ESCUELA DE EDUCACIÓN TEMA TRABAJO FINAL ___ __ _________________________________________________________________ ________________________________________________________________ PRESENTADO POR: PABLO TEÓFILO MATOS MATOS CUEVAS CUE VAS
MATRICULA: 15-0309 ___________________________________________ ASIGNATURA: DERECHO POLÍTICO CONSTITUCIONAL
FACILITADORA: MARÍA DEL CARMEN S!NCHE" _______________ _______ _______________ ______________ _____________ _________ ___
FECHA DE ENTREGA: LUNES 1#$ DE AGOSTO %01&
Í'()*+ I',.(/**)' L D+*2*)' U')+42 (+ 2.4 D++*.4 H/6'.4 D++*.4 F/'(6+',2+4 Conceptos La Reforma Constitucional del 2010 La Constitución dominicana consigna una serie de garantías
I67.,'*) F/'*).'8)2)(( E4,/*,/ D+ L C.'4,),/*)' D.6)')*' D+ L.4 D++*.4 F/'(6+',2+4 Los Derechos Civiles y Políticos Dentro de los Derechos conómicos y !ociales Los derechos culturales y deportivos Los derechos culturales y deportivos Los derechos civiles y políticos Los derechos económicos y sociales Los derechos culturales y deportivos Los derechos colectivos y de medio am"iente La nueva Constitución Dominicana
C.'*2/4)' B)82).;
INTRODUCCIÓN
s de vital importancia delimitar el concepto de derechos fundamentales en relación con otras categorías como los derechos humanos# por lo $ue los derechos fundamentales son a$uellos derechos humanos positivi%ados a nivel interno# en tanto $ue la formula de derechos humanos es la m&s usual en el plano de las declaraciones y convenciones internacionales' (na ve% delimitado el concepto de derechos fundamentales# se puede decir $ue la e)istencia de los derechos de las personas# surgen a trav*s de la evolución histórica# pues e)isten muchos vestigios de los derechos del hom"re en la historia de la humanidad' l concepto derechos fundamentales+ apareció en ,rancia hacia 1--0# en el seno del movimiento político y cultural $ue condu.o a la Declaración de los Derechos del hom"re y del ciudadano de 1-/ y m&s tarde alcan%ó especial relieve en países como lemania donde "a.o el manto de los rundrechte1 se articuló el sistema de relaciones $ue median entre el individuo y el stado' s importante destacar# $ue uno de los principales logros $ue ha tenido el sistema político democr&tico en "eneficio de la humanidad# ha sido el hecho de $ue todos los stados miem"ros de la 3rgani%ación de las 4acionales (nidas 534(6 asumieran el compromiso y la responsa"ilidad de ser garantes y protectores de los derechos inaliena"les de las personas# independientemente o no de $ue los mismos est*n consagrados en la Constitución o Ley !ustantiva del stado'
PRODUCCIÓN FINAL DE DERECHO POLÍTICO CONSTITUCIONAL
E4,+ +47*). +4,< 8)2),(. 7 =/+ 7/+(' 4/8) 2 7.(/**)' )'2> R+*/+(+' =/+ +2 ,+6 (+4.22 +4: S)4,+6 (+ 7.,+**)' (+ 24 G',;4 ? D++*.4 /'(6+',2+4 (+ 24 7+4.'4$ 7+)4,. +' 2 C.'4,),/*)' (.6)')*' > ENSAO SISTEMA DE PROTECCIÓN DE LAS GARANTÍAS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LAS PERSONAS$ PREVISTO EN LA CONSTITUCIÓN DOMINICANA> @POR U EISTEN LOS DERECHOS FUNDAMENTALES Los derechos fundamentales se crearon para replantear el conocimiento humano por $ue el hom"re ya no es capa% de respetar la misma especie humana+ como afirman muchos 7el hom"re es depredador de sí mismo8' Ciertamente esta incapacidad de respecto ha llevado a dar unos par&metros o normas de comportamiento mundiales llamados los DERECHOS FUNDAMENTALES DEL HOMBRE el principal punto de conocimiento para el hom"re son estos derechos+ $ue son primordiales en la actual sociedad $ue vivimos por su falta de valores'
L D+*2*)' U')+42 (+ 2.4 D++*.4 H/6'.4 es uno de los documentos m&s citados en todo el mundo# pero a la ve% es de los te)tos menos conocidos en su contenido real' Dada la importancia $ue para el su.eto contempor&neo tiene el de"er de conocer y llevar a la pr&ctica los principios primordiales $ue se orientan los derechos humanos en todas sus manifestaciones'
