RECIBO POR HONORARIOS CONCEPTO ¿Qué es el recibo por honorarios electrónico? Es el tipo de comprobante de pago denominado RECIBO POR HOOR!RIO"# emitido desde la p$gina %eb de la "&!'# "&!'# ingresando al ambiente de "&!' "&!' OPER!CIOE" E ()E! * "O(# siendo necesario para ello contar con código de usuario + cla,e de acceso# conocida como C(! C( !-E "O(. "e le denomina RECIBO POR HOOR!RIO" E(EC'R/ICO por0ue se emite desde el portal %eb de la "&!' + de manera gratuita.
CARACTERISTICAS •
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Es emitido por personas naturales independientes al prestar ser,icios pro1esionales# o de arte# ciencia u o2cio. (a calidad de emisor electrónico electrónico se obtiene obtiene con la emisión de primer recibo por honorario electrónico. Otorga al ad0uiriente la posibilidad de deducir gasto para e1ectos tributarios cuando corresponde. 'iene serie al1anumérica + su numeración se genera autom$ticamente por el sistema.
CONDICIONES PARA EMITIRLOS Contar con código de usuario + Cla,e "O( acti,a 'ener 'ener la condición de H!BI3O en e n el R&C Encontrarse en estado !C'I-O en la 4icha R&C 'ener 'ener a1ectación a renta de cuarta categor5a en la 2cha R&C
OTORGAMIENTO - REVERSIÓN – CONSERVACIÓN OTORGAMIENTO:
Se considera otorgado: Con el envío al correo electrónico del usuario o con la entrega de una representación impresa si el usuario no tiene Clave SOL. Con su emisión, si el usuario tiene Clave SOL. En todos los casos se debe otorgar en el momento en que e perciba la retribución y por el monto de la misma, en el caso de servicios gratuitos se otorgará al culminar el servicio. REVERSIÓN
Opera Oper a cu cuan ando do se con consig signó nó in inor ormac mació ión n er erró rónea nea re respe specto cto de los da datos tos del usu usuari ario, o, la descripción del servicio o el tipo de renta: !rt. ""# del $.%.O. de la Ley del &mpuesto a la 'enta.
CONSERVACIÓN
El usuario que no cuenta con clave SOL, que en aplicación del numeral ( del artículo )( del Código $ributario, deba conservar los recibos por *onorarios electrónicos y las notas de cr+dito electrónicas, cumplirá con la reerida obligación conservando aquellos que se le *ubieran remitido por correo electrónico o la representación impresa de los recibos por *onorarios electrónicos y notas de cr+dito electrónicas que se le *ubieran otorgado.
PREGUNTAS FRECUENTES 1. ¿En qué c!"! !# $#%# #&'(') un n"( $# c)é$'(" #*#c()+n'c, (a nota de crédito electrónica se emite para modi2car un recibo por honorarios electrónico o 15sico registrado pre,iamente en el "istema# otorgado con anterioridad.
. ¿E! "!'%*# !#/u') #&'('#n$" )#c'%"! ") 0"n"))'"! 2" n"(! $# c)é$'(" 34!'c"! !' !" #&'!") #*#c()+n'c", "i es posible seguir emitiendo en 1ormato 15sico. En el caso del emisor electrónico obligatorio si por causas no son imputables a él se ,e imposibilitado de emitir en 1orma electrónica podr$ hacerlo en 1ormato impreso.
5. ¿E* !'!(#& #)&'(# )#*'6) c"n!u*(! $# *"! c"&)"%n(#! $# /" #*#c()+n'c"! #&'('$"!, "5. El sistema permite reali6ar consultas + obtener reportes a tra,és de "&!' Operaciones en (5nea.
7. ¿8ué !# u#$# 0c#) n(# * é)$'$ $#* )#c'%" ") 0"n"))'" 2" n"( $# c)é$'(" #*#c()+n'c, En caso de pérdida# destrucción por siniestro# asaltos + otros de los recibos por honorarios electrónicos + notas de crédito electrónicas 0ue ha+an sido remitidos por correo electrónico o de sus representaciones impresas# el usuario 0ue no cuente con cla,e "O( deber$ solicitar al emisor electrónico le remita nue,amente el recibo por honorarios o la nota de crédito electrónicos al correo electrónico 0ue proporcione o solicitar una nue,a representación impresa de dichos documentos. 7. ¿Cómo debe proceder el agente de retención respecto de la ,ariación del porcenta8e de retención de cuarta categor5a# si el recibo 1ue emitido en diciembre del 9:;< consignando ;:= de retención + el pago se reali6ar$ en el 9:;7 debiendo aplicar >=? Considerando 0ue mediante (e+ :9@A a partir del :; de Enero de 9:;7 el porcenta8e de retención por rentas de cuarta categor5a se ha 28ado en >=# el agente de retención debe retener el >= de los pagos reali6ados en el 9:;7# inclusi,e por los recibos por honorarios emitidos en el ao 9:;< en los cuales se ha+a consignado el porcenta8e anterior de ;:=.
