Esta ley garantiza y estimula la propiedad inmobiliaria rural que cumple con su función económica y social. Dentro de los límites en ella regulados, regulados, su aplicación estará a cargo cargo del Organismo Organismo de Aplicación Aplicación establecido establecido por ley, sin perjuicio de la competencia que, en áreas específicas, las leyes atribuyesen a otros organismos del Estado.
%. Ley nº 1!"#$% 1!"#$% E&'a'('o E&'a'('o Agrar Agrario io ) Ar'*c(+o Ar'*c(+o %.) De +a Re0ora Re0ora Agrar Agraria ia y e+ De&arro++o R(ra+. a !eforma Agraria y el Desarrollo !ural se definen en los t"rminos y con el alcance establecidos en los Artículos #$, %&%, %&', %&( y concordantes de la )onstitución *acional. Esta !eforma promo+erá la adecuación de la estructura agraria, conducente al arraigo, al fortalecimiento, y a la incorporación armónica de la agricultura familiar campesina al Desarrollo *acional, para contribuir a superar la pobreza rural y sus consecuencias, a tra+"s de una estrategia general que integr integree prod product ucti+i i+idad dad,, sosten sostenibi ibilid lidad ad ambien ambiental tal,, partic participa ipació ción n y equida equidad d distributi+a. El Desarrollo !ural como producto producto de la !eforma Agraria comporta asimismo a- promo+er la creación y consolidación de asentamientos coloniales oficiales y pri+ados a objeto de lograr una racional distribución distr ibución de tierras tier ras agrícolas a los los bene benefi fici ciar ario ioss de esta esta ley ley que que no la posea posean n o la pose posean an en cant cantid idad ad insuficiente b- promo+er el acceso de la mujer a la propiedad de la tierra, garantizando su arraigo a tra+"s del acceso al título de propiedad, al cr"dito y al apoyo t"cnico oportuno c- promo+er promo+er el aumento aumento de la producti+ producti+idad idad agropecuari agropecuaria a para estimular el desarrollo agroindustrial, que permita mejorar las condiciones de +ida del sector rural d- fomentar y estimular la participación del capital pri+ado en los procesos de producción producción agropecuaria agropecuaria y en especial para la creación y el establecimiento de agroindustrias e- fomentar fomentar la organiza organización ción de cooperati+a cooperati+ass de producció producción n agropec agropecuaria uaria,, forestal y agroindustrial agroindustrial u otras organizaciones organizaciones similares de productores productores rural urales es que perm permit ita an cana canali liza zarr el cr"d cr"dit ito, o, la asis asiste tenc ncia ia t"cn t"cnic ica a y comercialización de la producción producción f- promocionar promocionar ante las entidades especializadas en la generación y tran transfe sfere renc ncia ia de tecn tecnol olog ogía íass la asis asiste tenc ncia ia t"cni t"cnica ca para para los los pequ peque/ e/os os y medianos productores rurales g- promo+er acuerdos interinstitucionales para el mejoramiento de la infraestructura +ial, de +i+iendas, de educación y de salud
Esta ley garantiza y estimula la propiedad inmobiliaria rural que cumple con su función económica y social. Dentro de los límites en ella regulados, regulados, su aplicación estará a cargo cargo del Organismo Organismo de Aplicación Aplicación establecido establecido por ley, sin perjuicio de la competencia que, en áreas específicas, las leyes atribuyesen a otros organismos del Estado.
