SEMINARIO TALLER LA CORRECTA LIQUIDACIÓN DEL IVA
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Lic. Luis Eduardo Zuñiga Torrez
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO ¿QUE ES EL IVA? El impuesto sobre el valor agregado o impuesto sobre el valor añadido es una carga fiscal sobre el consumo, es decir financiado por el consumidor. El IVA es un impuesto indirecto; no es percibido por el fisco directamente sino por el vendedor en el momento de toda transacción comercial (transferencia de bienes o prestación de servicios) Los vendedores intermediarios tienen el derecho a reembolsarse el IVA que han pagado a otros vendedores que los preceden en la cadena de comercialización (crédito fiscal), deduciéndolo del monto de IVA cobrado a sus clientes (débito fiscal), debiendo abonar el saldo al fisco. Los consumidores finales tienen la obligación de pagar el IVA sin derecho a reembolso, lo que es controlado por el fisco obligando a la empresa a entregar justificantes de venta al consumidor final e integrar copias de éstas a la contabilidad en una empresa Arista® - Derechos de autor reservados
LEY 843 – TITULO I : IMPUESTO AL VALOR AGREGADO DISPOSICIÓN LEY 843 DS 21530 RA 05-39-99 DS 26516 Ley Nº 3249 RND 10-0043-05 RND 10-0047-05 RND 10-0049-05 RND 10-0012-07 RND 10-0016-07
FECHA 20/05/1986 27/02/1987 13/08/1999 21/02/2002 01/12/2005 09/12/2005 14/12/2005 14/12/2005 25/04/2007 18/05/2007
RND 10-0007-11 RND 10-0015-13 LEY 366 DS 1768 RND 10-0019-13 RND 10-0022-13 RND 10-0038-13 RND 10-0044-13 RND 10-0049-13 RND 10-0024-14 RND 10-0029-15
01/04/2011 19/04/2013 29/04/2013 18/10/2013 31/05/2013 11/06/2013 27/11/2013 20/12/2013 30/12/2013 29/08/2014 04/11/2015
CONTENIDO Creación del IVA Reglamentación Normas agrupadas Donaciones cooperación internacional Tasa CERO para el transporte Internacional carga Delimitación del alcance del término habitualidad Libros Compras y ventas IVA – Módulo Da Vinci Cuotas de los socios de asociaciones sin fines de lucro Facturación del Transporte Aéreo para IATA Sistema de Facturación RND 10-0032-07|0022-08|0019-10|0007-11|0023-11|0038-11 Facturación por venta de combustibles Nuevos formularios TASA CERO para venta de libros Decreto reglamentario Tasa Cero para libros Alta automática del IT en venta de libros Cómputo del crédito fiscal de Tasa Cero Venta de bienes por comercio electrónico Sistema de facturación virtual Sistema de facturación virtual Modificaciones e Incorporaciones Arista® - Derechos de autor reservados al Sistema de facturación virtual
LEY 843 – TITULO I : IMPUESTO AL VALOR AGREGADO OBJETO (ART. 1) Créase en todo el territorio nacional un impuesto que se denominará Impuesto al Valor Agregado (IVA) que se aplicará sobre: Las ventas de bienes muebles situados
Los contratos de obras, de prestación de servicios y toda otra prestación, cualquiera fura su naturaleza
Las importaciones definitivas.
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LEY 843 – TITULO I : IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (ART. 2)
VENTA de bienes muebles
Toda transferencia
Venta
a título oneroso que importe la TRANSMISIÓN DEL
DOMINIO
Permuta
Dación en pago
Expropiación Adjudicación por disolución de sociedades
Cualquier otro acto que conduzca al mismo fin Arista® - Derechos de autor reservados
LEY 843 – TITULO I : IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (ART. 2)
VENTA de bienes muebles
Toda incorporación
Contratos de Prestación de Servicios
Contratos de Obras
Retiro de bienes muebles de la actividad
de cosas muebles
Con destino al uso o consumo particular
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LEY 843 – TITULO I : IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (ART. 2)
No se
consideran comprendidos en el objeto del IVA
Intereses generados por operaciones financieras
Compra – venta de acciones, títulos valores y de crédito
Aportes de capitales a las empresas
Transferencias consecuencia de una reorganización de empresas Esta alcanzada toda otra prestación realizada por las entidades financieras • Retribuida mediante comisiones • Honorarios • Otra forma de retribución Arista® - Derechos de autor reservados
LEY 843 – TITULO I : IMPUESTO AL VALOR AGREGADO SUJETOS
(ART. 3)
Son sujetos pasivos del impuesto quienes: En forma habitual se dediquen a la venta de bienes muebles
a
Realicen en nombre propio pero por cuenta de terceros venta de bienes muebles
b
Realicen a nombre propio importaciones definitivas
c
Realicen obras o presten servicios o efectúen prestaciones de cualquier naturaleza
d e
Alquilen bienes muebles y/o inmuebles f
Realicen operaciones de arrendamiento financiero con bienes muebles Arista® - Derechos de autor reservados
Lic. Luis Eduardo Zuñiga Torrez
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO NACIMIENTO DEL HECHO IMPONIBLE. (ART. 4) El hecho imponible se perfeccionará:
a
VENTAS: Al contado o al crédito:
Transferencia de dominio:
b
SERVICIOS: Contratos:
Percepción total o parcial del precio:
Finalice la ejecución o prestación:
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LEY 843 – TITULO I : IMPUESTO AL VALOR AGREGADO NACIMIENTO DEL HECHO IMPONIBLE
c Fecha de incorporación de bienes muebles (contratos de obras y prestación de servicios), o se produzca el retiro de bienes muebles de la actividad gravada de los sujetos pasivos.
