El derecho es una disciplina científica de las cuales su marco es social, pero el derecho penitenciario es una especialidad de tipo sociológico y criminológicoFull description
Descripción completa
Descripción: Derecho penitenciario
Mes de mayo 2017
Descripción: Cartilla de Derecho Penitenciario
Versa sobre el derecho penitenciario en el perúFull description
EJECUCION PENAL
jefferson
Esta es una recopilación de tests de Derecho Penitenciario de la UDIMADescripción completa
Descripción: Resumen esquemático del tema La primera Guerra Mundial de Historia del mundo contemporáneo.
Esquema Derecho Penitenciario – Tema 7
TIPOS de RÉGIMEN
Ordinario
Penados 2º grado Penados sin clasificar Detenidos y presos
Abierto
Penados 3er grado Penados 1er grado
Peligrosidad extrema
Preventivos
Inadaptación regímenes comunes
Cerrado LIMITACIONES REGIMENTALES (art. 75 R.P.) Aseguramiento persona Seguridad y orden Tratamiento Grado clasificación
Límites generales
Salvaguardar vida o integridad Acuerda
Director
Levantamiento
notificación solicitud traslado al Centro Directivo
Hospitalarios Psiquiátricos Rehabilitación social entidad
Estructura
Unidades Módulos Máx 350 internos
CONCEPTO de ESTABLECIMIENTO (art. 10 R.P.)
PRINCIPIO CELULAR (art. 13 R.P.)
arquitectónica administrativa funcional
Definición
norma general celdas individuales
con organización propia Departamentos
petición del interno, excepto razones excepto carencia de plazas individuales
tratamiento médicas orden seguridad
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Esquema Derecho Penitenciario – Tema 7 RÉGIMEN ORDINARIO Horario Calendario actividades
Descanso nocturno Asuntos propios Tratamiento, etc.
Consejo Dirección Consejo Dirección Contenido
RÉGIMEN PREVENTIVOS
APLICACIÓN del RÉGIMEN CERRADO PREVENTIVOS
Mensualmente
conocimiento internos lugar visible
días y horas realización internos afectados
Carácter general
comunicación al Centro Directivo Antes del día 15 del mes anterior para ratificación o reforma
Régimen ordinario
Excepción
régimen cerrado
Informes
Jefe Servicios Equipo Técnico
Notificación
Mín. 8 horas Mín. 2 horas Tiempo suficiente
interno J.V.P.
Traslado
notificación
Revisión
Máx. 3 meses
propuesta aprobación
Junta Tratamiento Centro Directivo
Máx. 24 horas Máx. 72 horas
Ejecución inmediata
J.V.P. A.J.
Orden INT/1127/2010. El titular de la Subdirección General de Tratamiento y Gestión Penitenciaria, por delegación del titular de la Dirección General de Coordinación Territorial y Medio Abierto, ejercerá las siguientes atribuciones respecto a los internos no vinculados a organizaciones terroristas o internos cuyos delitos no se hayan cometido en el seno de organizaciones criminales:
Acordar la aplicación de las previsiones contenidas en el artículo 10 de la Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria, a los internos preventivos. Autorizar las modalidades de vida a los preventivos y penados que se encuentren en régimen cerrado.