Norma / Estándar Operacional Conducci ConducciónyOperacióndeGrúasHorquillas/Montacargas–RequisitosdeSeguridadyPrácticas PrácticasdeTrabajoSeguras
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Condu Con ducc ccii ón y Ope Operr ac acii ón de G r úas H or qui l l as / M onta ntaccar gas Requii si tos de Segur Requ gurii dad y Pr Pr ácti cticas cas de Tr Trabaj abajo o Seguras
CONTIENE:
•
ESTABLECE ESTABLECE REQUISITOS REQUISITOS DE SEGURIDAD, SEGURIDAD, DIRECTRICES DIRECTRICES (INSTRUCCIONES (INSTRUCCIONES Y NORMAS NORMAS GENERALES) GENERALES) Y PRACTICAS PRACTICAS DE TRABAJO SEGURAS QUE SE DEBEN CUMPLIR EN LA CONDUCCIÓN Y OPERACION DE GRUAS HORQUILLAS O MONTACARGAS.
•
ESTABLECE ESTABLECE REQUISIT REQUISITOS OS Y ESTANDA ESTANDARES RES DE SEGURIDAD SEGURIDAD QUE DEBEN DEBEN CUMPLIR LAS LAS GRUAS HORQUILLA HORQUILLAS S / MONTACARGAS COM O MAQUINARIA AUTOMOTRIZ AUTOMOTRIZ ESPECIALIZADA PARA PARA EL MANEJO M ECANIZADO DE CARGAS.
1 ia de Riesgos Profesi Publicada y Editada Editada por la Subgerencia Subgerenc Profesionales onales y Ambiente
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Conducci ConducciónyOperacióndeGrúasHorqui Horquillas/Montacargas–RequisitosdeSeguridad SeguridadyPrácticasdeTrabajoSeguras
NEO 12: 2008 Norma Estándar Operacional
Conducción y Operación de Grúas Horquillas / Montacargas – Requisitos Requisitos de Seguridad y Prácticas de Trabajo Seguras. Segunda Edición: Agosto 2008 Revisión: 3 Norma interna de uso exclusivo en la División CODELCO C ODELCO Norte, preparada y editada por la Subgerencia de Riesgos Profesionales Pro fesionales y Ambiente. Este documento documento normativo será revisado con la periodicidad que se requiera para su vigencia actualizada. Documento Documento disponible en la INTRANET de lla a División CODELCO Norte, sitio de la SGRPA. SGRPA. 2
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Conducci ConducciónyOperacióndeGrúasHorqui Horquillas/Montacargas–RequisitosdeSeguridad SeguridadyPrácticasdeTrabajoSeguras
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Conducción y Operación de Grúas Horquillas / Montacargas – Requisitos Requisitos de Seguridad y Prácticas de Trabajo Seguras. Segunda Edición: Agosto 2008 Revisión: 3 Norma interna de uso exclusivo en la División CODELCO C ODELCO Norte, preparada y editada por la Subgerencia de Riesgos Profesionales Pro fesionales y Ambiente. Este documento documento normativo será revisado con la periodicidad que se requiera para su vigencia actualizada. Documento Documento disponible en la INTRANET de lla a División CODELCO Norte, sitio de la SGRPA. SGRPA. 2
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INDICE
INDICE Pág. 1.
Alca Alcanc ncee y Camp Campo o de de Apl Aplic icaación ción ....................................... .......................................................... ....................................... ....................................... ....................................... ........................... ....... 5
2.
Refer Referenc encias ias Legale Legaless y Regl Reglame amenta ntaria riass y Refe Refere renci ncias as Norm Normati ativas vas
3.
Términ minos y Definic nicion iones ..................................... ......................................................... ........................................ ....................................... ...................................... ....................................... ........................ .... 6
4.
Normas Legales ..................................... .......................................................... ........................................ ...................................... ...................................... ...................................... ..................................... .................. 10
5.
Normas Normas Gene General rales es de Condu Conducci cción ón y Circ Circulac ulación ión de Grúa Grúass Horquil Horquillas las / Montac Montacarg argas as ...................................... .......................................... .... 17
6.
Norm Normas as Gene Genera rale less de de Mane Manejo jo de Carg Cargas as ...................................... ......................................................... ...................................... ...................................... ..................................... .................. 24
7.
Normas Normas Gener Generale aless de Segur Segurida idad d y Preven Prevención ción de de Riesgo Riesgoss en las Area Areass de Trab Trabajo ajo de Grúas Horquillas / Montacargas ...................................... ......................................................... ...................................... ....................................... ........................................ .............................. .......... 25
.................................... ....................................................... .................................. ............... 5
ANEXOS Modelo de Hoja de Revisión Periódica de Seguridad ..................................... ........................................................ ...................................... ..................................... .................. 29 .......................................................... ....................................... ........................ .... 33 Principios Básicos del Equilibrado de Cargas y Estabilidad .......................................
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Conducci ConducciónyOperacióndeGrúasHorqui Horquillas/Montacargas–RequisitosdeSeguridad SeguridadyPrácticasdeTrabajoSeguras
PAGINA EN BLANCO
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Norma / Estándar Operacional
Conducción y Operación de Grúas Horquilla / Montacargas – Requisitos de Seguridad y Prácticas de Trabajo Seguras 1.
Alcance y Campo de Aplicación Esta norma tiene como objetivo:
2.
1.1
Establecer requisitos y estándares de seguridad, directrices (instrucciones y normas generales) y prácticas de trabajo seguras, que se deben cumplir en la conducción y operación de grúas horquillas / montacargas, maquinarias automotrices industriales especiales para el manejo de materiales en las operaciones para lev antar, transportar y almacenar o apil ar cargas en las instalaciones y servicios de apoyo establecidos en las faenas mineras de la División, para apoyar y asegurar el funcionamiento de sus operaciones, con el propósito de proteger la vida e integridad f ísica de las personas, los equipos de trabajo, las instalaciones y el entorno del área de trabajo con todas sus características en la División.
1.2
Establecer requisitos y estándares de seguridad que deben cumplir las grúas horquillas / montacargas, como maquinaria automotriz especializada para el m anejo mecanizado de cargas.
1.3
Dar cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias contenidas en el Decreto Supremo Nº 72, de 1985, del Ministerio de Minería, que establece el Reglamento de Seguridad Minera, que fue fij ado por el Decreto Supremo Nº 132, publicado en el Diario Oficial de fecha 07/ 02/ 2004, las disposiciones contenidas en la Ley de Tránsito, Ley Nº 18.290, del Ministerio de Justicia, promul gada el 23/01/1984 y publicada en el D.O. del 07/02/1984 y sus modificacio nes y la reglamentación y normativa interna, con medidas de carácter específico, propias de las condiciones operacionales de las faenas mineras, de acuerdo a las condiciones específi cas que impone el tránsito de equipos de trabajo y maquinaria minera.
1.4
Esta Norma NEO 12: 2008, se aplica a las grúas horquillas / montacargas, impulsadas mediante combustible de gasolina, diesel, gas licuado (LPG) y eléctric as mediante baterías, con operador sentado.
1.5
Esta Norma no se aplica a equipos elevadores, apiladores, eléctricos o manuales, ni a plataformas de elevación ni transpaletas manuales o eléctricas.
Referencias Legales y Reglamentarias y Referencias Normativas 2.1
Los documentos normativos siguientes contienen disposiciones que a través de referencias en el texto de esta Norma NEO, constituyen requisitos de la misma. •
Ley de Tránsito Nº 18.290 y sus modificaciones, del Ministerio de Justicia, promulgada el 23/ 01/1984 y publicada en el Diario Ofici al el 07/02/1984.
•
Decreto Supremo Nº 72, de 1985 – Reglamento de Seguridad Minera, modificado por el
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Decreto Supremo Nº 132 de 2002, publicado en el D.O. de 07/02/2004, del Ministerio de Minería.
2.2
•
Disposiciones relativas al Transporte de Personas y de Carga emanadas por el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones.
•
Reglamento Interno Específico de Minería R–020 – Medidas de Seguridad en Operaciones con Grúas Horquillas, texto aprobado en enero 30 de 2002 por el Director Regional del Servicio Nacional de Geología y Minería.
•
Norma NEO 53: 2006 – Reglamento de Tránsito y Transporte de Personas y Materiales en Areas Administrativas, Plantas y Servicios, de la División CODELCO Norte.
•
Manual de Señalización de Tránsito, de 1982, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, según D.S. Nº 20/86, publicado en el Diario Oficial de 12/03/86.
Referencias Normativas Extranjeras Al no existir norma nacional específica que regule la seguridad de las grúas horquillas, esta norma ha sido preparada y actualizada tomando en consideración las siguientes normas extranjeras relativas a grúas horquillas o montacargas:
3.
•
Norma OSHA sobre Seguridad y Salud Ocupacional 29 CFR 1910.178 – Norma
•
Norma ASME / ANSI B 56.1 – Manejo de Montacargas o Grúas Horquillas.
Normativa de la American Society of Mechanical Engineers Institute (ASME) y American National Standards Institute (ANSI) EE.UU.
•
Recomendaciones de NIOSH para el Manejo de Montacargas o Grúas Horquillas – Instituto Nacional para la Seguridad y Sal ud Ocupacional de EE.UU – Normas Sobre Prevención de Lesiones y Muertes de Trabajadores que Operan Montacargas o Trabajan cerca de l os mismos.
de Montacargas – Normas y Prácticas Seguras de Funcionamiento del Equipo Industrial Motorizado, Normativ a de la OSHA (Administración para la Seguridad y Salud en el Trabajo) EE.UU.
