebido o manipulación errónea que puedan producirse durante el transporte normal, p ejemplo: la caída desde un vehículo o desde alturas similares durante la manipu exposición a condiciones atmosféricas adversas, golpes producidos por un obje afilado o el apilamiento de otros bultos o mercancías en la parte superior.
Estos bultos además de soportar las condiciones ambientales normales tales com temperaturas altas y bajas y una presión atmosférica reducida, deben ser capace retener su contenido y mantener la integridad de su blindaje al ser sometidos a lo siguientes ensayos: ? ? ?
Ensayo de caída libre
Ensayo de compresión Ensayo de penetración
Estos tipos de bultos deben diseñarse de forma que satisfagan todos los requisit impuestos a los bultos industriales BI-3 y además cumplir con los requisitos de más rigurosos si el contenido radiactivo se presenta en forma líquida o gaseo
Se supone que los bultos Tipo A pueden resultar dañados en un accidente grave posiblemente dispersarse una fracción de su contenido. Por lo tanto la Reglame modelo expedida por el OIEA limita las cantidades máximas de radionucleidos SUBDIRECCION OPERATIVA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR GRUPO DE ESTUDIOS DE CARGA
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pueden transportarse en dichos bultos. Con estos límites se tiene la seguridad de en caso de dispersión, los riesgos de irradiación externa o de contaminación será bajos. 5.5.2.4. Bultos del Tipo B
El concepto de bulto del Tipo B es que sea capaz de resistir la mayoría de condi accidentales, sin rotura de su contención, ya que estos bultos son utilizados pa transportar mayores cantidades de materiales radiactivos como: radioisótopos empleados en radiografía industrial, combustible nuclear irradiado, desechos y materiales similares de alta actividad. Con el fin de demostrar dicha capacida deben realizar ensayos como el de resistencia al impacto, a la penetración, al fu la inmersión en agua, representando condiciones hipotéticas de accidente. Ade cada diseño debe ser aprobado por la autoridad competente del país en que s diseñado el bulto y cumplir con los ensayos establecidos para el Tipo A como pa B. 5.5.2.5. Bultos Tipo C
Este tipo de bultos son utilizados para transportar grandes cantidades de mate radiactivo, por vía aérea y deben resistir accidentes severos. Los siguientes ens son a los que deben someterse: ensayo mecánico, de perforación, ensayo térmic reforzado y de impacto. 5.5.3. Marcas
Las marcas de identificación de los bultos incluye la siguiente información: peso (si es mayor de 50 Kg), tipo de diseño del bulto (Tipo A o Tipo B), marcas de identificación asignadas al diseño del bulto por la autoridad competente; los bu Tipo B han de tener marcas durables, resistentes al fuego y al agua, incluido el t característico, en la superficie más externa resistente al fuego. Un ejemplo de m se muestra a continuación:
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Ejemplo de Bulto marcado y etiquetado To :: To
RCW Enterprises Enterprises From: From : RylieStreet Street 240Rylie Ourtown ,,Country Ourtown Country
Co -60 24 M B q
Co -60 2 4 MBq
0.8
0.8
Ubicado en dos lados opuestos
Materiales Radiactivos, Bulto Tipo A Masa Bruta = 60 kg TIPO A
Mod. 10, page 80 of 108 IAEA Transport Safety Training Course, Minsk
Figura 6
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6. DOCUMENTOS PARA EL TRANSPORTE DE MERCANC PELIGROSAS EN COLOMBIA
Un elemento importante dentro de la movilización de mercancías en el país, son documentos que se deben llevar durante el transporte de cualquiera de las nuev clases de mercancías peligrosas, estos documentos son de porte obligatorio y s que se relacionan a continuación:
6.1 El Manifiesto de Carga:
Es el documento que ampara el transporte de mercancías ante las distintas autoridades cuando estas se movilizan en vehículos de servicio público mediant contratación a través de empresas de transporte de carga legalmente constituid debidamente habilitadas por el Ministerio de Transporte, por lo tanto debe ser por el conductor del vehículo durante el transporte, este documento se establec mediante Decreto 173 de febrero de 2001 "Por el cual se reglamenta el Servicio de Transporte Terrestre Automotor de Carga".
Este documento debe ser elaborado y expedido por la empresa transportad contener como mínimo la siguiente información: ?
?
Datos de la empresa que expide el documento Información del vehículo que transporta la mercancía
?
Datos relacionados con el propietario o tenedor del vehículo
?
Datos relacionados con el conductor del vehículo
?
Información de la mercancía transportada
?
Datos del remitente y destinatario
?
Información referente al flete
?
Datos de los seguros de transporte SUBDIRECCION OPERATIVA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR GRUPO DE ESTUDIOS DE CARGA
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6.2 Remesa Terrestre de Carga:
Documento donde se encuentran estipulados de acuerdo al Código del Comer artículo 1010 referente a las especificaciones establecidas en el contrato de tra las condiciones generales del mismo.
Este documento se expedirá, por lo menos en dos ejemplares; uno de estos por el transportador y deberá ser entregado al destinatario.
6.3 Registro Nacional de Transporte de Carga:
Es la Tarjeta expedida cuando el propietario del vehículo de carga lo registre an Ministerio de Transporte, este documento esta reglamentado mediante Decret 2001 " Por el cual se reglamenta el Servicio Público de Transporte Terrestre Aut de Carga" y es obligación del propietario del vehículo registrarlo ante cualqui Dirección Territorial del Ministerio de Transporte en todo el país.
6.4 Registro Nacional para el Transporte de Mercancías Peligros
La Tarjeta de Registro es el documento mediante el cual el Estado autoriza a un vehículo automotor de carga para que realice el transporte de mercancías pe en Colombia, ya sea particular o público.
Todo propietario o tenedor de camión rígido, remolque, semirremolque y remol balanceado que transporte mercancías peligrosas de servicio público y/o partic sea persona natural o jurídica que transporte mercancías peligrosas, deberá tr obtención y renovación del Registro Nacional de Transporte de Mercancías Pe ante las Direcciones Territoriales del Ministerio de Transporte, donde tenga su principal, cumpliendo los siguientes requisitos 1. 2. 3. 4. 5.
Diligenciar solicitud en formato diseñado por el Ministerio de Transporte Fotocopia de la Tarjeta de Registro Nacional de Transporte de Carga. Fotocopia de la Licencia de Tránsito. Fotocopia de la póliza de Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito. Recibo de pago de los derechos que se causen por concepto de la expe
renovación de este registro. 6. Constancia de la revisión técnico mecánica vigente. SUBDIRECCION OPERATIVA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR GRUPO DE ESTUDIOS DE CARGA
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6.4.1 Transporte de líquidos inflamables " clase 3"
Para los vehículos tales como: camión rígido, remolque, semirremolque y remo balanceado destinados al transporte de mercancías peligrosas clase 3 " Líquido inflamables", además de los requisitos establecidos en el numeral anterior de cumplir los siguientes:
A. En caso de personas jurídicas, certificado de existencia y representac expedido por la cámara de comercio respectiva.
B. Póliza vigente de seguro de responsabilidad civil extracontractual, de acue establecido en el Artículo 39 del Decreto 1521 de 1998 "Por el cual se reglam almacenamiento, manejo, transporte y distribución de combustibles líquidos derivados del petróleo, para estaciones de servicio", expedido por el Ministe Minas y Energía o las disposiciones que sobre el tema emita esta entidad o qu haga sus veces, la cual debe cubrir al menos los siguientes riesgos: 1. Muerte o lesiones a una persona 2. Daños a bienes de terceros 3. Muerte o lesiones a dos o más personas 6.4.2 Transporte de gases "Clase 2"
Para los vehículos tales como: camión rígido, remolque, semirremolque y remol balanceado, destinados al transporte de mercancías peligrosas clase 2, " Gases granel o en cilindros, además de acatar los requisitos establecidos en el numera deben cumplir los siguientes:
A. Certificado de aprobación técnica del vehículo para transporte de GNC o GLP expedido por personal idóneo acreditado por la Superintendencia de Industr Comercio - SIC-, de acuerdo con los lineamientos establecidos en el Sistema Nacional de Normalización, Certificación y Metrología.
B. Póliza vigente de seguro de responsabilidad civil extracontractual que d al menos los siguientes riesgos: 1. Muerte o lesiones a una persona 2. Daños a bienes de terceros 3. Muerte o lesiones a dos o más personas SUBDIRECCION OPERATIVA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR GRUPO DE ESTUDIOS DE CARGA
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6.5 Planilla para el Transporte de Sustancias Químicas de Uso Restringido:
Planilla creada mediante Resolución 4093 de diciembre de 1991 y Resolución 3 2001, este documento expedido por el Ministerio de Transporte, autoriza a un v automotor de carga para que realice el transporte de sustancias catalogadas c uso restringido por la Dirección Nacional de Estupefacientes, ya que se utilizan precursores químicos para la producción de narcóticos.
Esta planilla la solicitara el representante legal del propietario de la cumpliendo los requisitos establecidos en la normatividad anteriormente me
6.6 Tarjeta de Emergencia
Es el documento que contiene información básica sobre la identificación del ma peligroso y datos del fabricante, identificación de peligros, protección personal de exposición, medidas de primeros auxilios, medidas para extinción de incen medidas para vertido accidental, estabilidad y reactividad e información sobre transporte. Este documento es de porte obligatorio para el conductor que tran mercancías peligrosas.
Las tarjetas de emergencia para transporte de mercancías peligrosas son prepa para los transportadores, profesionales de la salud y la seguridad, trabajadores entrenados empleados por las compañías químicas y sus clientes, departament bomberos, servicios de atención de emergencias, grupos estatales y locales de planificación de emergencias y los miembros de la comunidad. Debido a la nece de información y conocimientos diversos de esta audiencia, la información de u tarjeta de emergencia para transporte de materiales se debe presentar en un fo coherente y comprensible. En donde sea posible, la información de las tarjetas emergencia para transporte de mercancías peligrosas se debe presentar en le fácil de entender por cualquier persona y su metodología de elaboración se org acuerdo con lo estipulado en la Norma Técnica Colombiana NTC 4532.
Se considera dos usos principales de las tarjetas de emergencia para tran materiales: ?
Una herramienta de entrenamiento y referencia para los transpor
?
Un recurso para procedimientos de emergencia. SUBDIRECCION OPERATIVA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR GRUPO DE ESTUDIOS DE CARGA
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La efectividad de las tarjetas de emergencia para transporte de materiales se de mejorar poniendo a disposición la información en el mismo orden todas las vece manera que para el lector sea fácil encontrarla, sin importar de cuál proveedor tanto, se establece los títulos y un orden específico para las secciones de una tar emergencia para transporte de materiales, también reconoce que, para alguno materiales, será apropiado incluir información adicional en las secciones recom para otros públicos descrita en la Norma Técnica Colombiana NTC 4532.
6.6.1 Organización y Contenido de las Tarjetas de Emergencia para Transp de Mercancías Peligrosas
En esta sección se establecen los títulos y el orden específico de una tarjeta de emergencia para transporte de mercancías peligrosas. Los títulos y secuencia siguientes:
Sección 1: IDENTIFICACIÓN DEL PRODUCTO QUÍMICO Y LA COMPAÑ Sección 2: IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS Sección 3: CONTROLES DE EXPOSICIÓN Y PROTECCIÓN PERSONAL Sección 4: ESTABILIDAD Y REACTIVIDAD Sección 5: MEDIDAS DE PRIMEROS AUXILIOS Sección 6: MEDIDAS PARA EXTINCIÓN DE INCENDIOS Sección 7: MEDIDAS EN CASO DE VERTIDO ACCIDENTAL 6.6.2 Como Elaborar una Tarjeta de Emergencia
La secuencia lógica de preguntas que la tarjeta de emergencia para transporte materiales peligrosos debe responder y que determina el orden, esta estipulad Norma Técnica Colombiana NTC 4532.
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EJEMPLO DE UNA TARJETA DE EMERGENCIA DILIGENCIADA
Cuadro 9 1. PRODUCTO QUÍMICO ÁCIDO NÍTRICO
1.
PRODUCTO QUIMICO E IDENTIFICACIÓN DE LA EMPRESA
Ácido nítrico (Sinónimos: Nitrato de hidrógeno, ácido azóico, agua fuerte, grabadores). Número de Naciones Unidas: UN 2031 Número CAS: 7697-37-2 Identificación de la empresa ABC Chemical Company Enviromental, safety, and Health Affairs P.O.Box 22099 Oak Dale, NJ 22209 (209) 555-1212 (24 horas para preguntas y emergencias) Centro de información técnica XYZ (24 Horas) 9800-16012 Fuera de Bogotá. 2 88 60 12 En Bogotá. 2.
IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS
2.1 VISIÓN GENERAL SOBRE LAS EMERGENCIAS SUBDIRECCION OPERATIVA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR GRUPO DE ESTUDIOS DE CARGA
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Líquido transparente, incoloro o amarillento (el color amarillo se desprendimiento de dióxido de carbono al exponerlo a la luz), olor irritante fu 2.2
POTENCIALES EFECTOS ADVERSOS PARA LA SALUD
INHALACION Irritación de la nariz y la garganta. Las altas concentraciones en pueden provocar edema y congestión pulmonar severos. Los síntomas pueden aparecer entre 4 h a 30 h.
