VERIFICADOR DE GAS
MANUAL DEL PARTICIPANTE DEL CURSO VERIFICADOR DE GAS
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Contenido
OBJETIVO GENERAL ..................................................................................................................................... 4 OBJETIVOS PARTICULARES .......................................................................................................................... 4 INTRODUCCIÓN ........................................................................................................................................... 5 UNIDAD 1. FUNDAMENTOS LEGISLATIVOS.......................................................................................................... 6 1.1.
Objetivo Particular Parti cular ....................................... .................... ...................................... ....................................... ....................................... ...................................... .......................... ....... 6
1.2.
Constitución Constituci ón Política de los Estados Estado s Unidos Mexicanos Mexicano s.................................... ................. ....................................... .............................. .......... 6
1.3.
Ley Federal del Trabajo.......................... Trabajo...... ....................................... ...................................... ...................................... ....................................... ................................. ............. 7
1.4.
Reglamento Federal de de Seguridad Seguridad Salud en el Trabajo. ................. ......................... ................. .................. ................. ................. .............. .....8
1.5.
Normas Oficiales Mexicanas Mexicana s..................................... .................. ...................................... ...................................... ....................................... ............................... ........... 12
1.6. Reglamento de Seguridad e Higiene de Petróleos Mexicanos ........................................................... 23 1.7 Anexo SSPA .................................... ................. ...................................... ...................................... ....................................... ....................................... ...................................... ........................ ..... 25 UNIDAD 2. TEORIA DE LA COMBUSTION ........................................................................................................... 27 2.1.
Objetivo Particular Parti cular ....................................... .................... ...................................... ....................................... ....................................... ...................................... ........................ ..... 27
2.2.
El Fuego y la Combustión Combusti ón ..................................... .................. ....................................... ....................................... ...................................... .................................. ............... 27
2.3.
Combustibles Combustible s ..................................... .................. ....................................... ....................................... ....................................... ...................................... ................................. ............... 29
2.4.
El oxígeno .................................... ................. ...................................... ...................................... ....................................... ....................................... ...................................... .......................34
2.5.
El calor ...................................... ................... ...................................... ...................................... ....................................... ....................................... ...................................... ........................ ..... 34
2.6.
Fuentes de Ignición y Clasificación Clasificac ión del Fuego ...................................... ................... ....................................... ....................................... .......................36
UNIDAD 3. MONITOREO DE GASES EN EL SITIO DEL TRABAJO .......................................................................... 38 3.1.
Objetivo Particular Parti cular ....................................... .................... ...................................... ....................................... ....................................... ...................................... ........................ ..... 38
3.2.
Gases Inflamables Inflama bles .................................... ................. ....................................... ....................................... ....................................... ....................................... ........................... ........ 38
3.3.
Recomendaciones Recomendaci ones en la medición de gases ...................................... ................... ....................................... ....................................... ........................ ..... 38
3.4.
Monitoreo de Gases Tóxicos ....................................... .................... ...................................... ...................................... ...................................... ............................ ......... 40
3.4.1.
Monóxido de Carbono ...................................... ................... ....................................... ....................................... ...................................... .................................. ............... 40
3.4.2.
Gas Sulfhídrico Sulfhídric o ..................................... .................. ....................................... ....................................... ....................................... ....................................... ........................... ........ 42
3.5.
Monitoreo de la Concentración Concentrac ión de Oxígeno ..................................... .................. ....................................... ....................................... ........................ ..... 46
3.6.
Monitoreo de Gases Inflamables ...................................... ................... ....................................... ....................................... ...................................... .......................38
UNIDAD 4. EQUIPOS DE MEDICION DE GASES Y VAPORES ................................................................................ 41 4.1.
Objetivo Particular Parti cular ....................................... .................... ...................................... ....................................... ....................................... ...................................... ........................ ..... 41
4.2.
Equipos Colorimétricos Colorimétr icos...................................... ................... ....................................... ....................................... ...................................... ..................................... .................. 41
4.3.
Indicador de Oxigeno ...................................... ................... ...................................... ....................................... ....................................... ...................................... .......................42 2
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4.4.
Indicador de Gas Combustible (Explosimetro) (Explosim etro) ..................................... .................. ....................................... ....................................... .......................44
4.5.
Fotoionizador Fotoioniza dor..................................... .................. ....................................... ....................................... ....................................... ...................................... ................................. ............... 47
UNIDAD 5. CARACTERISTICAS DE LOS EQUIPOS UTILIZADOS ............................................................................ 49 5.1.
Objetivo Particular Parti cular ....................................... .................... ...................................... ....................................... ....................................... ...................................... ........................ ..... 49
5.2.
Alarmas Personales................... Personale s...................................... ...................................... ....................................... ....................................... ...................................... ........................ ..... 49
5.3.
Explosímetros Explosím etros .................................... ................. ....................................... ....................................... ....................................... ...................................... ................................. ............... 50
5.4.
Detectores Detectore s multi-gases multi-g ases ...................................... ................... ....................................... ....................................... ...................................... ..................................... .................. 53
UNIDAD 6. SISTEMA DE PERMISOS PARA TRABAJOS CON RIESGO ................................................................... 61 6.1.
Objetivo Particular Parti cular ....................................... .................... ...................................... ....................................... ....................................... ...................................... ........................ ..... 61
6.2.
El Sistema de Permisos para Trabajos con Riesgo ....................................... .................... ...................................... .................................. ............... 61
6.3.
Responsabilidades Responsabil idades del verificador verificad or de Gas autorizado autoriza do .................................... ................. ....................................... ............................... ........... 62
6.4.
Certificado Certificad o de Prueba de Gas ...................................... ................... ...................................... ...................................... ....................................... ............................ ........ 63
6.5.
Certificado Certificad o de entrada a Espacios Confinados ..................................... .................. ....................................... ....................................... .......................63
UNIDAD 7. EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL ........................................................................................... 67 7.1.
Objetivo Particular Parti cular ....................................... .................... ...................................... ....................................... ....................................... ...................................... ........................ ..... 67
7.2.
Equipo de Protección Protecc ión Personal .................................... ................. ...................................... ...................................... ....................................... ............................ ........ 67
7.3.
Consideraciones Considerac iones generales ....................................... .................... ...................................... ...................................... ....................................... ............................... ........... 70
7.4.
Componentes de un sistema de cascada ....................................... .................... ....................................... ....................................... ........................... ........ 71
CONCLUSIÓN GENERAL ..................................................................................................................................... 75 GLOSARIO .......................................................................................................................................................... 75 BIBLIOGRAFÍA .................................................................................................................................................... 79 ANEXOS .............................................................................................................................................................. 80
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OBJETIVO OBJ ETIVO GENERAL GENERAL Contar con personal capacitado y acreditado en las técnicas de monitoreo de gases en atmosferas peligrosas para determinar las acciones necesarias en las actividades a realizar en los Centros de Trabajo cuyo fin es salvaguardar la integridad del personal, los equipos, la instalación y el medio ambiente, apegado a la normatividad aplicable en la materia.
OBJETIVOS PARTICULARES
1. El participante interpretará el marco jurídico que fundamenta f undamenta la relación obreroobrero - patronal en la realización de actividades en atmósferas riesgosas.
2. El
participante comprenderá el proceso de combustión de los materiales combustibles, sus componentes, la transferencia de la energía y la clasificación del fuego.
3. El participante participant e entenderá la importancia del monitoreo moni toreo de gases en los sitios de trabajo donde el personal realiza sus tareas.
4. El Participante tendrá la oportunidad de conocer los equipos de medición de gases que se utilizan en las pruebas de gases en atmosferas peligrosas.
5. El participante comprenderá las características de los equipos de medición de gases en atmósferas peligrosas.
6. El participante conocerá lo que estable el Sistema de Permisos para Trabajos con Riesgo para la medición de los gases, rol y responsabilidades del verificador de gas.
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INTRODUCCIÓN El Manual tiene el fin de crear conciencia sobre los riesgos que se pueden presentan durante el desarrollo de las tareas en las instalaciones petroleras e involucrar al personal como verificador de gas acreditado. La aplicación de este deberá servir como medida de prevención de incidentes y control de los riesgos. El curso de Verificador de Gas establece los criterios básicos que se deben de cumplir y aplicar en el monitoreo de gases como: H 2S, O2, CO2, o hidrocarburos. Además de comprender la utilidad de los sistemas de detección de gases portátiles en la industria petrolera. A su vez, los participantes conocerán las condiciones atmosféricas potencialmente peligrosas en el desarrollo de los trabajos en las instalaciones donde se extraen, producen, transportan y almacenan hidrocarburos.
Con la aplicación del verificador de gas se establece el cumplimiento de prácticas seguras, una herramienta más que nos ayuda a controlar los riesgos y a su vez a eliminar los posibles daños que se puedan generar a consecuencia de una explosión, fuego, gases tóxicos y deficiencia de oxígeno. El curso tiene la finalidad de comprender los requerimientos necesarios para determinar los niveles de gases en atmosferas peligrosas y llevar acabo de forma segura los trabajos, protegiendo al personal, los equipos, las instalaciones y el medio ambiente.
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UNIDAD 1. FUNDAMENTOS LEGISLATIVOS 1.1. Objetivo Particular El participante interpretará el marco jurídico que fundamenta la relación obrero-patronal en la realización de actividades en atmósferas riesgosas.
1.2. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
La Constitución Política establece la relación que debe de existir entre el obrero y el patrón. Ar tíc ul o 1o . En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece. Artícul o 123. Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social de trabajo.
En el apartado A (Entre los obreros, jornaleros, empleados domésticos, artesanos y de una manera general, todo contrato de trabajo), fracciones que a continuación se describen, hacen referencia a: XIII.
Las empresas, cualquiera que sea su actividad, estarán obligadas a proporcionar a sus trabajadores, capacitación o adiestr amiento para el trabajo .
XIII. Los
empresarios serán responsables de los accidentes del trabajo y de las enfermedades profesionales de los trabajadores, sufridas con motivo o en ejercicio de la profesión o trabajo que ejecuten; por lo tanto, los patronos deberán pagar la indemnización correspondiente, según que haya traído como consecuencia la muerte o simplemente incapacidad temporal o permanente para
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trabajar, de acuerdo con lo que las leyes determinen. Esta responsabilidad subsistirá aún en el caso de que el patrón contrate el trabajo por un intermediario.
XIV. El patrón estará obligado a observar, de acuerdo con la naturaleza de su negociación, los preceptos legales sobre higiene y seguridad en las instalaciones de su establecimiento, y a adoptar las medidas adecuadas para prevenir accidentes en el uso de las máquinas, instrumentos y materiales de trabajo, así como a organizar de tal manera éste, que resulte la mayor garantía para la salud y la vida de los trabajadores, y del producto de la concepción, cuando se trate de mujeres embarazadas. Las leyes contendrán, al efecto, las sanciones procedentes en cada caso.
1.3. Ley Federal d el Trabajo
La Ley Federal del Trabajo en sus artículos hace referencia a: ARTÍCULO 132. Son obligaciones de los patrones: XV.- Proporcionar capacitación y adiestramiento a sus trabajadores, en los términos del Capítulo III Bis de este Título. XVI. Instalar y operar las fábricas, talleres, oficinas, locales y demás lugares en que deban ejecutarse las labores, de acuerdo con las disposiciones establecidas en el reglamento y las normas oficiales mexicanas en materia de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo, a efecto de prevenir accidentes y enfermedades laborales. Asimismo, deberán adoptar las medidas preventivas y correctivas que determine la autoridad laboral; XVIII. Fijar visiblemente y difundir en los lugares donde se preste el trabajo, las disposiciones conducentes de los reglamentos y las normas oficiales mexicanas en materia de seguridad, salud y 7
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medio ambiente de trabajo, ……; asimismo, se deberá difundir a los trabajadores la información sobre los riesgos y peligros a los que están expuestos;
1.4. Reglamento Federal de Seguridad Salud en el Trabajo. El Reglamento establece las medidas de seguridad e higiene que se deben de seguir en los centros de trabajo, en sus artículos:
Artíc ul o 1. El presente Reglamento es de orden público e interés social y de observancia general en todo el territorio nacional. Artíc ul o 2. Este Reglamento tiene por objeto establecer las disposiciones en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo que deberán observarse en los Centros de Trabajo, a efecto de contar con las condiciones que permitan prevenir Riesgos y, de esta manera, garantizar a los trabajadores el derecho a desempeñar sus actividades en entornos que aseguren su vida y salud, con base en lo que señala la Ley Federal del Trabajo. Capítulo Tercero Sujetos Obligados Artíc ul o 7. Son obligaciones de los patrones: I. Contar con un Diagnóstico de Seguridad y Salud en el Trabajo y los estudios y análisis de Riesgos requeridos por el presente Reglamento y las Normas, que forman parte del referido diagnóstico; II. Integrar un Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo, con base en el Diagnóstico de Seguridad y Salud en el Trabajo; III. Elaborar los programas específicos, manuales y procedimientos, que orienten la realización de las actividades y procesos laborales bajo condiciones seguras y de emergencia; IV. Ordenar la aplicación de exámenes médicos al Personal Ocupacionalmente Expuesto, requeridos por el presente Reglamento y las Normas;
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V. Capacitar y adiestrar a los trabajadores sobre la prevención de Riesgos y la atención a emergencias, de conformidad con las actividades que desarrollen; VI. Expedir las autorizaciones para la realización de actividades o trabajos peligrosos que prevén este Reglamento y las Normas específicas; Artíc ul o 8. Son obligaciones de los trabajadores: I. Observar las medidas preventivas de Seguridad y Salud en el Trabajo dispuestas en este Reglamento y las Normas, así como las que establezcan los patrones para la prevención de Riesgos; II. Designar a sus representantes para participar en la Comisión de Seguridad e Higiene; III. Dar aviso inmediato al patrón y a la Comisión de Seguridad e Higiene, sobre las Condiciones Inseguras que adviertan y de los Accidentes de Trabajo que ocurran, y colaborar en la investigación de los mismos; IV. Utilizar y conservar en buen estado el Equipo de Protección Personal proporcionado por el patrón; V. Cumplir con las Medidas de Control previstas por el patrón para prevenir Riesgos; VI. Operar en forma segura la maquinaria, equipo y herramientas que tengan asignados; VII. Mantener ordenados y limpios sus lugares de trabajo y áreas comunes; VIII. Desempeñar su trabajo de manera segura para evitar Riesgos; IX. Participar en las brigadas para la atención a emergencias, en su caso; X. Cumplir con someterse a los exámenes médicos que determinan el presente Reglamento y las Normas; XI. Participar en la capacitación y adiestramiento que, en materia de prevención de Riesgos y atención a emergencias, sean impartidos por el patrón o por las personas que éste designe, y XII. Las demás previstas en otras disposiciones jurídicas aplicables. TÍTULO TERCERO Disposic iones Generales, Organizacion ales y Especializadas para la Seguridad y Salud en el Trabajo Capítulo Primero Disposic iones Generales p ara la Seguri dad en el Trabajo I. II. III. IV.
