La Confirmación del Acto Jurídico
e d a d í a r t x e n e g a m I : t e e t n n r e e t u n F i
La Confirmación del Acto Jurídico
Introducción al tema
Teniendo en cuenta la obra de Aníbal Torres Vásquez , la anulabilidad se fundamenta en la protección del interés privado del ligitimado para accionar, de ahí que frente al acto anulable, la parte afectada puede optar, si tiene necesidad en la protección, por demandar judicialmente para que se declare su nulidad, o, si a no tiene necesidad de protección, puede convalidarlo mediante confirmación, o puede dejar que transcurra el plazo de prescripción para ejercer la acción de anulación !prescripción e"tintiva o liberatoria o sanatoria#, o renunciar a la acción una vez que ha cesado la causal de anulabilidad$% &a confirmación es una forma de convalidación de un acto anulable, por medio de la cual el titular de la acción de anulabilidad manifiesta e"presa o tácitamente su deseo de querer la validez la eficacia definitiva del acto anulable% &a confirmación encuentra su fundamento en el principio de conservación del acto jurídico'% (n términos del )r% *ena +antilla, la confirmación es un acto unilateral accesorio, complementario, en virtud del cual la persona que puede solicitar la anulación de un acto jurídico lo convalida, lo que implica de otro lado, de otro lado, la renuncia a su derecho de solicitar la nulidad !relativa# del mismo, eliminando de esta manera la amenaza de invalidez que pesaba sobre dicho acto por adolecer de alguna causal de anulabilidad, de manera que, a partir de la confirmación es como si la causal no hubiese e"istido nunca% (n otras palabras, con la confirmación, se produce la purificación del acto, de los vicios que adolecía, con lo que el acto jurídico adquiere su plena validez% (s necesario recalcar que la confirmación sólo procede cuando se trata de actos jurídicos anulables, no cuando el acto adolece de alguna causal de nulidad absoluta%
Aprendizajes esperados Conozcamos ahora las capacidades y actitudes a desarrollar en este primer tema: Capacidad •
dentifica los supuestos de procedencia de la confirmación del acto jurídico%
Actitudes •
Valora la importancia de conocer la figura jurídica de la confirmación%
Mapa conceptual referido al tema
-bserva detenidamente el siguiente esquema, en el encontrarás de un .vistazo/ de manera sintetizada los principales concepto de la temática que abordaremos% 01ué conceptos o categorías te llaman la atención2 LA CONFIRMACIÓN
Hace desaparecer
Amenaza de
Acto anulable
Acto inicialmente
La confrmación
Convalida el acto jurídico anulable Fuente: *ubén *ena +antilla 1 2
T-**(3 V4315(6, Aníbal% Ob. Cit , p% 7$8% T-**(3 V4315(6, Aníbal% Ob. Cit , p% 7$8% 2
Desarrollo de los contenidos de aprendizaje
1. Las características de la Confirmación.
(l )r% *ena +antilla plantea las siguientes características9: a)
(s una acto unilateral recepticio: (s unilateral porque para su celebración se requiere ;nicamente de la voluntad de la parte que está legitimada por la le para solicitar la anulación del acto jurídico, es recepticio porque la declaración de voluntad que da lugar a la confirmación tiene que ponerse en conocimiento de una persona determinada, la otra parte que intervino en la celebración del acto que se confirma%
b)
*eviste un doble aspecto: 5no positivo, que consiste en el deseo de mantener la validez eficacia del acto jurídico anulable, otro negativo, que implica la renuncia al derecho de impugnarlo, por lo que a no es posible revocar el acto confirmatorio%
c)
(s necesario: Toda confirmación requiere como presupuesto, la e"istencia de un acto jurídico que por adolecer de alguna causal de anulabilidad requiere de un acto confirmatorio para adquirir validez definitiva%
arandiaran, la confirmación tiene un carácter consecuencial% (l acto confirmatorio, agrega, es meramente adacente al convalidado, no crea nuevas vinculaciones jurídicas, concretándose sólo a redimir el acto anterior de sus defectos%
?or otro lado el )r% Torres Vásquez, hace mención de las siguientes características del acto confirmatorio: a# (s unilateral, b# (s abdicativo porque implica la renuncia a la acción de anulación del acto, c# (s irrevocable, por cuanto convalida un acto anulable, d# (s declarativo porque su finalidad convalidatoria tiene una eficacia in retro, es decir, la eficacia del acto confirmatorio se retrotrae al momento de la celebración del acto confirmado, al que le permite producir sus efectos de manera definitiva% &a confirmación es un acto jurídico unilateral porque es realizado por aquel a quien corresponde el derecho de instar la anulación, sin que sea necesario el concurso de la otra parte cuando el acto anulable no es unilateral% &a manifestación de voluntad del confirmante es recepticia debido a que como incide en la validez del acto que se confirma por ende afecta la esfera jurídica de todos los que en él son partes, debe ser puesta en conocimiento de éstos, de ahí que el acto confirmatorio no puede ser revocado% (s, además, un acto accesorio del convalidado@% . Confirmación !"presa. Artículo 230.- Confirmación eplícita: !al"o el derecho de tercero# el acto anulable puede ser confirmado por la parte a $uien corresponda la acción de anulación mediante instrumento $ue conten%a la mención del acto $ue se $uiere confirmar# la causal de anulabilidad y la manifestación epresa de confirmarlo. Artículo 232.- &ormalidad de la confirmación: 'a forma del instrumento de confirmación debe tener i%uales solemnidades a las establecidas para la "alidez del acto $ue se confirma.
.&a confirmación e"presa es el acto jurídico unilateral accesorio por el cual la parte a quien corresponde la acción de anulación declara, de modo directo, inmediato o e"plicito, querer la validez definitiva del acto anulable, con conocimiento de la causal de anulación habiendo cesado% &a declaración es e"presa cuando se realiza mediante signos !lenguaje escrito, hablado o mímico# que denoten directamente lo voluntad declarada% &a confirmación debe contener: a# &a mención del acto que se quiere confirmar, b# &a causal de anulabilidad, c# &a manifestación e"presa de confirmarlo% 3
*(BA +ABT&&A, *ubén% -b%
(n la confirmación e"presa, el vicio el derecho a la anulación aparecen de la manifestación de la voluntad de confirmar, puesto que el agente debe hacer referencia a la causal de anulabilidad su deseo de confirmarlo% (l acto confirmatorio requiere de los mismos requisitos generales e"igidos para la validez de todo acto jurídico/E% #. Confirmación $%cita. Artículo 23(.- Confirmación por e)ecución total o parcial: *l acto $ueda tambi+n confirmado si la parte a $uien correspondía la acción de anulación# conociendo la causal# lo hubiese e)ecutado en forma total o parcial# o si eisten hechos $ue ine$uí"ocamente pon%an de manifiesto la intención de renunciar a la acción de anulabilidad.
.&a confirmación tácita es aquella en la que la voluntad de confirmar no se manifiesta directamente, sino que se infiere de determinadas conductas o hechos a partir de los cuales podemos percibir su e"istencia% ?or ejemplo, Fuan, como vendedor,
(l )r% +anuel +uro nos e"plica la importancia de este artículo: .(sta norma se conecta directamente con el artículo '9D del <ódigo
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T-**(3 V4315(6, Aníbal% Ob. Cit , p% 7'D% *(BA +ABT&&A, *ubén% -b%
formalidad ad solemnitatem el vicio es de otra índole, al confirmar ei acto debe observarse la misma formalidad solemne que le corresponde, pues así lo manda el artículo '9' del <ódigo
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