Términos y Definiciones 3.1
Para los propósitos de esta norma se aplican los términos y definiciones siguientes:
Grúa Horquilla o Montacargas.-
Es un tipo de v ehículo / maquinaria industrial automotriz utilizada en el manejo mecanizado de materiales, cuyo propósito es lev antar, bajar, tirar, empujar, transportar o trasladar y aplicar una carga y colocarla en un estante de almacenamiento en pilas.
Centro de Gravedad.-
Punto de un objeto en el que todo el peso se puede considerar concentra-
do.
Contrapeso.-
Peso incluido en la estructura básica de un vehículo que se utiliza para compensar el peso de una carga, y para aumentar al máximo la resistencia del vehículo al balanceo.
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Eje Fijo.-
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Eje de rotación del vehículo cuando se balancea.
Grado de Pendiente.-
Pendiente de cualquier superficie que se mide normalmente como el número de metros de elevación o caída sobre cien metros de distancia horizontal. (Esta medida se expresa en porcentajes).
Estabilidad Lateral.-
Resistencia de la grúa horquilla al balanceo lateral.
Estabilidad Longitudinal.-
Resistencia de una grúa horquilla o montacargas al volcamiento (vuelco) hacia delante o hacia atrás.
Inercia.-
Producto del peso del objeto por la distancia desde un punto fijo. En el caso de una grúa horquilla / montacargas, la distancia se mide desde el punto en que el vehículo se balanceará hasta la línea de acción del objeto. La distancia se mide siempre en forma perpendicular a la línea de acción.
Rodada.-
Distancia entre las ruedas de un mismo eje del vehículo.
Distancia entre Ejes.-
Distancia entre la línea central de las ruedas delanteras y traseras de un
vehículo.
Componentes Principales de una Grúa Horquilla / Montacargas Bastidor.-
Estructura generalmente de acero soldado, sobre la cual se instalan todos los componentes del montacargas y transmite su efecto di rectamente al suelo, a trav és de las ruedas (sin suspensión).
Contrapeso.-
Masa fijada a la parte posterior del bastidor, destinada a equilibrar la carga en la grúa horquilla contrapesada.
Mástil de Elevación o Brazo Telescópico.-
Permite el posicionamiento y la elevación de las
cargas.
Tablero Porta Horquillas.-
Placa fijada al mástil que permite el acoplamiento y la sujeción de las horquillas u otros implementos. Si es necesario, detrás del tablero porta horquillas, debe montarse un respaldo de apoyo de la carga (placa porta horquillas) para evitar el deslizamiento de la misma sobre el operador.
Grupo Motor y Transmisión.-
Conjunto de elementos que accionan los ejes y grupos motores y directores. Incluye los motores térmicos o eléctricos y los distintos tipos de transmisión, mecánica, hidráulica, etc.
Sistema de Alimentación de Energía.-
Son los sistemas de alimentación de combustible en las grúas horquillas, con motor térmi co y las baterías de tracción o la conexión a la red en las grúas horquilla eléctricas.
Sistema de Dirección.-
Consta de un volante para la dirección tipo automóvil. Puede ser mecánico, hidráulico o eléctrico.
Sistema Principal de Frenado.-
Normalmente la grúa horquilla está equipada con mordazas o
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discos de fricción, accionados mecánica o hidráulicam ente y que actúan sobre las ruedas o los órganos motores de a máquina.
Puesto del Operador.-
Centraliza todos los órganos de mando y control. Todas las funciones deben estar claramente identificadas, ser visibles, operables y de fácil y ergonómico acceso para el operador.
Techo Protector del Operado r.- Estructura resistente que protege al operador contra la caída de objetos. Es obligatorio al existir riesgo debido a la caída de objetos. En algunos casos, si la cabina es cerrada, el techo protector forma parte de la misma.
Protección del Operador contra Riesgo de Vuelco.-
Estructura resistente que protege al operador contra los efectos de vuelco del equipo. Es un elemento obligatorio, cuando existe el riesgo de que la grúa horquilla pueda volcar. Cuando la grúa horquilla esté provista de cabina, ésta debe garantizar la plena protección del operador y, entre otros aspectos, garantizar la protección contra caída de objetos y frente a vuelco.
Horquillas.-
Dispositivo que incluye dos o más brazos de horquilla de sección maciza, que se fijan sobre el tablero porta horquillas y que normalmente se posicionan manualmente.
Accesorios de Manipulación de Carga.-
Son los implem entos (pinzas, desplazami entos laterales, cucharas, elevadores, etc.) que permiten l a aprehensión y depósito de la carga a la altura y posición escogida por el operador.
Asiento.-
Puesto del operador, debe ser anatómico y dotado de suspensión para evitar que las vibraciones se transmitan al operador, ya que las grúas horquillas carecen de sistemas de am ortiguación. Debe ser regulable y adaptable. Cuando la máquina pueda ir equipada de una estructura de protección para los casos de vuelco, el asiento debe estar dotado de cinturón de seguridad.
Ruedas.-
Sirven de apoyo a la grúa horquilla sobre el suelo, permitiendo la tracción de l a misma.
Placas Informativas.-
Cada grúa horquilla debe llevar obligatoriamente marcado, de manera legible e indeleble, las leyendas y pictogramas que informen al operador sobre la capacidad de carga del montacargas en las distintas situaci ones de carga, la función de los distintos mandos y los riesgos inherentes a la utilización de la m áquina. Se debe comprobar que el equipo lleve la placa de identificación del fabricante, el marcado CE y la placa de capacidad de cargas admisibl es para las condiciones de uso real de la grúa horquill a. Si al montacargas se le monta un accesorio adicional, sobre el mismo también debe existir la placa de identificación del fabricante del accesorio, la capacidad de carga del mismo y, si es aplicable, el marcado CE de conformidad.
Baliza.-
Dispositivo de luces giratorias, destellantes, estroboscópicas, intermitentes o de otro tipo, que permite adverti r la presencia del vehícul o que la usa al resto de los usuarios de las vías. Las balizas de grúas horquillas deben ser de col or ámbar.
Peatones o Trabajadores a Pie.-
Las personas que sólo por razones de trabajo y debidamente autorizadas, deben transitar dentro de las áreas de trabajo en l as faenas mineras de la Div isión.
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Aparato Sonoro.-
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Mecanismo de tipo manual o eléctrico que emite sonido.
Exámenes Sico–Senso–Métricos.-
Exámenes practicados por un sicólogo y/o equipos tecnológicos que permiten establecer y evaluar destrezas, habilidades y tiempos de reacción de los conductores. Esta misma definición se extiende al examen sico–senso–técnico.
Señalización de Seguridad.-
Todos los dispositivos, signos, demarcaciones de tipo oficial o de carácter específico propias de las condiciones operacionales de cada f aena, internas especiales internas de la División, i nstaladas con objeto de regular, advertir o encauzar el tránsito y de adv ertencia de riesgos. 3.2
Sistemas y Componentes de Seguridad en Grúas Horquillas / Montacargas Toda grúa horquilla o montacargas debe estar provista de luces y aparatos sonoros que indiquen la dirección de mov imiento en retroceso (según Decreto Supremo Nº 72 – Reglamento de Seguridad Minera, modificado por D.S. Nº 132).
Luces Faeneras Delanteras y Traseras Baliza de Color Ambar (dispositivo de luces giratorias destellantes, estroboscópicas, intermitentes o de otro tipo) para advertir la presencia de la grúa horquilla que la usa al resto de los vehículos o maquinaria usuaria de las vías. Se conocen comúnmente como balizas giratorias o luces de referencia y deben estar colocadas en la parte superior de la cabina de la grúa horquilla, para advertir la presencia de la máquina.
Alarma de Retroceso de Seguridad para emitir sonido cuando la grúa horquilla se desplace en retroceso o hacia atrás.
Luces Señalizadoras de Viraje Bocina.-
Utilizada para advertir la presencia del montacargas en caso necesario, para prevenir un accidente en el caso de que su uso fuera estrictamente necesario.
Extintor de Incendio.-
debe ser adecuado para el tipo de grúa horquilla o montacargas.
Techo Protector del Operador.-
La grúa horquilla debe contar con un resguardo o estructura resistente para proteger al conductor / operador, contra la caída de objetos o materiales.
Respaldo de Apoyo de la Carga.-
La grúa horquilla debe contar con una placa porta horquilla, para evitar el deslizamiento de la carga sobre el operador en caso de vuelco de materiales.
Cuñas de Seguridad.-
Para bloquear las ruedas de la grúa horquilla en casos de emergencia, falla del equipo, detención en pendiente, etc.
Sistemas y/o Componentes de Seguridad.-
Equipos destinados a garantizar la seguridad del operador y de las personas y son, entre otros: el sistema de frenos, sistemas de alarma ópti ca y acústica para advertir la presencia del vehículo, dispositiv os de advertencia o limitación del exceso de carga, sistema de protección en caso de v uelco y contra caída de objetos, etc.
