INFORMACION ESPECIAL SUPLEMENTARIA SUPLEMENTARIA POR PARTE DEL REVISOR FISCAL
INFORMACION SUPLEMENTARIA POR PARTE DEL REVISOR FISCAL •
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Una Una enti entida dad, d, por por lo gene genera ral, l, emit emite e sus sus esta estado dos s finan financi cier eros os bási básico cos s y nota notas, s, acompañados del informe del Revisor Fiscal; sin embargo, al emitir esa información anual, la entidad puede incluir ya sea por ley o por costumbre otra información financ financiera iera y no financ financier iera, a, la cual, cual, para para propós propósito ito de este este pronun pronuncia ciamie miento nto,, denominamos información suplementaria. Ejempl Ejemplo o de inform informaci ación ón suplem suplemen entari taria a son los los resme resmenes nes financ financier ieros os o punto puntos s sobresalientes, ra!ones financieras, informes de la gerencia o de la junta directiva, etc. "obre algunas informaciones suplementarias el Revisor Fiscal tiene la obligación legal de opinar y sobre otras, no tiene tal obligación. #uando un Revisor Fiscal tiene la obliga obligació ción n de opinar opinar espec$ espec$fic ficame amente nte sobre sobre una inform informaci ación ón suplem suplement entari aria, a, sus responsabilidades estarán determinadas por la naturale!a de su obligación. En relación con la información suplementaria sobre la %ue el Revisor Fiscal no tiene la obligación legal de opinar, recomendamos %ue, &asta donde sea posible, incluya una opinión opinión sobre sobre esta información información previa previa su revisión revisión de acuerdo acuerdo con procedimiento procedimientos s necesarios en la circunstancia. 'dicional a su dictamen u opinión sobre los estados financieros básicos, el Revisor Fisc Fiscal al debe debe esta establ blec ecer er clar claram amen ente te su resp respon onsa sabi bili lida dad d con con resp respec ecto to a la información suplementaria, an cuando esta información no se considere necesaria para una presentación ra!onable de la situación financiera y del resultado de las operaciones de la entidad. #uando la información suplementaria consiste en estados financieros condensados, los mismos pueden cubrirse en el párrafo de la opinión como se indica a continuación( )En mi opinión, los estados financieros mencionados en el primer párrafo, presentan ra!onablemente la situación financiera de la #ompañ$a *+, al - de diciembre de /0**, los resultados de sus operaciones y los cambios en la situación financiera por el año año term termin inad ado o en esa esa fec& fec&a a y los los esta estado dos s comp comple leme ment ntar ario ios s pres presen enta tan n ra!onablemente la información consignada en los mismos, todo ello de conformidad con principios de contabilidad generalmente aceptados. .1. #uan #uando do la infor informa maci ción ón supl suplem emen entar taria ia no es prop propia iame ment nte e esta estado dos s fina financ ncie iero ros s condensados sino tablas, ra!ones financieras, ane2os o planillas de gastos u otros elementos de los estados financieros, cifras financieras del informe de la gerencia y junta directiva, la opinión sobre esta información se debe &acer en un párrafo separado al final del dictamen u opinión, párrafo %ue podr$a decir lo siguiente( )3os datos incluidos en las páginas ** o los ane2os **, aun%ue no se consideran necesa necesario rios s para para una presen presentac tación ión ra!ona ra!onable ble de la situa situació ción n financ financier iera, a, de los resu result ltad ados os de las las oper operac acio ione nes s y de los los camb cambio ios s en la situ situac ació ión n fina financ ncie iera ra,, se presentan como información suplementaria y &an estado sujetos a los procedimientos de audito auditor$a r$a aplicado aplicados s en el e2ame e2amen n de los estad estados os financ financier ieros os básico básicos. s. En mi opinió opinión, n, estos estos datos datos están están presen presentad tados os ra!ona ra!onable blemen mente te en todos todos los los aspect aspectos os importantes con relación a los estados financieros básicos en conjunto. ) Estados del Año Anterior no Auditados por el Revisor Fisal "i se presen presentan tan estad estados os financ financier ieros os compar comparati ativos vos con los los del año anteri anterior or no e2aminados por el Revisor Fiscal actual, debe &acerse una e2posición apropiada por el Revisor Fiscal en su informe. "i los estado estados s financ financier ieros os del año anteri anterior or fueron fueron e2amin e2aminado ados s por otro otro #ontad #ontador or 4blico 4blico y en nuestra nuestra revisión revisión del presente presente año no se observaron observaron inconsist inconsistencia encias, s, errores errores u omisiones omisiones importantes importantes,, los estados financieros financieros del año anterior anterior se pueden pueden 1
