predimensionamiento , metrados de cargas y analisis de porticos metodo de rigidez mediante matrices en estado complementario para el curso de analisis estructural llFull description
Descripción: contenido hidraulica
Descripción completa
Guia ceneval acredita bachDescripción completa
Confirmacion del Acto JuridicoDescripción completa
unprgDescripción completa
Descripción completa
DurezaDescripción completa
legalDescripción completa
Derecho NotarialDescripción completa
carta notarial de difamaciónDescripción completa
Monografía
Modelo de carta notarial en cuanto al aspecto legal.
Descripción completa
Descripción: Derecho notarial
1
DERECHO NOTARIAL
DEFINICION DE DERECHO NOTARIAL: “Es el Conju Conjunto nto de dispo disposi sicio cione ness legi legisl slati ativa vass y egl egla! a!en enta taia ias" s" usos" usos" deci decisio sione ness juispudenciales y doctinas #ue igen la $unci%n notaial y el instu!ento p&'lico notaial() * +aa el auto Osca ,alas: “ El deec-o Notaial puede se de.nido de.nido co!o el conjunto de doctinas y no!as ju/dicas #ue egulan la ogani0aci%n del notaiado" la $unci%n notaial y la teo/a $o!al del instu!ento p&'lico() O12ETO DEL DERECHO NOTARIAL: El o'jeto del Deec-o Notaial es la ceaci%n del Instu!ento +&'lico( +&'lico( CONTENIDO DEL DERECHO NOTARIAL: El contenido del Deec-o Notaial es la actividad del Notaio y de las pates en la ceaci%n del Instu!ento +&'lico( CARACTERI,TICA, DEL DERECHO NOTARIAL : No e3isten e3isten deec-os su'jetivos su'jetivos en con4icto5 con4icto5 po ello se dice #ue act&a en la $ase no!al del deec-o5 2. Con.ee cete0a y seguidad ju/dica a los -ec-os y actos sole!ni0ados en el instu!ento p&'lico 5 3. ,e aplica el deec-o o'jetivo condicionado a las declaaciones de voluntad a .n de conceta los deec-os su'jetivos5 4. Es un Deec-o cuya natuale0a ju/dica no puede encasillase en la tadicional divisi%n ente el Deec-o +&'lico y el Deec-o +ivado5 5. En sentido a!plio" Ney 6u7o0" sostiene #ue el ca!po de actuaci%n actuaci %n del Notaio es la juisdicci%n voluntaia y #ue la cete0a y la seguidad ju/dica #ue el Notaio con.ee a los -ec-os y actos #ue autoi0a es deivada de la $e p&'lica #ue ostenta( ostenta( 1.
+RINCI+IO, +RO+IO, DEL DERECHO NOTARIAL : a) b) c) d) e) f) g)
De Fe +&'lica De la Fo!a De In!ediaci%n De Rogaci%n Del Consenti!iento De ,eguidad 2u/dica De Autenticaci%n
1 Esta definición fue adoptada en el Tercer Congreso Internacional de Notariado Latino celebrado en !ar"s #rancia
1
en 1$54 .
