La Actuación en Juicio de la Procuraduría General de la Republica La Procuraduría General de la Republica además de actuar como órgano asesor de la Nación, es la encargada de ejercer también la representación representación de la República como persona jurídica sujeta a relaciones de derecho y obligaciones de carácter patrimonial !sí como lo establece el !rticulo "# de la Ley $rgánica de La Procuraduría General de la Republica %ue nos dice %ue &orresponde &orresponde a La Procuraduría General de la Republica representar representar al Poder 'jecuti(o Nacional y de)ender sus actos ante la jurisdicción contenciosa administrati(a y constitucional Los *ribunales están obligados a noti+car al Procurador de todo proceso judicial %ue, directa o indirectamente obren contra los intereses patrimoniales de la República, por esta raón la Procuraduría puede inter(enir en todos los procesos judiciales en %ue sean parte los -nstitutos !utónomos, establecimientos públicos nacionales y los órganos estadales y municipales, cuando, a su juicio, los mismos a)ecten el patrimonio de la Republica &uando la demanda sea intentada contra la Republica las noti+caciones y citaciones realiadas al Procurador General de la Republica, deben cumplir con todas las )ormalidades y re%uisitos establecidos en la Ley sino se consideraran como no practicadas Las actuaciones procesales realiadas por La Procuraduría General de la Republica pueden presentarse por escrito, diligencia u o+cio &uando 'l Procurador General de la Republica o los abogados %ue ejeran la representación de la Republica no asistan a los actos de contestación de demandas intentadas contra ésta, se tienen como contradichas en todas sus partes, sin perjuicio de la responsabilidad personal del )uncionario por los da.os causados a l os derechos, bienes e intereses patrimoniales de la Republica La República no está obligada a prestar caución para ninguna actuación judicial *oda *oda sentencia de+niti(a contraria contraria a la pretensión, e/cepción e/cepción o de)ensa de la República, debe ser consultada al *ribunal 0uperior competente Los abogados %ue actúen en nombre de la Procuraduría General de la República deben hacer (aler en los juicios todos los recursos ordinarios, e/traordinarios y especiales establecidos por las leyes y los lapsos para intentar dichos recursos no comenaran a correr hasta %ue el Procurador no se de por noti+cado de ello, y el
secretario del *ribunal *ribunal respecti(o deberá emitir en )orma inmediata el acuse de recepción de dichos recursos 1 aun%ue sean declarados sin lugar, la Republica no puede ser condenada en costas Los bienes, rentas, derechos o acciones %ue )ormen parte del patrimonio de la República República no están sujetos a embargos, secuestros, hipotecas, ejecuciones interdictales y, en general, a ninguna medida pre(enti(a o ejecuti(a 'n los juicios en %ue sea parte o inter(enga la República, el número de sus representantes constituidos por ante un mismo *ribunal no está sujeto a limitación alguna -
Actua Actuació ción n de La La Procu Procurad radurí uría a Gener General al de la Repu Republic blica a cuando la Republica es Parte en Juicio
La Procuraduría General de la República puede ejercer la representación representación %ue ostenta, en las acciones de amparo constitucional %ue intente la República, cuando estén in(olucrados sus derechos, bienes e intereses patrimoniales Las citaciones al Procurador para la contestación de demandas debe hacerse personalmente a su persona y debe ser practicadas por o+cio, acompa.ado del libelo y de los recaudos producidos por el actor &onsignado por el !lguacil el acuse de recibo de la citación en el e/pediente respecti(o, comiena a transcurrir un lapso de 23 días, tiempo en %ue el Procurador se dará por noti+cado para al +naliar dicho lapso realiar la contestación de la demanda &uando, por )alta de citación al Procurador, o por error o )raude en la misma, se causare un perjuicio gra(e a los derechos, bienes e intereses patrimoniales de la República, éste puede interponer recurso de in(alidación contra las sentencias ejecutoriadas o cual%uier otro acto %ue tenga )uera de tal en un lapso de #4 días a partir del momento del conocimiento de la misma &uando se desprenda de los autos %ue la recon(ención (ersare sobre objeto distinto al del juicio principal, la Procuraduría General de la República podrá oponer las cuestiones pre(ias a %ue haya lugar, para %ue sean decididas en la sentencia de+niti(a como punto pre(io &uando la República sea citada en garantía o en saneamiento, la citación al Procurador debe hacerse en la )orma ) orma pre(ista en este 5ecreto con Rango, 6alor y 7uera de Ley, para %ue compareca