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Normas Generales 4.1
Requisitos que debe Cump lir el Personal Designado para Conducir y Operar Grúas Horquillas / Montacargas.- El personal designado para conducir grúas horquillas / montacargas en los recintos industriales de la División, que expresamente la Administración de la faena haya autorizado, deberá estar debidamente capacitado sobre la conducción y operación del equipo de trabajo que debe conducir. Para ello, deberá cumplir con las disposiciones establecidas en la Ley de Tránsito, Ley Nº 18.290, Decreto Supremo Nº 72 – Reglamento de Seguridad Minera, modificado por el D.S. Nº 132, del Ministerio de Minería y el Reglamento de Tránsito y Transporte de Personas y Materiales en Areas Administrativas, Plantas y Servicios de la División CODELCO Norte. El personal designado debe cumplir los siguientes requisitos: a)
Poseer Licencia de Conducir Clase D, licencia especial para conducir maquinarias automotrices, expedida por el Departamento de Tránsito y Transporte Público Municipal, conform e a lo establecido en la Ley de Tránsito Nº 18.290 y sus modificaci ones.
b)
Poseer Autorización Interna para Conducir grúas horquillas / montacargas en los recintos industriales de la Divi sión, otorgada por la Unidad de Gestión Vial del Departamento de Gestión de Riesgos de la Subgerencia de Riesgos Profesionales y Ambiente de CODELCO Norte.
c)
Obtener la certificación de operación de grúas horquillas / montacargas del área o faena respectiva, autorizado por la Administración de la faena.
d)
Ser aprobado en un examen sico–senso–técnico riguroso.
e)
Ser instruido y aprobar un examen sobre el Reglamento de Tránsito y Transporte de Personas y Materiales, que la División tiene en f uncionamiento.
f)
Ser aprobado en examen de conocimientos teóricos y prácticos de conducción y operación de grúas horquillas / montacargas.
El operador / conductor de grúa horquilla / montacargas, deberá llevar consigo su licencia m unicipal y la Autorización Interna para Conducir montacargas / grúas horquillas. Asimismo, el personal que deba efectuar mantención, personal de pruebas, inspectores e instructores, deberán poseer su respectiva Autorización Interna v igente, que lo acredit e como persona autorizada. Ninguna persona debe conducir u operar una grúa horquilla / m ontacargas si no cuenta con su respectiva Autorización Interna. Si ésta se encuentra en trámite, la Unidad Gestión Vial proporcionará una autorización provisoria. Se deberá adjuntar a la solicitud de Autorización Interna, un certifi cado que acredite la capacitación del trabajador operador / conductor. Los operadores / conductores deben acreditar los conocimientos teóricos y prácticos, destrezas y habilidades necesarias para la conducción de l as grúas horquillas / montacargas.
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4.2
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Condiciones e Idoneidad Física, Síquica y Sensorial del Operador / Conductor de Grúa Horquilla / Montacargas. 4.2.1
El operador / conductor de grúa horquilla o montacargas, debe tener una adecuada salud física y síquica y excelente coordinación manual y visual, capacidad auditiv a adecuada, buena visión y percepción de profundidad. La función del operador / conductor de grúa horquilla en el manejo de dicho equipo de trabajo es primordial y, por ello, deben ser personas con aptitudes físicas, síquicas y sensoriales adecuadas.
4.2.2
Incapacidad Física o Síquica del Operador / Conductor de Grúa Horquilla.-
Si el operador / conductor de grúa horquilla / montacargas se encuentra en condiciones físicas o síquicas que lo incapaciten para conducir y operar el equipo de trabaj o, deberá abstenerse de hacerlo y comunicará de inmediato a su jefe directo o supervisor sus condiciones de salud. Toda persona (operador / conductor) de grúa horquil la / montacargas que por su prescripción médica, esté sometida a tratamiento con sustancias sicotrópicas o cualquier medicamento que a juicio de un facultativ o, altere significativamente sus condiciones sicomotoras, deberá ser relevado de sus funciones de conductor u operador, mientras dure el tratam iento. Se prohíbe al conductor / operador de grúa horquilla / montacargas, el consumo de bebidas alcohólicas en el interior del equipo de trabajo. Se prohíbe la conducción y operación de una grúa horquilla / m ontacargas por personas que se encuentren en estado de ebriedad, bajo la influencia de drogas o sustancias estupefacientes o sicotrópicas o bajo la influenci a del alcohol, o que se determine que tales personas son consumidores habituales de estas sustancias.
4.3
Capacitación y Entrenamiento del Operador / Conducto r de la Grúa Horquilla / Montacargas.- Las grúas horquillas / montacargas sólo serán conducidas y operadas por personal designado y autorizado por la Administración, debidam ente capacitado y entrenado sobre la conducción y operación de la maquinaria que deben conducir, y que cuenten con conocimientos y práctica en el manejo de dichas maquinarias especiales y que, además, hayan sido capacitados sobre la conducción y operación segura de dichos equipos. Un programa de capacitación y entrenamiento sobre la conducción y operación de grúas horquillas / montacargas debe incluir los siguientes elementos: a)
Debe hacerse una cuidadosa selección del operador de grúa horquilla / montacargas, considerando las aptitudes físicas, síquicas y sensoriales.
b)
El énfasis en los materiales, la maquinaria, los operadores y el resto del personal a pie o peatones en el área, o entorno de trabajo.
c)
Aspectos básicos del diseño del montacargas / grúa horquilla y sus componentes en relación con la seguridad, por ejemplo: carga, lim itaciones mecánicas, centro de gravedad, estabilidad, etc.
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d)
Introducción a los equipos, explicación de cómo funcionan cuando se utilizan correctamente y los peligros, problemas y riesgos de accidente derivados de la util ización incorrecta y las medidas de prevención, para evitar accidentes.
e)
Prácticas supervisadas en una pista diferente de donde se realizan las actividades normales y diseñada para simular el funcionamiento de la planta real, por ejemplo: apilado en a lmacenes o bodegas, carga de remolques y vehículos de carga, etc.
f)
Pruebas y evaluaciones orales, escritas y de rendimiento operativo durante el curso y al finalizar éste.
g)
Evaluación del operador en su trabajo.
h)
Entender los datos de la placa de características, las instrucciones para el operador y la información de advertencia que aparece en el equipo.
Responsabilidad del Operado r de la Grúa Horquilla / Montacargas.-
Es responsabilidad y obligación del operador / conductor de la grúa horquilla, respetar y cumplir t odas las normas y/o reglas que le conciernen directamente o afecten su conducta, establecidas en la Ley de Tránsito Nº 18.290, en todas las disposiciones legales y reglamentar ias aplicables, en esta Norma NEO 12: 2008 y en todos los procedimientos internos de la faena minera o que se hayan im partido como instrucciones. Sin perjuicio de las mantenciones, reparaciones y/o revisiones realizadas por personal especialista, es obligación del operador verificar al i nicio de su jornada de trabajo o turno, el buen funcionamiento y comprobación de seguridad del equipo. Si el trabajador observa def ectos, fallas, condiciones subestándares o cualquier condición anormal que afecte o pueda afectar su seguridad o del equipo en cualquier lugar de la fae na, debe comunicar de inmediato de la situación a su jefatura o supervisión, sin perjui cio de las medidas que pueda tomar personalmente, conforme a lo que él esté autorizado. El operador de grúa horquilla / montacargas, es responsable del funcionami ento y de la operación correcta y segura del m ontacargas que debe conducir y operar. Antes de iniciar sus labores u operaciones, el operador de la grúa horquil la debe v erificar que cuenta con todos los documentos y autorizaciones vigentes, que le permitan operar en forma correcta y en condiciones de seguridad. El operador / conductor de una grúa horquilla / montacargas, es responsable de la operación correcta y segura de la grúa horquilla / montacargas que deberá conducir y operar siempre en forma cuidadosa, respetando las normas de tránsito y de seguridad en todo el entorno o área de trabajo, donde circule o transite y opere. En caso de cualquier duda respecto a la operación y conducción segura del montacargas (capacidad, estabilidad de la carga, etc.), consultará a su jefatura o supervisión, la que en caso necesario se hará asesorar por el Asesor de Gestión de Riesgos del área. El operador debe estar famil iarizado con todas las funciones de la grúa horquilla y los equipos y dispositivos de seguridad del equipo.
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El operador / conductor de la grúa horquil la / montacargas, debe conocer en detalle el entorno del área de trabajo donde se utilizará l a maquinaria, con todas sus características, tipo de materiales a manejar, presencia y paso de personas, entradas y salidas de equipos de trabajo y personas, tipo y características del almacenamiento, di mensiones de las bodegas, superficies de tránsito y de trabajo, trabajos en áreas clasificadas con riesgo de incendio y/o expl osión, trabajos especiales, estado de los suelos (baches, húmedo, mojado, etc.), tipos de pavimento (rugoso, deslizante, etc.), pendiente, rampas, etc. Se prohíbe operar una grúa horquilla / montacargas llev ando o usando brazaletes, cadenas, ropas sueltas, cabellos largos sueltos no recogidos y protegidos, etc., por el alto riesgo que presentan de atrapamiento con piezas y mecanismos en movim iento o partes móviles. 4.5
Responsabilidad de la Línea de Mando o Supervisión a Cargo.-
Toda persona que tenga supervisión sobre el operador de grúa horquilla o montacargas, a cargo de las operaciones, debe exigir el cumplimiento de los reglamentos, norma interna y procedimientos de trabajo establecidos y vigentes en la División y el cumpl imiento de las instrucciones impartidas sobre la conducción y operación de la maquinaria. El incumplimiento por parte del operador del equipo de trabajo a los reglamentos, normas y procedimientos o instrucciones entregadas o proporcionadas para el correcto desempeño de su trabajo, podrá ser sancionado por la Empresa conforme a lo establecido por la Ley Nº 16.744 – Normas sobre Accidente del Trabajo y Enfermedades Profesionales. El supervisor a cargo del operador de la grúa horquilla recién contratado, o derivado de otra área, planta o faena, deberá instruirl o acerca de los riesgos asociados a la conducción y operaciones con grúas horquillas o montacargas y de la ejecución segura de sus deberes respecto a los requisitos de seguridad y medidas de prev ención de riesgos establecidas. La supervisión a cargo debe llevar un registro del personal capacitado, entrenado y autorizado, las materias y la persona o entidad que ef ectuó la capacitación y entrenamiento al operador.
