Formulario de Reclamo para Dar de Baja y Solicitar Reintegro en Planes de Ahorro Si uno tiene dudas puede consultar en la Inspección General de Justicia, que es el organismo específico de contralor de los Planes de Ahorro. http://.!us.go".ar/IGJ/
───────────────── ──────── ────────────────── ────────────────── ───────────── ────
PASO 1: REALIZAR EL PEDIDO DE BAJA Y SOLICITAR EL REINTEGRO DE LO PAGADO
P#$ %A$&A '#%()*+
P#$ +#&A I$)A'A, S#-I%I&A+'# S( %#+S&A+%IA '* $*%*P%I#+
*** NUNCA DEJAR LOS ORIGINALES, PRESENTAR SOLO FOTOCOPIAS *** ───────────────── ───────── ────────────────── ────────────────── ──────────── ──── A la Administrd!r """ poner raón social0 S
/
':
JUAN PEREZ, '+I +1 22, con domicilio domicilio en 3333, localidad: 333 , Pro"incia Pro"incia de 3333, &el4fono &el4fono +1 333, *mail 333533333, plan +1 3333, se presenta presenta ante (ds., a fin de comunicar lo lo siguiente: siguiente:
B#: %omunico mi decisión de no continuar pagando las cuotas a su Administradora, quedando resuelto el contrato de adhesión desde la fecha de recepción de la presente. 'e aplicar una multa que no e3ceda el 67 de mi ha8er a la fecha.
R$int$%r!: Solicito que se reintegre reintegre lo pagado en forma, modo 9 tiempo dispuesto por la -e9. -e9. *n especial, que la mecnica 9 clusulas contractuales que imponga en la d e"olución, no implique & '(rdid 'r)i& ! t!t& d$ &! !rrd! st $& m!m$nt! $"tinti+! P$ti)i-n: fehaciente de 8a!a al contrato de adhesión 1 S!&i)it! que la presente sir"a de notificación fehaciente suscripto, desde el momento de su recepción, 9 oportunamente reintegre lo pagado.
. D/! Dir$)t!: dado el menosca8o sufrido, conforme lo he e3presado solicitar4 en caso de rechao se indemnice con el m3imo "alor dispuesto por el art. ;< =is. -e9 6;.6;< en el #rganismo Gu8ernamental de 'efensa al %onsumidor.
0 Sn)i!n$s: dado el menosca8o sufrido, conforme lo he e3presado solicitar4 en caso de rechao le sea aplicada la multa pre"ista en el art. ;> inc. =0, -e9 6;.6;< 9/o cualquier otra sanción que correspondiere, en su m3ima graduación, por el el carcter de reincidente, la cuantía de los 8eneficios inde8idamente o8tenidos, su pro9ección económica, el peligro de su generaliación para todos los usuarios, 9 la repercusión de estas infracciones atento la posición en el mercado conf. art. ;? de la le9 6;.6;<0 en el #rganismo Gu8ernamental de 'efensa al %onsumidor, 9 las correspondientes a la Inspección General de Justicia conforme la $esolución General 6@/6<<;.
Firm: 3333333
───────────────────────────────────────────────
PASO .: DENUNCIA A DEFENSA DEL CONSUIDOR . Para el caso que no le se ha satisfecho su reclamo o no sea plenamente satisfactorio, porque no se la a8ono intereses por la demora en la de"olución de su dinero, o los daos 9 per!uicios ocasionado por la demora o por los trastornos ocasionados (d. de8er concurrir a formular la denuncia al #rganismo Gu8ernamental de 'efensa del %onsumidor.
ODELO DE DENUNCIA : " tri'&i)d! ───────────────────────────────────────────────
Or%nism! G23$rnm$nt& d$ D$4$ns d$& C!ns2mid!r S
/
':
JUAN PEREZ, '+I +1 22, con domicilio en 3333, localidad: 333 , Pro"incia de 333, &el4fono +1 333, *mail 333533333, se presenta ante (ds., a fin de denunciar lo siguiente:
D$n2n)id: *mpresa Administradora $AB#+ S#%IA- 0 , %(I& +1 CCC, con domicilio en CCC , localidad CCCD Pro"incia de CCC, &elefóno +1 3 33.