Prevención y protección contra incendios; Manejo, transporte y almacenamiento de Sustancias Químicas Peligrosas; Trabajos en Espacios Confinados; Actividades de soldadura y corte:
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Artíc ul o 19. Para la prevención y protección contra incendios, los patrones deberán: I. Clasificar el Riesgo de incendio del Centro de Trabajo, de modo integral o por áreas específicas; II. Contar con los medios de detección y equipos contra incendio, así como con sistemas fijos de protección y alarmas de incendio, de conformidad con lo que señala la Norma respectiva; III. Establecer y dar seguimiento a un programa de revisión a extintores; IV. Establecer y dar seguimiento a un programa de revisión a los medios de detección y equipos contra incendio, al igual que los sistemas fijos de protección y alarmas de incendio; V. Establecer y dar seguimiento a un programa de revisión a las instalaciones eléctricas y de gas licuado de petróleo y natural; VI. Contar con la señalización pertinente en las áreas donde se produzcan, almacenen o manejen sustancias inflamables o explosivas; VII. Contar con instrucciones de seguridad para la prevención y protección de incendios al alcance de los trabajadores; VIII. Contar con un croquis, plano o mapa general del Centro de Trabajo, o por áreas que lo integran, que identifique al menos las principales áreas o zonas con Riesgo de incendio, la ubicación de los medios de detección de incendio y de los equipos y sistemas contra incendio, así como las rutas de evacuación; IX. Prohibir y evitar el bloqueo, daño, inutilización o uso inadecuado de los equipos y sistemas contra incendio, el Equipo de Protección Personal para la respuesta a emergencias, así como los señalamientos de evacuación, prevención y de equipos y sistemas contra incendio; X. Adoptar medidas de seguridad para prevenir la generación y acumulación de electricidad estática en las áreas donde se manejen sustancias inflamables o explosivas; XI. Contar con un plan de atención a emergencias de incendio; XII. Disponer de rutas de evacuación que cumplan con las medidas de seguridad dispuestas por la Norma de la especialidad; XIII. Contar con brigadas contra incendio en los Centros de Trabajo, cuando así lo exija la Norma aplicable; XIV. Desarrollar simulacros de emergencias de incendio; XV. Proporcionar el Equipo de Protección Personal a las brigadas contra incendio; XVI. Capacitar y adiestrar a los trabajadores y, en su caso, a los integrantes de las brigadas contra incendio, y XVII. Llevar los registros sobre los resultados de los programas de revisión y pruebas, así como de los simulacros de emergencias de incendio. Artíc ul o 22. Para el manejo, transporte y almacenamiento de Sustancias Químicas Peligrosas, los patrones deberán: I. Elaborar un análisis de Riesgos sobre las Sustancias Químicas Peligrosas que manejen, transporten o almacenen; II. Contar con procedimientos para su manejo, transporte y almacenamiento; III. Contar con un plan de atención a emergencias para casos de fuga, derrame, emanaciones o incendio; IV. Identificar los recipientes que las contengan y mantenerlos cerrados mientras no se utilizan; V. Almacenar las Sustancias Químicas Peligrosas en recipientes específicos, de materiales compatibles con la sustancia de que se trate; VI. Identificar las tuberías que conduzcan Sustancias Químicas Peligrosas, y contar con dispositivos que permitan interrumpir el flujo; 10
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VII. Disponer de zonas específicas para su almacenamiento; VIII. Contar con instalaciones de materiales resistentes al fuego en áreas donde su manejo, transporte o almacenamiento representa Riesgo de incendio o explosión; IX. Disponer de instalaciones, equipo o materiales para contener las Sustancias Químicas Peligrosas, que impidan su escurrimiento o dispersión, en el caso de derrame o fuga; X. Aislar las áreas destinadas para el almacenamiento de sustancias inflamables o explosivas de cualquier fuente de calor o ignición; XI. Realizar el trasvase de sustancias inflamables o explosivas con ventilación o aislamiento del proceso para evitar la presencia de atmósferas explosivas; XII. Proporcionar al Personal Ocupacionalmente Expuesto el Equipo de Protección Personal requerido; XIII. Prohibir el uso de herramientas, ropa, zapatos y objetos personales que puedan generar chispa, flama abierta o temperaturas que puedan provocar ignición; XIV. Contar con regaderas y lavaojos, neutralizadores e inhibidores, en las zonas de Riesgo para la atención a emergencias; XV. Disponer de regaderas, vestidores y casilleros, así como de servicio de limpieza de ropa, cuando el depósito de Sustancias Químicas Peligrosas en la piel o ropa de los trabajadores pueda representar un Riesgo a su salud; XVI. Contar con un manual de primeros auxilios para la atención a emergencias; XVII. Informar a los trabajadores sobre los Riesgos a los que están expuestos por su manejo, transporte y almacenamiento; XVIII. Proporcionar capacitación y adiestramiento a los trabajadores para su manejo, transporte y almacenamiento, y XIX. Llevar los registros sobre el mantenimiento preventivo y correctivo a los equipos donde se manejan, transportan y almacenan. Artíc ul o 25. Para la realización de trabajos en Espacios Confinados, los patrones deberán: I. Elaborar un análisis de Riesgos sobre las actividades por desarrollar; II. Contar con procedimientos de seguridad para las actividades a desarrollar y los equipos y herramientas por utilizar; III. Contar con procedimientos de muestreo para detectar atmósferas peligrosas o deficientes de oxígeno; IV. Disponer de un plan de trabajo específico; V. Disponer del plan de rescate para posibles trabajadores accidentados, que incluya el equipo respectivo; VI. Señalizar la entrada del Espacio Confinado; VII. Designar a un responsable de la supervisión de los trabajos que se ubicará en el exterior del Espacio Confinado; VIII. Contar con mecanismos de comunicación entre el personal que realiza las actividades en el Espacio Confinado y el personal supervisor; IX. Mantener una atmósfera respirable por medio de sistemas de ventilación natural o forzada, o utilizar Equipo de Protección Personal con línea de suministro de aire o de respiración autónomo; X. Utilizar instalaciones, herramientas y equipos eléctricos a prueba de explosión, en presencia de sustancias inflamables o explosivas; XI. Proveer iluminación al interior de los Espacios Confinados; XII. Proporcionar a los trabajadores el Equipo de Protección Personal requerido, de conformidad con el análisis de Riesgos; XIII. Proporcionar información y capacitación a los trabajadores que realizan estas actividades; 11
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XIV. Expedir autorizaciones por escrito para la realización de trabajos en Espacios Confinados, y XV. Llevar los registros del personal autorizado para su desarrollo; de su ingreso y salida de dichos espacios; sus tiempos de permanencia, y el muestreo continuo de la atmósfera. Artíc ul o 30. Para la realización de las actividades de soldadura y corte, los patrones deberán: I. Elaborar un análisis de Riesgos de las actividades por desarrollar; II. Elaborar un programa específico para su realización; III. Contar con procedimientos de seguridad para dichas actividades; IV. Colocar señales, avisos de seguridad o barreras de protección, cuando se realizan estas actividades; V. Colocar señales, avisos, candados o etiquetas de seguridad en las instalaciones eléctricas que proporcionen energía a los equipos; VI. Disponer de extintores con la capacidad y características necesarias, de acuerdo con el análisis de Riesgos; VII. Contar con ventilación natural o artificial, antes y durante su realización; VIII. Restringir el paso a las áreas en las que se efectúan dichas actividades; IX. Adoptar las medidas de seguridad específicas que prevé la Norma pertinente; X. Disponer del equipo y materiales para el rescate de trabajadores accidentados; XI. Proporcionar a los trabajadores el Equipo de Protección Personal, de conformidad con el análisis de Riesgos; XII. Informar a los trabajadores que realizan estas actividades sobre los Riesgos a los que están expuestos; XIII. Capacitar y adiestrar a los trabajadores que desarrollan estas actividades, así como a los que efectúan el mantenimiento preventivo al equipo y maquinaria utilizados; XIV. Expedir autorizaciones por escrito para su realización en altura, Espacios Confinados, sótanos, subterráneos, en presencia de sustancias inflamables o explosivas o en áreas no designadas específicamente para estas actividades, y XV. Llevar los registros del personal autorizado para ejecutar estos trabajos, así como los resultados de las revisiones a los equipos y elementos de seguridad.
1.5. Normas Oficiales Mexicanas En apego a las leyes y reglamentos se emiten las normas oficiales que establecen las condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo, como: Las Normas oficiales rigen en todo el territorio nacional y aplican en todos los centros de trabajo. NOM 005 STPS 1998 Título: NOM-005-STPS-1998, Condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo para el manejo, transpor te y almacenamiento de su stancias químicas peligros as.
Establecer las condiciones de seguridad e higiene para el manejo, transporte y almacenamiento de sustancias químicas peligrosas, para prevenir y prot eger la salud de los trabajadores y evitar daños al centro de trabajo , en la sección 9.9 y 9.10 inciso C. 12
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Sección 9.9. En las áreas donde por el tipo de actividad no exista exposición frecuente de los trabajadores a sustancias químicas peligrosas, se debe vigilar que la concentración de éstas en el medio ambiente laboral no generen una atmósfera explosiva . Cuando un trabajador tenga que entrar a una de estas áreas, se deben tomar medidas para controlar la exposición del trabajador. Sección 9.10 Para trabajos en espacios confinados, se debe cumplir con lo siguiente: Inciso C. Se debe monitorear constantemente el interior para verificar que la atmósfera cumpla con las condiciones siguientes:
Que el contenido de oxigeno esté entre 19.5% y 23.5%; en caso contrario se deben tomar las medidas pertinentes, tanto para el uso de equipo de protección respiratoria con suministro de aire, como para la realización de actividades en atmósferas no respirables; La concentración de gases o vapores infl amables no debe ser superior en ningún momento al 20% del valor d el límite inferior d e inflamabilid ad ; La concentración de sustancias químicas peligrosas no d ebe exceder lo s límites máximos permisibles de exposición establecidos en la NOM 010 STPS 2014, de lo contrario se deben aplicar las medidas de control establecidas en esa norma; Las lámparas que se utilicen para iluminar un espacio confinado, deben ser de uso rudo, a prueba de explos ión .
NOM 010 STPS 2014 Titul o: NOM-010-STPS-2014, Agentes quími cos contamin antes del ambi ente laboral Reconocimiento, evaluación y control
La norma establece lo siguiente: En cuanto a las Obligaciones del patrón (numeral 6). 6.- Obligaciones del patrón
Contar con el estudio actualizado de las sustancias químicas peligrosas Contar con el reconocimiento de los agentes químicos contaminantes del ambiente laboral; Colocar señalamientos de precaución, obligación y prohibición, según corresponda, en la entrada de las áreas donde exista exposición; Contar con la evaluación sobre la concentración de los agentes químicos contaminantes del ambiente laboral, llevada a cabo por un laboratorio de pruebas; Realizar el monitoreo biológico al personal ocupacionalmente expuesto Instaurar acciones de control para no exponer a los trabajadores a concentraciones superiores a los valores límite de exposición. Proporcionar al personal ocupacionalmente expuesto el equipo de protección personal específico al riesgo. 13
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Practicar exámenes médicos al personal ocupacionalmente expuesto como parte de la vigilancia a su salud. Informar a los trabajadores sobre los riesgos a la salud por la exposición a los agentes químicos contaminantes. Capacitar y adiestrar al personal ocupacionalmente expuesto. Llevarlos registros sobre el reconocimiento, evaluación y control efectuados y los exámenes médicos practicados. Hacer del conocimiento del personal ocupacionalmente expuesto el resultado de los exámenes médicos anuales que se le practiquen. Prohibir que los menores de 14 a 16 años y mujeres en período de gestación o lactancia, se expongan a agentes químicos contaminantes.
En cuanto a las Obligaciones de los trabajadores (numeral 7), se establece: 7.- Obligaciones de los trabajadores
Observar las medidas preventivas que determina la Norma, así como las que establezca el patrón Dar aviso inmediato al patrón y a la comisión de seguridad e higiene sobre las condiciones inseguras que adviertan y de los accidentes de trabajo que ocurran por el manejo de sustancias químicas; Utilizar y conservar en buen estado el equipo de protección personal proporcionado por el patrón. Cumplir con las medidas de control señaladas por el patrón para prevenir riesgos. Mantener ordenados y limpios sus lugares de trabajo y áreas comunes. Conducirse en el centro de trabajo en forma segura para evitar cualquier riesgo a la salud. Someterse a los exámenes médicos que el patrón les aplique, y Participar en la capacitación y adiestramiento que sean impartidos.
En cuanto al Reconocimiento (numeral 9), se estable: Reconocimiento
Es el proceso mediante el cual se identifican los agentes químicos contaminantes del ambiente laboral: a. El reconocimiento podrá ser realizado por el patrón o por un laboratorio de pruebas; b. La determinación de las sustancia(s) química(s) o mezclas por muestrear, se podrá realizar con base en: 1. La comparación de la concentración medida en el ambiente laboral (CMA), con su valor límite de exposición promedio ponderado en tiempo (VLE-PPT) o de corto tiempo, si cuenta con informes de resultados previos. 2. La cantidad de sustancia manejada, la clasificación del riesgo (Grado de Riesgo a la Salud o la Categoría de Peligro para la Salud) y la volatilidad de las sustancias químicas, si no cuenta con informes de resultados previos. c) La determinación de grupos de exposición homogénea por evaluar, se efectúa conforme a: 1. La(s) vía(s) de ingreso al organismo; 2. El número de personal ocupacionalmente expuesto, y 3. El tiempo de exposición, y d) El informe del reconocimiento del ambiente laboral deberá contener: 14
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1) 2) 3) 4) 5)
La identificación del centro de trabajo; La información sobre la(s) sustancia(s) química(s) o mezclas que se manejen; La identificación de las fuentes emisoras y características del área, proceso y puesto de trabajo; La determinación de la prioridad de la(s) sustancia(s) química(s) o mezclas por muestrear; La identificación de los grupos de exposición homogénea a los agentes químicos contaminantes del ambiente laboral; 6) La determinación de la prioridad de los grupos de exposición homogénea; 7) El personal ocupacionalmente expuesto a considerar para el muestreo, y La descripción de los controles administrativos y/o técnicos que, en su caso, existan. En el numeral 8.3 de la norma se establece Evaluación
Es el proceso por medio del cual se efectúa el muestreo, la determinación analítica de los agentes químicos contaminantes del ambiente laboral y la comparación de los resultados, de acuerdo con los valores límite de exposición, de conformidad con lo siguiente: a. La evaluación de la concentración de los agentes químicos contaminantes del ambiente laboral deberá ser realizada por un laboratorio de pruebas; b. El muestreo de los agentes químicos contaminantes del ambiente laboral, comprende: 1) Las características del equipo requerido para llevar a cabo el muestreo; 2) Las consideraciones generales para el muestreo de sustancias químicas, y 3) Las instrucciones para la conservación de la integridad de las muestras y cadena de custodia; c. El laboratorio de pruebas podrá aplicar cualquiera de los procedimientos o métodos de muestreo y determinación analítica emitidos por: 1) La Administración de Seguridad y Salud Ocupacional, de los Estados Unidos de Norteamérica, OSHA, por sus siglas en inglés; 2) El Instituto Nacional de Seguridad y Salud Ocupacional, de los Estados Unidos de Norteamérica, NIOSH, por sus siglas en inglés; 3) El Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, INSHT, del Ministerio del Trabajo de España; 4) El Ejecutivo de Seguridad y Salud del Reino Unido, HSE, por sus siglas en inglés, o 5) La Organización Internacional de Estandarización, ISO, por sus siglas en inglés; Ejemplo de sustancias peligrosas y Valores Límite de Exposición a Sustancias Químicas Contaminantes del Ambiente Laboral establecido por la NOM 010 STPS 2014.
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No. Sustancia Química
Sulfuro de hidrógeno
METANO Dióxido de Carbono
Alteración / Efecto a la Salud Irritación del tracto respiratorio superior; daño a sistema nervioso central Sensibilizante cardiaco; daño a sistema nervioso central Asfixia
PM
No. CAS
VLE
Connotación PPT
CT o P
5 ppm
34.08
7783-06-4
1 ppm
Variable
74-82-8
1000 ppm
44.01
124-38-9
5 000 ppm
30 000 ppm
Los valores límite de exposición promedio ponderado en el tiempo, de corto tiempo o pico (PPT y CT o PICO), así como la demás información contenida en la Tabla, no constituyen líneas efinidas de separación entre la concentración segura y peligrosa
NOM 027 STPS 2008 Título: NOM-027-STPS-2008, Act ivi dades de s old adura y cor te-Condi cio nes de segur idad e higiene.
La Norma establece en el numeral 5 y 6, lo siguiente: Obligaciones del patrón Capacitar y adiestrar al menos una vez por año a los trabajadores que desarrollan actividades de soldadura y corte, y al supervisor que vigila la aplicación de los procedimientos de seguridad, tomando como base los procedimientos de seguridad e higiene incluidos en el programa de soldadura y corte.
Establecer controles específicos para las actividades de soldadura y corte que se realicen en recipientes, espacios confinados o subterráneos y en donde existan polvos, gases o vapores inflamables o explosivos que representen peligro para los trabajadores Autorizar por escrito a los trabajadores que realicen actividades de soldadura y corte en áreas de riesgo como: áreas controladas con presencia de sus tancias inflamables o explo sivas , espacios confinados, alturas, sótanos, subterráneos, y aquéllas no designadas específicamente para estas actividades. Supervisar que las actividades de soldadura y corte en lugares peligrosos (alturas, espacios confinados, sótanos, subterráneos, áreas controladas con presencia de sustancias inflamables o explosivas , otros) se realicen en condiciones de seguridad e higiene. Contar con un procedimiento de rescate para alturas, sótanos, subterráneos, espacios confinados o en recipientes donde existan polvos, gases o vapores infl amables o explosivo s. 16
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Capacitar y adiestrar, al menos una vez por año , al personal asignado para realizar las actividades de rescate de trabajadores accidentados en alturas, subterráneos o espacios confinados. Obligacion es de los trabajadores
Participar en la capacitación proporcionada por el patrón. Desarrollar sus actividades de acuerdo a los procedimientos contenidos en el programa específico de seguridad e higiene, y a las condiciones de seguridad e higiene establecidas en esta Norma. Utilizar el equipo de protección personal de acuerdo a las instrucciones de uso y mantenimiento proporcionadas por el patrón. En la norma se describe lo siguiente, numeral 9. Requisitos del programa de actividades de soldadura y corte 9.2. Para todas aquellas áreas de trabajo, espacios confinados, subterráneos, procesos (provisionales o en caso de mantenimiento) o recipientes donde existan polvos, gases o vapores inflamables o explosivos que representen peligro para los trabajadores, el programa de actividades de soldadura y corte debe incluir además los siguientes procedimientos y controles específicos:
Procedimiento para detectar atmósferas explo sivas, irritantes o no respirables , cuando aplique;
Controles específicos para evitar atmós feras explos ivas o no respir ables , y
Procedimiento de rescate.
El numeral 10 , hace referencia a: Requisitos de los procedimientos de seguridad 10.5. Las actividades de soldadura y corte en espacios confinados deben contener las indicaciones para que: o
o
o
El supervisor evalúe el interior del espacio confinado antes de entrar, durante y al terminar la actividad de soldadura y corte, para verificar que el contenido d e oxígeno en el aire esté en el rango de 19.5% y 23.5%; Se evalúe la presencia de atmósferas explosivas a través de equipos de lectura directa; Se determinen los tipos de sustancias químicas almacenadas y aplique el procedimiento de descontaminación del espacio confinado; 17
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o
o
o
o
o
El trabajador cuente con la autorización por escrito del patrón antes de ingresar al área; El trabajador coloque tarjetas de seguridad que indiquen el bloqueo de energía de alimentación, maquinaria y equipo que se relacione con el recipiente y espacio confinado donde se realizará la actividad de soldadura o corte; Se proceda a ventilar y efectuar los monitoreos con equipos de lectura directa para corroborar los niveles de concentración de oxígeno en aire y la ausencia de una atmósfera explosiva , en caso de no alcanzar los niveles de oxígeno establecidos en el inciso a), se podrá utilizar el equipo de protección respiratoria con suministro de aire respirable; Se utilicen equipos de extracción local para la eliminación de gases, vapores y humos peligrosos; El responsable del mantenimiento compruebe que el sistema de ventilación artificial se encuentre en condiciones de funcionamiento y opere bajo un programa de mantenimiento;
Se coloquen fuera del espacio confinado los cilindros y las fuentes de poder; o
o
o
Se controle el tiempo de permanencia continua del trabajador dentro de un espacio confinado a una hora de trabajo continuo como máximo, con descansos mínimos de 15 minutos fuera del espacio confinado; Se eliminen o reduzcan al mínimo las atmósferas explosivas en los espacios confinados que hayan contenido líquidos inflamables u otro tipo de combustibles, antes de proceder a soldar o cortar; El supervisor vigile que se apliquen los procedimientos de seguridad establecidos, desde el ingreso del trabajador hasta el término de la operación;
NOM 033 STPS 2015. Título : Condici ones de Seguri dad para realizar trabajos en espacio s confi nados. Emitida el 31/ 08 / 2015 en el DOF. Objetivo
Establecer las condiciones de seguridad para proteger la integridad física y la vida de los trabajadores que realizan trabajos en espacios confinados, así como prevenir alteraciones a su salud.
