LABORATIO.
DERECHO TRIBUTARIO .
1- Defina que es el derecho financiero 2- Cuál es el fundamento legal que regula el principio de legalidad 3- Cuál es el objetivo del derecho tributario en favor del contribuyente - Cuál es la funci!n de la Contralor"a de Cuentas y seg#n su fundamento $- Cada cuanto se aprueba el %resupuesto &eneral de la 'aci!n fundamento legal (- )ue son los ingresos y egresos del %resupuesto de la 'aci!n fundamento legal *- + quien corresponde la e,clusividad decretar impuestos fundamento legal - Como e,plica el c!digo tributario lo que es el tributo y su fundamento legal - )ue es lo que regula la funci!n legislativa en materia tributario y las bases sobre las que se rige 1/- 0eg#n el art"culo 1*1 de la Constituci!n quien aprueba imprueba o modifica el %resupuesto de ngresos y gresos de la 'aci!n. 11- )u4 relaci!n tienen las aduanas y municipalidades en materia tributaria. 12- )u4 es el +cuerdo &ubernativo 13- )ue es un +cuerdo 5inisterial 1- ntre que partes de reali6an los convenios seg#n la Cooperaci!n nternacional. 1$- )u4 relaci!n tiene el articulo 13 inciso r7 en materia tributaria. 1(- )ue es la nulidad 8ipso jure7 en materia tributaria. 1*- Como se integran los casos por analog"a y cuál es su fundamento legal. 1- Cuáles son las fuentes del ordenamiento jur"dico tributario seg#n nuestra legislaci!n en materia tributaria. 1- Cuando e,iste un conflicto de leyes cuál es la ley que tiene preeminencia en materia tributaria. 2/- Cuáles son las clases de tributo que e,isten seg#n la legislaci!n en materia tributaria. 21- Defina cada uno de los tributos que e,isten en la ley en materia tributaria. 22- + que rama del derecho pertenece la obligaci!n tributaria.
23- ntre quienes se reali6an los convenios en materia tributaria. 2- )uien es el sujeto activo en materia tributaria 2$- )uien es el sujeto pasivo en materia tributaria. 2(- )ue es la obligaci!n tributaria seg#n el c!digo tributario. 9undamente D:C;< =:>?=+:<@ %ara mayor comprensi!n sobre los temas de este curso se necesita tener a mano las leyesy c!digos necesarios y estudiar de la mano con las mismas este curso es de analsis sobre la aplicaci!n de las
c7 Contibuciones especiales d7 Contibuciones por mejoras. 5%?0=<0@ =ributo generador de una activiadad estatal. +:>=:<0 F =+0+0. =+0+0. mpuestos decretados decretados por ley a las 5unicipalidades. C<'=:>?C<'0 C<'=:>?C<'0 0%C+B0@ 0on los beneficios directos al contribuyente. C<'=:>?C<'0 C<'=:>?C<'0 %<: 5<:+0@ 0e usan para costear la obra p#blica. %:C%=< C<'0==?C<'+B@ C<'0==?C<'+B@ ste regula la funci!n lesgislativa en materia tributaria.
9?'D+5'=<0 D D:C;< =:>?=+:<@ '=:
>+0 0<>: B )? 0 :& B %:0?%?0=< C<'0==?C<'+B@
<>=E<@ s evitar todas aquellas arbitrariedades y los abusos que comete el estado por el abuso del poder.
%rincipio de Begalidad@ +rticulo @ 1*1 inciso a7 y b7 de la Constituci!n %:&.
+>?0< D %
B+0 '<:5+0 =:>?=+:+0@ =:>?=+:+0@ 0on de derecho p#blico regidos por relaciones juridicas que se originan de los tributos. 232-23*-3 insiso a y b. C%:&.
0' C<5%'='C+@ Cuando un funcionario actua en lugares en los cuales no tiene competencia.
H%CA' D + B+0 '<:5+0 =:>?=+:+0@ +7 +duanas 5unicipalidades. 5unicipalidades.
'<:5+=E+ D BF @ s la adecuaci!n correcta entre el 9"sco y el comntribuyente.
