EVOLUCIÓN HISTÓRICA DEL DERECHO NOTARIAL NOTARIAL LOS ORÍGENES DEL DERECHO NOTARIAL A pesar de no haber indicios acerca de la eis!encia del no!ariado desde las !rib"s pri#i!i$as% es ind"dable &"e es!a ins!i!"ci'n !iene s"s or()enes en los albores de la $ida social#en!e or)ani*ada del ho#bre+ El no!ariado en s"s inicios no se consideraba co#o ,i)"ra -"r(dica% de !al #odo &"e ni si&"iera con!aba con ,e p.blica/ 0s!a la ad&"iri' a !ra$0s del !ie#po 1 por #eras necesidades+ 2"ienes e-erc(an es!a ,"nci'n eran consideradas co#o personas &"e eran capaces de leer 1 escribir 1 &"e a"iliaban al re1 o a al).n ,"ncionario de "n p"eblo para redac!ar !e!os+ En los !ie#pos re#o!os del an!i)"o E)ip!o% 3ales!ina% Grecia 1 Ro#a 1a se enc"en!ra al #4s le-ano ances!ro del No!ario ac!"al ba-o el no#bre de Escriba% c"ando los c'di)os #4s an!i)"os% co#o el de Ha#"rabi 1 el del 5an.% a.n si hallarse de,inida la ,"nci'n no!arial% es!4 probado &"e 1a eis!(a el Escriba por&"e se le ha1a precisa#en!e% co#o ele#en!o esencial de la or)ani*aci'n 6"r(dica 1 ad#inis!ra!i$a de los reinos+ 73OCA 3RE8NOTARIAL+ 3RE8NOTARIAL+ Respec!o a la 0poca pre8no!arial% pr e8no!arial% ha1 &"e !ra!ar inel"dible#en!e acerca del Escriba+ Es!e $ocablo pro$iene del la!(n Scriba% "!ili*ado desde #"1 an!i)"o% en los albores de la his!oria "ni$ersal% para desi)nar "na clase de ,"ncionarios con cier!a c"l!"ra )eneral 1 espec(,ica &"e los dis!in)"(a del co#.n 1 les ase)"raba pri$ile)ios 1 consideraciones especiales+ En E)ip!o% por e-e#plo% s" &"ehacer #4s )enerali*ado parece haber sido las ,"nciones con!ables 1 la con,ecci'n de doc"#en!os escri!os+ En 3ales!ina s" arrai)o 1 predica#en!o de$iene de la condici'n de doc!or e in!0rpre!e de la Le1% pero en s(% )o*aban de al!a consideraci'n% lle)ando a dese#pe9ar car)os direc!i$os en la cond"cci'n del )obierno+ El Escriba es sie#pre "n ,"ncionario p.blico 1 el l")ar des!acado &"e oc"pa den!ro de la or)ani*aci'n social 1 pol(!ica lo es% #4s &"e por s" -erar&"(a honor(,ica% por la e,icacia pr4c!ica de s" #inis!erio% de s" ,"nci'n% $inc"lada a la a"!en!icidad de las con$enciones% 1 a la ac!i$idad de los ho#bres en orden al pa!ri#onio 1 al desen$ol$i#ien!o de la econo#(a !an!o indi$id"al% pri$ada% co#o es!a!al+ EGI3TO+ 3"ede decirse &"e en la sociedad !(pica#en!e clasis!a de los ,araones% en las ci$ili*aciones del Nilo% los Escribas ,"eron los .nicos &"e% pro$enien!es de las clases plebe1as% desheredadas% consi)"ieron% #erced a s" o,icio% ele$arse "n poco sobre la #(sera condici'n de s"s se#e-an!es+ Sabido es &"e en el E)ip!o las clases in,eriores% las no pri$ile)iadas% $i$ieron en el so#e!i#ien!o 1 la escla$i!"d% sobrelle$ando "na eis!encia d"ra+
