EVOLUCION DE LOS MICROCREDITOS EN EL PERÚ
Crecimiento Indicadores financieros de las Empresas no Bancarias Para analizar de una mejor manera la evolución de los microcréditos en el Perú se analiza los siguientes indicadores: Tasa de morosidad: Cartera atrasada / colocaciones brutas Ratio de cobertura (provisiones) de la cartera de alto riesgo: Provisión para colocaciones/ Cartera de alto riesgo Elaboracio: Elaboracio: Propia
) e j a t n e c r o p ( s a t u r b s e n o i c a c o l o C / a d a s a r t a a r e t r a C n ó i c a l e R
F INANCIERAS
CMAC
CRAC
EDP YM ES
12.6
9.2
7 5.4 5 4.5 4.5 4
2 009
5.1 5.1 4.6 3.8
2010
4.9 5 4.3
5.2 4.8 4.5
5 .8 5 4.8
5 .8 5.6
5.7 5.7
4.1
4.2
20 14
20 15
5.1 5.5 5.5 3.9
3.5
2 011
2 0 12
2013
Fuente: Memorias Anuales BCRP 2011-2016 Elaboracio: Propia
Con relación a las empresas financieras no bancarias, durante los años 20092011, los indicadores tuvieron una mejora, observándose una disminución de las tasas de morosidad y un incremento de los ratios de cobertura (provisiones) de la cartera de alto riesgo. Las empresas financieras mostraron las tasas de morosidad más bajas (de 4,5% a 3,5% a diciembre de 2011) y los índices de cobertura de cartera de alto riesgo más altos (de 124,9% a 149,2% a diciembre de 2011). Entre los años 2012-2013, los indicadores también sufrieron un deterioro, en el 2012 se registró un aumento de los índices de morosidad y una reducción de los ratios de cobertura (provisiones) de la cartera de alto riesgo. Las cajas rurales mostraron los índices de morosidad más altos (5,4%) y los índices de cobertura de cartera de alto riesgo más bajos (84,4%). El año 2013 las cajas rurales mostraron los índices de morosidad más altos (7%) y los índices de cobertura de la cartera de alto riesgo más bajos (84,7%).
2016
El año 2014 Los indicadores de las empresas financieras no bancarias también experimentaron un deterioro. Los índices de morosidad aumentaron y los ratios de cobertura (provisiones) de la cartera de alto riesgo disminuyeron. Las cajas rurales mostraron los mayores índices de morosidad (12,6%) y los menores índices de cobertura de cartera de alto riesgo (63.2%). Durante el año 2015, se observó un ligero aumento de los índices de morosidad en las empresas financieras (5,7%) y en las Edpymes (4,2%). Las cajas municipales, por su lado, registran leves mejoras en sus índices de morosidad (5,7%) y el incremento de cobertura de cartera de alto riesgo con provisiones (106,1%). Finalmente en el 2016 se observó una reducción de los ratios de cartera atrasada en todas las entidades, sobre todo en las cajas rurales (5,1%), que a su vez aumentaron su cobertura de cartera de alto riesgo con provisiones (97,1%); Las cajas municipales y las empresas financieras siguen mejorando en sus índices de morosidad (5,5%) y la disminución de cobertura de cartera de alto riesgo con provisiones: cajas rurales con 104,9% y las financieras con 116.2%; mientras las Edpymes presentaron los menores índices de morosidad (3,9%) y la más alta cobertura de cartera de alto riesgo con provisiones (137,9%).
