FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES, FINANCIERAS FINANCIERAS Y ADMINISTRATIVAS ESCUELA PROFESIONAL DE CONTABILIDAD CONTABILIDAD CENTRO ULADECH ULADECH CATOLICA - HUARAZ
ASIGNATURA:
CONTABILIDA III
CICLO:
III “A”
DOCENTE:
MARIA VALVERDE HUERTA
TEMA:
PLANILLA
ALUMNO:
MALARIN LEON HERBER Jesús
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DEDICATORIA Este trabajo lo dedicamos a nuestros padres ya que gracias a ellos podemos estar en esta linda universidad y poder aportar con nuestros conocimientos. También le dedicamos a un amigo muy especial y es DIOS con el hacemos todo y está en las buenas y malas, en las noches más frías y por eso se lo debemos todo a él ya que a pesar de nuestros errores en está viva él supo perdonarnos y comenzar nuevamente. También le dedicamos a usted querida profesora MARIA VALVERDE HUERTA porque gracias a usted aprendemos día tras día cosas nuevas que
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INTRODUCCIÒN El Libro Planilla de Remuneración, registra el pago mensual de los trabajadores de una empresa, y contiene todos los registros de faltas, ausencias, bonificaciones, comisiones salarios etc. de los empleados. Que se puede definir como como un registro contable que brinda elementos que permiten demostrar de manera transparente, ante la autoridad competente, la relación laboral del trabajador en las empresas, sus remuneraciones y los demás beneficios que se pagan. Estos libros pueden ser llevados en libros, hojas sueltas o micro formas.
MPORTANCIA: Nos permite llevar un control de las horas trabajadas por los empleados de una empresa, se toma en cuenta los costos más elevados de una empresa es la mano de obra.
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PLANILLA DE REMUNERACIONES I.
MARCO TEORICO 1.1. DEFINICIÓN El Registro de Compras es un libra auxiliar obligatorio en el que se anotan las adquisiciones tanto de bienes o servicios, que efectúa la empresa, en el desarrollo de sus actividades económicas.
1.2. OBLIGADOS A LLEVARLO Los empleadores cuyos trabajadores se encuentren sujetos al régimen laboral de la actividad privada y las cooperativas de trabajadores, con relación a sus trabajadores y socios trabajadores, están obligados a llevar Planillas de Pago, de conformidad con las normas contenidas en el presente DECRETO SUPREMO Nº 001-98-TR.
1.3. CLASIFICACION Se clasifican en 2 modalidades:
a. PLANILLA FISICA.- La SUNAT tiene que autorizar el uso cumpliendo algunos requisitos para la autorización de planillas en libros u hojas
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–
modalidad formativa laboral y otros (practicantes), personal de terceros y derechohabientes. A partir del 1.08.2011 la Planilla electrónica tiene dos componentes que son el Registro de Información Laboral (T-Registro) y la Planilla Mensual de Pagos (PLAME):
1.4. ¿A PARTIR DE CUÁNDO DEBO REGISTRAR A UN TRABAJADOR EN PLANILLAS? Debo registrar a mis trabajadores en las planillas, dentro de las 72 horas de inicio de la prestación de servicios, cualquiera que sea su forma de contratación laboral. Las formas de contratación establecidas pueden ser tres:
a. CONTRATO DE TRABAJO A TIEMPO INDETERMINADO: Cuando acuerdo con el trabajador que prestará sus servicios de manera subordinada y remunerada; pero el contrato no se sujeta a un plazo de duración definido.
b. CONTRATO DE TRABAJO SUJETO A MODALIDAD: Los contratos de trabajo sujetos a modalidad son por un tiempo determinado
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1.5. ¿QUÉ TRABAJADORES DEBO REGISTRAR EN PLANILLAS? Debo registrar a todo trabajador sujeto al régimen laboral de la actividad privada con independencia de las condiciones de su contratación. Es decir que debo inscribirlo en planillas cualquiera que haya sido la modalidad de su contrato.
1.6. ¿QUÉ SANCIONES ME ORIGINA EL NO REGISTRO DE UN TRABAJADOR EN PLANILLAS? Debo saber que la omisión de registro de un trabajador en planillas es una infracción a la ley que el ordenamiento jurídico sanciona de dos modos: -
Con la imposición de multas. Esta sanción se me impone en el caso que el Ministerio de Trabajo detecte que la empresa no registra a un trabajador en planillas. Esta omisión se considera como una infracción de tercer grado. Las infracciones de tercer grado, que son las de mayor gravedad, pueden ser sancionadas con una multa máxima de 20 Unidades Impositivas Tributarias – UIT.
-
Con la aplicación de una presunción de veracidad. En caso que el trabajador entable una demanda laboral contra el empleador y señale
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Micro formas. Éstas me permiten el uso de tecnologías avanzadas en materia de archivos de documentos e información.
1.8. ¿QUIÉN ME AUTORIZA EL USO DE LAS PLANILLAS DE PAGO? El uso de Planillas me lo debe autorizar la Autoridad Administrativa de Trabajo correspondiente (AAT). En el caso de Lima tengo que dirigirme al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. En el caso de regiones me debo apersonar a las Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo .
1.9. REQUISITOS PARA LA AUTORIZACIÓN DE PLANILLAS EN LIBROS U HOJAS SUELTAS Los requisitos que necesito para la autorización de planillas son los siguientes:
a. Para que me autoricen la Primera Planilla: -
Lleno la Solicitud. Lo hago según Formato N° 1, (ver anexo). Si es para una obra de Construcción Civil uso el Formato N° 2, (ver anexo).
