es la entrada, la salida y venta clandestina de mercancías prohibidas o sometidas a derechos en los que se defrauda a las autoridades locales. También se puede entender como la compra o venta de mercancías evadiendo los aranceles, es decir evadiendo los impuestos.
Contrabando
Se considera que comete contrabando aquel que ejerce acciones u omisiones, mediante una conducta ardidosa o engañosa, con el objeto de lograr que determinada mercadería eluda el control del servicio aduanero. los celulares, los perfumes y las carteras son objetos producidos por el contrabando.
Causas La globalización Consecuencias CONSECUENCIAS NEGATIVAS DEL CONTRABANDO Las consecuencias del contrabando son: 1. Menores recursos para el Estado. 2. Competencia desleal de productos extranjeros. 3. Desincentivo para la industria y el comercio nacional, lo que afecta el desarrollo. 4. El Estado debe orientar recursos para controlar el contrabando. 5. Efecto imitación del resto de la comunidad de la zona. 6. Clima de violencia. 7. Zonas geográficas al margen del control aduanero y policial Competencia desleal 2010 UNIVERSIDAD ALAS PERUANAS UAP 01/01/2010
CONTRABANDO EN EL PERU Y DEFRAUDACION DE RENTAS
AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL DEL PERÚ” “UNIVERSIDAD ALAS PERUANAS”
“FACULTAD DE CIENCIAS EMPRESARIALES”
ESCUELA PROFESIONAL DE ADMINISTRACION Y NEGOCIOS INTERNACIONALES
ASIGNATURA: GESTION DE IMPORTACION Y EXPORTACION TEMA: CONTRABANDO EN EL PERU Y DEFRAUDACION DE ADUANAS ALUMNOS: GARAY CASTRO, Henry David PALOMINO ORE, Ruth Amelia
DOCENTE: PEREZ MARQUEZ, LUIS ANTONIO
CICLO: VII
AYACUCHO –PERU 2010
Basta un poco de espíritu aventurero Para estar siempre satisfechos, Pues en esta vida, gracias a dios, Nada sucede como deseábamos, Como suponíamos, Ni como teníamos previsto.
INTRODUCCION
El ingreso de las mercaderías a los países por los conductos regulares de las Aduanas permite a los distintos Estados en el mundo un control de las mismas, además de poder recaudar los impuestos y aranceles que por la importación de bienes se aplica normalmente en el país de consumo. Este tipo de regulación permite a los Estados el contar con los recursos necesarios para poder brindar los servicios que la población requiera y el sostenimiento del propio Estado. Sin embargo, lo anteriormente mencionado se ve truncado y el Estado es privado de esos recursos cuando por diversos artilugios o situaciones contrarias a Ley las mercaderías ingresan al país sin el respectivo pago de los aranceles y/o los tributos que gravan su internamiento, ello debido a la participación de personas y/u organizaciones dedicadas a burlar los controles aduaneros. Este tipo de burla es conocido con el nombre de contrabando y está relacionado con el hecho de eludir el control aduanero en el ingreso de las mercaderías, existiendo además la intencionalidad en la comisión de los hechos, lo cual implica de por medio el dolo.
CONTRABANDO EN EL PERU Y DEFRAUDACION DE RENTAS
Contrabando es la entrada, la salida y venta clandestina de mercancías prohibidas o sometidas a derechos en los que se defrauda a las autoridades locales. También se puede entender como la compra o venta de mercancías evadiendo los aranceles, es decir evadiendo los impuestos. Se considera que comete contrabando aquel que ejerce acciones u omisiones, mediante una conducta ardidosa o engañosa, con el objeto de lograr que determinada mercadería eluda el control del servicio aduanero. los celulares, los perfumes y las carteras son objetos producidos por el contrabando.
CONTRABANDO EN EL PERU DELITO DE CONTRABANDO Conforme lo determina el artículo 1º de la Ley Nº 28008, Ley de los Delitos Aduaneros, el delito de contrabando se configura de acuerdo a la tipificación de la siguiente conducta:
El que sustrae, alude o burla el control aduanero ingresando mercancías del extranjero o las extrae del territorio nacional o no las presente para su verificación o reconocimiento físico en las dependencias de la Administración Aduanera o en los lugares habilitados para tal efecto, cuyo valor sea superior a dos Unidades Impositivas tributarias, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cinco ni mayor de ocho años, y con trescientos sesenta y cinco días-multa.