+%BC+CA' D D B+0 BF0 0?%B=<:+0@ 0?%B=<:+0@ n@ a7 Defraudaci!n +propiaci!n ilicita
+:=C?B<0@ B: 8 232 - 23* - 23 23 Constituci!n %:&. %:&. estos determinan las bases de la recaudaci!n.
9?'=0 D :+:)?+@ +7 Bas disposiciones disposiciones constitucionales >7 Convenios y =ratados nternacionales 8 0alvo en materia de Derechos ;umanos7. C7 :eglamentos por +cuerdos &ubernativos a trav4s del ejecutivo
=:>?=<@ 0on las prestacines en dinero que el stado e,ije en su ejecuci!n del poder tributario para alcan6ar sus fines 8 stado G +dministrado o contribuyente7. CB+00 D =:>?=<0@ +7 mpuestos b7 +rbitrios
+C?:D< &?>:'+= &?>:'+=E<@ E<@ 0on las disposiciones disposiciones de conveniencia emanadas por el presidente del &obierno local.
+cuerdo &ubernativo G &obierno +cuerdo 5inisterial G 5inisterio I otros Convenios G Cooperaci!n nternacional
el dictamen fundamente su respuesta seg#n la ley de bancos y grupos financieros. 1-,plique cual es el procedimiento para solicitar la creaci!n de una empresa financiera en &uatemala. 1$-+ que entidad se debe de presentar la solicitud de la creaci!n de una empresa financiera en &uatemala.
9?'CA'0 DB %:0D'= D B+ :%J>BC+ ' 5+=:+ =:>?=+:+@ +rticulo 13 inciso :7 ,onerar de multaKs y recargos a los contribuyentes que hubieran incurrido en no cubir los impuestos.
BF D >+'C<0 F &:?%<0 9'+'C:<0@
'?BD+D@ 80on nulas ipso jure 7G=odas las disposiciones que son contrarias jerarquicamente a la ley y contrarias a la contrarias a la constituci!n pol"tica de le rep#blica. +rt 3 inciso Cod =ributario.
n &uatemala s!lo las empresas debidamente autori6adas pueden reali6ar negocios que consisten en el pr4stamo de fondos obtenidos del p#blico por medio de la recepci!n de dep!sitos o venta de bonos@ LABORATORIO DE DERECHO FINANCIERO
+'+B<&L+ %+:+ '=&:+: ?'+ BF C<' <=:+@ Cuando una ley aplicable deja duda o no se adapata al caso se debe de integrar por análogia en casos de -
1-Defina que es derecho financiero 2-n &uatemala quienes son las #nicas empresas que están autori6adas para reali6ar negocios como prestamos dep!sitos y otros t"tulos. 3-Cual es el r4gimen legal para los grupos financieros en &uatemala. -Cuales son los tipos de empresas financieras que se autori6an en &uatemala $-Cual es el r4gimen legal al que están sujetas las oficinas e,tranjeras (-:ealice un análisis del art"culo $ de la ley de bancos y grupos financieros *-Como se debe de conformar una empresa financiera en &uatemala. -)uien es el ente que autori6a o deniega la creaci!n de una empresa financiera en &uatemala. -s legal que se autorice una empresa financiera en &uatemala sin previo dictamen fundamente su respuesta seg#n la ley de bancos y grupos financieros. 1/-)uien es la entidad que se encarga de autori6ar las sucursales e,tranjeras en &uatemala seg#n el r4gimen financiero. 11-)ue es el dictamen e,plique. 12-Cual es el objetivo del dictamen 13-%oruque la autoridad no esta obligada a resolver seg#n
>+'C< F 9'+'C:+0@ 0on los que legalmente autori6ados para conceder prestamos. ="tulos u obligaciones de cualquier naturale6a y como tales deben ser consideradas como instituciones bancarias. BF D >+'C<0 F &:?%<0 9'+'C:<0@ a. Bos bancos b. Bas sociedades financieras c. Bos bancos de ahorro y pr4stamo para la vivienda familiar d. Bos grupos financieros y las empresas e. Bas oficinas de representaci!n de bancos e,tranjeros se regirán en su orden por sus leyes espec"ficas :&5'@ 8todas se rignen por la ley bancos y &rupos 9inancieros7. a7 Bas empresas nacionales y e,tranjeras se regiran por la presente ley. b7 %or las disposiciones emitidas por la unta 5onetaria y en lo que fuere aplicable por la Bey anco de &uatemala. c7 %or ley 5onetaria y la Bey de 0upervisi!n 9inanciera. n
las materias no previstas en estas leyes se sujetarán a la legislaci!n general de la :ep#blica en lo que les fuere aplicable.