2
%)
De +u'licidad(
FE +81LICA : En si la $e p&'lica es la pesunci%n de veacidad en los actos autoi0ados po un Notaio( Es po ello #ue el C%digo de Notaiado" en su at/culo at/culo *9( esta'lece #ue: El Notaio tiene $e p&'lica paa -ace consta y autoi0a actos y contatos en #ue intevenga po disposici%n de la ley o a e#uei!iento e#u ei!iento de pate( DE LA FOR6A : Es la adecuaci%n del acto a la $o!a ju/dica #ue !ediante el instu!ento p&'lico se est docu!entando( A8TENTICACION : 6ediante la .!a y el sello se esta'lece #ue un -ec-o o acto -a sido co!po'ado y declaado po un Notaio( IN6EDIACION : El Notaio a la -oa de actua sie!pe de'e esta en contacto con las pates( La $unci%n notaial notaial de!anda un contacto contacto ente el notaio notaio y las pate" y un aceca!iento aceca!iento de a!'os -acia el instu!ento p&'lico( RO;ACION : La intevenci%n del notaio sie!pe es solicitada" no puede actua po s/ !is!o o de o.cio( CON,ENTI6IENTO : El consenti!iento es un e#uisito esencial y de'e esta li'e de vicios" si no -ay consenti!iento no puede -a'e autoi0aci%n notaial( La ati.caci%n y aceptaci%n" #ue #ueda plas!ada !ediante la .!a de o los otogantes" e3pesa el consenti!iento( <=e at( >? nu!eales *@ y *> del C%digo de Notaiado( 8NIDAD DEL ACTO : Este pincipio se 'asa en #ue el instu!ento p&'lico de'e pe$eccionase en un solo acto( +ROTOCOLO : Al considealo co!o pincipio" se le tiene co!o un ele!ento de necesidad po la ventajas #ue epota a las gaant/as de seguidad ju/dica" e.cacia y $e p&'lica( ,E;8RIDAD 28RIDICA : Este pincipio se 'asa en la $e p&'lica #ue tiene el Notaio" po lo tanto" los actos #ue legali0a son cietos" e3iste cetidu!'e o cete0a( +81LICIDAD :
2
2
%)
De +u'licidad(
FE +81LICA : En si la $e p&'lica es la pesunci%n de veacidad en los actos autoi0ados po un Notaio( Es po ello #ue el C%digo de Notaiado" en su at/culo at/culo *9( esta'lece #ue: El Notaio tiene $e p&'lica paa -ace consta y autoi0a actos y contatos en #ue intevenga po disposici%n de la ley o a e#uei!iento e#u ei!iento de pate( DE LA FOR6A : Es la adecuaci%n del acto a la $o!a ju/dica #ue !ediante el instu!ento p&'lico se est docu!entando( A8TENTICACION : 6ediante la .!a y el sello se esta'lece #ue un -ec-o o acto -a sido co!po'ado y declaado po un Notaio( IN6EDIACION : El Notaio a la -oa de actua sie!pe de'e esta en contacto con las pates( La $unci%n notaial notaial de!anda un contacto contacto ente el notaio notaio y las pate" y un aceca!iento aceca!iento de a!'os -acia el instu!ento p&'lico( RO;ACION : La intevenci%n del notaio sie!pe es solicitada" no puede actua po s/ !is!o o de o.cio( CON,ENTI6IENTO : El consenti!iento es un e#uisito esencial y de'e esta li'e de vicios" si no -ay consenti!iento no puede -a'e autoi0aci%n notaial( La ati.caci%n y aceptaci%n" #ue #ueda plas!ada !ediante la .!a de o los otogantes" e3pesa el consenti!iento( <=e at( >? nu!eales *@ y *> del C%digo de Notaiado( 8NIDAD DEL ACTO : Este pincipio se 'asa en #ue el instu!ento p&'lico de'e pe$eccionase en un solo acto( +ROTOCOLO : Al considealo co!o pincipio" se le tiene co!o un ele!ento de necesidad po la ventajas #ue epota a las gaant/as de seguidad ju/dica" e.cacia y $e p&'lica( ,E;8RIDAD 28RIDICA : Este pincipio se 'asa en la $e p&'lica #ue tiene el Notaio" po lo tanto" los actos #ue legali0a son cietos" e3iste cetidu!'e o cete0a( +81LICIDAD :
2
3