4.6
Responsabilidad de los Peatones (trabajadores a pie) que se encuentran en las Areas de Trabajo o entorno donde circulan u operan Grúas Horquillas / Montacargas.- Todos los peatones o trabajadores a pie que desarrollen sus tareas o actividades en áreas donde circulen u operen grúas horquillas, tienen la responsabilidad de vi gilar y estar siempre atentos al recorrido de los montacargas y de mantenerse alejados, evitando acceder a l as áreas de funcionamiento de dichas máquinas. Los peatones o trabajadores a pie, deben tener conocimiento de todas las normas y reglas de seguridad del tránsito internas de las grúas horquillas. Si hay peatones o trabajadores a pie que deben permanecer en áreas en las que operen grúas horquillas, deben usar siempre el equipo de protección personal necesario, como chaleco reflectante de alta visibilidad y casco de seguridad con cinta reflectante, además del EPP estándar establecido en su área. Los peatones o trabajadores a pie deben permanecer siempre fuera de la trayectoria de desplazamiento de la(s) grúa(s) horquilla o dentro de l os caminos o vías señalizadas y demarcadas para peatones.
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El peatón o trabajador a pie en un área donde circulen u operen grúas horquillas, no debe asumir nunca que el operador los ve y deben, por tanto, mantener siempre una vigilancia adecuada respecto a una grúa horquilla en mov imiento, durante su conducción por las vías como en la operación. 4.7
Uso Obligatorio de los Elementos o Equipo s de Protección Personal (EPP) 4.71.
Durante la conducción y operación de la grúa horquilla / montacargas, el operador / conductor debe usar el equipo y elementos de protección personal asignado a su cargo, de acuerdo con los riesgos efectivos en su área de trabajo: casco de seguridad, anteojos y/o gafas de seguridad, guantes de cuero (cuando se requiera), chaleco de seguridad reflectante, protección auditiva y respirador contra polvos o químicos, de acuerdo a las condiciones ambientales del área de trabajo. El uso del equipo de protección personal por el operador de grúa horquilla, es de uso obligatorio conforme al reglamento interno de la empresa, en lo concerniente al uso de dichos elementos y en conformidad con las di sposiciones legales y reglamentarias.
4.7.2
Uso de Cinturón de Seguridad en la Grúa Horquilla / Montacargas.-
Durante la conducción y operación de la grúa horquilla / montacargas, el operador / conductor debe hacerlo siempre con el cinturón de seguridad abrochado y ajustado , siendo su uso obligatorio. El no uso de cinturón de seguridad, expone al operador a ser impulsado vi olentamente hacia afuera de la jaula protectora en caso de vuelco. Nota:
Recuerde que los cinturones de seguridad actúan como sujetadores para el operador, mantenién-
dolo en su asiento en caso que el equipo golpee un objeto o se vuelque el montacargas.
4.7.3
Prevención de Lesiones por Vuelco de la Grú a Horquilla / Montacargas.-
En caso de producirse el vuelco de una grúa horquil la / montacargas, el operador debe intentar quedarse o permanecer en el puesto de conducción de la máquina, para ev itar quedar atrapado entre la grúa horquilla y el suelo si ocurre un vuelco lateral o longitudinal. Para ello debe apoyar firmemente los pies sobre el suelo del habitáculo, agarrarse firmemente e inclinarse en la dirección o sentido opuesto del volcamiento, intentando mantenerse alejado del punto de impacto. El operador no debe intentar saltar fuera del vehículo, porque siempre existe el pel igro y alto riesgo de quedar atrapado entre el montacargas y el suelo, o ser golpeado o aplastado violentamente por la estructura de la grúa horquilla.
4.8
Inspección y Comprobaciones P eriódicas de la Grúa Horquilla 4.8.1
Las comprobaciones de la grúa horquilla se deben realizar: 1.
Antes de poner la máquina en servicio.
2.
Por parte de personal calificado, formado, especializado y autorizado que cuente con las herramientas y los conocimi entos necesarios.
3.
De acuerdo con la Guía del Operador, el Manual de Mantenimiento y el Manual de
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Servicio. El mantenimiento, lubricación adecuada y efectuar inspecciones de seguridad programadas periódicamente, ayudarán a garantizar una vida útil segura y productiva para la máquina y el operador. 4.8.2
Comprobación o Revisión Diaria, Periódica de la Grúa Horquilla realizada por el Operador antes de poner la Máquina en Servicio.- Independiente del tipo de mantenimiento que se realice a una grúa horquilla, se debe realizar adicionalmente una inspección y comprobación de revisión diari a (mantenimiento de uso), que consistirá en que el operador realice un conjunto de comprobaciones, generalmente visuales y breves, que se deben efectuar diariamente o antes de cada turno de trabajo, antes de poner la m áquina en servicio, para comprobar el buen estado de funcionamiento.
4.8.3
Uso de Lista de Revisión Periódica de Segu ridad de la Grúa Horquilla / Montacargas. 4.8.3.1 Al realizar una revisión periódica de seguridad en el funcionamiento de la grúa horquilla, debe utilizar una lista de comprobación (Hoja de Revisión Periódica de Seguridad), donde se registrará la fecha de inspección o revisión y el registro, en caso que existan, de las observaciones, fall as, desperfectos o una condición subestándar que presente o pueda presentar la grúa horquilla, exponiendo a riesgos potenciales al operador o al equipo durante su conducción y operación. 4.8.3.2 Sin perjuicio de las mantenciones y/o revisiones realizadas por personal especialista, es obligación del operador de la grúa horquilla v erificar, al inicio de su jornada de trabajo o del turno, el buen funcionamiento del montacargas, y también verificará el orden y limpieza del equipo. Si el operador observa defectos o fall as en la grúa horquilla, debe dar cuenta de inmediato a su jefatura o supervisión, sin perjuicio de las medidas que pueda tomar, conforme a lo que él esté autorizado. (Ver Anexo A un Modelo de Lista de Verificación Diaria de Funcionami ento de la Grúa Horquilla).
4.8.4
Toda grúa horquilla debe tener una carpeta de registro que contenga las especificaciones técnicas, programas y verificación de mantenciones y reparaciones, novedades relevantes e historial de inspecciones.
4.8.5
Los vehículos automotores como los montacargas serán inspeccionados diariamente, en especial los frenos, dirección, l uces, bocina y depurador de gases, cuando corresponda. Al comienzo de cada jornada o turno, antes de ser puestos en servicio, deberá asegurarse que se han efectuado las reparaciones necesarias. Ninguna grúa horquilla podrá transitar si tiene algún defecto en cualquiera de los sistemas antes mencionados.
4.8.6
En los montacargas o grúas horquillas, será obligatorio señalar las limitaciones operativas de precaución en un lugar claramente visible y que indiquen la capacidad máxima que pueden levantar (límite máximo de carga que la grúa horquilla puede operar y manejar), las que deben estar impresas en instructivos y/o placas, en sistema métrico decimal, y en idioma español.
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NEO 12: 2008 4.9
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Comprobación del Entorno o Area de Trabajo de la Grúa Horquilla / Montacargas 4.9.1
Tanto la supervisión a cargo como el operador deben conocer el entorno o área de trabajo, antes de conducir y operar la máqui na. Se debe comprobar diariamente el área de trabajo antes de operar la grúa horquilla y asegurarse de lo siguiente: Los peatones no pueden acceder a las áreas de funcionamiento de l a grúa horquilla / montacargas. Los caminos y pasos peatonales están claramente demarcados, señalizados y protegidos. Los caminos de desplazamiento o circulación de grúas horquillas están claramente demarcados y señalizados. Las barreras para peatones están i nstaladas. Los peatones usan chalecos reflectantes y cascos con cintas reflectantes de alta visibilidad. Toda el área de trabajo por donde circulen y operen las grúas horquillas cuenta con signos y señales de tránsito y de seguridad, para regular el tránsito y adv ertir peligros y riesgos potenciales y las medidas de prevención de accidentes. Los operadores / conductores de grúas horquillas / montacargas, tienen conocimi ento de las normas de conducción y operación segura de los montacargas en el área de trabajo y conocen el entorno del área de trabajo (zona de peligro) con t odas sus características.
4.9.2
Medidas de Prevención de Riesgos de Accidentes por presencia de Personal en el entorno del Area de Trabajo donde Circulen u Operen Grúas Horquillas / Montacargas.- El entorno o área de trabajo donde deben circular grúas horquillas o montacargas, debe estar diseñado de tal forma que las trayectorias de las grúas horquillas no se crucen nunca con las trayectorias de l os peatones. Las trayectorias de las grúas horquillas y las de los peatones deben predeterminarse, señalizarse y aplicarse mediante estrictas normas de prev ención de riesgos de accidentes, mediante las siguientes medidas: •
Separar (cuando sea posible) la circulación de las grúas horquillas de los peatones o trabajadores a pie, mediante caminos para peatones claramente demarcados y protegidos.
•
Los caminos o vías por donde se efectúe el desplazamiento de las grúas horquillas / montacargas, deben estar claramente señalizados (señales de advertencia de peligro, reglamentarias e informativas) y demarcados para regular la circulación, adv ertir, guiar y encauzar a los operadores de grúas horquillas / m ontacargas por el área de trabajo.
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•
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Barreras de Resguardo.-
Instalar (cuando resulte práctico) barreras físicas de resguardo, a fin de asegurar que las áreas y estaciones de trabajo estén aisl adas de los pasillos o vías por donde circulen grúas horquillas o montacargas, para evitar los cruces y presencia de personas (peatones) no previstos. Si no se puede evitar los cruces de las trayectorias, deben adoptarse medidas de control adecuadas. Se debe examinar las intersecciones y esquinas con mala visibili dad, para determinar si es posible mejorar la visibilidad de los operadores y/o de los peatones (traba jadores a pie), mediante espejos curvos elev ados (si es posible) para mejorar la visibilidad en las intersecciones ciegas.
