Desde 1945 los derechos humanos pasaron a integrar, al menos en la dimensión teórica del Derecho Internacional, las exigencias más elementales de la convivencia internacional, constituyéndose así en aspiraciones esenciales del Derecho de entes! hasta el punto de "ue hoy com#nmente se entiende "ue las normas interna internacio cional nales es so$re so$re protecc protección ión de los derechos derechos humanos humanos %orman %orman parte parte en sus aspectos $ásicos del &ius cogens' y "ue, por ello, representan o$ligaciones de los (stados hacia la comunidad internacional en su con)unto* +ste ha sido un cam$io radical, puesto "ue se ha pasado de un Derecho Internacional Internacional,, el lásico, lásico, "ue no se preocupa$a preocupa$a por el trato "ue dispensa$a dispensa$a el (stado a sus propios s#$ditos, a un Derecho Internacional, el ontemporáneo, "ue aspira a la imposición imposición de o$ligaciones o$ligaciones a los (stados (stados respecto a todos los hom$res, nacionales nacionales o extran)eros, y a "ue éstos puedan reclamar directamente contra el (stado in%ractor ante instancias internacionales en caso de vulneración de sus derechos* -a nueva situación en "ue se halla el Derecho Internacional está expresada en la arta de las .aciones /nidas y en instrumentos de diverso carácter "ue le han seguido, aun"ue con valor desigual, ya "ue, si $ien se ha producido una cierta de%inición de los derechos humanos, no se han esta$lecido, en cam$io, recursos su%icientes para hacer e%ica0 su protección, al menos a nivel mundial* (l reám$ulo de la arta de las .aciones /nidas en la o$ra de las .aciones /nidas, en materia de derechos humanos, declara &la %e en los derechos %undamentales del hom$re, en la dignidad y el valor de la persona humana, en la igualdad de derechos de hom$res y mu)e mu)ere res' s',, y su artí artícu culo lo 1 se2a se2ala la como como prop propós ósit itoo #lti #ltimo mo de la coop cooper erac ació iónn internacional &el desarrollo y estímulo del respeto a los derechos humanos y a las li$ertades %undamentales de todos'* 3oy en día se ha impuesto casi unánimemente "ue existen normas de Derecho Internacional "ue impelen a los (stados no sólo a cooperar con otros (stados, así como tam$ién a adoptar medidas en el plano interno en de%ensa del respeto universal a los derechos humanos* or tanto, con arreglo a este principio, no es posi$le sostener la idea de "ue las .aciones /nidas no están legitimadas para intervenir en los asuntos internos de los (stados cuando el caso en cuestión verse 1
so$re derechos humanos* -os (stados han asumido compromisos internacionales en materia de derechos del hom$re, y éstos se han convertido en pro$lema de la sociedad internacional en su con)unto, y no de un (stado en particular* ero la arta de las .aciones /nidas no contenía una enumeración y una de%inición de los derechos humanos y li$ertades %undamentales, y este vacío i$a a ser llenado muy pronto por medio de una Declaración de la sam$lea eneral, preparada por la omisión de Derechos 3umanos, creada en 194* 6ue la Declaración /niversal de Derechos 3umanos, del 17 de diciem$re de 1948, "ue enumera los más importantes derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, pero "ue no instaura ning#n derecho de reclamación de los particulares ante instancias internacionales ni esta$lece ning#n otro mecanismo )urídico de control* (sta Declaración, plasmada en una resolución de la sam$lea eneral, no o$ligatoria de suyo para los (stados miem$ros de las .aciones /nidas, si $ien su in%luencia moral y político)urídica ha sido grande en otras resoluciones de la sam$lea eneral, del onse)o de :eguridad o de otros órganos de las .aciones /nidas* (s importante destacar las propiedades %undamentales de los Derechos 3umanos las cuales son las siguientes; ?III@ %ue precisamente el pretender ela$orar un código de derechos con tales características* hora $ien, sí "ue puede a%irmarse de los derechos la característica de la inmuta$ilidad si se re%iere al contenido esencial de los mismos, en el sentido de "ue ese contenido esencial constituye un ám$ito de intangi$ilidad para el legislador, el intérprete y el operador )urídico encargado de la aplicación de derecho de "ue se trate* (l carácter histórico :i la vie)a concepción li$eral ha$la$a de unos derechos innatos, de caracteres supra históricos y anteriores, en consecuencia a la entrada del A
hom$re en sociedad, existentes ya en el llamado estado de naturale0a, la concepción actual de los Derechos 3umanos a%irma, casi sin excepción, "ue los Derechos 3umanos son un concepto histórico* (sta característica implica las siguientes consecuencias; o .o existe un concepto apriorístico de los Derechos 3umanos* (l concepto de los Derechos 3umanos está siempre Bin %ieriB, en continuo proceso de creación, enri"ueciéndose con los cam$ios históricos y dependiendo al mismo tiempo de ellos* or otra parte, el carácter procesal de los Derechos 3umanos, de tal manera "ue la situación actual de los mismos en el orden normativo, de sus garantías procesales e incluso su grado de ela$oración doctrinal, deriva necesariamente del proceso de evolución de los mismos* or eso, se puede ha$lar, en toda su extensión, de tres generaciones de Derechos 3umanos* specto este #ltimo "ue será estudiado en la parte dedicada a la clasi%icación de los Derechos 3umanos y desarrollada en el apartado de los concretos Derechos 3umanos* Ctro de los caracteres complementarios de los Derechos 3umanos es el carácter de a$solutos pero no en la acepción, antes se2alada, de ilimitados, sino en tres sentidos $ásicos, "ue son complementarios entre sí; onstituyen la dimensión ético )urídica %undamental, constituyen el ám$ito normativo Bmás importanteB, y radical! de ahí "ue constituyan las exigencias más Burgentes, exigentes e intransigentesB! .o pueden ser in%ringidos )usti%icadamente y tienen "ue ser satis%echos sin ninguna excepción! on%ieren un poder inmediato y directo so$re el $ien de la personalidad de "ue se trate, y son oponi$les %rente a todos!