El conoci#ien!o &"e los Escribas !en(an de la escri!"ra 1 de los n.#eros% lo)rado a base de in!eli)encia 1 pacien!es es!"dios% los !ornaba .!iles% acerc4ndolos necesaria#en!e a las clases s"periores 1 )an4ndoles pri$ile)ios 1 consideraciones+ La escri!"ra e)ipcia% era di,(cil 1 para do#inarla se necesi!aban pacien!es es!"dios 1 lar)a pr4c!ica% reali*4ndose el aprendi*a-e en los !e#plos% al lado de los sacerdo!es% cas!a #"1 pri$ile)iada &"e hac(a de in!er#ediaria en!re los ho#bres 1 los dioses+ El Escriba sab(a leer% lle$ar c"en!as 1 escribir+ Se lo encon!raba en !odas par!es% al ser$icio del rico par!ic"lar% 1a en el es!ableci#ien!o del co#ercian!e% 1a en las )ran-as% 1a en los palacios del :ara'n+ Era con!ra#aes!re o in)eniero% reca"dador de con!rib"ciones% sacerdo!es o )eneral% &"e se).n 5ale! ;Le aco#pa9aban ne)ros ar#ados de $aras de pal#era% &"e hac(an e-ec"!ar s"s ordenes;+ Los Escribas en el E)ip!o no cons!i!"(an "na clase social% co#o err'nea#en!e a,ir#an al)"nos a"!ores% p"es los hab(a de !odo ni$el social% !an!o de la noble*a co#o del p"eblo pero ind"dable#en!e ser Escriba era el .nico #edio para ele$arse social#en!e+ EN GRECIA+ En Grecia% no h"bo propia#en!e Escribas% pero por la si#ili!"d de al)"nas de las ,"nciones% p"ede decirse &"e hicieron s"s $eces a"n&"e sin el sen!ido reli)ioso+ Los LOGOGRA:OS
% hac(an los disc"rsos 1 ale)a!os an!e los !rib"nales/ escrib(an% asi#is#o !odos los doc"#en!os 1 da!os &"e les solici!aba el p.blico La ,"nci'n no!arial predo#in' sobre la re)is!radora% a di,erencia de lo &"e s"ced(a en Ro#a+ En Grecia los no!arios as"#ieron direc!a#en!e la ,"nci'n re)is!radora% !an!o para los con!ra!os celebrados en!re par!ic"lares% co#o para las con$enciones in!ernacionales+ En es!e p"eblo eis!ieron o,iciales p.blicos encar)ados de redac!ar los doc"#en!os de los ci"dadanos% es!os o,iciales p.blicos eran los no!arios% los c"ales !en(an di,eren!es deno#inaciones% las c"ales eran= Ap')raphos o Sin)raphos% a$eces eran lla#ados 5ne#ones o 3ro#ne#ones% !odos es!os no#bres eran al"si$os a la ,"nci'n escri!"raria o a la recordaci'n 1 cons!ancia de los hechos &"e la re&"er(an+ Los Sin)raphos eran considerados co#o $erdaderos no!arios% c"1a principal ,"nci'n consis!(a en lle$ar "n re)is!ro p.blico+ Es!os s"-e!os eran #"1 co#"nes en la ci"dad de A!enas% en la c"al no se o!or)aba con!ra!o al)"no si no se inscrib(a en Re)is!ro 3.blico lle$ado por ellos+ Cada !rib" con!aba con dos de ellos% los c"ales es!aban #4s circ"nscri!os a la ,a#ilia o )en!ilicio 1 )o*aban de )randes consideraciones 1 honores+
EN RO5A+ Cabe #encionar &"e el p"eblo ro#ano en la an!i)?edad !"$o "n )ran desarrollo en lo &"e a derecho se re,iere% a !al )rado% &"e cre' s" propio sis!e#a -"r(dico% en el c"al se basa n"es!ro derecho ac!"al+ Tan es as(% &"e los ro#anos !"$ieron en s" conoci#ien!o concep!os co#o el de -"s!icia epresado por Ulpiano% &"e para la #a!eria &"e es!a#os es!"diando es de $i!al i#por!ancia% 1a &"e el derecho no!arial debe en !odo #o#en!o dar a cada &"ien lo &"e le corresponde por derecho+ Las ,"nciones no!ariales en s" ori)en ro#ano carec(an de la ,ac"l!ad de a"!en!icaci'n% al a#paro del poder del i#perio &"e se con,iere al 3re!or+ A lo lar)o de la eis!encia del Derecho Ro#ano h"bo "na #"l!i!"d de personas a &"ienes de #odo parcial es!"$o enco#endada la ,"nci'n no!arial+ En Ro#a la ,"nci'n no!arial es!"