D++*.4 F/'(6+',2+4 C.'*+7,.49 !e entiende por derechos fundamentales los atri"utos de toda persona inherentes a su dignidad# $ue el estado de"e garanti%ar# respetar y satisfacer' n su aspecto positivo son los $ue otorga la constitución política de nuestro país y los $ue se recogen en los pactos# convenios y tratados internacionales suscritos y ratificados por el país'
S.' (++*.4 /'(6+',2+4 todos a$uellos derechos su".etivos $ue corresponden universalmente a todos los seres humanos en cuanto dotados de status de personas# de ciudadanos o personas con capacidad de o"ra+ entendiendo por 7derecho su".etivo8 cual$uier e)pectativa positiva 5de prestaciones 6 negativas 5de no sufrir lesiones6 adscrita a un su.eto por una norma .urídica# y por 7status8 la condición de un
su.eto # prevista así mismo por una norma .urídica positiva# como presupuesto de su idoneidad para ser titular de situaciones .urídicas y:o autor de los actos $ue son e.ercicio de estas ' Derechos fundamentales seg;n la teoría ius naturalista 9 son todos a$uellos $ue tienen la persona por el simple hecho de serlo ' !eg;n la teoría positivista9 son un con.unto de normas .urídicas $ue imponen de"eres al stado y conceden facultades a las personas# provistas de sanciones para asegurar su efectividad' Los derechos fundamentales es un t*rmino t*cnico# son fundamentales ante el valor de la dignidad humana# son fundamentales por$ue son los m&s importantes en el con.unto .urídico# por$ue se vinculan con los valores del ordenamiento y por el rango $ue tienen como norma .urídica' Los Derechos ,undamentales de la primera generación son los derechos civiles y políticos' Los de !egunda generación son los Derechos económicos# sociales y culturales' Los de
' Para $ue los derechos fundamentales se consideren protegidos# de"en serlo a nivel constitucional' !in em"argo# tam"i*n es cierto $ue no tiene por $u* tratarse de un te)to $ue formalmente se llama Constitución# pero sí es necesario $ue esos contenido aseguren mediante normas superiores 5por tanto# no modifica"les por simples normas con fuer%a de ley# o# de otra forma# por mayorías ordinarias6' l ha"lar de plasmar los derechos es indispensa"le esta"lecer la positivi%ación del derecho# tanto en una norma sustantiva# como tam"i*n en un te)to legal# de"ido a $ue hay países con un reducido cat&logo de derechos enunciados dentro su carta magna+ no o"stante# dichos derechos no son limitativos' ?asta como muestra la Constitución dominicana derogada en +'+. (+ %010# la cual contenía un reducido cat&logo de derechos meramente enunciativos+ sin em"argo# de manera e)presa decía $ue estos derechos no eran limitativos' Por tanto# se recogían en las leyes ad.etivas así como
tam"i*n en los tratados internacionales de derechos humanos $ue el stado dominicano tiene suscritos o ratificados# $ue en este caso integra"an el "lo$ue de constitucionalidad'
L R+.6 C.'4,),/*).'2 (+2 %010# le dio una orientación distinta a lo $ue ha"ía sido el stado dominicano hasta ese momento' l stado !ocial y Democr&tico de Derecho priori%a los derechos fundamentales# incorpora nuevos derechos# y al mismo tiempo# identifica los procedimientos $ue garanti%an $ue estos derechos sean reales# posi"les y alcan%a"les por los ciudadanos' n efecto# el ,;*/2. 3 de la Constitución esta"lece9 7l stado se fundamenta en el respeto a la dignidad de la persona y se organi%a para la protección real y efectiva de los derechos fundamentales $ue le son inherentes' La dignidad del ser humano es sagrada# innata e inviola"le+ su respeto y protección constituyen una responsa"ilidad esencial de los poderes p;"licos8' 3tro derecho fundamental# particularmente importante# es el derecho a la igualdad# esta"lecido en el ,;*/2. 39 de la Constitución en los t*rminos siguientes9 8
1 La Rep;"lica condena todo privilegio y situación $ue tienda a $ue"rantar la igualdad de las dominicanas y los dominicanos# entre $uienes no de"en e)istir otras diferencias $ue las $ue resulten de sus talentos o de sus virtudes+
% 4inguna entidad de la Rep;"lica pude conceder títulos de no"le%a ni distinciones hereditarias+
