1
DERECHO NOTARIAL
DEFINICION DE DERECHO NOTARIAL: “Es el Conju Conjunto nto de dispo disposi sicio cione ness legi legisl slati ativa vass y egl egla! a!en enta taia ias" s" usos" usos" deci decisio sione ness juispudenciales y doctinas #ue igen la $unci%n notaial y el instu!ento p&'lico notaial() * +aa el auto Osca ,alas: “ El deec-o Notaial puede se de.nido de.nido co!o el conjunto de doctinas y no!as ju/dicas #ue egulan la ogani0aci%n del notaiado" la $unci%n notaial y la teo/a $o!al del instu!ento p&'lico() O12ETO DEL DERECHO NOTARIAL: El o'jeto del Deec-o Notaial es la ceaci%n del Instu!ento +&'lico( +&'lico( CONTENIDO DEL DERECHO NOTARIAL: El contenido del Deec-o Notaial es la actividad del Notaio y de las pates en la ceaci%n del Instu!ento +&'lico( CARACTERI,TICA, DEL DERECHO NOTARIAL : No e3isten e3isten deec-os su'jetivos su'jetivos en con4icto5 con4icto5 po ello se dice #ue act&a en la $ase no!al del deec-o5 2. Con.ee cete0a y seguidad ju/dica a los -ec-os y actos sole!ni0ados en el instu!ento p&'lico 5 3. ,e aplica el deec-o o'jetivo condicionado a las declaaciones de voluntad a .n de conceta los deec-os su'jetivos5 4. Es un Deec-o cuya natuale0a ju/dica no puede encasillase en la tadicional divisi%n ente el Deec-o +&'lico y el Deec-o +ivado5 5. En sentido a!plio" Ney 6u7o0" sostiene #ue el ca!po de actuaci%n actuaci %n del Notaio es la juisdicci%n voluntaia y #ue la cete0a y la seguidad ju/dica #ue el Notaio con.ee a los -ec-os y actos #ue autoi0a es deivada de la $e p&'lica #ue ostenta( ostenta( 1.
+RINCI+IO, +RO+IO, DEL DERECHO NOTARIAL : a) b) c) d) e) f) g)
De Fe +&'lica De la Fo!a De In!ediaci%n De Rogaci%n Del Consenti!iento De ,eguidad 2u/dica De Autenticaci%n
1 Esta definición fue adoptada en el Tercer Congreso Internacional de Notariado Latino celebrado en !ar"s #rancia
1
en 1$54 .
2
%)
De +u'licidad(
FE +81LICA : En si la $e p&'lica es la pesunci%n de veacidad en los actos autoi0ados po un Notaio( Es po ello #ue el C%digo de Notaiado" en su at/culo at/culo *9( esta'lece #ue: El Notaio tiene $e p&'lica paa -ace consta y autoi0a actos y contatos en #ue intevenga po disposici%n de la ley o a e#uei!iento e#u ei!iento de pate( DE LA FOR6A : Es la adecuaci%n del acto a la $o!a ju/dica #ue !ediante el instu!ento p&'lico se est docu!entando( A8TENTICACION : 6ediante la .!a y el sello se esta'lece #ue un -ec-o o acto -a sido co!po'ado y declaado po un Notaio( IN6EDIACION : El Notaio a la -oa de actua sie!pe de'e esta en contacto con las pates( La $unci%n notaial notaial de!anda un contacto contacto ente el notaio notaio y las pate" y un aceca!iento aceca!iento de a!'os -acia el instu!ento p&'lico( RO;ACION : La intevenci%n del notaio sie!pe es solicitada" no puede actua po s/ !is!o o de o.cio( CON,ENTI6IENTO : El consenti!iento es un e#uisito esencial y de'e esta li'e de vicios" si no -ay consenti!iento no puede -a'e autoi0aci%n notaial( La ati.caci%n y aceptaci%n" #ue #ueda plas!ada !ediante la .!a de o los otogantes" e3pesa el consenti!iento( <=e at( >? nu!eales *@ y *> del C%digo de Notaiado( 8NIDAD DEL ACTO : Este pincipio se 'asa en #ue el instu!ento p&'lico de'e pe$eccionase en un solo acto( +ROTOCOLO : Al considealo co!o pincipio" se le tiene co!o un ele!ento de necesidad po la ventajas #ue epota a las gaant/as de seguidad ju/dica" e.cacia y $e p&'lica( ,E;8RIDAD 28RIDICA : Este pincipio se 'asa en la $e p&'lica #ue tiene el Notaio" po lo tanto" los actos #ue legali0a son cietos" e3iste cetidu!'e o cete0a( +81LICIDAD :
2
2
%)
De +u'licidad(
FE +81LICA : En si la $e p&'lica es la pesunci%n de veacidad en los actos autoi0ados po un Notaio( Es po ello #ue el C%digo de Notaiado" en su at/culo at/culo *9( esta'lece #ue: El Notaio tiene $e p&'lica paa -ace consta y autoi0a actos y contatos en #ue intevenga po disposici%n de la ley o a e#uei!iento e#u ei!iento de pate( DE LA FOR6A : Es la adecuaci%n del acto a la $o!a ju/dica #ue !ediante el instu!ento p&'lico se est docu!entando( A8TENTICACION : 6ediante la .!a y el sello se esta'lece #ue un -ec-o o acto -a sido co!po'ado y declaado po un Notaio( IN6EDIACION : El Notaio a la -oa de actua sie!pe de'e esta en contacto con las pates( La $unci%n notaial notaial de!anda un contacto contacto ente el notaio notaio y las pate" y un aceca!iento aceca!iento de a!'os -acia el instu!ento p&'lico( RO;ACION : La intevenci%n del notaio sie!pe es solicitada" no puede actua po s/ !is!o o de o.cio( CON,ENTI6IENTO : El consenti!iento es un e#uisito esencial y de'e esta li'e de vicios" si no -ay consenti!iento no puede -a'e autoi0aci%n notaial( La ati.caci%n y aceptaci%n" #ue #ueda plas!ada !ediante la .!a de o los otogantes" e3pesa el consenti!iento( <=e at( >? nu!eales *@ y *> del C%digo de Notaiado( 8NIDAD DEL ACTO : Este pincipio se 'asa en #ue el instu!ento p&'lico de'e pe$eccionase en un solo acto( +ROTOCOLO : Al considealo co!o pincipio" se le tiene co!o un ele!ento de necesidad po la ventajas #ue epota a las gaant/as de seguidad ju/dica" e.cacia y $e p&'lica( ,E;8RIDAD 28RIDICA : Este pincipio se 'asa en la $e p&'lica #ue tiene el Notaio" po lo tanto" los actos #ue legali0a son cietos" e3iste cetidu!'e o cete0a( +81LICIDAD :
2
3
Los actos #ue autoi0a el Notaio son p&'licos5 po !edio de la autoi0aci%n notaial se -ace -ace p&'li p&'lica ca la volu volunta ntad d de la pes peson onal al(( Este Este pinc pincipi ipio o de pu'li pu'lici cida dad" d" tien tienee una una e3cepci%n" y se e.ee a los actos de <i!a voluntad" testa!entos y donaciones po causa de !uete( C8ALE, ,ON LA, F8ENTE, DEL DERECHO NOTARIAL B En ;uate!ala la &nica $uente del Deec-o Notaial es la Ley( CON 8E OTRA, RA6A, 28RIDICA, TIENE RELACION EL DERECHO DERECHO NOTARIAL B Con todas peo pincipal!ente con : 1. El deec-o Civil5 2. El deec-o 6ecantil 5 3. El Deec-o +ocesal Civil 5 4. El Deec-o Ad!inistativo 5 y" 5. El Deec-o Registal( C8AL E, LA CLA,IFICACION DE LO, ,I,TE6A, NOTARIALE, B E3isten !uc-as clasi.caciones con especto a siste!as notaiales" peo en opini%n del Licenciado Ney 6u7o0" las dos !s i!potantes son : el Latino y el Sajón. LA, CARACTERI,TICA, DEL NOTARIADO DE ,I,TE6A LATINO ,ON: &. +etenecen a un Colegio +o$esional 5 '. La esponsa'ilidad en el ejecicio po$esional es pesonal 5 C. El ejecicio puede se ceado o a'ieto" o li!itado e ili!itado( El ceado tiene li!itaciones teitoiales" !s conocido co!o notaiado de n&!eo( En ;uate!ala" el siste!a es a'ieto( (. Es inco!pati'le con el ejecicio de cagos p&'licos #ue lleven aneja juisdicci%n 5 E. El #ue lo ejece de'e se un po$esional univesitaio 5 #. Dese!pe7a Dese!pe7a una $unci%n p&'lica" p&'lica" peo no depende depende diecta!ente diecta!ente de autoidad autoidad ad!inistativa 5 . Aun# Au n#ue ue algu alguna nass de sus sus actu actuac acio ione ness son son de ca cact cte e p&'l p&'lic ico" o" lo eje ejece ce un po$esional del deec-o 5 *. E3iste un potocolo notaial en el #ue asienta todas las escituas #ue autoi0a( LA, F8NCIONE, NOTARIALE, DENTRO DEL ,I,TE6A LATINO ,ON : Dese!pa7a una $unci%n p&'lica 5 2. Le da autenticidad a los -ec-os y actos 5 3. Reci'e e intepeta la voluntad de las pates" dndole $o!a legal" al $acciona el instu!ento p&'lico( 1.
CARACTERI,TICA, F8NCIONE, DEL ,I,TE6A NOTARIAL ,A2ON : El notaio es un $edante $edante o $edataio" $edataio" po#ue s%lo da $e de la .!a o .!as .!as de los docu!entos 5 b. No oienta ni asesoa a las pates so'e la edacci%n del docu!ento 5 c. ,%lo se necesita una cultua geneal" no es necesaio un t/tulo univesitaio 5 a.
3
4
La autoi0aci%n paa su ejecicio es te!poal <enova'le 5 e. E3iste E3iste la o'ligaci%n o'ligaci%n de pesta una .an0a paa gaanti0a le esponsa'ilidad esponsa'ilidad en el ejecicio 5 y" f. No e3iste colegio po$esional ni llevan potocolo( d.