En el caso de los recibos por honorarios 15sicos se puede consignar de manera adicional# en cual0uier parte libre del recibo# + siempre 0ue no se borre# tache o enmiende la in1ormación pre impresa# el porcenta8e de retención ,igente al momento de pago >=# el importe correspondiente + el monto neto recibido. 'rat$ndose de recibos por honorarios electrónicos cabe indicar 0ue no ha+ necesidad de modi2car# a8ustar# anular o re,ertir el recibo por honorario electrónico emitido# sal,o re0uerimiento del contratante. En caso se reportase alguna inconsistencia 0ue se deba a la ,ariación del porcenta8e de retención# ésta deber$ sustentarse oportunamente en la (e+ :9@A. Cabe indicar 0ue de e1ectuarse la retención consignada en el comprobante de pago D;:=# el monto retenido en eFceso podr$ ser utili6ado como crédito para el impuesto a la renta del 9:;7.
9. ¿8ué !'!(#&! 3")&n )(# $#* S'!(#& $# E&'!'+n E*#c()+n'c $# c"&)"%n(#! $# /", El "istema de Emisión Electrónica es un sistema uni2cado + est$ con1ormado por dos D9 modalidades a. El "istema de Emisión Electrónica desarrollado desde los sistemas del contribu+ente# a 0ue se re2ere la Resolución de "uperintendencia G :@*9:;9*"&!' + normas modi2catorias. En adelante# el "EE * del contribu+ente. b. El "istema de Emisión Electrónica de 1acturas# notas de crédito + notas de débito# a 0ue se re2ere la Resolución de "uperintendencia G ;>>*9:;:*"&!' + normas modi2catorias. En adelante# el "EE * POR'!(. B!"E (E!( !rt5culo ;J de la Resolución de "uperintendencia ::* 9:;
:. Pu#$" nu*) un )#c'%" ") 0"n"))'" #*#c()+n'c" "i "5# los recibos por honorarios electrónicos pueden ser anulados. Para reali6ar la anulación# e eFisten dos supuestos
. NOTA DE CREDITO ELECTRONICA; "e debe emitir si el error corresponde al importe del recibo. "e deber$ seleccionar la opción Emisión de ota de Crédito Electrónica# debiendo ingresar al sistema la siguiente in1ormación i. "erie + nLmero correlati,o del Recibo por Honorarios respecto del cual se reali6ar$ l anulación. ii. Moti,o 0ue sustenta la emisión de la ota de Crédito. iii. Monto a8ustado de los honorarios.
%. REVERSION DE RECIBOS DE HONORARIOS; "e reali6ar$ la re,ersión si el error corresponde a los datos 0ue identi20ue al usuario a 0uien prestó el ser,icio# la descripción del ser,icio prestado# o el tipo de renta 0ue percibió.
RECIBO POR HONORARIOS El Recibo por Honorarios es un documento considerado Comprobante de Pago 0ue deber$ ser emitido cuando se presten ser,icios a tra,és del e8ercicio indi,idual de cual0uier pro1esión# arte# ciencia u o2cio como el prestado por médicos# abogados# contadores# periodistas# gas2teros# pintores# entre otros de naturale6a similar. "e emitir$ adem$s por cual0uier otro ser,icio 0ue genere rentas de cuarta categor5a# sal,o los ingresos 0ue se perciban por las 1unciones de directores de empresas# albaceas# s5ndicos# gestores de negocios# mandatarios + regidores de municipalidades + acti,idad similares.
¿CU
¿ESTOS COMPROBANTES TIENEN ALG=N EFECTO TRIBUTARIO, Este documento puede ser utili6ado a 2n de sustentar gasto o costo para e1ecto tributario siempre 0ue cumplan con lo establecido en el Reglamento de Comprobantes de Pago.
¿SE DEBE CONSIGNAR LA RETENCIÓN EFECTUADA EN EL RECIBO POR HONORARIOS, "5# debe consignarse el monto discriminado de las retenciones 0ue a1ecten dicha operación DImpuesto a la Renta ;: = + el aporte al "P o "PP indicando la tasa correspondiente la 0ue ser$ reali6ada por empresas del Régimen eneral + entidades del "ector PLblico 0uienes utili6an el ser,icio + en los casos 0ue corresponda de acuerdo a los siguientes p$rra1os.
¿CU? POR IMPUESTO A LA RENTA, Procede e1ectuar la retención del Impuesto a la Renta cuando * El monto del recibo eFceda los "K. ;#7::.:: +# * El prestador del ser,icio no eFhiba o entregue Copia de la Constancia de !utori6ación 0ue acredite la suspensión de retenciones +Ko pagos a cuenta del Impuesto a la Renta por rentas de cuarta categor5a.
¿8UIENES NO DEBEN EMITIR RECIBO POR HONORARIOS,
;. (os directores de empresas# regidores de municipalidades + 0uienes desarrollen acti,idades similares# por los ingresos 0ue perciban. 9. (as personas 0ue obtengan ingresos por contratos de prestación de ser,icios normados por la legislación ci,il# cuando el ser,icio sea prestado * En el lugar + horario designado por 0uien lo re0uiere +# cuando el usuario del ser,icio proporcione los elementos de traba8o + asuma los gastos 0ue la prestación del ser,icio demande. . !0uellas personas 0ue obtengan bene2cios de ser,icios considerados dentro de la cuarta categor5a# prestados a un contratante con el 0ue simult$neamente se mantiene una relación de dependencia. <. (os comisionistas mercantiles# por0ue el ingreso 0ue obtienen es considerado Renta de 'ercera Categor5a.
¿CON CU