d IMPORTACIONES En el momento del despacho aduanero, en el caso, de importaciones definitivas, inclusive los despachos de emergencia
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e ARRENDAMIENTOS el momento del vencimiento de cada cuota y en el del pago final del saldo de precio al formalizar la opción de compra.
LEY 843 – TITULO I : IMPUESTO AL VALOR AGREGADO BASE IMPONIBLE
1
(ART. 5)
Equipo de computación Core i7
1
descuento por compra al contado
7.500,00 (750,00)
Bono Cliente Feliz
a
Bonificaciones y descuentos
b
Valor de los envases
(50,00)
TOTAL
6.700,00
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LEY 843 – TITULO I : IMPUESTO AL VALOR AGREGADO DEBITO FISCAL
(ART. 7)
A los importes totales de los precios netos • • • • 1
Equipo de computación Core i7
1
descuento por compra al contado
Ventas Contratos de obras Prestación de servicios Toda otra prestación SE APLICA EL 13%
7.500,00 (750,00)
Bono Cliente Feliz
(50,00)
TOTAL
6.700,00
• • • • •
Devoluciones efectuadas Rescisiones Descuentos Obtenidas Bonificaciones Rebajas DE LAS COMPRAS EFECTUADAS
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LEY 843 – TITULO I : IMPUESTO AL VALOR AGREGADO CRÉDITO FISCAL
(ART. 8)
Del DEBITO FISCAL los responsables RESTARAN:
COMPRAS
13% IVA
CONTRATOS
IMPORTACIONES DEFINITIVAS
OBRAS
SERVICIOS
En la medida en que se vinculen con las operaciones gravadas, es decir, aquellas destinadas a la actividad por la que el sujeto resulta responsable del gravamen Arista® - Derechos de autor reservados
LEY 843 – TITULO I : IMPUESTO AL VALOR AGREGADO CRÉDITO FISCAL
(ART. 8)
Del DEBITO FISCAL los responsables RESTARAN:
• • • • •
Devoluciones Rescisiones Descuentos Bonificaciones Rebajas DE LAS VENTAS EFECTUADAS
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Otorgados
LEY 843 – TITULO I : IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
Marco Normativo Operaciones Gravadas y No Gravadas (Art. 8 Ley 843) 1. Sólo darán lugar al cómputo del crédito fiscal aquí previsto las compras, adquisiciones o importaciones definitivas, contratos de obras o servicios, o toda otra prestación o insumo de cualquier naturaleza, en la medida en que se vinculen con las operaciones gravadas, es decir, aquellas destinadas a la actividad por la que el sujeto resulta responsable del gravamen.