$o a!rib"ida 1 dispersa a #"l!i!"d de o,iciales p.blicos 1 pri$ados% pero sin &"e !odas las a!rib"ciones de es!as personas se re"nieran en "na sola+ Los Tab"larii o Tab"larios+8 Ro#a ,"e "no de los pocos pa(ses de la an!i)?edad &"e se preoc"p' por la labor es!ad(s!ica/ 1 debido al apo)eo 1 a$ance en es!e aspec!o se necesi!' de 0s!os+ Al)"nos his!oriadores a,ir#an &"e ,"eron a"!ori*ados !a#bi0n para in!er$enir en la redacci'n de con!ra!os 1 ac!os -"r(dicos en!re par!ic"lares+ Los Tabelliones+8 Aparecen en las )randes ci"dades% de #a1or poblaci'n% a1"daba al !raba-o de los Tab"larii% pero ordinaria#en!e se es!i#a &"e el Tabeli'n no es s'lo el prec"rsor sino el $erdadero No!ario del Derecho Ro#ano% por&"e era el &"e redac!aba de,ini!i$a#en!e las con$enciones ,i-adas en!re las par!es% i#pri#i0ndoles car4c!er de a"!en!icidad% s"scribiendo con s" ,ir#a 1 es!a#pado el sello o si)no en presencia de los !es!i)os 1 para #a1or )aran!(a de la indes!r"c!ibilidad del doc"#en!o% lo !ranscribia ad8ac!a% conser$4ndolo en dep'si!o en s" re)is!ro% del #is#o #odo &"e las sen!encias -"diciales+ La deno#inaci'n de Tabeliones es "sada en la ac!"alidad en la le)islaci'n brasile9a para desi)nar a los no!arios+ Ar)en!ari"s+8 especie de bancarios o propie!arios de casa de dep'si!o o% ,"ncionarios de 0s!os% &"e es!aban obli)ados a lle$ar re)is!ros de las !ransacciones en &"e in!er$en(an 1 a"!ori*ados para dar ,e de esos ac!os+ Lo)o)raphis+8 especie de secre!ario &"e !o#aba ap"n!es de los disc"rsos 1 asa#bleas/ se les relaciona con la ,"nci'n no!arial% posible#en!e por&"e ,"eron los encar)ados de la conser$aci'n 1 !ranscripci'n de dichos ap"n!es+
No!arii+8 + Eran !a&"()ra,os &"e !o#aban no!as de las sesiones p.blicas% de las sen!encia% #anda!os% de los !rib"nales+ 73OCA EVOLUTIVA DEL NOTARIADO+8 Co#prende la Al!a 1 @a-a Edad 5edia/ es la 0poca en &"e se ,"sionan las di$ersas ,or#as de no!ariado an!i)"o% presen!ando "n aspec!o inde,inido 1 con,"so% precisa#en!e por la e!apa de !ransici'n &"e se a!ra$esaba hacia las ,or#as de,ini!i$as &"e se per,ilar(an #4s !arde+ ALTA EDAD 5EDIA+ En es!a 0poca% debido a !al inde,inici'n 1 al apo)eo de la reli)i'n% especial#en!e la ca!'lica% ,"eron )eneral#en!e los ,railes &"ienes dese#pe9aron la ,"nci'n no!arial% habi0ndose arrai)ado la cos!"#bre de ac"dir a ellos para &"e in!er$en)an en la redacci'n de con!ra!os 1 ,or#ali*aci'n de ac!os -"r(dicos+ 3or el pro,"ndo sen!ido reli)ioso 1 el concep!o de la #oral% co#o $ir!"d inheren!e a la ,e de a&"el !ie#po% ,"eron los represen!an!es de Dios los #4s indicados para el e-ercicio de es!a ,"nci'n+ @A6A EDAD 5EDIA+ En es!a e!apa el no!ariado !iene 1a "n concep!o de,inido= la ,"nci'n del No!ario es #4s co#ple!a 1 clara co#o le)i!i#adora% conse-era 1 a"!en!ican!e% ade#4s de en!enderla co#o el ar!e del b"en decir 1 escribir por la in,l"encia de la corrien!e renacen!is!a+ I!alia 1 Espa9a ,"eron los dos cen!ros de reca!i$aci'n 1 e$ol"ci'n del ca#po no!arial% cons!i!"1endo con el !ie#po el ori)en del no!ariado #oderno de !ipo la!ino+ La corrien!e renacen!is!a desper!' la a,ici'n por las ar!es 1 las le!ras/ la si!"aci'n