l dictamen no es vinculante @ 0ignifica que la autoridad no está obligada a resolver con forme al dictamen
8Eer art"culo $ de la Bey de >ancos y &rupos 9inancieros7
'o es un resoluci!n solo es un análisis.
C<0==?CA' F 9<:5+CA' D 5%:0+0 ' &?+=5+B+ 8 art"culo ( de la Bey de >ancos y &rupos 9inancieros7 0+'C<0 8art"culo ( de la Bey de >ancos y &rupos 9inancieros7
8art"culo * de la Bey de >ancos y &rupos 9inancieros7 %:ancos indicando la entidad que conforme a esta Bey se quiere constituir d7 +ompaNanr la informaci!n y documentaci!n que estable6can los reglamentos respectivos.
B+ ?'=+ 5<'=+:+@ +?=<:M+CA'.
0?%:'='D'C+ D >+'C<0@
n el caso de bancos y sucursales de bancos e,tranjeros ordenará a costa de los interesados la publicaci!n en el diario oficial y en otro de amplia circulaci!n en el pa"s de las solicitudes de autori6aci!n que le presenten
%:<;>CA'@ 'o podrá autori6arse la constituci!n de un banco sin dictamen previo de la 0uperintendencia de >ancos. +simismo corresponde a la unta 5onetaria otorgar o denegar la autori6aci!n para el establecimiento de sucursales de bancos e,tranjeros. %:<;>CA'@ 'o podrá autori6arse el establecimiento de una sucursal de banco e,tranjero sin dictamen previo de la 0uperintendencia de >ancos. DC=+5'@ s un análisis jur"dico sobre un tema en particular que ayuda a la má,ima a autoridad a emitir una resoluci!n de alguna petici!n solicitada en sentido positivo o negativo.
:)?0=<0@ +7 incluyendo los nombres de los organi6adores y futuros accionistas a fin de que qui4n se considere afectado pueda hacer valer sus derechos ante la autoridad competente. 8art"culo de la Bey de >ancos y &rupos 9inancieros7 'C< D <%:+C<'0 +%:=?:+@ Bos bancos y las sucursales de bancos e,tranjeros. %revia autori6aci!n de la 0uperintendencia de >ancos deberán iniciar operaciones dentro del pla6o de seis meses siguientes 8 ( meses7 a la fecha de notificaci!n de la autori6aci!n para la constituci!n o para el establecimiento %:<::<&+ %<: B+ ?'=+ 5<'=+:+@
%odrá ser prorrogado por la 0uperintendencia de >ancos por una sola ve6 hasta por igual pla6o. 8art"culo de la Bey de >ancos y &rupos 9inancieros7 C+%=+B@ Capital pagado m"nimo inicial l monto m"nimo de capital pagado inicial de los bancos y sucursales de bancos e,tranjeros que se constituyan o se estable6can en el territorio nacional será fijado por la 0uperintendencia de >ancos con base en el mecanismo aprobado por la unta 5onetaria el cual podrá ser modificado por dicha unta cuando lo estime conveniente. 8art"culo 1( de la Bey de >ancos y &rupos 9inancieros7 Consejo de administraci!n y gerencia Bos bancos deberán tener un consejo de administraci!n integrado por tres o más administradores quienes serán los responsables de la direcci!n general de los negocios de los mismos. 8art"culo 2/ de la Bey de >ancos y &rupos 9inancieros7 &:?%<0 9'+'C:<0@ s la agrupaci!n de dos o más personas jur"dicas que reali6an actividades de naturale6a financiera de las cuales una de ellas deberá ser banco entre las cuales e,iste control com#n por relaciones de propiedad administraci!n o uso de imagen corporativa o bien sin e,istir estas relaciones seg#n acuerdo deciden el control com#n. 8art"culo 2* de la Bey de >ancos y &rupos 9inancieros7