o g s e i r o t l a e d a r e t r a C / s e ) e n j o a i t c a n c e o c r l o o c p ( a r a p n o i s i v o r P n ó i c a l e R
149.2 137.9 132.8
132.7
132.2
124.9 114.4 106.7
108.2
105.1
105.7
111.2 105
124.1
122.5
120
115.2 108
105.5
123.2
120.6 105.2
116.2
106.1
104.9 97.1
96.7 92.3
91.3
84.4
84.7
63.2
FINANCIERAS
2009
2010
2011
CMAC
2012
CRAC
2013
EDPYMES
2014
2015
Fuente: Memorias Anuales BCRP 2011-2016 Elaboracio: Propia
A octubre del presente año la Superintendencia de Banca y Seguros SBS, registro las siguientes entidades que registraron colocaciones en forma de microcréditos:
2016
EMPRESAS DEL RUBRO DE MICROCREDITOS Banca Multiple Mibanco B. Azteca Perú
Cajas Municipales de Ahorro y Credito CMAC Arequipa CMAC Cusco CMAC Del Santa CMAC Huancayo CMAC Ica CMAC Maynas CMAC Paita CMAC Piura CMAC Sullana CMAC Tacna CMAC Trujillo
Cajas Rurales de Ahorro y Credito Crediscotia Financiera CRAC Raíz CRAC Los Andes Financiera TFC Compartamos FinancieCRAC Prymera Financiera Confianza CRAC del Centro Financiera Efectiva CRAC Sipán Financiera Qapaq CRAC Incas ur Financiera Oh! Amérika Financiera Mitsui Auto Finance Financiera Financiera Credinka Empresa Financiera
Edpyme EDPYME Santander EDPYME Acceso Crediticio EDPYME BBVA Consumer Finance EDPYME Micasita EDPYME GMG EDPYME Alternativa EDPYME Inversiones La Cruz EDPYME Marcimex EDPYME Credivisión
Fuente: SBS Elaboracio: Propia
¿Cómo actúa la regulación de la SBS en los microcréditos? Impulsa la bancarización
Lo que representa atraer al sistema regulado a oferentes de servicios financieros con interés y voluntad de atender a los sectores menos favorecidos y sobre todo con know-how respecto de cómo hacerlo. De este modo, se fue configurando un sector micro financiero, cuyo inicio se remonta a más de treinta años con la creación de las cajas municipales de ahorro y crédito (la primera en 1983), con el propósito de favorecer un crecimiento descentralizado y equitativo en el país. Al no ser éstas suficiente para atender a los microempresarios urbanos y rurales a lo largo del territorio nacional, desde mediados de los noventa se promovió el surgimiento de entidades privadas especializas. Así, aparecen las cajas rurales de ahorro y crédito, de propiedad de inversionistas regionales locales, las que estaban llamadas a llenar el vacío creado por la liquidación del Banco Agrario. Posteriormente, se promueve la transformación de las ONG a entidades reguladas, la ONG con mayor desarrollo a banco especializado y otras bajo la nueva licencia de Entidades de Desarrollo a la Pequeña y Microempresa (EDPYME). En un principio, todos estos tipos de entidades se rigieron por sus propias leyes; sin embargo a través de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros de 1996, las instituciones microfinancieras (IMFs)
fueron incorporadas al sistema financiero, en igualdad de condiciones que las empresas bancarias. La principal actividad de las IMFs siempre ha sido el otorgamiento de créditos a microempresas y, gracias a la interacción con dichas empresas se entendió que ésta era una actividad distinta a los créditos comerciales, lo cual se debiera ver reflejado en la regulación. Es así que por primera vez en agosto de 1997, se definió regulatoriamente el microcrédito como una nueva categoría de crédito, lo cual se plasmó en el Reglamento para la Evaluación y Clasificación del Deudor y la Exigencia de Provisiones. Además, se precisó que la regulación era aplicable de manera general a todas las empresas del sistema financiero que realicen dicha actividad. La definición de microcrédito tuvo modificaciones en el tiempo para reflejar mejor la realidad del mercado y tipificar los riesgos inherentes; pero se mantuvo el criterio de acotar el riesgo de establecer un máximo endeudamiento del prestatario en el sistema financiero. Actualmente, se distingue el microcrédito y el crédito a la pequeña empresa de otro tipo de créditos empresariales y, para ambos casos, se aplican reglas que dejan espacio para el empleo de tecnologías adecuadas para servir a receptores de microcrédito, típicamente informales, con poca documentación y escasa o nula historia crediticia. Regulación en las exigencias de provisiones
En el Perú, se constituyen provisiones específicas por los créditos con calificación de mayor riesgo que la categoría normal (backward-looking) y provisiones genéricas para los créditos normales. Adicionalmente, desde el 1 de Diciembre del 2008, la SBS exige a los bancos la constitución de provisiones cíclicas que varían en un rango de 0.3% y 1.5% según el tipo de cartera, las mismas que se activan o desactivan siguiendo unas reglas cíclicas8. Se eligió una regla de activación de la provisión adicional basada en el crecimiento del producto bruto interno (PBI), ya que este precede al crecimiento de las colocaciones. De esta manera, las mayores colocaciones constituyen un resguardo frente al riesgo potencial asociado al crecimiento de
las colocaciones y, eventualmente, pueden actuar como un freno al crecimiento excesivo del crédito. Regulación en la calidad de cartera
Existen otros indicadores bancarios que permiten realizar un mejor análisis del riesgo crediticio para el caso peruano en contextos de auge económico. Uno de ellos, se encuentra relacionado con el gasto en provisiones bancarias. Para tener una visión más adecuada del gasto en provisiones, es necesario hacer un análisis en términos relativos. Para ello, conviene dividir el gasto en provisiones entre las colocaciones totales por cartera crediticia (estandarización) y analizar el ratio resultante. A diferencia del ratio de morosidad, el ratio de provisiones (gasto en provisiones entre el total de colocaciones) incorpora los castigos y, por su construcción, tiene una mayor relación con el ciclo económico.