DEFINICION DE NOTARIO : El Notaio es el po$esional del Deec-o encagado de una $unci%n p&'lica consistente en eci eci'i 'i" " inte intepe peta ta y da da $o! $o!aa lega legall a la volu volunta ntad d de las las pate pates" s" edac edacta tando ndo los los inst instu! u!en ento toss adec adecua uado doss a este este .n y con. con.i in ndo dole less aute autent ntic icida idad5 d5 conse conseva va los los oiginales de stos y e3pedi copias #ue den $e de su contenido( En su $unci%n est co!pendida la autenticaci%n de -ec-os(> C8ALE, C8AL E, ,ON ,ON LA LA,, DI=E DI=ER, R,A, A, TEOR TEORIA IA,, 8 8EE TRAT TRATAN AN ,O1R ,O1REE LA NAT8 NAT8RA RALE LEA A DE LA F8NCION NOTARIAL B a. La teo/a $uncionaista o $uncionalista 5 b. La teo/a po$esionalista o po$esionista 5 c. La teo/a eclctica 5 y" d. La teo/a autono!ista( TEORIA F8NCIONARI,TA : ,eg&n Castn" Castn" las .nalidades .nalidades de autenticidad autenticidad y la legiti!aci%n legiti!aci%n de los actos actos p&'licos e3igen #ue el notaio sea un $uncionaio p&'lico #ue intevenga en ellos en no!'e del Estado y paa atende" !s #ue el intes paticula" al intes geneal o social socia l de a.!a el i!peio del deec-o" aseguando la legalidad y la pue'a $e-aciente de los actos y -ec-os de #ue penden las elaciones pivadas((( TEORIA +ROFE,IONALI,TA : En contaposici%n a la teo/a antes co!entada" sta asegua #ue eci'i" intepeta y da $o!a a la voluntad de las pates" lejos de se una $unci%n p&'lica" es un #ue-ace e!inente!ente po$esional y tcnico( TEORIA ECLECTICA : De acuedo a esta teo/a" el Notaio ejece una $unci%n p&'lica sui generis " po#ue es independiente" no est enolado en la ad!inistaci%n p&'lica" no devenga sueldo del Estado5 peo po la veacidad" legalidad y autenticidad #ue otoga a los actos #ue autoi0a" tiene un espaldo del Estado" po la $e p&'lica #ue ostenta( En s/ntesis" el notaio es un po$esional del deec-o encagado de una $unci%n p&'lica( TEORIA A8TONO6I,TA : +aa esta teo/a" con las caacte/sticas de po$esional y docu!entado" el notaiado se ejece co!o po$esi%n li'e e independiente( Co!o o.cial p&'lico o'seva todas las leyes y co!o po$esional li'e eci'e el encago diecta!ente de los paticulaes( 2 Esta definición fue adoptada en el !ri+er Congreso de la
,nión Internacional del Notariado Latino celebrado en 'uenos &ires &rgentina en 1$4-.
4
5
CO6O ,E +8EDE ENC8ADRA, LA ACTI=IDAD DEL NOTARIO B La actividad del notaio" la pode!os encuada" en el ejecicio li'eal de la po$esi%n" en la actividad del Estado" y en $o!a !i3ta(
5
+ER6ANENCIA : #ue se le da a los actos a tavs de divesos !edios legales y !ateiales paa gaanti0a la epoducci%n autntica del acto( 3.)
LA E=OL8CION HI,TORICA DEL NOTARIADO: LO, HE1RERO,: Los Esci'as He'eos ean de distintas clases" unos guada'an constancia y da'an $e de los actos y decisiones del Rey5 otos petenec/an a la clase sacedotal y da'an testi!onio de los li'os 1/'licos #ue conseva'an" epoduc/an e intepeta'an( Los teceos ean esci'as de Estado y sus $unciones ean co!o de ,ecetaios del Consejo Estatal y cola'oadoes de ti'unales de justicia del Estado( +o <i!o" -a'/an otos esci'as lla!ados del pue'lo" #ue edacta'an en $o!a apopiada los contatos pivados" ean !s paecidos a los notaios actuales" peo su sola intevenci%n no da'an legalidad al acto" pues paa consegui esta ea necesaio el sello de el supeio je#uico( LO, E;I+CIO,: ,e ten/an alta esti!a a los Esci'as #ue $o!a'an pate de la ogani0aci%n eligiosa" estos esta'an adscitos a las distintas a!as del go'ieno" teniendo co!o $unci%n pi!odial la edacci%n de los docu!entos concenientes al Estado y a los paticulaes" sin e!'ago no ten/an autenticidad sino no se esta!pa'a el sello del sacedote o 6agistado( ;RECIA: En esta cultua los Notaios ean lla!ados ,/nga$os #ue ean los #ue $o!ali0a'an contatos po escito" entegndoles a las pates paa su .!a( Ap%ga$os ean los copistas de los ti'unales( 6ne!on #ue ean los #ue ac-iva'an los te3tos sagados( RO6A: El oigen de la pala'a notaio viene de la antigua Ro!a y #ue ea notarii, los cuales ean los #ue utili0a'an las notas tironianas #ue ean caactees a'eviados los #ue constitu/an una especie de escitua ta#uig.ca" ta!'in se uso en la Edad 6edia( Los scriba conseva'an los ac-ivos judiciales y da'an $o!a escita a las esoluciones judiciales( Los Notaii" ta!'in adscitos a la ogani0aci%n judicial" escuc-a'an a los litigantes y testigos y pon/an po escito" en $o!a odenada y sinttica" el contenido de sus e3posiciones( Los chartularii" ade!s de la edacci%n de instu!entos ten/an a su cago la consevaci%n y custodia de los !is!os( Los tabularii ean contadoes del .sco y ac-ivadoes de docu!entos p&'licos" peo" co!o co!ple!ento de sus $unciones" $ueon encagndose de la $o!ali0aci%n de testa!entos y contatos" #ue conseva'an en sus ac-ivos -asta convetise en los tabellio" #ue se dedicaon e3clusiva!ente a estas actividades y en #uienes se eunieon" en la etapa .nal de su evoluci%n" algunos de los caactees distintivos del Notaiado Latino: El -o!'e vesado en deec-o" el consejeo de las pates y el edacto del instu!ento" aun#ue su autenticidad" #ue le con$e/a la condici%n de docu!ento p&'lico" no se loga'a sino !ediante la insinuatio( EDAD 6EDIA: En la Edad 6edia con s%lo sa'e lee y esci'i se supon/a un gado de cultua !uy elevado especto a los de!s( El o!pi!iento del I!peio Ro!ano ocasiona un
/
etoceso en la evoluci%n institucional del notaiado ya #ue los se7oes $eudales intevienen po !edio de delegados en todos los contatos y testa!entos( El Notaio $eudal tiene co!o $unci%n pi!odial vela po los inteeses de su se7o y no de sevi a los inteeses de las pates contatantes( Caacte/stica i!potante es #ue si da autenticidad a los actos en los #ue inteviene( Fue po-i'ido po el +apa Inocencio III en el a7o de *>*G y $ue con.!ada po los Reyes dndoles esta $unci%n a la clase sacedotal lo #ue -i0o #ue el notaiado #uedaa estancado( E,+AA : Los invasoes espa7oles consevaon cietas instituciones ju/dicas o!anas" ade!s el notaiado espa7ol eci'i% la in4uencia de la Escuela Notaial $undada en *>> en la 8nivesidad de 1olonia( Al .nal de la Edad 6edia y pincipios del enaci!iento el notaiado se considea co!o una $unci%n p&'lica y se su'stituye una 'eve nota o !inuta en el potocolo po el instu!ento !ati0 y la ogani0aci%n copoativa de los notaios( A6ERICA : Al veni Cist%'al Col%n ta'ajo un Esci'ano en su tipulaci%n #ue ea Rodigo de Esco'edo" po lo #ue se da el tansplante del notaiado de Espa7a a A!ica( No o'stante" se ce% una legislaci%n especial paa A!ica conocida co!o leyes de Indias" las #ue ten/an un apatado en el #ue se tata'an a los esci'anos" a #uienes se les e3ig/a el t/tulo acad!ico de esci'ano y pasa un e3a!en ante la Real Audiencia" si lo apo'a'an de'/a o'tene el no!'a!iento del Rey de Castilla y paga una su!a al Fisco Real( Los Esci'anos guada'an un ac-ivo de escituas y de!s instu!entos p&'licos" el cual pasa'a a los esci'anos sucesoes( ;8ATE6ALA : Los pi!eos vestigios de Histoia Escita los enconta!os en el +opol =u-( En la Epoca Colonial al $undase la ciudad de ,antiago de ;uate!ala y en la Reuni%n del +i!e Ca'ildo #ue tuvo luga el >J de julio de *K>" se $accion% la pi!ea acta" actuando co!o pi!e esci'ano Alonso de Reguea( El no!'a!iento" ecepci%n y ad!isi%n del Esci'ano +&'lico lo -ac/a el Ca'ildo( El ta'ajo del Esci'ano +&'lico ea en $unci%n de los contatos y las actuaciones judiciales" la colegiaci%n de a'ogados y esci'anos se dispuso en el Deceto Legislativo No( * del >G de dicie!'e de *K* #ue encag% su ogani0aci%n a la Cote ,upe!a de 2usticia( ,e ce% la Ley de Notaiado en la poca de la Re$o!a Li'eal <*JJ junto al C%digo Civil" al de +ocedi!ientos Civiles y la Ley ;eneal de Instucci%n +&'licas( 5.
FOR6ACION 28RIDICA +ROFE,INAL DEL NOTARIO:
5.1.
Titulo e Abo!ao co"o #ase $re%ia:
El aspiante a Notaio de'e de o'tene una licenciatua y la o'tenci%n del Titulo de A'ogado #ue gaanti0an sus conoci!ientos en el ca!po del deec-o( 5.2.
Doctorao en Derecho Notarial:
/
-
8n !edio diecto paa capacita al notaio" se/a -ace del notaiado un doctoado" estudiando paa el e$ecto a!as especi.cas de especiali0aci%n de po lo !enos dos a7os y ta'ajo de tesis doctoal( 5.3.
Siste"a e O$osición:
Oto !edio diecto de capacitaci%n al Notaio lo constituye el siste!a de oposici%n #ue es utili0ado en !uc-os pa/ses" petendiendo #ue s%lo puedan llega los !s pepaados( +aa ello los concusos de oposici%n de'en se iguosos y li!ita el n&!eo de notaios( El siste!a de oposici%n as/ co!o tiene sus ventajas" tiene ta!'in desventajas" dependiendo a #uien se deje el cago de asigna las notaias( 5.4.