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Obligaciones del patrón
Identificar los espacios confinados en donde se requiere el acceso del trabajador para realizar cualquier tipo de actividad. Clasificar el espacio confinado y contar con un análisis de riesgos previo al acceso de los trabajadores, realizado por personal capacitado específicamente para ello, que contemple, según aplique, los riesgos por atmósferas peligrosas, por agentes físicos o biológicos, así como los relativos a las actividades por desarrollar, de conformidad con lo que dispone el Capítulo 7 de la presente Norma. Contar con procedimientos de seguridad para: las actividades a desarrollar; el uso de equipos y herramientas, y el muestreo y monitoreo para detectar atmósferas peligrosas, con base en lo establecido en el Capítulo 8 de esta Norma. Disponer de un plan de trabajo específico para realizar trabajos en espacios confinados, conforme a lo que prevé el numeral 8.5 de la presente Norma. Expedir autorizaciones por escrito a los trabajadores, para la realización de trabajos en espacios confinados, conforme a lo que determina el numeral 8.6 de esta Norma. Adoptar las medidas de seguridad para realizar trabajos en espacios confinados, de acuerdo con lo determinado por el Capítulo 9 de esta Norma. Designar a un responsable de los trabajos en espacios confinados y, al menos, un vigía, que cumplan con lo que señalan los numerales 9.5 y 9.6 respectivamente, de la presente Norma. Proveer iluminación al interior de los espacios confinados, de conformidad con las actividades por desarrollar, que permita efectuar los trabajos en forma segura, mediante lámparas o equipo portátil y/o sistemas de iluminación. Proporcionar a los trabajadores el equipo de protección personal requerido, con base en la clasificación del espacio confinado, el análisis de riesgos, y la actividad por desarrollar, conforme a lo dispuesto por la NOM-017-STPS-2008, o las que la sustituyan. Disponer de un plan de atención a emergencias y rescate que contemple el rescate de posibles trabajadores accidentados, y que incluya el equipo necesario, de acuerdo con lo que establece el Capítulo 10 de esta Norma. Proporcionar información y capacitación a los trabajadores que realizan actividades en espacios confinados, de conformidad con el trabajo a desarrollar, su clasificación y el resultado del análisis de riesgos, con base en lo previsto por el Capítulo 11 de la presente Norma. Comprobar que los contratistas cumplan con lo señalado en la presente Norma, cuando el patrón convenga los servicios de terceros para realizar trabajos en espacios confinados. Llevar los registros del personal autorizado para el desarrollo de los trabajos en espacios confinados; de su ingreso y salida de dichos espacios; de sus tiempos de permanencia, y del muestreo y/o monitoreo de su atmósfera.
Obligaciones de los trabajadores
Observar las medidas de seguridad que dispone esta Norma, así como las que establezca el patrón para la prevención de riesgos en el desarrollo de trabajos en espacios confinados. Dar aviso de inmediato al patrón y/o a la comisión de seguridad e higiene sobre las condiciones inseguras que adviertan durante el desarrollo de sus actividades, así como de los accidentes de trabajo que ocurran. Utilizar y conservar en buen estado el equipo de protección personal proporcionado por el patrón. Realizar pruebas de ajuste, cuando utilicen como equipo de protección personal respiradores 19
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con línea de suministro de aire o equipo de respiración autónomo. Operar de modo seguro la maquinaria, equipo y herramientas que tengan asignados. Conducirse durante el desarrollo de los trabajos de manera segura para evitar riesgos. Participar en la capacitación, adiestramiento y eventos de información que proporcione el patrón. Informar al patrón sobre las afectaciones a su salud o sus posibles limitaciones para la realización de sus actividades en el espacio confinado.
Clasificación del espacio confinado y análisis d e riesgos
El trabajo en espacios confinados deberá evitarse preferentemente, sólo se deberá ingresar a su interior para realizar actividades en aquellos casos en los que se no se pueda realizar la actividad desde el exterior y, en todo caso, se deberá cumplir íntegramente con lo dispuesto por la presente Norma. Previo al inicio de los trabajos en el espacio confinado, se deberá realizar un muestreo para determinar la existencia o inexistencia de una atmósfera peligrosa, de acuerdo con lo establecido por el numeral 8.4 de la presente Norma. A partir de los resultados del muestreo a que se refiere el numeral 7.2, se deberán clasificar en Tipo I o Tipo II los espacios confinados, de conformidad con lo que prevé la Tabla 1 de esta Norma. Para realizar la clasificación de los espacios confinados se deberá tomar como referencia los valores límite de exposición determinados por la NOM-010-STPS-1999, o las que las sustituyan, así como la información de las hojas de datos de seguridad respectivas, con base en lo que señala la NOM-018-STPS-2000, o las que la sustituyan.
Para el propósito de la presente Norma, el espacio confinado deberá clasificarse en los tip os siguientes: Espacio confinado Tipo I: Aquél en el que no existe riesgo por deficiencia o enriquecimiento de oxígeno, ni atmósferas explosivas o inflamables, y en el que las concentraciones de sustancias químicas peligrosas son inferiores al nivel de acción. Se clasificará el espacio confinado en este tipo si se cumplen los tres criterios anteriores indicados en la Tabla 1, o
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Espacio confi nado Tipo II: Aquel que tiene el potencial de causar lesiones y/o enfermedades de trabajo, e incluso puede ser inmediatamente peligroso para la vida y la salud. En éstos se puede presentar una atmósfera peligrosa. Se clasificará el espacio confinado en este tipo si se cumple, al menos, uno de los criterios anteriores mostrados en la Tabla 1.
Para cada espacio confinado donde se desarrollen trabajos, y para cada trabajo por desarrollar en dichos espacios se deberá realizar un análisis de riesgos. El análisis de riesgos deberá considerar los casos en los que un espacio confinado clasificado inicialmente como Tipo I, puede convertirse en un espacio confinado Tipo II, como consecuencia de las actividades que en él se desarrollen. A partir del resultado del análisis de riesgos se deberán determinar las medidas de prevención y control aplicables a los riesgos detectados, las cuales deberán contemplar las medidas de seguridad establecidas en el Capítulo 9 de la presente Norma. Para desarrollar las actividades en los espacios confinados se deberá contar con procedimientos de seguridad, disponibles para los trabajadores involucrados en éstas, y actualizados, para:
Las actividades a desarrollar; El uso de equipos y herramientas, y El muestreo y monitoreo para detectar atmósferas peligrosas.
El muestreo y monitoreo para detectar atmósferas peligrosas en el espacio confinado deberán realizarse de acuerdo con un procedimiento, que incluya lo siguiente: El equipo de medición requerido para llevar a cabo el muestreo y monitoreo, que deberá cumplir las características siguientes:
Ser de lectura directa; Contar con alarma de peligro por la detección de una atmósfera peligrosa; Estar protegido contra emisiones electromagnéticas o interferencias de radiofrecuencia, y Ser a prueba de explosión o intrínsecamente seguro;
La calibración del equipo de medición de lectura directa de conformidad con las instrucciones o manuales del fabricante; Las pruebas de funcionamiento que deberán realizarse al equipo de medición de lectura directa, antes de su uso, a fin de comprobar su correcto desempeño, con base en las instrucciones del fabricante; La forma en que deberá tomarse la muestra inicial, desde el exterior del espacio confinado; La toma de muestras en varias zonas del espacio confinado, que incluyan, al menos, la parte superior, media y fondo del espacio confinado, a efecto de determinar lo siguiente:
El porcentaje de oxígeno; El porcentaje del límite inferior de inflamabilidad y/o explosividad, y
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Las concentraciones de contaminantes del ambiente laboral tóxicos, y El tiempo y frecuencia para realizar el muestreo mientras se realiza el trabajo, conforme lo determine el patrón, de acuerdo con el análisis de riesgos, para los espacios Tipo I, y el muestreo y monitoreo continuo tratándose de los espacios clasificados como Tipo II.
Capacitación
La información que se proporcione a los trabajadores deberá contemplar el resultado del análisis de riesgos de cada uno de los espacios confinados. A los trabajadores involucrados en la realización de actividades en espacios confinados se les deberá proporcionar capacitación, con énfasis en la prevención de riesgos, con base en el tipo de espacio confinado y las tareas asignadas, así como sobre el plan de atención a emergencias y rescate. La capacitación y adiestramiento proporcionados a los trabajadores deberá consistir en una instrucción teórica, entrenamiento práctico y evaluación de los conocimientos y habilidades adquiridos, y considerar lo siguiente:
El contenido de la presente Norma, con énfasis en la aplicación de las medidas de seguridad; Los peligros y riesgos presentes en el espacio confinado; Los riesgos derivados de las propiedades de las sustancias químicas presentes en el espacio confinado; Los efectos que pueden ocasionar la exposición a las sustancias químicas y los correspondientes peligros físicos y a la salud; La forma de trabajar en forma segura, los procedimientos de seguridad y las autorizaciones requeridas para desarrollar la actividad; La forma correcta de operar, revisar y resguardar, en su caso, los equipos de ventilación que se instalen o se utilicen para los trabajos en espacios confinados; El programa de protección respiratoria, en su caso; El uso del equipo de protección respiratoria, que incluya las limitaciones para su uso; El correcto uso del equipo de protección personal, conforme a lo que determina la NOM-017STPS-2008, o las que la sustituyan; El uso, manejo y lectura de equipo de medición personal, y La aplicación del plan de atención a emergencias y rescate, incluyendo la realización de simulacros sobre las posibles situaciones de emergencia que puedan presentarse, previstas en el análisis de riesgos.
De forma adicional a lo dispuesto en los numerales 11.2 y 11.3, al responsable y al vigía de los trabajos en espacios confinados, se les deberá capacitar, adiestrar y evaluar en los temas siguientes: El procedimiento para el muestreo de las concentraciones de la atmósfera del espacio confinado; La evaluación de las concentraciones obtenidas; Los casos en los que se deberán suspender las actividades, y Las acciones específicas que deberán desarrollar para la atención de emergencias y rescate.
A los trabajadores que sean miembros del equipo o brigada de rescate se les deberá capacitar de 22
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modo específico en el plan de atención a emergencias y rescate, con énfasis en el uso de equipo de protección personal y de rescate, así como en la aplicación de los procedimientos a que se refiere dicho plan. La capacitación y adiestramiento deberá reforzarse por lo menos una vez al año o antes cuando se presente cualquiera de las circunstancias siguientes: Se introduzcan herramientas, equipo nuevo o se modifiquen las condiciones del interior del espacio confinado; Haya ocurrido un incidente o accidente; Se evidencie una operación insegura del equipo, o Así lo sugiera la última evaluación aplicada a los trabajadores que realizan actividades en espacios confinados.
Los centros de trabajo deberán llevar el registro de la capacitación y adiestramiento que proporcionen a los trabajadores, el cual deberá contener, al menos, lo siguiente: El nombre y puesto de los trabajadores a los que se les proporcionó; La fecha en que se proporcionó la capacitación; Los temas impartidos, y El nombre del instructor y, tratándose de agentes capacitadores externos al centro de trabajo, el número de registro ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
1.6. Reglamento de Seguridad e Higiene de Petróleos Mexicanos
El Reglamento en su CAPITULO II (Medidas Generales Preventivas), siguientes artículos establece que: II. ARTICULO 19 . Cuando se esté expuesto al riesgo de substancias y gases tóxicos , debe usarse el equipo de protección respiratoria y demás equipo de seguridad complementario de acuerdo a las labores a desarrollar, previa comprobación de su correcto funcionamiento. II. ARTICULO 35 . Con objeto de evitar explosiones, al reparar tambores o recipientes de cualquier clase utilizando o aplicando calor, es obligatorio, destaparlos, vaciarlos, lavarlos, vaporizarlos y hacerles la prueba de explos ividad antes de iniciar el trabajo. II. ARTICULO 95 . El acceso al interior de los equipos de proceso, sólo se podrá efectuar con la autorización expresada del encargado de la unidad, a través de l “permiso de traba jo” instituido en el Centro de Trabajo; y bajo ninguna circunstancia, cuando existan mezclas explosivas en su interior o sin contar con la protección personal adecuada, cuando la atmosfera sea tóxica o irritante o se carezca de juntas ciegas. 23
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Además en el CAPITULO IV (Procedimientos Críticos), menciona que: IV. ARTICULO 34 . Antes de entrar al espacio confinado se deben realizar pruebas con equip o de monitoreo para determinar si existen las “condiciones aceptables de entrada ”, contar con una atmosfera interior ambientalmente segura de acuerdo a los parámetros permitidos por la normatividad vigente.
Las pruebas de la atmósf era en el espacio confinado deben de realizarse en el siguiente orden:
a) Contenido de oxígeno. b) Gases o vapores explosivos o inflamables (Explosividad). c) Gases o vapores tóxicos. En el CAPITULO XV (Transporte Marítimo), dice que: XV. ARTICULO 4 . Las embarcaciones empleadas para el transporte de petróleo y sus derivados, se deben considerar siempre con gases inflamables en los espacios cerrados, confinados y abiertos, a menos que hayan sido declarados “libres de gase s” y se cuente con un certificado emitido por el personal autorizado y capacitado. XV. ARTICULO 41 . Cuando los buque tanques, barcos, etc., van a ser objeto de alguna reparación o van a ejecutarse en ellos trabajos de mantenimiento en puerto, deben contar con los certificados “libres de gases ”, expedido por el personal autorizado y capacitado para ello. Estos certificados deben indicar claramente la condición particular de cada tanque o compartimiento, así como el tipo de trabajo que en cada uno de ellos puede llevarse a cabo. En particular, se indica en ellos a cuáles tanques o compartimientos existe libre acceso y en cuáles se puede llevar a cabo trabajos, en caliente. Se debe considerar siempre que el certificado “libre de gase s” indica las condiciones de los tanques en el momento que se expidió, pero no permite asegurar que esas condiciones subsistirán a menos de que se eliminen todas las causas de contaminación posibles.
Por último en el CAPITULO XXII (Mantenimiento y Talleres), establece que: XXII. ARTICULO 42 . Para poder efectuar trabajos en el interior de recipientes que hayan contenido hidrocarburos o productos corrosivos, éstos deberán estar aislados con juntas ciegas, haber sido vaciados, lavados, purgados, neutralizados y, si se requiere vaporizados, comprobando con las pruebas respectivas la ausencia de gases explosi vos, tóxic os o corrosivos . Deberá tramitarse en todos los casos la autorización del trabajo, mediante la orden o el permiso correspondiente.
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1.7 Anexo SSPA
En el ANEXO “SSPA ”, Establece las Obligaciones de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental de los proveedores o contratistas que realizan actividades en instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. III.- Requerimientos de Capacitación:
III.1. Contar con personal capacitado y adiestrado en materia de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental acorde con la naturaleza de los trabajos que realice por motivo del contrato. Esta capacitación debe contemplar de manera enunciativa más no limitativa los siguientes temas o cursos: Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental, Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo, Reglamento de Seguridad e Higiene de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios (en los apartados que aplique), Básico de Seguridad, Conceptos básicos y definiciones sobre planes de respuesta a emergencias, qué hacer durante una emergencia, Conceptos básicos sobre Protección Ambiental entre otros. V. REQUERIMIENTOS DE SEGURIDAD INDUSTRIAL V.18. Sistema de detección y alarma de gases
V.18.1. Cuando se ejecuten actividades que involucren gases o vapores tóxicos o inflamables (mezclas explosivas) en instalaciones de Petróleos Mexicanos u Organismos Subsidiarios, o donde exista posibilidad de encontrarlos por la clasificación del área donde se ejecuten los trabajos y puedan generar o representar una fuente de ignición, contar con detectores portátiles de esos gases para cada frente de trabajo y utilizarlos durante el desarrollo de dichas actividades. Su utilización debe realizarse por personal autorizado, quienes invariablemente deben haber acreditado el curso correspondiente, pudiendo ser éstos, técnicos o profesionistas integrantes de los frentes de trabajo de campo, es decir que no se requiere personal adicional por este concepto. En todos los casos, independientemente de la supervisión y pruebas que ejecute y realice el Proveedor o Contratista, Petróleos Mexicanos u Organismos Subsidiarios podrán verificar que éstas se ejecuten correctamente y podrán interrumpir los trabajos cuando las condiciones de seguridad u operativas así lo exijan sin responsabilidad para Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. V.18.2. Dotar a las plataformas marinas y embarcaciones que le arrienden a Petróleos Mexicanos u Organismos Subsidiarios, con un sistema de detección y alarma de gases contaminantes que puedan estar presentes en ellas, durante la vigencia del contrato, asegurándose que dicho sistema cumpla con las Normas NRF-184-PEMEX- 2007 “Sistema de gas y fuego: CEP (Controlador electrónico programable)”, NRF-205-PEMEX- 2008 “Sistema de gas y fuego: Tableros de seguridad” y NRF -210PEMEX-2011 “Sistema de gas y fuego: detección y alarmas”. V.18.3. Dotar con un sistema de detección y alarma de gas sulfhídrico a los equipos de perforación que le arrienden u operen a Petróleos Mexicanos u Organismos Subsidiarios en instalaciones terrestres donde se manejen hidrocarburos que contengan ese gas, asegurándose que dicho sistema cumpla con las Normas NRF-184-PEMEX- 2007 “Sistema de gas y fuego: CEP (Controlador electrónico programable)”, NRF-205-PEMEX- 2008 “Sistema de gas y fuego: Tableros de seguridad” y NRF -210PEMEX-2011 “Sistema de gas y fuego detección y alarmas”. 25
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V.12. Trabajos con riesgo
V.12.1. Al efectuar trabajos con riesgo potencial en las instalaciones de Petróleos Mexicanos u Organismos Subsidiarios, cumplir con los requerimientos indicados en el manual del Sistema de Permisos Para Trabajo, vigente en Petróleos Mexicanos, el cual debe solicitar impreso o en archivo electrónico a la firma del contrato. V.12.2. Antes de iniciar trabajos con riesgo potencial en instalaciones de Petróleos Mexicanos u Organismos Subsidiarios, tramitar el permiso de trabajo correspondiente cumpliendo con el Sistema de Permisos Para Trabajo con Riesgo vigente. V.12.3. Al tramitar el permiso de trabajo mencionado en el requerimiento anterior y de acuerdo al Análisis de Seguridad del Trabajo, indicar el equipo de protección personal especifico que se usará adicionalmente al “equipo de protección personal básico” estableci do en el requerimiento V.11. del presente Anexo, indicando recomendaciones al respecto. Dicho equipo adicional depende de las actividades a realizar, y pueden ser los que de manera enunciativa pero no limitativa se mencionan a continuación: ropa retardante a la flama, guantes de uso específico (para soldador, químicos, dieléctricos, antiderrapantes), protección auditiva (orejeras o tapones auditivos), equipo de protección para soldadores (peto, mangas, gorro, polainas, careta), equipo de protección respiratoria (mascarilla contra polvos, vapores orgánicos o ácidos, para humos de soldadura, equipo de protección respiratoria autónomo o sistema de aire tipo cascada), cinturón de seguridad con arnés tipo paracaídas con doble cable (1.80 mts.) de vida y aditamento de desaceleración, faja para soporte lumbar, bandolas y líneas de sujeción, así como equipos para protección de ojos. V.12.4. Responder por las consecuencias de cualquier accidente que ocasione por no cumplir con las indicaciones contenidas en el permiso de trabajo con riesgo potencial correspondiente, o por no contar con éste.