-
Presento el Libro o las Hojas sueltas. Las hojas sueltas deben
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IMPORTANTE
El número de cuenta de Tributo 5517. Si mi caso se trata de una MYPE percibo un descuento del 70%, de los derechos de pago previstos en el TUPA (*) del Ministerio de Trabajo, de acuerdo al tributo 1996, según Ley 28015.
(*) TUPA: Texto Único de Procesos Administrativos Para que me autoricen la Segunda Planilla y las siguientes: -
Cumplo con los requisitos señalados. Necesito los mismos requisitos de la primera planilla: N° 1, 2, 3, 4 y 5. Adicionalmente:
-
Acompaño planillas anteriores. Si uso hojas sueltas:
(a) acompaño copia de la autorización anterior y (b) los originales de la última hoja usada y de las hojas sobrantes.
UNIVERSIDAD CATÓLICA LOS ÁNGELES DE CHIMBOTE - HUARAZ a. En la primera hoja de la planilla de pagos debo registrar la información referida a cada trabajador. Como se muestra en la Figura Esta hoja, conocida como "hoja de datos", contiene la siguiente información por trabajador: - Nombre completo, sexo y fecha de nacimiento; - Domicilio; - Nacionalidad y documento de identidad; - Fecha de ingreso o reingreso a la empresa; - Cargo u ocupación; - Número de registro o código de asegurado o afiliado a los sistemas previsionales correspondientes - Fecha de cese. b. En la segunda hoja, que lleva como título "Planillas de pago de remuneraciones", debo registrar por separado, y según la periodicidad de pago, los siguientes conceptos: - Nombres y apellidos de los trabajadores. - El pago de remuneraciones que se abonen al trabajador. - El número de días y horas trabajadas.
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Figura 2. Aspecto de la primera hoja de una planilla con 11 trabajadores registrados
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II. PASOS DE LA PLANILLA
N° DE ORDEN: Debe anotarse el número correlativo de los trabadores Por ejemplo. 1, 2, 3,4. Etc.
CODIGO DNI Se registra el código o número del documento de identidad del Trabajador. Ejemplo: 47031701
NOMBRES Y APELLIDOS: Datos personales de los trabajadores de la empresa en algunos casos vienen con información de domicilio, ubicación y estado civil, de acuerdo con su DNI. Ejemplo: Maguiña Chávez Wilder
CARGO U OCUPACIÒN: Los puestos que ocupan los trabajadores de una empresa, dependiendo cuantas secciones tiene la empresa. Ejemplo: ADMINISTRADOR, CONTADOR. Etc.
UNIVERSIDAD CATÓLICA LOS ÁNGELES DE CHIMBOTE - HUARAZ trabajo, cuando una persona realiza un trabajo profesional o cumple con una determinada tarea en una empresa, espera recibir un pago por su esfuerzo. Dicha recompensa o retribución se conoce como remuneración.
ASIGNACION FAMILIAR: Es la aportación que el empleador otorga a un trabajador en caso de que tenga familia (hijos), este aporte es el 10 % de la remuneración mínima vital. Ejemplo: SI,
TOTAL DE REMUNERACION: Es el pago que se le da al empleado a la suma de su sueldo bruto a sus aportaciones que se le pueda otorgar.
DESCUENTOS: Son deducciones o rebajas que se le otorga al empleado, que son los SEGUROS, FONDO DE PENSONES Y LA RENTA DE QUINTA CATEGORIA, en caso si lo tuviera.
SISTEMA NACIONAL DE PENSIONES (SNP): Son los abonos que se le descuenta al empleado para su pensión, de lo que es el sistema nacional o público.
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ESSALUD (9%): Es el aporte que otorga el empleador al empleado fuera de su sueldo para asegurar su bienestar en caso de alguna enfermedad, recuperación o rehabilitación.
COMPENSACION POR TIEMPO DE SERVICIO: Es un beneficio social que permite prever el riesgo que origina el cese de una relación laboral y la consecuente pérdida de ingresos en la vida de una persona y su familia.
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EJEMPLO DE UNA PLANILLA Nº DE ORDE N 1 2 3 4 5
CONCEPTOS DE REMUNERACIONES APELLIDOS Y NOMBRES ALVARADO CADILLO,ROMARIO ROBLES ATOCHE, Luis Farías Robles, Luisa Fajardo Calla, Denisse SILUPU NAVARRO, Laura
CARGO RMV
Gerente Vigilant e Vendedor a Vendedor a Adm. Cajera
S/. 750.00 S/. 750.00 S/. 750.00 S/. 750.00 S/. 750.00
ASIGNACI OTRAS ON REMUNERACIO FAMILIAR NES
TOTAL REMUNERACIO NES
DESCUENTOS AL TRABAJADOR AFP
ONP
APORTACIONES 9% TOTAL DE DESCUENTOS
HABER LIQUIDO
ESSALUD
TOTAL APORTACIO NES
S/. 750.00
S/.0.00
S/.1,500.00
S/.193.50
S/.193.50
S/.1,306.50
S/.135.00
S/.135.00
S/.0.00
S/.0.00
S/.400.00
S/.51.84
S/.51.84
S/.348.16
S/.36.00
S/.36.00
S/.0.00
S/.0.00
S/.400.00
S/.52.00
S/.52.00
S/.348.00
S/.36.00
S/.36.00
S/.0.00
S/.0.00
S/.325.00
S/. 42.25
S/.42.25
S/.282.75
S/.29.25
S/.29.25
S/.50.00
S/.0.00
S/.426.67
S/. 55.47
S/.55.47
S/. 371.20
S/.38.40
S/.38.40
S/.3,051.67
S/.45.34
S/.149.72
S/.2,656.61
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S/.274.65
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