3 l stado de"e promover las condiciones .urídicas y administrativas para $ue la igualdad sea real y efectiva y adoptar& medidas para prevenir y com"atir la discriminación# la marginalidad# la vulnera"ilidad y la e)clusión+
# La mu.er y el hom"re son iguales ante la ley' !e prohí"e cual$uier acto $ue tenga como o".etivo o resultado menosca"ar o anular el reconocimiento# goce o e.ercicio en condiciones de igualdad de los derechos fundamentales de mu.eres y hom"res' !e promover&n las medidas necesarias para garanti%ar la erradicación de las desigualdades y la discriminación de g*nero+
5 l stado de"e promover y garanti%ar la participación e$uili"rada de mu.eres y hom"res en las candidaturas a los cargos de elección popular para las instancias de
dirección y decisión en el &m"ito p;"lico# en la administración de .usticia y en los organismos de control del stado'
L C.'4,),/*)' (.6)')*' *.'4)' /' 4+)+ (+ ',;4 para la preservación de los derechos fundamentales en general# esta"leciendo en su artículo @/# la 7arantía de los derechos fundamentales8# disponiendo lo siguiente9 7La Constitución garanti%a la efectividad de los derechos fundamentales# a trav*s de los mecanismos de tutela y protección# $ue ofrecen a la persona la posi"ilidad de o"tener la satisfacción de sus derechos# frente a los su.etos o"ligados o deudores de los mismos' Los derechos fundamentales vinculan a todos los poderes p;"licos# los cuales de"en garanti%ar su efectividad en los t*rminos esta"lecidos por la presente Constitución y por la ley8' n el capítulo AAA# titulado 7De los Principios de plicación e Anterpretación de los Derechos y arantías ,undamentales8# +2 ,;*/2. (+ 2 C.'4,),/*)' +4,82+*+ los principios de reglamentación e interpretación# disponiendo lo siguiente9 7La interpretación y reglamentación de los derechos y garantías fundamentales# reconocidos en el presente Constitución# se rigen por los principios siguientes9
1 4o tienen car&cter limitativo y# por consiguiente# no e)cluyen otros derechos y garantías de igual naturale%a+
% !ólo por ley# en los casos permitidos por esta Constitución# podr& regularse el e.ercicio de los derechos y garantías fundamentales# respetando su contenido esencial y el principio de ra%ona"ilidad'
3 Los tratados# pactos y convenciones relativos a derechos humanos# suscritos y ratificados por el stado dominicano# tienen .erar$uía constitucional y son de aplicación directa e inmediata por los tri"unales y dem&s órganos del stado+
# Los poderes p;"licos interpretan y aplican las normas relativas a los derechos fundamentales y sus garantías# en el sentido m&s favora"le a la persona titular de los mismos y# en caso de conflicto entre derechos fundamentales# procurar&n armoni%ar los "ienes e intereses protegidos por esta Constitución8'
IMPORTANCIA FUNCIONABILIDAD Lo primero a mencionar es la importancia de los derechos fundamentales en relación directa con las personas' Como es de sa"er# la titularidad de estos derechos les corresponde a todas las personas=1@># sin ning;n tipo de distinción# a"arcando desde los $ue no han nacido hasta las personas $ue ya est&n muertas' !in em"argo# es lamenta"le decir $ue son estos mismos# los titulares de derechos# los $ue desconocen cu&les son sus derechos y# peor a;n# no tienen la m&s mínima idea de los "eneficios $ue ad$uieren a la hora de poder e)igirlos'
n este país# asom"rosamente# se cuenta con un gran n;mero de personas $ue desconocen los derechos $ue le son otorgados por la ley sustantiva# lo $ue empeora m&s cuando estos no sa"en cómo poder e)igir dichos derechos en caso de verse amena%ados o vulnerados' pesar del escenario $ue enfrenta esta po"lación# los derechos fundamentales no de.an de ser importantes y pr&cticos# ya $ue cual$uier persona puede tener una vulneración del derecho a la educación# con relación a la violencia de g*nero# en los asuntos de salud y sanidad o simplemente no tener acceso a determinados servicios por ser una persona con discapacidad' stos son casos de la vida cotidiana# $ue normalmente son llevados