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UNIDAD 2. TEORIA DE L A COMBUSTION
2.1. Objetivo Partic ular El participante comprenderá el proceso de combustión de los materiales combustibles, sus componentes, la transferencia de la energía y la clasificación del fuego.
2.2. El Fuego y la Combusti ón Fuego
Se define como la oxidación rápida de los materiales combustibles con desprendimiento de luz y calor (NOM 002 STPS 2010). Este fenómeno consiste en una reacción química de transferencia electrónica, con una alta velocidad de reacción y con liberación de luz y calor.
Para que exista el fuego, necesariamente debe haber al menos tres elementos: Oxigeno, Combustible, y Energía (calor).
Combustión
Es la reacción exotérmica (liberación de energía) de un combustible con un oxidante llamado comburente; este fenómeno viene acompañado generalmente por una emisión lumínica en forma de llamas o incandescencias, con desprendimiento de productos volátiles o humos, y que puede dejar un residuo de cenizas.
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Tipos de Combustión: Incandecente (sin llama). Con llama.
Triángulo del fuego
Se le conoce así al proceso de combustión dado por la combinación adecuada de los tres elementos: Combustible, oxígeno y calor. Proceso conocido como combustión sin llama o incandescente (este se aprecia en la combustión que se realiza en un cigarrillo o en un pedazo de carbón).
Tetraedro del f uego
Es el proceso de combustión realizado por los tres elementos más un cuarto factor, la reacción en cadena.
La reacción en cadena se inicia en el momento que el oxígeno y el combustible frente al calor encienden la primera molécula que rodea al combustible, es más fácil iniciarse cuando mayor cantidad de gases o vapores desprende dicho combustible, ya que la primera molécula encenderá a la segunda y ésta a la tercera y así sucesivamente.
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A este proceso se le conoce como combustión con l lama.
2.3. Combustibles ¿Qué es un combustible?
Es todo aquel material susceptible de arder al mezclarse con un comburente (oxigeno) y ser sometido a una fuente de calor. Tipos de combustibles en cuanto a su estado físico: Sólidos
Madera, cartón, papel, plásticos y todo material que al entrar en combustión deja residuos de cenizas. Se clasifican de la siguiente forma:
Sólidos combustibles : son aquellos materiales que arden en estado sólido al combinarse con un comburente y entrar en contacto con una fuente de calor.
Sólidos inflamables : son aquellos materiales que desprenden vapores antes de los 37.8 °C, alcanzan fácilmente su temperatura de ignición y tienen una gran velocidad de propagación de llama (ejemplo: Azufre fundido (Nº ONU 2448), Azufre (Nº ONU 1350), Fósforo rojo o amorfo (Nº ONU 1338), Residuos de caucho). 29
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Líquidos
Aceite crudo, gasolina, diesel, alcohol o thinner. Se clasifican de la siguiente forma:
Líquido inflamable: es el líquido que tiene una temperatura de inflamación menor de 37.8ºC. Líquido combustible: es el líquido que tiene una temperatura de inflamación igual o mayor de 37.8°C.
Algunas de las características fisicoquímicas de los combustibles líquidos a considerar en el proceso de combustión son: Punto de inflamación oC - 18
Límites de explosividad (% Aire)
2.6 - 12.8
Temperatura de Auto ignic ió n oC 335
33
1.1 6.0
232
Alcohol etílico
18.2
1.0 - 19.0
423
Benceno
- 11
1.4 - 71.0
560
Diesel
38
0.6 - 7.5
257
Gasolina
- 43
1.4 - 7.6
285
Thinner
43
1 - 13.3
229
Tolueno
4.4
1.2 - 7.0
480
Combustibles líquidos
Acetona Aguarrás comercial
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Punto o Temperatura de inflamación (flash point)
Es la temperatura a la cual los materiales substancias inician su desprendimiento de vapores.
o
Límites de inflamabilidad o explosividad
Son los límites extremos de concentración de un combustible dentro de un medio oxidante, donde una vez iniciadas las llamas podrán mantenerse y propagarse fácilmente.
Los límites de inflamabilidad de un gas o vapor mezclados con el aire, están dentro de ciertas concentraciones en volumen en las cuales ocurre el flamazo o cuando puede propagarse éste si la mezcla es puesta a ignición.
L.E.L: Límite Inferior de Explosividad U.E.L: Límite Superior de Explosividad
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Temperatura de Ignición (Autoignition Point)
Es la temperatura mínima requerida para que una sustancia o material pueda encender y continúe quemándose.
Clasificación de Líquidos Inflamables y Combu stibl es. Líquidos inflamables: Clase IA Líquidos con temperatura de inflamación inferior a 22.8 °C, cuya temperatura de ebullición sea menor a 37.8 °C. Clase IB Líquidos con temperatura de inflamación inferior a 22.8 °C, pero cuya temperatura de ebullición sea mayor o igual a 37.8 °C. Clase IC Líquidos con temperatura de inflamación entre 22.8 y 37.8 °C. Líquidos combustibles: Clase II Líquidos con temperatura de inflamación igual o mayor a 37.8 °C, pero menor a 60 °C. Clase III A Líquidos con temperatura de inflamación igual o mayor a 60 °C, pero menor a 93 °C. Clase III B Líquidos con temperatura de inflamación de 93 °C y mayores.
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Gases
Gas LP, acetileno, metano, propano, butano, etc. Son todos aquellos materiales que en condiciones normales de presión y temperatura no tienen volumen ni forma definida, adoptando la forma del recipiente que los contenga, alcanzan fácilmente su temperatura de ignición y tienen una gran velocidad de propagación de llama. Las características fisicoquímicas de los gases a considerar en el proceso de combustión son:
Temperatura de Auto ig ni ci ón (o C)
Límites de explosividad (% Aire)
Acetileno
305
2.5 - 82
Butano
430
1.9 - 8.5
Gas natural
537
5 - 15
Metano
580
5.3 - 15
Monóxido de carbono
651
12.5 - 74
Propano Sulfuro de hidrógeno (ácido sulfhídrico)
540
2.1 - 9.5
260
4.3 - 46
Gases
Límites de explos ividad
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2.4. El oxígeno Es un gas incoloro e inodoro, no inflamable pero que promueve y acelera extremadamente la combustión. En la atmósfera tenemos en promedio un 78% de Nitrógeno, 21% de Oxígeno y 1% de otros gases. Cuando la concentración de oxígeno se eleva por arriba del 23.5 % se vuelve extremadamente peligroso con la presencia de materiales combustibles pues existe el riesgo de desencadenar reacciones violentas o explosiones. Para que se produzca la combustión es necesaria la presencia de una proporción mínima de oxígeno, por regla general va de un 15% hasta en casos extremos de un 5%. El fuego o la combustión con llama requieren de una atmósfera de por lo menos 16% de oxígeno .
La combustión incandescente requiere de por los menos el 4 % de oxígeno para que se dé el proceso.
2.5. El calor Calor
Se define como la transferencia de energía de una parte a otra de un cuerpo, o entre diferentes 34
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cuerpos, en virtud de una diferencia de temperatura. El calor es energía en tránsito; siempre fluye de una zona de mayor temperatura a una zona de menor temperatura, con lo que eleva la temperatura de la segunda y reduce la de la primera, siempre que el volumen de los cuerpos se mantenga constante. La energía no fluye desde un objeto de temperatura baja a un objeto de temperatura alta si no se realiza un trabajo. La transferencia del calor se da por: Conducción
Es el transporte de calor a través de una sustancia y tiene lugar cuando se ponen en contacto dos objetos a diferentes temperaturas. El calor fluye desde el objeto que está a mayor temperatura hasta el que la tiene menor. La conducción continúa hasta que los dos objetos alcanzan la misma temperatura (equilibrio térmico). La conductividad térmica del cobre por ejemplo, es de 0.85 cal/cm más no por esto podemos dejar de pensar en un muro de tabique de barro o cemento ya que también son capaces de conducir el calor. Radiación
El calor se transfiere a través del espacio por ondas calóricas que viajan en línea recta en todas direcciones. Es un método de transferencia de calor que no precisa de contacto entre la fuente de calor y el receptor. Los rayos de calor por radiación, viajan en forma directa y en todas direcciones y no son alterados por el aire.
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Convección
El calor se transfiere por líquidos y gases calentados que al ser más liviano que el aire tienden a elevarse. La convección tiene lugar cuando áreas de fluido caliente (de menor densidad) ascienden hacia las regiones de fluido frío. Por ejemplo, los gases producto de una combustión por ser más ligeros que el aire, tienden a elevarse y entre mayor y más caliente sea un incendio, más rápido y más calientes ascenderán.
Lo que sucede es que los gases en su ascenso incrementaron la temperatura de materiales combustibles hasta el grado de hacerlos estallar en llamas.
2.6. Fuentes de Ignició n y Clasificació n del Fuego Existe una gran diversidad de fuentes de ignición en las diferentes áreas de trabajo, y estarán en función de la naturaleza de los procesos que ahí se generen, así mismo dependerá del tipo de combustible que se encuentre presente para ser una fuente potencial de ignición. Por ejemplo, un cigarrillo genera una temperatura de 230°C, mismos que no tendrían efecto alguno con la presencia de gasolina, ya que esta tiene una temperatura de ignición de 279°C. Algunas fuentes de ignición de los incendios pueden ser los siguientes:
Electricidad: 23%.
El fumar: 18%.
Fricción: 10%.
Recalentamiento de materiales: 8%.
Superficies calientes: 7%.
Llamas de quemadores: 7%.
Chispas de la combustión: 5%.
Ignición espontánea: 4%.
Cortes y soldadura: 4%.
Exposición: 3%.
Incendios premeditados: 3%.
Chispas mecánicas: 2%.
36
VERIFICADOR DE GAS
Fricción: 10%.
Sustancias derretidas: 2%.
Acción química: 1%.
Chispas estáticas: 1%.
Rayos: 1%.
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VERIFICADOR DE GAS
UNIDAD 3. MONITOREO DE GASES EN EL SITIO DEL TRABAJO Partic ular 3.1. Objetivo Partic
El participante entenderá la importancia del monitoreo de gases en los sitios de trabajo donde el personal realiza sus tareas.
3.2. Gases Inflamables Gas inflamable
Es aquel que tiene un rango inflamable con el aire a 20 ºC y presión de referencia de 101.3 kPa (NOM-002-STPS-2010). Se considera gas inflamable, a cualquier gas que pueda arder en condiciones normales de oxígeno en el aire. La combustión de los gases inflamables infl amables en el aire está est á sujeta a las mismas condiciones que los vapores de los líquidos inflamables; es decir, cualquier gas inflamable, entrará en combustión sólo dentro de ciertos límites de composición de la mezcla de Gas-Aire (limites de inflamabilidad) y a una cierta temperatura necesaria para iniciar la reacción (temperatura de ignición). Aunque los vapores de los líquidos inflamables y los gases inflamables muestran idénticas características de combustión, el término Punto de Inflamación, prácticamente no tiene significado en lo que se refiere a los gases. Un ejemplo, serían, el butano, etano, pentano, propano, hidrógeno, Acetileno, etc., que son gases, que arden, no son respirables, y que pueden formar mezclas explosivas con el aire. Recomendacio nes en la medici ón d e gases gases 3.3. Recomendacio
Para realizar la medición medic ión del contenido de gases en el aire, es importante conocer las propiedades fisicoquímicas de los mismos, para esto definiremos los siguientes conceptos.
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VERIFICADOR DE GAS
Densidad Específica del Vapor
Es la relación r elación que existe exis te entre el peso del vapor de un combustible y el peso del aire, dándole siempre si empre al aire el valor de 1 con una presión y temperatura ambiente normal. Cuando el vapor de cualquier cua lquier combustible tenga una densidad de vapor mayor de 1, es más pesado que el aire y se mantendrá siempre en la parte inferior. La densidad del vapor de los líquidos inflamables y combustibles es: Líquidos
Gasolina Diesel Acetona Butanol Eter etilico Etanol Metanol Propanol
Densidades Líquido Vapor 0.75 3.40 1.00 3.75 0.79 2.00 0.80 2.55 0.71 2.59 0.79 2.59 0.79 1.10 0.80 2.07
La densidad del vapor de los gases inflamables es: Gases
Acetileno Ácido Sulfhídrico Amoniaco Butano Gas LP Monóxido de carbono Hidrogeno Metano Propano
Densidades del Vapor
0.90 1.19 0.60 2.01 1.50 0.96 0.07 0.55 1.56 39
VERIFICADOR DE GAS
Grado de difusión
Indica la tendencia de un gas o vapor para dispersarse en otro o mezclarse con otro gas o vapor. La volatilidad es la tendencia de un líquido a evaporarse.
Líquidos tales como el alcohol y la gasolina, debido a su conocida tendencia a evaporarse rápidamente, son llamados líquidos volátiles.
Desplazamiento de oxígeno
Gases Tóxicos 3.4. Monitoreo d e Gases
El monitoreo de gases peligrosos o tóxicos para calidad del aire en el área de trabajo se debe realizar como com o medida de prevención de incidentes y efectos efec tos para la salud sal ud humana. El monitoreo se basa en determinar la concentración de gases tóxicos en el aire ambiente de: • Monóxido de carbono (CO). • Ácido sulfhídrico (H 2S).
La concentración de gases se debe dar en partes por millón (ppm) o mg/m 3.
3.4.1. Monóxido d e Carbon Carbon o ¿Qué es el monóxido de carbono?
El monóxido de carbono (CO) es un gas que no se puede ver ni oler, pero que puede causar la muerte cuando se le respira en niveles elevados. El CO se produce cuando se queman materiales combustibles como gas, gasolina, kerosene, carbón, petróleo o madera. Combustible que utilizan los equipos de combustión interna.
Carbono-Oxigeno
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VERIFICADOR DE GAS
El envenenamiento con monóxido de carbono puede ser fatal
Si se respira en niveles elevados (1900 ppm), el CO puede causar la muerte por envenenamiento en pocos minutos. La clave para evitar el envenenamiento con monóxido de carbono es la prevención y una medición de CO en los sitios de trabajo, sobre todo áreas donde se tienen operando los equipos de combustión interna o en espacios confinados. Conozca los síntomas del envenenamiento con monóxido de carbono
Debido a que muchos de los síntomas del envenenamiento con CO son similares a los de la gripe, a los del envenenamiento con alimentos descompuestos y a los de otras enfermedades, es importante aprender a reconocerlos para tomar medidas inmediatas si estos síntomas se observan. Síntomas:
A niveles moderados, el CO puede causar dolores de cabeza, mareos, confusión mental, náusea o desmayos, pero puede causar la muerte si estos niveles, aunque moderados, se respiran durante mucho tiempo. A bajos niveles, el CO puede causar falta de aliento, náuseas y mareos ligeros y puede afectar la salud después de un tiempo.
En la tabla siguiente se presenta la dosis tóxica del CO y sus síntomas.
Concentración estim ada de CO
Menor que 35 ppm (humo de cigarros) 50 ppm 100 ppm
% Carboxihemoglobina en la sangre 5
10 20
200 ppm
30
300 –500 ppm
40-50
800-1200 ppm 1900 ppm
60-70 80
Síntomas
Ninguno, o moderado dolor cabeza Ligero dolor de cabeza Palpipante dolor de cabeza, disnea con moderado esfuerzo. Severo dolor de cabeza, irritabilidad, fatiga, ofuscamiento de la visión. Dolor de cabeza, taquicardia, confusión, letargia, colapso. Coma, convulsiones Rápidamente fatal 41
VERIFICADOR DE GAS
¿Qué hacer si hay síntomas de envenenamiento con CO?
Si usted cree que usted o alguien tiene síntomas de envenenamiento con CO:
Ir inmediatamente a un lugar donde pueda RESPIRAR AIRE FRESCO.
Realizar el CAB, si presenta problemas cardio-respiratorios.
Evitar la absorción – sacar al paciente del sitio del accidente.
Ventilar el lugar.
Aportar Oxígeno al 100% con mascarilla (si el paciente esta conciente).
Intubar y ventilar con Oxígeno al 100% (si el paciente esta inconciente)
Trasladar al paciente al hospital.