Los actos #ue autoi0a el Notaio son p&'licos5 po !edio de la autoi0aci%n notaial se -ace -ace p&'li p&'lica ca la volu volunta ntad d de la pes peson onal al(( Este Este pinc pincipi ipio o de pu'li pu'lici cida dad" d" tien tienee una una e3cepci%n" y se e.ee a los actos de <i!a voluntad" testa!entos y donaciones po causa de !uete( C8ALE, ,ON LA, F8ENTE, DEL DERECHO NOTARIAL B En ;uate!ala la &nica $uente del Deec-o Notaial es la Ley( CON 8E OTRA, RA6A, 28RIDICA, TIENE RELACION EL DERECHO DERECHO NOTARIAL B Con todas peo pincipal!ente con : 1. El deec-o Civil5 2. El deec-o 6ecantil 5 3. El Deec-o +ocesal Civil 5 4. El Deec-o Ad!inistativo 5 y" 5. El Deec-o Registal( C8AL E, LA CLA,IFICACION DE LO, ,I,TE6A, NOTARIALE, B E3isten !uc-as clasi.caciones con especto a siste!as notaiales" peo en opini%n del Licenciado Ney 6u7o0" las dos !s i!potantes son : el Latino y el Sajón. LA, CARACTERI,TICA, DEL NOTARIADO DE ,I,TE6A LATINO ,ON: &. +etenecen a un Colegio +o$esional 5 '. La esponsa'ilidad en el ejecicio po$esional es pesonal 5 C. El ejecicio puede se ceado o a'ieto" o li!itado e ili!itado( El ceado tiene li!itaciones teitoiales" !s conocido co!o notaiado de n&!eo( En ;uate!ala" el siste!a es a'ieto( (. Es inco!pati'le con el ejecicio de cagos p&'licos #ue lleven aneja juisdicci%n 5 E. El #ue lo ejece de'e se un po$esional univesitaio 5 #. Dese!pe7a Dese!pe7a una $unci%n p&'lica" p&'lica" peo no depende depende diecta!ente diecta!ente de autoidad autoidad ad!inistativa 5 . Aun# Au n#ue ue algu alguna nass de sus sus actu actuac acio ione ness son son de ca cact cte e p&'l p&'lic ico" o" lo eje ejece ce un po$esional del deec-o 5 *. E3iste un potocolo notaial en el #ue asienta todas las escituas #ue autoi0a( LA, F8NCIONE, NOTARIALE, DENTRO DEL ,I,TE6A LATINO ,ON : Dese!pa7a una $unci%n p&'lica 5 2. Le da autenticidad a los -ec-os y actos 5 3. Reci'e e intepeta la voluntad de las pates" dndole $o!a legal" al $acciona el instu!ento p&'lico( 1.
CARACTERI,TICA, F8NCIONE, DEL ,I,TE6A NOTARIAL ,A2ON : El notaio es un $edante $edante o $edataio" $edataio" po#ue s%lo da $e de la .!a o .!as .!as de los docu!entos 5 b. No oienta ni asesoa a las pates so'e la edacci%n del docu!ento 5 c. ,%lo se necesita una cultua geneal" no es necesaio un t/tulo univesitaio 5 a.
3
4
La autoi0aci%n paa su ejecicio es te!poal <enova'le 5 e. E3iste E3iste la o'ligaci%n o'ligaci%n de pesta una .an0a paa gaanti0a le esponsa'ilidad esponsa'ilidad en el ejecicio 5 y" f. No e3iste colegio po$esional ni llevan potocolo( d.
DEFINICION DE NOTARIO : El Notaio es el po$esional del Deec-o encagado de una $unci%n p&'lica consistente en eci eci'i 'i" " inte intepe peta ta y da da $o! $o!aa lega legall a la volu volunta ntad d de las las pate pates" s" edac edacta tando ndo los los inst instu! u!en ento toss adec adecua uado doss a este este .n y con. con.i in ndo dole less aute autent ntic icida idad5 d5 conse conseva va los los oiginales de stos y e3pedi copias #ue den $e de su contenido( En su $unci%n est co!pendida la autenticaci%n de -ec-os(> C8ALE, C8AL E, ,ON ,ON LA LA,, DI=E DI=ER, R,A, A, TEOR TEORIA IA,, 8 8EE TRAT TRATAN AN ,O1R ,O1REE LA NAT8 NAT8RA RALE LEA A DE LA F8NCION NOTARIAL B a. La teo/a $uncionaista o $uncionalista 5 b. La teo/a po$esionalista o po$esionista 5 c. La teo/a eclctica 5 y" d. La teo/a autono!ista( TEORIA F8NCIONARI,TA : ,eg&n Castn" Castn" las .nalidades .nalidades