Aun cuando el sistema financiero peruano tiene un gran espacio para la innovación, desarrollo de nuevos mercados, ganancias de eficiencia y mejores niveles de inclusión financiera, resulta relevante apreciar lo mucho que se ha avanzado en los últimos 25 años en materia de crecimiento, diversificación, desarrollo de nuevos mercados e inclusión financiera. Igualmente importante es señalar que dicho desarrollo se ha realizado en un cuidadoso entorno de regulación prudencial, de manera que los logros alcanzados sean sostenibles en el largo plazo y constituyan una sólida plataforma para futuros desarrollos. Ello queda evidenciado por el buen perfil de estabilidad financiera del que actualmente goza nuestro sistema financiero. En este contexto, avizoramos que el sistema financiero continuará desarrollándose de manera sana y sostenible y contribuyendo al desarrollo de la economía peruana. Finalmente, hay que destacar que la mayoría de empresas del sistema financiero ha venido obteniendo una rentabilidad positiva y capitalizando un monto considerable de sus utilidades. A junio de 2014, la rentabilidad anualizada sobre activos del sistema en su conjunto registró un nivel de 1.9%, en tanto que la rentabilidad anualizada sobre capital alcanzó un 18.4%.
La regulación local de entidades financieras y las microfinanzas En esta sección interesa analizar el tratamiento brindado a las microfinanzas por la legislación y la regulación prudencial local, en dos niveles: a la actividad de las microfinanzas en sí misma, independientemente del tipo de institución regulada que la desarrolla y el tratamiento brindado a las IMF, esto es, a las entidades que únicamente se dediquen al negocio de las microfinanzas. Se plantean entonces dos cuestiones: 1) ¿la regulación prudencial local impide que las entidades financieras reguladas –cualquiera sea su tipo- dediquen una parte de su negocio a las microfinanzas?. Esta pregunta apunta a establecer si hay regulaciones que contemplen a los negocios microfinancieros como tales; 2) ¿la regulación prudencial y la legislación contemplan alguna categoría de instituciones que puedan dedicarse exclusivamente a las microfinanzas?, es decir, ¿hay regulaciones para las instituciones microfinancieras? En lo que hace a la primera cuestión, la regulación prudencial ha establecido requisitos diferenciales para algunos productos microcrediticios que pueden ofrecer las entidades financieras. Uno de ellos son los denominados “préstamos de bajo valor”. Se consideran como tales aquellos cuya cuota mensual –con sistema francés- no supere los $200 para un plazo máximo de 24 cuotas y un monto total de $15,000 para plazos superiores54. Asimismo se establece la necesidad de contar con la clasificación del cliente y su información a la Central de Deudores. El límite máximo de préstamos que las entidades pueden otorgar bajo esta modalidad es del 10% de su Responsabilidad Patrimonial Computable (RPC)55. Una de las ventajas de este tipo de préstamos es que para ser otorgados requieren un volumen de documentación menor al exigido para el resto de los créditos. La normativa local establece como caso general que cuando una entidad financiera otorga un préstamo debe confeccionar un legajo del cliente donde se registrará toda la información relativa al mismo. Esa información comprende, en el caso de corresponder, el comprobante de cumplimiento de las obligaciones previsionales, la inscripción en el Registro Industrial de la Nación, la declaración jurada sobre vinculación a la entidad financiera, además de todos los elementos que posibiliten efectuar correctas evaluaciones acerca del patrimonio, flujo de ingresos y egresos y rentabilidad empresaria o del proyecto
a financiar56. La confección de ese legajo tiene un costo en materia de obtención y procesamiento de la información. Atento a ello es que se establecen requisitos de información menores para los préstamos de bajo valor. En este caso solo es exigible que el legajo de crédito cuente con los datos que permitan la identificación del cliente57. El mismo tratamiento se requiere para los préstamos a personas físicas otorgados utilizando métodos estadísticos de evaluación (“Credit Scoring”). El monto de estos préstamos otorgados por “Credit Scoring” no pueden superar los $15,000, requiriéndose también la clasificación del cliente y estableciéndose como límite para el banco el 15% de la RPC o $30 millones, de ambos el mayor sin superar el 50% de la RPC. Hasta el presente, la utilización de los préstamos de bajo valor por parte de los bancos y entidades financieras ha sido baja a nivel agregado, con un saldo del orden de $19 