a la pr&ctica por los mecanismos convencionales# de"ido a la ine)istencia de un organismo o institución $ue se dedi$ue e)clusivamente a la protección de los derechos fundamentales' 3 $ue simplemente son de.ados en el a"andono o al olvido por motivos# no solo de ignorancia# sino tam"i*n por el alto costo de poder acceder a la .usticia dominicana' l segundo elemento a relacionar con los derechos fundamentales es el stado' sta es una pie%a de suma importancia al ha"lar de derechos fundamentales# y m&s cuando se ha"la de un stado social y democr&tico de derecho' l stado de Derecho se su.eta a la misma normativa $ue este produce# con una concepción eminentemente li"eral' Como "ien seBala
E2 E4,(. 4.*)2 ? (+6.*<,)*. (+ (++*. 4+ **,+)# entonces# por la ";s$ueda de la coincidencia entre la titularidad formal de ciertos derechos p;"licos su".etivos y su e.ercicio efectivo# así como por la acción estatal' dem&s# se descri"e por la concepción del estatus de ciudadanía como participación en valores y derechos políticos# así como en los "ienes económicos y culturales del stado' Constituye tam"i*n un rasgo fundamental el hecho de ser un stado de prestaciones# de modo tal $ue los preceptos constitucionales por los $ue se rige# adem&s de limitar su actividad# le fi.an o".etivos para su acción legislativa y administrativa# lo $ue le o"liga a construir una política orientada hacia la configuración de la sociedad por el stado dentro de los patrones constitucionales'
ESTRUCTURA DE FUNDAMENTALES
LA
CONSTITUCIÓN
DOMINICANA
DE
LOS
DERECHOS
C/,. '(+4 4+**).'+4 +' 2 +4,/*,/ (+ 2 C.'4,),/*)' (.6)')*' conforman los derechos fundam*ntales' La primera sección trata so"re los (++*.4 *))2+4 ? 7.2;,)*.4 2 4+/'( +*.+ 2.4 (++*.4 +*.'6)*.4 ? 4.*)2+4 2 ,+*+ 2.4 (++*.4 */2,/2+4 ? (+7.,).4 ? 2 */, 2.4 (++*.4 *.2+*,).4 ? (+2 6+(). 68)+',+> dem&s# en los Capítulos AA# AAA y AE# se prescri"e lo relativo a las garantías de los derechos fundamentales+ los principios de aplicación e interpretación de los derechos y garantías fundamentales+ y lo relativo a los de"eres fundamentales'
L.4 D++*.4 C))2+4 ? P.2;,)*.4 est&n conformados por F artículos y constituyen el elemento central de la declaración de derechos' La primera sección se inicia con el derecho a la vida# a la dignidad humana# a la igualdad# a la li"ertad y seguridad personal# a la prohi"ición de la esclavitud# a la integridad personal# al li"re desarrollo de la personalidad# a la intimidad y al honor personal# a la li"ertad de conciencia y cultos# de tr&nsito# de asociación# de reunión y de e)presión e información 5rtículos F-GH CD6'
D+',. (+ 2.4 D++*.4 E*.'6)*.4 ? S.*)2+4 # se encuentran la li"ertad de empresa# el derecho a la propiedad# los derechos del consumidor# los derechos de la familia# derechos a la seguridad alimentaria# a la propiedad intelectual# a la protección de las personas menores de edad y de la tercera edad# derecho a la vivienda# a la seguridad social# a la salud# al tra"a.o# a la educación y la protección de los derechos de las personas con discapacidad 5rtículos I0G @F CD6'
L.4 (++*.4 */2,/2+4 ? (+7.,).4 consignan el derecho a la cultura y al deporte 5rtículos @HG@I CD6+ y los derechos colectivos y del medio am"iente contienen lo relativo a los derechos colectivos y difusos y la protección del medio am"iente 5rtículos @@G@- CD6' De igual manera# los artículos del @/ al -F# esta"lecen las garantías de los derechos fundamentales# la tutela .udicial efectiva y el de"ido proceso# el ha"eas data# el ha"eas corpus# la acción de amparo y la nulidad de los actos $ue su"viertan el orden constitucional' ,inalmente# los artículos -H y -I $ue disponen el principio de reglamentación e interpretación de los derechos y garantías fundamentales+ y los de"eres fundamentales' Jay otros derechos fundamentales reconocidos por la Constitución denominados como 7(++*.4 7.2;,)*.48# $ue no se u"ican dentro de estas secciones y capítulos# como por e.emplo# los derechos de ciudadanía 5artículo 22G2H CD6+ el derecho a decidir mediante refer*ndum 5artículo 210 CD6+ el derecho a elegir y ser elegi"les# el derecho a e.ercer la iniciativa legislativa popular y municipal# formular peticiones a los poderes p;"licos y denunciar las faltas cometidas por los funcionarios p;"licos en el desempeBo de sus cargos 5artículo 22# numerales 1GI CD6'