Estuio si"ult&neo e la Abo!ac'a y el Notariao :
A di$eencia de otos pa/ses donde se -a'la de acade!ias notaiales #ue petenden el estudio e3clusivo del Notaiado en toda su e3tensi%n" en el siste!a guate!alteco estudia!os si!ultnea!ente la A'ogac/a y el Notaiado5 no s%lo lo estudia!os conjunta!ente" sino #ue ta!'in se o'tienen a!'os t/tulos paa ejece a!'as po$esiones( 5.5.
(ni%ersia Notarial Es$ec')ca*
,e petende el estudio e3clusivo del Deec-o Notaial en toda su e3tensi%n" !ediante el esta'leci!iento de acade!ias o 8nivesidades notaiales( .
+ROTOCOLO:
Antecedentes: El +otocolo suge de la necesidad de los -o!'es de !ateiali0a en un escito la voluntad ceadoa de sus deec-os" de !ateiali0a la pue'a" de ecui a la ga'aci%n g.ca so'e un ele!ento $/sico #ue -iciea visi'le y pepetua su consideaci%n" de esa !anea los -o!'es ideaon #ue al e!itise la voluntad se -iciea ente sole!nidades y #uedaa ga'ada g.ca!ente so'e un o'jeto !ateial i!pegnado de la voluntad ceadoa" guadado de una pi!ea decisi%n del esp/itu" consevado de una ceaci%n del -o!'e5 a esa pi!ea $uente de la gnesis del acto ju/dico lla!aon +otocolo( .1.
Eti!olog/a: E3isten vaias acepciones de la pala'a +otocolo( ,u eti!olog/a poco ayuda paa esclaece cual es su sentido popio" pues -ay divesidad de opiniones aceca de su oigen( +uede esulta de la pala'a co!puesta del pe.jo +ROTO" pocedente de la vos giega +ROTOS" y el su.jo COLO o COLON" so'e cuya signi.caci%n no se -a puesto de acuedo los autoes( ,eg&n ,cic-e poviene de la vos latina COLLI( o COLLATIO" #ue signi.ca co!paaci%n o cotejo5 peo e3isten otas seies de signi.caciones asignadas po otos autoes( .2.
De.nici%n: En ;uate!ala" se conoce co!o +otocolo" al to!o e!pastado de los instu!entos autoi0ados duante un peiodo de tie!po5 ta!'in al papel sellado especial #ue se vende e3clusiva!ente a los notaios paa $acciona escituas5 y al conjunto de escitua #ue se llevan $accionadas en el a7o #ue tanscue( La de.nici%n legal de +otocolo se .3.
-
$
encuenta co!pendida en el at/culo del C%digo de Notaiado" #ue e0a: “el +otocolo es la colecci%n odenada de las escituas !atices" de las Actas de potocolaci%n" a0ones de legali0aci%n de .!as y docu!entos #ue el Notaio egista de con$o!idad con esta Ley) Re#uisitos y Fo!alidades del +otocolo: &) Los instu!entos de'en de edactase en espa7ol" esci'ise a !a#uina o a !ano de !anea legi'le y sin a'eviatuas5 ') Los instu!entos de'en lleva nu!eaci%n cadinal" esci'indose uno a continuaci%n del oto" en oden iguoso de $ec-as" y ente cada instu!ento s%lo de'e #ueda espacio paa las .!as5 C) El +otocolo de'e lleva $oliaci%n cadinal escita en ci$as5 () En el cuepo del Instu!ento las $ec-as" n&!eos o cantidades se e3pesaan con letas( En caso de discepancia ente lo escito en letas y ci$as" pevalece lo escito en letas5 E) Los docu!entos #ue de'an insetase o las pates conducentes #ue se tansci'an se copian de !anea te3tual5 #) La nu!eaci%n .scal del +apel ,ellado no pod inteu!pise" salvo los casos de potocolaciones" o #ue se -u'iee te!inado la seie y se inicie una nueva5 ) Los espacios en 'lanco #ue pe!itan intecalaciones se llenaan con una l/nea antes de #ue sea .!ado el instu!ento5 *) De'e de to!ase en cuenta #ue son nulas las adiciones" enteenglonaduas y testados" sino se salvan al .nal" antes #ue el docu!ento sea .!ado( Las en!endaduas son po-i'idas( .4.
Apetua y Contenido: &) Apetua: El +otocolo se a'e cada a7o con la pi!ea escitua #ue se $acciona" la cual lleva sie!pe el n&!eo 8no y pincipia en la pi!ea l/nea del $olio inicial( No se necesita ninguna a0%n de apetua" peo es o'ligatoio el pago de (K@(@@ en la Tesoe/a del Oganis!o 2udicial po derecho de apertura; ') Contenido: El +otocolo del Notaio contend: Las Escituas +u'licas o 6atices" Las Actas de +otocolaci%n" Las Ra0ones de Legali0aci%n o cual#uie docu!ento #ue la Ley se7ale" la Ra0%n de Ciee" el Indice y los Atestados( .5.
Ciee" Indice y Atestados: &) CIERRE: El potocolo de'e cease cada a7o" el <i!o d/a del a7o natual" peo ta!'in puede cease en cual#uie !o!ento #ue el notaio dejae de catula( El ciee es !ediante una a0%n notaial" la cual de'e contene: la $ec-a" el n&!eo total de instu!entos autoi0ados" indicando cuantos de ellos son escituas p&'licas" el n&!eo de actas de potocoli0aci%n" de a0ones de legali0aci%n" el n&!eo de escituas cancelas" si lo -u'ieen5 as/ co!o el total de $olios utili0ados5 o'sevaciones si $ueen necesaias y la .!e del notaio5 ') INDICE: +osteio!ente a la a0%n de ciee" de'e edactase el /ndice" seg&n la Ley guate!alteca" este #ue antes de la e$o!a a la Ley del Ti!'e y +apel ,ellado de'/a -acese necesaia!ente en papel sellado5 peo #ue a-oa se -ace en una -oja de papel 'ond a la #ue se de'en ad-ei los ti!'es de ley <(*(@@5 y contend en colu!nas sepaadas : ..
$
10
'(*( El n&!eo de oden del instu!ento
( El luga y $ec-a de su otoga!iento 5 '(G( Los no!'es de los otogantes" si $uee el notaio" de'e anota su no!'e5 '(( El o'jeto del instu!ento 5 '(K( El $olio en #ue se inicia( En el /ndice es pe!itido utili0a ci$as y a'eviatuas" al .nal la $ec-a y la .!a del notaio" antes de susci'ilo pod -ace las o'sevaciones si las -u'iee( ATE,TADO,: Los atestados son los docu!entos #ue el notaio agega al .nal de su potocolo y tienen elaci%n con los instu!entos autoi0ados y de'en consta pincipal!ente el eci'o del pago de apetua" co!po'antes de entega de testi!onios especiales" copias de avisos" eci'os" solvencias" etc( C)
./.
E!pastado:
Dento de los teinta d/as posteioes al ciee del potocolo el Notaio de'e !anda a e!pasta su potocolo
Dep%sito y ;uada:
El Notaio no es popietaio del potocolo" ya #ue &nica!ente es depositaio del !is!o y esponsa'le de su consevaci%n( .$.
Casos en #ue se deposita el +otocolo:
La ley !enciona los casos de dep%sito del potocolo" algunos en $o!a te!poal y otos en $o!a de.nitiva" siendo los siguientes: * +o ausencia del pa/s po tie!po !eno de un a7o5 > +o ausencia del pa/s po !s de un a7o5 G +o in-a'ilitaci%n5 +o entega voluntaia5 y" K +o $alleci!iento del notaio( G" >M" >J y > del C%digo de Notaiado( .10.
+otocolo del Notaio Fallecido:
En este caso los al'aceas" -eedeos" paientes" o cual#uie pesona #ue tuviea potocolos de un Notaio $allecido" de'en depositalos dento de los G@ d/as siguientes al $alleci!iento" al Ac-ivo ;eneal de +otocolos" si $uea en la capital5 al 2ue0 de +i!ea Instancia" si estuviea en una ca'ecea depata!ental5 o al Alcalde" se estuviesen en un 6unicipio 5 en esos casos" stos $uncionaios de'en e!itilo dento de los oc-o d/as siguientes del dep%sito al Ac-ivo ;eneal de +otocolos( .11.
;aant/a y +incipios #ue Funda!ental al +otocolo:
10
11
Las gaant/as o pincipios #ue $unda!entan el +otocolo" son las de dua'ilidad y seguidad( Dado #ue nuesto siste!a notaial se concenta en el pincipio de #ue los oiginales o !atices de'en de #ueda en pode del notaio" es necesaio odea y dota" a tales docu!entos de una seie nu!eosa de seguidades( Ello pe!ite la e3pedici%n de testi!onios" los !is!o #ue la co!po'aci%n de la autenticidad de los !is!os" en todos a#uellos casos en #ue los docu!entos notaiales sean edaguidos de $alsedad( En s/ntesis la e3istencia y $unda!entaci%n del potocolo adica en los siguientes aspectos: +e!anencia Docu!ental en las Relaciones 2u/dicas: El +otocolo Notaial constituye una gaant/a #ue pesta el Estado paa la e$ectiva pedua'ilidad de los actos ju/dicos #ue e#uieen la intevenci%n notaial" paa su co!pleta valide0 y e.cacia legal5 b) ;aant/a de ejecutoiedad de los deec-os: La e3istencia del potocolo y po el ende de los instu!entos o actos ju/dicos en l consignados pueden llega a se una pue'a $e-aciente so'e los deec-os y sus elaciones ju/dicas incopoadas" pincipal!ente en a#uellos casos en #ue la posesi%n de un t/tulo es esencial paa ejecita o ejecuta un deec-o" de tal $o!a #ue dic-o deec-o se -aya incopoado en cieta !anea al docu!ento5 c) Autenticidad de los deec-os: El potocolo dese!pe7a" una $unci%n autenticadoa en el sentido de #ue las eglas legislativas atinentes a la $o!aci%n y consevaci%n del !is!o di.cultan eno!e!ente la posi'le y eventual suplantaci%n de docu!entos autoi0ados" lo !is!o #ue la inteelaci%n de otos ente los #ue ya constan de'ida!ente odenados y $ec-ados5 d) +u'licidad de los Deec-os: +o <i!o" los potocolos cu!plen una la'o de pu'licidad" po#ue los actos o negocios ju/dicos #ue autoi0a un notaio suelen a$ecta inteeses de teceas pesonas #ue no -an intevenido en su otoga!iento( Constituye" en consecuencia" el potocolo el !ejo pocedi!iento paa #ue un docu!ento est al alcance de #uien tenga intes en e3a!inalo y -asta saca copia del !is!o" lo cual sucede $ecuente!ente en !ateia de deec-os eales( a)
+dida" destucci%n y eposici%n del +otocolo: El potocolo puede pedese" destuise o deteioase" casos en #ue es necesaio eponelo( Ante esta cicunstancia el notaio de'e da aviso al 2ue0 de +i!ea Instancia" el cual de'e instui aveiguaci%n y te!inada la !is!a esolve declaando pocedente la eposici%n del potocolo y en caso de #ue e3ista delito !anda a #ue se inicie el espectivo pocedi!iento penal incluso en conta del popio notaio( Al declaa pocedente la eposici%n el jue0 pedi a la Cote ,upe!a de 2usticia copias de los testi!onios especiales enviados po el notaio al ac-ivo geneal de potocolos( ,i no e3istiean testi!onios en el ac-ivo se pedin las copias o duplicados #ue -u'ieen en los egistos y se cita a los otogantes y a inteesados pevinindoles la pesentaci%n de los testi!onios o copias #ue tengan en su pode( Esta citaci%n se -a po avisos en el Diaio O.cial y oto de los de !ayo ciculaci%n( ,i no $uee posi'le epone todas las escituas el 2ue0 tend #ue cita de nuevo a los inteesados paa consigna en actas los puntos #ue las escituas conten/an y en caso de
11
12
desacuedo o inco!paecencia" los inteesados tendn #ue ecui a un juicio en la v/a odinaia( .13.