millones en todo el sistema58. La baja utilización de estos préstamos podría estar respondiendo tanto a problemas de oferta como de demanda. Por un lado, las entidades financieras podrían considerar que la información requerida por la regulación no es suficiente para evaluar los créditos, motivo por el cual exigirían requisitos adicionales a los procedentes de la norma exclusivamente. Por otro lado, puede estar sucediendo que la demanda de créditos de bajo monto por parte de las personas de escasos recursos no esté dirigiéndose al sector bancario tradicional. Quizá esto se deba a falta de información sobre el tipo de préstamos que puede ofrecer el sector formal o porque, anticipándose a situaciones adversas, muchas personas recurren al sector informal en busca de financiamiento. También existe en la normativa un tratamiento más favorable para los préstamos comerciales cuyo monto no supere los $500,000, respecto del tratamiento otorgado al resto de los créditos comerciales de mayor monto59. La regulación otorga a la entidad la opción de clasificarlos como cartera de consumo o vivienda, con o sin garantía preferida, en cuyo caso reciben el tratamiento previsto en las normas para los primeros60. Esta opción aporta simplificación a la tarea de clasificación del deudor ya que para los préstamos de consumo la clasificación se realiza en forma mensual y atendiendo exclusivamente a pautas objetivas de cumplimiento de las obligaciones o su situación jurídica61 . Por el contrario, los créditos comerciales se clasifican en base a la información financiera actualizada (estados contables e información complementaria, proyectos de
inversión, etc) que proporciona el cliente considerando como criterio básico de evaluación la capacidad de repago según el flujo financiero estimado. La norma enumera para cada categoría de clasificación, la situación que debiera observarse en el análisis del flujo de fondos como así también la periodicidad mínima de clasificación62. Sin embargo, hay que remarcar que la cartera comercial originada con la pauta de “asimilable a consumo”, no está eximida de la constitución de garantías ni se adopta ninguna metodología de evaluación crediticia que pudiera asemejarse a las utilizadas en las microfinanzas. En lo que hace a la segunda cuestión planteada al inicio de esta sección, puede afirmarse que no hay en la actualidad una figura legal y regulaciones en la que pudiesen encuadrarse las IMF como tales. Muchas veces en las discusiones se sostiene que las Cajas de Crédito Cooperativas -creadas en el año 2003 por la Ley 25782-63 serían la figura legal más parecida a una IMF ya que, según la Ley de Entidades Financieras, cuentan con capacidad para conceder préstamos “...a pequeñas y medianas empresas urbanas y rurales, incluso unipersonales, profesionales, artesanos, empleados, empleados obreros, particulares y entidades de bien público”64. Si bien es la figura legal que por su objeto más podría asemejarse a una IMF, no pueden realizar todas las actividades usualmente atendidas por una típica IMF, ni aplicar en su totalidad las metodologías crediticias por ellas utilizadas. En orden a aclarar las diferencias existentes, en el Cuadro 7 se comparan características típicas de las IMF con las que corresponden a una Caja de Crédito Cooperativa. Las Cajas de Crédito y Cooperativas realizan operaciones activas y pasivas solo con sus asociados y dentro de ciertos límites impuestos por la normativa. A su vez, dada la naturaleza y volumen de las operaciones que realizan, reciben un tratamiento especial respecto a la regulación impuesta a otras entidades financieras65. El objetivo de las últimas reformas legales apuntaron justamente a la reducción de los costos asociados a su actividad. Dadas las operaciones que pueden realizar y la cercanía que tienen con sus clientes, se podría asumir que las cajas de crédito cuentan con herramientas adecuadas para acercarse a las microfinanzas. Sin embargo la limitación con que cuentan para funcionar solo en un sector geográfico determinado, más allá de que les permite alcanzar un mayor conocimiento de su clientela (factor
fundamental en las microfinanzas) podría resultar en un inconveniente para el desarrollo de las microfinanzas, tanto en lo que respecta a la escala de actuación que pueden alcanzar como a la diversificación de su cartera. Las restricciones a las tasas de interés cobradas, como el hecho de que no podrían prestar el 100% de su cartera sin garantías, son otros de los factores que, según se desprende de la comparación, dificultan que las cajas de crédito pudiesen dedicarse completamente al negocio microfinanciero.