Gravado: Para este caso, se entiende por las operaciones que CAUSAN IVA
Tasa 13%
• • •
Compra Venta de Bienes Servicios Importaciones definitivas
Tasa 0%
• •
Venta y Edición de Libros Transporte Internacional
Operaciones dentro del Objeto del IVA
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LEY 843 – TITULO I : IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
OPERACIONES GRAVADAS
Compras que sirvan para generar más ventas gravadas
Compras y gastos vinculadas con las VENTAS FACTURADAS
Compras que sirvan para mantener la empresa Compras que sirvan para reducir gastos futuros Arista® - Derechos de autor reservados
•
Venta de Bienes
•
Prestación de Servicios
LEY 843 – TITULO I : IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
OPERACIONES GRAVADAS • • • • • T
BIENES Materias Primas Materiales Mercaderías Insumos Activos Fijos DETALLE
G/A Gasto – Activo A A/P
Crédito Fiscal Activo - Pasivo
• • • • •
SERVICIOS Profesionales Financieros Básicos Servicios Varios Asesoramiento DEBE
HABER
870.00 130.00 1.000,00
LEY 843 – TITULO I : IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
OPERACIONES GRAVADAS
Arista® - Derechos de autor reservados
LEY 843 – TITULO I : IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
OPERACIONES GRAVADAS
1000 1000
130
130 Arista® - Derechos de autor reservados
LEY 843 – TITULO I : IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
Marco Normativo Operaciones Gravadas y No Gravadas (Art. 8 Ley 843) NO Gravado: Para este caso, se entiende por las operaciones que aunque hayan generado gasto o ingreso NO CAUSAN IVA
Operaciones fuera del Objeto del IVA
•
Venta de Bienes Inmuebles
•
Venta de Moneda Extranjera
•
Intereses de entidades Bancarias
EXPORTACIONES: Para este caso, se entiende por las operaciones que aunque hayan generado gasto o ingreso NO CAUSAN IVA
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LEY 843 – TITULO I : IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
OPERACIONES NO GRAVADAS
Compras y gastos vinculadas con las VENTAS NO FACTURADAS o TASA CERO
Compras que sirvan para generar más ventas NO GRAVADAS Compras que sirvan para mantener la empresa Compras que sirvan para reducir gastos futuros Arista® - Derechos de autor reservados
• • • • • • • •
Venta de Bienes Inmuebles Venta de Moneda Extranjera Intereses de entidades Bancarias Transporte Internacional Venta de Libros – Tasa 0 Hotelería Turística Financiamientos ONG´s – ESFL Ingresos por Tasas
LEY 843 – TITULO I : IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
OPERACIONES NO GRAVADAS • • • • • T
BIENES Materias Primas Materiales Mercaderías Insumos Activos Fijos DETALLE
G/A Gasto – Activo G A/P
• • • • •
SERVICIOS Profesionales Financieros Básicos Servicios Varios Asesoramiento DEBE
HABER
870.00
Gasto Crédito Fiscal
130.00
Activo - Pasivo Arista® - Derechos de autor reservados
1.000,00
LEY 843 – TITULO I : IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
OPERACIONES NO GRAVADAS GASTO DEDUCIBLE • • • •
Venta de Bienes Inmuebles Venta de Moneda Extranjera Intereses entidades Bancarias Ingresos por Tasas GASTO NO DEDUCIBLE •
Transporte Internacional
•
Venta de Libros – Tasa 0
•
Hotelería Turistica
Arista® - Derechos de autor reservados
LEY 843 – TITULO I : IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
OPERACIONES GRAVADAS
Arista® - Derechos de autor reservados
LEY 843 – TITULO I : IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
OPERACIONES NO GRAVADAS
1000 0
0
0 Arista® - Derechos de autor reservados
LEY 843 – TITULO I : IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
Marco Normativo Proporcionalidad del Crédito Fiscal (Art. 8 D.S. 21530) 1. Por incorporación de bienes o servicios, el crédito fiscal, será apropiado en forma directa a las operaciones gravadas y a las operaciones que no son objeto de este impuesto.
LEY 843 – TITULO I : IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
Marco Normativo Proporcionalidad del Crédito Fiscal (Art. 8 D.S. 21530) 2. En la medida en que la apropiación directa a que se refiere el numeral anterior no fuera posible, la apropiación del crédito fiscal procederá en la proporción que corresponda atribuir a las operaciones gravadas y a las que no son objeto de este impuesto, a cuyo fin se tomará como base para dicha proporción el monto neto de ventas del período fiscal mensual que se liquida.