INGESTION Quemaduras en la boca y el esófago con posible perforac estómago y los intestinos. PIEL Irritación, coloración amarilla y graves quemaduras. OJOS Irritación, puede causar quemaduras severas con daño permanente.
EFECTOS CRONICOS Daños a los pulmones (neumonía crónica y bronquitis y perdida de los dientes. 3. EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL/CONTROL EXPOSICIÓN 3.1
CONTROLES DE INGENIERIA
Ventilación local y general, para asegurar que la concentración no exceda lo exposición ocupacional. Debe disponerse de duchas y estaciones lavaojos. 3.2 EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL
Monogafas para químicos, guantes de neopreno, respirador con filtro par ácidos, overol y botas de caucho. Para control de emergencias, equipo de respiración autónomo (SCBA) y protección total que incluya guantes de neopreno y botas de caucho. 3.3
PARÁMETROSDE
EXPOSICIÓN
LIMITES DE EXPOSICION OCUPACIONAL TWA: 5.2 mg/m3 STEL: 10 mg/m3 TECHO (C): No reportado. IPVS: 100 ppm. 4.
ESTABILIDAD Y REACTIVIDAD
ESTABILIDAD Estable bajo condiciones normales. SUBDIRECCION OPERATIVA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR GRUPO DE ESTUDIOS DE CARGA
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INCOMPATIBILIDADES (Materiales a evitar) AGUA (SI) AIRE (NO)
OTROS: puede explotar en contacto con agentes fuertemente reductores, ácid hipocloritos, álcalis, metales, carburos, sulfuro de hidrógeno, trementina y mat orgánico combustible. 5.
MEDIDAS DE PRIMEROS AUXILIOS
5.1 PROCEDIMIENTOS DE PRIMEROSAUXILIOS
INHALACION Traslade al aire fresco. Si no respira administre respiración art Evite el método boca a boca. Si respira con dificultad suministre oxígeno. Mante víctima abrigada y en reposo. B usque atención médica inmediatamente.
INGESTION Lave la boca con agua. Si está consciente, suministre abundan No induzca el vómito. Busque atención médica inmediatamente.
PIEL Retire la ropa y calzado contaminados. Lave la zona afectada con abunda agua y jabón, mínimo durante 15 min. Si la irritación persiste repita el lavado. B atención médica inmediatamente.
OJOS Lave con abundante agua, mínimo durante 15 min. Levante y separe los párpados para asegurar la remoción del químico. Si la irritación persiste repita Busque atención médica inmediatamente. 6.
MEDIDAS PARA EXTINCIÓN DE INCENDIOS
PELIGROS No combustible pero enciende fácilmente materiales combus comporta como un agente oxidante fuerte que puede incrementar fuegos cerc
PRODUCTOS DE LA COMBUSTION Emite humos tóxicos en el incendio de ó nitrógeno. PRECAUCIONES Mantenga buena ventilación a nivel del piso, plantas sótanos. Evite que haga contacto con materiales incompatibles.
PROCEDIMIENTOS EN CASO DE INCENDIO Evacúe o aísle el área de peligro. Restrinja el acceso a personas innecesarias y sin la debida protección. Ubíquese favor del viento. Use equipo de protección personal. No introduzca agua en los contenedores. Si no puede alejarlos del área de incendio, enfríelos aplicando ag sus paredes. SUBDIRECCION OPERATIVA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR GRUPO DE ESTUDIOS DE CARGA
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AGENTES EXTINTORES DEL FUEGO Use el agente de extinción según el t incendio del alrededor. 7.
MEDIDAS EN CASO DE VERTIDO ACCIDENTAL
Evacúe o aísle el área de peligro. Restrinja el acceso a personas innecesarias y sin debida protección. Ubíquese a favor del viento. Use equipo de protección person Ventile el área. No permita que caiga en fuentes de agua y alcantarillas. No toque líquido ni inhale los vapores. Diluya y neutralice con soda o cal, o absorba con diatomita, tierra y/o arena. Recoja y deposite en contenedores con cierre hermét Lave la zona con abundante agua.
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6.7 Hoja de Seguridad
Es el documento que describe los riesgos de un material peligroso y suministra información sobre cómo se puede manipular, usar y almacenar el material con seguridad, para su elaboración se debe tener en cuenta los parámetros establecid la Norma Técnica Colombiana NTC 4435. Este documento no es de porte obligat por parte del conductor durante la movilización de la mercancía peligrosa.
La hoja de seguridad para materiales describe los riesgos de un material y sum información sobre cómo se puede manipular, usar y almacenar el material con seguridad. Debe presentar un resumen de la información de seguridad sobre e material. Para que esté completo y sea claro, debe contener información sobre producto químico e información sobre el proveedor, los componentes químicos peligrosos, identificación de los peligros, primeros auxilios, medidas para apa incendios, medidas cuando hay escape accidental, manipulación y almacenam controles de exposición, protección personal, propiedades físicas y químicas y reactividad.
También debe incluir información toxicológica, sobre disposición, transporte, reglamentaria y otra útil. Las hojas de seguridad para materiales no pueden in información sobre cada aplicación del material, aunque deben considerar las exposiciones peligrosas que resultan del uso, mal uso, manipulación y almacen ocupacionales habituales y razonablemente previsibles. Las hojas de segurida materiales son solamente una fuente de información sobre un material; como t mejor uso se hace junto con boletines técnicos, rótulos, entrenamiento y otras comunicaciones. 6.7.1 Usuarios para las Hojas de Seguridad para Mercancías Peligrosas
En cada sección de las hojas de seguridad de materiales se identifican los posible usuarios, que van a recibir la información. Esto se hace para ayudar a quien prepa hojas de seguridad de materiales, a decidir sobre el lenguaje técnico para usar en sección. Los fabricantes suministran las hojas de seguridad para materiales a sus clientes, quienes a su vez las ponen a disposición de sus empleados. Los destinata se identifican en toda la hoja de seguridad como: ?
Miembros de la comunidad.
?
Servicios de respuesta de emergencias.
?
Empleados.
?
Empleadores.
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?
Profesionales ambientales.
?
Profesionales de medicina y
?
Profesionales de salud ocupacional y seguridad.
?
Entidades de control
Como regla general, el lenguaje usado en las hojas de seguridad para materiale peligrosos debe ser comprensible para la audiencia más amplia posible. La may secciones de las hojas de seguridad para materiales están destinadas para un p amplio y se deben escribir con el mínimo de jerga técnica.
Al mismo tiempo, se reconoce que la información se debe presentar en un lengu técnico con el fin de que sea de utilidad a algunas audiencias determinadas. Alg áreas en donde puede ser apropiado el lenguaje técnico son: "Notas a los Facult "Información Toxicológica" y "Controles de Ingeniería". 6.7.2 Organización de las Hojas de Seguridad para Mercancías Peligrosas
En este documento se establece la descripción de los títulos y un orden específic las secciones de una hoja de seguridad para materiales. Los títulos y secuencia s siguientes: Sección 1. IDENTIFICACIÓN DEL PRODUCTO QUÍMICO Y LA COMPAÑÍA Sección 2. COMPOSICIÓN, INFORMACIÓN SOBRE LOS COMPONENTES Sección 3. IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS Sección 4. MEDIDAS DE PRIMEROS AUXILIOS Sección 5. MEDIDAS PARA EXTINCIÓN DE INCENDIOS Sección 6. MEDIDAS PARA ESCAPE ACCIDENTAL Sección 7. MANEJO Y ALMACENAMIENTO Sección 8. CONTROLES DE EXPOSICIÓN, PROTECCIÓN PERSONAL Sección 9. PROPIEDADES FÍSICAS Y QUÍMICAS
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Sección 10. ESTABILIDAD Y REACTIVIDAD Sección 11. INFORMACIÓN TOXICOLÓGICA Sección 12. INFORMACIÓN ECOLÓGICA Sección 13. CONSIDERACIONES SOBRE LA DISPOSICIÓN DEL PRODUC T Sección 14. INFORMACIÓN SOBRE TRANSPORTE Sección 15. INFORMACIÓN REGLAMENTARIA Sección 16. INFORMACIÓN ADICIONAL
La secuencia lógica de preguntas que la hoja de seguridad para mercancías debe responder y que determina el orden recomendado se presenta en la Técnica Colombiana NTC 4435, la información clave para los contestadores de servicios de emergencia se debe colocar cerca de las hojas de seguridad para materiales, ya que con frecuencia se necesitan rápidamente. En los casos en contestan preguntas sobre salud y seguridad de las personas y el ambiente, se d colocar en primer lugar la información relativa a las personas.
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EJEMPLO DE UNA DE HOJA DE SEGURIDAD
Figura 10
SOLVENTE ALFA SINTÉTICO HOJA DE DATOS DE SEGURIDAD DE MATERIAL Vigencia: 02/28/90 Impresión: 03/05/90 MSDS: 78910 1.
PRODUCTO QUÍMICO E IDENTIFICACIÓN DE LA EMPRESA
Código de producto:23456 Nombre de producto:SOLVENTE ALFA SINTÉTICO
ABC Chemical company, 2501 M St. NW, Washington, DC 20037, Teléf emergencia 24 horas: 202-555-1234 2.
COMPOSICIÓN/INFORMACIÓN SOBRE INGREDIENTES
Componente
CAS #
Melanona
123456-78-9 ACGIH TLV 200 ppm, 100% (TWA), 500 ppm (STEL) OSHA PEL 150 ppm (TWA), 400 ppm (STEL)
3.
Límites de exposición % por peso
IDENTIFICACION DE PELIGROS
RESUMEN DE EMERGENCIA
Extremadamente inflamable. Causa irritación de los ojos. Puede causar irritación respiratoria severa. Puede causar depresión severa del sistema nervioso central (incluyendo inconsciencia). Altamente tóxico para los peces. Líquido claro de fluj olor dulce. Efectos potenciales para la salud
OJOS: Puede causar irritación severa (lágrimas, visión borrosa y enrojecimiento dar como resultado daño permanente en la córnea, deterioro de la visión e inclu ceguera. SUBDIRECCION OPERATIVA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR GRUPO DE ESTUDIOS DE CARGA
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PIEL: La exposición prolongada puede causar irritación de la piel. Puede causar s y descamación de la piel. Una sola exposición prolongada posiblemente no ocasio absorción del material a través de la piel en cantidades peligrosas.
INGESTION: Pequeñas cantidades (cucharadas) ingeridas posiblemente n lesión; sin embargo, el ingerir cantidades más grandes si pueden causarla.
INHALACION: Una sola exposición con inhalación breve (minutos) puede causar serios. La sobreexposición puede causar irritación respiratoria severa. Los síntom incluyen opresión del pecho, respiración difícil y tos. La sobreexposición prolong causar depresión del sistema nervioso central con efectos anestésicos (entumeci efectos narcóticos (dolores de cabeza, zumbidos, somnolencia, descoordinación inconciencia).
INFORMACION SOBRE CANCER (CRONICO): No causa cáncer, con base en de animales.
INFORMACION SOBRE TE RATOLOGIA (DEFECTO DE NACIMIENTO): No defectos de nacimiento, con base en estudios de animales. INFORMACION SOBRE REPRODUCCION: No hay datos. 4.
MEDIDAS DE PRIMEROS AUXILIOS
OJOS. Enjuagar inmediatamente los ojos con agua abundante durante al m minutos. Obtener atención médica.
PIEL: Lavar con jabón y agua. Obtener atención médica si se desarrolla o p irritación. INGESTION. Si se traga, buscar atención médica.
INHALACION. Trasladar al aire fresco. Si no hay respiración, dar respirac Obtener atención médica inmediata.
NOTA PARA LOS MÉDICOS. Cuidado de apoyo. Tratamiento basado en el criterio médico en respuesta a las reacciones del paciente. Puede agravar condiciones respiratorias preexistentes. 5.
MEDIDAS CONTRA INCENDIOS
PROPIEDADES DE INFLAMABILIDAD: SUBDIRECCION OPERATIVA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR GRUPO DE ESTUDIOS DE CARGA
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PUNTO DE INCANDESCENCIA: -21 oC (- 5 oF ) Método: TCC
Extremadamente inflamable. El material se incendiará fácilmente a las temperat ambientales. Los vapores incolores pueden recorrer distancia considerable hasta de ignición y ocasionar llamas o explosiones. LÍMITES DE INFLAMABILIDAD:
Límite de inflamabilidad inferior: 2,5 % INFLAMABLE Límite inflamabilidad superior: 15,5 % TEMPERATURA DE AUTOCOMBUSTIÓN: 465 oC (869 oF ) PRODUCTOS DE COMBUSTIÓN PELIGROSA: Dióxido de carbono y algunos monóxidos de carbono.
MEDIOS DE EXTINCIÓN: Espuma resistente al alcohol, dióxido de carbono y químicos secos.