Revisi%n Odinaia y Especial del +otocolo:
La inspecci%n y evisi%n del potocolo tiene po o'jeto co!po'a si en el !is!o se -an llenado los e#uisitos $o!ales esta'lecidos en la ley( La evisi%n puede se de tes clases: a Odinaia5 ' E3taodinaia5 y" c Especial( La Inspecci%n y Revisi%n Odinaia se de'e de -ace cada a7o" paa el e$ecto" el Notaio est o'ligado a pesenta el potocolo y sus co!po'antes" de'indose pactica la inspecci%n y evisi%n en su pesencia( La Inspecci%n y Revisi%n E3taodinaia pod -acese en cual#uie tie!po" cuando lo odene la Cote ,upe!a de 2usticia( Es i!potante !enciona" #ue en casos de aveiguaci%n su!aia po delito" ta!'in se puede -ace la evisi%n de un potocolo notaial" este es el caso especial( /.
OR;ANIACIN LE;AL DEL NOTARIADO ;8ATE6ALTECO:
Re#uisitos -a'ilitantes del notaio: a) ,e guate!alteco5 b) ,e !ayo de edad5 c) Del estado segla" no se !inisto de ning&n culto5 d) Do!iciliado en la ep&'lica" es lo #ue se conoce co!o el de'e de esidencia( Al notaio le est pe!itido ejece li'e!ente" no o'stante" el notaiado en cual#uie luga de la ep&'lica" incluso en el e3tanjeo" cuando los actos y contatos van suti e$ectos en ;uate!ala <=e nu!eal > del at/culo Mo( del C%digo de Notaiado5 e) Tene t/tulo $acultativo5 f) Regista en la Cote ,upe!a de 2usticia el t/tulo $acultativo" la .!a y sello #ue usa con el no!'e y apellidos usuales5 g) ,e de notoia -onade0( /.1.
/.2.
Causas de In-a'ilitaci%n paa ejece el notaiado:
Los civil!ente incapaces5 b) Los to3ic%!anos y e'ios -a'ituales5 c) Los ciegos" sodos o !udos5 y" d) Los #ue -u'ieen sido condenados po alguno de los siguientes delitos: $alsedad" o'o" -uto" esta$a" #uie'a o insolvencia $audulenta" co-ec-o e in.delidad en la custodia de docu!entos" pevaicato y !alvesaci%n( a)
Los i!pedi!entos anteioes son totales o a'solutos y estn egulados en el at/culo G9 del C%digo de Notaiado(
/.3.
Inco!pati'ilidades con el Ejecicio +o$esional del Notaiado:
Los #ue tengan autos de pisi%n !otivada po alguno de los delitos in-a'ilitan5 a)
12
#ue
13
Los #ue dese!pe7en un cago p&'lico #ue lleve aneja juisdicci%n5 c) Los $uncionaios y e!pleados de los oganis!os ejecutivo y judicial y de las !unicipalidades #ue devenguen sueldos del Estado o del !unicipio y el +esidente del Congeso de la Rep&'lica5 d) Los notaios #ue -ayan incu!plido duante un ti!este del a7o civil o !s" con las o'ligaciones #ue i!pone el at/culo GJ del C%digo de Notaiado" elativa a testi!onios especiales y avisos5 e) Asi!is!o" los a'ogados titulaes de las instituciones de cdito no podn autoi0a los docu!entos en #ue co!pae0can o tengan intes dic-as instituciones" salvo las actas de soteo o e!ate(
b)
NOTA: No o'stante la po-i'ici%n a la #ue se -a -ec-o e$eencia" los at/culos K9 y M9 del C%digo de Notaiado" esta'lece #ue pueden ejece el notaiado" ente otos: *(el pesonal diectivo y docente de la 8nivesidad de ,an Calos y otos esta'leci!ientos de ense7an0a del Estado5 >( Los a'ogados consultoes" consejeos o asesoes" los !ie!'os o secetaios de las co!isiones tcnicas consultivas o asesoes de los oganis!os del Estado" as/ co!o los diectoes o edactoes de las pu'licaciones o.ciales" sie!pe y cuando el cago #ue sivan no sea a tie!po co!pleto5 G( los !ie!'os de las copoaciones !unicipales" cuando dese!pe7en sus cagos ad -onoe!
13
14
Intevenci%n de la Cote ,upe!a de 2usticia: Dic-a cote puede inteveni en el gi!en disciplinaio del notaio" ya #ue paa lo elativo a sanciones" cual#uie pesona o el 6inisteio +&'lico tienen deec-o a denuncia al notaio ante la Cote" los i!pedi!entos de un notaio paa ejece la po$esi%n( As/ ta!'in cuando la Cote tuviea conoci!iento de #ue un notaio -a incuido en alguna de las causales de i!pedi!ento" de'e pocede a $o!ali0a denuncia5 /.4.2.1. Oganos #ue pueden deceta la in-a'ilitaci%n del notaio: /.4.2.1.1. Ti'unales: Los ti'unales de justicia" cuando cono0can de cual#uiea de los delitos #ue conlleva la po-i'ici%n de ejece" de'en deceta la in-a'ilitaci%n en $o!a povisional cuando !otivan al auto de pisi%n y en $o!a de.nitiva" cuando ponuncian la sentencia" si esta es condenatoia( En a!'os casos" co!unicndolo al Colegio +o$esional y a la Cotes ,upe!a de 2usticia5 /.4.2.1.2. Cote ,upe!a de 2usticia: La Cote tiene la $acultad de e$ectua las diligencias #ue considee necesaias paa agota la investigaci%n y co!po'a el o los -ec-os #ue le $ueon denunciados" y en su caso" pocede a la in-a'ilitaci%n y a sanciona al notaio denunciado5 y" /.4.2.1.3. Colegio +o$esional: Cuando se -a $altado a la tica o atentado en conta de el decoo y pestigio de la po$esi%n" una ve0 seguido el t!ite coespondiente( /.4.2.
Re-a'ilitaci%n y su pocedi!iento: La legislaci%n guate!alteca conte!pla sendos pocedi!ientos de e-a'ilitaci%n" #ue se aplican seg&n el %gano #ue i!puso la sanci%n disciplinaia( ,i el !is!o $ue de natuale0a juisdiccional" la e-a'ilitaci%n coesponde a la Cote ,upe!a de 2usticia y" si $ue de /ndole ge!ial" a#uella co!pete al Consejo ,upeio 8nivesitaio de la 8nivesidad de ,an Calos de ;uate!ala( En el pi!e caso el pocedi!iento se egula po lo dispuesto en el C%digo de Notaiado5 y en el segundo" po lo esta'lecido en la Ley de Colegiaci%n( /.4.2.2.
I!pugnaciones o Recusos: Los ecusos egulados en el C%digo de Notaiado son: a) Recuso de Responsa'ilidad: el cual puede inteponese en dos casos : *( conta la esoluci%n #ue dicte la Cote ,upe!a de 2usticia" po la inspecci%n y evisi%n de un potocolo5 >( Conta la esoluci%n de la Cote ,upe!a de 2usticia" en e3pediente de e-a'ilitaci%n5 b) Recuso de Reposici%n: ,e intepone conta la esoluci%n #ue se dicte sancionado un notaio5 c) Recuso de Reconsideaci%n: ,e intepone ante el Diecto del Ac-ivo ;eneal de +otocolos" po las sanciones #ue se i!pongan po incu!pli!iento de las o'ligaciones del notaio contenidas en los at/culos GJ y G del C%digo de Notaiado5 y" d) Recuso de Apelaci%n: En conta del auto #ue apue'e una li#uidaci%n de -onoaios( /.5.
-.
FE +81LICA:
De.nici%n de Fe +&'lica: ;i!ne0 Anau de.ne la Fe +&'lica co!o: “La $unci%n espec/.ca" de cacte p&'lico" cuya !isi%n es o'ustece con una pesunci%n de vedad los -ec-os o actos so!etidos a su a!pao)( -.1.
-.2.