IMPORTES PROPORCION INGRESOS GRAVADOS 100,000.00 80% INGRESOS NO GRAVADOS 25,000.00 20% TOTAL INGRESOS 125,000.00 100% TOTAL COMPRAS CREDITO FISCAL PROPORCIONAL
85,000.00 68,000.00 = 85.000 x 80%
LEY 843 – TITULO I : IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
COMPRAS PROPORCIONALES
Compras que sirvan para mantener la empresa Compras que sirvan para reducir gastos futuros
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Compras y gastos que no es posible vincular a VENTAS FACTURADAS y NO FACTURADAS
LEY 843 – TITULO I : IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
COMPRAS PROPORCIONALES T
DETALLE
G/A Gasto – Activo A A/P
Crédito Fiscal
DEBE
HABER
1,740.00 260.00
Activo - Pasivo
2,000.00
AJUSTE AL CIERRE DEL PERIODO FISCAL T G A
DETALLE Gasto Crédito Fiscal Crédito Fiscal
DEBE
HABER XX XX
LEY 843 – TITULO I : IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
COMPRAS PROPORCIONALES
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LEY 843 – TITULO I : IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
COMPRAS PROPORCIONALES
2000 0 500 0 0 0 0 260 0 Arista® - Derechos de autor reservados
260
LEY 843 – TITULO I : IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
COMPRAS PROPORCIONALES
1000 0 1000 0 0 0 104 104 Arista® - Derechos de autor reservados
LEY 843 – TITULO I : IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
COMPRAS PROPORCIONALES
Arista® - Derechos de autor reservados
LEY 843 – TITULO I : IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
COMPRAS PROPORCIONALES T
DETALLE
DEBE
G/A Gasto – Activo A A/P
HABER
1,740.00
Crédito Fiscal
260.00 2,000.00
Activo - Pasivo
AJUSTE AL CIERRE DEL PERIODO FISCAL T G A
DETALLE
DEBE
Gasto Crédito Fiscal
HABER
156.00 156.00
Crédito Fiscal
MAYOR DEL CRÉDITO FISCAL DETALLE Registro inicial Crédito Fiscal Proporcional
DEBE
HABER
SALDO 260.00
260.00 156.00
104.00
Lic. Luis Eduardo Zuñiga Torrez
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Marco Normativo
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LEY 843 – TITULO I : IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
Marco Normativo EXPORTACIONES (Art. 11 Ley 843) ARTICULO 11°.- Las exportaciones quedan liberadas del débito fiscal que les corresponda. Los exportadores podrán computar contra el impuesto que en definitiva adeudaren por sus operaciones gravadas en el mercado interno, el crédito fiscal correspondiente a las compras o insumos efectuados en el mercado interno con destino a operaciones de exportación, que a este único efecto se considerarán como sujetas al gravamen.
LEY 843 – TITULO I : IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
Marco Normativo Tasa 0 (Ley 3249 – Transporte Internacional) “… el servicio de transporte internacional de empresas bolivianas de carga por carretera incluido el transporte de encomiendas, paquetes, documentos o correspondencia estará sujeto al régimen de tasa cero en el Impuesto al Valor Agregado (IVA). La aplicación de la mencionada tasa no implica que el sujeto pasivo sea beneficiario de la devolución del Crédito Fiscal (IVA), por no constituir exportación de servicios.”
LEY 843 – TITULO I : IMPUESTO AL VALOR AGREGADO DIFERENCIA ENTRE DÉBITO Y CRÉDITO FISCAL
Diferencia a Favor del FISCO
Diferencia a Favor del CONTRIBUYENTE
• • • • • • • • • •
(ART. 9)
0 hasta el 13 de cada mes 1 hasta el 14 de cada mes 2 hasta el 15 de cada mes 3 hasta el 16 de cada mes 4 hasta el 17 de cada mes 5 hasta el 18 de cada mes 6 hasta el 19 de cada mes 7 hasta el 20 de cada mes 8 hasta el 21 de cada mes 9 hasta el 22 de cada mes
Siguiente día hábil
podrá ser compensado con el IVA a favor del fisco, correspondiente a períodos fiscales posteriores
Actualización de valor
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DESCUENTOS BONIFICACIONES REBAJAS EN EL PERIODO
Lic. Luis Eduardo Zuñiga Torrez
APLICACIÓN TÉCNICA VENTAS CON DESCUENTOS Y/O REBAJAS DETALLE Venta Descuentos y/o rebajas TOTALES 1