INSTRUCCIONES PARA COMBATIR INCENDIOS: Se puede usar agua para enfr recipientes expuestos al incendio, para proteger el personal y para dispersar los los derrames. El agua así utilizada puede causar daño ambiental, por lo cual se de controlar y recoger el agua usada para combatir incendios.
Los bomberos deben usar equipo de protección normal (dispositivo de defens y aparato respiratorio autónomo con presión positiva. 6.
MEDIDAS EN CASO DE VERTIDO ACCIDENTAL
DERRAMES PEQUEÑOS:
Absorber el derrame con un material inerte (por ejemplo, arena o tierra continución colocar en un recipiente de desechos de productos químicos. DERRAMES GRANDES:
Contener el líquido derramado con arena o materiales combustibles tales como a Eliminar todas las fuentes de ignición. Usar pala de plástico o aluminio para trans material de desecho absorbido a tambores. Impedir que el derrame se vierta en s cunetas que conduzcan hacia corrientes de agua naturales. 7.
MANEJO Y ALMACENAMIENTO SUBDIRECCION OPERATIVA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR GRUPO DE ESTUDIOS DE CARGA
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MANEJO: Evitar el contacto con los ojos. Mantener el recipiente cerrado. Usar sólo en un área bien ventilada. Lavarse cuidadosamente después de manejarlo. Evitar la res de vapor en forma prolongada o repetida. Evitar el contacto con la piel en forma prolongada o repetida. Usar conexión tierra y de seguridad cuando se transfiera m para evitar la descarga estática, el fuego o la explosión. Usar herramientas a prue chispas y equipo a prueba de explosión.
ALMACENAMIENTO:
Almacenar en un área bien ventilada. Mantener lejos del calor, las chispas y las lla Los recipientes vacíos pueden retener residuos de productos. Las precauciones s a los recipientes vacíos. 8.
CONTROLES DE EXPOSICIÓN/PROTECCIÓN PERSONAL
CONTROLES DE INGENIERÍA: Controlar las concentraciones en el aire por deba límites de exposición. Usar sólo con ventilación adecuada. Puede ser necesaria la ventilación local con expulsión del aire. En áreas con mala ventilación puede hab concentraciones letales.
PROTECCIÓN RESPIRATORIA: Cuando se requiera protección respiratoria, o cua concentraciones sean desconocidas se usará un respirador purificador de aire apro NIOSH/MSHA equipado con cartuchos o cajas metálicas. Para emergencias y otra condiciones en donde se pueda exceder grandemente el límite de exposición, se us respirador aprobado autónomo con presión positiva o un conducto de aire de presi positiva con suministro de aire autónomo auxilar.
PROTECCIÓN DE LA PIEL: Para el contacto breve, no se requerirían precaucione distintas de vestuario limpio para protección del cuerpo. Se usarán guantes impe por ejemplo de neopreno.
PROTECCIÓN DE LOS OJOS: Se usarán gafas de protección contra productos quím Si la exposición al vapor causa molestia en los ojos, se usará un respirador con sumi de aire que cubra toda la cara. 9.
PROPIEDADES FÍSICAS Y QUÍMICAS
PUNTO DE EBULLICIÓN: 52 oC ( 125 oF ) PUNTO DE FUSIÓN: - 80 oC (- 112 oF) VAPOR DE PRESIÓN: 175 mmHg a 68 oF (oC) SUBDIRECCION OPERATIVA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR GRUPO DE ESTUDIOS DE CARGA
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DENSIDAD DE VAPOR: 2,00 (Aire = 1,0) SOLUBILIDAD EN AGUA: Completamente miscible GRAVEDAD ESPECÍFICA: 0,635 a - oC ( ) pH: No hay datos OLOR: Dulce ASPECTO: Líquido claro 10. ESTABILIDAD Y REACTIVIDAD
ESTABILIDAD QUÍMICA: (CONDICIONES POR EVITAR) Manténgase aleja llamas y de equipos que produzcan chispas. Inestable, no peligroso.
INCOMPATIBILIDAD: Acidos nítrico más acético y ácidos nítrico más sulfúrico PRODUCTOS DE LA DESCOMPOSICIÓN CON RIESGOS: Ninguno. POLIMERIZACIÓN RIESGOSA: No ocurrirá. 11. INFORMACIÓN TOXICOLÓGICA
OJOS. P.I. Puntaje 80/110. Concentraciones sobre 200 ppm puedan causar irrit
PIEL. P.I. Puntaje 1,3/8,0. El contacto prolongado o repetido puede debilitar la pie causando dermatitis. La melanona no es absorbida a través de la piel en cantidad agudamente tóxicas. El dérmico LD 50 para conejos es > 4000 mg/kg. INGESTIÓN. El oral LD50 para ratas es >6000 mg/kg.
INHALACIÓN. La concentración letal mínima para animales de laboratorio está e rango de 16.000 ppm para 1-4 exposiciones por hora. En l os seres humanos, la irritación comienza a 200 ppm. La melanona es un depresor del SNC, y el efecto o concentraciones > 10.000 ppm; sin embargo, las destrezas motoras se pueden de a 1000 ppm.
SUBCRÓNICO. Las ratas expuestas a 8.000 ppm durante 6 h por día, 5 d por sema durante 12 semanas no mostraron efectos adversos distintos de una evidencia lig depresión del SNC durante la exposición. SUBDIRECCION OPERATIVA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR GRUPO DE ESTUDIOS DE CARGA
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CARCINOGENICIDAD CRÓNICA. La administración de melalona a ratas dura en agua de beber a 1000 ppm y más bajo no causó respuesta carcinógena.
TERATOLOGÍA. Un estudio en ratas expuestas a 400, 2000 ó 10.000 ppm no most efecto teratógeno, aunque se evidenció toxicidad materna por depresión del SNC dosis superior. No se notó fetotoxicidad. REPRODUCCION. No hay datos.
MUTAGENICIDAD. Negativa en los ensayos de Ames y SCE con o sin activación metabólica. Aneuploide inducida pero sin recombinación o mutación de punto en levadura D61.M. 12. INFORMACIÓN ECOLÓGICA
INFORMACIÓN ECOTOXICOLÓGICA. La estática aguda LC50 para minnow ler mg/l. La estática aguda LC 50 para la trucha arco iris se reporta como de 0,1 mg El material es altamente tóxico para los peces en una base aguda.
La estática aguda para las adelfas es 6,3 mg/l. El material es moderadamente tóxico para los invertebrados acuáticos co estática aguda.
INFORMACIÓN SOBRE DESTINO QUÍMICO: En el medio ambiente se es evaporación apreciable del agua al aire.
Coeficiente de partición log octano/agua (log Kow) está en el rango de -0,20 a La partición desde agua a aceite es baja. El potencial de movilidad en el suelo es muy alto. No se espera bioconcentración apreciable en el medio ambiente. La demanda bioquímica de oxígeno en 20 d es 1,6 p/p. El índice de biodegradabilidad (DBO20/ThOD, %) es 70 %. Se espera biodegradación en una planta de tratamiento de aguas residuales. 13. CONSIDERACIONES DE DISPOSICIÓN: SUBDIRECCION OPERATIVA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR GRUPO DE ESTUDIOS DE CARGA
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Basura riesgosa RCRA si se elimina. ID #D001. Se recicla o se incinera en una aprobada EPA o se elimina cumpliendo las regulaciones de la autoridad compe 14. INFORMACIÓN PARA TRANSPORTE (No se propone por estar incluida):
Melanona /INFLAMABLE / UN 1090 IMO Clase 3.1 /LIQUIDO INFLAMABLE 15. INFORMACIÓN REGULADORA (No se propone por estar incluida - s representan regulaciones seleccionadas)
REGULACIONES FEDERALES DE E.U.:
OSHA. Riesgoso por definición de Hazard Communication Standard (29 CFR 1
CERCLA: CATEGORIA DE RIESGO SARA. Este producto ha sido revisado de acue con las 'Categorías de riesgo' promulgadas en las secciones 311 y 312 de la Super Amendment and Reauthorization Act de 1986 (Título III) de SARA) y se considera definiciones aplicables, que cumple las siguientes categorías: Un riesgo inmediato para la salud Un riesgo de incendio
SECCIÓN 313: Este producto no contiene NINGUNA de las sustancias sujetas a l requisitos de reporte de la Sección 313 del Título III de la Superfund Amendment Reauthorization Act de 1986 y 40 CFR Parte 372. REGULACIONES INTERNACIONALES:
WHMIS CANADIENSE. Controlled Product Hazard Class B2.D2. Este MSDS se en cumplimiento de Regulaciones de Productos Controlados. El producto se utili principalmente como un solvente industrial en reacciones.
CANADIAN ENVIRONMENTAL PROTECTION ACT (CEP). Todos los componen este producto están en la Domestic Sustances List (DSL), y aceptables para uso b disposiciones de CEPA.
EINECS. Todos los componentes de este producto están en el European Inv Existing Commercial Chemical Substances. STATE REGULATIONS: SUBDIRECCION OPERATIVA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR GRUPO DE ESTUDIOS DE CARGA
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No hay requisitos adicionales conocidos necesarios para el cumplimient regulaciones estatales Right-To-Know.
COMMPUESTOS ORGANICOS VOLATILES (VOC). Los contenidos de los recipie 100 % de VOC's. Los materiales son fotoquímicamente reactivos. 16. OTRA INFORMACION
Estado MSDS. Secciones revisadas 5, 8 y 15.
La informacion contenida aquí se da se buena fe, pero no se da Garantía implícita. Se puede consultar el ABC Chemical Company for further Informatio
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ANEXO No 1 1. Sistemas en los cuales se soporta la política para el transporte y manejo seguro de mercancías peligrosas
Esta política se apoya en dos sistemas fundamentales, que guardan coherencia postulados y lineamientos establecidos en el sistema para el transporte y manej seguro de mercancías peligrosas en Colombia.
El primero de ellos, es un elemento esencial dentro del proceso de control de lo envases/embalajes utilizados en esta operación y el segundo, es un factor deter en la fase de prevención, mitigación y atención de emergencias por los riesgos generados en el manejo y transporte de estos productos.
1.1. Sistema Nacional de Normalización, Certificación y Metrologí El Gobierno Colombiano a través del Ministerio de Desarrollo Económico expidió el Decreto 2269 de 1993, el cual organiza
el Sistema Nacional de Normalización,
Certificación y Metrología - SNNCM, el esquema garantiza una amplia participación y exige el compromiso de todos los sectores involucrados: Gobierno, industria y consumidores en general. Así mismo, mediante
Resolución No. 8728 del 26 de marzo
de 2001se estructuró el proceso de acreditación de laboratorios y entes certificadores, ,
donde se establecen los requisitos de acuerdo con los lineamientos internacionales, para responder con agilidad y eficiencia la demanda del comercio mundial.
El Sistema Nacional de Normalización, Certificación y Metrología SNNCM, objetivos: ?
Proteger al consumidor de bienes y servicios que puedan afectarlo como la seguridad, salud, economía y medio ambiente.
?
Incidir positivamente en los procesos de nacional productora de bienes y servicios.
?
Facilitar el intercambio comercial.
calidad
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y
competitividad
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?
Racionalizar la infraestructura nacional relacionada con la calidad.
?
Disponer de un sistema nacional que garantice agilidad y confiabili
La estructura del Sistema Nacional de Normalización, Certificación y SNNCM, lo conforman: 1.1.1. Organismo de Acreditación
El Organismo de acreditación es la Superintendencia de Industria y Comercio entidad a la cual se le asignó esta función mediante Decreto 2153 de 1992 y se ra con el Decreto 2269 de 1993. La Superintendencia de Industria y Comercio -SIC acredita a los diferentes organismos que soliciten hacer parte del Sistema Naci filosofía contenida en el Decreto 2269 garantiza que se utilice y se integre en el s toda la infraestructura nacional ya existente en el campo de la certificación de de ensayos y metrología. Así mismo, que se desarrolle la infraestructura necesar los campos donde no exista y sea necesario.
La acreditación es el procedimiento mediante el cual se reconoce la competen técnica y la idoneidad de organismos de certificación e inspección, laboratorios ensayos y de metrología, para que lleven a cabo sus funciones.