El envenenamiento con CO solo puede diagnosticarse con una prueba en laboratorio de Carboxi hemoglob ina en la sangre hecha inmediatamente después de haber estado expuesto a él. Detectores de CO
La medición de CO en el ambiente de trabajo se debe realizar con específicos para este fin.
detectores
3.4.2. Gas Sulfhídric o El ácido sulfhídrico ( H2S) es un gas inflamable, incoloro con un olor característico a huevos podridos. Se le conoce comúnmente como ácido hidrosulfúrico o gas de alcantarilla y sulfuro de hidrógeno. El gas sulfhídrico está compuesto por dos moléculas de hidrogeno y una de azufre, se forma por la descomposición de la materia orgánica, es por eso que lo podemos encontrar en la naturaleza y la industria petrolera. El ácido sulfhídrico ocurre naturalmente en el petróleo crudo, gas natural, gases volcánicos y manantiales de aguas termales.
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VERIFICADOR DE GAS
También puede ocurrir como resultado de la degradación bacteriana de materia orgánica y encontrarse en lagunas y pantanos. Es, además, producto de los desperdicios de animales y humanos. Los nombres más comunes del ácido sulfhídrico son:
Ácido sulfhídrico.
Sulfuro de hidrógeno.
Gas amargo.
Gas hepático.
Gas sulfhídrico.
Sulfuro hídrico.
Gas de alcantarillas.
Ráfaga mal oliente.
Asesino silencioso.
H2S.
Existen diferentes maneras de reconocer el gas sulfhídrico, una de ellas es por su principal característica de olor a huevo podrido aunque en bajas concentraciones. Sin embargo no se confíe al sentido del olfato, debido a que:
La gente solo puede detectar su olor a niveles bajos.
Es altamente tóxico y en altas concentraciones es mortal.
A una exposición continúa su habilidad de detectarlo por el olfato se pierde, al igual que a una concentración de 100 ppm en adelante. Otros olores químicos pueden enmascarar o esconder el olor.
43
VERIFICADOR DE GAS
Nunca intente reconocer el H 2S por medio del olfato. Utilice un detector especializado para ello.
Propiedades y Características
A continuación se listan las propiedades y características principales del gas ácido sulfhídrico:
El riesgo principal al respirarlo es la muerte por inhalación. Cuando se inhala el gas y la cantidad absorbida dentro de la sangre excede la que con facilidad puede ser oxidada por nuestro cuerpo, resulta un envenenamiento sistémico, con una acción general en el sistema nervioso, en ese momento se dificulta el respirar y en corto tiempo se puede presentar una parálisis respiratoria inmediata. Podría ocurrir muerte por asfixia a menos que la persona expuesta sea trasladada inmediatamente al aire fresco y que sea estimulada su respiración por una técnica de salvamento. El gas sulfhídrico es soluble en agua, aceite y en la mayoría de los líquidos orgánicos, pero cuando la temperatura aumenta o si es agitado, la solubilidad disminuye y las concentraciones altas del gas sulfhídrico son liberadas. El gas sulfhídrico reacciona violentamente con los oxidantes fuertes, óxidos de metales, peróxido, álcalis fuertes, metales activos, y algunos plásticos y hules. Es corrosivo, forma espontáneamente subproductos inflamables de sulfuro de fierro. En su estado gaseoso es más pesado que el aire., se encuentra frecuentemente en las partes bajas como en el fondo de tanques y tuberías. El gas sulfhídrico es un gas incoloro, y transparente. Es inflamable, los vapores pueden viajar considerables distancias hacia una fuente de ignición y retornar en flama. En concentraciones bajas huele como a "huevos podridos". El sentido del olfato se pierde después de 2-15 minutos de exposición que lo hacen imposible de detectar por la nariz y se vuelve muy peligroso
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VERIFICADOR DE GAS
Es un gas asfixiante, tóxico, venenoso y altamente mortal. Cinco a seis veces más tóxico que el Monóxido de Carbono. El Cianuro de Hidrógeno (HCN) es superior en un segundo al H 2S. El H2S forma una mezcla explosiva con el aire en concentraciones entre 4.3 % (Límite de inflamabilidad inferior) y 46 % (Límite de inflamabilidad superior) por volumen. La temperatura de autoignición del H 2S es de 260 °C. El H2S se quema con una flama azul y produce Dióxido de azufre (SO 2), el cual es menos tóxico que el H 2S, pero irritante para los ojos y pulmones y puede causar serios daños. En casos extremos, se puede desarrollar neumonía química (edema pulmonar) en unas cuantas horas. Produce irritación a los ojos, garganta y sistema respiratorio. Valor Umbral Límite / Tiempo Promedio Ponderado (TLV / TWA-ACGIH) en un máximo de 8 horas de exposición sin protección respiratoria, 10 ppm. Límite de Exposición Permisible /Tiempo Promedio Ponderado (PEL / TWA-OSHA) en un máximo de 8 horas de exposición sin protección respiratoria -20 ppm (OSHA está haciendo cumplir 10 ppm bajo la cláusula de Obligación General 5(a)1). Es soluble en agua y líquidos hidrocarburos. El H 2S se disuelve en agua formando un ácido débil hidrosulfuroso.
En la tabla siguiente se presenta la dosis tóxica del H2S y sus síntomas.
Concentración estimada de H2S
Síntomas
18 - 25 ppm
Irritación en los ojos
75 -150 ppm
Por algunas horas, irritación respiratoria y en los ojos
170 - 300 ppm
Por una hora, irritación marcada
400 - 600 ppm
Por media hora, inconciente, muerte
1000 ppm
Fatal en minutos 45
VERIFICADOR DE GAS
¿Cómo entra y sale del cuerpo el ácido sulfhídrico?
El ácido sulfhídrico entra a su cuerpo principalmente a través del aire que respira. Cantidades mucho más bajas pueden entrar a través de la piel. El ácido sulfhídrico es un gas, de manera que es improbable que usted se exponga por ingestión de esta sustancia. Cuando usted respira aire que contiene ácido sulfhídrico o cuando el ácido sulfhídrico hace contacto con la piel, pasa a la corriente sanguínea y es distribuido a través de todo el cuerpo. En el cuerpo, el ácido sulfhídrico es transformado principalmente a sulfato y es eliminado en la orina. El ácido sulfhídrico es eliminado del cuerpo rápidamente. ¿Qué hacer si hay síntomas de intoxicación con H2S?
Mover a la víctima a un lugar bien ventilado. Evaluar CAB, y proporcionar rehabilitación cardiopulmonar. Si la víctima está consciente, sentarlo y mantenerlo en reposo, ya que puede presentar congestión pulmonar o convulsiones.
3.5. Monitoreo d e la Concentr ación d e Oxígeno En las áreas de trabajo se debe monitorear la concentración de oxígeno en el aire ambiente, sobre todo en áreas cerradas y espacios confinados. Peligros
En un espacio confinado hay una cantidad dada de oxígeno, la respiración hace que aumente el dióxido de carbono. Cuando disminuye el oxígeno a menos de 19.5% la atmósfera está deficiente de oxígeno y pone en peligro la vida de los ocupantes perdiendo la conciencia y muriendo.
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VERIFICADOR DE GAS
Los valores preestablecidos de alarma, en un equipo de medición, se pueden activar de dos maneras diferentes:
Enriquecida - Concentración de oxígeno > 20,8 %.
Deficiente - Concentración de oxígeno > 19,5 %.
Si bien el instrumento puede detectar hasta el 25 % de oxígeno en el aire ambiente, éste se aprueba para un uso de hasta 21 % de contenido de oxígeno solamente. Deficiencia de Oxígeno
La deficiencia de Oxígeno es el primer peligro en los espacios confinados.
Valor Mínimo de exposición regulado por OSHA es de 19.5 %
Nivel Máximo de seguridad es 23.5 %
Efectos del Oxigeno
Los efectos del oxígeno sobre el ser humano pueden ser los siguientes, esto en porcentaje de Oxígeno en Aire:
A 16 % se empieza desorientar.
Entre 8-12 % se pierde el conocimiento.
Menos de 8 % puede causar la muerte.
3.6. Monitoreo de Gases Inflamables El monitoreo de gases inflamables debe realizarse en la ejecución de actividades con riesgo que involucren trabajos considerados como calientes y en áreas clasificadas como Clase I División I y II (lugar donde se generen, procesen o almacenen gases inflamables). Riesgos
El fuego y explosiones son peligros serios en espacios confinados.
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VERIFICADOR DE GAS
Gases inflamables o vapores pueden estar presentes en los sitios de trabajo o medio ambiente. Los gases pueden incendiarse por equipo eléctrico defectuoso, electricidad estática, chispas, flama abierta, y equipos no intrinsecamente seguros.
El instrumento debe monitorear las concentraciones en el aire ambiente de:
Metano. Gases combustibles e inflamables (Hidrocarburos).
El instrumento debe mostrar la concentración de gas en % LEL o % CH4. Nivel de Inflamabilidad de Gases •
Verifique el nivel de concentración de gases inflamables, el cual no debe superar de 20 % del límite inferior inflamabilidad.
En la siguiente tabla se muestra una comparación de la toxicidad de varios gases. Fórmula Química
Gravedad Específica Aire (1.0)
Cianuro de Hidrógeno
HCN
0.94
10 ppm
150 ppm / 1 hr
300 ppm
Ácido Sulfhídrico
H2S
1.18
20 ppm
250 ppm / 1 hr
700 ppm
Anhídrido Sulfuroso
SO2
2.21
5 ppm
Cloro
Cl2
2.45
1 ppm
4 ppm / 1 hr
1000 ppm
Monóxido de Carbono
CO
0.97
50 ppm
400 ppm / 1 hr
10,000 ppm
CO2
1.52
5000 ppm
Nombre Común
Bióxido de Carbono
Límite de Concentración 1
Límite de Concentración 2
Concentración letal 3
1000 ppm
5%
10 %
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1. Límite, concentración a la cual se cree quedarán expuestos todos los trabajadores en repetidas ocasiones, día tras día, sin sufrir efectos adversos., 2. Peligroso Concentración que puede ocasionar la muerte., 3. Letal, concentración que ocasionará la muerte con una exposición de corta duración. Valores límite de concentración mínima
a) TLV: Valores Límite de Concentración Mínima (Threshold Limit Values) se usan al hacer referencia a las concentraciones contenidas en el aire de ciertas substancias para describir situaciones en las que casi todos los trabajadores pueden quedar repetidamente expuestos sin sufrir efectos adversos.
b) TLV –TWA: Valores Límite de Concentración Mínima; Promedios en Relación al Tiempo (Time Weighted Averages): se usan al buscar concentraciones promedio para un día normal de trabajo de 8 horas o de una semana de trabajo de 40 horas en que casi todos los trabajadores puedan quedar expuestos repetidamente sin sufrir efectos adversos. En algunos casos será posible calcular una concentración promedio para una semana de trabajo en vez de hacerlo para un día de trabajo.
c)
d)
Valor Límite de Concentración Mínima; Límite de Exposición de Corta Duración (Short Time Exposure Limit): se usa al calcular la máxima concentración a la cual puede quedar expuesto un trabajador continuamente por un período de hasta 15 minutos sin sufrir efectos adversos que pudiesen ocasionar la propensión a los accidentes, o disminuir su capacidad de auto-salvamento, etc.
TLV – STEL:
TLV- C:
Tope del Valor Límite de Concentración Mínima (Threshold Limit Value Ceiling): se usa cuando no debe de excederse la concentración ni siquiera por un instante.
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UNIDAD 4. EQUIPOS DE MEDICION DE GASES Y VAPORES
4.1. Objetivo Partic ular El Participante tendrá la oportunidad de conocer los equipos de medición de gases que se utilizan en las pruebas de gases en atmosferas peligrosas.
4.2. Equipos Colorimétricos Los detectores más comunes utilizados para detectar agentes inorgánicos son los tubos de indicación colorimétrica. El tubo de indicación colorimétrica es un tubo de vidrio lleno de un químico indicador. El tubo detector para un gas específico está conectado a una bomba que succiona un volumen conocido de aire contaminado pasándolo por el tubo. Al pasar el contaminante por el tubo, reacciona con el químico indicador causando un cambio de color. La extensión del cambio de color puede ser usada para determinar la concentración del contaminante. Por razón de la variación de reacciones químicas con diferentes agentes químicos, un tubo específico debe ser usado para detectar la concentración de un contaminante conocido. Algunas veces estos tubos incluirán un filtro para remover los contaminantes a reaccionar con el contaminante para así transformarlos a un compuesto que reaccionará con el químico indicador. Usos y Limitaciones de Tubos Colorimétricos
1. La mayor desventaja de tubos colorimétricos es su pobre exactitud. El Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo ( “NIOSH” de E.U.) certificó que la exactitud de los mismos es de más (+) o menos ( –) 35% en concentraciones del 50%
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VERIFICADOR DE GAS
2. 3. 4. 5. 6.
del nivel de la concentración máxima permisible y más (+) o menos ( –) 25% a niveles de 1 a 5 veces el límite permisible. Existen contaminantes del aire que interferirán con la detección de varias substancias peligrosas. El químico sellado en los tubos se deteriora con el pasar del tiempo. Este tiempo de deterioro es indicado en el equipo como período efectivo de almacenamiento o “Shelf Life.” Éste varía de 1 a 3 años. La temperatura puede afectar su lectura porque ésta afectará la reacción química. Por dicha razón, todo tubo almacenado en refrigeradores debe ser cuidadosamente retornado a la temperatura ambiental (sin aplicación de calor). Sin un filtro, la humedad puede afectar la lectura. El período de tiempo necesario para conducir una prueba puede ser de hasta unos 30 minutos por razón del volumen de aire que debe ser succionado por algunos tubos.
4.3. Indicador de Oxigeno La información de la concentración de oxígeno en el aire es necesaria por varias razones que incluyen:
El riesgo de combustión en atmósferas ricas en oxígeno (arriba del 23.5%);
La operación de otros instrumentos puede depender en la cantidad suficiente de oxígeno; y
Una disminución de la concentración de oxígeno puede indicar la presencia de otros contaminantes.
La concentración mínima de oxígeno en el aire permitida por la Norma Oficial Mexicana NOM 010 STPS 1999 es de 19%, bajo presión normal (equivalente a una presión parcial de 135 mm Hg). Atmósferas con deficiencia de oxígeno pueden formarse en áreas sin ventilación o pueden resultar de variaciones del terreno donde se acumulan vapores de un peso mayor que el aire.
La concentración normal de oxígeno en el aire es de 20.9%. Generalmente, si el contenido de oxígeno disminuye por debajo del 19.5%, se considera extremadamente peligroso para lo cual es necesaria una especial protección respiratoria.
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La mayoría de los aparatos indicadores poseen contadores que indican la concentración de oxígeno de 0% a 25 o 30%. Uso y Limitaciones de Sensores de Oxígeno
Sensores de oxígeno:
No son sensitivos a otros gases. Detectan y miden solamente concentraciones de oxígeno en el aire. Su lectura no es influenciada por la presencia de otros gases ni la humedad. Los sensores electroquímicos no son afectados manera significativa por las diferencias de presión. La temperatura puede indicadores de oxígeno.
afectar
la reacción
de
de los
El alcance normal de operación es entre los 0 oC y 49 oC. Entre –18 oC y 0 oC la reacción de la unidad es más lenta. Por debajo de -18 0C el sensor puede dañarse por congelamiento de la solución.
Algunos contaminantes (como el dióxido de carbono) pueden acortar la vida del sensor de oxígeno. El período de uso efectivo en una atmósfera normal puede extenderse de una semana a un año, dependiendo del diseño del fabricante. Algunos contaminantes pueden limitar su efectividad o destruir los sensores, como:
Agentes químicos altamente oxidantes como el ozono y el cloro, pueden aumentar la lectura e indicar contenidos altos o normales de oxígeno cuando el verdadero contenido es normal o bajo. Partículas metálicas pueden cubrir los sensores, perjudicando su funcionamiento. Agentes corrosivos pueden deteriorar el catalizador y el sensor, afectando la exactitud de la lectura obtenida.
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4.4. Indicador de Gas Combustibl e (Explosim etro) Combustibilidad
El instrumento más común de detección de combustibles es el Indicador de Gas Combustible (“CGI”), el cual es algunas veces llamado explosímetro. Los “CGI” miden la concentración de un vapor o gas inflamable en el aire indicando el resultado como un porcentaje del límite de explosión inferior ( “LEL”), no el porcentaje de gas o vapor en el aire. El “LEL” de un gas o vapor combustible es la mínima concentración del material en el aire, al cual propagará una flama en contacto con una fuente de ignición. El límite máximo de concentración del material en el aire, al cual propagará una flama en contacto con una fuente de ignición es llamado límite de explosión superior ( “UEL”). Por encima del “UEL,” la mezcla no encenderá. Por debajo de l “LEL,” dicha mezcla tampoco no encenderá. Los límites de vapores de hid rocarbu ros so n 1% a 8%.
Sugerencias para la Calibración:
a) El medidor de oxígeno debe ser calibrado lo más cerca posible al área donde el instrumento será usado.
b) Si no está seguro de la concentración de gas en el área: use una botella de gas de Grado Cero para nivelar a cero y calibrar el oxígeno, y use un gas apropiado de calibración para los otros sensores del instrumento.
Por ejemplo, si el medidor indica 0.5 (o 50%, dependiendo en la lectura) indica la presencia del 50% de la concentración de gas combustible necesaria para alcanzar al límite de inflamabilidad (explosión) inferior. La lectura de un medidor típico señala el porcentaje del “LEL.” Si una concentración es mayor que el límite inferior ( “LEL”) y menor que el límite superior (“UEL”), la aguja del medidor indicará mas allá del nivel 1.0 (100%). Esto indica
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que la atmósfera del ambiente ha alcanzado niveles combustibles. Cuando la atmósfera contiene una concentración de gas por encima del límite superior ( ”UEL”), la lectura del medidor podrá elevarse por encima del nivel 1.0 (100%) para luego volver a cero. (Algunos modelos nuevos “CGI” o los más caros, se mantienen al nivel 1.0 (100%) hasta aclararse completamente.).
