INTRODUCCIÓN AL DISEÑO ELÉCTRICO LEY DE CONCESIONES ELÉCTRICAS ING. SEBASTIÁN LLAUCE 2015-II
LEY DE CONCESIONES ELÉCTRICAS
Decreto Ley 25844 19 de Noviembre de 1992
I. DISPOSICIONES GENERALES
Es aquella Ley que norma lo referente a las actividades relacionadas con la generación, transmisión , distribución dist ribución y comercialización comercializ ación de la Energía Eléctrica
El Ministerio de Energía y Minas y el OSINERG, representando representa ndo al Estado, son los encargados de velar por el cumplimiento de la presente Ley.
OBJETIVO DE LA LEY
En 1992 se promulgó la Ley de Concesiones Eléctricas, cuyo objetivo principal era promover la competencia y las inversiones privadas en el sector y propiciar el mejoramiento y desarrollo del servicio de energía eléctrica en el Perú
OPERACIÓN DE LOS SISTEMAS ELÉCTRICOS
LAS ACTIVIDADES ELÉCTRICAS
La importancia de esta Ley radica en el hecho de que las actividades eléctricas fueron separadas en 3 subsectores:
Generación
Transmisión
Distribución
GENERACIÓN-TRANSMISIÓN-DISTRIBUCIÓN
CALIDAD DE SERVICIO
Se establecen regímenes de compensación por el costo de la potencia o energía que deje de suministrarse
Se aplica la Norma Técnica de Calidad de los Servicios Eléctricos.
LEY DE CONCESIONES ELÉCTRICAS
Esta Ley describe las metodologías que se deben utilizar para obtener los precios máximos de la generación, transmisión y distribución de la electricidad.
La ley Inicialmente designa a la Comisión de Tarifas Eléctricas (CTE) como el órgano regulador encargado de fijar las tarifas aplicando dichas metodologías.
GART
En el año 2000 OSINERG se fusionó con la Comisión de Tarifas Eléctricas (CTE), actualmente denominada Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria (GART). Juntos, están a cargo de fijar las tarifas de generación, transmisión y distribución y las condiciones de ajuste de tarifa para los consumidores finales.
ESTRUCTURA DEL NEGOCIO ELÉCTRICO
ESTRUCTURA DEL NEGOCIO ELÉCTRICO El negocio eléctrico se separa en sus 3 etapas: generación, transmisión y distribución. El servicio se presta a través de concesiones tanto por empresas estatales como privadas. Distribución y Transmisión son reguladas. Generación de libre competencia (mas o menos). Se crea Osinergmin. Tarifas de energía basadas en costos marginales. Tarifas en Barra: se fijan cada 12 meses, transmisión y distribución, cada 4 años.
NUEVO MARCO LEGAL DEL SECTOR ELÉCTRICO
Los Clientes y Usuarios
Las Empresa Eléctricas
El Comité de Operación Económica del sistema (COES)
Osinergmin –Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria (GART)
El Estado representado por el MINEM (DGE)
DETALLE DE CADA ACTOR PRINCIPAL EN EL SECTOR ELÉCTRICO
Están divididos en 2 categorías a) Usuarios Libres.-Tienen demanda superior a 2500kW y el precio, volumen y condiciones a transar son libres y sin intervención del estado. b) Usuarios Regulados.- Son los usuarios que tienen menos o igual a 200kW y están sujetos a regulación por la Comisión de Tarifas Eléctricas. c) Usuarios Que pueden Elegir.- Son los usuarios que tienen más de 200kW y menos que 2500kW.
CONCESIONARIAS
Estas pueden ser Generadoras, transmisoras o distribuidoras que operan en forma independiente, así como, por excepción, aquellas que generan, transportan y/o distribuyen simultáneamente en sistemas aislados.