Funda!ento de la Fe +&'lica: +ode!os !enciona dos:
14
15
a) b)
La eali0aci%n no!al del deec-o5 y" La necesidad #ue tiene la sociedad de dota a las elaciones ju/dicas de cete0a(
(G( Clases de Fe +&'lica: Re!istral: Es la #ue poseen los egistadoes" paa ceti.ca la inscipci%n de un a acto #ue consta en un egisto p&'lico" el cual tiene autenticidad y $ue0a po'atoia desde #ue $ue inscito5 ' A"inistrati%a: Es la #ue tiene po o'jeto “da notoiedad y valo de -ec-os autnticos a los actos eali0ados po el Estado o las pesonas de deec-o p&'lico dotadas de so'ean/a" de autono!/a o de juisdicci%n((( Esta $e p&'lica ad!inistativa se ejece a tavs de los docu!entos e3pedidos po las popias autoidades #ue ejecen la gesti%n ad!inistativa en los #ue se consignan %denes" co!unicaciones y esoluciones de la ad!inistaci%n)G -uicial: La #ue dispensan los $uncionaios de justicia" especial!ente los c secetaios de ju0gados" #uienes dan $e de las esoluciones" autos y sentencias de los jueces o ti'unales en los #ue act&an5 Le!islati%a: Es la #ue posee el oganis!o legislativo y po !edio de la cual d cee!os en las disposiciones e!anadas del !is!o" las cuales pasan a se geneal!ente leyes de la ep&'lica( Esta es de tipo copoativo" ya #ue la tiene el Congeso co!o %gano" y no sus epesentantes en lo individual5 y" Notarial: Es una $acultad del Estado otogada po la ley al Notaio( La $e del e notaio es p&'lica po#ue poviene del Estado y po#ue tiene consecuencias #ue epecuten en la sociedad( -.4.
arant'a e Autenticia y Le!alia e la /e +0blica : Esta gaant/a deviene
del espaldo de la $e p&'lica" ella -ace #ue el instu!ento p&'lico sea autntico y legal( -.5.
Ca"$o e /e +0blica : ,on los inteeses de los paticulaes a #uienes el notaio
sive( $.
EL IN,TR86ENTO +81LICO:
Docu!entos: Es el instu!ento" escitua" escito con #ue se pue'a" con.!a o justi.ca alguna cosa o" al !enos" se aduce con tal pop%sito( En la acepci%n !s a!plia" cuanto consta po escito o g.ca!ente( a) +ivados: ,on los ela'oados y .!ados po las pates a #uienes puede o'liga o no5 b) +&'licos: Ela'oados y .!ados po un $uncionaio en el ejecicio de su cago" o po un notaio" aun#ue este <i!o es !s conocido co!o instu!ento p&'lico( $.1.
$.2.
El Instu!ento +&'lico:
De.nici%n de Instu!ento +&'lico: Docu!ento p&'lico" autoi0ado po Notaio a instancia de pate" poducido paa po'a -ec-os" sole!ni0a o da $o!a a actos o negocios ju/dicos y asegua la e.cacia de sus e$ectos ju/dicos( a)
3 i+ne &rnau Enriue. (erec%o Notarial Ediciones ,ni6ersidad de Na6arra 7.&. !a+plona Espa8a 1$/. !9g. 41.
15
1
Fines del Instu!ento +&'lico: +incipal!ente son cuato los .nes #ue llena el instu!ento p&'lico: *( +epetua los -ec-os y las !ani$estaciones de voluntad5 >( ,evi de pue'a en juicio y $uea de el5 G( ,e pue'a peconstituida5 y" ( da $o!a legal y e.cacia al negocio ju/dico(
b)
Teo/a de la +ue'a +econstitu/da: El instu!ento p&'lico es pue'a peconstitu/da ya pepaada con anteioidad al pleito $utuo( +ue'a escita #ue est en ese instu!ento y #ue si alguna ve0 la necesita!os" la pesentae!os de in!ediato paa -ace vale nuestos deec-os( $.3.
*@( EFICACIA 28RIDICA DEL IN,TR86ENTO +81LICO: 10.1.
1alor /or"al el Instru"ento +0blico:
De'e!os de !enciona el valo del instu!ento p&'lico5 a#uel instu!ento #ue no adolece de nulidad y $alsedad" po se tiene co!o plena pue'a seg&n la legislaci%n guate!alteca( El instu!ento p&'lico tiene valo $o!al y valo po'atoio: =alo $o!al" cuando se e.ee a su $o!a e3tena o el cu!pli!iento de todas las $o!alidades esenciales y no esenciales #ue nuesto c%digo egula( 10.2.
1alor +robatorio el Instru"ento +0blico:
Es en elaci%n al negocio #ue contiene intena!ente el instu!ento( 10.3. a)
I"$u!nación $or Causas e Nulia: De /ono: ,e poduce cuando es ine.ca0 po#ue el acto o contato #ue contiene
est a$ectado po vicio #ue lo invalida( Esta especie de nulidad se ige po las no!as e$eentes a la nulidad de los actos ju/dicos en Deec-o Civil5 y" b) De /or"a o instru"ental : A$ecta al docu!ento consideado en s/ !is!o" y no co!o continente de un acto o negocio ju/dico" sin pejuicio desde luego" #ue la nulidad instu!ental a$ecte indiecta!ente la valide0 del acto o negocio #ue contiene( La nulidad de $o!a esta so!etida a tes pincipios $unda!entales" #ue son: '(*( +incipio de e3cepcionalidad: los instu!entos p&'licos" s%lo son nulos en los casos e3pesa!ente conte!plados po la ley" ya sea en $o!a diecta o indiecta5 '(>( +incipio de .nalidad: la .nalidad del instu!ento p&'lico pevalece so'e la !ea $o!alidad5 y( '(G( +incipio de su'sana'ilidad: la su'sana'ilidad del instu!ento puede eali0ase po los !edios #ue ad!ite la ley( 10.4 I"$u!nación $or /alsea: Cual#uie !utaci%n" ocultaci%n o des.guaci%n de la vedad y de la ealidad" poduce nulidad de los actos ju/dicos seg&n las leyes civiles o sancionada co!o delito en los c%digos penales( a Falsedad ideol%gica: ,e da cuando se -ace consta en un docu!ento un -ec-o no declaado po las pates( La $alsedad ideol%gica es pivativa de los instu!entos p&'licos y no se da en los docu!entos pivados5 ' Falsedad !ateial: Consiste en la alteaci%n del contenido de los docu!entos o en -ace un $also(
1
1/
**
LA RELACION NOTARIAL:
12.1.
De)nición: Es la elaci%n #ue se enta'la ente el Notaio y #uienes e#uieen su
actuaci%n po$esional" lla!ados co!&n!ente clientes( 12.2.
Sujetos: El Notaio es el sujeto agente y el cliente el sujeto paciente" en esta
elaci%n( 12.3.
Elección el Notario: La voluntad de elegi al esci'ano actuante de'e petenece
a la pate !s inteesada en una coecta y e.ca0 actuaci%n del agente: el !ayo intes" coesponde al !ayo iesgo" es la no!a de intepetaci%n adecuada5 el $acto #ue con cacte geneal de'e decidi el deec-o a elecci%n es !ayo intes potegido po la actuaci%n notaial( 12.4.
I"$ei"entos el Notario $ara actuar:
Leg/ti!os: a(*( $/sicos o !ateiales: ,on a#uellos -ec-os #ue constituyen un o'stculo insupea'le" e i!posi'ilitan al agente el cu!pli!iento de la ogaci%n #ue -u'iea eci'ido5 a(>( de natuale0a: Ellos se dan cuando en la !is!a natuale0a del acto paa el cual es e#ueido el agente o'sta su actuaci%n5 a(G( deontol%gicos: ,on a#uellas a0ones de !oal po$esional #ue se oponen a la actuaci%n del esci'ano e#ueido" en un caso paticula ( a)
12.5.
Derechos y obli!aciones e los sujetos : El cliente tiene la o'ligaci%n de in$o!a
coecta!ente al notaio" apotando todos los datos o docu!entos #ue $uean necesaios y paga los espectivos -onoaios5 y" po su pate el notaios tiene la o'ligaci%n de estudia el caso y da al cliente la coecta y adecuada soluci%n al caso y tiene deec-o a co'a los gastos en #ue incua po el adecuado tata!iento del caso plateado( 12.155.
+a!o e honorarios y arancel: En ;uate!ala e3iste la li'e contataci%n y
po ende los sujetos de la elaci%n notaial pueden estipula el pago de los -onoaios" sin e!'ago a $alta de estipulaci%n" esta se cu'e con el aancel #ue contiene el C%digo de Notaiado en los at/culos *@M y *@?" inclusive( 12.155/.
E2tinción e la Relación Notarial* La elaci%n notaial se e3tingue po dos
$o!as" a!'as eguladas en el C%digo Civil @>? y >@GK: a) No!al: Cuando el notaio -a cu!plido a ca'alidad su co!etido y le -an sido pagos sus -onoaios5 y" b) Ano!al: Cuando po causa ajena al notaio no se .nali0a su ta'ajo" po #ueda i!pedido en el ejecicio" el cliente desiste o ca!'ia de notaio" de igual $o!a tiene deec-o a co'a -onoaios" en este caso" de $o!a popocional a la la'o eali0ada( *>( LA RE,+ON,A1ILIDAD +ROFE,IONAL DEL NOTARIO: El licenciado Dante 6ainelli" con especto a la esponsa'ilidad notaial e3pesa: es conveniente #ue el notaio este capacitado" intelectual y !oal!ente" paa loga e.ca0!ente su $unci%n" sin genea esultados da7osos" tanto paa los paticulaes co!o paa l !is!o" de all/ donde descansa lo #ue se conoce co!o Responsa'ilidad
1/
1-
Notaial" #ue no se cicunsci'e a una sola" sino a un conjunto de esponsa'ilidades #ue dan po esultado" su 'uena o'sevancia" a un instu!ento p&'lico pleno y pe$ecto" evitando esultados negativos paa la vida de ste( 14.1.