5$)!s: Eue ha8iendo cumplido con la notificación fehaciente de dar la 8a!a al plan suscripto, la misma rechaa 9 no reintegra lo pagado en el Plan de Ahorro, en forma, modo 9 tiempo dispuesto por la -e9.
Pr2$3: D!)2m$nt&: agregar original 9 copia de compro8ante que se tenga de los reclamos 9 documentación que sir"a para !ustificar sus dichos.. Por '(P-I%A'#
L!s 'r!+$$d!r$s de8ern acompaar toda la documentación que o8re en su poder 9 que resulte necesaria 9 suficiente para resol"er la cuestión planteada art. F -'%0.
P$ti)i-n: 1 S!&i)it! que se declare la infracción, pro"e9endo conforme lo dispone el artículo H< 8is de la -e9 6;.6;< se o8ligue, si es posi8le, a cumplir en forma inmediata con la o8ligación de tener por efectuada la 8a!a 9 reintegrar lo pagado en el Plan de Ahorro, en forma, modo 9 tiempo dispuesto por la -e9.
. D/! Dir$)t!: dado el 'ao sufrido, los gastos que se han generado, la p4rdida de tiempo en hacer efecti"o este reclamo para e"itar que los daos 8agatela queden sin reparación 9 en a8stracto, 9 hacer operati"os mis derechos de consumidor , conforme lo he e3presado solicito se indemnice con el m3imo "alor dispuesto por el art. ;< =is. -e9 6;.6;<.
0 Sn)i!n$s: por la conducta asumida por la denunciada, solicito que la misma le sea aplicada la multa pre"ista en el art. ;> inc. =0, -e9 6;.6;< 9/o cualquier otra sanción que correspondiere, en su m3ima graduación, por el el carcter de reincidente, la cuantía de los 8eneficios inde8idamente o8tenidos, su pro9ección económica, el peligro de su generaliación para todos los usuarios, 9 l a repercusión de estas infracciones atento la posición en el mercado conf. art. ;? de la le9 6;.6;<0 9 las correspondientes a la Inspección General de Justicia conforme la $esolución General 6@/6<<;.
Firm: 333333
───────────────────────────────────────────────
PASO 0: 6IA JUDICIAL
*n el caso que la audiencia de conciliación fuera dispuesta a una fecha remota, que prolongue el trmite innecesariamente en el tiempo, se puede reclamar !udicialmente, sin necesidad de agotar la "ía administrati"a, o recurrir en forma pre"ia. Para iniciar una Acción Judicial, requerir un a8ogado que la asesore 9 patrocine. &odas las acciones por defensa al consumidor goan de gratuidad art. F -'%, por lo que no se a8onar ninguna tasa o gasto para su inicio.
2&t *n caso de "erse o8ligado a litigar !udicialmente para poder reclamar el cumplimiento de las o8ligaciones legales Ud '!dr7 tm3i(n r$)&mr 2n m2&t 8sn)i-n '2niti+9 2$ d$3$r7n '%r s2 4+!r Est m2&t '2$d$ s$r $st3&$)id $ntr$ &!s ; 1<< = ; ><<<<<< 8Art ?@ in) 39 = >. 3is &$= .?.?<, dependiendo del carcter de reincidente, la cuantía de los 8eneficios inde8idamente o8tenidos, su pro9ección económica, el peligro de su generaliación para todos los usuarios, 9 la repercusión de estas infracciones atento la posición en el mercado.
