MÓDULO 2: FISCALIZACIÓN ELECTORAL (Parte I)
Dentro del proceso electoral, fiscalizar constituye la puesta en práctica de todos los medios de vigilancia y control establecidos y aceptados por la ley electoral, por parte de las autoridades autoridades competentes; con el objeto de asegurar la expresión libre, espontánea y auténtica de los ciudadanos, a fin de garantizar con ello el respeto a la Democracia. Los mecanismos de fiscalización electoral son la expresión más concreta de garantía a los derechos constitucionales y políticos, a los intereses del ciudadano y en suma a la legitimidad del proceso democrático democrático representativo. representativo. La labor fiscalizadora puede ser tanto preventiva como represiva, por tanto, tiene lugar antes, durante y después de los comicios. En el caso del Perú, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 178°inciso 178°inciso 1 de la Constitución Polític a del Perú, que establece que compete compete al Jurado Nacional de Elecciones (en adelante JNE), fiscalizar la l egalidad del ejercicio del sufragio, la realización de los procesos electorales, del referéndum y otras consultas populares, esto en concordancia con el artículo 33º de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859, y el artículo 5º inciso b) y c) y 36º inciso i nciso c) y d) de la Ley Orgánica del JNE Nº 26486. De esta manera, la fiscalización de los electores que apuntan a la defensa de la pureza del sufragio, es una función ampliamente distribuida entre los miembros del Pleno del JNE, los miembros de los Jurados Electorales Especiales y los fiscalizadores quienes cumplen esta función en base a lo que el JNE entiende por fiscalizar, definido como toda actividad que permite velar por el cumplimiento del mandato constitucional de que las votaciones traduzcan la expresión auténtica, libre y espontánea de los ciudadanos y que los escrutinios sean reflejo exacto y oportuno de la voluntad del elector expresada en las urnas por votación directa.
CARACTERÍSTICAS DE LA FISCALIZACIÓN a) De acuerdo al momento en que se desarrollan las actividades de fiscalización Fiscalización Fiscalización Previa, Se lleva a cabo antes del hecho objeto de la fiscalización, teniendo como principal ventaja subsanar a tiempo los errores o perjuicios que se puedan cometer a futuro. Fiscalización in situ, Se desarrolla en el momento mismo del hecho objeto de la fiscalización. Implica la determinación de los presuntos responsables del acto ilegal.
Previa: Fiscalización del despliegue de material electoral
In situ : Fiscalización de la Propaganda Electoral 1
b) Independencia En todo ámbito, las entidades fiscalizadoras sólo pueden cumplir eficazmente sus funciones si son independientes de la institución fiscalizada y si se encuentran protegidas contra influencias exteriores; aunque una independencia absoluta de los demás órganos estatales es imposible, por estar insertos en la totalidad estatal, la independencia de este organismo está unida a la independencia de sus miembros, entendiéndose por miembros a aquellas personas que les corresponde tomar las decisiones propias de fiscalización.
c) Relaciones con el órgano fiscalizado La actividad del órgano fiscalizador sobre el órgano sujeto a fiscalización no implica subordinación de este último hacia el primero . En particular, la entidad fiscalizada asume la plena y exclusiva responsabilidad de los procesos electorales que realiza.
d) Acceso a información Las entidades fiscalizadoras deben tener acceso a todos los documentos relacionados con las operaciones y el derecho a pedir de los órganos fiscalizados todos los informes, de forma oral o escrita, que les parezcan necesarios.
e) Mecanismos de control Las entidades fiscalizadoras deben realizar su actividad de acuerdo a un programa previo trazado por ellas mismas. El derecho de los órganos fiscalizadores es de exigir, en casos especiales, la realización de determinadas verificaciones, no debe afectar la intimidad y el secreto funcional de los órganos fiscalizados. Los órganos fiscalizados deben responder a las verificaciones de fiscalización de la Entidad Fiscalizadora, dentro de los plazos determinados generalmente por Ley o, en casos especiales, y dar a conocer las medidas adoptadas en base a las observaciones detectadas. Los métodos de fiscalización deben adaptarse continuamente a los progresos de las ciencias y técnicas relacionadas con las operaciones. Es conveniente la elaboración de manuales como medio de trabajo para los funcionarios de fiscalización. Los miembros y los funcionarios de control de la Entidad Fiscalizadora deben tener la calificación e integridad moral necesarias para el perfecto cumplimiento de su tarea.