Uso y Limitaciones de Medidores de Gas Combustible
Unidades portátiles “CGI” deben ser inspeccionadas y calibradas en sitio de acuerdo a las indicaciones del fabricante antes de su uso en cada turno. Si la temperatura a la cual el instrumento se calibra a nivel cero difiere de la temperatura usada como ejemplo, la exactitud de la lectura será inexacta. Temperaturas más altas elevan la temperatura del filamento y producen una lectura más elevada que la presente. Temperaturas más bajas reducirán el nivel de la lectura. Calibre y nivele a cero el instrumento a la temperatura del muestreo. Estos instrumentos son apropiados solamente para su uso en atmósferas normales de oxígeno.
Las atmósferas con deficiencia de oxígeno producirán lecturas más bajas. El monitor de gases múltiples descrito en este procedimiento requiere un mínimo de 10% de oxígeno por volumen en el aire para obtener una lectura confiable. Siempre hay que medir primero el nivel de oxígeno, porque los dispositivos de seguridad de un “CGI” para prevenir que una fuente combustible cause la ignición de una atmósfera inflamable
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no están diseñados para operar en una atmósfera rica en oxígeno (más que 23.5% oxígeno) y puede resultar en un fuego o explosión. Use un indicador de gas combustible solamente en una atmosfera que contiene un porcentaje normal de oxígeno. Ciertos contaminantes, llamados “venenos” o “inhibidores ,” pueden cubrir o corroer y ensuciar el filamento de un “CGI.”
Un veneno es una sustancia que se adhiere al elemento catalítico causando daño permanente a una porción o a todo el aislador. Un inhibidor es una sustancia que se adherirá a un elemento catalítico causando que el aislador se desensibilice. Un sensor que ha sido expuesto a un veneno se deteriora sin poder recuperarse. Venenos de “CGI” incluyen compuestos de silicona en estado curativo. Un veneno acortará la vida de un sensor de gas combustible. Un sensor de gas combustible que ha sido expuesto a un inhibidor puede recuperarse parcialmente de dicha exposición.
La exposición a inhibidores puede afectar el plazo de vida del sensor.
Se puede estimular su recuperación calibrándolo con gas pentano.
Algunos ejemplos de inhibidores incluyen:
Compuestos halogenados, que contienen ingredientes: astatino, bromo, cloro, flúor o yodo;
uno o más
de los siguientes
Compuestos de azufre; y
Plomo tetraetilo (orgánico) - como por ejemplo en vapores de gasolina.
La calibración es la única manera de determinar si un sensor de gas combustible ha perdido sensibilidad y si debe ser reemplazado.
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VERIFICADOR DE GAS
Si usted cree que el indicador de gas combustible ha sido expuesto a un veneno o inhibidor., ¡ Haga calibrar el instrumento!
4.5. Fotoionizador Estos instrumentos detectan concentraciones de gases y vapores en el aire por medio de la utilización de una fuente de luz ultravioleta para ionizar el contaminante en el aire. Tan pronto como se ionice el gas o vapor, puede detectar y medirlo. Para poder usar un detector de fotoionización, el potencial de ionización del agente químico en cuestión debe ser conocido. El potencial de la lámpara en la sonda sensor del monitor debe ser más alta que el potencial de ionización del químico a ser detectado y medido. El potencial de las lámparas varía de 8.3 eV a 11.8 eV. Algunos químicos comunes y sus grados de ionización son: QUÍMICO Cianuro de Hidrógeno
POTENCIAL DE IONIZACIÓN 13.9
Metano
13.0
Oxígeno
12.1
Cloro
11.5
Propano
11.1
Amoníaco Benceno
Amino Trietilo
10.1 9.2 7.5
Usos y Limitaciones de Detectores de Fotoionización
La habilidad de detectar un químico depende en la habilidad de ionizar aquel químico. Para que el nivel del potencial de ionización de un agente químico pueda ser detectado, el mismo debe ser comparado a la energía generada por la lámpara ultravioleta (UV) del instrumento.
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Como puede apreciar en la tabla anterior, algunos químicos poseen un potencial de ionización más fuerte que el de lámparas disponibles; Por tal razón, no pueden ser detectados con un PID. El polvo de la atmósfera puede acumularse en la lámpara, bloqueando la transmisión de luz ultravioleta (UV), así causando una reducción en la lectura del instrumento. Este problema será detectado durante la calibración y deberá ser corregido simplemente limpiando la lámpara. La Humedad en la atmósfera puede causar dos problemas. La humedad puede condensarse en la lámpara reduciendo así la cantidad disponible de luz, o puede reducir la ionización de químicos causando una reducción en la lectura. La edad de la lámpara afectará la lectura, cuanto más vieja es la lampara, la intensidad disminuira más. Este problema será detectado durante la calibración y puede ser compensada. Como otros detectores, Los PID son calibrados para un agente químico específico. Su reacción a otros químicos puede variar, no obstante esta reacción es constante para cada agente químico. Usted puede compensar dicha variación usando una tabla de reacción relativa.
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UNIDAD 5. CARACTERISTICAS DE LOS EQUIPOS UTILIZADOS
5.1. Objetivo Partic ular El participante comprenderá las características de los equipos de medición de gases en atmósferas peligrosas.
5.2. Alarm as Perso nal es Los equipos emplean el mismo sensor y la misma tecnología de detección.
Pruebas funcionales de la alarma por gas del cilindro para calibración – diariamente.
Calibración mensualmente.
Abertura al sensor – mientras este en uso. Se puede cubrir o bloquear abertura por cualquier cosa. Lecturas elevadas por encima del alcance máximo (indicada como: “+ OR”) del gas combustible puede indicar una concentración explosiva. Compuestos de silicona pueden desensibilizar el detector de gas combustible, causando lecturas erróneas bajas. Siempre recalibre el instrumento antes de usarlo de nuevo.
Mantenimiento de los equipos
Monitor personal el que tiene una vida útil de 2 años de uso continúo. Se recomienda comprobar mensualmente el funcionamiento por “bump test” o prueba de funcionamiento.
Resistente al agua.
Material de acero inoxidable.
Batería de nickel cadmium.
Tiempo de recarga de la batería, 10 hrs.
Vida útil de la batería de nickel cadmium es de 500 ciclos de carga.
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5.3. Explosímetros EXPLOSÍMETRO MSA MODELO 2 A (Para detectar mezclas explosivas). Intrínsecamente seguro para usarse de acuerdo al código NEC Clase I, División 1, Grupo D e ignífugo para usarse en (localizaciones peligrosas), clase I, División 2, Grupos A, B, C, y D, conforme a la definición del Código Nacional Eléctrico cuando se usa con 6 (seis) baterías D de carbón de Zinc. El explosímetro modelo 2 A es un instrumento con el cual puede muestrearse rápida y convenientemente una atmósfera que puede contener gases y vapores inflamables. Depende para su operación del calor desarrollado por la combustión real de la porción inflamable de la atmósfera muestreada. Las pruebas se hacen con el instrumento succionando una muestra de la atmósfera a ser probada sobre el filamento catalítico el cual forma parte de un circuito eléctrico balanceado. La corriente para este circuito es proporcionada por seis baterías de tipo para lámpara. Los combustibles en la muestra son quemados en el filamento el cual eleva su temperatura e incrementa su resistencia en proporción a la concentración del combustible en la muestra. El desbalance resultante del circuito eléctrico causa una deflexión de la aguja medidora la cual indica sobre la escala la concentración de gases o vapores combustibles en la muestra. Esta escala es graduada en por ciento del límite inferior de explosividad (o inflamabilidad). Dos lamparillas tamaño “chícharo”, integradas a la caja del medidor, iluminan la carátula del medidor. El efecto de la iluminación depende de la oscuridad del área en la cual es usado el instrumento. Estas lámparas iluminan en tanto el instrumento este encendido (ON).
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Se requiere de dos tipos de detección, uno para el equipo y otro para el personal. El circuito del puente eléctrico del instrumento está diseñado de manera que su balance está establecido a la temperatura apropiada de operación del filamento detector. El balance del circuito y la corriente del detector se ajustan simultáneamente mediante el ajuste de un solo reóstato. La relación apropiada entre estos dos factores se mantiene mediante una lámpara de balastra especial en el circuito. Para el equipo sensores: Deberán ser colocados en las áreas para una supervisión automática del ambiente. Se ajustan para encender una alarma visual (amarilla) al detectar 10 ppm y otra (roja) para encender a las 20 ppm, simultáneamente se activara la alarma audible. Se deberán instalar a un nivel bajo, cerca de 30 cm del nivel de piso. Se deberán proteger de la acción del agua, lodos y grasas. NOTA: No corte la acción del sensor deliberadamente al someterlo a altas concentraciones de H2S. En la figura se muestra un diagrama esquemático del circuito eléctrico y el sistema de flujo. La muestra es conducida a través de la cámara del filtro al interior de la cámara de combustión del instrumento, mediante un bulbo aspirador. Entrando a través del arresta flamas de la entrada, la muestra golpea una placa, se difunde a través de la cámara de combustión, entra en contacto con el filamento del detector, y sale a través del arresta flamas de salida.
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Unidad detectora
El filamento detector del exposímetro Modelo 2 A está hecho de platino. La vida de la unidad detectora depende grandemente de las concentraciones de los gases probados. Cuando la mayoría de las muestras probadas contienen no más del 50% del límite inferior de explosividad un filamento detector servirá para varios miles de pruebas. Cuando frecuentemente se encuentran mayores concentraciones, especialmente sobre el límite inferior de explosividad (hasta 100% en la escala del exposímetro), la vida de la unidad detectora se acortará. Si la aguja del medidor indicador se mueve a la extrema derecha de la escala cuando el instrumento es encendido (ON) y no puede ajustarse a CERO, el filamento del detector puede estar dañado y deberá reemplazarse. Aplicaciones especiales de muestreo: Insertos de dilución. Los insertos de dilución están disponibles para estimar ó comparar concentraciones de gases combustibles que excedan el límite inferior de explosividad (100% LEL en la lectura del medidor del instrumento) o cuando la muestra de la atmósfera es deficiente en oxígeno (menos del 10% de oxígeno). Por ejemplo, estos insertos pueden usarse cuando se hacen pruebas en agujeros barrenados en el suelo adyacente a la fuga en una tubería de gas enterrados o cuando se sigue la purga de un recipiente cerrado que ha contenido gases inflamables ó vapores. Los insertos de dilución los hay en relaciones 1 a 1, 10 a 1, y 20 a 1. Están diseñados para proporcionar 1 volumen de muestra en 2, 10 y 20 volúmenes de la mezcla diluida respectivamente. El inserto de dilución debe conectarse entre la entrada de la muestra del instrumento y la línea de muestreo. Para determinar la concentración aproximada de gas combustible en la atmósfera muestreada, la lectura del medidor debe multiplicarse por los siguientes factores:
Inserto de dilución 1 a 1: Multiplicar la lectura del medidor por 2. Inserto de dilución 10 a 1: Multiplicar la lectura del medidor por 10. Inserto de dilución 20 a 1: Multiplicar la lectura del medidor por 20.
Varillas para muestreo en agujeros
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En algunas ocasiones donde se han perforado agujeros para localizar fugas en líneas de tubería, pudieran encontrarse un grupo de agujeros, conteniendo gas puro. Esta condición generalmente ocurre próxima a una fuga grande. Es de esperarse que la presión del gas sea mayor en el agujero barrenado próximo a la fuga. El instrumento puede usarse para localizar la posición de la fuga utilizando la presión de este agujero barrenado. Esto se hace observando el tiempo requerido para que esta fuerza fuerce el gas a través de la línea de muestreo del instrumento. Se requiere un tubo de prueba equipado con tapón para sellar el agujero barrenado en el cual se inserta. El siguiente procedimiento de prueba deberá seguirse. Aspire aire fresco a través del Exposímetro Modelo 2 A luego desatornille el cople de la perilla aspiradora. Esto quita el orifico regulador del flujo del instrumento. Ajuste el reóstato hasta que el medidor apunte a “cero”. El tubo probador se inserta ahora en el agujero perforado y sellado con el tapón. Observe el tiempo en que se hace esto. La presión desarrollada en el agujero perforado forzará el gas a través de la línea de muestreo al instrumento. Esto se indicará mediante la subida de la aguja medidora conforme el gas alcanza la cámara detectora. Determine el tiempo requerido para que el gas pase a través de la línea de prueba. El agujero que muestre el menor tiempo tendrá la mayor presión. Cuando la deflexión hacia arriba de la aguja medidora se inicia, apague el instrumento, instale la perilla aspiradora y barra la línea de prueba para la siguiente prueba.
5.4. Detectores multi -gases Detector Gases múltiple TMX-412.
Es el modelo del detector de gases múltiple usado por la UNP en los equipos de perforación y mantenimiento a pozos, mediante los cuales se puede determinar el grado de calidad de la atmosfera en cierto espacio, a través de cuatro
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sensores instalados en el equipo: Sensor de oxigeno, mediante el cual se apoyan el resto de los sensores para establecer sus lecturas, este determina el porcentaje de oxígeno presente en la zona del monitoreo. El Oxígeno es medido en porcentaje por volumen de aire y varía de 0 a 30% en incrementos de 0.1%. Una alarma “ba ja” (un corto pitido en intervalos de 1.2 segundos acompañado de un destello intermitente de luces indicadoras) sonará continuamente si la atmósfera no tiene suficiente oxígeno (inmediatamente peligrosa a la vida o a la salud). Una alarma “alta” (un tono de alta frecuencia con trinos acompañado de un destello intermitente de luces indicadores) sonará continuamente si la atmósfera es rica en oxígeno (peligro de incendio). Sensor de LEL (Limite Explosivo Mínimo), Los limites de inflamabilidad de vapores de hidrocarburos son 1% a 8%. El nivel bajo y el nivel alto de alarma por porcentaje d e “LEL” pueden ser ajustados por una persona adiestrada pero, dichas alarmas sonarán usualmente a niveles de 10% de “LEL” y 20% de “LEL” respectivamente. Sensor de monóxido de carbono, El alcance de las medidas de los sensores para monóxido de carbono varía de 0 a 999 partes por millón (PPM) en incrementos de 1 PPM, la cual equivale a la variación de 0 a casi 0.1% del contaminante por volumen en el aire. Sensor de gas sulfhídrico H 2S, varía de 0 a 999 partes por millón (PPM) en incrementos de 1 PPM, la cual equivale a la variación de 0 a casi 0.1% del contaminante por volumen en el aire. Detector de Gas Múltiple ITX
El Monitor para Gases Múltiples ITX es el instrumento portátil de detección de gas más versátil de la industria. Diseñado para crecer junto con usted a medida que cambian sus necesidades de monitoreo, el ITX puede abarcar desde ser una unidad de gas sencillo hasta un monitor de seis gases, o cualquier aparato en medio de este rango, con unos cuantos cambios de configuración de usuarios y de sensores. Con la avanzada
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tecnología de sensor “inteligente ”, el ITX es capaz de reconocer y configurar una amplia colección de sensores intercambiables, reemplazables en el sitio. Los beneficios agregados incluyen una resolución de 50 ppm para hidrocarburos, LEL y protección suplementaria de sensor de metano, además de un sensor de amoníaco de cuatro electrodos para una mayor estabilidad. Uso y limitaciones de los equipos Encendido y Apagado
Presione y sostenga el interruptor de mode aproximadamente 5 segundos, la pantalla mostrara la palabra hold (sostener) y el instrumento emitirá un “beep” corto, cada segundo. Continúe sosteniendo el interruptor de mode, hasta que muestre la palabra reléase (libere), después entra en un proceso de precalentamiento reconociendo los sensores instalados. Operación
El TMX 412 ofrece diferentes modos de operación, para acceder las diferentes posibilidades. Para recorrer los modos de operación, presione y suelte el interruptor mode. Lectura de medición: Este es el modo normal de operación. La lectura actual de todos los sensores es desplegada así como la indicación gráfica de estado de carga de la batería durante todo el tiempo que este encendido el detector. Los modos de operación se accesarán en la siguiente secuencia: Calibración
La calibración resultara mas exacta, si se hace después de encender el instrumento por lo menos una hora. Para realizar la calibración debe utilizarse un cilindro con gases múltiples conteniendo concentraciones de sulfuro de hidrogeno, pentano y monóxido de carbono. Nota: La calibración será realizada por personal autorizado.
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Definiciones básicas
Alarm a baja: Cuando el monitor detecta una concentración de gas que llega al valor de la alarmas de baja (ver tabla 6 ), el instrumento emitirá un “beep” corto cada segundos. Los led ’s rojos de alarma, la luz de la pantalla y la lectura del gas que esta alarmando también parpadeara. Alarm a al ta : Cuando el monitor detecta una concentración de gas, que llega al valor de alarma de alta (ver tabla 6), el instrumento emitirá un tono dual de alarma. Igual que en la condición de alarma de baja, los cuatro led ’s rojos y la luz de la pantalla parpadearan simultáneamente, con el valor del gas desplegado.
Indicación +OR (sobre rango): si la concentración de gas en el Ambiente excede el límite superior del rango del sensor es indicado por un +OR en el sensor afectado. Con la excepción del gas combustible, todos los demás +OR se borraran automáticamente, cuando la concentración del gas vuelva a estar dentro del valor del rango correcto en la pantalla. Cuando el TMX-412 detecta gas combustible en exceso de 100% LEL, la alarma de alta se candadea (es decir no se borra) y se observa en la pantalla un +OR, en lugar de la lectura normal. El suministro de energía se quita automáticamente del sensor de gas combustible para prevenir que se queme o dañe el sensor. Para quitar la alarma de +OR de gas combustible se procederá de la siguiente manera: • Salga del área peligrosa inmediatamente • Apague el instrumento • Encienda el instrumento en un área con aire limpio
Advertencia batería baja: El TMX-412 emitirá un beep corto una vez cada 15 segundos, para indicar la condición de batería baja.