Para la acreditación la -SIC- se apoya en el Consejo Técnico Asesor para la acreditación, el cual está conformado por representantes del gobierno, del sect privado y de los organismos y laboratorios acreditados. La función del Consejo asesorar a la SIC en lo relativo a la aplicación de los requisitos de acreditación garantizar el consenso y participación de todos los que se involucren en este p Los organismos que podrán ser acreditados por la SIC y que conforman Nacional de Normalización, Certificación y Metrología, son: 1.1.1.1
Organismo de Certificación:
Entidad imparcial, pública o privada, nacional, extranjera o internacional, que p competencia y la confiabilidad necesarias para administrar un sistema de cert consultando los intereses generales. 1.1.1.2 Organismos de Inspección:
Organismo que ejecuta servicios de inspección a nombre de un organismo certificación. Realiza actividades de medir, ensayar o comparar con un patró documento de referencia una o más características de un proceso, un product organización, evaluar una persona, o varios de éstos y confrontar los resultad SUBDIRECCION OPERATIVA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR GRUPO DE ESTUDIOS DE CARGA
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requisitos especificados, para así establecer si se logra la conformidad características. 1.1.1.3
Laboratorio de Pruebas de Ensayo:
Laboratorio nacional, extranjero o internacional, que posee la competencia e id necesarias para llevar a cabo en forma general la determinación de las caracte aptitud o funcionamiento de materiales o productos. En los laboratorios se reali pruebas y ensayos a sustancias, materiales o productos para la determinación d características, aptitudes o funcionamiento de éstos. 1.1.1.4 Laboratorio de calibración:
Laboratorio nacional, extranjero o internacional encargado de apoyar activida metrología industrial y en alguna medida labores de calificación de instrumento medición para coadyuvar labores de metrología legal. Para que realicen medici calibraciones de patrones, instrumentos o sistemas de medición de magnitudes químicas, dentro de intervalos de medición e incertidumbres de medida espec 1.1.2 Organismo Nacional de Normalización
La normalización en Colombia tiene como ente superior de política al Consejo Consultivo Asesor de Normas y Calidades (Decreto 219 de febrero 15 de 2000), desarrollo técnico ha venido siendo ejecutado por el Organismo Nacional de Normalización, que de acuerdo al Decreto 2269 de 1993, es el Instituto Colom Normas Técnicas y Certificación ICONTEC, entidad privada, reconocida po Gobierno Nacional cuya función principal es la elaboración, adopción y public las normas técnicas nacionales y la adopción como tales de las normas elabor por otros entes.
El desarrollo del país ha generado mayores necesidades de normalización en m sectores industriales, lo cual hizo necesario la creación de las Unidades Sect de Normalización, creadas por incitativa de sectores específicos donde se cuen la capacidad técnica para realizar procesos de normalización.
La estructura del Sistema Nacional de Normalización, Certificación y M SNNCM, es como se muestra a continuación:
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Gráfica 1 ORGANIZACION DEL SISTEMA NACIONAL DE NORMALIZACION, CERTIFICACION Y METROLOGIA
CONCEJO NACIONAL DE NORMAS Y CALIDADES
SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO Organismo de acreditación, Coordinación y Supervición del Sistema
ORGANISMO NACIONAL DE NORMALIZACION ICONTEC
UNIDADES SECTORIALES DE NORMALIZACION
CONSEJO TECNICO ASESOR PARA LA ACREDITACION Cosumidores, Gobierno, Empresarios, Organismos Acreditados
ORGANISMO DE INSPECCION
LABORATORIOS DE LABORATORIOS DE PRUEBAS Y ENSAYOS METROLOGIA
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ORGANISMOS DE CERTIFICACION
1.2. Sistema Nacional para la Atención y Prevención de Desastr Colombia
Mediante Decreto 919 de 1989 el Gobierno Nacional organizó el Sistema Nacion la Prevención y Atención de Desastres, posteriormente mediante Decreto 093 de 13 de 1998 se adopta el Plan Nacional para la Prevención y Atención de Desastre
El Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres está constituíd conjunto de entidades pùblicas y privadas que realizan planes, programas, proy acciones específicas, para alcanzar los siguientes objetivos:
1. Definir las responsabilidades y funciones de todos los organismos y entidades públicas, privadas y comunitarias, en las fases de prevención, manejo, rehabilitación, reconstrucción y desarrollo a que dan lugar las situaciones de desastre o de calamidad.
2. Integrar los esfuerzos públicos y privados para la adecuada prevención y de las situaciones de desastre o de calamidad.
3. Garantizar un manejo oportuno y eficiente de todos los recursos humanos, té administrativos y económicos que sean indispensables para la atención y pre de las situaciones de desastre o de calamidad.
1.2.1 Integrantes del Sistema Nacional para la Prevención y Atención Desastres.
Forman parte del Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastr 1. El Comité Nacional para la Prevención y Atención de Desastres
2. Los comités regionales y locales para la prevención y atención de desastre 3. La oficina nacional para la atención de desastres 4. El Comité Técnico para la Prevención y Atención de Desastres 5. El Comité Operativo Nacional para Atención de Desastres
6. Los Ministerios y Departamentos Administrativos en cuanto sus competenci funciones tengan relación con las actividades de prevención y atención de de y en particular, el Ministerio del Interior, Ministerio de Defensa Nacional, M de Salud, Ministerio de Transporte, Ministerio de Educación, Ministerio de Agricultura, Ministerio de Comunicaciones y el Departamento Nacional de Planeación. SUBDIRECCION OPERATIVA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR GRUPO DE ESTUDIOS DE CARGA
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7. Las entidades descentralizadas del orden nacional, en cuanto sus componen funciones tengan relación con las actividades de prevención y atención de de y en particular el Instituto de Investigación e Información Geocientifica - Mi ambiental y Nuclear - INGEOMINAS, Defensa Civil Colombiana; Empresa N de Telecomunicaciones, TELECOM; Servicio Nacional de Aprendizaje SENA Instituto Geográfico Agustín Codazzi, IGAC; las Corporaciones Autónomas Regionales; y la Sociedad Fiduciaria LA PREVISORA LTDA., en cuanto administradora del Fondo Nacional de Calamidades.
8. Las entidades territoriales y sus entidades descentralizadas en cuanto sus competencias y funciones tengan relación con las actividades de Prevención Atención de Desastres y Calamidades. 9. La Sociedad Nacional de la Cruz Roja Colombiana.
10. Las entidades y personas privadas que por su objeto y funciones tenga con las actividades de Prevención y atención de Desastres y Calamidades.
El Comité Nacional para la Atención y Prevención de Desastres esta integr siguiente manera: 1. El Presidente de la República o su delegado, quien lo presidirá
2. Los Ministros del Interior, Hacienda y Crédito Publico, Defensa Nacion Comunicaciones y Transporte. 3. El Jefe del Departamento Nacional de Planeación.
4. Los Directores de la Defensa Civil y de la Cruz Roja Colombiana Nacional.
5. El Director Nacional para la Atención y Prevención de Desastres del Min Interior
6. Dos representantes del Presidente de la República, escogidos de las aso gremiales, profesionales o comunitarias.
Las funciones del Comité Nacional para la Ate nción y Prevención de Desa las siguientes: 1. Señalar pautas y orientaciones para la elaboración Atención y Prevención de Desastres. SUBDIRECCION OPERATIVA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR GRUPO DE ESTUDIOS DE CARGA
del Plan Naciona
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2. Definir los principales mecanismos para la ejecución y seguimiento y e del Plan Nacional para la Prevención y Atención de Desastres.
3. Aprobar los planes nacionales de contingencia y de orientación para la ate inmediata de desastres, según el carácter y gravedad de estos, y señalar pau para su elaboración por parte de los Comités Regionales y Locales.
4. Aprobar los planes nacionales preventivos de las emergencias y recomend orientar su elaboración por parte de los Comités Regionales y Locales y de la entidades publicas y privadas. 5. Integrar grupos especiales de trabajo para efectos del ejercicio de las anteriores.
6. Señalar pautas u orientaciones para la organización y mantenimiento del S Integrado de Información, dirigidas a la Oficina Nacional, a los Comités Reg y Locales y a las entidades públicas y privadas.
7. Brindar al Gobierno Nacional toda la información y el apoyo indispensable p fines de la declaratoria de situaciones de desastre, y al determinación de su calificación y carácter.
8. Apoyar a los Comités Regionales y Locales y a las autoridades publicas correspondientes en la atención de situaciones de desastre regional o loc incluidas las fases de rehabilitación y recuperación y los componentes de prevención en los procesos de desarrollo. 1.2.2 Plan Nacional para la Prevención y Atención de Desastres.
La Dirección Nacional para la Atención de Desastres elabora un Plan Nacional p Prevención y Atención de Desastres, el cual, una vez aprobado por el Comité Na para la Prevención y Atención de Desastres, es adoptado mediante decreto.
El Plan incluye y determina todas las políticas, acciones y programas tanto de ca sectorial como del orden nacional, regional y local que se refieren, entre otros, a siguientes aspectos: 1. Las fases de prevención, atención inmediata reconstrucción y desarrollo con los diferentes tipos de desastres y calamidades públicas.
2. Los temas de orden económico, financiero, comunitario, jurídico e instituc 3. La educación, capacitación y participación comunitaria. SUBDIRECCION OPERATIVA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR GRUPO DE ESTUDIOS DE CARGA
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4. Los sistemas integrados de información y comunicación a nivel nacional local. 5. La coordinación interinstitucional e intersectorial.
6. La investigación y procedimientos de control y evaluación de los pro prevención y atención.
1.2.3 Plan Nacional de Contingencia contra derrame de hidrocarburos, deriv y sustancias nocivas, en aguas marinas, fluviales y lacustres (PNC).
Colombia, por su localización geográfica y las condiciones especiales de su territ debido a su amplio número de vertientes, abundancia de ríos, variedad de lagos, extensas zonas marinas y continentales, poseedor de una gran biodiversidad y po consiguiente obligado a su preservación, es un país potencialmente vulnerable a eventos de origen natural y antrópico, con la consiguiente probabilidad de ser afe por contaminación proveniente de derrame de hidrocarburos, derivados y sustan nocivas a lo largo y ancho de su territorio, y buscando que las emergencias se ati bajo criterios unificados y coordinados, con la participación de todas y cada una entidades responsables del manejo de las mencionadas sustancias, el Gobierno Nacional considera prioritaria la puesta en marcha del Plan Nacional de Conting contra Derrames de Hidrocarburos, Derivados y Sustancias Nocivas en Aguas M Fluviales y Lacustres.
El PNC establecido mediante Decreto 321 del 17 de febrero deas1999, dete bases para formular el Plan Nacional, las funciones y responsabilidades de las personas y entidades que en el participan, la organización de respuesta. En gen guías y criterios para su diseño y puesta en marcha están contempladas en el De 2190 del 14 de diciembre de 1995.
Con la puesta en marcha del Plan Nacional de Contingencia, cumple el país sus compromisos internacionales y regionales, con la Comisión Permanente del Pac Sudeste y con el Convenio del Gran Caribe, con los cuales está en condiciones d integrarse para ejecutar planes regionales de contingencia que den una mayor cobertura de protección o de respuesta contra la contaminación por hidrocarbu sustancias nocivas en el medio marino. 1.2.3.1
PNC dentro del Sistema Nacional de Atención y Prevención de Desa
El Plan Nacional de Contingencia estará coordinado por la Dirección Nacional Prevención y Atención de Desastres - DNPAD, a través del Sistema Nacional pa Prevención y Atención de Desastres - SNPAD, conformado por un Comité Técni Comité Operativo del Plan Nacional de Contingencia, dos Sistemas de Informa Centro de Respuesta Nacional, con la participación de entidades competentes SUBDIRECCION OPERATIVA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR GRUPO DE ESTUDIOS DE CARGA
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materia, como el Ministerio de Minas y Energía, la Empresa Colombiana de Petr ECOPETROL, la Dirección General Marítima - DIMAR, de la Armada Naciona Ministerio del Medio Ambiente, la Asociación Colombiana del Petróleo, la Asoci Colombiana de Industriales - ANDI, y el Consejo Colombiano de Seguridad, entr
La DNPAD coordinará el Plan Nacional de Contingencia, con la asesoría de los C Técnico y Operativo del Plan Nacional y con la activación del Centro Nacional d Respuesta.
Toda la Organización (Organigrama) del Sistema Nacional para la Prev Atención de Desastres en Colombia se muestra en la gráfica siguiente:
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COMITE NACIONAL (CN-PAD)
SN -PAD
Dec.919/89
FONDO NACIONAL DE CALAMIDADES
DIRECCION NACIONAL PARA LA PREVENCION Y ATENCION DE DESASTRES
COMITE TECNICO NACIONAL (CTN-PAD)
COMITE OPERATIVO NACIONAL (CON-PAD) COMITES REGIONALES
PARA LA PREVENCION Y ATENCION DE DESASTRES
COMITES LOCALES
PARA LA PREVENCION Y ATENCION DE DESASTRES
COMISIONES ASESORAS
SERVICIOS NACIONALES
CT-PNC
CATALOGO NACIONAL
Comité Técnico Plan Nacional Contingencia
Equipos y Expertos Control Derrames
COMISIONES ASESORAS
CENTRO RESPUESTA NACIONAL
CO-PNC
SERVICIOS NACIONALES
SISTEMA INFORMATICO
Comité Operativo Red Nacional Plan Nacional Contingencia Sistema Inf. Geográfica
PLAN NACIONAL DE CONTINGENCIA Gráfica 2 SUBDIRECCION OPERATIVA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR GRUPO DE ESTUDIOS DE CARGA
1.2.3.2
Secuencia operacional del Plan Nacional de Contingencia
En el PNC se establecen los procedimientos básicos de la operación o plan de ac del Plan Nacional de Contingencia, el Plan Estratégico funcionará en términos legal, filosofía, organización y estrategia general de activación. El presente Pla Operativo define las bases y los mecanismos de notificación, organización, funcionamiento y apoyo del PNC a los Planes locales, o la eventual activación inmediata de su estructura de nivel tres.