•
Todos los peatones o trabajadores a pie que deben trabajar cerca o en la proximidad de la operación de grúas horquillas, deben usar chalecos reflectantes y cascos con cintas de alta visibilidad y permanecer siempre atentos y fuera de las trayectorias de desplazamiento de las grúas horquillas.
Señalización del Tránsito Todos los caminos, rutas o vías por donde deban circular grúas horquillas y peatones, deben estar debidamente señalizados con señales de tránsito público vigentes y con señales de carácter interno, específicas, propias de las condici ones operacionales y de tránsito de cada faena.
Transeúntes Si existen otras personas (proveedores, instructores, vi sitas, etc.), que deban ingresar a las áreas de circulación y/o trabajo de grúas horquillas, deben tener conocimiento de las normas de trabajo aplicables en dicha área o planta, y deben conocer los lugares de protección seguros donde permanecer y la forma segura de acceder a ellos. Se les debe proporcionar los elementos de protecci ón personal necesarios (casco de seguridad, chaleco reflectante, etc.) de alta visibili dad. El personal externo, debe conocer y disponer, en lo posible, de las normas de trabajo (de seguridad, de tránsito) por escrito que deben aplicar, mientras permanezcan en l as instalaciones o entorno de trabajo.
5.
Normas Generales de Conducción y Circulación de Grúas Horquillas / Montacargas 5.1
Sólo podrán conducir grúas horquillas o montacargas (maquinaria motorizada), tanto del tipo liviano como pesado las personas que, expresamente, la Administraci ón de la faena haya autorizado. En todo caso, y cuando los operadores deban conducir grúas horquill as o montacargas en caminos públicos o priv ados de uso público, dichas personas deberán cumplir con los requisitos establecidos por la legislación vi gente, tales como: Ley Nº 18.290, Decreto Supremo Nº 72, modificado por el D.S. Nº 132 – Reglamento de Seguridad Minera, el Decreto Supremo Nº 170, del 02 de enero de 1986 y el D.S. Nº 97 del 12 de septiembre de 1984, ambos del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones.
5.2
La conducción y el tránsito de grúas horquillas o montacargas (maquinarias automotrices en los recintos industriales de la División CODELCO Norte en las instalaciones y servicios de apoyo
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ConducciónyOperacióndeGrúasHorquillas/Montacargas–RequisitosdeSeguridadyPrácticasdeTrabajoSeguras
establecidos en los recintos de las faenas mineras) se regirán, en lo esencial, por las disposiciones contenidas en la Ley de Tránsito Nº 18.290 y sus modif icaciones, las que serán complementadas con medidas de carácter específico propias de las condicio nes operacionales de cada faena, de acuerdo con las condiciones particulares y aspectos específicos que impone el tránsito de equipos y maquinarias mi neras, en este caso, el Reglamento de Tránsito y Transporte de Personas y Materiales en Areas Administrativas, Plantas y Serv icios, de la División CODELCO Norte. 5.3
Todo conductor / operador de grúa horquilla o montacargas, deberá mantener el control de su vehículo (equipo de trabajo) durante la circulación y conducirlo conforme a las normas de seguridad determinadas en la Ley de Tránsito y en el Reglam ento de Tránsito y Transporte de Personas y Materiales en Areas Administrativas, Plantas y Servicios de la Div isión y las medidas de carácter específico propias de las condiciones operacionales de cada faena adoptadas, de acuerdo a las condiciones específicas y particulares que impone el tránsito en las instalaciones y servic ios de apoyo en las faenas mineras, sin que motivo alguno justifique el desconocimiento o incumpli miento de ellas. Asimismo, los conductores de grúas horquill as o montacargas están obligados a mantenerse atentos a las condiciones del tránsito del momento.
5.4
Antes de la puesta en marcha y movimiento de la grúa horquilla, el operador se debe asegurar personalmente que no hay personas, estructuras o elementos que expongan a atropellam iento, choques o a colisiones.
5.5
El operador se debe detener totalmente en todas las esquinas, curvas cerradas y puntos ciegos o zonas con poca o sin visibilidad. Al cruzar puertas o áreas de acceso, debe avanzar sólo si la vía está despejada o expedita.
5.6
El operador debe arrancar, parar, girar o cambiar de dirección en forma suave para no desplazar la carga o volcar el montacargas.
5.7
Uso del Cinturón de Seguridad durante la Conducción y O peración de la Grúa Horquilla.El operador debe conducir y operar la grúa horquill a, siempre con el cinturón de seguridad abrochado y ajustado en forma correcta para prevenir el riesgo de lesiones, si la m áquina se balancea o si pierde el control y choca contra un objeto fi jo y se vuelca. Si la grúa horquilla o montacargas se balancea y se vuelca, el operador debe permanecer sentado con el cinturón de seguridad abrochado y ajustado. En caso de producirse el vuelco de la máquina, el operador no debe intentar saltar fuera del vehículo, sino que debe permanecer sentado con el cinturón abrochado, debe apoyar firmemente los pies en el suelo del habitáculo, agarrar el volante firmem ente e inclinarse en la dirección o sentido contrario a la de la caída o punto de impacto. Nota.-
El peligro de vuelco lateral de la grúa horquilla aumenta al efectuar giros a velocidad inadecuada con la grúa horquilla en vacío, o con la carga en posición elevada. Las irregularidades del terreno, las aceleraciones y frenadas bruscas o los desplazamientos de la carga aumentan estas condiciones peligrosas. El peligro de vuelco longitudinal aumenta si la grúa horquilla circ ula con la carga en posición elevada. Las frenadas, las aceleraciones bruscas y los movimientos rápidos e inclinación del mástil disminuyen la estabilidad.
5.8
El conductor / operador no debe conducir la grúa horquilla / montacargas en dirección de otra persona parada en frente de una plataforma u otro objeto fijo.
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5.9
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No usar nunca una grúa horquilla o montacargas para elevar a un trabajador u otros que se paren en las horquillas o sobre un palet o plataforma de carga. Se prohíbe elevar o transportar personas en los espacios destinados a carga en una grúa horquilla / m ontacargas.
5.10 Durante la circulación el operador debe mantener las manos, pies y en general todo el cuerpo dentro de la cabina de la grúa horquilla. No colocar ninguna parte de cuerpo fuera del compartimento del operador. 5.11 Nunca permitir que ninguna persona camine, pase, cruce o permanezca debajo de las horquillas elevadas, tanto vacío o con carga. 5.12 No coloque nunca ninguna parte del cuerpo dentro de estructura del mástil o entre éste y la grúa horquilla. 5.13 Verifique que haya suficiente espacio bajo las instalaciones, vigas, tuberías, rociadores, para que opere el montacargas. 5.14 Se considera que una grúa horquilla se ha dejado desatendida, cuando el operador se encuentra a una distancia mayor de 7,60 metros del mismo y dentro de su campo de visión, o bien cuando el operador la abandona sin tenerla en su campo de v isión. 5.15 Cuando el operador de una grúa horquilla / montacargas se haya bajado y se encuentre a una distancia de 7,60 metros con el equipo de trabajo en su campo de visión, los mecanismos de acoplamiento de la carga deben estar completamente bajados, los controles neutralizados y l os frenos aplicados para evitar cualquier movim iento.
Antes de abandonar la posición del operador: a)
Detener completamente la grúa horquilla.
b)
Colocar los controles en posición neutra.
c)
Aplicar el freno de mano.
d)
Bajar completamente el mecanismo de acoplamiento de la carga, excepto que esté soportando una plataforma elevada.
e)
Parar el motor o apagar los controles.
f)
Si la grúa horquilla se va a dejar en una pendiente, bloquee las ruedas.
g)
Bajar completamente el mecanismo de acoplamiento de la carga.
5.16 No modificar ni incorporar elementos en la grúa horquilla. 5.17
Conducción de Grúa Horquilla en una Vía Pública.-
No es recomendable conducir una grúa horquilla / montacargas en una vía publica, excepto cuando sea necesario y el v ehículo esté equipado y autorizado para hacerlo respecto a requisitos de permiso de circulación, elementos
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retroreflectantes y cumpla con las disposiciones legales y reglamentarias. Al circular una grúa horquilla por una vía pública, es recomendable utilizar vehículos de escolta, tanto en la parte delantera como trasera del mo ntacargas para resguardarlo y advertir su presencia a los otros vehículos. 5.18
Condiciones de Visibilidad durante la Conducción y Circulación de la Grúa Horquilla.-
El operador debe conducir hacia delante únicamente si puede mantener una vi sión clara de la trayectoria o dirección de desplazamiento. Si la carga bloquea la v isión hacia delante, conduzca marcha atrás o hacia atrás para evitar atropellar a un peatón y por su propia seguridad. Si esta maniobra no es posible, debe ir una segunda persona delante del montacargas como guía de maniobra del operador, acompañándolo a distancia prudente.