Clases e Res$onsabiliaes: Civil" +enal" Ad!inistativa y Disciplinaia:
Responsa'ilidad Civil: ue tiene co!o .nalidad epaa las consecuencias injustas de una conducta contaia a deec-o o 'ien epaa un da7o causado sin culpa" peo #ue la ley" pone cago de auto !ateial de este da7o( a(*( Elementos: son tes: ue -aya violaci%n de un de'e legal" po acci%n u o!isi%n del notaio5 ue -aya culpa o negligencia de pate del notaio5 y" #ue se cause un pejuicio( =e at/culos: GK del C%digo de Notaiado5 *MK y *MM del C%digo Civil( a)
Responsa'ilidad +enal: La tiene el notaio al $acciona los instu!entos p&'licos" po incui en $alsedad y otos delitos cone3os" -aciendo consta situaciones de deec-o y de -ec-o #ue en la ealidad no e3isten o apovec-ndose de su $unci%n en 'ene.cio popio o ajeno" siendo as/ !is!o deivada en algunos casos la esponsa'ilidad civil( '(*( Delitos en #ue puede incui el notaio: 1. +u'licidad Inde'ida" at/culo >>> C(+( 2. Revelaci%n del ,eceto +o$esional" >>G 15$$2. Casos especiales de Esta$a" >M 15$$3. Falsedad 6ateial( G>* 15$$4. Falsedad Ideol%gica" G>> 15$$5. ,upesi%n" Ocultaci%n o Destucci%n de Docu!entos" G>J 15$$. Revelaci%n de ,ecetos" >> 15$$/. =iolaci%n de ,ellos" G 15$$-. Responsa'ilidad del Funcionaios al Autoi0a un 6ati!onio" GJ 15$$$. Ino'sevancia de Fo!alidad al Autoi0a un 6ati!onio G
b)
Responsa'ilidad ad!inistativa: ,e e.ee a las acciones eali0adas po el notaio ante la Ad!inistaci%n +&'lica y espec/.ca!ente en elaci%n con los Registos" po los e$ectos #ue conlleva el espectivo egisto de los contatos o actos en #ue -a intevenido( c)
ffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffffff
Responsa'ilidad Disciplinaia: Esta opea !ediante una acci%n #ue tiene: po o'jeto epi!i una $alta a los de'ees de la po$esi%n egla!entada5 po .n el !anteni!iento de la disciplina necesaia en intes !oal de la po$esi%n cuyas no!as de ejecicio ja sido violadas5 y po !edios las !edidas o penas a in$ingi po una juisdicci%n instituida con ese pop%sito( El notaio incue en esponsa'ilidad disciplinaia" cuando $alta a la Etica +o$esional o atenta en conta del pestigio y decoo de la po$esi%n(
DERECHO NOTARIAL II 1.
EL IN,TR86ENTO +81LICO:
1-
1$
1.1. 1.2.
Eti"olo!'a: Del lat/n instruere" instui( En sentido geneal" escitua docu!ento( De)nición: Docu!ento p&'lico" autoi0ado po Notaio a instancia de pate"
poducido paa po'a -ec-os" sole!ni0a o da $o!a a actos o negocios ju/dicos y asegua la e.cacia de sus e$ectos ju/dicos( 1.1-32. /ines: +incipal!ente son cuato los .nes #ue llena el instu!ento p&'lico: *( +epetua los -ec-os y las !ani$estaciones de voluntad5 >( ,evi de pue'a en juicio y $uea de el5 G( ,e pue'a peconstituida5 y" ( da $o!a legal y e.cacia al negocio ju/dico( 1.1-33. Caracteres: Rasgos con #ue una cosa se da a conoce distinguindose de las de!s( a) Fec-a cieta: ,e tiene la cete0a de #ue la $ec-a de ella es iguosa!ente e3acta y los e$ectos #ue de esta vitud e3cepcional pueden poducise" son nu!eosos5 b) ;aant/a: El instu!ento autoi0ado po notaio tiene el espaldo estatal" en nuesta legislaci%n poduce $e y -ace plena pue'a5 c) Cedi'ilidad: El instu!ento po se autoi0ado po #uien posee $e p&'lica es ce/'le paa todos y conta todos5 d) Fi!e0a" ievoca'ilidad e inapela'ilidad: 6ientas el instu!ento no sea edaguido de nulidad es .!e5 al no e3isti un supeio je#uico al notaio" no es apela'le ni evoca'le5 e) Ejecutoiedad: =itud po la cual el instu!ento p&'lico puede se utili0ado co!o t/tulo ejecutivo5 y f) ,eguidad: Funda!entada en la colecci%n de los instu!entos en el potocolo" pues el instu!ento oiginal #ueda en l( 1.5
1alor: El Instu!ento +&'lico tiene valo $o!al y po'atoio:
a Fo!al: Cuando se e.ee al cu!pli!iento de las $o!alidades esenciales y no esenciales #ue la ley dispone5 y" ' +o'atoio: En cuanto al negocio #ue contiene intena!ente( *(M( Clases: La pi!ea clasi.caci%n es de +incipales y ,ecundaias5 y la segunda es Dento del +otocolo y Fuea del +otocolo( +incipales y ,ecundaias: a(*( +incipales: Las #ue van dento del potocolo" co!o condici%n esencial de valide05 a(>( ,ecundaias: Los #ue van $uea del potocolo( a)
Dento del +otocolo y Fuea del +otocolo: '(*( Dento del +otocolo: En ;uate!ala la Escitua +&'lica" el Acta de +otocoli0aci%n y las Ra0ones de Legali0aci%n5 '(>( Fuea del +otocolo: Actas Notaiales" Actas de legali0aci%n de .!as y Actas de copias de docu!entos( Los asuntos de 2uisdicci%n =oluntaia en sede notaial y esoluciones notaiales(
b)
>( FOR6A DE LO, IN,TR86ENTO, +81LICO,:
1$
20
2.1.
Sujetos: ,ujeto es la pesona titula de un deec-o o de una o'ligaci%n(
2.2.
+arte: Es la pesona o pesonas #ue epesentan un !is!o deec-o(
2.3.
Otor!ante: Es #uien otoga" la pate #ue contata en un docu!ento(
2.4.
Co"$areciente: El #ue e#uiee al Notaio( Lo son ta!'in los #ue intevienen en
el instu!ento p&'lico( 2.5.
Au2iliares el Notario:
Testigos de Conoci!iento o de A'ono: son los #ue identi.can al otogante #ue conocen" cuando este no puede identi.case y de'en se conocidos del Notaio5 b) Testigos Instu!entales: Los #ue el notaio puede asocia en cual#uie acto o contato" peo o'ligatoia!ente en los Testa!entos y Donaciones po Causa de 6uete5 y" c) Testigos Rogados o de Asistencia: ,on los #ue .!a po un otogante #ue no sa'e o no puede .!a( a)
2..
Caliaes $ara ser Testi!o: Los testigos de'en se civil!ente capaces" id%neos y
conocidos del notaio y si no $uea conocidos del notaio de'en identi.case legal!ente" e3cepto cuando se tate de testigos de conoci!iento" pues en este caso de'en de conocelos el notaio( uienes no sepan lee y esci'i" no -a'len o entiendan el espa7ol" los #ue tengan intes !ani.esto en el acto o contato" los ciegos" sodos !udos" los paientes del notaio y los paientes de los otogantes" salvo en el caso de se testigos ogados y no se tate de testa!ento o donaci%n po causa de !uete" no pueden se testigos( 2./.
Inter$retes: Cuando se da el caso #ue una o las pates ignoaen el idio!a
espa7ol( 2.132-.
Cali)cación -ur'ica: El notaio de'e -ace una cali.caci%n ju/dica de la
capacidad de las pates #ue inteviene en el instu!ento y del contenido del !is!o" el cual va a autoi0a" ta!'in da $e #ue los #ue inteviene son titulaes del deec-o( 2.132$.
Re!las sobre circunstancias $ersonales : Ente ellas tene!os:
La identi.caci%n de los co!paecientes indicando sus datos geneales y pesonales( b) La $e de #ue el notaio conoce a las pesonas #ue intevienen en el instu!ento y #ue los co!paecientes aseguan -allase en el li'e ejecicio de sus deec-os civiles( c) ,i el notaio no conociee a alg&n otogante lo de'e de identi.ca legal!ente" con la cdula de vecindad" o testigos de asistencia" en su caso con pasapote( a)
2.10.
Re3uisitos le!ales e #or"a: Estos son los #ue se de'en de o'seva:
a)
Rogaci%n: La intevenci%n del Notaio es a solicitud de pate(
20
21
Co!petencia del Notaio: El Notaio de'e de se -'il" no de'e de e3isti con4icto ente las pates( c) Licitud del acto o contato: El notaio de'e vela po la licitud del acto o contato(
b)
8nidad de acto: El instu!ento de'e pe$eccionase en un solo acto( e) Autoi0aci%n: El instu!ento se autoi0a con la .!a del notaio pecedido de las pala'as ANTE 6I( d)
G( LA E,CRIT8RA +81LICA: 3.1.
De)nición: Es la autoi0ada po Notaio en el potocolo a su cago" a
e#uei!iento de pate" en la #ue se -acen consta negocios ju/dicos y declaaciones de voluntad" o'ligndose sus otogantes en los t!inos pactos( 3.2. Clasi)cación: En todo docu!ento enconta!os: *( El acto docu!entado ( El acto docu!entado su edacci%n po escito" el docu!ento" incluso con .!a" puede advenei ulteio!ente" y !uc-o despus5 y" G el acto legal de docu!entaci%n" el econoci!iento legal de la .!a" en este caso el docu!ento epesenta la declaaci%n de voluntad pi!aia" peo no lo es( En ;uate!ala" se conocen tes clases de escituas: +incipales" Co!ple!entaias y Canceladas5 +incipales: ,on a#uellas #ue se pe$eccionan en un !is!o acto e independientes de cual#uie ota escitua paa tene valide0( b) Co!ple!entaias: O accesoias" estas vienen a co!ple!enta una escitua anteio" #ue po alguna cicunstancia no se pe$eccion%" ente ellas estn las de aclaaci%n" a!pliaci%n y aceptaci%n( c) Canceladas: ,on a#uellas #ue no nacen a la vida ju/dica" peo #ue ocupan un luga y nu!eo en el potocolo" po lo #ue de'en de se canceladas y da el aviso espectivo al Ac-ivo ;eneal del +otocolos( a)
3.4.