INFORMACION ESPECIAL SUPLEMENTARIA POR PARTE DEL REVISOR FISCAL
cubrir en un párrafo como el siguiente( )3os estados financieros del año /0**, 5año anterior6, %ue se presentan con fines comparativos, fueron e2aminados por otro #ontador 4blico %uien emitió informe sin salvedad sobre los mismos en mar!o de /0**1. . "i el Revisor Fiscal tiene ra!ones para creer %ue los estados financieros del año anterior no ofrecen una presentación ra!onable, el párrafo intermedio podr$a tener el siguiente contenido( )7o e2amin8 los estados financieros del año anterior y por consiguiente no e2preso opinión sobre los mismos al encontrar ajustes importantes %ue debieron reflejarse en dic&os estados financieros1. #uando el dictamen u opinión del otro Revisor Fiscal sobre los estados financieros del año anterior contengan salvedad, debe darse consideración a la naturale!a y a la valide! corriente de la salvedad, en forma similar al caso en %ue el actual Revisor Fiscal &ubiera emitido un dictamen u opinión con salvedad sobre los estados In!or"e del Revisor Fisal so#re Estados financieros del año anterior. Finanieros Inter"edios El contenido del informe o dictamen sobre los estados financieros del fin de año o ejercicio a los %ue se les &a practicado una auditor$a completase e2presó en las páginas anteriores. Este informe no es aplicable a los estados financieros de fec&as intermedias cuya firma se solicita con alguna frecuencia, por bancos, entidades financieras, entidades encargadas del control y vigilancia y por la misma asamblea general o junta de socios. 3a auditor$a continua %ue practica el Revisor Fiscal le proporciona una base para informar si &ay %ue &acer modificaciones importantes de acuerdo con los principios de contabilidad generalmente aceptados. 3os procedimientos para llevar a cabo una revisión de estados financieros intermedios consisten principalmente en procedimientos de revisión anal$tica descritos en la 7orma 9nternacional de 'uditor$a. El dictamen del Revisor Fiscal sobre estados financieros intermedios debe consistir en( •
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. Una declaración de %ue los estados financieros intermedios fueron &ec&os de acuerdo con las normas establecidas para esta clase de revisiones, /. Una identificación de los estados financieros objeto del e2amen. -. Una descripción de los procedimientos llevados a cabo. :. Una declaración %ue la revisión intermedia es menor en el alcance %ue la de un e2amen de acuerdo con las normas de auditor$a generalmente aceptadas. . Una declaración de %ue las cifras de los estados financieros se encuentran en todo de acuerdo con los libros de contabilidad de la sociedad. ' continuación se presenta un ejemplo de esta clase de informe( i revisión fue &ec&a de acuerdo con normas establecidas por la profesión para la revisión de estados financieros de per$odos intermedios y por consiguiente se obtuvo la información y conocimiento de los procedimientos utili!ados en la preparación de dic&os estados, se &icieron las investigaciones con los funcionarios responsables de los asuntos financieros contables, y mediante procedimientos anal$ticos de revisión, se &icieron pruebas de los documentos y registros de contabilidad. El alcance de esta revisión es menor %ue el de la %ue se practica en los estados financieros al finali!ar el per$odo, conforme a normas de auditor$a generalmente aceptadas. En mi opinión y con base en las normas establecidas por la profesión para la revisión de estados financieros intermedios los estados mencionados, %ue &an sido tomados fielmente de los libros, presentan la situación financiera de la compañ$a de acuerdo con los principios de contabilidad generalmente aceptados. •
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Revisor Fiscal ?arjeta 4rofesional 7mero. . .
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