5.19 El operador no debe transportar cargas inestables, sueltas o de dimensiones desproporcionadas para la grúa horquilla, o que se prolonguen por los costados no permitiendo una buena visibil idad. 5.20 Transportar siempre las cargas pesadas y grandes, bajas e inclinadas hacia atrás sólo lo suficiente como para estabilizar la carga. Conduzca hacia atrás o marcha atrás si la visibilidad hacia delante está obstruida. 5.21 Al efectuar giros, el operador debe reducir la velocidad hasta un nivel seguro y girar el volante de forma lenta y suave. 5.22 No circular con la carga en posición elevada, sino circular con el mástil inclinado hacia atrás y con la carga en posición baja, centrada en las horquillas, con las horquil las a 15 centímetros (aproximadamente) del suelo, o con la c arga a una altura recomendada por el fabricante. Verificar siempre que la carga esté centrada en las horquillas. 5.23 Al conducir y operar el montacargas, el operador debe utilizar correctamente los dispositivos sonoros y visuales. 5.24 No conducir la grúa horquilla con la carga demasiado elevada, porque la máquina puede balancearse y exponer a riesgo de volcamiento, al perder el control de la grúa horquilla y de la carga. Se debe conducir con la carga en la posición más baja posible, para permitir una buena visibil idad y con la suficiente inclinación hacia atrás para estabilizarla. El operador no debe conducir con la carga a una altura superior a la línea de su vi sión. 5.25
Velocidad de la Grúa Horquilla.-
No conducir la grúa horquilla a una velocidad mayor de la que sea razonable y prudente, bajo las condiciones existentes, debiendo considerar siempre los peligros y riesgos potenciales. En todas las circunstancias, la grúa horquilla debe conducirse a una velocidad prudente, que permita al operador detenerse dentro del triángulo de estabilidad de manera segura.
5.26 Está prohibida la conducción temeraria, toda clase de bromas y/o acrobacias.
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5.27 El conductor de una grúa horquilla, deberá reducir la velocidad cuando el suelo esté húmedo o resbaladizo. 5.28 El operador deberá reducir la velocidad y hacer sonar la bocina en los cruces y en los lugares donde la visibil idad no sea buena u obstruya la visión. Si la carga que se transporta impide la visibilidad hacia adelante, el conductor debe conducir marcha atrás y desplazar el vehículo lentamente. 5.29 Disminuya la velocidad para girar el montacargas, girando el volante suavemente. 5.30 Evitar conducir la grúa horquilla sobre objetos sueltos o en superficies con surcos o baches. 5.31 Se recomienda circular a 10 km/h ó 15 km/h, de acuerdo a la velocidad interna en el área establecida (velocidad máxima de grúas horquillas / montacargas). Circular a 20 kilómetros por hora en los espacios o áreas exteriores (velocidad máxim a). En todo caso, la velocidad de la grúa horquilla debe ser tal que el operador pueda maniobrar y detener el vehículo en forma segura ante una emergencia. Asimismo, el operador debe prestar atención a los desniveles o grietas que puedan mover o desplazar la carga o la maquinaria. Los cambios o desniveles en la superficie del piso o pavimento, exigen que el operador conduzca a una velocidad m uy baja. Nota.-
El piso inestable o desnivelado puede provocar que la línea gravitacional de la grúa horquilla, se mueva fuera del triángulo del centro de gravedad (ver funcionamiento y estabilidad de la grúa horquilla en Anexo B de esta norma), exponiendo al riesgo de volcamiento del montacargas.
5.32
Distancia de la Grúa Horquilla / Montacargas respecto a o tro Vehículo que lo Antecede.El operador / conductor de grúa horquilla / montacargas, deberá mantener con respecto al vehículo que lo antecede, una distancia de seguridad razonable y prudente, equivalente al largo de tres montacargas desde el vehículo de cabeza, de tal modo que le permita detener el equipo ante cualquier emergencia. Se debe tener en cuenta que un m ontacargas es un vehículo pesado, por lo tanto, no se detiene con rapidez, especialmente si está cargado.
5.33 No colocar ninguna parte del cuerpo entre los soportes verticales del mástil, o mientras se desplaza, fuera de la estructura de la grúa horquilla. 5.34 No permitir otro(s) pasajero(s), excepto si la grúa horquilla lo permite y el pasajero (mecánico, eléctrico, instructor) esté debidamente autorizado. 5.35 El operador no debe adelantar a otro montacargas que se desplace en la misma dirección, si se ubica en un punto cero o zona ciega, una intersección u otra ubicación peligrosa. 5.36 El operador de grúa horquilla debe dar preferencia de paso a las ambulancias, vehículo contra incendios, u otros vehículos en caso de emergencia. 5.37 Las líneas de ferrocarril deberán cruzarse en diagonal, si es posible. Una grúa horquilla no debe estacionar a menos de 2,40 m de un cruce de ferrocarril.
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NEO 12: 2008 5.38
ConducciónyOperacióndeGrúasHorquillas/Montacargas–RequisitosdeSeguridadyPrácticasdeTrabajoSeguras
Circulación y Transporte de Cargas por Pend ientes y Rampas.-
Las pendientes y rampas deberán ascenderse y descenderse lentamente. La grúa horquilla debe evitar situarse en posición transversal en una rampa o pendiente. Una grúa horquilla no debe operar en pendientes superiores a las recomendadas por el fabri cante. a)
Una grúa horquilla con carga (cargada) se debe conducir con la carga hacia arriba (cargada a más del 10 por ciento).
b)
Una grúa horquilla sin carga, se debe conducir en todas las pendientes con el mecanismo de acoplamiento de carga hacia abajo.
c)
En todas las pendientes, tanto la carga como el mecanismo de acoplamiento de la carga, deben inclinarse hacia atrás en la medida de lo posible y elevarse únicamente lo necesario para dejar libre la superficie de circulación.
d)
El descenso de pendientes pronunciadas en una grúa horquilla debe efectuarse en marcha atrás y con precaución, es decir, siempre con la carga ubicada en el sentido de mayor estabilidad. El operador debe conducir la grúa horquilla siempre mirando en la dirección en que se desplaza.
e)
Si la carga impide u obstruye la visibilidad hacia delante en las pendientes, se recomienda emplear una persona que guíe la maniobra. El operador debe hacer sonar la bocina y conducir lentamente.
f)
La grúa horquilla / montacargas debe contar con un claxon o bocina discontinua, que se active con la m archa atrás.
g)
No efectuar giros sobre las rampas. El operador debe evitar los giros en la medida que sea posible. El operador debe manejar con precaución, conduciendo y haci endo el recorrido en línea recta hacia arriba o hacia abaj o, en pendientes, rampas o cuestas.
h)
No se debe elevar o bajar las horquillas mientras la grúa horquilla esté en movimiento.
i)
Al circular por rampas y pendientes (en vacío / carga) se deben observar siempre las instrucciones del fabricante, respecto al montacargas.
j)
La trayectoria de la grúa horquilla al circular en pendientes o rampas, debe estar claramente señalizada y demarcada, por cuanto los peatones y una grúa horquilla o montacarga no deben encontrarse nunca entre sí, por el alto pel igro de atropellamiento.
k)
En todas las circunstancias, la grúa horquilla debe conducirse a una velocidad que permita detenerla en forma segura.
5.39 No mover nunca la grúa horquilla sin comprobar visualmente todas las posibles áreas ciegas o puntos muertos, para verificar si alguna persona se encuentra demasiado cerca de la grúa horquilla o de la carga.
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5.40 El operador debe mirar siempre completamente alrededor de los soportes de la cabina del equipo y de los aparatos de acometida de la carga, antes de poner la grúa horquilla o la carga en movimiento. 5.41 El operador debe mover o inclinar la cabeza o el cuerpo tanto como sea necesario, para inspeccionar adecuadamente toda el área alrededor y del ante de la grúa horquilla, para asegurarse que está libre. 5.42 Mantener una visión clara de la trayectoria de desplazamiento, sin confiar plenamente en los espejos retrovisores. 5.43 No manejar el montacargas si hay personas cerca de la máquina. Nota.-
Los soportes de la cabina o el diseño de la estructura de la grúa horquilla, puede crear zonas ciegas o puntos
muertos y reducir la visibilidad en la línea o campo de visión del operador, desde determinadas posiciones.
5.44
Uso de Espejos Retrovisores.-
Al conducir hacia atrás o marcha atrás, el operador no debe confiar en los espejos retrovisores como guía visual (si la máquina que está usando está equipada con ellos). Esta norma establece que el operador debe mirar en la dirección de desplazamiento, por lo que los espejos retrovisores deben ser utilizados únicamente como advertencia visual para los operadores, de posibles elementos de riesgo que se aproximan a la grúa horquilla (como otros vehículos), desde la parte posterior y a distancia. La ubicación de los espejos retrovisores (si la máquina está equipada con dichos elementos) puede fomentar el uso inadecuado y la confi anza en ellos. Los posibles problemas asociados a los puntos muertos o zonas ciegas, se pueden agrav ar por confiar en los espejos, ya que el área de vi sión está limitada en un espejo. El operador no debe confiar nunca en los espejos retrovisores para guiarle cuando conduzca hacia atrás, sino que debe mirar siempre en la dirección de desplazamiento de la grúa horquilla, cuando conduzca con o sin carga. El operador no debe confiar nunca en los espacios para advert irle de los riesgos próximos a la grúa horquilla. Debe mantener una visión clara de la trayectoria de desplazamiento y verificar que la vía y el área están despejadas antes de circular u operar el equipo.
5.45 No manejar la grúa horquilla ni mover la carga cuando otra(s) persona(s) se encuentre(n) cerca del equipo o la carga, que se puede(n) exponer a riesgo de accident e al ser golpeada(s) o atrapada(s) por el montacargas. La atención del operador de la grúa horquilla se centra en el movimiento de la carga. Cuando la parte frontal de la grúa horquilla y la carga se mueven, la parte posterior puede involuntariamente golpear a una persona que también esté controlando la carga y no tenga en cuenta el movimiento que se puede producir en el eje de dirección. 5.46 El operador no debe caminar entre una grúa horquilla y una carga, estantería u otro objeto u obstáculos físicos. 5.47 Al subir o al bajar de una grúa horquilla, el operador debe:
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a)
Ubicarse frente al vehículo cuando suba o baje de él.
b)
Una mano y ambos pies o ambas manos y un pie deben estar en contacto con la grúa horquilla en todo momento (3 puntos de contacto).
c)
Utilizar las barandas y otros puntos de sujeción.
d)
No subir nunca a zonas de la grúa horquilla que no estén diseñadas para el manejo del operador.