C<'0==?CA' D 5%:0+0@ Ba empresa controladora deberá constituirse en forma de sociedad an!nima con acciones normativas y observar lo establecido en la presente Bey. 0u objeto social e,clusivo será la direcci!n administraci!n control y representaci!n del grupo financiero. Bas funciones de la empresa controladora deberán ser reglamentadas por la unta 5onetaria. Ba empresa controladora s!lo podrá invertir en acciones de las empresas que se indican en los art"culo 2*
y 3 de la Bey de >ancos F &rupos 9inancieros y no podrá reali6ar operaciones que sean propias de dichas empresas. n ning#n caso la empresa controladora podrá participar en el capital de una empresa de naturale6a diferente de las empresas que integran los grupos financieros y empresas de apoyo al giro bancario de conformidad con esta Bey. 8art"culo 32 de la Bey de >ancos y &rupos 9inancieros7
:C?:0< D +%B+CA'@ Bas resoluciones del 0uperintendente de >ancos con relaci!n a sus funciones de vigilancia e inspecci!n serán obligatorias pero admitirán recurso de apelaci!n ante la unta 5onetaria. 8art"culo 1/ de la Bey de >ancos y &rupos 9inancieros7
0+'C<'0@ DB=< D '=:'+CA' 9'+'C':+. Comete delito de intermediaci!n financiera toda persona individual o jur"dica nacional o e,tranjera que sin estar autori6ada e,presamente de conformidad con la presente Bey o leyes espec"ficas para reali6ar operaciones de tal naturale6a efect#a habitualmente en forma p#blica o privada directa o indirectamente por s" misma o en combinaci!n con otra u otras personas individuales o jur"dicas en beneficio de propio o de terceros. +C=ED+D0@ )ue consistan en o que se relacionen con la captaci!n de dinero del p#blico o de cualquier instrumento representativo de dinero 5ediante recepci!n de especies monetarias cheques dep!sitos anticipos mutuos colocaci!n de bonos t"tulos u otras obligaciones incluyendo operaciones contingentes destinando dichas captaciones a negocios de cr4dito o financiamiento de cualquier naturale6a independientemente de la forma jur"dica de formali6aci!n instrumentaci!n o registro contable de las operaciones. n el caso de personas jur"dicas son responsables de este delito los administradores gerentes directores y representantes legales. 8art"culo ( de la Bey de >ancos y &rupos 9inancieros7 5D< D 5%?&+'+CA'
LABORATORIO DE PROCESAL ADMINISTRATIVO RESUELVA.
1. Definici!n de Derecho %rocesal +dministrativo 2-Definic!n de +dministraci!n %#blica 3-Cual es el objeto de %rocesal +dministrativo dentro de la administraci!n -Defina el objetivo del %rocesal +dministrativo $-Como describe usted la estructura de la +dministraci!n %#blica (-)uien es el particular dentro de la administraci!n *-Defina los elementos de la administraci!n p#blica -Cuando se emite una resoluci!n administrativa a quien perjudica. -Cual son los recursos que se pueden plantear dentro de la administraci!n p#blica 1/-Como se le llama al recurso que se plantea en la administraci!n p#blica al superior jerárquico pero dentro del mismo ministerio. 11-s,plique que es el derecho de petici!n y quien es el que puede hacer uso del mismo y fundamente su respuesta. 12- 0eg#n nuestra legislaci!n cuantos d"as tiene el funcionario de la administraci!n para resolver un recurso planteado al superior jerarquico dentro del mismo ministerio. 13-,plique porque los e,pedientes se deben de impulsar de oficio fundamento legal.