de autenticidad autenticidad y la legiti!aci%n legiti!aci%n de los actos actos p&'licos e3igen #ue el notaio sea un $uncionaio p&'lico #ue intevenga en ellos en no!'e del Estado y paa atende" !s #ue el intes paticula" al intes geneal o social socia l de a.!a el i!peio del deec-o" aseguando la legalidad y la pue'a $e-aciente de los actos y -ec-os de #ue penden las elaciones pivadas((( TEORIA +ROFE,IONALI,TA : En contaposici%n a la teo/a antes co!entada" sta asegua #ue eci'i" intepeta y da $o!a a la voluntad de las pates" lejos de se una $unci%n p&'lica" es un #ue-ace e!inente!ente po$esional y tcnico( TEORIA ECLECTICA : De acuedo a esta teo/a" el Notaio ejece una $unci%n p&'lica sui generis " po#ue es independiente" no est enolado en la ad!inistaci%n p&'lica" no devenga sueldo del Estado5 peo po la veacidad" legalidad y autenticidad #ue otoga a los actos #ue autoi0a" tiene un espaldo del Estado" po la $e p&'lica #ue ostenta( En s/ntesis" el notaio es un po$esional del deec-o encagado de una $unci%n p&'lica( TEORIA A8TONO6I,TA : +aa esta teo/a" con las caacte/sticas de po$esional y docu!entado" el notaiado se ejece co!o po$esi%n li'e e independiente( Co!o o.cial p&'lico o'seva todas las leyes y co!o po$esional li'e eci'e el encago diecta!ente de los paticulaes( 2 Esta definición fue adoptada en el !ri+er Congreso de la
,nión Internacional del Notariado Latino celebrado en 'uenos &ires &rgentina en 1$4-.
4
5
CO6O ,E +8EDE ENC8ADRA, LA ACTI=IDAD DEL NOTARIO B La actividad del notaio" la pode!os encuada" en el ejecicio li'eal de la po$esi%n" en la actividad del Estado" y en $o!a !i3ta(
5
+ER6ANENCIA : #ue se le da a los actos a tavs de divesos !edios legales y !ateiales paa gaanti0a la epoducci%n autntica del acto( 3.)
LA E=OL8CION HI,TORICA DEL NOTARIADO: LO, HE1RERO,: Los Esci'as He'eos ean de distintas clases" unos guada'an constancia y da'an $e de los actos y decisiones del Rey5 otos petenec/an a la clase sacedotal y da'an testi!onio de los li'os 1/'licos #ue conseva'an" epoduc/an e intepeta'an( Los teceos ean esci'as de Estado y sus $unciones ean co!o de ,ecetaios del Consejo Estatal y cola'oadoes de ti'unales de justicia del Estado( +o <i!o" -a'/an otos esci'as lla!ados del pue'lo" #ue edacta'an en $o!a apopiada los contatos pivados" ean !s paecidos a los notaios actuales" peo su sola intevenci%n no da'an legalidad al acto" pues paa consegui esta ea necesaio el sello de el supeio je#uico( LO, E;I+CIO,: ,e ten/an alta esti!a a los Esci'as #ue $o!a'an pate de la ogani0aci%n eligiosa" estos esta'an adscitos a las distintas a!as del go'ieno" teniendo co!o $unci%n pi!odial la edacci%n de los docu!entos concenientes al Estado y a los paticulaes" sin e!'ago no ten/an autenticidad sino no se esta!pa'a el sello del sacedote o 6agistado( ;RECIA: En esta cultua los Notaios ean lla!ados ,/nga$os #ue ean los #ue $o!ali0a'an contatos po escito" entegndoles a las pates paa su .!a( Ap%ga$os ean los copistas de los ti'unales( 6ne!on #ue ean los #ue ac-iva'an los te3tos sagados( RO6A: El oigen de la pala'a notaio viene de la antigua Ro!a y #ue ea notarii, los cuales ean los #ue utili0a'an las notas tironianas #ue ean caactees a'eviados los #ue constitu/an una especie de escitua ta#uig.ca" ta!'in se uso en la Edad 6edia( Los scriba conseva'an los ac-ivos judiciales y da'an $o!a escita a las esoluciones judiciales( Los Notaii" ta!'in