Equipo de computación Core i7 descuento por compra al contado Bono Cliente Feliz
1
IMPORTE
IVA
NETO
7.500,00
975.00
6.525,00
800,00
104,00
696,00
6.700,00
871,00
5.829,00
7.500,00 (750,00) (50,00)
DETALLE Caja
6.700,00
DEBE
HABER
6.700,00
Descuentos en Ventas
696,00
Crédito Fiscal
104,00
Ventas
6.525,00
Debito Fiscal TOTALES
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975,00 7.500,00
7.500,00
Lic. Luis Eduardo Zuñiga Torrez
APLICACIÓN TÉCNICA VENTAS CON DESCUENTOS Y/O REBAJAS
Arista® - Derechos de autor reservados
Lic. Luis Eduardo Zuñiga Torrez
APLICACIÓN TÉCNICA LIQUIDACIÓN DEL IVA
7.500
VENTAS Venta
IMPORTE 7.500,00
Descuentos y/o rebajas TOTALES
800,00 6.700,00 975 975
800
104 Arista® - Derechos de autor reservados
104
Lic. Luis Eduardo Zuñiga Torrez
APLICACIÓN TÉCNICA COMPRAS CON DESCUENTOS Y/O REBAJAS DETALLE
Equipo de computación Core i7 descuento por compra al contado Bono Cliente Feliz
1
IVA
NETO
Equipo de Computación
7.500,00
975.00
6.525,00
Descuentos y/o rebajas
800,00
104,00
696,00
6.700,00
871,00
5.829,00
TOTALES 1
IMPORTE
7.500,00 (750,00) (50,00)
DETALLE Equipo de Computación Crédito Fiscal
6.700,00
DEBE
HABER
6.525,00 975,00
Descuentos en Compras
696,00
Debito Fiscal
104,00
Bancos TOTALES
Arista® - Derechos de autor reservados
6.700,00 7.500,00
7.500,00
Lic. Luis Eduardo Zuñiga Torrez
APLICACIÓN TÉCNICA COMPRAS CON DESCUENTOS Y/O REBAJAS
Arista® - Derechos de autor reservados
Lic. Luis Eduardo Zuñiga Torrez
APLICACIÓN TÉCNICA LIQUIDACIÓN DEL IVA
800 104 104 7.500 7.500
COMPRAS Adquisición Descuentos y/o rebajas TOTALES
IMPORTE 7.500,00 800,00 6.700,00 Arista® - Derechos de autor reservados
975
975
LEY 843 – TITULO I : IMPUESTO AL VALOR AGREGADO INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN DE EMITIR FACTURA, NOTA FISCAL O DOCUMENTO EQUIVALENTE
(ART. 12)
Hará presumir, sin admitir prueba en contrario, la falta de pago del impuesto.
REGISTROS
(ART. 13)
El reglamento dispondrá las normas
RND 10-0037-07
RND 10-0032-15 Nuevo Régimen Sancionador
RND 10-0030-11
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REGIMEN SANCIONATORIO
Lic. Luis Eduardo Zuñiga Torrez
INCUMPLIMIENTO DE DEBERES FORMALES RELACIONADOS CON EL REGISTRO Y ENVIÓ DE LA INFORMACIÓN OBLIGATORIA LIBROS DE COMPRAS Y VENTAS IVA INCUMPLIMIENTO AL DEBER FORMAL
PN – Unipersonales
Personas Jurídicas
1.000 UFV
2.000 UFV
Se podrá reducir la multa al 50% si el contribuyente presenta la información hasta los 20 días siguientes de notificado con el acto Administrativo que inicia el procedimiento sancionador.
Se podrá reducir la multa al 50% si el contribuyente presenta la información hasta los 20 días siguientes de notificado con el Acto administrativo que inicia el procedimiento sancionador
3.1
No envío de Libros de Compras y Ventas IVA por periodo fiscal o gestión anual según corresponda.
3.2
Envío de Libros de Compras y Ventas IVA fuera de plazo por periodo fiscal o gestión anual 150 UFV según corresponda, conforme normativa Arista® - Derechos de autor reservados específica.
300 UFV
Lic. Luis Eduardo Zuñiga Torrez
INCUMPLIMIENTO DE DEBERES FORMALES RELACIONADOS CON EL REGISTRO Y ENVIÓ DE LA INFORMACIÓN OBLIGATORIA LIBROS DE COMPRAS Y VENTAS IVA INCUMPLIMIENTO AL DEBER FORMAL
3.3
3.4
PN – Unipersonales
Personas Jurídicas
50 UFV
100 UFV
De 3 a 20 registros
De 3 a 20 registros
con error, 50 UFV
con error, 100 UFV
De 21 a 50 registros
De 21 a 50 registros
con error, 100 UFV
con error, 200 UFV
De 51 o más
De 51 o más
registros con error
registros con error
200 UFV
400 UFV
Envío de Libros de Compras y Ventas IVA rectificado fuera del plazo establecido en norma específica, por periodo fiscal o gestión anual, según corresponda.
Envío de Libros de Compras y Ventas IVA con errores de registro, por periodo fiscal o gestión anual, según corresponda.
Arista® - Derechos de autor reservados
RECOMENDACIONES
Arista® - Derechos de autor reservados
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