Estructura: En ;uate!ala -e!os seguido el siguiente siste!a paa estuctua la
Escitua +&'lica: a) La Intoducci%n: ue se su'divide en Enca'e0a!iento y Co!paecencia( El enca'e0a!iento contiene: nu!eo de la escitua" luga y $ec-a" -oa si se tata de testa!ento o donaci%n po causa de !uete" las pala'as ante !i" no!'e del notaio autoi0ante y su calidad: Notaio( La co!paecencia contiene: los no!'es co!pletos de los otogantes" edad" estado civil" nacionalidad" po$esi%n" ocupaci%n u o.cio y do!icilio( La $e de conoci!iento de las pesonas #ue intevienen o su identi.caci%n( Ra0%n de -a'e tenido a la vista los docu!entos $e-acientes #ue acediten la epesentaci%n en no!'e de oto" si $uee el caso( La intevenci%n de intepete y testigos de se necesaio5 la declaaci%n de los
21
22
otogantes de encontase en el li'e ejecicio de sus deec-os civiles5 y la no!inaci%n del acto o contato( El Cuepo: #ue se su'divide en antecedentes o e3posici%n y estipulaciones: En los antecedentes o e3posici%n se consigna la descipci%n del o'jeto #ue va a se causa del negocio ju/dico" ele!entos indispensa'les paa la contataci%n( +o su pate en la estipulaci%n o pate dispositiva" se $o!ula la declaaci%n de voluntad de los otogantes #ue da vida al acto o negocio ju/dico #ue desean cele'a" econoce" !odi.ca o e3tingui( Algunos autoes a esta pate de la escitua
b)
Conclusi%n: Es cuando se da el ciee del instu!ento y no de'e de apaece en clusulas" el notaio de'e de da $e de todo lo e3puesto y de todos los docu!entos #ue se -an !encionado" ta!'in se pocede a adveti de los e$ectos legales y de la o'ligaci%n #ue tienen el sujeto activo de pesenta el testi!onio al espectivo egisto( En el otoga!iento" pate de la conclusi%n" de'e de dase lectua de instu!ento" en caso de tatase de donaci%n po causa de !uete o testa!ento" esta de'e de -acela el testado o #uien l designe" dento de los testigos y se concluye con la aceptaci%n" ati.caci%n y .!a del instu!ento( Las pala'as ANTE 6I" luego la .!a del notaio( c)
3.5.
T4cnica Notarial: ,on los pocedi!ientos y ecusos a utili0a al edacta una
escitua p&'lica" ente los #ue tene!os: a) La ogaci%n: El notaio no puede actua de o.cio5 b) La co!petencia: El notaio puede actua en cual#uie luga de la ep&'lica y $uea de ella si el acto o contato #ue docu!enta va a suti e$ectos en ;uate!ala5 c) La claidad: ,e de'e de usa el lenguaje #ue pe!ita la !ejo intepetaci%n de lo escito5 d) La o'sevancia de la ley: La edacci%n de la escitua de'e ajustase en todo a la ley5 e) Los .nes de la escitua: La escitua de'e de se .el a los .nes #ue la oiginaon5 f) Los i!pedi!entos del notaio: El notaio de'e de se evita actua cuando tenga i!pedi!ento5 g) Consevaci%n y epoducci%n de la escitua: Es po#ue el notaio guada en su potocolo la escitua !ati0 y pocede a epoducila po los !edios adecuados5 y" %) El egisto: Esto adica en la o'ligaci%n #ue tiene el notaio de in$o!a a las pates de la necesidad egista en donde coesponde la escitua( 3..
Re3uisitos y #or"aliaes: los #ue se7ala la ley en los at/culos >?" G@" G*" >" "
M" J" " ? y K@ del C%digo de Notaiado( 4.
FOR6A, DE RE+ROD8CIR LA E,CRIT8RA 6ATRI(
4.1.
Testi"onios, co$ias o traslaos : En el siste!a de notaiado latino" el notaio es
depositaio" en su potocolo" de las escituas !atices" po lo #ue e3pide a los inteesados" testi!onios de las !is!as" #ue son copias .eles de las !is!as(
22
23
(>(Testi"onios: Es la copia .el de la escitua !ati0" acta de potocoli0aci%n o a0%n de legali0aci%n" #ue se e3pide al inteesado el notaio #ue lo autoi0% o #uien este $acultado po la ley paa -acelo" en el Testi!onio se cu'e el i!puesto a #ue esta a$ecto el acto o negocio #ue contiene( 4.3.
Testi"onio Es$ecial: Es el #ue e3pide el notaio al ac-ivo geneal del potocolos"
en el cual se cu'e el i!puesto del ti!'e notaial" con$o!e al acto o contato #ue contiene( 4.13-4.
Co$ia si"$le le!ali5aa: Es la copia .el del de la escitua !ati0" acta de
potocoli0aci%n o a0%n de legali0aci%n" #ue e3pide el notaio a cual#uie inteesado" sin cu'i !s i!puestos #ue los #ue coesponden po la !is!a
E2$eición el Testi"onio: El notaio #ue autoi0o el acto o negocio" esta
$acultado paa e3pedilo y s%lo en casos e3cepcionales" lo puede -ace ota pesona( 4.13-.
Oren e los Testi"onios : Nuesta legislaci%n no dete!ina un oden paa
la e3pedici%n de los testi!onios( 4.13-/.
/or"a e e2tener los testi"onios : ,e da a tavs de tanscipci%n en
papel 'ond y en $otocopias" cada -oja del testi!onio de'e de se nu!eada" sellada y .!ada po el notaio #ue lo e3pide" -aciendo la indicaci%n del total de ellas al .nal del !is!o" e3pidindolo A 8IEN ,E LO ,OLICITE" C8AL8IER +ER,ONA" salvo casos e3cepcionales( 4.13--.
1alor $robatorio: Los testi!onios de los actos y contatos -acen plena
pue'a" salvo el deec-o de las pates de edagPilos de nulidad o $alsedad( Testi"onios $arciales: Actual!ente no se encuenta egulada la e3pedici%n de testi!onios paciales" aun#ue algunos notaios utili0an la hijuela" cuando 4.13-$.
autoi0an paticiones( En doctina se -a'la $ecuente!ente de testi!onios o copias paciales y totales( 4.13$0.
oelos e ra5ón e testi"onios: -uevos(
5.
EL ACTA DE +ROTOCOLIACION:
5.1.
De)nición e El Acta e +rotocoli5ación : Es la incopoaci%n !ateial y ju/dica
#ue -ace un notaio en el potocolo a su cago de un docu!ento p&'lico o pivado" po !andato legal" a solicitud de pate inteesada o po oden de un ti'unal co!petente( 5.2.
Docu"entos 3ue se $rotocoli5an: At/culo MG del C%digo de Notaiado(
Los docu!entos o diligencias cuya potocoli0aci%n este odenada po la ley o po ti'unal co!petente" la cual -ace el notaio por sí y ante sí 5 b) Los docu!entos pivados cuyas .!as -u'ieen sido pevia!ente legali0adas" con la co!paecencia de la pesona a cuyo $avo se susci'i% el docu!ento5 a)
23
24
Los docu!entos pivados sin econoci!iento o legali0aci%n de .!as" po lo #ue es indispensa'le la co!paecencia de todos los signataios del docu!ento( c)
5.3.
Re3uisitos $ara la $rotocoli5ación e ocu"entos: a el nu!eo de oden del
instu!ento5 ' el luga y la $ec-a5 c los no!'es de los solicitantes" o tanscipci%n en su caso" del !andato judicial5 d !enci%n del docu!ento o diligencia" indicando el n&!eo de -ojas #ue contiene y el potocolo" seg&n la $oliaci%n" y los n&!eos #ue coespondan a la pi!ea y <i!a -ojas5 y e la .!a de los solicitantes" en su caso" y la del notaio( Cuando el !is!o notaio es el otogante " su .!a de'e i pocedida de las pala'as +OR 6I ANTE 6I5 y si .!ae l y los solicitantes &nica!ente de las pala'as ANTE 6I( A lo anteio de'e de agegase un caso especial" el cual se da cuando en un contato se acueda potocoli0a docu!entos concenientes al !is!o" po lo #ue se pocede a potocoli0alos en una clusula del contato en !enci%n
EL E2ERCICIO DEL NOTARIADO EN EL EQTERIOR DE LA RE+81LICA(
.1.
Docu"entos $ro%enientes el e2terior : Cuando un docu!ento poviene del
e3tanjeo" -a'iendo sido autoi0ado po un notaio o po una autoidad e3tanjea y necesita -acese vale en ;uate!ala" de'e su$i los pases legales" #ue son actos concatenados" cuyo o'jeto es cu!pli con las distintas legali0aciones de .!as de los $uncionaios po los #ue -a pasado el docu!ento( Ade!s de'e de taducise al espa7ol" si $uee el caso" la taducci%n la de'e de eali0ala un taducto juado( Estos docu!entos de'en de se legali0ados po el 6inisteio de Relaciones E3teioes( +osteio!ente de'en de potocoli0ase po un notaio" cuando se tate de docu!entos egista'les" po lo #ue los paticulaes actuaan con los testi!onios de los !is!os" en donde el notaio -a consta #ue se -an cancelado los i!puestos espectivos( De no se egista'le el docu!ento" no es necesaio la potocoli0aci%n" a !enos #ue lo solicite el inteesado( Estos docu!entos se $accionan en papel si!ple( .2.
E2i!encia e los $ases le!ales o le!ali5aciones : Estas tienen co!o o'jeto da la
!ayo gaant/a a los docu!entos #ue vienen del e3tanjeo" as/" la posi'ilidad de $alsi.caciones -a i!puesto la necesidad de alguna $o!a de autenticaci%n de esos docu!entos" en especial los notaiales" con el .n de co!po'a la cete0a de la .!a y el cacte del $uncionaio #ue los autoi0a( .3.
Docu"entos autori5aos $or notario !uate"alteco en el e2tranjero: Cuando
no se -ace en su calidad de Agente Diplo!tico o Consula" sino en su pua calidad de notaio" estos docu!entos no necesitan pases legales" est es la e3cepci%n a la no!a"
24
25
&nica!ente de'e de cu'ise el i!puesto del ti!'e .scal en el docu!ento oiginal y potocoli0ase( .4.
1alor #or"al y $robatorio el ocu"ento autori5ao en el e2tranjero : Estos
docu!entos suten sus e$ectos legales" tal y co!o los $accionados en el pa/s" a pati de la $ec-a en son potocoli0ados en ;uate!ala( .5.
Obli!aciones $osteriores a la $rotocoli5ación :
Da aviso al Ac-ivo ;eneal de +otocolos" dento del pla0o de die0 d/as" de cada potocoli0aci%n" la de!oa u o!isi%n se sancionada con !ulta de veinticinco #uet0ales" el aviso de'e contene: *( Luga y $ec-a en #ue $ue e3pedido el docu!ento5 a)
>( Indicaci%n del $uncionaio #ue lo autoi0%5 G( O'jeto del acto5 ( No!'es y apellidos de los otogantes o pesonas a #uienes se e.ea5 y" K( La indicaci%n #ue los i!puestos se -an pagado en el acto de potocoli0aci%n( El testi!onio especial" ta!'in al Ac-ivo ;eneal de +otocolos" dento de los >K d/as -'iles siguientes" en dic-o testi!onio de'e incluise el acta de potocoli0aci%n y el o los docu!entos potocoli0ados" #ue pasan a $o!a uno solo( nnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnn E3pedi el Testi!onio paa el inteesado" -aciendo consta el notaio en la a0%n .nal #ue el i!puesto $ue cu'ieto en el docu!ento oiginal( Este testi!onio le sevi paa e$ectua la inscipci%n en los egistos espectivos(
b)
..