ca'!ica por la p")na en!re la cada $e* #as ,"er!e% b"r)"es(a 1 la deca1en!e aris!ocracia ,e"dal% ,"e propicia para el pe,ecciona#ien!o de la ,"nci'n no!arial% co#o ciencia 1 co#o ar!e% des!inada a con!ener 1 e$i!ar esa si!"aci'n con,lic!i$a% $elar por la b"ena ,e de la 'p!i#a ac!i$idad co#ercial !rad"cida en la con!ra!aci'n 1 el !r4,ico -"r(dico+ El no!ariado cons!i!"1e "na de las ins!i!"ciones #4s .!iles de la or)ani*aci'n -"r(dica 1 la $ida econ'#ica en los pa(ses con sis!e#as -"r(dicos de !radici'n ro#anis!a/ ha dese#pe9ado "n rele$an!e papel en el an!edicho Es!ado #oderno% al con!rib"ir a la racionali*aci'n 1 sis!e#a!i*aci'n del Derecho haciendo &"e el ,"nciona#ien!o de 0s!e sea calc"lable+ Ahora bien= el no!ario% con s" ac!"aci'n% con!rib"1e a reali*ar o!ras de las carac!er(s!icas del Es!ado #oderno% la le)ali*aci'n del Derecho 1 s" cons!i!"ci'n co#o posi!i$o/ lo pri#ero )aran!i*a el so#e!i#ien!o )eneral a las le1es% lo se)"ndo pri$ile)ia el Derecho es!a!al sobre c"al&"ier o!ra ,or#aci'n -"r(dica+
Es de pri#ordial i#por!ancia social 1 -"r(dica la ac!"aci'n del no!ario% p"es #edian!e 0s!a es !"!elada la aplicaci'n de la le1 1 con ella la del ordena#ien!o -"r(dico para ase)"rar la pa* p.blica 1 el orden social &"e sal$a)"arden la s"pre#a #isi'n del Derecho= re)"lar i#parcial#en!e la $ida social% ,acili!ando el desen$ol$i#ien!o de la co#"nidad 1 s" pro)reso por #edio de la -"s!icia+ para darle #a1or se)"ridad a los in!ereses de las personas ellos conser$an las escri!"ras% ac!as 1 de las p'li*as+ Se ,or#ali*ar4 en "no o #4s !o#os enc"adernados+ En !odos los doc"#en!os con!enidos en 0l% lla#ados ins!r"#en!os p.blicos% el No!ario consi)nar4 el n.#ero de pro!ocolo% correla!i$o desde el pri#ero has!a el .l!i#o &"e se a"!orice en cada a9o% 1 epresar4 d(a% #es 1 a9o 1 ecepcional#en!e la hora+ Se e#pe*' a hablar del derecho re)is!ral por s" relaci'n con el derecho no!arial% ecl"si$a#en!e con lo relacionado al pro!ocolo% es!a es "na ra#a del derecho &"e se relaciona con no!arial% conc"rsal% #ercan!il% socie!ario% ci$il% bancario% procesal ci$il% procesal penal% penal% ,a#ilia% con!ra!os% car!"lar% se)"ros% derecho re)"lador% en!re o!ras ra#as del derecho+ Los pro!ocolos no!ariales cons!i!"1en "na enor#e #asa doc"#en!al #"1 rica 1 poco !raba-ada+ Son ,"en!es de pri#er orden para la in$es!i)aci'n en His!oria econ'#ica 1 social= a !ra$0s del se)"i#ien!o de la espec"laci'n del s"elo 1 las ,or#as de propiedad "!ili*4ndolos co#o indicadores de la co1"n!"ra o #edidores de es!r"c!"ras+ Los Tabelliones Ro#anos% es!aban encar)ados de redac!ar 1 escribir los con!ra!os en!re par!ic"lares/ hac(an pri#ero "na especie de borrador o ap"n!es+ 5in"!a &"e conser$aban 1 de donde saben desp"0s !raslados #4s e!ensos &"e en!re)aban a los par!ic"lares+ Desp"0s el Tab"lario% ,"ncionario del censo% ,"e el no!ario archi$ero p"es no solo )"ardaba los libros del censo% sino &"e% a pedi#en!o de los par!ic"lares c"s!odiaba !a#bi0n s"s doc"#en!os+ Con es!o enla*a el No!ario con el 3ro!ocolo s"s or()enes= "no de car4c!er o,icial 1 