El funcionamiento general del Plan Operativo será el mismo de un Plan de Cont local. Los Comités Técnico y Operativo establecerán mecanismos de apoyo a lo sistemas de organización y control, dentro de un esquema regional que tenga l siguientes actividades generales:
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SECUENCIA DE OPERACIONES PLAN DE CON TI N G EN CI A
PLAN DE INFORMACION CONTINGENCIA LISTAS TELEFONICAS
Procedimientos de notificación
PROCEDIMIENTOS DE EVALUACIÓN PARA MAGNITUD DE DERRAME
PROCEDIMIENTO OPERATIVO NOTIFICACION
EVALUACION
COMPORTAMIENTO DE DERRAME - AREAS CRITICAS
REACCION LISTADOS DE PERSONAL INVENTARIO DE EQUIPOS
NIVELES DE ACTIVACION PLANES REGIONALES
HOJAS DE CONTROL FORMATOS DE REPORTE
CRITERIOS DE TERMINACION FORMATOS DE EVALUACION
EXPERIENCIAS ADQUIRIDAS
COMUNIDADES, CLPAD Tamaño, origen, tipo, localización, volúmen estimado, hora, etc. IDEAM, IGAC, IDEAM, CIOH, CCCP, mareas, clima, lluvias, etc.
AEROPUERTOS Vientos, corrientes,
DECISION DE ACTIVACION DEL PNC
PNC
INFORMACION DE FUENTES REGIONALES NACIONALES
PLANES LOCALES DE CONTINGENCIA Funcionalidad, organización , equipos, sistemas de . apoyo, etc
MOVILIZACION
AUTORIDADES LOCALES Y REGIONALES Comités PAD, contratistas, proveedores, servicios, . apoyo, etc
PLANES DE ACCION
AUTORIDADES AMBIENTALES LOCALES Areas críticas, recursos vulnerables, ordenamiento,
asistencia
CONTROL DE OPERACIONES
FINALIZACION EMERGENCIA
COMITE LOCAL DE EMERGENCIAS Reportes de prensa, sistemas de control, índices de , etc desempeño
AUTORIDAD AMBIENTAL NACIONAL Procedimientos de evaluación, investigación R.Civil, etc.
EVALUACION
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Anexo No 2 1 Acuerdos y organizaciones industriales del sector económico y/o productivo.
En Colombia existen acuerdos, agremiaciones u organizaciones industriales económico y/o productivo que manejan programas o sistemas de mejoramien continuo sobre almacenamiento, manipulación, manejo y transporte de mercan peligrosas, referentes a: a Calidad b Seguridad c Protección Ambiental Los acuerdos y/o agremiaciones existentes en el país son:
1.1 Responsabilidad integral
Responsabilidad Integral es una iniciativa propuesta por y para la industria d químico en Colombia, que ha venido evolucionado hasta transformarse en un p de mejoramiento continuo en los campos de la protección ambiental, salud ocupacional, y seguridad industrial.
Mediante la participación activa de las empresas en el proceso de Respon Integral, estas reafirman el compromiso para mejorar en todos los aspectos relacionados con la protección de la salud, la seguridad y el medio ambiente, demostrando la mejora en el desempeño, como factor clave para contar con aceptación de las organizaciones industriales por parte de la comunidad.
Como proceso que es, su desarrollo será gradual y a largo plazo, y se bas compromisos éticos, acciones efectivas y presentación de cuentas a la socied El proceso de Responsabilidad Integral en Colombia adoptó los siguientes constitutivos: 1. Principios directivos 2. Códigos de prácticas gerenciales
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Código No. 1 : Preparación de la comunidad para respuestas a emergencias Código No. 2 : Distribución y transporte Código No. 3 : Seguridad del proceso Código No. 4 : Protección Ambiental Código No. 5 : Acompañamiento del producto Código No. 6 : Seguridad y salud de los trabajadores 3. Sistema de seguimiento y Autoevaluación 4. Asistencia Mutua 5. Paneles de Consulta Publica 6. Comité de Liderazgo Ejecutivo 7. Sistema de Verificación
Las empresas adherentes al proceso de Responsabilidad Integral propenden cambio de actitud de la industria mediante un proceso de mejoramiento cont su desempeño focalizado en una concepción integral de los temas de salud, seg y protección ambiental.
Además de lo anterior, este es un proceso verificable a través de un esquema internacionalmente reconocido con base en la participación de los equipos d verificación de los que hacen parte activa: funcionarios públicos, representan organismos no gubernamentales, miembros del sector empresarial y miembr comunidad, así mismo, delegados de asociaciones líderes.
1.2 Proceso Apell
El Proceso Apell es una iniciativa de la oficina para la industria y el medio ambien Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA), en cooper con la Asociación de la Industria Química USA - CMA y el Consejo Europeo de la Federaciones de la Industria Química CEFIC. Este programa tiene como objetivos: SUBDIRECCION OPERATIVA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR GRUPO DE ESTUDIOS DE CARGA
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?
?
Ayudar a las comunidades a estar más conscientes de los pelig estar preparadas a reaccionar eficazmente ante incidentes que transformarse en catástrofes para la vida humana y para el medio ambient
Colaborar en la revisión y actualización de los planes y program comunidades para la atención de emergencias.
1.3 Consejo colombiano de seguridad
El Consejo Colombiano de Seguridad es una asociación particular de carácter t científico, sin fines de lucro, integrada por personas naturales y jurídicas del se privado y entidades del gobierno. Su filosofía está orientada al provecho y bene país y sus organizaciones asociadas.
Fundado en 1954, tiene personería jurídica No. 3092 de 1955, expedida por el Ministerio de Justicia. Mediante el decreto 614 de marzo de 1984 fue reconocid gobierno nacional como Organismo de Apoyo en Capacitación, Divulgación y As en áreas de Salud Ocupacional.
Forma parte, por el sector empresarial colombiano, del Sistema Nacional para l Prevención y Atención de Desastres. Tiene licencia Nacional para la prestación servicios en Salud Ocupacional, expedida mediante la resolución 1253 de abril 1996 Secretaría Distrital de Salud.
Su objetivo es promover, fomentar y participar en los campos de la seguridad, la s ocupacional y la protección ambiental a través de la atención de las necesidades asociados, clientes, empresa, entidades del estado, administradoras de riesgos profesionales y la comunidad en general.
Para el desarrollo de su misión el Consejo Colombiano de Seguridad ha escogid camino de la calidad total, como principio fundamental para el logro de sus obje Respetamos las leyes y apoyamos las actividades que buscan un mejor mañana Colombia. Trabajamos con valores y principios que se enmarcan en el lema: "CCS:CALIDAD EN ACCION". 1.3.1 Consejo Técnico
Es un grupo autónomo de miembros activos cuya finalidad es velar por la calida contenido de los productos y servicios que ofrece el Consejo Colombiano de Seg son profesionales con gran trayectoria y experiencia en medicina del trabajo, hi industrial, prevención de accidentes, protección contra incendios y protección SUBDIRECCION OPERATIVA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR GRUPO DE ESTUDIOS DE CARGA
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1.3.2 Soporte Técnico
Para garantizar su actualización técnica permanente, el Consejo Colombiano de Seguridad, se ha afiliado o ha firmado convenios de cooperación con las más importantes organizaciones de Seguridad, Salud Ocupacional y Protección Am 1.3.3 Servicios ?
Asistencia Técnica
?
Capacitación
? ? ? ? ? ?
Centros de Información Material Educativo Planes de Asociación Publicaciones Periódicas Señalización Software
1.3.4 Centro de Información en Seguridad (CIS)
Unidad de información creada por el Consejo Colombiano de Seguridad para at todos sus asociados; donde personalmente, vía fax, telefónica o en internet se acceso a la información nacional e internacional más especializada en el país so Seguridad Integral, Salud Ocupacional o Medio Ambiente.
Es en Colombia el Centro Nacional de la Red Mundial de Información de la Organización Internacional del Trabajo OIT y el Centro de Información de la Aso Latinoamericana de Seguridad e Higiene del trabajo ALASEHT; para reunir, pre difundir toda la información producida en Latinoamérica.
El CIS ofrece servicios de: consulta en sala, préstamo interbibliotecario, búsque bibliográfica, referencia escrita y telefónica, elaboración de bibliografías, repro diseminación selectiva de la información, listado de novedades bibliográficas. L asociados al Consejo Colombiano de Seguridad, por derecho son afiliados al Ce Información en Seguridad Integral, Salud Ocupacional y Medio Ambiente. Esto que podrán beneficiarse de sus servicios en forma gratuita, a excepción de repr en el cual tiene un 30% de descuento. Bimestralmente recibirá el "Boletín Biblio CIS/CCS" y tendrá prioridad en las solicitudes de información al Centro. SUBDIRECCION OPERATIVA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR GRUPO DE ESTUDIOS DE CARGA
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1.3.5 Centro de Información en Seguridad sobre Productos Químicos (CISPROQUIM)
Es el Centro de Información de Seguridad sobre Productos Químicos, creado co apoyo de empresas de los sectores químico, hidrocarburos y del transporte de mercancías peligrosas, con el propósito de ayudar con información precisa a la mitigación de las consecuencias producidas por los accidentes con productos q Es un servicio de la industria, consecuente con el compromiso y la responsabilid las empresas del país han adquirido con el desarrollo sostenible. Los funciones que tiene CISPROQUIM son: ?
?
Brinda información sobre: respuesta a emergencias por derrames incendios, intoxicaciones; riesgos potenciales, reactividad y toxicida productos químicos involucrados en la emergencia; primeros auxilios. Permite conferencia telefónica con centros toxicológicos para atención las víctimas.
CISPROQUIM tiene cobertura nacional y forma parte del Sistema Nacional par Prevención de Desastres (SNPAD), por lo cual mantiene contacto directo con lo Comités Locales y Regionales de Emergencia integrados por los Cuerpos de Bomberos, Defensa Civil, Cruz Roja y demás entidades, con quienes coordina la respuesta para lograr la pronta y adecuada atención de la emergencia.
1.4 CISTEMA
SURATEP Prevención y asistencia en riesgos profesionales tiene atención para sectores químicos, petroquímico, farmacéutico, alimentos, salud, educación, tr agroindustria y en general, para todas las empresas en las cuales se utilizan y manipulan productos químicos.
CISTEMA es un centro de información de sustancias químicas, emergencias y me ambiente que se ha creado con un esfuerzo conjunto de empresas como MERK Colombia, laboratorios WYETH Inc, multinacionales del sector farmacéutico qu brindado apoyo desde el punto de vista técnico e informativo.
Las funciones que tiene CISTEMA están orientados hacia las empresas, entid estudiantes y personas en general, que manipulen productos químicos y requ información sobre su manejo seguro, disposición de desechos o respuesta en c emergencias.
El suministro de información por parte de CISTEMA es gratuito, como compr a adquirido con el desarrollo sostenible en pro de la comunidad y del medio SUBDIRECCION OPERATIVA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR GRUPO DE ESTUDIOS DE CARGA
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por lo tanto proporcionan herramientas que permiten enfrentar los riesgos in al manejo de productos químicos, sin afectar la salud de las personas y la conservación de los recursos naturales. Los servicios que suministran son: ?
Asesoría en la selección y utilización de equipos de protección personal.
?
Asesoría en el manejo, transporte y almacenamiento de sustancias química
?
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Asesora sobre regulaciones ambientales vigentes y empresas especializa estudio de impacto ambiental.
Suministra las hojas de datos de seguridad de materiales.
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Anexo No 3
1. Acuerdos internacionales sobre manejo de mercancías peligrosas en Colombia
A continuación se relacionan las entidades del Estado que han aprobado o acuerdos internacionales, sobre manejo de mercancías peligrosas, así: ENTIDAD
?
?
?
?
?
?
ACTO ADMINISTRATIVO CONVENIO Por medio de la cual se aprueba el "Convenio número170 y la Ministerio de Recomendación número 177 sobre la Relaciones Ley 55 de 1993 Seguridad en la Utilización de los Exteriores Productos Químicos en el Trabajo", Ministerio de adoptados por la 77ª Reunión de la Trabajo y de la OIT, Conferencia General Seguridad Social Ginebra,1990. Acuerdo de CartagenaDecide: Aprobar la Decisión 257 " Transporte Internacional de Comisión delDecisión 257: "Transporte Mercancías por Carretera". Acuerdo deInternacional de Mercancías por Carretera " Lima 7 de Cartagena diciembre de 1989 Acuerdo de Cartagena Decide: Aprobar el reglamento de la Decisión 257 "Transporte Internacional Comisión delDecisión 358: (Reglamento Acuerdo dede la Decisión 257 de Mercancías por Carretera". "Transporte Internacional de Cartagena Mercancías por Carretera") Lima 8 de junio de 1994 Por la cual se aprueba el convenio de Congreso de la República Ley 253 de 1996 Basilea, sobre el control del transporte internacional de desechos peligrosos y su eliminación. Decide: Aprobar el reglamento Comisión delAcuerdo de Cartagena (Reglamento Transporte de Acuerdo deDecisión 399: Mercancías peligrosas por Carretera") Cartagena
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La República de Colombia es signataria del acuerdo de San Francisco, por ello l Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, como ente regulador del transporte aéreo en Colombia, dentro de sus funciones tiene como precepto la reglamentación de la IATA (Asociación del Transporte Aéreo Internacional) OACI (Organización de la Aviación Civil Internacional ) sobre Mercancías Peli con el fin de facilitar a los expedidores y operadores procedimientos para que pueden transportar por vía aérea, en toda clase de transporte aéreo comercial c garantías de seguridad, artículos y sustancias con propiedades peligrosas. Además para el transporte marítimo se tiene en cuenta la reglamentación Organización Marítima Internacional OMI, ya que la República de Colombia es signataria del tratado de San Francisco.