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Recomendaciones:
• Evitar cambios bruscos de temperatura. • Evitar le caiga impurezas ya que puede obstruir el filtro y protege los sensores. • Evitar golpes. • Evitar que se moje. • Encienda el instrumento en un área con aire limpio. EJERCICIO
Se realizará un ejercicio de campo tomando las siguientes recomendaciones para el personal participante. Precauciones para la persona que hará las pruebas: EPP Protección ocular/facial:
Se recomiendan gafas de seguridad, una careta para evitar el contacto con los ojos (dependerá del lugar donde se hará la prueba de gas). Protección de la piel:
Se debe usar ropa protectora tal como uniformes, overoles, batas de seguridad, guantes. Protección del aparato respiratorio:
Cuando las concentraciones de sulfuro de hidrógeno (H 2S) se desconozcan o sean de 10 ppm o mayores (tal como: carga, descarga, limpieza de grandes derrames o al entrar a espacios encerrados, rescate de personal, utilice protección respiratoria con suministro de aire: (aprobado por NIOSH/MSHA). los respiradores deben estar equipados con reguladores de demanda de presión. si se utilizan unidades de aerolínea, también debe portarse un cilindro de egreso de 5 minutos. debido a la peligrosidad de las atmósferas contaminadas por sustancias toxicas, nunca debe usarse, para el H 2S, máscaras contra gases ni otros respiradores con purificación de aire.
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Ventilación:
Adecuada para satisfacer los límites de exposición. Para las Pruebas atmosféricas se recomienda el siguiente orden.
Verifique la concentración de oxígeno.
Al menos 19.5% y no más del 23.5%.
Verifique la concentración de mezclas inflamables.
Menos de 10% del LEL.
Verifique la concentración de gases tóxicos.
H2S (10 ppm) como máximo.
Monóxido de carbono (menos de 35 ppm). Si los límites son excedidos, todo el personal saldrá del espacio y no se permitirá el acceso hasta que las condiciones vuelvan a estar en los límites de seguridad permitidos. Las pruebas Atmosféricas serán realizadas:
Antes de cada entrada cuando el espacio está vacante(libre).
Después de periodos de ventilación de 10 minutos (si la ventilación es necesaria);
Al menos cada hora para espacios confinados que requieren permiso.
Con mayor frecuencia, si las condiciones cambian rápidamente o si en la autorización es requerido.
Recomendaciones Generales
Calibre el detector antes de usarlo por primera vez y luego hágalo periódicamente, según el uso y la exposición del sensor a venenos y contaminantes. Los sensores se deben calibrar regularmente y por lo menos una vez cada 180 días (6 meses). Sólo se debe realizar la calibración en un área segura y libre de gases peligrosos.
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El sensor de gases combustibles viene calibrado de fábrica para 50% LEL de metano. Si se realiza un control de un gas combustible con límites de % LEL diferentes, se debe calibrar el sensor con el gas correspondiente. Únicamente la parte que corresponde a la detección de gas combustible del instrumento ha sido evaluada en cuanto su desempeño por CSA International. Proteja el sensor de combustible contra la exposición a compuestos de plomo, silicones e hidrocarburos clorados . Aunque ciertos vapores orgánicos (como, por ejemplo, la gasolina con plomo y los hidrocarburos halogenados) pueden inhibir temporalmente el desempeño del sensor, en la mayoría de los casos el sensor se recupera luego de la calibración. Se recomienda verificar el sensor de gas combustible con una concentración de gas de calibración conocida después de cualquier exposición a elementos contaminantes o perjudiciales para el sensor como, por ejemplo, compuestos de azufre, vapores de si lici o, compuestos halogenados , etc. Precaución: Las lecturas altas que superen los límites de la escala pueden indicar la presencia de una concentración explosiva. Se recomienda realizar una prueba de respuesta de los sensores antes del uso diario para confirmar su capacidad para responder al gas exponiendo el detector a una concentración de gas que supere los valores de activación de la alarma. Verifique manualmente que las alarmas sonoras y visuales estén activadas. Ejecute la calibración si las lecturas no se encuentran dentro de los límites especificados. Cualquier lectura que aumente rápidamente en la escala, seguida de una lectura declinante o errática, puede indicar una concentración de gas por encima del límite superior de la escala, lo cual puede ser peligroso. Los equipos son usados únicamente en atmósferas potencialmente explosivas donde las concentraciones de oxígeno no superen el 20.9% (v/v). La exposición prolongada de los equipos a determinadas concentraciones de gases combustibles y aire puede agotar el elemento del detector, lo que puede afectar seriamente su desempeño. Si se produce una alarma debido a una alta concentración de gases combustibles , se debe realizar una recalibración o, si es necesario, cambiar el sensor.
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Modelos
Detector Multigas Altair X4
Explosímetro QRAE II
Explosímetro Gas Alert
Altair H 2S
Explosímetro EXP 200
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UNIDAD 6. SISTEMA DE PERMISOS PARA TRAB AJOS CON RIESGO 6.1. Objetivo Partic ular El participante conocerá lo que estable el Sistema de Permisos para Trabajos con Riesgo para la medición de los gases, rol y responsabilidades del verificador de gas.
6.2. El Sistema de Permisos para Trabajos con Riesgo El potencial de daños de los incidentes serios y menores en las operaciones de la industria petrolera hace esencial la existencia de sistemas de trabajos seguros para su prevención. El Sistema de Permisos para Trabajo con Riesgos (SPPTR), está diseñado como un “Sistema de Trabajo Segu ro”. Un Permiso para Trabajo con Riesgo (PPTR) no es simplemente una solicitud para realizar una tarea riesgosa, es una parte esencial de un sistema que determina cómo puede realizarse la tarea en forma segura. La autorización al personal para desempeñar sus roles de trabajo dentro del SPPTR implica para cada uno responsabilidades y tareas claramente definidas. Este personal es la Máxima Autoridad de la Instalación la Autoridad de Área (Marinas), Operador / Encargado del Área (Terrestre), Autoridad de Área en sitio (Marina), Ing. Electricista / Supervisor Eléctrico UPMP, el Coordinador de Permisos, el Solicitante de Permisos, y el Supervisor del trabajo. Sin embargo, es por último el grupo de trabajo en el cual está incluido el Verificador de gas, bajo el control del Supervisor, quien es el factor primordial para realizar un trabajo seguro. El sistema de PPTR asegura que el grupo de trabajo esté informado y pueda comprender fácilmente los riesgos a los cuales se enfrenta en su trabajo, así como los métodos que deben ser aplicados para trabajar de una manera segura y controlada. Para lograr esto es esencial que exista la comunicación y la comprensión clara y que el permiso para trabajo se utilice para guiar y documentar el sistema. A menudo, la causa fundamental de los incidentes es el no aplicar los procedimientos apropiadamente. Estos incidentes pueden ser atribuibles a una carencia de entrenamiento, instrucción, comprensión o aplicación de cualquier práctica de los procedimientos.
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El Sistema puede operar eficazmente solo si todo el personal que autoriza, supervisa y ejecuta la tarea cumple completamente con los requerimientos, precauciones y requisitos establecidos. El objetivo del Sistema de Permisos para Trabajos con Riesgo de PEMEX Exploración y Producción es asegurar que los trabajos no rutinarios y en los rutinarios que durante su ejecución presenten riesgos imprevistos, sean correctamente controlados y coordinados.
6.3. Respon sabilid ades del verifi cador de Gas autorizado El verificador de Gas es un trabajador acreditado de Pemex Exploración y Producción, que ha aprobado el curso de Verificador de Gas de PEP y ha sido autorizado por la dependencia de SIPA para ello, debe realizar cualquier prueba de gas exigida por el Permiso, incluyendo las pruebas previas al trabajo con flamas abiertas al aire libre y las entradas a espacios confinados. El verificador de Gas del contratista debe estar certificado y evaluado por una entidad certificadora y SIPA, así como también los equipos para realizar dichas pruebas. El verificador de gas autorizado es responsable de:
Realizar las pruebas de gas con la frecuencia que se establezca en el Permiso, en el Certificado de Pruebas de Gas o en el Certificado para Entradas a Espacios Confinados. Firmar el certificado correspondiente cada vez que efectúe las pruebas, indicando los resultados de las mismas y si es seguro o no para trabajar. Cuando el resultado de una prueba indique que NO es seguro para trabajar, el Verificador de Gas debe suspender el trabajo y notificar al Supervisor del Trabajo y al Operador/Encargado del Área (Terrestres)/Autoridad de Área en Sitio (Marinas), o no iniciar cualquier trabajo, hasta que se tengan las condiciones necesarias para ejecutarlo. Verificar que el equipo para efectuar las prueba de gas esté calibrado y certificado.
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6.4. Certi fic ado de Prueba de Gas En el certificado el solicitante anotará la ubicación, sitio de trabajo y numero de permiso asociado. El verificador de de Gas, debe registrar los resultados de las pruebas, hora y fecha, firmando en los espacios correspondientes. Debe ser llenado por un Verificador de Gas y su uso debe ser verificado por el Supervisor de trabajo cada vez que se realiza la prueba de gas. En este certificado se deben registrar los resultados de las pruebas de gas para la ejecución de trabajos calientes. Nota: Si se agotan los espacios durante el registro de pruebas de gas del certificado de espacios confinados , los registros se podr án conti nuar utilizando un certific ado para pruebas de gas asociánd olas con el número de permiso y folio del certi ficado de espacios confinados.
6.5. Certif icado de entrada a Espacios Confinados Se necesita este Certificado de Entrada a espacio Confinados siempre que se realicen entradas a recipientes, tanques u otros espacios confinados, donde puedan existir concentraciones de gases tóxicos, inflamables, vapores o donde el contenido de oxigeno en la atmosfera, puede ser reducido a un nivel inferior al 20% en volumen. Un Certificado de Entrada a Espacios Confinados debe ser validado hasta por la jornada de trabajo y un máximo de siete días. El certificado de entrada inicial debe ser autorizado por la Autoridad de la Instalación, los posteriores pueden ser autorizados por el operador/Encargado del Área (Terrestres)/ Autoridad del Área Marinas). A continuación se muestran los Certificados de Prueba de Gas y Entrada a Espacios Confinados:
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CERTIFICADO DE LAS PRUEBAS DE GAS Amarillo – Sitio del Trabajo, Verde – Centro de Coordinación de Permisos
Ubicación: Hora:
Número del Permiso Asociado:
Sitio de Trabajo: Fecha:
Certificado Número:
Resultados de las Pruebas de Gas Oxígeno 20-21%
Hidrocarburos 0 % LEL
H2S 0-10 pp m
Otros
Nombre del Verificador de Gas
Es seguro para trabajar SI o NO
NOTA: 1. Las pruebas de gas deben ser realizadas en un lapso no mayor a una hora antes del inicio del trabajo y nuevamente, si se suspenden o se atrasan los trabajos en un periodo mayor a una hora. 2. Para todo trabajo en caliente en áreas de clase I, división I y II se deberán realizar pruebas de gas, cuando menos 4 horas ó lo que demande el análisis de riesgo correspondiente.
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Hoja 1 de 2 CERTIFICADO
PARA ENTRADA A ESPACIOS CONFINADOS
Amarillo – Sitio del Trabajo, Verde – Centro de Coordinación de Permisos
Certificado Número:
1. SOLICITUD (Por el Solicitante de Permisos) Nombre. Puesto: PEMEX/Contratista: Firma:
Ubicación exacta:
Número del Permiso asociado:
Tipo de espacio Confinado:
Número de
recipiente
o
TAG:
2. PREACAUCIONES DE SEGURIDAD REQUERIDAS Los detalles deben ser verificados por Autoridad de la Instalación y el Operador/Encargado del Área (Terrestres)/Autoridad del Área (marinas) antes de la entrada al Espacio Confinado, es necesario confirmarlas firmando en el cuadro 3. Requerido De las precauciones siguientes, escriba “Si” o “NO”, donde los requiera y coloque las iniciales en el cuadro “ver ificar ”
SI
NO
Verificar y poner iniciales
a) El equipo arriba citado ha sido aislado de todas las fuentes de líquidos, gases y vapores peligrosos por medio de la colocación de Aislamientos. b) El equipo ha sido aislado de todas las fuentes de energía eléctrica. 2. El equipo se encuentra libre de toda materia peligrosa, gases tóxicos o explosivos, todos los líquidos drenados y una atmósfera ventilada. 3. Todo el equipo en el área circundante ha sido verificado y los riesgos resultantes de otros trabajos u operaciones han sido controlados. 4. Las cuerdas de vida, el aparato de respiración y el equipo de resucitación están disponibles. 5. Los procedimientos, planes de emergencia y rutas de escape son conocidas por el equipo de trabajo. 6. Los equipos auxiliares cumplen con las especificaciones y normatividad (lámparas, extractores, etc). 1.
7.
Nombre del responsable de registrar las entradas y salidas al recipiente:
(Supervisor del trabajo)
3. AUTORIZACIÓN PARA ENTRAR EN EL ESPACIO CONFINADO (Autoridad de la Instalación) Certifico que las precauciones citadas en el recuadro 2, y los resultados de las pruebas de gas, indican que el Espacio Confiando es seguro para entrar.
Este Certificado es válido:
Desde:
Fecha:
Hora:
Hasta:
Fecha:
Hora:
Nombre: Autoridad de la instalación
Firma
4. Validación Operador/Encargado del Área (Terrestre)/Autoridad de Área en Sitio (Marinas Desde Hasta Fecha: Nombre: Firma: Hora: Hora:
SI o NO Debe utilizarse equipo de protección respiratoria: Especifique el tipo:
Fecha:
Hora:
Aceptación (Supervisor) Nombre:
Suspensión (Supervisor) PEP/ Contratista
Fecha:
Firma:
Hora:
Fecha:
Firma:
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REGISTRO DE LAS PRUEB AS DE GAS Hora:
Fecha:
Resultados de las Pruebas de Gas Oxígeno 20-21%
Hidrocarburos 0 % LEL
H2S 0-10 ppm
Otros
Nombre del Verificador d e Gas
DE 2 Es seguro para trabajar SI o NO
NOTA: 1. Las pruebas de gas deben ser realizadas en un lapso no mayor a una hora antes del inicio del trabajo y nuevamente, si se suspenden o se atrasan los trabajos en un periodo mayor a una hora. 2. Para todo trabajo en caliente en áreas de clase I, división I y II se deberán realizar pruebas de gas, cuando menos 4 horas ó lo que demande el análisis de riesgo correspondiente. REGISTRO DE LAS ENTRADAS Y SALIDAS DEL PERSONAL (Para ser firmado por el personal que entra al Espacio Confinado) Fecha: Nombre: Hora de Firma: Hora de Firma: entrada: Salida:
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UNIDAD 7. EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL 7.1. Objetivo Partic ular El participante determinara el equipo de protección personal que el verificador de gases empleará en la medición de gases.
7.2. Equipo d e Protecció n Personal Los equipos de protección respiratoria se clasifican en dos tipos:
Purificadores del aire.
Suministradores de aire o atmósfera.
A continuación se da una breve descripción de cada uno de ellos: Respiradores Purificadores del Aire
Los respiradores purificadores de aire eliminan los contaminantes transportados por el aire, tales como partículas, vapores o gases tóxicos. Son adecuados para utilizarse en ambientes donde la concentración de oxígeno es adecuada y no existe deficiencia de oxígeno. Los respiradores purificadores de aire se dividen en:
Filtradores de partículas
Filtradores de gases y vapores.
Filtradores de partículas, gases y vapores.
Se recomienda su uso cuando:
Quién lo utiliza está físicamente capacitado por un médico para hacerlo.
Se conoce la identidad del contaminante, así como su concentración.
El área de trabajo está monitoreándose constantemente.
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El respirador está aprobado para la protección contra ese contaminante específico, así como su nivel de concentración. Se probaron los equipos para asegurar que les queda bien.
Limitantes de los respiradores purificadores de aire:
No proporcionan oxígeno y no deben utilizarse en atmósferas deficientes de oxígeno (que contengan menos de 19.5 % en volumen). No se deben usar si las concentraciones de los contaminantes son Inmediatamente Peligrosas para la Vida y la Salud (IDLH, por sus siglas en inglés). Cuando dichas concentraciones sean desconocidas o excedan los límites máximos establecidos por los organismos legislativos.
Nota: En cualquiera de las situaciones arriba descritas se recomienda el uso de un suministrador de aire. Tampoco se recomienda el uso de respiradores purificadores para trabajar en ambientes con gas ácido sulfhídrico, sólo suministrador de aire. Respiradores Suministradores del Aire.
Los respiradores suministradores de aire, proporcionan una fuente limpia de aire grad o “D” apto para respirar. Son utilizados cuando el ambiente de trabajo contiene contaminantes que los respiradores purificadores no pueden filtrar, o en atmósferas deficientes de oxígeno. El aire que se proporciona al usuario debe ser de grado "D", cuyas especificaciones son: Oxígeno
AIRE GRA DO “D” 19,5 - 23,5%
Hidrocarburos(aceites condensados) Monóxido de carbono Olores Dióxido de carbono Agua
< 5 mg/m3 < 20 ppm No detectables < 1000 ppm No especificado
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Los respiradores de suministro de aire se dividen en dos clases:
Aparato de Respiración Auto contenida o Autónomo (SCBA por sus siglas en inglés).
De línea de aire.