%. Ley nº 1!"#$% 1!"#$% E&'a'('o E&'a'('o Agrar Agrario io ) Ar'*c(+o Ar'*c(+o %.) De +a Re0ora Re0ora Agrar Agraria ia y e+ De&arro++o R(ra+. a !eforma Agraria y el Desarrollo !ural se definen en los t"rminos y con el alcance establecidos en los Artículos #$, %&%, %&', %&( y concordantes de la )onstitución *acional. Esta !eforma promo+erá la adecuación de la estructura agraria, conducente al arraigo, al fortalecimiento, y a la incorporación armónica de la agricultura familiar campesina al Desarrollo *acional, para contribuir a superar la pobreza rural y sus consecuencias, a tra+"s de una estrategia general que integr integree prod product ucti+i i+idad dad,, sosten sostenibi ibilid lidad ad ambien ambiental tal,, partic participa ipació ción n y equida equidad d distributi+a. El Desarrollo !ural como producto producto de la !eforma Agraria comporta asimismo a- promo+er la creación y consolidación de asentamientos coloniales oficiales y pri+ados a objeto de lograr una racional distribución distr ibución de tierras tier ras agrícolas a los los bene benefi fici ciar ario ioss de esta esta ley ley que que no la posea posean n o la pose posean an en cant cantid idad ad insuficiente b- promo+er el acceso de la mujer a la propiedad de la tierra, garantizando su arraigo a tra+"s del acceso al título de propiedad, al cr"dito y al apoyo t"cnico oportuno c- promo+er promo+er el aumento aumento de la producti+ producti+idad idad agropecuari agropecuaria a para estimular el desarrollo agroindustrial, que permita mejorar las condiciones de +ida del sector rural d- fomentar y estimular la participación del capital pri+ado en los procesos de producción producción agropecuaria agropecuaria y en especial para la creación y el establecimiento de agroindustrias e- fomentar fomentar la organiza organización ción de cooperati+a cooperati+ass de producció producción n agropec agropecuaria uaria,, forestal y agroindustrial agroindustrial u otras organizaciones organizaciones similares de productores productores rural urales es que perm permit ita an cana canali liza zarr el cr"d cr"dit ito, o, la asis asiste tenc ncia ia t"cn t"cnic ica a y comercialización de la producción producción f- promocionar promocionar ante las entidades especializadas en la generación y tran transfe sfere renc ncia ia de tecn tecnol olog ogía íass la asis asiste tenc ncia ia t"cni t"cnica ca para para los los pequ peque/ e/os os y medianos productores rurales g- promo+er acuerdos interinstitucionales para el mejoramiento de la infraestructura +ial, de +i+iendas, de educación y de salud
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1er año de Derecho - Derecho Agrario 0- promo+er la reformulación del sistema impositi+o sobre la tierra para la consecución de los propósitos pre+istos en esta ley e, i- pro promoci mocion onar ar los los estu estudi dios os t"cn t"cnico icoss que que tien tienda dan n a defi defini nirr los los nue+ nue+os os asentamientos de acuerdo a la capacidad de uso del suelo en las diferentes regiones del país.
1e gara garant ntiz iza a la pro propied piedad ad pri+ pri+ad ada, a, cuyo cuyo cont conten enid ido o y lími límite tess será serán n establecidos por la ley, atendiendo a su función económica y social, a fin de 0acerla accesible para todos. a propiedad propiedad pri+ada es in+iolable. *adie podrá ser pri+ado de su s u propiedad sino en +irtud de sentencia judicial, pero se admite la e2propiación por causa de utilidad p3blica o de inter"s social, que será determinada en cada caso por ley. Esta garantizará el pre+io pago de una justa indemnización, establecida con+encionalmente o por sentencia judicial, sal+o los latifundios improducti+os destinados a la reforma agra agrari ria, a, conf confor orme me con con el pro procedi cedimi mien ento to para para las las e2pr e2pro opiac piacio ione ness a establecerse por ley.
)orresponde al Estado el dominio de los 0idrocarburos, minerales sólidos, líquidos y gaseosos que se encuentren en estado natural en el territorio de la !ep3blica, con e2cepción de las sustancias p"treas, p"treas, terrosas y calcáreas. calcáreas. El Estado podrá otorgar concesiones a personas o empresas p3blicas o pri+adas, mi2tas, nacionales o e2tranjeras, para la prospección, la e2ploración, la in+estigación, el cateo o la e2plotación de yacimientos, por tiempo limitado. a ley regulará el r"gimen económico ec onómico que contemple los intereses del Estado, los de los concesionarios y los de los propietarios que pudieran resultar afectados.
a reforma agraria es uno de los factores fundamentales para lograr el bienestar rural. Ella consiste en la incorporación efecti+a de la población campes campesina ina al desarr desarrol ollo lo económ económico ico y social social de la *ación *ación.. 1e adopta adoptarán rán sistemas equitati+os de distribución, propiedad y tenencia de la tierra se organizarán el cr"dito y la asistencia t"cnica, educacional y sanitaria se fomentará la creación de cooperati+as agrícolas y de otras asociaciones similares, y se promo+erá la producción, producción, la industrialización y la racionalización del mercado para el desarrollo integral del agro.