MODALIDADES DEL DELITO DE CONTRABANDO De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2º de la Ley Nº 28008 constituyen modalidades del delito de Contrabando aquellas personas que desarrollen las siguientes acciones:
a. Extraer, consumir, utilizar o disponer de las mercancías de la zona primaria delimitada por la Ley General de Aduanas o por leyes especiales sin haberse autorizado legalmente su retiro por la Administración Aduanera. b. Consumir, almacenar, utilizar o disponer de las mercancías que hayan sido autorizadas para su traslado de una zona primaria a otra, para su reconocimiento físico, sin el pago previo de los tributos o gravámenes. c. Internar mercancías de una zona franca o zona geográfica nacional de tratamiento aduanero especial o de alguna zona geográfica nacional de menor tributación y sujeta a un régimen especial arancelario hacia el resto del territorio nacional sin el cumplimiento de los requisitos de Ley o el pago previo de los tributos diferenciales. d. Conducir en cualquier medio de transporte, hacer circular dentro del territorio nacional, embarcar, desembarcar o transbordar mercancías, sin haber sido sometidas al ejercicio de control aduanero. e. Intentar introducir o introduzca al territorio nacional mercancías con elusión o burla del control aduanero utilizando cualquier documento aduanero ante la Administración Aduanera.
Las modalidades de contrabando pueden presentarse del siguiente modo: * Hormiga: Cuando es camuflado en el equipaje y el cuerpo de los personas de condición humilde que pasan la frontera. * Caleta: Camuflado en compartimentos de vehículos. * Pampeo: Se utilizan vías alternas, pampas o trochas.
* Culebra: Convoy de camiones de carga pesada. * Chacales: Personas contratadas para utilizar indebidamente la franquicia de la zona franca de Tacna. * Carrusel: Utilización repetida de un documento aduanero que se adultera con ese fin.
CONSECUENCIAS NEGATIVAS DEL CONTRABANDO Las consecuencias del contrabando son: 1. Menores recursos para el Estado. 2. Competencia desleal de productos extranjeros. 3. Desincentivo para la industria y el comercio nacional, lo que afecta el desarrollo. 4. El Estado debe orientar recursos para controlar el contrabando. 5. Efecto imitación del resto de la comunidad de la zona. 6. Clima de violencia. 7. Zonas geográficas al margen del control aduanero y policial
PRINCIPALES ZONAS DE INGRESO DE CONTRABANDO Puno ocupa el primer lugar en ingreso de contrabando, luego le siguen las zonas fronterizas de tumbes, Tacna, Moquegua, cusco y Arequipa
PUNO Es el numero uno de ingreso de contrabando en el Perú actualmente se ingresa productos de contrabando valorizados en mil 300 millones de dólares anuales por la frontera Perú-Bolivia, especialmente por los pases fronterizos de Desaguadero, Kasani, Tilali y Hanco Hanco, estos dos últimos no reconocidos oficialmente por el Ministerio de Relaciones Exteriores. Un estudio hecho por la Comunidad Andina de Naciones (CAN) , revela que la región Puno es la primera en todo el Perú en cuanto a ingreso de contrabando se refiere. Sus cálculos señalan que anualmente ingresa el 42.3% del contrabando nacional por los pasos fronterizos puneños. Uno de los factores para que este departamento sea una de las principales puertas de ingreso del comercio ilegal, es la amplitud de frontera, es decir,
que Puno tiene más pasos fronterizos que Tacna y Tumbes, lo que hace favorable el trabajo de los evasores de impuestos. A diferencia de otras zonas de frontera, por Puno pasan la denominadas “culebras” que son camiones cargados de mercadería ilegal, los que en muchos casos alcanzan a un número de 80 en un solo viaje, lógicamente llevando millones de dólares a bordo en perjuicio de la mayoría de peruanos.
La Policía Nacional no puede hacer mucho a este respecto, ya que las “culebras” están mejor equipadas que los patrulleros, además que los superan en número, se han ganado a la población más pobre para que se solidaricen con ellos en caso de incautación. Ya es común saber de enfrentamientos con armas de fuego entre aduaneros y contrabandistas en toda la zona de frontera. Zona Norte
Tumbes, La Tina, Paita, Salaverry,Chiclayo y Chimbote. La relación de principales productos de contrabando que ingresan por la frontera norte, entre los que se tiene a la gasolina, gas, medicinas, alimentos, artículos de cama, prendas y complementos de vestir, cigarrillos, entre otros. Unas 400 familias de la población de Aguas Verdes se dedican al contrabando. Según la Intendencia de Aduanas de Tumbes, en lo que va del año se ha incautado más de 20 mil galones de combustible de contrabando .Se desconoce la cantidad de petróleo y gasolina que ha pasado a territorio peruano a vista y paciencia de las autoridades.
TACNA Los mercadillos de la zona franca, con pequeños puestos colmados de productos importados y estrechas callejuelas saturadas de gente ávida por comprar a precios más bajos que en cualquier otra ciudad del país son el sello de marca de Tacna. La zona franca convive con el contrabando. Esta ciudad, ubicada en el extremo sur del Perú, en la frontera con Chile, está considerada como un santuario de contrabandistas. Desde Tacna se abastecen los vendedores de todo tipo de productos de contrabando, que ofrecen su mercadería a la vista de todos en las principales ciudades del país. La zona franca y el contrabando tolerado son, desde hace muchos años, los motores de la economía de Tacna
Si Tacna es desde hace largos años la puerta de ingreso del contrabando, desde hace un tiempo es también una de las puertas de salida de la cocaína que se produce en el Perú. Pero, en este caso, una puerta menor. Está considerada por la policía peruana como un punto secundario en las rutas del narcotráfico. En Tacna no se produce coca.