Aparato de respiración autónoma Es un equipo de protección respiratoria que está diseñado de tal forma que la fuente de aire respirable se transporta en un contenedor (cilindro), cargado por el usuario, estos consisten de un tanque con aire conectado por una manguera a un regulador que libera aire a la mascarilla, el tanque generalmente se lleva en la espalada y tiene una duración aproximada en tiempo de 30 ó 60 minutos (2,216 y 4,500 lb /pulg 2), según el modelo que se use. Hay SCBA que operan a demanda o demanda por presión, en el modo de demanda cuando se inhala el aire se crea una presión negativa dentro de la pieza facial y de las mangueras para respirar. La presión negativa descomprime el diafragma del regulador, abre la válvula de admisión y permite la inhalación de aire, entonces el aire fluye a la pieza facial mientras se mantenga la presión negativa. Un SCBA de demanda por presión o de presión positiva mantiene propiamente una presión positiva dentro de la pieza facial en todo momento. El sistema está diseñado para mantener la válvula de admisión abierta hasta que haya suficiente presión para cerrarla, la presión se acumula porque el aire no sale del sistema hasta la exhalación (la presión interna en la mascarilla es siempre mayor a la externa). Los SCBA cuentan con alarma de advertencia de baja presión, está alarma suena cuando se ha consumido un 75 – 80 % del suministro de aire, de esta manera se alerta al trabajador que aún cuenta con 20 – 25 % (500 a 600 lb / pul 2) de aire del tanque disponible para abandonar el área de peligro y dirigirse hacia una zona segura (en contra del viento). Antes de entrar a un área con riesgo de gas ácido sulfhídrico o algún otro contaminante, es importante conocer una la ruta de escape rápida y segura, OSHA también recomienda que se utilice el sistema de parejas, que consiste en ser acompañado por otro compañero toda vez que exista el riesgo de gas ácido sulfhídrico en el ambiente de
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trabajo o área donde desee entrar, de está manera asegura que si un trabajador cae por la inhalación del gas, su apoyo o pareja pueda auxiliarlo o pedir ayuda para su rescate inmediato. Inspección y conservación del equipo de aire autónomo. El personal de inspección deberá de tomar en consideración las siguientes recomendaciones:
Colocar el equipo de aire autónomo de 30 min. En un lugar seguro, evitando ponerlo a la intemperie, y que siempre esté al alcance de los trabajadores.
Evitar colocar objetos que obstruyan, al momento de querer utilizar el equipo.
Mantener la mascarilla en el interior en una bolsa de protección.
Mantener el equipo limpio y sus correas extendidas a lo máximo.
Después de utilizar el equipo de aire autónomo es necesario recargarlo.
Evite el uso del equipo si padece alguna enfermedad cardiovascular o algún tipo de fobia, si es necesario su uso conserve la calma y controle su respiración cuando use el equipo. Procure no golpear el cilindro, sobre todo la parte donde se encuentra la válvula principal, ya que tiene una presión de aire de 2216 psi o 4,500 psi, según el modelo que este usando. Cuando use el equipo en una contingencia, este pendiente del tiempo de duración del aire autocontenido en el cilindro a través del manómetro localizado en el arnés o cuando se active la alarma vibratoria (vibralert).
7.3. Consideraciones generales Recomendaciones para el uso adecuado de los respiradores No utilice barba: Las barba entre la superficie selladora de la careta del respirador y la piel del usuario, impedirá un sello eficaz Incluso, la barba cerdosa que crece en un solo día puede permitir la penetración del contaminante. No use lentes de contacto: Los lentes de contacto pueden ser removidos por la presión positiva del aire en el interior de la mascarilla, lo que puede representar un riesgo para su persona. Cuando use lentes de aumento: No deberán usarse los lentes de aumento con patas o correas que impiden el sello de la careta del respirador, ya que permitirán un exceso de penetración del contaminante.
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Si padece algún trastorno psicológico: Tales trastornos psicológicos como la claustrofobia son un riesgo al usuario de un respirador y se recomienda tener un plan alternativo para la evacuación de dicho trabajador en caso necesario y de ser posible mantenerlo lejos del área de riesgo. Los diversos problemas con el sello: Los problemas del sello son variables según el individuo. Algunos son marcados, mientras que otros no se detectan mientras no se lleve a cabo una prueba de ajuste. Los problemas más notorios son las cicatrices las sienes sumidas, pómulos muy altos, profundas arrugas en la piel, la falta de dientes o el uso de dentadura postiza.
7.4. Componentes de un sis tema de cascada Un sistema cascada se compone de varios cilindros (8, 6, 4 ó 2 cilindros) de 300 pies cúbicos cada uno, los cuáles se utilizan como depósitos para almacenar aire respirable (Grado D), estos cilindros se conectan entre si, por medio de mangueras flexibles como se muestra en la fotografía. Los equipos de línea de aire requieren de un compresor junto con los cilindros de 300 pies3, mangueras de alta presión, mangueras baja presión, regulador de presión, manómetros, conectores, etc. Las ventajas de este sistema cascada son la cantidad de aire prácticamente ilimitada, su limitante sería la distancia de las mangueras. A continuación se lista de manera general las partes principales que componen a un sistema cascada: 1. Compresor de aire grado “D” eléctrico o de combustión interna. 2. Rack`s de almacenamiento. 3. Reguladores de presión. 4. Manifold`s distribuidores de aire. 5. Mangueras de alta presión. 6. Mangueras de baja presión. 7. Sistema de carga y recarga de rack`s. 8. Ensamble de recarga de los equipos de respiración autónoma.
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9. Equipos de respiración autónoma.
1. Compresor de aire grado “D” eléctrico o diesel Es una unidad suministradora de aire grado D, consta de un motor principal a prueba de explosión y el compresor mismo, con sistema para filtrar y purificar el aire, elimina los contaminantes dañinos como monóxido de carbono, humedad, neblinas de aceite, partículas de polvo, entre otros. Puede ser utilizado para la recarga de los cilindros de 300 pies3, así como para recargar los SCBA de 05, 30 ó 60 minutos, que son los más usuales.
2. Rack´s de almacenamiento. Estos consisten en canastillas metálicas donde se colocan los cilindros de 300 pies 3, cada uno (pueden colocarse 2, 4, 6 u 8 cilindros), se utilizan como depósitos de almacenamiento de aire. Los cilindros se conectan entre sí, para dejarlos en serie y tener disponible el volumen total de los mismos cuando sea necesario.
3. Reguladores de presión. Van acoplados en la salida del rack, tiene por función regular la presión de trabajo de 2400 psi que contienen los cilindros y reducirla a 120 psi (presión que por medio de mangueras de baja presión llegarán a los manifolds). La presión de salida del regulador hacia los manifold´s varía de 80 a 120 psi.
Estos reguladores constan de las siguientes partes:
Manómetro de alta presión.
Manómetro de baja presión.
Diafragma.
Tornillo de ajuste.
Para regular la presión de salida solo bastará con girar a favor de las manecillas del reloj el tornillo de ajuste, hasta lograr la presión deseada, si se llegara a sobrepasar
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será necesario liberar completamente el tornillo de ajuste, purgar el aire en la salida del regulador de presión (en el primer manifold) y volver a girar el tornillo de ajuste a favor de las manecilla del reloj, hasta lograr la presión deseada.
4. Manifolds de distribución de aire Es un componente del sistema de cascada y su función es la de distribuir y mantener un volumen constante de aire para poder ser utilizado por las personas cuando haya contingencias de gas H2S. Comúnmente se manejan de 6 y 12 tomas con conexiones rápidas (tipo hembra). Es importante que se mantenga la presión de trabajo (80 a 120 psi).
5. Mangueras de alta presión Se utilizan para interconectar los cilindros de los rack´s (pig-tail`s) para poder utilizar el volumen total de los mismos, así como para conectar la alimentación de alta presión del compresor al rack de cilindros y en la recarga de los Aparatos de Respiración Autónoma. Estas mangueras son tramadas de acero inoxidable y con una capacidad de 5000 psi, tienen la capacidad de ser flexibles para su mejor manejo.
6. Mangueras de baja presión Se utilizan para interconectar los rack´s de cilindros después del regulador de presión a los manifold´s, así como para la conexión de los Aparatos de Respiración Autónoma a las conexiones rápidas de los manifold´s. Se les adaptan conexiones rápidas del tipo macho y hembra para facilitar la conexión a la cascada.
7. Sistema de carga y recarga de los rack`s Consiste de una manguera de alta presión que va conectada de la salida del compresor al rack de cilindros de 300 pies3. Este dispositivo consta de:
Línea flexible de alta presión de 5,000 psi de capacidad
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Válvula de aguja de 6,000 psi de capacidad. Te de alta presión de 5,000 psi de capacidad. Manómetro de 0 - 5000 psi. Válvula de desfogue. Conexión CGA 346 de acero inoxidable. Válvula check de 5,000 psi. De capacidad.
8. Ensamble de recarga de equipos SCBA.
Este ensamble normalmente se utiliza en la recarga de los equipos autónomos y se conecta en la salida del compresor o del rack de cilindros de 300 pies3.
9. Aparato de respiración autónomo (SCBA) 2216. Es un equipo que está diseñado de tal forma que la fuente de aire respirable se transporta en un contenedor (cilindro), cargado por el usuario, estos consisten de un tanque con aire conectado por una manguera a un regulador que libera aire a la mascarilla, el tanque generalmente se lleva en la espalda y tiene una manguera adicional con conector tipo macho para conectarse a las mangueras de baja presión que van conectadas a los manifold´s distribuidores de aire (del sistema cascada), tienen la ventaja que si desea desconectarse del sistema cascada, todavía cuenta con la cantidad de aire que tiene el cilindro del SCBA con una duración aproximada en tiempo de 30 ó 60 minutos (2,216 y 4,500 psi), según el modelo que este usando.
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CONCLUSIÓN GENERAL
Al cumplir con las obligaciones establecidas en la verificación de gases, en las áreas consideradas como peligrosa, se evitarán incidentes y se asegura un trabajo bien hecho. Con el cumplimiento de los requerimientos se estarán administrando los riesgos a las instalaciones, al personal, al medio ambiente, de todas las organizaciones, tanto de PEMEX como de los proveedores o contratistas.
GLOSARIO
Para los efectos de este curso se establecen las siguientes definiciones en base a la Norma NOM 002 STPS 2010, NOM 027 STPS 2008 y NOM-033-STPS-2015: Definiciones Atmósfer a ex pl osiv a: es la concentración ambiental de las sustancias químicas peligrosas, que se encuentra entre los límites inferior y superior de inflamabilidad. Atmósfer a no res pi rab le: es el medio ambiente laboral con deficiencia o exceso de oxígeno, esto es, con menos de 19.5% o más de 23.5% de oxígeno en la atmósfera del ambiente laboral. An áli sis de ri esg os : La aplicación de uno o más métodos específicos para identificar, evaluar y determinar medidas de prevención y control de los riesgos significativos asociados con las condiciones y actividades que se desarrollan en espacios confinados. Atmó sf era peli gr osa: Aquella que puede exponer a una persona a riesgo de muerte, incapacidad, deterioro de la capacidad de auto-rescate, lesión o enfermedad grave por alguna de las siguientes causas: gases, vapores o nieblas inflamables por arriba del 10% del límite inferior de inflamabilidad; partículas combustibles en el aire en una concentración que pueda representar riesgo de incendio o explosión; concentración de oxígeno en el aire por debajo del 19.5% o por arriba del 23.5% en volumen; concentración de cualquier sustancia química peligrosa por arriba del nivel de acción, conforme a lo previsto por la NOM-010-STPS-1999 o las que la sustituyan, o cualquier otra condición atmosférica que constituye un peligro inmediato para la vida o la salud. Atmó sf era respir abl e: Aquella que presenta una concentración de oxígeno entre 19.5% y 23.5% en volumen y, en su caso, concentraciones de sustancias químicas peligrosas por debajo del nivel de acción. Combustible: es todo aquel material susceptible de arder al mezclarse con un comburente y ser sometido a una fuente de calor. Combustión: es la reacción exotérmica (liberación de energía) de un combustible con un oxidante llamado comburente; este fenómeno viene acompañado generalmente por una emisión lumínica en forma de llamas o incandescencias, con desprendimiento de productos volátiles o humos, y que puede dejar un residuo de cenizas. Centro de Trabajo: El lugar o lugares, tales como edificios, locales, instalaciones y áreas, donde 75
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se realicen actividades de explotación, aprovechamiento, producción, comercialización, transporte y almacenamiento o prestación de servicios, en los que laboren personas que estén sujetas a una relación de trabajo. Contaminantes del ambiente laboral: Los agentes físicos, químicos y biológicos capaces de modificar las condiciones ambientales del lugar de trabajo, que por sus propiedades, concentración, nivel, así como tiempo de exposición o acción pueden alterar la salud de los trabajadores expuestos. Contratista: La persona física o moral que labora temporalmente en un centro de trabajo y asume contractualmente ante el patrón, el compromiso de realizar la totalidad o parte de los trabajos, según el alcance que determina el contrato, empleando equipo, maquinaria y/o mano de obra, propios o subcontratados. Deficiencia de oxígeno: La concentración de oxígeno que se encuentra por debajo de 19.5% en volumen. Equipo de respiración autónomo : El dispositivo diseñado para el suministro de aire respirable, en el que la fuente es portada por el usuario. Espacio co nfinado : El lugar sin ventilación natural, o con ventilación natural deficiente, en el que una o más personas puedan desempeñar una determinada tarea en su interior, con medios limitados o restringidos para su acceso o salida, que no está diseñado para ser ocupado en forma continua. Espacio confinado: es un lugar lo suficientemente amplio, con ventilación natural deficiente, configurado de tal manera que una persona puede en su interior desempeñar una tarea asignada, que tiene medios limitados o restringidos para su acceso o salida, que no está diseñado para ser ocupado por una persona en forma continua y en el cual se realizan trabajos específicos ocasionalmente. Fuego: es la oxidación rápida de los materiales combustibles con desprendimiento de luz y calor, y que se clasifican como fuegos clase: A, B, C y D. Fuego clase A: es aquel que se presenta en material combustible sólido, generalmente de naturaleza orgánica, y que su combustión se realiza normalmente con formación de brasas. Fuego clase B: es aquel que se presenta en líquidos y gases combustibles e inflamables. Fuego clase C: es aquel que involucra aparatos y equipos eléctricos energizados. Fuego clase D: es aquel en el que intervienen metales combustibles. Gases inflamables o combustibles: son todos aquellos materiales que en condiciones normales de presión y temperatura no tienen volumen ni forma definida, adoptando la forma del recipiente que los contenga, desprenden vapores antes de los 37.8°C, alcanzan fácilmente su temperatura de ignición y tienen una gran velocidad de propagación de llama. Límite inferior de inflamabilidad; explosividad inferior : La concentración mínima de cualquier vapor o gas, en porcentaje por volumen de aire, que se inflama o explota si hay una fuente de ignición presente a la temperatura ambiente. Líquido inflamable: es el líquido que tiene una temperatura de inflamación menor de 37.8ºC. Líquido combustible: es el líquido que tiene una temperatura de inflamación igual o mayor de 37.8°C. Límite inferior de inflamabilidad: es la mínima concentración de un gas o vapor inflamable (% por volumen en aire) que se inflama si hay una fuente de ignición presente a la temperatura ambiente. Límite superior de inflamabilidad: es la máxima concentración de un gas o vapor inflamable 76 (%
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por volumen en aire) que se inflama si hay una fuente de ignición presente a la temperatura ambiente. Medio de respiración alterno : El dispositivo que le suministra al trabajador una cantidad definida de aire respirable para escape en caso de emergencia. Monitoreo: Es el muestreo de modo continuo que se realiza durante el desarrollo de los trabajos en el espacio confinado. Muestreo : La medición de la concentración de contaminantes del ambiente laboral químicos, de oxígeno y de sustancias inflamables o exp Materiales pirofóricos: son aquellas sustancias que en contacto con el aire reaccionan violentamente con desprendimiento de grandes cantidades de luz y calor. Nivel de acción (NA): La mitad del valor límite de exposición (VLE) promedio ponderado en tiempo, de las sustancias químicas peligrosas, de acuerdo con lo señalado en el Apéndice I, de la NOM010-STPS-1999, o las que la sustituyan. Respirador con línea de suministro de aire; Equipo de protección respiratoria con línea de suministro de aire o equipo: El dispositivo que suministra aire respirable al usuario a una presión mayor a la atmosférica, desde una fuente que no es portada por el usuario. Responsable de los trabajos: El trabajador designado para supervisar, previo y durante la ejecución de las actividades en los espacios confinados, que se cumple con las condiciones para realizar los trabajos de manera segura. Riesgo: La correlación de la peligrosidad de uno o varios factores y la exposición de los trabajadores con la posibilidad de causar efectos adversos para su vida, integridad física o salud, o dañar al centro de trabajo. Riesgo grave: Aquel que puede comprometer la vida, integridad física o salud de los trabajadores, o producir daños a las instalaciones del centro de trabajo, al no existir las condiciones de seguridad correspondientes. Recipi ente portátil de seguri dad para líquido s inflamables: es aquel que sirve para almacenar líquidos inflamables, con la característica de que evita su derrame, explosión y no permite que le entre el fuego. Recipiente portátil de seguridad para residuos sólidos con líquidos inflamables: es un contenedor que sirve para almacenar sólidos impregnados de líquidos inflamables, con la característica de que evita su explosión y no permite que le entre el fuego. Sistema fijo contra incendios: es el instalado de manera permanente para el combate de incendios, los más comúnmente usados son hidrantes y rociadores. Sólidos combustibles: son aquellos materiales que arden en estado sólido al combinarse con un comburente y entrar en contacto con una fuente de calor. Sólido, inflamables: son aquellos materiales que desprenden vapores antes de los 37.8°C, alcanzan fácilmente su temperatura de ignición y tienen una gran velocidad de propagación de llama. Temperatura de inflamación: es la temperatura mínima a la cual un material combustible o inflamable empieza a desprender vapores sin que éstos sean suficientes para sostener una combustión. Temperatura de ignición: es la temperatura mínima a la cual un material combustible desprende suficientes vapores para iniciar y sostener una combustión Vigía: El trabajador designado para permanecer en todo momento en el exterior del espacio confinado cuando, se desarrolle alguna actividad en su interior, con el fin de mantener contacto 77
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y/o comunicación con los trabajadores que realizan las actividades, asistirlos y alertar al responsable de los trabajos, en caso de ocurrir una emergencia
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