──────────────────────────────────────────
INDENIZACION: *l art. ;< 8is de la -'% dispone que todos los daos 9 per!uicios que tenga el consumidor, sern indemniados st 2n m!nt! d$ )s ; 0<< 8'$s!s !)! mi& tr$)i$nt!s9 En & +
dministrti+, sin n$)$sidd d$ ir #2i)i!. *n el caso de ir a !uicio, dicha suma se tomar a cuenta de lo que disponga como indemniación el Jue.
ARTICULO ?< 3is: 'ao directo. *s todo per!uicio o menosca8o al derecho del usuario o consumidor, suscepti8le de apreciación pecuniaria, ocasionado de manera inmediata so8re sus 8ienes o so8re su persona, como consecuencia de la acción u omisión del pro"eedor de 8ienes o del prestador de ser"icios. L 2t!ridd d$ '&i))i-n '!dr7 d$t$rminr & $"ist$n)i d$
d/! dir$)t! & 2s2ri! ! )!ns2mid!r r$s2&tnt$ d$ & in4r))i-n d$& 'r!+$$d!r ! d$& 'r$std!r d$ s$r+i)i!s = !3&i%r (st$ r$sr)ir&!, st 2n +&!r m7"im! d$ CINCO 8>9 Cnsts B7si)s T!t& 'r $& 5!%r 0, que pu8lica el Instituto +acional de *stadística 9 %ensos de la $epK8lica Argentina I+'*%0. *l acto administrati"o de la autoridad de aplicación ser apela8le por el pro"eedor en los t4rminos del artículo ;F de la presente le9, 9, una "e firme, respecto del dao directo que determine constituir título e!ecuti"o a fa"or del consumidor. -as sumas que el pro"eedor pague al consumidor en concepto de dao directo determinado en sede administrati"a sern deduci8les de otras indemniaciones que por el mismo concepto pudieren corresponderle a 4ste por acciones e"entualmente incoadas en sede !udicial.
───────────────────────────────────────
LEGISLACIN APLICABLE: .?.?< L$= d$ D$4$ns d$& C!ns2mid!r %#+'I%I#+*S '* -A #*$&A L M*+&A A$&I%(-# >1 N #ferta. -a oferta dirigida a consumidores potenciales indeterminados, o8liga a quien la emite durante el tiempo en que se realice, de8iendo contener la fecha precisa de comieno 9 de finaliación, así como tam8i4n sus modalidades, condiciones o limitaciones. -a re"ocación de la oferta hecha pK8lica es efica una "e que ha9 a sido difundida por medios similares a los empleados para hacerla conocer. -a no efecti"iación de la oferta ser considerada negati"a o restricción in!ustificada de "enta, pasi8le de las sanciones pre"istas en el artículo ;> de esta le9. (ltimo prrafo incorporado por art. FO de la -e9 +O 6@.@H =.#. >/;/6<<0 A$&I%(-# 1 N *fectos de la Pu8licidad. -as precisiones formuladas en la pu8licidad o en anuncios prospectos, circulares u otros medios de difusión o8ligan al oferente 9 se tienen por incluidas en el contrato con el consumidor. *n los casos en que las ofertas de 8ienes 9 ser"icios se realicen mediante el sistema de compras telefónicas, por catlogos o por correos, pu8licados por cualquier medio de comunicación, de8er figurar el nom8re, domicilio 9 nKmero de %(I& del oferente. Prrafo incorporado por el art. H1 de la -e9 +1 6;.>> =.#. 6/;/H??>0 A$&I%(-# 1 8is: &rato digno. Prcticas a8usi"as. -os pro"eedores de8ern garantiar condiciones de atención 9 trato digno 9 equitati"o a los consumidores 9 usuarios. 'e8ern a8stenerse de desplegar conductas que coloquen a los consumidores en situaciones "ergonantes, "e!atorias o intimidatorias. +o podrn e!ercer so8re los consumidores e3tran!eros diferenciación alguna so8re precios, calidades t4cnicas o comerciales o cualquier otro aspecto rele"ante so8re los 8ienes 9 ser"icios que comercialice. %ualquier e3cepción a lo sealado de8er ser autoriada por la autoridad de aplicación en raones de inter4s general de8idamente fundadas. *n los reclamos e3tra!udiciales de deudas, de8ern a8stenerse de utiliar cualquier medio que le otorgue la apariencia de reclamo !udicial. &ales conductas, adems de las sanciones pre"istas en la presente le9, podrn ser pasi8les de la multa ci"il esta8lecida en el artículo F6 8is de la presente norma, sin per!uicio de otros resarcimientos que correspondieren al consumidor, siendo am8as penalidades e3tensi"as solidariamente a quien actuare en nom8re del pro"eedor. Artículo incorporado por art. @O de la -e9 +O 6@.@H =.#. >/;/6<<0 A$&I%(-# ?1 N %osas 'eficientes (sadas o $econstituidas. %uando se ofrecan en forma pK8lica a consumidores potenciales indeterminados cosas que presenten alguna deficiencia, que sean usadas o reconstituidas de8e indicarse las circunstancia en forma precisa 9 notoria.