p.blico% 1 o!ro% de car4c!er en!era#en!e pri$ado+ Si bien es cier!o &"e #"chos no!arialis!as $en ;es!a )ran )a#a de persona-es% a los an!ecesores del no!ario ac!"al% es preciso% sin e#bar)o% anali*ar el cri!erio% p"es con !al a#pli!"d Ba,ir#a 3ond08 ;lle)ar(a#os al e!re#o abs"rdo de si)ni,icar &"e !odo a&"el &"e s"po escribir 1 ,"e capa* de redac!ar "n doc"#en!o a pe!ici'n de "n !ercero ha sido an!ecesor del no!ario;+ El escriba !iene ,"nciones de deposi!ario de doc"#en!os% 1 redac!aba decre!os 1 #anda!os del pre!or+ El no!ario era a&"el ,"ncionario &"e !rasladaba a la escri!"ra las in!er$enciones orales de "n !ercero 1 deb(a hacerlo con eac!i!"d 1 celeridad+
El !ab"lario era el ,"ncionario de hacer las lis!as de a&"ellos ro#anos s"-e!os al pa)o de i#p"es!o+ El !abeli'n !en(a la ,inalidad de redac!ar ac!as -"r(dicas 1 los con$enios en!re los par!ic"lares+ Re)"laciones No!ariales+ El desarrollo del pensa#ien!o -"r(dico en Ro#a% en s"s dis!in!as 0pocas% ,"e in!enso 1 ,ec"ndo% 1 ello h"bo de cond"cir4 los $arios in!en!os de co#pilaci'n le)isla!i$a% co#o el C'di)o Gre)oriano% el C'di)o Her#o)o#iano% la co#pilaci'n de Teodosio II o C'di)o Teodosiano% 1 la #4s i#por!an!e de !odas% la de 6"s!iniano A")"s!o <8F>% &"ien "na $e* &"e h"bo "ni,icado !odos los !erri!orios i!4licos% dio inicio a s" e!raordinaria labor -"r(dica de co#pilaci'n+ S" !raba-o de codi,icaci'n co#prende c"a!ro par!es= el C'di)o% el Di)es!o o 3andec!as% las ins!i!"ciones 1 las No$elas+ Era indispensable la presencia del !abeli'n has!a el p"n!o &"e s" a"sencia le era sancionada con la p0rdida de la ;pla*a; o ;s!a!io;+ La lec!"ra del doc"#en!o re&"er(a de $arios #o#en!os o ,ases% &"e se p"eden res"#ir as(= Las par!es ac"d(an al Tabeli'n 1 le i#pon(an el deseo de reali*ar "n ne)ocio -"r(dico o con!ra!o+ Era la ;ro)a!oria;% la &"e )eneral#en!e es!aba a car)o de s"bal!ernos lla#ados ;#inis!ran!es;/ El se)"ndo #o#en!o lo cons!i!"(a la ;speda;% especie de pro1ec!o &"e se le(a a las panes% a los ,ines de s" aprobaci'n correcci'n% e!apa conocida co#o ;ini!i"#;/ Aprobado el con!enido de la ;Speda;% se pasaba en li#pio para &"e las panes lo ,ir#aran% o s"scribieran/ 0s!o se hac(a en ho-as de pairo 1 se conoc(an co#o ;pro!ocol"#;/ :inali*ada la esCTÍnira en el ;pro!ocol"#;% $en(a la a"!ori*aci'n por par!e del Tabeli'n% conocido co#o ;co#ple!io;+ Las Sie!e 3ar!idas El libro de las Sie!e 3ar!idas es considerado "no de los #on"#en!os de #a1or i#por!ancia 1 rele$ancia en la cons!r"cci'n del ordena#ien!o -"r(dico% no s'lo cas!ellano 1 l"e)o espa9ol% sino iberoa#ericano/ s" $i)encia co#o nor#a -"r(dica de aplicaci'n se e!iende% desde el si)lo III has!a el si)lo I% en &"e se $e despla*ado por las codi,icaciones e#anadas del esp(ri!" napole'nico+ Tres son% his!'rica#en!e% las ,"en!es &"e n"!ren las Sie!e 3ar!idas= a> los ,"eros de recon&"is!a/ b> la ,"er*a pol(!ico reli)iosa 1 la obra -"r(dica de la i)lesia/ 1 c> el redesc"bri#ien!o del Derecho ro#ano%