PRINCIPIOS GENERALES DE LA FISCALIZACIÓN
¿QUÉ ES SER FISCALIZADOR? Es facultad o competencia del JNE fiscalizar la legalidad del ejercicio del sufragio, la realización de los procesos electorales, del referéndum y otras consultas populares, así como también la elaboración de los padrones electorales (El artículo 178°inciso 1) de la Constitución Política del Perú; en concordancia con el artículo 33°de la Ley Orgánica de Elecciones N°26 859, artículo 5°incisos b), c) y d) y artículo 36° incisos c) y d) del de la Ley Orgánica del JNE N°26486). El fiscalizador es la persona encargada de ejecutar y velar por el cumplimiento de las actividades de fiscalización establecidas en la normativa vigente, el Plan de Fiscalización Electoral del JNE y el Manual de Procedimientos de Fiscalización de la Dirección Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales (DNFPE) aprobados por el Pleno del JNE, en coordinación con los Jurados Electorales Especiales (JEE), buscando 2
de esta manera asegurar que los comicios traduzcan la expresión libre, espontánea y auténtica de los ciudadanos, garantizando con ello el respeto a la Democracia. Durante el desarrollo de sus funciones los fiscalizadores deben tener en cuenta las siguientes acciones. Los actos que no se encuentren previstos o que estén expresamente prohibidos por la legislación electoral. Cualquier circunstancia que ponga en peligro todo o parte del Proceso Electoral. La conducta de los actores del proceso. La norma afectada. La probable solución al problema presentado.
A tiempo los requerimie ntos que contenga una determinada situación, anticipándose a un final no acorde con la normatividad electoral. Haciendo lo necesario para que la ley se cumpla o para evitar su incumplimiento si fuera el caso. Velando por el respeto de los derechos de los distintos actores del proceso. Registrando la solución prevista y verificando la correcta aplicación de la misma.
La circunstancia adversa y permitir que el proceso electoral no se vea afectado. El incumplimiento de la ley logrando que los transgresores modifiquen su conducta o informando para lograr dicho fin. Haciendo respetar la norma ante la autoridad respectiva. activamente soluciones Buscando alternas.
TIPOS DE FISCALIZADORES Monitor de operaciones administrativas ó tecnológicas: Es la persona ubicada en la DNFP E que tiene entre otras responsabilidades las de brindar soporte técnico ó legal a las actividades realizadas por los Coordinadores de Fiscalización y demás Fiscalizadores a su cargo. Coordinadores de Fiscalización Es la persona ubicada en cada JEE que realiza labores de enlace entre la DNFPE y el JEE. Asimismo, es responsable de coordinar acciones de fiscalización con el Presidente del JEE respecto a los actores electorales en el marco de la normativa vigente y a lo establecido al Manual de Procedimientos de Fiscalización aprobado. Es responsable además de supervisar las actividades de los Fiscalizadores a su cargo así como de formular, proponer y ejecutar las actividades necesarias para la capacitación de los mismos.
Verificación de material electoral Fiscalizador Técnico Es el personal ubicado en cada JEE encargado de desarrollar actividades en el ámbito del uso de tecnologías de información y de comunicaciones que la ONPE y ODPE hayan implementado. Entre otras funciones se encarga de fiscalizar el centro de cómputo de la ODPE, la puesta cero de las bases de datos, software, el cómputo de resultados y las demás actividades relacionadas.
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Cómputo de resultados
Fiscalizador Provincial y Distrital Es la persona asignada a una provincia o distrito dentro de una circunscripción electoral y que entre otras actividades es responsable de desarrollar y ejecutar en campo los procedimientos de fiscalización electoral establecidos, así como de procesar la información recabada directamente o a través de los fiscalizadores a su cargo, generando reportes, informes y alertas al Coordinador de Fiscalización y Monitor de acuerdo a necesidad.
Fiscalizador de Local de Votación Es la persona contratada por el JEE, responsable de desarrollar y ejecutar los procedimientos de fiscalización electoral en el local de votación asignado, así como de reportar oportunamente las acciones y conducta de los actores electorales que contravengan la normativa electoral vigente, conforme a las instrucciones del Coordinador de Fiscalización y Fiscalizador Provincial.