dentro de los 84 días hábiles siguientes a la )echa en %ue conste en autos la citación 'n los juicios en %ue la República sea parte, los )uncionarios judiciales, sin e/cepción, e/cepción, están obligados a noti+car noti+car al Procurador Procurador o Procuradora General de la República de toda sentencia interlocutoria o de+niti(a para %ue se inicien los lapsos para la interposición de los recursos a %ue haya lugar La )alta de noti+cación es causal de reposición y ésta puede ser declarada de o+cio por el *ribunal o a instancia del Procurador de la República &uando la República sea condenada en juicio, el *ribunal encargado de ejecutar la sentencia noti+cará al Procurador Procurador %uien, debe in)ormarle sobre su )orma y oportunidad de ejecución La Procuraduría participará al órgano respecti(o de lo ordenado en la sentencia 'ste último deberá in)ormar a la Procuraduría Procuraduría General de la República sobre sobre la )orma y oportunidad de ejecución de lo ordenado en la sentencia La parte interesada, pre(ia noti+cación, puede aprobar o rechaar la proposición del órgano o ente público %ue corresponda y, en el último caso, el *ribunal debe +jar otro plao para presentar nue(a propuesta9 si la misma no es aprobada por la parte interesada, o si el organismo respecti(o no hubiere presentado alguna, el *ribunal *ribunal debe determinar la )orma y oportunidad de dar cumplimiento a lo ordenado por la sentencia, según los procedimientos siguientes: 2 0i se trata de cantidades de dinero, el *ribunal, *ribunal, a petición de la parte interesada, debe ordenar %ue se incluya el monto a pagar en la partida respecti(a de los pró/imos pró/imos dos ejercidos presupuestarios, a cuyo e)ecto debe en(iar al Procurador copia certi+cada de la decisión, la cual debe ser remitida al órgano o ente correspondiente 'l monto %ue se ordene pagar debe ser cargado a una partida presupuestaría no imputable a programas 8 0i se trata de entrega de bienes, el *ribunal *ribunal debe poner en posesión de los mismos a %uien corresponda 0i tales bienes estu(ieren a)ectados al uso público, a acti(idades de utilidad pública o a un ser(icio público, el *ribunal debe acordar la +jación del precio mediante a(alúo realiado por tres peritos, nombrados uno por cada parte y el tercero de común acuerdo 'n caso de desacuerdo, el tercer perito es nombrado por el *ribunal
'n los juicios en %ue sea parte la República, la corrección monetaria debe ser +jada sobre la base del promedio de la tasa pasi(a anual de los seis primeros bancos comerciales del país 'n los juicios en %ue haya recaído sentencia de+niti(a a )a(or de la República, el Procurador, Procurador, o %uien actúe en su nombre, debe estimar el (alor de las respecti(as actuaciones, de con)ormidad con lo establecido en la Ley de !bogados, a los l os e)ectos de la respecti(a condenatoria en costas -
Medid edidas as Caute autela lare res s:
La Procuraduría General de la República puede solicitar las siguientes medidas cautelares: 2 'l embargo9 8 La prohibición de enajenar y gra(ar9 # 'l secuestro9 ; &ual%uier medida nominada e innominada %ue sea necesaria para la de)ensa de los derechos, bienes e intereses de la República - Actua Actuació ción n de la la Procu Procurad radurí uría a Gener General al de de la Republ Republica ica cuando la Republica no es Parte en Juicio 'l Procurador puede inter(enir en a%uellos juicios en los %ue, si bien la República no es parte, son a)ectados directa o indirectamente los derechos, bienes e intereses patrimoniales de la República Los )uncionarios judiciales están obligados a noti+car al Procurador de la admisión de toda demanda %ue obre directa o indirectamente contra los intereses patrimoniales de la República Las noti+caciones deben ser hechas por o+cio y estar acompa.adas de copias certi+cadas de todo lo %ue sea conducente para )ormar criterio acerca del asunto 'l proceso se suspenderá por un lapso de no(enta <=4> días continuos, el cual comiena a transcurrir a partir de la )echa de la consignación de la noti+cación, practicada en el respecti(o e/pediente 'l Procurador se tendrá por noti+cado 'sta suspensión es aplicable únicamente a las demandas cuya cuantía es superior a un mil ?nidades *ributarias <2444 ?*> 'l Procurador, debe contestar dichas noti+caciones durante este lapso, mani)estando la rati+cación de la suspensión, o su renuncia a lo %ue %uede del re)erido lapso, en cuyo caso se tendrá igualmente por noti+cado La )alta de noti+cación al Procurador, así como las noti+caciones de)ectuosas, son causal de reposición en
cual%uier estado y grado de la causa, la cual podrá ser declarada de o+cio por el tribunal o a instancia del Procurador Procurador &uando se decrete medida procesal, de embargo, secuestro, ejecución interdictal y, en general, alguna medida de ejecución pre(enti(a o de+niti(a sobre bienes de institutos autónomos, empresas del 'stado o empresas en %ue éste tenga participación9 de otras entidades públicas o de particulares, %ue estén a)ectados al uso público, a un ser(icio de interés público, a una acti(idad de utilidad pública nacional o a un ser(icio pri(ado de interés público, antes de su ejecución, el jue debe noti+car al Procurador, acompa.ando copias certi+cadas de todo lo %ue sea conducente para )ormar criterio acerca del asunto, a +n de %ue el organismo público %ue corresponda corresponda adopte las pre(isiones necesarias para %ue no se interrumpa la acti(idad o ser(icio a la %ue esté a)ectado el bien 'l Procurador o %uien actúe en su nombre, debe contestar dichas noti+caciones mani)estando la rati+cación de la suspensión, o su renuncia a lo %ue %uede del lapso, en cuyo caso se tendrá igualmente por noti+cado !doptadas las pre(isiones del caso, el organismo correspondiente correspondiente debe comunicar al Procurador, %uien a su (e debe in)ormar al jue de la causa %uien podrá proceder a la ejecución de la medida