I"$uestos: Antes de potocoli0a un docu!ento de'e cu'ise el i!puesto del
ti!'e .scal en el docu!ento oiginal" ad-iindole esta!pillas .scales po la cantidad o i!puesto a #ue est a$ecto el docu!ento de !aas( /.
LEE, 8E ,E RELACIONAN DIRECTA6ENTE CON EL DERECHO NOTARIAL(
Ley del Oganis!o 2udicial( /.2. C%digo +ocesal Civil y 6ecantil( /.3. Ley del I!puesto de Ti!'es Fiscales y +apel ,ellado Especial paa +otocolos( /.4. Ley del Ti!'e Foense y Ti!'e Notaial( /.15544. C%digo Civil( /.15545. C%digo +ocesal +enal( /.1554. Ley Reguladoa de la Ta!itaci%n Notaial de Asuntos de 2uisdicci%n =oluntaia( /.1554/. Ley de +acela!ientos 8'anos( /.1554-. Ley de -eencia" Legados y Donaciones( /.1554$. C%digo de Co!ecio( /.15550. Ley del I!puesto 8nico ,o'e In!ue'les( /.15551. Ley ceadoa del Registo de +ocesos ,ucesoios < Dto( Legislativo JGJK( /.15552. Ley de Recti.caci%n de Aeas KG( /.1.
25
2
-.
EL ACTA DE LE;ALIACION DE FIR6A,(
-.1.
De)nición: Es po !edio de la cual" el notaio" da $e #ue una .!a #ue -a sido
puesta o econocida en su pesencia es autentica" y #ue l econoce al signataio o 'ien #ue lo identi.c% po los !edios legales" siendo el esponsa'le el po$esional de la .!a y $ec-a de la legali0aci%n( -.2.
Re3uisitos: ue la .!a o .!as sean puestas en pesencia del Notaio o sean
econocidas ante l( -.3.
Contenio y #or"aliaes: ,i la .!a es puesta po una pesona a uego de ota
#ue no supiee o no pudiee .!a" a!'as de'en co!paece en el acto" en este caso se legali0a la .!a de #uien .!% a uego y la pesona #ue no -a podido o sa'ido .!a esta!pa nueva!ente su i!pesi%n digital( El acta de legali0aci%n se edacta a continuaci%n de la .!a #ue se legali0a" no i!potando el tipo de papel en #ue est el docu!ento( Las $o!alidades paa esta acta son las siguientes:
f)
Luga y $ec-a( El no!'e o no!'es de los signataios( La identi.caci%n legal de los co!paecientes" sino $ueen conocidos del notaio( Fe de #ue la o las .!as son autenticas( Las .!as de los signataio y testigos si los -u'iea( La .!a y sello del notaio" pecedida de las pala'as ANTE 6I(
-.4.
1alie5: Tiene plena pue'a en cuanto al signataio del docu!ento y la $ec-a de
a) b) c) d) e)
legali0aci%n de la .!a( El notaio no es esponsa'le del contenido del docu!ento" ni de la capacidad o pesone/a de los signataios( El notaio no de'e de legali0a .!as en docu!entos #ue sean contaios a la Ley o la !oal o #ue po eo" ignoancia o dolo el docu!ento contenga un acto #ue po su natuale0a de'e de -acese consta en escitua p&'lica( -.15/-.
La #or"a notarial:
d)
Fi!a puesta ante Notaio( Fi!a econocida ente Notaio( Fi!a puesta a uego de ota pesona #ue no sa'e o #ue no puede .!a( Fi!a puesta en -oja independiente(
-..
I"$uestos: +o cada acta de legali0aci%n" de'en de cu'ise cinco #uet0ales en
a) b) c)
ti!'es .scales" ad-iindolos en esta!pillas5 y en ti!'es notaiales" po cada legali0aci%n de'en cu'ise die0 #uet0ales( -.1/05. Obli!aciones +osteriores: La &nica o'ligaci%n posteio #ue se deiva del acta de legali0aci%n de .!as es la a0%n" #ue el notaio de'e to!a en el potocolo a su cago dento de los oc-o d/as siguientes( $.
RAON DE LE;ALIACION DE FIR6A,:
2
2/
$.1.
De)nición: Es la #ue lleva a ca'o el notaio" en el potocolo a su cago" dento de
los oc-o d/as siguientes de -a'e legali0ados una .!a en un docu!ento" la cual tiene co!o o'jeto lleva un contol de las !is!as" en vitud de #ue los docu!entos #uedan en pode de los paticulaes( $.2.
Contenio y #or"aliaes: De'e edactase en +apel ,ellado Especial paa
+otocolo" y contene: a) El n&!eo de oden( b) El luga y la $ec-a( c) El no!'e y apellidos de los signataios( d) 8na descipci%n 'eve y su'stancial del contenido del docu!ento #ue autoi0a la .!a o .!as #ue legali0an" con indicaci%n del papel en #ue estn suscitos" tanto el docu!ento co!o el acta de autntica( e) La .!a del Notaio < con su sello( $.3.
Incu"$li"iento e la Obli!ación: Esta es sancionada po la Cote ,upe!a de
2usticia con a!onestaci%n o censua al notaio in$acto o i!ponindole una !ulta #ue no e3cede de veinticinco #uet0ales( El no to!a nota en el potocolo de la a0%n de la legali0aci%n de .!as" no invalida la legali0aci%n popia!ente dic-a(
$.15-24.
La ra5ón e le!ali5ación en otros $a'ses : +ode!os esta'lece #ue es
eco!enda'le #ue una constancia o a0%n de -a'e e$ectuado una legali0aci%n de .!as" ya sea en el potocolo" co!o se de'e -ace en ;uate!ala o en un li'o autoi0ado paa el e$ecto( Considea!os #ue paa -ace positiva la no!a" la a0%n ta!'in tend/a #ue se .!ada po el signataio del docu!ento" peo esto" desde luego" i!plica/a una !odi.caci%n legislativa( Esto de'ido a las consideaciones #ue se -acen en Agentina y Espa7a( $.15-25.
Testi"onios e la Ra5ón: De las a0ones de legali0aci%n de .!as" se de'e
e3tende testi!onio especial paa el Ac-ivo ;eneal de +otocolos" co!o de toda escitua #ue se edacta y autoice en el potocolo( Ade!s puede e3tendese un testi!onio paa el inteesado" si lo e#uiiea( $.15-2. oelos e la ra5ón( 10.
LE;ALIACION DE CO+IA, DE DOC86ENTO,:
10.1.
Anteceentes: Este acto ju/dico $ue egulado en ;uate!ala -asta el a7o de *?J"
po !edio de los at/culos *9 y >9 del Deceto Legislativo >J" #ue e$o!aon los at/culos K y KK del C%digo de Notaiado" es deci #ue no -a'/a sido conte!plado el avance tecnol%gico de las $o!as de epoducci%n de docu!entos( 10.2.
El Decreto 67879 el Con!reso e la Re$0blica: En sus at/culos *9 y >9"
e$o!aon los at/culos K y KK del C%digo de Notaiado paa pe!iti la legali0aci%n de copias de docu!entos(
2/
2-
10.3.
De)nición: Es el acta #ue edacta el notaio en el !is!o docu!ento" o en -oja
adicional si $uee necesaio" en la cual da $e #ue la !is!a es copia .el de su oiginal po -a'ese epoducido en su pesencia( 10.4.
Re3uisitos: +aa legali0a $otocopias" $otostticas y cual#uie ota epoducci%n"
es necesaio #ue: a La copia sea pocesada" copiada o epoducida del oiginal5 y" ' ue la epoducci%n se -aga en pesencia del notaio( 10.5.
/or"aliaes:
Luga y $ec-a( b) Fe de #ue las epoducciones son autenticas( c) Cuando !ateial!ente sea i!posi'le edacta el acta en el popio docu!ento" de'e de -acese una 'eve elaci%n de los datos #ue consten en las -ojas anteioes a a#uella en se consigne el acta o de todo el docu!ento legali0ado( En cual#uie caso -ay #ue indica el n&!eo de -ojas de #ue conste el docu!ento del cual se -a legali0ado la copia o copias( d) La .!a" nu!eaci%n y sello del notaio en todas las -ojas anteioes a la <i!a( e) Al .nal" la .!a y sello del Notaio pecedidas de las pala'as +OR 6I ANTE 6I( a)
10..
1alie5: Las epoducciones legali0adas tienen plena valide0 y las leyes co!unes
les econocen plena pue'a( 10.1/000.
La #or"a notaria e la le!ali5ación : En el !is!o docu!ento y en -oja
independiente( 10.1/001.
I"$uestos: Esta acta esta gavada con un i!puesto de cinco #uet0ales po
acta de legali0aci%n de docu!entos" esto en ti!'es .scales" ade!s -ay #ue cu'i el i!puesto del ti!'e notaial #ue es de die0 #uet0ales ta!'in po cada acta( 11.
EL ACTA NOTARIAL(
11.1.
De)nición: Es el instu!ento autoi0ado" a instancia de pate" po un notaio o
esci'ano" donde se consignan las cicunstancias" !ani$estaciones y -ec-os #ue pesencian y les constan" de los cuales dan $e y #ue" po su natuale0a" no sean !ateia de contato( 11.2.
Clasi)cación 3ue se a$lica a uate"ala : No tene!os una clasi.caci%n legal de
las actas notaiales" peo en la pactica enconta!os las siguientes: Actas de +esencia: Aceditan la ealidad o vedad del -ec-o #ue !otiva su autoi0aci%n( En ellas puede ecogese cual#uie -ec-o #ue el notaio peci'a con sus sentidos( b) Actas de Re$eencia: ,on paa la ecepci%n de in$o!aciones testi.cales voluntaias" en #ue el notaio no a.!a la veacidad del contenido" sino el -ec-o de #ue los testigos ponunciaon las pala'as consignadas( a)
2-