Para prevenir riesgos de accidente por resbalones, caídas, por acumulación de grasa y aceite, se debe:
6.
a)
Mantener la máquina limpia y sin aceite, grasa o combustible.
b)
Limpiar al vapor o lavar la máquina y hacerlo con zapatos antideslizantes, antes de realizar las tareas de mantenimiento.
c)
Inspeccionar, periódicamente, y cambiar la masilla antideslizante cuando sea necesario.
d)
Asegurarse que las etiquetas y placas de seguridad están en su lugar.
Normas Generales de Manejo de Cargas 6.1
Se debe manejar y transportar únicamente cargas estables, sujetas y/o distribuidas en forma segura y nunca se debe transportar cargas inestables, sueltas o de dimensiones desproporcionadas para la grúa horquilla / montacargas. a)
Cuando se manejen cargas que no se pueden centrar, se debe manejar la grúa horquilla con extrema precaución, para prevenir el ri esgo de accidentes.
b)
Se debe manejar únicamente cargas que se encuentren dentro de la capacidad nominal del montacargas. La carga no podrá exceder los pesos máximos que las características técnicas de la grúa horquilla permit an, y deberá estar estibada y asegurada de tal forma que evite todo riesgo de caída desde el montacargas.
c)
Se deben ajustar las cargas largas o elevadas (incluidas las de varios niveles) que puedan afectar la capacidad del equipo. Además del peso de carga, se debe tener en cuenta también sus dimensiones, a fin de manejar cargas cuyo centro de grav edad se desplace más allá de lo previsto y, por lo tanto, la estabilidad y la capacidad de maniobra se pueden ver afec tadas.
6.2
Cuando se utilicen fijaciones, debe prestarse especial atención a la hora de sujetar, manipular, colocar y transportar la carga. Las grúas horquillas equipadas con fijaci ones, deben manejarse como montacargas, parcialmente cargadas cuando no l leven una carga.
6.3
Debe colocarse un mecanismo de acoplamiento debajo de la carga, lo más alejado posible. El mástil debe incli narse con cuidado hacia atrás para estabilizar la carga.
6.4
Se debe extremar las precauciones al inclinar la carga hacia delante o hacia atrás, especialmente
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con niveles elevados. No está permitida la inclinación hacia atrás con el mecanismo de acoplamiento de la carga elev ado, excepto para recoger una carga. Una carga elevada no debe incli narse hacia delante, excepto cuando esté depositada sobre una estantería o pila. Cuando se apile o se coloque en varios niveles, sólo debe inclinarse hacia atrás lo suficiente como para estabilizar l a carga. 6.5
No transportar o desplazar una carga distribuida en forma inadecuada en las horquillas o la fijación, para evitar que la carga pueda desplazarse, desquili brarse y caer, exponiendo a riesgo de accidente.
6.6
No recoger nunca una carga que no está equilibrada en las horquillas o en la fijación.
6.7
No llevar nunca una carga en el extremo de las horquillas.
6.8
La carga debe equilibrarse adecuadamente en las horquillas o en la fijación, por cuanto la grúa horquill a debe estar equilibrada entre la parte delantera y trasera, para funcionar correctamente.
6.9
Lleve siempre la carga hacia atrás en las horquillas o en la fijación, lo más cerca posible del carro. La carga debe estar centrada en las horquill as.
6.10 Transportar siempre la carga con el mástil ligeramente inclinado hacia atrás y con la carga lo más baja posible, con el fin de proporcionar una visibilidad clara y segura. El operador debe mantenerse apartado de la carga en el montacargas. 6.11
Muelles de Cargas o Rampas a)
Se debe mantener una distancia de seguridad desde el borde de las rampas o plataformas, cuando la grúa horquilla esté en un muelle elevado, plataform a o vagón de mercancías. La grúa horquilla no se debe utiliz ar para abrir ni cerrar las puertas de los v agones.
b)
No circular junto al borde de muelles de carga o rampas.
c)
Proteger y señalizar los bordes de los muelles de carga y rampas.
Carga y Descarga de Camión o Remolque
7.
a)
Antes de cargar o descargar un camión o remolque, el operador de grúa horquilla se debe asegurar que el mismo esté f renado, con cuñas en las ruedas y situado correctamente.
b)
Inmovilizar las rampas de acceso a camiones antes de acceder a las cajas de los mismos.
Normas Generales de Seguridad y Prevención de Riesgos en las Areas de Trabajo de Grúas Horquillas / Montacargas. En el área o zona de trabajo de las grúas horquillas o montacargas, los riesgos de accidentes por atropellos de peatones trabajadores a pie, se deben prevenir mediante el di seño del entorno por donde se deben desplazar las grúas horquillas de forma ergonómica, de tal manera que los peatones y las
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grúas horquillas no se crucen en las trayectorias y para que l os operadores: a)
Siempre miren en la dirección de la trayectoria y tengan una visión sin obstáculos de la misma.
b)
Reduzcan la velocidad y hagan sonar la bocina en los cruces y en los lugares en los que la visibilidad no sea buena o adecuada.
c)
Los operadores deben reducir la velocidad y hacer sonar la bocina cuando crucen un camino o paso de peatones (paso peatonal).
d)
Cedan el paso a los peatones o trabajadores a pie que se encuentren en su recorrido, excepto si en el área está reglamentada la preferencia de paso.
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Anexo 1 Modelo de Hoja de Revisión Periódica de Seguridad REGISTRO DE INSPECCION DE GRUA HORQUILLA / MONTACARGA Página 1 de 3 HOJA DE LISTA DE INSPECCION PERIODICA DE SEGURIDAD Y FUNCIONAMIENTO FechaRevisión:
LISTA DE CHEQUEO
Registro Nº:
_________________________ ______________________
Marca y Tipo de Grúa:
Empresa / Area / Sección:
Operador(Nombre): Firma Operador Cumple con los Requisitos y Estándares Especificados
Item Nº
Itemes de Revisión / Inspección
1
Neumáticosinfladoscorrectamenteysindañoodesgaste excesivo en banda de rodadura.
2
Funcionamientocorrectodefrenos,dirección,mandos.
3
Horquillas y mástil no están doblados, gastados o quebrados. Límites decontensiónsuperiores están bien.
4
Mástil, carro y horquillas sin piezas sueltas ni daños físicos, roturas,soldadurasrotas,ni desgasteexcesivo de las horquillas.
5
Cadenas de elevación sin daño ni desgaste excesivo.
6
Ampliacióndel respaldodelacarga estáensulugar y noestádoblado,quebradoosuelto.
7
Resguardodeprotecciónsuperiorestáensulugary no está doblado, quebradoo suelto (cabina).
8
Accesorios (si estáequipado) operan bieny noestán dañados.
9
Carroceríadegrúahorquillasingrasaoaceiteenexceso.
10
Niveles:
11
•
de aceite de motor está lleno y sin fugas.
•
deaceite hidráulico está lleno ysin fugas.
•
Líquido de freno.
•
Líquidorefrigerantedel motor.
•
Radiador está llenoy sin fugas.
•
Nivel de combustible.
SI
Frenos funcionancorrectamente.
N/A: No aplicable
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NO
N/A
Observaciones
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Página 2 de 3 REGISTRO DE INSPECCION DE GRUA HORQUILLA / MONTACARGA HOJA DE LISTA DE INSPECCION PERIODICA DE SEGURIDAD Y FUNCIONAMIENTO Cumple con los Requisitos y Estándares Especificados
Item Nº
Itemes de Revisión / Inspección
12
Conexionesdebateríaestánapretadas. Bateríaenbuenestado.
13
Horquillas y fijación sobre el suelo.
14
Placa de capacidad de cargase ve y lee con facilidad.
15
Las placas de instrucciones, etiquetas y señales de seguridad (advertencia de peligro / riesgo) están colocadas y son legibles.
16
Ausenciadegrietas uotros dañosodefectos estructuralesobservables.
17
No hay fugas de fluidos de cualquier tipo, cañerías y conectoreshidráulicossindañosnifugas.
18
Cinturón de seguridadoperativo.
19
Bocina(claxon)funciona.
20
Luces faeneras delanteras y traseras funcionan.
21
Luces señalizadorasdeviraje funcionan.
22
Baliza operativa.
23
Indicadoreseinstrumentaciónoperativos.
24
Parabrisasenbuenestadoylimpio.
25
Inclinaciónfuncionasindificultad.
26
Palancas de control están marcadas.
27
Alarmas operativas. •
Alarma de retroceso haciaatrás.
•
Alarmamovimientohaciadelante.
28
Frenodemanodetienela grúahorquilla/ montacargas en una pendiente o rampa.
29
CilindrodeG.L.P.einstalaciónG.L.P.enbuenascondiciones.
30
Limpieza de grúahorquilla en general.
31
Espejos retrovisores(si estáequipado)estánlimpiosy ajustadoscorrectamente.
SI
N/A: No aplicable
30
NO
N/A
Observaciones
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Página 3 de 3 REGISTRO DE INSPECCION DE GRUA HORQUILLA / MONTACARGA HOJA DE LISTA DE INSPECCION PERIODICA DE SEGURIDAD Y FUNCIONAMIENTO Cumple con los Requisitos y Estándares Especificados
Item Nº
Itemes de Revisión / Inspección
32
Extintorcontraincendiocargadoyoperativo.