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Anexo No 4 1. Reglamentaciones actuales y entidades competentes
Las entidades públicas y/o privadas actuales que tiene relación con la regla control y fiscalización de materiales peligrosos, así como los actos administra ENTIDAD
? ?
? ? ?
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ACTO ADMINISTRATIVO ASUNTO Por medio de la cual se aprueba el 170 y la “Convenio número Recomendación número 177 sobre Ley 55 de 1993 Ministerio de Relaciones la Seguridad en la Utilización de Exteriores los Productos Químicos en el Ministerio de Trabajo y Trabajo”, adoptados por la 77ª Seguridad Social Reunión de la Conferencia General de la OIT, Ginebra,1990. Por la cual se dictan normas Ministerio de Justicia y Ley 430 de 1998 prohibitivas en materia ambiental, del Derecho referentes a los desechos Ministerio de Hacienda y peligrosos y se dictan otras Crédito Público disposiciones. Ministerio del Medio Ambiente Por el cual se reglamenta el Decreto 1521 del 4 dealmacenamiento, manejo, Ministerio de Minas y agosto de 1998 transporte y distribución de Energía combustibles líquidos derivados del petróleo, para estaciones de servicio . Por la cual se regula el servicio Resolución 074 de público domiciliario de gases Comisión de Regulación septiembre de 1996 licuados del petróleo (GLP), y se de Energía y Gas dictan otras disposiciones. CREG
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ENTIDAD
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ACTO ADMINISTRATIVO ASUNTO Por la cual se dicta el reglamento Resolución 80505 deltécnico 17 al cual debe someterse el Ministerio de Minas y de marzo de 1997 almacenamiento, manejo, Energía comercializaciónmayorista y distribución de Gas Licuado de petróleo, GLP. Por la cual se establece la obligatoriedad de algunas Normas de deResolución 0006 del 22 Ministerio Técnicas Colombianas del Sector julio de 1997 Desarrollo Económico Embalaje y Envase. deDecreto 229 de 1995 Por el cual se reglamenta el Servicio Ministerio Postal Comunicaciones Por el cual se reglamentan Decreto 1843 de 1991parcialmente los títulos III,V,VI,VII, y Ministerio de Salud XI de la Ley 09 de 1979, sobre uso y manejo de plaguicidas.
General de Riesgos Libro Ministerio de Salud. Ley 100 de 1993,Sistema Tercero Profesionales. Por la cual se determina la Decreto 1295 de 1994 organización y la administración de Ministerio de Trabajo sistema de riesgos profesionales. y Seguridad Social Por medio del cual se crean el sistema nacional de información deDecreto 112 de 1996sobre medidas de normalización y Ministerio procedimientos de evaluación de la Desarrollo Económico conformidad y se dictan normas para armonizar la expedición de reglamentos técnicos y se cumplen algunos compromisos internacionales. Ministerio del Interior Por la cual se adopta el Plan Ministerio del Medio Decreto 321 de 1999 Nacional de contingencia contra Ambiente derrames de hidrocarburos, Ministerio de Defensa derivados y sustancias nocivas. Nacional Ministerio de Desarrollo Económico Ministerio de Minas y Energía Ministerio de Transporte SUBDIRECCION OPERATIVA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR GRUPO DE ESTUDIOS DE CARGA
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ACTO ADMINISTRATIVO ASUNTO Por medio del cual se toman medidas sobre la distribución de Decreto 3065 de 1984 Ministerio de Minas y hidrocarburos y sus derivados. Energía. En la cual se reglamenta la 0009 de 1987 importación, fabricación, Dirección NacionalResolución de distribución, transporte y uso de Estupefacientes. sustancias enunciadas en el literal F de la Ley 30 de 1986. Resolución 0031 de 1991 0001 de 1995 En la cual se dispone el control de Dirección NacionalResolución de Resolución 0001 de 1996 otras sustancias peligrosas. Estupefacientes Resolución 004 de 1996 Resolución 003 de 1997 Normas y Requisitos sobre Ministerio del Interior Decreto 2535 de 1993 tenencia de armas y municiones. Ministerio de Defensa Nacional Estatuto Nacional de Ministerio de JusticiaLey 30 de 1986 Estupefacientes. Ministerio del Interior Código Sanitario Nacional. Ministerio de Salud Ley 09 de 1979 Relacionada con las pautas para la gestión de residuos peligrosos Resolución 822 de 1998 Ministerio de Relaciones y normas técnicaspara los Exteriores análisis de residuos peligrosos. Resolución 00189 de 1994 La cual reglamenta la proh Ministerio de Relaciones de importaciónde residuos Exteriores peligrosos. Ministerio de Salud Decreto 677 de 1999Medicamentos Higiene, aseos y limpieza . Ministerio de Salud Decreto 1545 de 1998 Resolución 04057 de Por la cual se dictan disposiciones Instituto Colombiano sobre registro y control de Agropecuario ICA 2001 fertilizantes y acondicionadores de suelos. Decreto 093 de 1998 Por la cual se adopta el Plan Ministerio del Interior Nacional para la prevención de desastres. Por la cual se aprueba el Convenio de Basilea, sobre el control del laLey 253 de 1995 Congreso de transporte internacional de República desechos peligrosos y su eliminación. SUBDIRECCION OPERATIVA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR GRUPO DE ESTUDIOS DE CARGA
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ENTIDAD ? ? ? ? ? ?
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ACTO ADMINISTRATIVO
ASUNTO
Ministerio de Interior Ministerio de Hacienda y Crédito Publico Por la cual se organiza el sistema Ministerio de Defensa nacional para la prevención y atención Nacional de desastres y se dictan otras Ministerio de Salud Decreto 919 de 1989 disposiciones. de Ministerio Comunicaciones Departamento Administrativo de la Presidencia de la República Departamento Nacional de Planeación Ministerio de Salud Decreto 2095 de 1996 Insumos para la salud (Plaguicidas uso domestico y reactivos de diagnóstico ) Por el cual se reglamenta el almacenamienton, manejo, transporte Decreto 283 de 1990 y distribución de combustibles líquidos Ministerio de Minas y derivados del petróleo y el transporte Energía por carrotanques de petróleo crudo. Decreto 2113 Por la cual se modifica y adicionan Ministerio de Minas y algunos artículos del Decreto 300 de Energía 1993 Por el cual se establecen unas obligaciones para los distribuidores Decreto 300 de 1993 mayoristas, distribuidores minoristas Ministerio de Minas y transportadores de combustibles Energía blancos derivados del petróleo. Por el cual se asignan unas funciones Decreto 400 de 1994 de control sobre el GLP al Ministerio Ministerio de Minas y de Transporte. Energía Por medio del cual fueron asignadas 24 funciones al INGEOMINAS relacionadas con la caracterización y Decreto 1452 de 1998 Ministerio de Minas y procesos de materiales nucleares y la Energía protección radiologica y de seguridad nuclear, que tenia el INEA. SUBDIRECCION OPERATIVA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR GRUPO DE ESTUDIOS DE CARGA
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Las entidades privadas que tiene relación con el manejo y atención de emer mercancías peligrosas en Colombia son:
El Consejo Colombiano de Seguridad es una asociación de carácter técnico y científico, sin fines de lucr Consejo Colombianoparticular de Seguridad integrada por personas naturales y jurídicas del sector pri y entidades del gobierno, su objetivo es promover, fomenta participar en los campos de la seguridad, la salud ocupacio y la protección ambiental a través de la atención de las necesidades de sus asociados, clientes, empresa, entidade del estado, administradoras de riesgos profesionales y la comunidad en general.
CISPROQUIM
CISTEMA
Es el Centro de Información de Seguridad sobre Producto Químicos, creado con el apoyo de empresas de los sectore químico, hidrocarburos y del transporte de mercancías peligrosas, con el propósito de ayudar con información pr a la mitigación de las consecuencias producidas por los accidentes con productos químicos. Es un servicio de la industria, consecuente con el compromiso y la responsabi que las empresas del país han adquirido con el desarrollo sostenible.
Centro de información de sustancias químicas, emergenci medio ambiente que se ha creado con un esfuerzo conjunto de empresas como MERK Colombia, laboratorios WYETH multinacionales del sector farmacéutico que han brindad apoyo desde el punto de vista técnico e informativo.
Los Organismos que controlan y fiscalizan el almacenamiento, manipulación transporte de las siguientes mercancías peligrosas en Colombia son: ?
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CLASE 1 Explosivos, el Ministerio de Defensa Nacional reglamenta el manejo, uso y comercialización.
CLASE 2 Gases Inflamables, el Ministerio de Minas y Energía, la Superint de Servicios Públicos y la Comisión de Regulación de Energía y Gas reglamenta el transporte, manejo, uso y comercialización. SUBDIRECCION OPERATIVA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR GRUPO DE ESTUDIOS DE CARGA
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CLASE 3 Líquidos Inflamables, el Ministerio de Minas y Energía reglam transporte, manejo, uso y comercialización.
CLASE 6 Sustancias Tóxicas e Infecciosas, el Ministerio de Agricultura y Rural y El Ministerio de Salud reglamentan el transporte, manejo comercialización.
CLASE 7 Materiales Radiactivos, el Ministerio de Minas y Energía y el Investigación e información Geocientifica, Minero y Nuclear INGE reglamentan el transporte, manejo, uso y comercialización.
Para todas las mercancías peligrosas en general, las entidades que tienen in en el control y fiscalización, son: 1. Importaciones y exportaciones ?
Ministerio de Comercio Exterior - Dirección Nacional de Comercio Exterior
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Ministerio de Hacienda y Crédito Publico - Unidad Administrativa Especial de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN. 2. Transporte en todos los modos
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Ministerio de Transporte – Escuadrón Vial de carabineros
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Ministerio de Transporte - Policía Fluvial
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Ministerio de Transporte - Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Policía Aeroportuaria. Ministerio de Transporte - Dirección General Marítima Ministerio de Defensa Nacional - DIMAR
Ministerio de Transporte - Dirección General de Transporte Fluvial - Inspec Fluviales 3. Precursores químicos y sustancias químicas de uso restringido
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Ministerio de Justicia y del Derecho - Dirección Nacional de Estupefaciente Ministerio de Defensa Naciona l - Policía Nacional - Policía Antinarcoticos SUBDIRECCION OPERATIVA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR GRUPO DE ESTUDIOS DE CARGA
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4. Sustancias Químicas (Plaguicidas) y productos químicos farmacéutic ?
Ministerio de Salud - Grupo Protección de la Salud
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Ministerio de Salud - Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y INVIMA.
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Ministerio de Salud - Instituto Nacional de Salud INS.
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Secretarias Departamentales, Distritales y Municipales de Salud
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Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural - Instituto Nacional Agropecua 5. Combustibles líquidos, gases y derivados del petróleo
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Ministerio de Minas y Energía - Dirección General de Hidrocarburos
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Ministerio de Minas y Energía - INGEOMINAS,
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Superintendencia Nacional de Servicios Públicos
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Comisión de Regulación de Energía y Gas CREG
El Ministerio del Medio Ambiente tiene dentro de sus funciones el control s los materiales peligrosos que se manipulen y transporten dentro del territorio
Cada una de las entidades públicas relacionadas anteriormente, tienen criter definidos y con procedimientos implementados con el fin de establecer el contro mercancías peligrosas que están dentro del ámbito de aplicación de su compete estos entes tienen programas de capacitación con el fin de entrenar sobre lo procedimientos de control y fiscalización a sus funcionarios, de acuerdo con la mercancía establecida.
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APENDICE
A
Glosario de Términos
Para el propósito de este documento, además de las definiciones contempladas normas legales vigentes sobre especificaciones de vehículos de transporte de c las normas técnicas colombianas para el transporte de mercancías peligrosas establecen las siguientes, con el fin de dar mayor claridad a este tema: Apilar: Amontonar, poner en pila o montón, colocar una sobre la otra. Autoridad competente: Autoridad nacional o internacional designada o reconocida por el Estado para un determinado fin. Bulto: Embalaje con su contenido tal como se presenta para el transporte.
Cadena del transporte: Está compuesta por aquellas personas naturales o jurídicas (remitente, destinatario, empresa de transporte, propietario o tenedor del vehí conductor) que intervienen en la operación de movilización de mercancías pelig un origen a un destino.
Certificado del curso de capacitación básico obligatorio para conductores vehículos que transportan mercancías peligrosas: Es el documento que acredita que una persona está capacitada, preparada y la autoriza para la oper vehículos destinados al transporte de mercancías peligrosas.