adscitos a la ogani0aci%n judicial" escuc-a'an a los litigantes y testigos y pon/an po escito" en $o!a odenada y sinttica" el contenido de sus e3posiciones( Los chartularii" ade!s de la edacci%n de instu!entos ten/an a su cago la consevaci%n y custodia de los !is!os( Los tabularii ean contadoes del .sco y ac-ivadoes de docu!entos p&'licos" peo" co!o co!ple!ento de sus $unciones" $ueon encagndose de la $o!ali0aci%n de testa!entos y contatos" #ue conseva'an en sus ac-ivos -asta convetise en los tabellio" #ue se dedicaon e3clusiva!ente a estas actividades y en #uienes se eunieon" en la etapa .nal de su evoluci%n" algunos de los caactees distintivos del Notaiado Latino: El -o!'e vesado en deec-o" el consejeo de las pates y el edacto del instu!ento" aun#ue su autenticidad" #ue le con$e/a la condici%n de docu!ento p&'lico" no se loga'a sino !ediante la insinuatio( EDAD 6EDIA: En la Edad 6edia con s%lo sa'e lee y esci'i se supon/a un gado de cultua !uy elevado especto a los de!s( El o!pi!iento del I!peio Ro!ano ocasiona un
/
etoceso en la evoluci%n institucional del notaiado ya #ue los se7oes $eudales intevienen po !edio de delegados en todos los contatos y testa!entos( El Notaio $eudal tiene co!o $unci%n pi!odial vela po los inteeses de su se7o y no de sevi a los inteeses de las pates contatantes( Caacte/stica i!potante es #ue si da autenticidad a los actos en los #ue inteviene( Fue po-i'ido po el +apa Inocencio III en el a7o de *>*G y $ue con.!ada po los Reyes dndoles esta $unci%n a la clase sacedotal lo #ue -i0o #ue el notaiado #uedaa estancado( E,+AA : Los invasoes espa7oles consevaon cietas instituciones ju/dicas o!anas" ade!s el notaiado espa7ol eci'i% la in4uencia de la Escuela Notaial $undada en *>> en la 8nivesidad de 1olonia( Al .nal de la Edad 6edia y pincipios del enaci!iento el notaiado se considea co!o una $unci%n p&'lica y se su'stituye una 'eve nota o !inuta en el potocolo po el instu!ento !ati0 y la ogani0aci%n copoativa de los notaios( A6ERICA : Al veni Cist%'al Col%n ta'ajo un Esci'ano en su tipulaci%n #ue ea Rodigo de Esco'edo" po lo #ue se da el tansplante del notaiado de Espa7a a A!ica( No o'stante" se ce% una legislaci%n especial paa A!ica conocida co!o leyes de Indias" las #ue ten/an un apatado en el #ue se tata'an a los esci'anos" a #uienes se les e3ig/a el t/tulo acad!ico de esci'ano y pasa un e3a!en ante la Real Audiencia" si lo apo'a'an de'/a o'tene el no!'a!iento del Rey de Castilla y paga una su!a al Fisco Real( Los Esci'anos guada'an un ac-ivo de escituas y de!s instu!entos p&'licos" el cual pasa'a a los esci'anos sucesoes( ;8ATE6ALA : Los pi!eos vestigios de Histoia Escita los enconta!os en el +opol =u-( En la Epoca Colonial al $undase la ciudad de ,antiago de ;uate!ala y en la Reuni%n del +i!e Ca'ildo #ue tuvo luga el >J de julio de *K>" se $accion% la pi!ea acta" actuando co!o pi!e esci'ano Alonso de Reguea( El no!'a!iento" ecepci%n y ad!isi%n del Esci'ano +&'lico lo -ac/a el Ca'ildo( El ta'ajo del Esci'ano +&'lico ea en $unci%n de los contatos y las actuaciones judiciales" la colegiaci%n de a'ogados y esci'anos se dispuso en el Deceto Legislativo No( * del >G de dicie!'e de *K* #ue encag% su ogani0aci%n a la Cote ,upe!a de 2usticia( ,e ce% la Ley de Notaiado en la poca de la Re$o!a Li'eal <*JJ junto al C%digo Civil" al de +ocedi!ientos Civiles y la Ley ;eneal de Instucci%n +&'licas( 5.