Operativo de propaganda electoral
Operativo de Ley Seca
Escrutinio
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ATRIBUCIONES DE LOS FISCALIZADORES
Llevan a cabo la función fiscalizadora del JNE, por tanto, lo representan durante el proceso electoral ante cualquier otro funcionario o institución. Están respaldados por el mandato que la Constitución Política del Perú le atribuye al JNE. Tienen la autoridad, autonomía e independencia que el desarrollo de sus funciones exige.
RESTRICCIONES DE LOS FISCALIZADORES
No pueden interferir en las funciones de los demás órganos electorales No pueden desviar la conducta de las autoridades en provecho propio o de terceros. No pueden excederse en el desarrollo de sus labores ni en el ámbito de su circunscripción.
DIFERENCIAS ENTRE UN FISCALIZADOR Y UN FISCAL R O D A Z I L A C S I F
Ejerce una función exclusivamente dentro de un proceso electoral. Por ello su accionar estará limitado al mismo. Se limita a ofrecer las pruebas pertinentes referidas a cualquier irregularidad o delito electoral para que sea el representante del Ministerio Público quien continúe con las investigaciones y se proceda a la denuncia penal, si corresponde.
L A C S I F
Es el titular de la acción persecutoria del delito, y solamente a través de éste se formalizará una denuncia penal que puede llevar a la apertura de un proceso penal. Durante el proceso electoral, el fiscal analiza y califica las infracciones y delitos electorales, en base a las pruebas obtenidas; si lo considera pertinente, denunciará el hecho antes el juez correspondiente.
DIFERENCIAS ENTRE UN FISCALIZADOR Y UN OBSERVADOR R O D A Z I L A C S I F
Mandato Constitucional del JNE Debe garantizar que el Proceso Electoral se desarrolle dentro del marco de la legislación electoral. Es la función principal de un ente autónomo. Tiene la facultad y el deber de Fiscalizar todos los actos y actores del proceso Pueden y deben tomar las medidas necesarias para que los actos previstos por la ley se efectúen dentro del amparo de la misma. Son la autoridad electoral en lo que se refiere a Fiscalización. Pueden y deben solicitar la información que se requiera
R O D A V R E S B O
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Iniciativa de la Sociedad Civil, libremente asumida. Pretende comprometer a la ciudadanía en la claridad y legitimidad de un proceso. A través de una ONG que solicita su inscripción ante el JNE cumpliendo los requisitos de ley. Con derecho a presenciar ciertos actos. No pueden alterar el desarrollo de dichos actos ni intervenir directa o indirectamente en ellos. pueden sustituir u No obstaculizar a las autoridades electorales en el ejercicio de sus funciones. No pueden dirigirse a los funcionarios del JNE solicitando información o entrega de documentos oficiales.
¿A QUIÉNES SE FISCALIZA? Este es uno de los puntos neurálgicos de la actividad de fiscalización. Primero, es necesario distinguir que un proceso electoral implica la actividad de varios actores electorales (ver módulo 3) , protagonistas del mismo, y varios procedimientos electorales. Teniendo en cuenta que la fiscalización ti ene como objetivo central que el pr oceso electoral y el ejercicio del derecho de sufragio se realicen de acuerdo a ley, es importante entender que todas las acciones de fiscalización estarán dirigidas hacia el logro de estos objetivos. De acuerdo a la actividad, se fiscaliza el comportamiento de los siguientes actores electorales:
ONPE Y ODPE
RENIEC
Miembros de Mesa
Organizaciones Políticas: candidatos y personeros
Observadores Electorales
Autoridades, funcionarios y servidores públicos
Electores y ciudadanía en general (entre ellos encuestadoras, medios de comunicación que difunden encuestas y/o propaganda electoral y/o publicidad estatal, etc.)
Miembros de las FF.AA. y PNP.