atri$uidos a la persona humana de una %orma ineludi$le 3umanos, por parte de la doctrina, esta característica, "ue es, sin em$argo más "ue dudosa, entre otras ra0ones posi$les por las dos "ue siguen a continuación; -a necesaria presencia de límites en el e)ercicio de los derechos no implica %or0osamente la posi$ilidad de optar por parte de su)eto de derecho entre los diversos derechos y (l con%igurar a los derechos como inaliena$les, los cuales imposi$ilita cual"uier pre%erencia entre los mismos e implica el automático recha0o de las numerosas situaciones en "ue se traduce la renuncia de un derecho en aras a la %e, la patria u otros $ienes* -as instancias internacionales de los derechos humanos son las siguientes; 6E(D(:, nace como respuesta civil a la lamenta$le situación de los derechos humanos, la incapacidad de de%ensa de los desaparecidos y torturados y de nuestra angustia como padres, hi)os, esposas o hermanos ante la consecuencia de la invasión cívicomilitar del :áhara Cccidental por Farruecos* -a práctica de la desaparición %or0osa constituye, una de las %ormas de tortura psicológica más cruel a la "ue están sometidos los %amiliares de la persona desaparecida* eor "ue la muerte, es la %alta de certe0a acerca de la misma* Ctra de las instancias es mnistía Internacional, la cual es un movimiento mundial de personas "ue hacen campa2a para "ue los derechos humanos reconocidos internacionalmente sean una realidad para todas las personas* -as personas "ue apoyan esta institución son personas a las "ue les indigna los a$usos o contra los derechos humanos, tienen la esperan0a de un mundo me)or, por eso esta institución tra$a)a para me)orar o más $ien de%ender los Derechos 3umanos a través de sus actividades y campa2as, así como la solidaridad internacional* (s una institución independiente de todo go$ierno, partido político o credo religioso* -uchan de manera glo$al y localmente para impedir y poner %in a los a$usos graves contra los derechos civiles, políticos, sociales, culturales, y económicos* (sta instancia a través del tiempo de historia se ha testi%icado acerca de cómo las acciones de gente com#n pueden lograr cam$ios extraordinarios llevando lu0 a cárceles clandestinas, sitios donde se tortura y a cual"uier rincón donde un ser humano sea privado de su dignidad* 4
Ctra de las Instancias es el entro Internacional de Derechos 3umanos y Desarrollo Democrático =Derechos y Democracia@, conocido hoy con el nom$re de Derechos y Democracia, es una organi0ación no partidista con mandato internacional* $rió sus puertas o%icialmente en 1997, para tra$a)ar con personas, organi0aciones y go$iernos en anadá y en el extran)ero en la de%ensa y promoción de los derechos humanos, tal como se los de%ine en la arta Internacional de Derechos 3umanos* Derechos y Democracia es una institución #nica en su tipo, "ue act#a como vínculo entre las organi0aciones no gu$ernamentales y los go$iernos, %avoreciendo el diálogo entre la sociedad civil y el (stado* Derechos y Democracia esta$lece relaciones con grupos de derechos humanos, de pue$los indígenas y de derechos de la mu)er, así como movimientos democráticos y go$iernos alrededor del glo$o, con "uienes coopera para promover derechos humanos y democracia* demás, pone en marcha y apoya a proyectos especí%icos "ue apuntan a de%ender y promover los derechos humanos mediante un tra$a)o de concienti0ación y el %ortalecimiento de las capacidades de organi0aciones asociadas para "ue puedan hacer lo mismo* :i $ien su mandato es muy amplio, Derechos y Democracia articula su tra$a)o en torno a cuatro temas; desarrollo democrático, derechos de la mu)er, mundiali0ación y derechos humanos y derechos de los pue$los indígenas* Ctra de las instancias es -a oalición contra la Impunidad, la cual tra$a)a por el esclarecimiento de las violaciones a los derechos humanos cometidos por la dictadura militar argentina de 19G a 198 contra alemanes y descendientes de alemanes, y para llevar a los culpa$les ante los tri$unales alemanes competentes* on este o$)etivo la oalición contra la Impunidad ha presentado una denuncia penal ante el Finisterio de Husticia de lemania, contra los "ue resulten responsa$les de los delitos de derechos humanos cometidos contra ciudadanos alemanes o con ascendencia alemana* :imilares procesos están en marcha en (spa2a, Italia, 6rancia y :uecia* (l onvenio (uropeo para la rotección de los Derechos 3umanos y de las -i$ertades 6undamentales, tiene por o$)eto proteger los derechos humanos y las 5
li$ertades %undamentales, y permite un control )udicial del respeto de dichos derechos individuales* a$e destacar "ue e)erce una cierta in%luencia so$re el Derecho de la /nión; por e)emplo, la arta de los Derechos 6undamentales de la /nión (uropea, en su preám$ulo, Brea%irma los derechos reconocidos especialmente por la )urisprudencia del
tres tri$unales de )usticia "ue entienden so$re cuestiones relacionadas #nicamente con violaciones de derechos humanos son; el
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