COMO CALCULAR EL BONO DE ANTIGÜEDAD Y EL RC-IVA PARA LA PLANILLA DE SUELDOS Por: Jaime Villarroel S. BONO DE ANTIGÜEDAD El bono de antigüedad se lo calcula basándose en la siguiente fórmula: B.A. = Porcentaje x 3 veces el Salario Mínimo Nacional Donde el Salario Mínimo Nacional es de Bs. 1.000; con los porcentajes establecidos por la Ley General del Trabajo, como vemos en la siguiente tabla:
Antigüedad en años
Porcentaje
0a 2
0%
2a 5
5%
5a 8
11%
8 a 11
18%
11 a 15
26%
15 a 20
34%
20 a 25
42%
más de 25
50%
Es decir, por ejemplo si seguimos los datos de la simulación realizada, y suponemos que Juan que gana Bs. 3.000.- tiene ya seis años de antigüedad en la empresa, su Bono de Antigüedad sería: B.A. = 11% x 3 x 1.000 B.A. = 330 Bs. Estos Bs. 330.- se les debe sumar al Haber Básico para obtener su total ganado. RC-IVA Este impuesto RC-IVA grava a los ingresos del personal dependiente de una empresa, cuando el mismo asciende a más de Bs. 4.000.-, Para empezar al total ganado, es decir haber básico más los bonos de antigüedad, horas extras, dominicales y otros, se le resta el pago a la AFP (12,71% sobre el total ganado). A este sueldo neto se le resta un Mínimo No Imponible que es igual a dos veces el Salario Mínimo Nacional ( Bs. 1.000.- X 2). A esta diferencia se le aplica el 13% para obtener el impuesto. A este dato se le resta el valor de Bs. 260.-, que es el 13% de 2 Salarios Mínimos Nacionales, además también se le resta el crédito fiscal que el
trabajador entregue en facturas a su nombre y con su número de carnet de identidad. Este resultado si es positivo existe un valor a favor del fisco, caso contrario el valor absoluto debe ir a favor del trabajador dependiente. Luego se debe sumar este último dato de saldo a favor del trabajador con el saldo que el mismo dependiente tenga de periodos o meses anteriores actualizado mediante las UFV´s, esta suma es el saldo total del dependiente. Luego para finalizar se debe restar del saldo total ganado, el saldo utilizado (saldo a favor del fisco), donde si el resultado es negativo, el mismo se coloca en valores absolutos en la fila de impuesto retenido a pagar, mientras que si es positivo se coloca en la fila de saldo a favor del dependiente para el mes siguiente Para mayor detalle le envío la tabla en Excel con la planilla de sueldos. APORTE PATRONAL AFP Tanto el Aporte Patronal así como el Aporte Laboral se debe pagar en un solo formulario, de forma mensual y en la misma fecha, esto debido a que el empleador ejerce de agente de retención para el pago de los Aportes Laborales a las AFP´s. El plazo para el pago es hasta el último día laborable del mes, es decir que los aportes del mes de mayo se deben pagar hasta el 30 de junio, si es que no cayera sábado o domingo; si fuera así se debe pagar el último viernes del mes de junio PAGO DEL SEGURO DE SALUD El pago a la Caja de Salud es del 10% y se lo aplica al total ganado del empleado, es decir a la suma del haber básico más los bonos de antigüedad, dominicales, horas extra y bonos extras. La fecha límite para cancelar este pago es conforme al rubro de la empresa definido en el NIT, es decir: • •
Empresa Comercio Empresa de Servicios
del 6 al 10 de cada mes del 11 al 20 de cada mes
Es decir que en el caso de la importadora y comercializadora de productos de belleza los pagos del mes de abril se los debe cancelar del 6 al 10 de mayo. Mientras que para la empresa de servicios de comida rápida y servicios de eventos infantiles se debe pagar del 11 al 20 de mayo. Como los mismos están dentro el mismo NIT, lo más conveniente sería cancelar entre el 6 y 10 de mayo Al momento de pagar en la Caja se debe llenar el formulario correspondiente que vale 5 Bs.más la planilla de sueldos correspondiente.