3on&'i'(ci/n Naciona+ ) Ar'*c(+o 119 ) De +a& 7a&e& -e +a re0ora agraria y -e+ -e&arro++o r(ra+
a reforma agraria y el desarrollo rural se efectuarán de acuerdo con las siguientes bases
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1er año de Derecho - Derecho Agrario %-la adopción de un sistema tributario y de otras medidas que estimulen la producción, desalienten el latifundio y garanticen el desarrollo de la peque/a y la mediana propiedad rural, seg3n las peculiaridades de cada zona '-la racionalización y la regularización del uso de la tierra y de las prácticas de culti+o para impedir su degradación, así como el fomento de la producción agropecuaria intensi+a y di+ersificada (-la promoción de la peque/a y de la mediana empresa agrícola 4-la programación de asentamientos campesinos la adjudicación de parcelas de tierras en propiedad a los beneficiarios de la reforma agraria, pre+iendo la infraestructura necesaria para su asentamiento y arraigo, con "nfasis en la +ialidad, la educación y la salud 5-el establecimiento de sistemas y organizaciones que aseguren precios justos al productor primario 6-el otorgamiento de cr"ditos agropecuarios, a bajo costo y sin intermediarios $-la defensa y la preser+ación del ambiente 7-la creación del seguro agrícola #-el apoyo a la mujer campesina, en especial a quien sea cabeza de familia %&-la participación de la mujer campesina, en igualdad con el 0ombre, en los planes de la reforma agraria %%-la participación de los sujetos de la reforma agraria en el respecti+o proceso, y la promoción de las organizaciones campesinas en defensa de sus intereses económicos, sociales y culturales %'-el apoyo preferente a los connacionales en los planes de la reforma agraria %(-la educación del agricultor y la de su familia, a fin de capacitarlos como agentes acti+os del desarrollo nacional %4-la creación de centros regionales para el estudio y tipificación agrológica de suelos, para establecer los rubros agrícolas en las regiones aptas %5-la adopción de políticas que estimulen el inter"s de la población en las tareas agropecuarias, creando centros de capacitación profesional en áreas rurales, y %6-el fomento de la migración interna, atendiendo a razones demográficas, económicas y sociales.
3on&'i'(ci/n Naciona+ i,ro-(c'io& 4
) Ar'*c(+o 11! ) De +o& +a'i0(n-io&
)on el objeto de eliminar progresi+amente los latifundios improducti+os, la ley atenderá a la aptitud natural de las tierras, a las necesidades del sector de población +inculado con la agricultura y a las pre+isiones aconsejables para el desarrollo equilibrado de las acti+idades agrícolas, agropecuarias, forestales e industriales, así como al apro+ec0amiento sostenible de los recursos naturales y la preser+ación del equilibrio ecológico. a e2propiación de los latifundios improducti+os destinados a la reforma agraria será establecida en cada caso por la ley, y se abonará en la forma y en el plazo que la misma determine.
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1er año de Derecho - Derecho Agrario
3once,'o& 7:&ico&
Derecho Agrario -e0inici/n -e 3arrara4 Origen coo ciencia.
Es el conjunto de normas y principios ue regulan las relaciones Agrarias de los sujetos! y los "ienes inter#inientes! en las relaciones jur$dicas% El derecho agrario se separa del derecho ci#il% &e origin' en (talia con Arcangeli! )arrara! &emo y otros a partir del año 1*2+ sistemati,ando sus principios y doctrinas%
3ar:c'er -e+ Derecho Agrario4 Ti('io4 usca la protecci'n del campesino% Din:ico4 regula y se adapta seg.n la realidad misma ue es cam"iante • •
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adaptándose a medida ue surgen las necesidades% Econ/ico y &ocia+4 Porue "usca la repartici'n ecuánime de las riue,as para el "ienestar social% E& naciona+ y a('/c'ono / porue a cada pa$s y en cada regi'n se adapta a las necesidades propias de cada ,ona% E& 2(7+ico/ porue sus aspectos atañen al derecho p."lico mas ue al pri#ado%
A('ono*a -e+ -erecho Agrario4
Es aut'nomo porue se rige por su propio estatuto! el Estatuto Agrario 0ey nº 13+2 y sus propias leyes% eno#ándose seg.n la necesidad del cam"io ue reuiera la acti#idad agraria% 0a autonom$a es jur$dica! legislati#a! doctrinaria y didáctica%
Re+acione& con o'ra& raa& -e+ -erecho4 Derecho 3on&'i'(ciona+4 Porue la misma )onstituci'n contiene temas de •
derecho Agrario% •
Derecho 3ii+4 Porue el derecho Agrario surge del derecho )i#il! tanto en contratos como en manejo de los "ienes%
•
Derecho A-ini&'ra'io4 Porue el Estado 5orma di5erentes instituciones para el planeamiento y ejecuci'n de una pol$tica Agraria 6acional%
•
Derecho La7ora+ / porue el derecho 0a"oral ige las relaciones entre los sujetos Agrarios%
•
Derecho 2ena+4 Porue sanciona y regula hechos il$citos con respecto a los agrario%
F(en'e& -e+ -erecho4 La co&'(7re La Ley • •
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1er año de Derecho - Derecho Agrario • •
La 8(ri&,r(-encia La -oc'rina.
Ac'ii-a-e& Agraria&; 3once,'o.
Acti#idad humana ue "usca hacer producir apro#echarla%
la naturale,a con el 5in de
Ac'ii-a-e& Agraria&. 3+a&i0icaci/n y ha7+ar -e (na -e e++a&4 3+a&i0icaci/n 2ro-(c'ia4 Es la e8plotaci'n del hom"re a la •