DEFRAUDACIÓN DE RENTAS DE ADUANA El propio artículo 4 de la Ley Nº 28008, determina la descripción del tipo jurídico que sanciona la conducta de la defraudación de rentas de aduanas. Así, dicho artículo precisa que “El que mediante trámite aduanero, valiéndose de engaño, ardid, astucia u otra forma fraudulenta deja de pagar en todo o en parte los tributos u otro gravamen o los derechos antidumping o compensatorios que gravan la importación o aproveche ilícitamente una franquicia o beneficio tributario, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cinco ni mayor de ocho años y con trescientos sesenta y cinco a setecientos treinta días-multa.”
MODALIDADES DE DEFRAUDACIÓN Constituyen modalidades del delito de Defraudación de Rentas de Aduana y serán reprimidas las acciones siguientes: a. Importar mercancías amparadas en documentos falsos o adulterados o con información falsa en relación con el valor, calidad, cantidad, peso, especie, antigüedad, origen u otras características como marcas, códigos, series, modelos, que originen un tratamiento aduanero o tributario más favorable al que corresponde a los fines de su importación. b. Simular ante la administración aduanera total o parcialmente una operación de comercio exterior con la finalidad de obtener un incentivo o beneficio económico o de cualquier índole establecido en la legislación nacional. c. Sobrevaluar o subvaluar el precio de las mercancías, variar la cantidad de las mercancías a fin de obtener en forma ilícita incentivos o beneficios económicos establecidos en la legislación nacional, o dejar de pagar en todo o en parte derechos antidumping o compensatorios. d. Alterar la descripción, marcas, códigos, series, rotulado, etiquetado, modificar el origen o la subpartida arancelaria de las mercancías para obtener en forma ilícita beneficios económicos establecidos en la legislación nacional.
e. Consumir, almacenar, utilizar o disponer de las mercancías en tránsito o reembarque incumpliendo la normativa reguladora de estos regímenes aduaneros. LA RECEPTACIÓN ADUANERA Conforme lo señala el artículo 6º de la Ley Nº 28008 se sanciona como delito lo siguiente:
El que adquiere o recibe en donación, en prenda, almacena, oculta, vende o ayuda a comercializar mercancías cuyo valor sea superior a dos Unidades Impositivas Tributarias y que de acuerdo a las circunstancias tenía conocimiento o se comprueba que debía presumir que provenía de los delitos contemplados en esta Ley, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de seis años y con ciento ochenta a trescientos sesenta y cinco días-multa. Como se aprecia, en este tipo penal se da finalizado o consumado el hecho delictuoso de contrabando. Constituye también un delito autónomo, cuyo autor es otra persona en la comisión de un hecho nuevo. Tanto en el Delito de contrabando como en la receptación aduanera se le niega al Fisco su derecho de percepción de los tributos. Para que se configure el adquirente debe haber comprado una mercancía extranjera que no ha sido nacionalizada.
CONCLUSIONES
* El contrabando y la defraudacion de rentas, atenta, principalmente, contra la economía y estabilidad del país: El Contrabando. Debido a eso, las soluciones que combaten el contrabando deben ser aplicadas de inmediato.
* El Estado debe adoptar medidas urgentes que combatan el contrabando, ya que, en un largo plazo, este problema se convertiría en un conflicto social, que traería consecuencias que afectaría al país.
* el contrabando perjudica seriamente nuestro país, pero es incentivada por los propios ciudadanos, ya que ellos también obtienen beneficios de forma ilegal, beneficios, los cuales necesitan por falta de economía; además se sabe que en un país subdesarrollado como el nuestro, es algo común observar este tipo de cosas, ya que no se encuentra muy bien organizada
las normas legales. Si desde hoy no se toma conciencia acerca de este problema, pasara el tiempo, y esto se hará imposible de controlar.
BIBLIOGRAFIA
* http://www.losandes.com.pe/Economia/20090128/18659.html * http://es.wikipedia.org/wiki/Contrabando * http://elcomercio.pe/impresa/notas/contrabando-peru-representaus1500-mlls/20091206/378040 * http://www.pagina12.com.ar/diario/elpais/1-47822-2005-02-27.html * http://www.losandes.com.pe/Nacional/20100607/36935.html * http://blog.pucp.edu.pe/blog/contrabandoenelperu
http://www.sunat.gob.pe/legislacion/aduanera/index.html