1-)uien es el #nico ente que puede emitir resoluciones administrativas. 1$-0e puede tomar un dictamen como una resoluci!n e,plique y fundamente 1(-Cuantos d"as tiene el particular para plantear un recurso cuando se ve afectado por una resoluci!n fundamente la respuesta. 1*-)uien es el #nico ente legalmente legitimado para plantear recursos. 1-Cuantos d"as tiene la autoridad que recibe el e,pediente para elevar las actuaciones al superior jerárquico 9undamente la respuesta. 1-Cual será la v"a mas accesible cuando se han agotado todos los recursos y no se tiene respuesta favorable fundamente. 2/- )ue es lo que pasa cuando no se pronuncia el ente administrativo dentro de los 3/ d"as que tiene para resolver y no lo hace fundamente. C?:0< '=:+C=E< D D:C;< %:5<0 D =': '?0=:+ BF D B< C<'='C<0< +D5'0=:+=E< + B+ 5+'< %+:+ '?0=:o 0=?D<. )? 0 B D:C;< %:
+D5'0=:+CA' %J>BC+@ s el conjunto de organos administrativos que desarrollan una actividad para alcan6ar un fin en comun
como @ + trav4s de prestar servicios p#blicos. B5'=<0@ a7 Ba actividad b7 9inalidad c7 Bos medios + esto se le conoce como el organo administrativo. )? 0 B+ +C=ED+D@ s lo que se ofrece aO p#blico 8 0ervicios y producto7. 9'+BD+D@ n este caso será la actividad a la que se dedique como empresa B 5D<@ Como lograrlo a 8corto mediano largo pla6o7 B5'=<0 DB <:&+'< +D5'0=:+=E<@ a7 +dministradores b7 funcionarios p#blicos c7 Competencia e7 +ctividad 5aterial 9+00 < %+0<0 D B+ +D5'0=:+CA' %J>BC+@ 1- %lanificaci!n 2- Coordinaci!n 3- BC+ F B D:C;< %:=< DB %:=E<@ =utelar administrativamente los derechos del los patticulares frente a la adminstraci!n p#blica.
<>=E< %:'C%+B @ +segurar el derecho de la defen6a de los particulares frente a la administraci!n p#blica. 0=:?C=?:+ D %:BC+@
:C?:0<0@ + partir de le momento que este recurso es planteado por el particular el funcionario tiene 3/ d"as para emitir una respuesta en los cuales tendra qaue reali6ar las diligencias y actuaciones para resolver conforme a derecho y en base a la ley que le corresponde. %:'C%<@ 8ver art. 2 BC+.7
Cuando una persona se ve afectada en sus intereses debe de hacer valer sus derechos frente a la misma para esto e,iste el contensioso administrativo lo cual se debe de hacer atrav4s de recuersos@
Conforme al derecho de defen6a que tiene el particular los e,pedientes deberan ser impulsados de oficio los cuales se deben de formali6ar por escrito y siempre que reunan los requisitos de ley establecidos en la ley de lo contencioss administrativo y otras afines que tengan relaci!n.
%:< )? 0 ?' :C?:0<@ s una respuesta que se plantea en contra de todas aquellas resoluciones que emite un jefe superior en jerarquia o del mismo nivel la cual afecta a un particular. 8empleado p#blico o del stado7. en otras palabras es la forma de recurrir a manifestar aquello por lo cual se esta inconforme y que afecta laboralmente.
:0
CB+00 D :C?:0<0@ Dentro de la administraci!n p#blica solo se pueden plantear dos recursos haciendo uso del derecho que le compete al admininstrado del Derecho de petici!n que le compete.
'<=9C+C<'0@ Bas notificaciones preferentemente se deben de reali6ar personal o en su defecto por correo las cuales deberan de tener la constancia que fueron debidamente notificadas las partes interesadas.
+7 :C?:0< D :E<+C+=<:+. >7 :C?:0< D :%<0CA'. D:C;< D %=CA' 8 ver art. BC+7 8 art. 1 cprg7 8art 1 C%:&7 ste es un derecho que compete al particular cuando se ve afectado por resoluciones emitidas que le perjudican en forma particular y se plantean por escrito o por correo electronico a funcionarios y empleados que trabajande dentro de la admninistraci!n p#blica. %B+M< 5D+'= B C?+B 0 :0?BE' B<0
CB+00 D :07 D 9<'D< 8 las resoluciones 7. +:C;E< D B<0 %:
procedimiento administrativo y se deberá de tomar otras acciones alternas para subsanar el proceso. :C?:0< D :E