Contenedor: Elemento de transporte destinado a facilitar el acarrreo de mercancías embaladas o no, por una o más modalidades de transporte, sin necesidad de proc operaciones intermedias de recarga. Debe poseer una estructura permanenteme cerrada, rígida y suficientemente resistente para ser usada repetidamente, y esta provisto de dispositivos que faciliten su manejo, ya sea al ser transportado de un m de transporte a otro o al pasar de una a otra modalidad de transporte.
Curso de capacitación básico obligatorio para conductores de vehículos q transportan mercancías peligrosas: Es la preparación que los conductores deben recibir para operar vehículos destinados al transporte de mercancías peligro fin de adquirir conocimientos necesarios para la manipulación de estos produ SUBDIRECCION OPERATIVA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR GRUPO DE ESTUDIOS DE CARGA
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Desecho peligroso: Mercancía peligrosa que queda, sobra o resulta de un proceso productivo, que no se puede por ningún medio, método y/o proceso utilizarse nuevamente, y que por sus características corrosivas, tóxicas, venenosas, react explosivas, inflamables, biológicas, oxidantes, nocivas, cancerígenas infeccio irritantes representa un peligro para los seres humanos, un riesgo para el equil ecológico y el ambiente, cua ndo entran en contacto con ellos.
Lista de mercancías peligrosas: Es el listado oficial que describe más exactamente las mercancías peligrosas transportadas más frecuentemente a nivel internacion se publican en el Libro Naranja de la Organización de las Naciones Unidas titula "Recomendaciones relativas al transporte de mercancías peligrosas", elaborada comité de expertos en transporte de mercancías peligrosas, del Consejo Económ Social, versión vigente Destinatario: Toda persona natural o jurídica, organización o gobierno que reciba una mercancía.
Documentos del transporte: Son aquellos documentos de porte obligatorio, requeridos como requisitos para el transporte de mercancías peligrosas y q ser solicitados en cualquier momento y lugar por la autoridad competente. Embalaje : Es un contenedor o recipiente que contiene varios empaques. Empaque: Cualquier recipiente o envoltura que contenga algún producto de consumo para su entrega o exhibición a los consumidores.
Empresa de servicio público de transporte terrestre automotor de carga aquella persona natural o jurídica legalmente constituida y debidamente habili Ministerio de Transporte, cuyo objeto social es la movilización de cosas de un l otro en vehículos automotores apropiados en condiciones de libertad de acceso y seguridad de los usuarios. Envase : Recipiente destinado a contener productos hasta su consumo final.
Etiqueta : Información impresa que advierte sobre un riesgo de una mercancía peligrosa, por medio de colores o símbolos, el cual debe medir por lo menos 10 cm. , salvo en caso de bultos, que debido a su tamaño solo puedan llevar eti mas pequeñas, se ubica sobre los diferentes empaques o embalajes de las mercancías.
Grupo de compatibilidad: Conjunto de mercancías de la clase 1 “explosivos”, que se consideran “compatibles” cuando se pueden estibar o transportar varias al mism en condiciones de seguridad, sin aumentar de manera apreciable la probabilida accidente o la magnitud de los efectos de tal accidente, respecto a una cantidad determinada. SUBDIRECCION OPERATIVA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR GRUPO DE ESTUDIOS DE CARGA
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Hoja de seguridad: Documento que describe los riesgos de un material peligroso y suministra información sobre cómo se puede manipular, usar y almacenar el m con seguridad, que se elabora de acuerdo con los estipulado en la Norma Técnic Colombiana NTC 4435, emitida el 22 de julio de 1998, (Anexo No 2).
ICONTEC: Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación, que mediante Decreto 2269 de 1993 es reconocido como el Organismo Nacional de Norma Índice de transporte: Número que expresa el máximo nivel de radiación a 1 m de la superficie del bulto.
Incompatibilidad : Es el proceso que sufren las mercancías peligrosas cuando puestas en contacto entre sí puedan sufrir alteraciones de las características físicas o qu originales de cualquiera de ellos con riesgo de provocar explosión, desprendimie llamas o calor, formación de compuestos, mezclas, vapores o gases peligrosos, en otros. Mitigación : Definición de medidas de intervención dirigidas a reducir o minimizar el riesgo o contaminación.
Norma Técnica : Es el documento establecido por consenso y aprobado por un organismo reconocido, que suministra, para uso común y repetido, reglas, direc características para las actividades o sus resultados, encaminadas al logro del g óptimo de orden en un contexto dado. Las normas técnicas se deben basar en lo resultados consolidados de la ciencia, la tecnología y la experiencia y sus objetiv deben ser los beneficios óptimos para la comunidad. Norma Técnica Colombiana: Norma técnica aprobada o adoptada como tal, por el organismo nacional de normalización.
Número UN: Es un código especifico o número de serie para cada mercancía peligrosa, asignado por el sistema de la Organización de las Naciones Unidas ( que permite identificar el producto sin importar el país del cual provenga. A t este número se puede identificar una mercancía peligrosa que tenga etiqueta e idioma diferente al español. Esta lista se publica en el Libro Naranja de las Nac Unidas "Recomendaciones relativas al transporte de mercancías peligrosas" el por el comité de expertos en transporte de mercancías peligrosas, del Consej Económico y Social, versión vigente.
Líquido inflamable : Líquidos, o mezclas de ellos, o líquidos que contienen sólidos en solución o en suspensión (por ejemplo: pinturas, barnices, lacas, etc., pero sin sustancias que se clasifican de otra parte por sus características de peligro), q emiten vapores inflamables a temperaturas máximas de 60,5 °C, en ensayos en cerrada, o máximo 65,6 °C en ensayos de copa abierta, denominadas comúnme SUBDIRECCION OPERATIVA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR GRUPO DE ESTUDIOS DE CARGA
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como punto de inflamación. Sin embargo, los líquidos con un punto de inflamaci superior a 35 °C, que no mantienen la combustión, no es necesario considerarlo inflamables para el propósito de esta norma. Los líquidos presentados para tran temperaturas que se encuentran en su punto de inflamación o por debajo de él consideran en cualquier caso como líquidos inflamables. Los líquidos inflamabl también incluyen sustancias que son transportadas o presentadas para transpo temperaturas elevadas en estado líquido, y que emanan vapores inflamables a l máxima temperatura de transporte o por debajo de ella.
Organismo Nacional de Normalización: Entidad reconocida por el gobierno nacional, cuya función principal es la elaboración, adopción y publicación de técnicas nacionales y la adopción como tales, de las normas elaboradas por o entes de normalización.
Plan de contingencia: Programa de tipo predictivo, preventivo y reactivo con una estructura estratégica, operativa e informática desarrollado por la empresa, in algún actor de la cadena del transporte, para el control de una emergencia que produzca durante el manejo, transporte y almacenamiento de mercancías pelig con el propósito de mitigar las consecuencias y reducir los riegos de empeoram las situación y acciones inapropiadas, así como para regresar a la normalidad co mínimo de consecuencias negativas para la población y el medio ambiente.
Plan de emergencia: Organización de los medios humanos y materiales disponibles para garantizar la intervención inmediata ante la existencia de una emergencia involucren mercancías peligrosas y garantizar una atención adecuada bajo procedimientos establecidos. Remitente: Cualquier persona natural o jurídica, organización u organismo que presente una mercancía para su transporte.
Reglamento Técnico: Es el acto expedido por la entidad competente, en el que se establecen las características de un producto o servicio o los procesos con él relacionados, con inclusión de las disposiciones administrativas aplicables, y cu observancia es obligatoria. También puede incluir prescripciones en materia de terminología, símbolos, embalaje. marcado o etiquetado aplicables a un produc proceso o método de producción, o tratar e xclusivamente de ellas.
Residuo Peligroso: Mercancía peligrosa ya sea en estado líquido, sólido o gaseoso que queda, sobra o resulta de un proceso productivo, que se puede reutilizar y q sus características corrosivas, tóxicas, venenosas, reactivas, explosivas, inflam biológicas, nocivas, cancerígenas, infecciosas o irritantes y que expuesto en el ambiente, representa un peligro para los seres humanos, así como para la vida s y acuática. SUBDIRECCION OPERATIVA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR GRUPO DE ESTUDIOS DE CARGA
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Segregar: Separar, apartar o aislar una mercancía peligrosa de otra que puede ser o no peligrosa, de acuerdo con la compatibilidad que exista entre ellas.
Tarjeta de emergencia: Documento que contiene información básica sobre la identificación del material peligroso y datos del fabricante, identificación de pe protección personal y control de exposición , medidas de primeros auxilios, me para extinción de incendios, medidas para vertido accidental, estabilidad y reac información sobre el transporte, que se elabora de acuerdo con los estipulado e Norma Técnica Colombiana NTC 4532, emitida el 28 de octubre de 1998, (Anex
Rótulo: Advertencia que se hace sobre el riesgo de una mercancía, por medio de colores y símbolos que se ubican sobre las unidades de transporte (r semirremolque y remolque balanceado) y vehículos de carga.
Sólido inflamable: Sustancias sólidas que, en las condiciones que se dan durante el transporte, se encienden con facilidad o pueden causar o activar incendios por fr sustancias autoreactivas o afines que experimentan una fuerte reacción exotérm explosivos insensibilizados que pueden explotar si no están suficientemente d
Sustancia comburente: Sustancias que, sin ser necesariamente combustibles, pueden liberar oxigeno y en consecuencia estimular la combustión y aumentar la velo incendio en otro material.
Sustancia corrosiva: Sustancias que por su acción química, causan lesiones graves a los tejidos vivos que entran en contacto o si se produce un escape puede causar da de consideración a otras mercancías o a los medios de transporte, o incluso destr pueden así mismo provocar otros riesgos.
Sustancia explosiva: Sustancia sólida o líquida, o mezcla de sustancias, que de manera espontánea por reacción química, pueden desprender gases a una temperatu y velocidad tales que causen daños en los alrededores. Sustancia infecciosa: Sustancias que contienen microorganismos viables como: bacterias, virus, parásitos, hongos y rickettsias, o un recombinantes, híbridos que se sabe causan enfermedades en los animales o en los humanos.
Sustancia pirotécnica: Sustancia o mezcla de sustancias destinadas a producir efectos por medio de calor, luz, sonido, gas o humo, o combinación de éstos, como re reacciones químicas exotérmicas, autosostenidas, no detonantes.
Sustancia radiactiva: Se entiende por sustancia radiactiva toda aquellla cuya actividad específica sea superior a 70 kBq/kg (0,002 ? Ci/g). Por actividad específica se entie este contexto, la actividad por unidad de masa de un radionúclido o, respecto de u material en el que radionúclido tenga una distribución uniforme. SUBDIRECCION OPERATIVA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR GRUPO DE ESTUDIOS DE CARGA
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Tóxico (veneno): Sustancias que pueden causar la muerte o lesiones graves o que pueden ser nocivas para la salud humana, si se ingieren o inhalan o entran con la piel. Trasiego: Es la operación de llenado y vaciado de recipientes, por diferencia de presión, que se efectúa por gravedad, bombeo o por presión.
Unidad de transporte: Es el espacio destinado en un vehículo para la carga a transportar, en el caso de los vehículos rígidos se refiere a la carrocería articulados al remolque o al semirremolque.
Vehículos vinculados: Vehículos de transporte de carga de servicio público destinado al transporte de mercancías por carretera, que mediante contrato regido por la del derecho privado, establece una relación contractual con una persona natura jurídica, con el fin de prestar un servicio de transporte de mercancías peligro
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BIBLIOGRAFIA
Naciones Unidas. Recomendaciones relativas al transporte de mercancías p Nueva York y Ginebra, 1999.
Organismo Internacional de Energía Atómica. Reglamento para el transport materiales radiactivos. Viena, 1997.
Organismo Internacional de Energía Atómica. Colección de cursos de capaci Viena, 1994.
Ministerio de Transporte y Obras Públicas de Uruguay, Dirección Nac Transporte. Manual para el transporte de mercancía s peligrosas por carrete
Transporte de mercancías peligrosas, clase 1 explosivos, embalaje/envase y tra terrestre por carretera, Norma Técnica Colombiana NTC 3966, Instituto Colom Normas Técnicas y Certificación (Icontec).
Transporte de mercancías peligrosas, clase 2, gases inflamables, embalaje/env transporte terrestre por carretera, Norma Técnica Colombiana NTC 2880, Ins Colombiano de Normas Técnicas y Certificación (Icontec).
Transporte de mercancías peligrosas, clase 3, líquidos inflamables, embalaje/e transporte terrestre por carretera, Norma Técnica Colombiana NTC 2801, Ins Colombiano de Normas Técnicas y Certificación (Icontec).
Transporte de mercancías peligrosas, clase 4 sólidos inflamables, embalaje/env transporte terrestre por carretera, Norma Técnica Colombiana NTC 3967, Ins Colombiano de Normas Técnicas y Certificación (Icontec).
Transporte de mercancías peligrosas, clase 5 sustancias comburentes y peró orgánicos, embalaje/envase y transporte terrestre por carretera, Norma Té Colombiana NTC 3968, Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certifica (Icontec).