CÓMITE DE OPERACIÓN ECONÓMICA DEL SISTEMA (COES)
Organismo autónomo de carácter técnico, que se crea con la finalidad de coordinar la operación al mínimo costo, garantizando la seguridad del abastecimiento de electricidad y el mejor aprovechamiento de los recursos energéticos.
Conformado por las empresas generadoras y transmisoras de un mismo sistema interconectado, cuyo objetivo fundamental es el despacho a mínimo costo.
OSINERGMIN-GART
La fijación de los precios de la electricidad y las tarifas de transporte de gas natural es realizada por Osinergmin en cumplimiento de las responsabilidades que le asigna la Ley. La regulación tarifaria asegura el funcionamiento eficiente de las industrias de electricidad y gas natural al menor costo para el consumidor final. La Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria, GART, de Osinergmin calcula y propone las tarifas al Consejo Directivo del organismo regulador para su aprobación.
EL ESTADO
Representado por el MINEM, específicamente por la Dirección General de Electricidad (DGE), responsable del otorgamiento de concesiones y autorizaciones para participar en el negocio eléctrico, la promoción, normalización y fiscalización.
ACTORES QUE INTERVIENEN EN EL PROCESO
FORMAS DE EJERCICIO DE LA ACTIVIDAD ELÉCTRICA
Puede ser desarrollada por personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, públicas o privadas, mediante concesiones ya sean temporales o indefinidas y autorizaciones.
FORMAS DE EJERCICIO DE LA ACTIVIDAD ELÉCTRICA
Se requiere concesión mediante contrato con el Estado, cuando se utiliza un recurso energético hidráulico o de recursos renovables para una potencia instalada superior a 500kW; cuando se requiere la imposición de servidumbre para hacer uso de bienes del Estado o de terceros en la transmisión de electricidad para el servicio público con una demanda superior a 0,5 MW.
FORMAS DE EJERCICIO DE LA ACTIVIDAD ELÉCTRICA
Se requiere autorización cuando se desarrollan actividades de generación termoeléctrica independientemente del recurso energético primario, y la capacidad instalada sea igual o mayor a 500 kW.
FORMAS DE EJERCICIO DE LA ACTIVIDAD ELÉCTRICA
Cuando la capacidad instalada es inferior a 500 kW, sólo se requiere informar al Ministerio de Energía y Minas el inicio de la operación, cuando se desarrollan actividades de generación, transmisión o distribución.
TARIFAS ELÉCTRICAS -GENERACIÓN
Las tarifas eléctricas para el mercado regulado de generación son calculadas por las Empresas Concesionarias y aprobadas por el OSINERGMIN a partir de los costos marginales de corto plazo.
Dichas tarifas no deben apartarse en más de 10% del promedio de los precios libres.
TARIFAS ELÉCTRICAS – TRANSMISIÓN
El servicio de transmisión es de acceso libre y su costo se incorpora en el precio en los puntos de salida. Dicho costo considera el valor nuevo de reemplazo de las instalaciones económicamente adaptadas.
TARIFAS ELÉCTRICAS - DISTRIBUCIÓN
Las tarifas de distribución incorporan el valor agregado de distribución basado en costos estándar de inversión, operación y mantenimiento de empresas modelo.
El cálculo de las tarifas eléctricas considera la tasa de actualización de 12% real anual.
LO QUE SE BUSCA DE UNA CONCESIONARIA
MARCO REGULATORIO DEL SUBSECTOR ELECTRICIDAD
CUÁNDO SE PIERDE UNA CONCESIÓN
El Concesionario no eleve a Escritura Pública el Contrato de Concesión.
No se ejecuten los estudios y/u obras establecidas en el Contrato.
Dejar de operar sin justificación por 876 horas en 1 año.
El Generador que no opere de acuerdo a las coordinaciones del COES.
CUÁNDO SE PIERDE UNA CONCESIÓN
El Distribuidor que no da servicio en plazos previstos y según estándar de calidad de su contrato.
El Distribuidor que no garantice contrato de suministro de Generador por 24 meses como mínimo.