A$&I%(-# H<. N %ontenido del documento de "enta. *n el documento que se e3tienda por la "enta de cosas mue8les o inmue8les, sin per!uicio de la información e3igida por otras le9es o normas, de8er constar: a0 -a descripción 9 especificación del 8ien. 80 +om8re 9 domicilio del "endedor. c0 +om8re 9 domicilio del fa8ricante, distri8uidor o importador cuando correspondiere. d0 -a mención de las características de la garantía conforme a lo esta8lecido en esta le9. e0 Plaos 9 condiciones de entrega. f0 *l precio 9 condiciones de pago. g0 -os costos adicionales, especificando precio final a pagar por el adquirente. -a redacción de8e ser hecha en idioma castellano, en forma completa, clara 9 fcilmente legi8le, sin reen"íos a te3tos o documentos que no se entreguen pre"ia o simultneamente. %uando se inclu9an clusulas adicionales a las aquí indicadas o e3igi8les en "irtud de lo pre"isto en esta le9, aquellas de8ern ser escritas en letra destacada 9 suscritas por am8as partes. 'e8en redactarse tantos e!emplares como partes integren la relación contractual 9 suscri8irse a un solo efecto. (n e!emplar original de8e ser entregado al consumidor. -a reglamentación esta8lecer modalidades ms simples cuando la índole del 8ien o8!eto de la contratación así lo determine, siempre que asegure la finalidad perseguida en esta le9. Artículo sustituido por art. >O de la -e9 +O 6@.@H =.#. >/;/6<<0 A$&I%(-# H< 8is. N Incumplimiento de la o8ligación. *l incumplimiento de la oferta o del contrato por el pro"eedor, sal"o caso fortuito o fuera ma9or, faculta al consumidor, a su li8re elección a: a0 *3igir el cumplimiento forado de la o8ligación, siempre que ello fuera posi8leD 80 Aceptar otro producto o prestación de ser"icio equi"alenteD c0 $escindir el contrato con derecho a la restitución de lo pagado, sin per!uicio de los efectos producidos, considerando la integridad del contrato. &odo ello sin per!uicio de las acciones de daos 9 per!uicios que correspondan. Artículo incorporado por el art. 61 de la -e9 +1 6;.>> =.#. 6/;/H??>0 A$&I%(-# H< ter: )odos de $escisión. %uando la contratación de un ser"icio, incluidos los ser"icios pK8licos domiciliarios, ha9a sido realiada en forma telefónica, electrónica o similar, podr ser rescindida a elección del consumidor o usuario mediante el mismo medio utiliado en la contratación. -a empresa receptora del pedido de rescisión del ser"icio de8er en"iar sin cargo al domicilio del consumidor o usuario una constancia fehaciente dentro de las S*&*+&A L '#S >60 horas posteriores a la recepción del pedido de rescisión. *sta disposición de8e ser pu8licada en la factura o documento equi"alente que la empresa en"iare regularmente al domicilio del consumidor o usuario. Artículo incorporado por art. O de la -e9 +O 6@.@H =.#. >/;/6<<0
REGLAENTACIN DEL DECRETO 1@? a0 %uando se emita ticQet por estar autoriado por las normas impositi"as, el documento que se e3tienda por la "enta de cosas mue8les podr contener una descripción solo gen4rica de la cosa o referencia del ru8ro al que pertenece, pero siempre de manera tal que sea fcilmente indi"idualia8le por el consumidor. Podr omitirse la inclusión de los pl aos 9 condiciones de entrega cuando la misma se realice en el momento de la operación. Asimismo podr omitirse la inclusión de las condiciones de pago cuando el mismo sea de contado.