33
Escalones ybarandas libres deaceite, fluido hidráulico, sin barro, grasa.
34
Cilindros sin fugas ni daños: •
Elevación.
•
Inclinación.
•
Dirección.
•
Giro.
•
Movimientolateral.
35
Puesto del operador libre de objetos, elementos y/o herramientasquepuedanbloquearunmandooimpedir unamaniobracuandoseanecesario.
36
El asiento del operador tiene buen sistema de amortiguación.
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Otrosítemes:
SI
NO
N/A
Observaciones de inspección / revisión periódi ca de seguridad y funcionamiento:
N/A: No aplicable
31
Observaciones
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Principios Básicos del Equilibrado de Cargas y Estabilidad Una grúa horquilla está contrabalanceada y funciona, teniendo en cuenta el principio de balanceo (sube y baja). Una carga sobre una viga (horquillas) sostenida por un punto de apoyo (ruedas delanteras) hace contrapeso con el peso del otro extremo de la v iga (cuerpo del montacargas y el contrapeso construido dentro de él). Deliberadamente, los montacargas están diseñados y fabricados sin balancear, por cuanto la carga de l as horquillas debe balancearse con el peso de la grúa horquilla para que ese principio funcione. Se necesita una carga adecuada para balancear el “sube y baja”, ya que debe balancear ambos extremos. Una grúa horquilla cargada correctamente no excede la capacidad indicada de la maquinaria, la cual se muestra en la placa Carga de información de la misma.
Contrapeso
Fulcro
Centro de la carga
Se puede determinar si el montacargas transportará una carga de manera seguCentro de ra o se inclinará hacia delante, compaGravedad (CG) rando el “momento” (una tendencia a producir movimiento) de la carga y el montacargas. El momento equivale a la distancia desde el punto de apoyo hasta el centro de gravedad (el punto en el que se
concentra todo el peso) multiplicado por el peso.
Momento (tendencia a producir movimiento) expresado en pulgadas – libras – distancia desde el punto de apoyo hasta el centro de grav edad (centro de la carga) x el peso de la carga.
El momento es la distancia que se mide desde el punto en el que el v ehículo se inclinará hacia atrás, hasta la línea de acción de los objetos. Ejemplo: Una carga ancha de 36” uniformemente distribuida en las horquillas tiene un punto de gravedad de 18” desde la parte delantera de las horquillas. Si la carga pesa 4.000 libras, entonces el momento de la carga será (18” x 4.000 libras) = 72.000 pulgadas-libras. Si el “momento” del montacargas es mayor o igual a 72.000 pulgadas-libras de la carga, entonces el montacargas transportará la carga de manera segura. El punto de apoyo se encuentra en el centro de la rueda. La carga del montacargas se traza. Sin embargo, se ajustan para permitir la medici ón desde la parte delantera de las horquillas. El montacargas cuenta con una placa de capacidades, que le indica al usuario las cargas que se podrán levantar de manera segura. Si la placa dice que la capacidad es de 30.000 libras o menor, entonces la capacidad está indicada para una carga con un centro de grav edad de 24” desde la parte delantera de las horquillas. Si la capacidad del montacargas es mayor que 30.000 libras, entonces la etiqueta indicará una carga con un centro de gravedad de 36” o 48”, ya que l os montacargas más grandes, por lo general, levantan físicamente cargas más grandes.
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Utilizando el ejemplo y la placa de capacidad anteriores, un montacargas con una indicación de 5.000 libras lev antaría, de manera segura, una carga con un momento de más de (24” x 5.000 libras) = 120.000 pulgadas – libras. En ese caso, una carga superior a esa se lev antaría en forma segura.
18”
Contrapeso
Momento del montacargas = (24” x 5.000 libras) = 120.000 pulgadas-libras.
Carga 4,000 libras
Momento de la carga = (18” x 4.000 libras) = 72.000 pulgadas-libras. Se puede levantar la carga sin peligro, debido a que el momentodelacargaesmenorqueel momentodel montacargas.
Fulcro
Sin embargo, si la carga de 4.000 libras tenía 66” de ancho, el momento de la carga sería (33” x 4.000 libras) = 132.000 pulgadas-libras que resultaría mayor que el momento del montacargas. El montacargas se inclinaría hacia delante. Mientras la carga se esté lev antando, es posible que el m ontacargas se caiga hacia un costado o bien se incline hacia delante. El operador debe considerar tanto el centro de gravedad como la carga del montacargas. Ese centro de gravedad combinado se mueve, mientras también lo hace la carga y mientras el montacargas se desplaza sobre superficies que son irregulares o i nclinadas. La grúa horquilla tiene “un triángulo de estabilidad” (ver dibujo). Los lados del triángulo están formados por el centro de cada rueda delantera y el centro de la rueda trasera, o el centro del eje, si el m ontacargas cuenta con dos ruedas traseras. Se debe trazar una línea vertical dentro del triángulo de estabilidad, que se extiende desde el centro de gravedad de la combinaci ón vehículo–carga para evitar que el montacargas se incline hacia delante, se caiga hacia un costado o bien deje caer la carga. Ver dibujos en próxima página.
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El centro de gravedad de la combinación montacargas–carga, puedemoversefueradeltriángulode estabilidadsi:
5,000 5,000 24”
•
La carga se levanta con los extremos de las horquillas.
•
Lacarga seinclinahacia delante.
•
La cargase inclina demasiado hacia atrás cuandoselevanta.
•
Lacarga es ancha, o
•
El movimiento del montacargas causa que el centro degravedadcambie.
Montacargas + Centro de Gravedad de la Carga Inestable Triángulo de Estabilidad y Centro de Gravedad Montacargas Descargado
Estable Centro de gravedad del montacargas descargado
Carga máxima con mástil vertical
La grúa horquilla con la carga en voladizo, mantiene un equilibrio longitudinal que corresponde al de una palanca. Su punto de apoyo corresponde al centro del ej e delantero y los dos brazos de la palanca de distinta longitud soportan por un lado la carga, y por otro el peso propio de la máquina que equilibra al primero. (Ver dibujo). En el caso de un montacargas retráctil, esta situación solamente se da en las operaciones de retirada y depósito de la carga, pero el principio también es aplicable aunque su diseño y aplicaci ones sean distintas a la contrapesada, ya que durante el transporte mantiene la carga entre los brazos portantes. En ambos casos la estabilidad transversal del montacargas constituye un factor muy importante, ya que determina su momento de v uelco lateral con o sin carga, hecho que puede causar accidentes. De ello se deduce que la estabilidad del montacargas depende, en todo momento, de que la resultante de las fuerzas que pasan por el centro de gravedad del conjunto se proyecte dentro del triángulo de sustentación, descrito por los extremos del eje delantero y el punto sobre el cual oscila el centro del eje posterior. Esta posición se ve afectada por múltiples factores, como son: el peso y dimensiones de la carga, su posición sobre la horquilla, la posición del mástil, veloci dad de desplazamiento, giros, etc.
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Todas las grúas horquillas deben disponer de una placa con un gráf ico, que indique las cargas nominales admisibles para las distintas alturas y distancias, desde el centro de gravedad de la carga hasta el tablero porta horquilla o el talón de la horquilla. En los montacargas de brazo inclinable y telescópico (manipuladores telescópicos), la carga admisible también varía en función del alcance del brazo y del ángulo que f orme respecto a la horizontal. Antes de aplicar implementos al montacargas, es muy importante recordar que éstos representan un peso añadido en la zona de voladizo y que al desplazar la carga hacia delante, varía la situación del centro de gravedad del conjunto, por lo que necesariamente, para garantizar la seguridad del conj unto, debe reducirse la capacidad de carga a manejar y la relación con la altura a que se eleve la misma, respecto a las características originales referidas a la utilización de la horquilla. Estas características varían con cada tipo de implemento utilizado. En estos casos, deben solicitarse al fabricante del montacargas los gráficos de carga correspondiente a las condiciones reales de utilizaci ón.
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CERTIFICADO
Certifico que recibí de parte de CODELCO Norte, la Norma / Estándar Operacional NEO 12: 2008 – “Conducción y Operación de Grúas Horquillas / Montacargas – Requisitos de Seguridad y Prácticas de Trabajo Seguras. ’’
Prometo leer y aprender el contenido de esta Norma, comprometiéndome a respetar estas disposiciones en mis labores o actividades diarias. Nombre :
..........................................................................................................
Cargo :
..........................................................................................................
Area de Trabajo: ................................................................................................... Archivo :
.........................................
R.U.T.
:
.........................................
Firma
:
.........................................
Fecha :
.........................................
Entregado por: ..................................................................................................... Cargo :
..........................................................................................................
Fecha :
.........................................
Firma
.........................................
:
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CERTIFICADO
Certifico que recibí de parte de CODELCO Norte, la Norma / Estándar Operacional NEO 12: 2008 – “Conducción y Operación de Grúas Horquillas / Montacargas – Requisitos de Seguridad y Prácticas de Trabajo Seguras. ’’
Prometo leer y aprender el contenido de esta Norma, comprometiéndome a respetar estas disposiciones en mis labores diarias. r a t r o c
Nombre :
..........................................................................................................
Cargo :
..........................................................................................................
Area de Trabajo: ................................................................................................... Archivo :
.........................................
R.U.T.
:
.........................................
Firma
:
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Fecha :
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Entregado por: ..................................................................................................... Cargo :
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Fecha :
.........................................
Firma
.........................................
:
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