La #a)na obra del ordena#ien!o -"r(dico espa9ol !o#a s" no#bre 1 s" es!r"c!"ra de$enida de la $ie-a creencia #(s!ica de "n #"ndo di$idido en sie!e par!es La es!r"c!"ra de la obra% es decir de Las 3ar!idas% es la si)"ien!e= La pri#era 3ar!ida es!4 dedicada a poner sobre !odas las cosas a Dios% 1 por s"p"es!o a la i)lesia% p"es no pode#os pasar por al!o dos aspec!os #"1 i#por!an!es% el papel &"e -")aba la I)lesia en esos a9os 1 la candida!"ra de Al,onso al !rono del i#perio ro#ano8)er#4nico+ la se)"nda% podr(a#os considerarla% co#o "n !ra!ado de Derecho ad#inis!ra!i$o% !ocan!e a la di)nidad del Re1% la casa real% s"s derechos 1 po!es!ades/ la !ercera% se re,iere al !e#a de la -"s!icia% En es!a 3ar!ida se enc"en!ra inser!a la ins!i!"ci'n del No!ariado% de,inida en!onces co#o Escriban(a/ la c"ar!a 3ar!ida% aborda !e#as de ,a#ilia% lina-e 1 se9or(o/ la &"in!a se en,oca en aspec!os de ne)ocios -"r(dicos pa!ri#oniales/ la se!a re)"la lo &"e hace a las s"cesiones por ca"sa de #"er!e/ 1% la S0p!i#a 1 .l!i#a 3ar!ida% epone !e#as de Derecho penal+ La Recopilaci'n 1 la No$(si#a Recopilaci'n O!ros i#por!an!es es,"er*os ordena!orios his!'ricos &"e apor!an a la #odelaci'n del No!ario% lo cons!i!"1en la recopilaci'n% re$isi'n% clasi,icaci'n 1 ordena#ien!o% !an!o de !odas las disposiciones de car4c!er nor#a!i$o pro#"l)adas a par!ir de la .l!i#a edici'n de la pri#era Recopilaci'n% hecha en % co#o de es!as disposiciones con las &"e se reco)(an en las dis!in!as ediciones de la Recopilaci'n ori)inaria de F+ Los !raba-os concl"1eron en el a9o JK% $iendo la l"* la obra en el a9o JK% c"ando Napole'n con&"is!aba #ili!ar 1 pol(!ica#en!e E"ropa 1 en!raba en $i)encia el Code ordenado por Le 3e!i! Caporal+ Encon!ra#os en la No$(si#a Recopilaci'n% i#por!an!es disposiciones &"e in!eresan a n"es!ro es!"dio% sobre !odo por&"e es posible $er en ellas el desarrollo de la ins!i!"ci'n del No!ariado% has!a de-ar pre,i)"rado n"es!ro No!ario con!e#por4neo% s"cesor le)(!i#o del prac!ican!e+ El 3ro!ocolo% la Escri!"ra 3.blica 1 el Tes!i#onio En el T(!"lo III del% Libro % se or)ani*an las disposiciones nor#a!i$as &"e ins!r"1en al Escribano sobre la ,or#a en &"e habr4 de lle$ar s" Re)is!ro o 3ro!ocolo% s" c"ido 1 conser$aci'n% la ,or#a de &"e es!e no se pierda a s" #"er!e o re!iro del e-ercicio por c"al&"ier ca"sa 1 las a"!oridades &"e deben $elar por !al/ !a#bi0n se incl"1en al)"nas disposiciones respec!o del libra#ien!o de copias o !es!i#onios% se).n el !ipo de ne)ocio% incl"1endo "na disposici'n ins!r"c!i$a de ac!os de los &"e debe dar !raslado el Escribano al Re)is!ro de los A1"n!a#ien!os+ Es!e T(!"lo se co#pone en lo ,"nda#en!al con la 3ra)#4!ica &"e en Alcal4 e#i!iera la Reina Isabel en el a9o M 1 los cinco pri#eros Cap(!"los de dicha 3ra)#4!ica se reco)en en es!e !(!"lo co#o s"s pri#eras cinco Le1es+ En la Le1 I se re)"lan $arios aspec!os relacionados a la or)ani*aci'n del 3ro!ocolo% el &"e debe ser enc"adernado de plie)o de papel en!ero% en el &"al