80 %uando se trate de cosas o ser"icios con garantía, en el documento de "enta de8er hacerse referencia e3presa a la misma, de8iendo constar sus alcances 9 características en el certificado respecti"o que de8er entregarse al consumidor. %uando la "enta pueda documentarse mediante ticQet, ser suficiente la entrega del certificado de garantía. %uando la cosa o ser"icio no tengan garantía, de8er constar de manera clara 9 e3presa tal circunstancia en el documento de "enta. %uando se omitiere la mención a que se refiere este artículo, se entender que la cosa no tiene garantía. -a omisión ser pasi8le de las sanciones del art. ;> de la -e9 6;.6;<. c0 *l incumplimiento del plao 9 las condiciones de entrega, ser pasi8le de las sanciones del art. ;> de la misma. *l infractor podr e3imirse de la aplicación de sanciones cuando medie acuerdo conciliatorio entre las partes.
B2$n!s Air$s LEY N 0<< P&H!s d$ $ntr$% 'r 3i$n$s = s$r+i)i!s P&H!s d$ $ntr$% 'r 3i$n$s = s$r+i)i!s Art)2&! 1R 'eterminación del plao de cumplimiento. -os pro"eedores de8ern esta8lecer de manera clara e indu8ita8le, en el marco de los contratos de consumo, el plao en el que cumplirn con la o las o8ligaciones principales a su cargo, 9a se trate de la entrega de un 8ien o la prestación de un ser"icio, el cual de8e ser raona8le. Asimismo de8ern demostrar, por medio fehaciente, que se ha informado al consumidor, al momento de cele8rar el contrato, so8re los t4rminos de esta -e9. *n todos los casos, el consumidor de8er aceptar de manera e3presa el plao fi!ado por el pro"eedor. (Conforme texto Art. 1º de la Ley Nº 3.438, BOCBA Nº 3445 del 22/0/2010!
Art)2&! .R Interpretación del plao esta8lecido de manera am8igua. -a utiliación de fórmulas am8iguas para el cumplimiento de lo esta8lecido en el artículo precedente, se interpretar en fa"or del consumidor. *n ese sentido, toda redacción que mediante di"ersos t4rminos se proponga el esta8lecimiento de plaos apro3imados o estimados, se entender como si se tratara de t4rminos e3presos, improrroga8les por la e3clusi"a "oluntad del pro"eedor.
Art)2&! 0R alta de determinación del plao. -a falta de determinación contractual del plao de cumplimiento de la o las o8ligaciones principales a cargo d el pro"eedor, se interpretar, sin per!uicio de las sanciones pre"istas en el ordenamiento "igente, como si el o8ligado/pro"eedor se hu8iera comprometido al cumplimiento de la o las o8ligaciones contractuales, dentro de los quince HF0 días de cele8rado el contrato con el consumidor.