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¿QUÉ Y CÓMO SE FISCALIZA? El Jurado Nacional de Elecciones a través de la Dirección Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales ha elaborado un Manual de Procedimientos de Fiscalización para Procesos Electorales, el cual normaliza las operaciones de fiscalización de todos los procesos electorales, cualquiera sea su naturaleza, envergadura, duración y complejidad. Entre los procedimientos que lo conforman tenemos:
C DIGO
DNFPE-P-033 DNFPE-P-034
Fiscalización de Declaración de Hojas de Vida de Candidatos
DNFPE-P-035
Fiscalización de Encuestas Electorales
DNFPE-P-036
Fiscalización de Publicidad Estatal
DNFPE-P-037
Fiscalización de la Neutralidad de Organismos y Funcionarios Públicos
DNFPE-P-038
Fiscalización de Propaganda Electoral
DNFPE-P-039
Fiscalización del cumplimiento de las Garantías del Proceso Electoral
DNFPE-P-001 DNFPE-P-002 DNFPE-P-003 DNFPE-P-004 DNFPE-P-005 DNFPE-P-006 C E I N E R Y E P N O : S E L A R O T C E L E S O M S I N A G R O S O L A
DNFPE-P-007 DNFPE-P-008 DNFPE-P-009 DNFPE-P-010 DNFPE-P-011 DNFPE-P-012 DNFPE-P-013 DNFPE-P-014 DNFPE-P-015 DNFPE-P-016 DNFPE-P-017 DNFPE-P-018 DNFPE-P-019 DNFPE-P-020 DNFPE-P-021 DNFPE-P-022 DNFPE-P-023 DNFPE-P-024 DNFPE-P-025 DNFPE-P-026 DNFPE-P-027 DNFPE-P-028 DNFPE-P-029 DNFPE-P-030 DNFPE-P-031 DNFPE-P-032 DNFPE-P-041
S S E O S L L E A S R R O O O D T T C C O T A E A L E
NOMBRE Fiscalización del Acto público de selección de los 25 ciudadanos candidatos a Miembros de los JEE Identificación de posibles "Electores Golondrinos” Verificación de la integridad y validación de los datos del Padrón Electoral Fiscalización de la Publicación de la Lista Padrón Inicial Fiscalización del Material educativo a utilizarse para la capacitación de los actores electorales Fiscalización de Acto Público de Sorteo de Ubicación de Bloques de Organizaciones Políticas en la Cédula de Sufragio Fiscalización de Instalación de la ODPE Fiscalización del Acto Público de Sorteo de Ubicación de Partidos Políticos y Alianzas Electorales en las Cédulas de Sufragio Fiscalización de los Actos Públicos de sorteo de asignación de números a las Organizaciones Políticas Locales y de Ubicación de Movimientos y Organizaciones Políticas Locales en las Cédulas de Sufragio Fiscalización de la Selección de 25 ciudadanos candidatos a Miembros de Mesa de Sufragio Fiscalización del Acto Público de Sorteo de Miembros de Mesa de Sufragio y de los resultados obtenidos Fiscalización de Difusión del Proceso Electoral Fiscalización de la Publicación de la Nómina de Miembros de Mesa de Sufragio Fiscalización de la Entrega de Credenciales a los Miembros de Mesa de Sufragio Fiscalización de la Capacitación Electoral de los Miembros de Mesa de Sufragio Fiscalización de la Publicación de la Ubicación de los Locales de Votación Fiscalización de la Pre-impresión de la Cédula de Sufragio Fiscalización de Impresión de las Cédulas de sufragio Fiscalización de Traslado de Material Electoral de imprenta a ONPE Fiscalización de la Impresión del Acta Padrón Fiscalización del Ensamblaje de Material Electoral Fiscalización de Despliegue de Material Electoral desde la ONPE a las ODPE Fiscalización del Arribo del Material Electoral a la ODPE Verificación del Material Electoral en la ODPE Fiscalización de la Publicación de Cartel de Candidatos Fiscalización del Despliegue del Material Electoral a los Locales de Votación Fiscalización de las Condiciones del Local de Votación Fiscalización de Día de la Votación Fiscalización del Repliegue de Actas Electorales del Local de Votación a la ODPE Fiscalización del Centro de Cómputo Descentralizado - ODPE Fiscalización de Simulacro de Cómputo de Resultados Fiscalización del Cómputo de Resultados Fiscalización del Acto público de sorteo para asignar el orden de aparición en la franja electoral de las organizaciones políticas Reporte y Seguimiento de Incidencias
En el módulo 4 se verá con detalle los procedimientos de fiscalización en los que interviene el Fiscalizador de Local de Votación.
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