ha1a de escribir 1 escriba por e!enso las no!as de las escri!"ras &"e an!e 0l pasaren% 1 se h"bieren de hacer/ en la Le1 VI Se ins!r"1e a los Escribanos de N.#ero% 1 Escribanos 1 No!arios 3.blicos de n"es!ros Reinos &"e si)nen los re)is!ros de las escri!"ras 1 con!ra!os &"e hicieren 1 an!e ellos pasaren% por ec"sar la di,ic"l!ad &"e ha1 en a$eri)"ar la le!ra de los re)is!ros% desp"0s de ,allecidos los Escribanos+ En esa 0poca el Escribano% ade#4s de es!a#par s" ,ir#a en la #a!ri* de los ins!r"#en!os &"e a"!ori*aban% l"e)o de leerlas a los o!or)an!es 1 an!es de cerrarlas para la ,ir#a de es!os 1 los !es!i)os% dib"-aban s" si)no personal 1 carac!er(s!ico% es!o co#o dice la #is#a Le1 &"e co#en!a#os% pre!end(a ser ,"en!e de se)"ridad ade#4s% la #is#a disposici'n es!ablece &"e los plie)os con &"e se ,or#en los 3ro!ocolos deben ser cosidos% 1 al ,inal de cada a9o n"e$a#en!e deb(a i#poner el Escribano s" si)no+ La Le1 II ad$ier!e a los Escribanos el deber de conocer a los o!or)an!es% dando ,e de es!o en el ins!r"#en!o 1 no a"!ori*ar ac!os de personas &"e no sean conocidas% sal$o &"e presen!en 0s!os dos !es!i)os% siendo as( es!a si!"aci'n se de-ar4 i)"al#en!e sen!ada en la redacci'n+ Las Le1es III 1 V% !ra!an el !e#a de las Escri!"ras o Tes!i#onios% es!ableciendo la Le1 III &"e no p"ede el No!ario re!rasar s" en!re)a por #4s de !res d(as% l"e)o de pedida% si el ins!r"#en!o no ecede de dos plie)os% 1 has!a ocho d(as si es de #a1or e!ensi'n% la #is#a re)la se aplica a a&"ellos !es!i#onios &"e deban librarse por disposici'n -"dicial/ la Le1 V es!ablece dos aspec!os% el pri#ero en el caso &"e se !ra!e de a&"ellas Escri!"ras &"e a#bas par!es deban !ener% en !al s"p"es!o se le librar4 a la par!e &"e la pida a.n 1 c"ando la o!ra no lo ha1a hecho/ es se)"ndo aspec!o !ra!a de si!"aci'n &"e 1a se hab(a !ra!ado con #4s an!i)?edad en la Tercera 3ar!ida 1 as( lo rec"erda dicha le1% es el caso en &"e la Escri!"ra con!en)a "na obli)aci'n ei)ible Recopilaci'n de las le1es de Indias La ,ac"l!ad de desi)nar Escribano 3"blico 1 conceder no!ar(a era ecl"si$a del Re1+ En el r0)i#en del derecho Indiano el a)en!e de la ,"nci'n no!arial deb(a ser "na persona de honrade* 1 con,ian*a ,"era de !oda disp"!a% "n h4bil redac!or 1 "n e,icien!e prac!ico del derecho rela!i$o a los ne)ocios pri$ados 1 a los procedi#ien!os de la secre!aria -"dicial 1 ad#inis!ra!i$a+ Es!ablec(an co#o principio )eneral &"e el escribano deb(a )"ardar consi)o la doc"#en!aci'n del o,icio% incl"so los respec!i$os re)is!ros de !odas las escri!"ras 1 doc"#en!os p.blicos &"e an!e ellos se hicieron 1 o!or)aran+ :"nci'n no!arial La ,"nci'n no!arial aparece en Ur")"a1 al ,"ndarse la ci"dad de 5on!e$ideo% a"n&"e no precisa#en!e e-ercida por Escribanos+ Ori)inaria#en!e% la ,"nci'n no!arial es!"$o con,erida a los Alcaldes Ordinarios/