Art)2&! ?R Penalidad por incumplimiento. -a autoridad de aplicación de l a legislación de defensa del consumidor de8er esta8lecer, a los fines de posi8ilitar la reparación del dao que el pro"eedor hu8iese irrogado al consumidor por el incumplimiento del t4rmino al que se encuentra o8ligado, un resarcimiento en concepto del dao directo en fa"or del consumidor del equi"alente al
uno por ciento H70 diario por cada día de retraso en el cumplimiento de la o las o8ligaciones principales a cargo del pro"eedor, hasta el tope esta8lecido en el artículo ;< 8is de la le9 6;.6;<.
───────────────────────────────────────
JURISPRUDENCIA:
Planes de Ahorro Pre"io: 'erechos del suscriptor en caso de renuncia. allo %ompleto.$eintegro
*l art. H< de la -e9 de 'efensa del %onsumidor -e9 6;.6;<0 esta8lece en general el contenido del documento de "enta 9 en su inciso e0 esta8lece concretamente la e3igencia de la constancia de los plaos 9 condiciones de entrega de las cosas mue8les. %ons. IM0 urniture St9le S.A. c/ Sec. de %om. e In". 'isp. '+%I HF/?>. %ausa n1 H<.>/?>. %. +A%. %#+&. A'). *'. , Sala III, )uo, Argento, 6/;/?.
*l art. H< de la -e9 6;.6;< especifica la información que de8e contener el documento que se e3tienda en caso de compra"enta de cosas mue8les, esto es: la descripción 9 especificación de la cosa inc. a0D el nom8re 9 domicilio del fa8ricante , distri8uidor o importador inc. c0D las características de la garantía inc. d0D los plaos 9 las condiciones de entrega inc. e0D el precio 9 las condiciones de pago inc. f0, Sala III, in re: ouse ueguina S.$.-. c/ Sec. de %om. e In"., 'isp. '+%I 6>6H/?F '*- HF/H?@0. %ons. ;10.%apesa S.A.I.%..I.). c/ Sec. de %om. e In"., 'isp. H>/?>. %ausa n1 H>.F. %. +A%. %#+&. A'). *', Sala II, 'amarco, Garón de %onte Grand, errera, H/H6/?>.
%orresponde confirmar la multa impuesta cuando ha e3istido un incumplimiento del plao 9 de las condiciones de entrega delautomó"il solicitado 9 adquirido por el denunciante, contrariando en consecuencia lo pre"isto por la -e9 6;.6;< de 'efensadel %onsumidor. *n autos el plao de entrega del "ehículo se encontra8a "encido0 %írculo de In"ersores S.A. de A. para ines 'eterminados c/ Sec. de %omercio e In"ersiones N 'isp. '+%I 666/?>. %. +A%. %#+&. A'). *'., Sala M, Grecco, Gallegos edriani, #tero, H.
Eue encontrndose limitada la !urisdicción del &ri8unal a la pretensión específicamente introducida en la apelación arg. art. 6>H Tin fineU del %ódigo Procesal0, corresponde sealar que, como principio, la graduación del reproche sancionatorio pertinente es resorte de la autoridad administrati"a, sal"o que en el e3ceso de punición resulte interferido el parmetro de la proporcionalidad que como requisito de "alide del acto administrati"o impone el art. >, inc. de la -e9 +acional de procedimientos administrati"osD Eue en las condiciones enunciadas 9 toda "e que de las actuaciones no surge que en el e!ercicio de la potestad sancionatoria la Administración hu8iere que8rantado el referido principio de proporcionalidad no e3iste raón alguna que !ustifique, en el caso, la reducción pretendida
por la apelante Mie!o *stilo c/ S*%. %#). * I+M. N 'ISP. '+%I H?F?/?@. %ausa n1 ;.F6;/?>. %. +A%. %#+&. A'). *'. Sala M. Gallegos edriani. #tero. Grecco. H6/.