Transporte de mercancías peligrosas, clase 6 sustancias tóxicas e infecciosas embalaje/envase y transporte terrestre por carretera, Norma Técnica Colomb 3969, Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación (Icontec). SUBDIRECCION OPERATIVA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR GRUPO DE ESTUDIOS DE CARGA
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Transporte de mercancías peligrosas, clase 7 materiales radiactivos, embalaje/ transporte terrestre por carretera, Norma Técnica Colombiana NTC 3970, Ins Colombiano de Normas Técnicas y Certificación (Icontec).
Transporte de mercancías peligrosas, clase 8 sustancias corrosivas, embalaje/e transporte terrestre por carretera, Norma Técnica Colombiana NTC 3971, Ins Colombiano de Normas Técnicas y Certificación (Icontec).
Transporte de mercancías peligrosas, clase 9 sustancias peligrosas varias, embalaje/envase y transporte terrestre por carretera, Norma Técnica Colomb 3972, Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación (Icontec).
Tarjetas de Emergencia para transporte de materiales, elaboración, Norma T Colombiana NTC 4532, Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificac (Icontec).
Hojas de Seguridad para transporte de materiales, preparación, Norma Técn Colombiana NTC 4435, Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certific (Icontec).
Transporte de mercancías peligrosas, clasificación, etiquetado y rotulado, Norm Técnica Colombiana NTC 1692, Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación (Icontec).
Embalajes y envases para transporte de mercancías peligrosas Clase 1 explosiv Norma Técnica Colombiana NTC 4702-1, Instituto Colombiano de Normas Téc Certificación (Icontec).
Embalajes y envases para transporte de mercancías peligrosas Clase 2 gases Inflamables, Norma Técnica Colombiana NTC 4702-2, Instituto Colombiano de Técnicas y Certificación (Icontec).
Embalajes y envases para transporte de mercancías peligrosas Clase 3 líquidos Inflamables, Norma Técnica Colombiana NTC 4702-3, Instituto Colombiano de Técnicas y Certificación (Icontec).
Embalajes y envases para transporte de mercancías peligrosas Clase 4 sólido Inflamables; sustancias que presentan riesgo de combustión espontánea; sus que en contacto con el agua desprenden gases inflamables, Norma Técnica Colombiana NTC 4702-4, Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certifi (Icontec).
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Embalajes y envases para transporte de mercancías peligrosas clase 5 sustanci Comburentes y Peróxidos Orgánicos, Norma Técnica Colombiana es la NTC 4 Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación (Icontec).
Embalajes y envases para transporte de mercancías peligrosas clase 6, sustanc tóxicas e infecciosas, Norma Técnica Colombiana NTC 4702-6, Instituto Colo de Normas Técnicas y Certificación (Icontec).
Embalajes y envases para transporte de mercancías peligrosas clase 7 material radiactivos, cuya Norma Técnica Colombiana NTC 4702-7, Instituto Colombian Normas Técnicas y Certificación (Icontec).
Embalajes y envases para transporte de mercancías peligrosas clase 8 sustanci corrosivas, Norma Técnica Colombiana NTC 4702-8, Instituto Colombiano de Técnicas y Certificación (Icontec).
Embalajes y envases para transporte de mercancías peligrosas clase 9 sustanci peligrosas varias, Norma Técnica Colombiana NTC 4702-9, Instituto Colomb Normas Técnicas y Certificación (Icontec).
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TABLA DE CONTENIDO 1.
ANTECEDENTES ........................................................................................................................ 1
2. PRINCIPIOS FUNDAMENTALES ................................................................................................. 3
2.1 R ESPUESTA A EMERGENCIA S...................................................................................................... 3 2.1.1 Conductores de vehículos: ................................................................................... 2.1.2 Autoridades:.......................................................................................................... 2. 1. 3 Empresas de transporte: ..................................................................................... 2. 1. 4 Remitentes o destinatarios de la carga: ............................................................... 2.2 VERIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO ................................................................................. 2.3 CAPACITACIÓN............................................................................................................ 2.4 DOCUMENTACIÓN ....................................................................................................... 2.5 EXCEPCIONES Y CANTIDA DES LIMITADAS .......................................................................... 2.6 R ESPONSABILIDADES ................................................................................................... 3 CONCEPTOS FUNDAMENTALES ................................................................................................ 3
3.1 MERCANCÍA PELIGROSA ............................................................................................................ 3 3.2 CLASIFICACIÓN DE LAS MERCANCÍAS PELIGROSAS ......................................................................... 3 3.2.1 Clase Explosivos 1. . ................................................................................................... 3.2.2 Clase Gases 2. ........................................................................................................... 3 .2 .3 Clase 3. Líquidos inflamables.............................................................................. 3 .2 .4 Clase 4. Sólidos inflamables................................................................................ 3 .2 .5 Clase 5. Sustancias comburentes y peróxidos orgánicos . ....................................... 3 .2 .6 Clase 6. Sustancias tóxicas e infecciosas. ............................................................. 3 .2 .7 Clase 7. Sustancias radiactivas. .......................................................................... 3 .2 .8 Clase 8. Sustancias corrosivas............................................................................. 3 .2 .9 Clase 9. Sustancias peligrosas varias. .................................................................. 3.3 LISTA DE MERCANCÍAS PELIGROSAS ............................................................................................ 3 3.4 IDENTIFICACIÓN DE LAS MERCANCÍAS PELIGROSAS ......................................................................... 3 3.4.1 Etiquetado y rotulado ....................................................................................................... 3
3.4.1.1 Generalidades ................................................................................................................................ 3.4.1.2 Especificaciones de Etiquetas y rótulos utilizados.................................................................... 3.4.1.3 Ejemplos......................................................................................................................................... 3.4.1.4 Ubicación de los rótulos en las unidades de transporte............................................................. 3.4.1.5 Rótulo de identificación número UN:.............................................................................................
4. POLITICA DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE DE MERCANCIAS PELIGROSAS EN COLOMBIA ........................................................................................................................................ 3
4.1. INTRODUCCIÓN .......................................................................................................... 4.2. OBJETO ..................................................................................................................... 4.3. ELEMENTOS .............................................................................................................. 4.3.1. Normalización Técnica..................................................................................................... 3 4.3.2. Marco Legal .................................................................................................................... 3 4.3.2.1. Estructura general del reglamento:..................................................................................................................
4.3.3. 4.3.4.
Sistema de Control y Vigilancia ........................................................................................ 3 Capacitación, Sensibilización Y Divulgación ....................................................................
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5.
ENVASES Y EMBALAJES PARA EL TRANSPORTE DE MERCANCIAS PELIGROSAS ...........
5.1. GRUPOS DE EMBALAJE/ ENVASE .................................................................................................. 3 5.2. NOMENCLATURA ...................................................................................................................... 3 5.2.1. Sistemas de códigos que se utilizan para designar los tipos de embalaje/envase
5.2.1.1. Embalajes exteriores/únicos ...................................................................................................... 5.2.1.2. Embalajes compuestos................................................................................................................ 5.2.1.3. Embalajes combinados................................................................................................................ 5.2.1.4. Especificaciones para embalajes exteriores, únicos y compuestos NU .................................. 5.2.1.5. Embalajes interiores....................................................................................................................
5.3. MARCADO DE LOS EMBALAJES/ ENVASES UN ................................................................................. 3 5.3.1. Formas de marcado ......................................................................................................... 3
5.3.1.1. Embalajes/envases nuevos ......................................................................................................... 5.3.1.2. Embalajes/envases reacondicionados y reconstruidos............................................................ 5.3.1.3. Embalajes/envases de recuperación..........................................................................................
5.4. ENSAYOS DE FUNCIONAMIENTO PARA LOS EMBALAJES UN .............................................................. 3 5.4.1. Generalidades ................................................................................................... 5.4.2. Preparación de los embalajes/envases para los ensayos .......................................... 5.4.3. Pruebas de Ensayo .............................................................................................
5.4.3.1. Ensayo de Caída.......................................................................................................................... 5.4.3.2. Ensayos de Estanqueidad.......................................................................................................... 5.4.3.3. Ensayo de Presión Interna (Hidráulica) ................................................................................... 5.4.3.4. Ensayo de Apilamiento...............................................................................................................
5.4.4. Reporte del Ensayo ......................................................................................................... 3 5.5. MATERIALES RADIACTIVOS ........................................................................................................ 3 5.5.1. Generalidades ................................................................................................................. 3 5.5.2. Tipos de bultos ................................................................................................................ 3
5.5.2.1. Bultos exceptuados ..................................................................................................................... 5.5.2.2. Bultos industriales....................................................................................................................... 5.5.2.3. Bultos tipo A.................................................................................................................................. 5.5.2.4. Bultos del Tipo B.......................................................................................................................... 5.5.2.5. Bultos Tipo C................................................................................................................................
5.5.3. 6
Marcas ........................................................................................................................... 3
DOCUMENTOS PARA EL TRANSPORTE DE MERCANCIAS PELIGROSAS EN COLOMBIA
6.1 ELMANIFIESTO DECARGA :............................................................................................... 6.2 R EMESATERRESTRE DECARGA : ........................................................................................ 6.3 R EGISTRONACIONAL DETRANSPORTE DECARGA : ................................................................... 6.4 R EGISTRONACIONAL PARA ELTRANSPORTE DEM ERCANCÍASPELIGROSAS:.................................... 6.4.1 Transporte de líquidos inflamables " clase 3" ..................................................................... 6.4.2 Transporte de gases "Clase 2" ......................................................................................... 3 6.5 PLANILLA PARA EL TRANSPORTE DE S USTANCIAS QUÍMICAS DE USO R ESTRINGIDO:............................ 3 6.6 TARJETA DE E MERGENCIA ......................................................................................................... 3 6 .6 .1 Organización y Contenido de las Tarjetas de Emergencia para Transporte de Mer Peligrosas .................................................................................................................................... 3 6 .6 .2 Como Elaborar una Tarjeta de Emergencia ....................................................................... 6.7 HOJA DE S EGURIDAD................................................................................................................ 3 6 .7 .1 Usuarios para las Hojas de Seguridad para Mercancías Peligrosas ............................ 6 .7 .2 Organización de las Hojas de Seguridad para Mercancías Peligrosas .......................
SUBDIRECCION OPERATIVA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR GRUPO DE ESTUDIOS DE CARGA
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ANEXO NO 1 ..................................................................................................................................... 3
1. SISTEMAS EN LOS CUALES SE SOPORTA LA POLÍTICA PARA EL TRANSPORTE Y MAN SEGURO DE MERCANCÍAS PELIGROSAS ........................................................................................ 3
1.1. SISTEMA NACIONAL DE N ORMALIZACIÓN, C ERTIFICACIÓN YM ETROLOGÍA .......................................... 3 1.1.1. Organismo de Acreditación ............................................................................................. 3
1.1.1.1 Organismo de Certificación:.......................................................................................................... 1.1.1.2 Organismos de Inspección:........................................................................................................... 1.1.1.3 Laboratorio de Pruebas de Ensayo:.......................................................................................... 1.1.1.4 Laboratorio de calibración:...........................................................................................................
1 .1 .2 Organismo Nacional de Normalización ............................................................................. 1.2. SISTEMA NACIONAL PARA LA ATENCIÓN Y PREVENCIÓN DE D ESASTRES EN COLOMBIA ........................ 3 1 .2 .1 Integrantes del Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres ..... 1 .2 .2 Plan Nacional para la Prevención y Atención de Desastres . ................................. 1 .2 .3 Plan Nacional de Contingencia contra derrame de hidrocarburos, derivados y sus nocivas, en aguas marinas, fluviales y lacustres (PNC) . .................................................. 1.2.3.1 1.2.3.2
PNC dentro del Sistema Nacional de Atención y Prevención de Desastres ................................ Secuencia operacional del Plan Nacional de Contingencia ...................................................................
ANEXO NO 2 ...................................................................................................................................... 3 1 ACUERDOS Y ORGANIZACIONES INDUSTRIALES DEL SECTOR ECONÓMICO Y/O PRODUCTIVO. ................................................................................................................................... 3
1.1 R ESPONSABILIDAD INTEGRAL ......................................................................................... 1.2 PROCESOA PELL ............................................................................................................ 1.3 CONSEJO COLOMBIANO DE SEGURIDAD............................................................................ 1.3.1 Consejo Técnico...................................................................................................... 1.3.2 Soporte Técnico ...................................................................................................... 1.3.3 Servicios ............................................................................................................... 1. 3. 4 Centro de Información en Seguridad (CIS) .............................................................. 1. 3. 5 Centro de Información en Seguridad sobre Productos Químicos (CISPROQUIM) ......... 1.4 CISTEMA .............................................................................................................................. 3 ANEXO NO 3 ...................................................................................................................................... 3
1. ACUERDOS INTERNACIONALES SOBRE MANEJO DE MERCANCÍAS PELIGROSAS EN COLOMBIA.........................................................................................................................
ANEXO NO 4....................................................................................................................... 1.
REGLAMENTACIONES ACTUALES Y ENTIDADES COMPETENTES ..................................
GLOSARIO DE TÉRMINOS...................................................................................................
BIBLIOGRAFIA ...................................................................................................................
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