FOR6ACION 28RIDICA +ROFE,INAL DEL NOTARIO:
5.1.
Titulo e Abo!ao co"o #ase $re%ia:
El aspiante a Notaio de'e de o'tene una licenciatua y la o'tenci%n del Titulo de A'ogado #ue gaanti0an sus conoci!ientos en el ca!po del deec-o( 5.2.
Doctorao en Derecho Notarial:
/
-
8n !edio diecto paa capacita al notaio" se/a -ace del notaiado un doctoado" estudiando paa el e$ecto a!as especi.cas de especiali0aci%n de po lo !enos dos a7os y ta'ajo de tesis doctoal( 5.3.
Siste"a e O$osición:
Oto !edio diecto de capacitaci%n al Notaio lo constituye el siste!a de oposici%n #ue es utili0ado en !uc-os pa/ses" petendiendo #ue s%lo puedan llega los !s pepaados( +aa ello los concusos de oposici%n de'en se iguosos y li!ita el n&!eo de notaios( El siste!a de oposici%n as/ co!o tiene sus ventajas" tiene ta!'in desventajas" dependiendo a #uien se deje el cago de asigna las notaias( 5.4.
Estuio si"ult&neo e la Abo!ac'a y el Notariao :
A di$eencia de otos pa/ses donde se -a'la de acade!ias notaiales #ue petenden el estudio e3clusivo del Notaiado en toda su e3tensi%n" en el siste!a guate!alteco estudia!os si!ultnea!ente la A'ogac/a y el Notaiado5 no s%lo lo estudia!os conjunta!ente" sino #ue ta!'in se o'tienen a!'os t/tulos paa ejece a!'as po$esiones( 5.5.
(ni%ersia Notarial Es$ec')ca*
,e petende el estudio e3clusivo del Deec-o Notaial en toda su e3tensi%n" !ediante el esta'leci!iento de acade!ias o 8nivesidades notaiales( .
+ROTOCOLO:
Antecedentes: El +otocolo suge de la necesidad de los -o!'es de !ateiali0a en un escito la voluntad ceadoa de sus deec-os" de !ateiali0a la pue'a" de ecui a la ga'aci%n g.ca so'e un ele!ento $/sico #ue -iciea visi'le y pepetua su consideaci%n" de esa !anea los -o!'es ideaon #ue al e!itise la voluntad se -iciea ente sole!nidades y #uedaa ga'ada g.ca!ente so'e un o'jeto !ateial i!pegnado de la voluntad ceadoa" guadado de una pi!ea decisi%n del esp/itu" consevado de una ceaci%n del -o!'e5 a esa pi!ea $uente de la gnesis del acto ju/dico lla!aon +otocolo( .1.
Eti!olog/a: E3isten vaias acepciones de la pala'a +otocolo( ,u eti!olog/a poco ayuda paa esclaece cual es su sentido popio" pues -ay divesidad de opiniones aceca de su oigen( +uede esulta de la pala'a co!puesta del pe.jo +ROTO" pocedente de la vos giega +ROTOS" y el su.jo COLO o COLON" so'e cuya signi.caci%n no se -a puesto de acuedo los autoes( ,eg&n ,cic-e poviene de la vos latina COLLI( o COLLATIO" #ue signi.ca co!paaci%n o cotejo5 peo e3isten otas seies de signi.caciones asignadas po otos autoes( .2.
De.nici%n: En ;uate!ala" se conoce co!o +otocolo" al to!o e!pastado de los instu!entos autoi0ados duante un peiodo de tie!po5 ta!'in al papel sellado especial #ue se vende e3clusiva!ente a los notaios paa $acciona escituas5 y al conjunto de escitua #ue se llevan $accionadas en el a7o #ue tanscue( La de.nici%n legal de +otocolo se .3.