'e"iene aplica8le la regla de interpretación en el sentido ms fa"ora8le al consumidor contenida en el artículo 9 > de la -e9 6;.6;< 9 en consecuencia tener por responsa8le al apelante del incumplimiento de los arts. H< 9 H; inc. a0, 80, 9 c0 de dicha le9. *n relación a la sanción impuesta, ca8e sealar que encuadra en la pre"isión legal pues a fin de fi!ar el monto de la multa de8e considerarse la pro9ección económica de la ganancia o8tenida, la gra"edad de los riesgos 9 "alorarse tam8i4n el carcter e!emplar 9 disuasi"o de la medida sancionatoria, desde que no sólo se trata de condenar al que "iola la le9 sino de proteger el derecho concreto de los usuarios arts. ;> 9 ; de la le9 supra mencionada0. Petit, Augusto -uís %/ 'I$. +A%. %#). I+&. S/ AP*-. 'ISP. '+%I H;/?@. %ausa n1 @H/?>. %..A.S.)., Sala I. -ugones. =arral. ossati. 6?/<;/?>.
*l art. H< de la -e9 6;.6;< pre"4 que el contrato de8e hacer constar la descripción 9 especificación del 8ien, el nom8re 9 domicilio de quien "ende, las características de la garantíaD el plao 9 las condiciones de entrega 9 el precio a pagarD con el fin de que el comprador cuente con la ma9or información posi8le. *l instrumento agregado no cumple con tal finalidad, pues no se especifica el costo del flete 9 a cargo de qui4n se encontra8a, siendo este un aspecto rele"ante, 9a que el contrato se cele8ró en =uenos Aires 9 la entrega de8ía efectuarse en &ierra del uego. &oco pre"4 el modo de reintegro de las sumas a8onadas, en caso de incumplimiento. *llo así r esulta de8idamente acreditada la "iolación al art. H<, -e9 6;.6;<, que e3ige la instrumentación de las disposiciones en el contrato, sin que las presuntas con"ersaciones a que alude la recurrente, resulten suficientes para e3imirla de responsa8ilidad. +ota: la '+%I impuso multa de V F.<<< a la denunciada. Se encuentra firme. ouse Store ueguina S.$.-. c/ Sec. de %om. e In". N'ISP. '+%I 6>6H/?F. %ausa: 6?/?@. %. +A%. %#+&. A'). *'., Sala III, )ordeglia, Argento, HF/H?@.
-a Autoridad de Aplicación de la -e9 6;.6;< de 'efensa del %onsumidor, por 'isposición >??/?@, impuso multa de V 6.F<< a la firma A)#=-A)I*+S G#-#' S.$.-. por infracción al artículo H< del referido te3to legal 9 concordante del decreto n1 H>?/?;, en tanto en el documento de "enta que instrumentó la operación no consta la e3istencia de garantía 9 de8ido al incumplimiento de las condiciones de entrega de los 8ienes, los que mostraron imperfecciones pro8adas por la pericial oportunamente ordenada. -a *3cma. %mara rechaa la apelación interpuesta por l a recurrente 9 confirma la sanción impuesta por la autoridad administrati"a.Amo8lamientos Golod S.$.-. %/ S*%. '* %#). * I+M. S/ 'ISP. '+%I +1 >??/?@. *CP&*. +1 6.F6/?@. %. +A%. %#+&. A'). *', Sala M, Sentencia +1 H;F &1 II, 1 6;HF N/H?@.
-a Autoridad de Aplicación de la -e9 6;.6;< de 'efensa del %onsumidor, por 'isposición n1 66?/?;,
ha8i4ndose compro8ado el incumplimiento de plao de entrega pactado. -a *3cma. %mara rechaa la apelación interpuesta por la recurrente 9 en m4rito al dao causado reduce la sanción impuesta por la autoridad administrati"a, al mínimo legal V F<<0. %onfia8le S.A. c/ Secretaría de %#). * I+M. S/ 'ISP. '+%I +1 66
───────────────────────────────────────
P!r ri! N 6di&&! H>/;/H uente: P$#&*%$A, Asociación de 'efensa del %onsumidor