L.4 (++*.4 */2,/2+4 ? (+7.,).4 se esta"lecen varios cam"ios9 en primer lugar# se instituyen la nacionalidad y la ciudadanía como condiciones indispensa"les para el e.ercicio de los derechos fundam*ntales' sí lo esta"lecieron tam"i*n la Constitución ,rancesa de 1-1# las espaBolas de 1/12 y 1/F- y la dominicana de 1/HH'
L.4 (++*.4 *))2+4 ? 7.2;,)*.4 # en su mayoría son derechos de li"ertad y est&n íntimamente vinculados a la dignidad de las personas' sto e)ige a los poderes p;"licos no interferencia# respeto y protección' stos derechos pueden ser alegados y e)igidos ante los tri"unales ordinarios de .usticia' De"en reci"ir la protección m&)ima del stado por representar aut*nticos derechos fundamentales# ya $ue la dignidad humana es 7sagrada# innata e inviola"le8'
L.4 (++*.4 +*.'6)*.4 ? 4.*)2+4 representan una segunda categoría del
L.4 (++*.4 */2,/2+4 ? (+7.,).4 se reconocen como nuevos derechos' $uí se esta"lece $ue toda persona tiene derecho a los servicios culturales y deportivos y el te)to constitucional e)ige al stado promover# estimular# incentivar y apoyar las distintas manifestaciones y e)presiones científicas# artísticas y culturales# así como el apoyo a 7la educación física y el deporte escolar# en todos los niveles del sistema educativo8'
L.4 (++*.4 *.2+*,).4 ? (+ 6+(). 68)+',+ es otra categoría nueva de derechos fundamentales conocidos como 7derechos colectivos y difusos8' Persigue la protección de un "ien colectivo representado en el medio am"iente' La protección del medio am"iente# del e$uili"rio ecológico# de la fauna y de la flora# significa el valor $ue estos temas representan para la vida de los ecosistemas y para la vida humana' ste derecho es transversal a la organi%ación territorial y al r*gimen económico# cuyos principios rectores se fundamentan en la sosteni"ilidad am"iental'
L '/+ C.'4,),/*)' (.6)')*' contiene una profunda reforma en su forma y su estructura# donde la dignidad humana# los derechos y li"ertades representan el n;cleo del sistema constitucional# cuyo o".etivo es muy claro9 el control del poder por parte de la ciudadanía' se el desafío $ue la sociedad en su con.unto de"en afrontar en el futuro'
CONCLUSIÓN
Despu*s de anali%ado esta importante investigación referente a la protección de las arantías y Derechos fundamentales de las personas# previsto en la Constitución dominicana# he llegado a la siguiente conclusión9 Los derechos fundamentales son todos a$uellos derechos de los cuales es titular el hom"re por el mero hecho de serlo# es decir $ue le pertenecen al ser humano sin distinción de ra%a# condición# se)o o religión' !e les ha dado varias denominaciones como lo son derechos humanos# derechos del hom"re# derechos de la persona para luego definirlo como derechos fundamentales' st&n presentes en todos los &m"itos de nuestra vida y son los $ue permiten asegurar el desarrollo de las necesidades "&sicas e intelectuales' stos derechos constituyen para los ciudadanos una garantía donde el sistema .urídico y político orientar& hacia el respeto y la promoción de la persona humana' !e pretende anali%ar cada uno de la variedad de derechos $ue se reconoce a la persona en nuestro sistema .urídico# en el $ue se le da una denominación como tal' Los derechos fundamentales por contener una sustentación a)iológica solida y derivar de un valor *tico fundado de un orden constitucional en pro de la dignidad humana contiene un sin n;mero de garantías para llevar a ca"o el poder de reclamación a $ue se tiene derecho cuando sean vulnerados'
BIBLIOGRAFÍA
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,,7:>6.(.6)')*'>*.6%01K1002.4-(++*.4-/'(6+',2+4
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