es!os ,or#aban par!e del Cabildo en la 0poca de la Colonia% 1 dese#pe9aban ,"nciones -"risdiccionales 1 no!ariales+ El 3ro!ocolo No!arial #4s an!i)"o &"e se conoce en n"es!ro pa(s es el del a9o MP 1 per!eneci' al escribano 6oseph Es&"ibel+ E!apa Cons!i!"cional Las escri!"ras p.blicas se e!end(an en ho-as s"el!as de papel sellado &"e se coleccionaban cronol')ica#en!e 1 l"e)o se enc"adernaban con el correspondien!e (ndice al,ab0!ico% al ,inali*ar cada a9o o c"ando a -"icio del escribano el $ol"#en de doc"#en!os hacia aconse-able la enc"adernaci'n+ Con es!e sis!e#a de la n"e$a le1 se crean dos Re)is!ros independien!es/ Re)is!ro de 3ro!ocoli*aciones co#o Re)is!ro No!arial a"!'no#o+ S"perin!endencia de la :"nci'n No!arial La S"perin!endencia correspond(a al S"pre#o Trib"nal de 6"s!icia% 1 ella abarcaba o co#prend(a !res aspec!os ,"nda#en!ales= a8Una po!es!ad de con!ralor% b8Una po!es!ad re)la#en!aria% c8Una po!es!ad disciplinaria En Nicara)"a an!es de la Independencia% co#o !oda la A#0rica se re)(a por las le1es de la #adre pa!ria% 1% con,or#e a ellas% se ei)(a al el No!ario el &"e es!"$iese el 3ro!ocolo+ a desp"0s de la Independencia 1 c"4ndo Nicara)"a !"$o s" propia le)islaci'n% se es!ableci' en el pri#er C'di)o de 3rocedi#ien!os Ci$iles 3ro#"l)ados en JJ% en el Ar!+ K lo si)"ien!e= Todo ,"ncionario &"e car!"la% debe re)is!rar o incorporar los ac!os 1 con!ra!os &"e se o!or)an an!e 0l% en "n libro lla#ado 3ro!ocolo+ Es!e principia en el a9o 1 concl"1e con 0l% 1 se ,or#ar4 de plie)os en!eros de papel del sello !ercero del bien o corrien!e+ En Nicara)"a re)(an las le1es de Espa9a an!es de la independencia l"e)o se pro#"l)o le)islaci'n propia 1 en par!ic"lar para es!a disciplina la deno#inaci'n de la le1 car!"lar en el 3R de J+ En $ein!i.n ar!(c"los de la le1 procedi#en!al se eri)e el pri#er es!a!"!o del No!ariado nicara)?ense+ Inicia dando "na de,inici'n de la Car!"laci'n= Car!"lar es in!erponer la ,e p.blica en los ins!r"#en!os &"e o!or)an las par!es en s"s ne)ocios 1 con$enciones/ l"e)o pasa a se9alar los &"e la le1 a"!ori*a a !al ,"nci'n% siendo es!os los Escribanos 3.blicos% los 6"eces de pri#era ins!ancia 1 los Alcaldes en ne)ocios de #enor c"an!(a/ re#i!e para la a"!ori*a*i'n de los !es!a#en!os a lo &"e es!ablece el C'di)o Ci$il &"e habiendo sido sancionado c"a!ro a9os a!r4s en!rar(a en $i)encia -"n!o con el de 3rocedi#ien!os+
Ordena a los car!"larios ,or#ar 3ro!ocolo an"al% si)"iendo las h"ellas del Derecho cas!ellano% en plie)os en!eros de especie ,iscal% enc"adernado% ,oliado% con "n (ndice al ,inal 1 ra*'n de ho-as e ins!r"#en!os &"e lo co#ponen/ debiendo obser$ar la con!in"idad de los ins!r"#en!os en el 3ro!ocolo% sin &"e &"eden espacios en &"e p"diese in!ercalarse o!ra cosa Los pro!ocolos son el dep'si!o de los ins!r"#en!os p.blicos= n"nca p"eden presen!arse en -"icio% ni hacen ,e en 0l+ 3ara nin)"na pr"eba se sacar4n del o,icio del car!"lario En el a9o J% siendo 3residen!e de la Rep.blica 3edro 6oa&"(n Cha#orro% se pro#"l)a por 0s!e "na n"e$a 1 c"riosa nor#a% preparada por el #is#o redac!or del C'di)o de 3rocedi#ien!o 1 aprobada por Senado 1 C4#ara de Dip"!ados= el C'di)o de :'r#"las Ci$iles &"e se di$ide en dos secciones= la pri#era de ac!"aciones &"e deben reali*arse an!e los 'r)anos -"risdiccionales 1 por es!os en los casos par!ic"lares para los &"e son eci!ados por los par!ic"lares/ 1 la se)"nda% "n e!enso ,or#"lario de Car!"laci'n con!eniendo se!en!a 1 cinco :'r#"las para a1"dar a los Car!"larios a s" dese#pe9o+