-
$
encuenta co!pendida en el at/culo del C%digo de Notaiado" #ue e0a: “el +otocolo es la colecci%n odenada de las escituas !atices" de las Actas de potocolaci%n" a0ones de legali0aci%n de .!as y docu!entos #ue el Notaio egista de con$o!idad con esta Ley) Re#uisitos y Fo!alidades del +otocolo: &) Los instu!entos de'en de edactase en espa7ol" esci'ise a !a#uina o a !ano de !anea legi'le y sin a'eviatuas5 ') Los instu!entos de'en lleva nu!eaci%n cadinal" esci'indose uno a continuaci%n del oto" en oden iguoso de $ec-as" y ente cada instu!ento s%lo de'e #ueda espacio paa las .!as5 C) El +otocolo de'e lleva $oliaci%n cadinal escita en ci$as5 () En el cuepo del Instu!ento las $ec-as" n&!eos o cantidades se e3pesaan con letas( En caso de discepancia ente lo escito en letas y ci$as" pevalece lo escito en letas5 E) Los docu!entos #ue de'an insetase o las pates conducentes #ue se tansci'an se copian de !anea te3tual5 #) La nu!eaci%n .scal del +apel ,ellado no pod inteu!pise" salvo los casos de potocolaciones" o #ue se -u'iee te!inado la seie y se inicie una nueva5 ) Los espacios en 'lanco #ue pe!itan intecalaciones se llenaan con una l/nea antes de #ue sea .!ado el instu!ento5 *) De'e de to!ase en cuenta #ue son nulas las adiciones" enteenglonaduas y testados" sino se salvan al .nal" antes #ue el docu!ento sea .!ado( Las en!endaduas son po-i'idas( .4.
Apetua y Contenido: &) Apetua: El +otocolo se a'e cada a7o con la pi!ea escitua #ue se $acciona" la cual lleva sie!pe el n&!eo 8no y pincipia en la pi!ea l/nea del $olio inicial( No se necesita ninguna a0%n de apetua" peo es o'ligatoio el pago de (K@(@@ en la Tesoe/a del Oganis!o 2udicial po derecho de apertura; ') Contenido: El +otocolo del Notaio contend: Las Escituas +u'licas o 6atices" Las Actas de +otocolaci%n" Las Ra0ones de Legali0aci%n o cual#uie docu!ento #ue la Ley se7ale" la Ra0%n de Ciee" el Indice y los Atestados( .5.
Ciee" Indice y Atestados: &) CIERRE: El potocolo de'e cease cada a7o" el <i!o d/a del a7o natual" peo ta!'in puede cease en cual#uie !o!ento #ue el notaio dejae de catula( El ciee es !ediante una a0%n notaial" la cual de'e contene: la $ec-a" el n&!eo total de instu!entos autoi0ados" indicando cuantos de ellos son escituas p&'licas" el n&!eo de actas de potocoli0aci%n" de a0ones de legali0aci%n" el n&!eo de escituas cancelas" si lo -u'ieen5 as/ co!o el total de $olios utili0ados5 o'sevaciones si $ueen necesaias y la .!e del notaio5 ') INDICE: +osteio!ente a la a0%n de ciee" de'e edactase el /ndice" seg&n la Ley guate!alteca" este #ue antes de la e$o!a a la Ley del Ti!'e y +apel ,ellado de'/a -acese necesaia!ente en papel sellado5 peo #ue a-oa se -ace en una -oja de papel 'ond a la #ue se de'en ad-ei los ti!'es de ley <(*(@@5 y contend en colu!nas sepaadas : ..
$
10
'(*( El n&!eo de oden del instu!ento ( El luga y $ec-a de su otoga!iento 5 '(G( Los no!'es de los otogantes" si $uee el notaio" de'e anota su no!'e5 '(( El o'jeto del instu!ento 5 '(K( El $olio en #ue se inicia( En el /ndice es pe!itido utili0a ci$as y a'eviatuas" al .nal la $ec-a y la .!a del notaio" antes de susci'ilo pod -ace las o'sevaciones si las -u'iee( ATE,TADO,: Los atestados son los docu!entos #ue el notaio agega al .nal de su potocolo y tienen elaci%n con los instu!entos autoi0ados y de'en consta pincipal!ente el eci'o del pago de apetua" co!po'antes de entega de testi!onios especiales" copias de avisos" eci'os" solvencias" etc( C)
./.
E!pastado:
Dento de los teinta d/as posteioes al ciee del potocolo el Notaio de'e !anda a e!pasta su potocolo
Dep%sito y ;uada: