DERECHO NOTARIAL III 1.
DERECHO REGISTRAL R EGISTRAL::
1.1.
Defnición: Es el conjunto de principios, doctrinas y
normas jurdicas !ue "acen !ue todos a!uellos actos o "ec" "ec"os os jur jurdi dico coss surt surtan an e#ec e#ecto toss entr entre e las las part partes es y principalmente #rente a terceros con#orme a un sistema le$alistas !ue sin ser parte del Derec"o Ci%il, "ace uso de toda todass a!ue a!uell llas as inst instit ituc ucio iones nes !ue !ue #und #undam ament entan an al mismo& 1.2.
Principios Regístrales: Regístrales: a) b)
c)
d)
e)
f)
2.
'rincipio de ro$aci(n: Los actos son solicitados y no de o)cio& 'rincipio de Inmediaci(n: Es por la relaci(n !ue $uarda el re$istrador en todos los actos a re$istrarse, pues es *l !uien autori+a& 'rinc rincip ipio io de Co Cons nsen enti timi mien ento to:: El inte intere resa sado do o interesados estn de acuerdo en !ue se realice la inscripci(n& 'rinc rincip ipio io de 'rior riorid idad: ad: -uie -uien n "a o.te o.teni nido do una una inscripci(n tiene derec"o a presentarla y "acerla %aler ante terceros y ante !uien pretenda "acer otra inscripci(n posteriormente& 'rincipio de Inscripci(n: A!uellos actos !ue para !ue surtan todos sus e#ectos jurdicos, es necesario se encuentren inscritos en un u n re$istro p/.lico& 'rin 'r inci cipi pio o de Tract racto o suce sucesi si%o: %o: Es por por el cual cual se respeta y reconoce al inscrito con anterioridad, por lo !ue !ue se lle% lle%a a un estr estric icto to or orde den n y contr ontrol ol en cuanto al momento de la inscripci(n de cada acto&
RELACIO0 DEL 0OTARIO CO0 LOS DI1ERE0TES REGISTROS:
2.1.
Con El Registro General de la Propiedad : Es en
relaci(n a !ue estos re$istros p/.licos tienen por o.jeto la inscripci(n, anotaci(n y cancelaci(n de actos relati%os al domi domini nio o y dem demss der derec" ec"os reale ealess so.r o.re .iene ieness inmue.les y mue.les indeti)ca.les& 2.2.
Con El Registro Ciil: 'or ser este el encar$ado de
"ac "acer cons onstar tar el esta estado do ci%il i%il de las las pers perso onas nas y la e2istencia le$al de las personas colecti%as& 2.3.
Con el Registro !ercantil: 3a !ue es la instituci(n
p/.l p/.lic ica a respo espons nsa. a.le le de dar dar se$u se$uri rida dad d a los los acto actoss mercantiles !ue por mandato le$al de.en de inscri.irse a"& 2.4.
Registro de "andatos : Adscrito al Arc"i%o General
de 'rotocolos, es el !ue sistemati+a y da se$uridad "a esta clase de contratos& 2.5.
Registro de la Propiedad Ind#strial : Es el !ue lle%a
la constancia p/.lica de ad!uisici(n, uso, modi)caci(n, tran transm smis isi( i(n n o e2ti 2tinci( nci(n n de las pate patent ntes es,, mar marcas, as, nom.res comerciales, modelos y recompensas& 2.6.
Regi Regist stro ro de C#en C#enta ta Corr Corrie ient nte e 45atricula 45atricula 1iscal6: iscal6:
7etu "a sa.er, pero ni los John Jordianos&
3.
LA 89RISDICCIO0 OL90TARIA&
Se$u e$urame rament nte e los primeros asuntos de 8urisdicci(n oluntaria ante notario #uer #uero on la declaraci(n de "ec"o ante notario y el matr matrim imon onio io nota notari rial al&& En ;<=> ;<=> el C' C'Cy Cy5, 5, ampl ampli( i( el campo de acci(n del notario en asuntos de 8urisdicci(n olun olunta tari ria, a, re$ula $uland ndo o aspe aspecctos tos co como mo:: El 'roc oces eso o
3.1.
Ante Antece cede dent ntes es
en
G#at G#ate" e"al ala a:
Sucesorio Intestato y T Testamentario? estamentario? La Identi)caci(n de Tercero Tercero y la 0otoriedad? y, Las Su.astas %oluntarias& El C(di$o Ci%il del mismo a@o, re$ulo en este campo so.re el 5atrimonio, la 9ni(n de Hec"o e Identi)caci(n de 'ersonas& Principios &ol#ntaria:
3.2.
a)
b)
c) d)
e)
f)
g)
$#nda"ental
de
la
%#risdicción
De la 1orma: Indica !ue de.emos siempre se$uir la #or orm ma det determinada al redactar las actas notariales y resoluciones notariales, estas /ltimas aun! aun!ue ue son son de reda redacc cci( i(n n disc discrrecio eciona nal, l, tien tienen en re!uisitos mnimos y un orden l($ico& De Inmediaci(n: El notario de.e estar en contacto directo con los re!uirientes o solicitantes, con los "ec"os y actos !ue se producen dando #e de ello& De Ro$aci(n: El not notario rio act act/a solamen mente a instancia de parte y no de d e o)cio& Del Consentimiento: Este es un principio esencial, ya !ue de no e2istir entre las personas a#ectadas, el nota notari rio o no pue puede actu actuar ar&& La rati) ati)ca cacci(n i(n y aceptaci(n !ueda plasmada mediante la )rma en el documento, siendo *sta la #orma de plasmar el consentimiento& De Se$uridad 8urdica: Los actos !ue le$ali+a el notario en esta tramitaci(n, se tiene por ciertos, pues pues $o+a $o+an n de cert certid idum um.r .re e o cert certe+ e+a a jur jurdi dica ca contr co ntra a terc tercer eros os y "ace "acen n plen plena a prue prue.a .a,, sal% sal%o o el der derec"o ec"o de los los inte intere resa sado doss de redar edar$ $ir irlo loss de nulidad o #alsedad& De Autenticaci(n: La autori+aci(n e inter%enci(n del notario, con la )rma y sello re$istrados, le dan autenticaci(n a los actos !ue documenta& De 1e '/.lica: Este es un prin rincipio real del Derec"o 0otarial, y es una $aranta !ue el Estado da a los particulares al in%estir al 0otario, por lo !ue los actos por *ste reali+ados de.en ser respetados y tenidos por ciertos&
h)
De 'u.licidad: Los actos !ue autori+a el 0otario son p/.licos? por medio de la autori+aci(n notarial se "ace ace p/.li /.licca la %olun olunta tad d de la pers perso ona& na& El notario de.e de dar certi)caciones a los interesados de las actuaciones&
Principios Generales Jurisdicción Voluntaria Voluntaria: 1. 2. 3. 4. 5. 6.
4.
que
informan
a
la
Escritura? Inmediaci(n 'rocesal? Dispositi%o? 'u.licidad? Economa 'rocesal? y, Sencille+&
LA 1OR5A 0OTARIAL E0 LOS AS90TOS DE 89RISDICCIO0 OL90TARIA:
En el acta notarial de re!uerimiento, cuando se re!uiere al notario para !ue lle%e las actuaciones, se da principio el proceso, de.e de llenar los re!uisitos le$ales&
4.1.
Acta Actas s
Nota Notari rial ales es:
Su redacci(n es discr discrec ecio iona nal, l, pero pero de.e de.e de co cont nten ener er la dire direcc cci( i(n n del notario, la #ec"a, el lu$ar, la disposici(n !ue se dicte y la )rma )rma del del nota notari rio o& En los los a%is a%iso o de.e de.e de incl inclui uirs rse e la direcci(n del notario& En la resoluci(n )nal de.en de "acerse la consideraciones del caso, para as #undamentar su declaraci(n&
4.2.
Reso Resol# l#ci cion ones es
Nota Notari rial ales es:
Su redacci(n es discrecional, pero de.e de indicar el contenido de la actuaci(n noti)cada&
4.3.
Noti Notifc fcac acio ione nes s
Nota Notari rial ales es:
El notario de.e de e2ped pedir las cert erti)caciones !ue los interesado le soliciten, pero siem.re so.re la resoluci(n del asunto sometido a sus actuaciones&
4.4.
5.
Certifca Certifcacione ciones s
Notarial Notariales es:
'ROCESO S9CESORIO:
El trmite ante notario se lle%a a ca.o en tres #ases, de la #orma si$uiente:
5.1.
Proc Proces eso o
'#ce '#ceso sori rio o
E(tr E(tra) a)#d #dic icia iall
Inte In test stad ado o:
A6 Fase Notarial : 1.1. Acta cta nota notari rial al de re!ue e!ueri rimi mien ento to,, pres presen enta tand ndo o los los documentos esenciales para la radicaci(n: cert erti)c i)caci(n de de#unc unci(n del causante y los justi)cati%os del parentesco, parentesco, si #uere el caso& 1.2. 'rimera Resoluci(n Resoluci(n en la cual se resuel%e: a) Declarar promo%ido el proceso sucesorio& b) A%isar Al Re$istro de 'rocesos Sucesorios 4art& B, Dto& Le$islati%o >6& c) Solicitar In#ormes a los Re$istros de la 'ropiedad, so.re s el causante otor$o testamento o donaciones por causa de muerte& d) 1ijar el lu$ar, #ec"a y "ora par para la junta de "erederos e interesados& e) 'u.licar edictos citando a los !ue ten$an inter*s& 0om.rar e2perto %aluador& f) g) Darle inter%enci(n al 5inisterio '/.lico 4'G06& h) Esta.lecer !ue lo dems solicitado ser resuelto en su oportunidad&
'u.li u.lica cacci(n i(n de los Edic Edicto toss en el Diari iario o de Centr entro o Am*rica& 1.4. Dar a%iso al Re$istro de 'rocesos Sucesorios& 1.3.
Solicitud de in#ormes a los Re$istros de la 'ropiedad, esto por!ue el causante pudo "a.er otor$ado donaci(n por causa de muerte o testamento, y la ley indica !ue el nota notari rio o !ue !ue auto autori ricce cua cual!ui l!uie era de los dos dos acto actoss mencionados de.e de dar a%iso a este Re$istro& Re$istro& 1.6. Acta 0otarial de 8unta de 'resuntos Herederos: En esta se "ace constar !ue los presuntos "erederos e2presan su aceptaci(n a la "erencia& El c(nyu$e sup*rstite podr pedir !ue se "a$a constar lo relati%o a .ienes $ana $ananc nciiales ales&& La inas inasis iste tenc ncia ia justi usti) )cada cada de al$/ al$/n n "eredero no impedir !ue la junta se realice, pudiendo constar constar posterior posteriormente mente ante el notario lo !ue con%en$a a su derec"o& 1.7. Acta 0otarial de In%entario: El 0otario de.e de proceder a #accionar #accionar el acta notarial de in%entario in%entario del patrimonio patrimonio "eredi "ereditar tario, io, especi especi)c )cando ando detall detallada adamen mente te los .ienes .ienes,, derec"os y acciones !ue constituyen el acti%o, con su %alor actual 4pre%io a%al/os6& El pasi%o est #ormado por las las o.li o.li$a $aci cion ones es,, $ast $astos os dedu deduci ci.l .les es y las las co cost stas as !ue !ue $ra%an la "erencia& Tam.i*n Tam.i*n indicar lo relati%o a .ienes $ana $ananc ncia iale less y liti liti$i $ios osos os&& Al acta acta se adju adjunt ntar ar los los documentos !ue justi)!ue el pasi%o& 'ara redactar *sta acta, se de.e de atender lo indicado en el artculo y su.s su.si$ i$ui uien ente tess del del C' C'Cy Cy5, 5, en ella ella se de.e de.er rn n usar usar %alores num*ricos y columnas& Audien enci cia a al 5ini 5inist ster erio io '/.li /.lico co:: Lo !ue !ue se "ace "ace al 1.8. Audi presentar el e2pediente a dic"a instituci(n para reca.ar opini(n, dic"a opini(n es %inculante& 1.5.
Auto Auto Decl Declar arat ator orio io de Her Hereder ederos os:: Co Con n el dict dictam amen en #a%ora.le del 5inisterio '/.lico, en %ista de lo actuado y los doc documentos aportados dos, el notario dictar la resoluci(n )nal en #orma ra+onada reconociendo como "erederos le$ales a !uienes corresponda se$/n el orden de sucesi(n intestada re$ulada en los artculos ;F a ;F del C(di$o Ci%il, as:
1.9.
En primer lu$ar a los "ijos, incluyendo los adopti%os y el c(nyu$e !ue no ten$a derec"o a $ananciales& Estos "eredan en partes i$uales& b) A #alta de "ijos, "eredan los ascendientes ms pr(2imos y el c(nyu$e por partes i$uales& Si solo "u.iera una de esas partes, a *sta le corresponde toda la "erencia& c) A #alta de descendientes, ascendientes y c(nyu$e, sucedern los parientes colaterales "asta el cuarto $rado& Esta declaraci(n de "erederos se "ace sin perjuicio de tercero, de i$ual o mejor derec"o, lo !ue puede ser reclamado durante lo ;F a@os si$uientes& a)
B)
Fase Administrativa:
Esta comprende la li!uidaci(n de la mortual por parte del Departamento de Herencias, Le$ados y Donaciones de la Direcci(n de Catastro y A%al/o de 7ienes inmue.les&
a)
b) c)
El notar otario io entr entre$ e$ar ar el e2ped 2pedie ient nte e para para !ue !ue procedan a e#ectuar la li!uidaci(n )scal de acuerdo con co n las las disp dispos osic icio ione ness de la Ley de "er "erenci encias as,, le$ados y donaciones& Esta Esta li!u li!uid idac aci( i(n n de.e de.e de ser ser apr apro.ad o.ada a por por la Contralora de Cuentas& 9na %e+ %e+ apr apro.a o.ada la li!u li!uid idac aci( i(n n )sca )scall de.e de.e procederse a e#ectuar el pa$o de los impuestos correspondientes&
C)
Fase de Titulación y Registro :
El notario notario esta o.li$ado o.li$ado a compulsar compulsar testimonio testimonio de las partes conducentes del proceso, de.iendo insertar en todo caso caso los los pasa pasaje jess !ue !ue co cont nten en$a $an n el reco recono noci cimi mient ento o de "erederos, la apro.aci(n de las actuaciones y li!uidaci(n )scal& Este testimonio testimonio con duplicado duplicado se de.e de presentar presentar a los re$istros correspondientes dentro de los !uince das si$uientes a su compulsi(n y dar adems los a%isos !ue corresponden para los traspasos&
D)
Remisión del Epediente:
9na %e+ cumplidas todas las dili$encias corrresp co respon ondi dien ente tes, s, el nota notari rio o remi remiti tir r el e2pe e2pedi dien ente te al Arc Arc"i% "i%o Gene Genera rall de 'rotoc otocol olos os&& 're%i e%iamen amente te y si es re!uerido podr proceder a e#ectuar la partici(n de los .ien .ienes es&& El e2ped 2pedie ient nte e )nal )nalme ment nte e !ued !ueda a en el Arc" Arc"i% i%o o General de 'rotocolos& 'rotocolos&
&B& El Proceso '#cesorio Testa"entario & Di#erencias entre el 'roceso Intestados y Testamentario: Testamentario: La e2istencia de testamento del causante "ace la di#erencia esencial, as como el apa apareci ecimient ento de le$atarios& Al tramitarse el proceso testamentario de.en tomarse en cuenta, entre otros los si$uientes pasos: a) Al radicarlo de.e tenerse el testimonio del testamento de.idamente inscrito en el Re$istro de la 'ropiedad& b) En la 8unta de "erederos de.e darse lectura al testamento, para !ue los "erederos y le$atarios e2presen su aceptaci(n a la "erencia y se reconocen recprocamente se derec"os "ereditarios& c) En lo !ue !ue respe espect cta a al 5ini 5inist ster erio io '/.li /.lico co,, *ste *ste pue puede impu$ mpu$na narr dete deterrmi mina nada dass clus usulas ulas del del testamentos, sin causar la nulidad de *ste, en este
caso el notario puede "acer la declaratoria, pero, !uedar o.li$ado a someter el e2pediente al 8ue+ competente& Si se impu$na la %alide+ del testamento o la capacidad para suceder de al$/n "eredero o le$atario, la contro%ersia se sustentar en juicio ordinario y el notario remitir el e2pediente al jue+ competente& Si la opini(n del 5inisterio p/.lico es #a%ora.le, el notari notario o resol resol%er %er en #orma #orma ra+ona ra+onada da recon reconoci ociend endo o como "erederos y le$atarios a los instituidos en el testamento&
6.
LA IDE0TI1IACIO0 DE TERCERO: TERCERO:
6.1.
Di*erencia con la Identifcación de persona:
La identi)caci(n de tercero la "ace otra persona distinta a !uien se identi)ca 4por!ue no pude o no !uiere acudir ante el notario6, en el caso de la identi)caci(n de persona, es la propia persona la !ue acude a su identi)caci(n& Los dos casos proceden cuando, la persona a !uien se identi)ca usa incompleto su nom.re o usa otro !ue no es el !ue le apar aparec ece e en su part partiida de nac nacim imie ient nto, o, por por lo !ue !ue se proc proced ede e "a iden identi ti)c )car ar co con n en un Acta cta de 0o 0oto tori ried edad ad 4ide 4ident nti) i)ca caci ci(n (n de ter tercer cero6 y en escr escrit itur ura a p/.l p/.lic ica a 4la 4la identi)caci(n de persona6& Lue$o de las pu.licaciones de los edictos, y dentro de los die+ das si$uientes puede dar una oposici(n, la cual se se$uir en 8uicio Ordinario, si no se "iciere oposici(n al$una, entonces el notario proceder a "acer constar la Identi)caci(n de 'ersona o la Identi)caci(n de Tercero, se$/n el caso, en un Acta de 0otoriedad& a) Acta cta de 0o 0oto tori ried edad ad:: a re!ue e!ueri rimi mien ento to de part parte e interesada, compro.ando la calidad con !ue act/a? en la misma se "ace declaraci(n 8urada del del re!uiriente acerca de los e2tremos de su solicitud? de.e de darse la declaraci(n de dos testi$os, como mnimo, pudiendo ser parientes de la persona a
identi)car? relaci(n de los documentos !ue se "an tenido a la %ista? y, declaraci(n de la notoriedad de la identi)caci(n, justi)cada su)cientemente a juicio del notario& b) Trmite: Trmite: .&;&6 Acta de Re!uerimiento? Re!uerimiento? .&B&6 .&B&6 'r 'rime imera ra Resoluc esoluci(n i(n,, dando dando trmit trmite e a las dili dili$e $enc ncia iass de iden identi ti)c )cac aci( i(n n de pers person ona a o de tercero, se$/n el caso, ordenando la pu.licaci(n de los edictos? .&>&6 .&>&6 'u.li 'u.licac caci(n i(n de los edicto edictoss en el Diario Diario de Centro Am*rica? .&&6 Si e2iste oposici(n, el notario suspende la dili$encias y remite al 8ue+ de primera Instancia competente? .&& .&&66 Si no "u.i "u.ier ere e opos oposic ici( i(n, n, el nota notari rio o "ar "ar constar la notoriedad en Acta 0otarial? .&=&6 Se certi)ca el acta de marras, en duplicado y se en% en%a a al Re$is e$istr tro o Ci%i i%il dond donde e apar parece ece re$ist e$istra rado do el naci nacimi mien ento to de la pers person ona a cuya cuya identi)caci(n se trate& .&&6 Se remite el e2pediente al Arc"i%o General de 'rotocolos&
7.
LA A9SE0CIA&
7.1.
A#sente: -uien no se encuentre en el lu$ar de
re#erencia& Con mayor #recuencia, se dice ausente de !uie !uien n no se encue ncuent ntra ra en el lu$a lu$arr donde onde de.e de.erra encontrarse? ya para usar de al$/n derec"o o #acultad, ya para !ue otro ejercite uno o una contra *l& 5s concretamente, la persona cuyo paradero y e2istencia se i$no i$nora ra,, por por "a.e "a.err desa desapa parrecid ecido o de su domi domici cili lio o "a.itual o de "a.er dejado de dar noticias suyas& 7.2. Tr+"ite: a) Acta 0otarial de Re!uer uerimiento: En *sta el solic olicit itan ante te,, !ue pued puede e ser ser cual ual!uie !uierr pers person ona a
interesada, acude ante el notario, e2poni*ndole el "ec"o de la ausencia, la #alta de un mandatario !ue pueda representar el presunto ausente y el tiempo de la ausencia& De.e acompa@ar la prue.a documental del caso& Es importante sa.er, de i$ual #or #orma, ma, para para !ue !ue se soli solici cita ta la decl declar arat ator oria ia de ausencia& 'rimera Resoluci(n: Esta es para darle trmite a la solicitud, teniendo por incorporados los documentos !ue se "u.iera presentado y ordenado: .&;6 0ot 0oti)car al 5in 5inisterio '/.l '/.liico com como representante de los ausentes& .&B6 Reci.ir eci.ir la prue.a testimonial testimonial !ue se "u.iere "u.iere o#recido& .&>6 La pu.licaci(n de los edictos en el Diario de Centr ntro Am*rica y en otro de los de mayor circulaci(n& b)
c)
Declaraci(n Testimonial: Esta se reci.e en Actas 0otariales, el prop(sito de las mismas es esta.lecer esta.lecer el "ec"o de la ausencia? ausencia? el "ec"o de no tene tenerr repr epresen esenta tant nte e el pres presun unto to ause ausent nte e y el tiempo !ue lle%a la ausencia&
d)
'u.li u.lica caci ci(n (n de los los edic edicto tos: s: En esto estoss se cita ita al presunto ausente, y tam.i*n a los !ue se cons co nsid ider eren en co con n dere derec" c"o o a repr repres esent entar arlo lo&& De.e De.e indicarse el asunto para el cual "a sido pedida la declaratoria de ausencia&
e)
Oposici(n: Esta puede ser de dos tipos, a sa.er: 1.
La !ue presenten %arias personas reclamando tener derec"o para representar al presunto ausente, en este caso la cuesti(n se resuel%e en incidente judicial? y al declararse la ausencia, el jue+ nom.rar a la persona !ue ten$a mejor derec"o? y,
2.
La otra oposici(n puede ser a la declaratoria por la misma persona cuya ausencia se peda, o por al$una persona con derec"o a repres epresen enta tarl rlo& o& En este este caso caso el asun asunto to ser ser decl declar arad ado o co cont nten enci cios oso o y se su.s su.sta tanc ncia iar r judicialmente en la %a sumaria& sumaria&
f)
0om.ramiento de De#ensor 8udicial: Si no e2istiere oposici(n, reci.idas las prue.as y pu.licados los edictos, edictos, el notario notario de.e presentar presentar el e2pediente e2pediente al tri.u ri.una nall com ompe pete tent nte e para para nom om.r .rar ar de#e de#ens nso or judicial y continuar con el trmite& A!u )nali+a la el trmite notarial y se con%ierte o.li$atoriamente en judicial, siendo *ste un proceso de naturale+a mi2ta, ya !ue lo inicia el notario y lo )nali+a el jue+& So.re !uien es jue+ competente, esto de.e de cole$irse de la naturale+a del asunto para lo cual se pidi( la declaratoria de ausencia, si se trata de un asuntos relati%o a la #amilia, el competente ser el jue+ de #amilia&
g)
Resoluc esoluci(n i(n o Auto Auto )nal )nal declar declarand ando o la ausenc ausencia: ia: Este lo dicta el jue+ con inter%enci( inter%enci(n n del 5inisterio 5inisterio '/.lic /.lico o y del del de#en de#enso sorr judi judici cial al&& Se nom. nom.ra ra un $uardador !uien asume la representaci(n judicial del del ause ausent nte e y el dep( dep(si sito to de los los .ien .ienes es,, si los los "u.iera&
Es importante "acer notar, !ue el notario, antes de entre$ar el e2pediente al jue+, en cual!uier momento pued puede e pedi pedirr la inte inter%e r%enc nci( i(n n judi judici cial al,, pidi pidien endo do las las medidas precautorias ur$entes !ue sean necesarias&
8.
DIS' DIS'OS OSIC ICIO IO0 0 3 GRAA5E0 A5E0 DE 7IE0E IE0ES S DE 5E0O 5E0ORE RES, S, I0CA'ACES 3 A9SE0TES:
Es importante se@alar, !ue no se puede disponer ni $ra%ar .ienes de menores, incapaces o ausentes, sin !ue pre%iamente se "aya conse$uido la declaratoria con lu$ar de las dili$encias cono co noccidas das com omo o de util tilidad idad y neces ecesid ida ad& 'or lo anter nterio iorr de.emos de aclarar !ue entonces, los menores son representados por !uienes ejer+an la patria potestad o la tutela de los mismos, los incapaces son representados por la persona !ue !ue "aya "aya des desi$na i$nado do el jue+ jue+ al mo mome ment nto o de dec declara larada da la interdicci(n y los ausentes por el $uardador !ue el jue+ "aya nom.rado al momento de declarar la ausencia& De.emos de tener un marco te(rico mnimo para iniciar a tratar la instituci(n de este titulo, de esa cuenta lo se@alado anteriormente, y lo si$uiente: 'or utilidad de.emos de entender !ue se trata de un pro%ec"o material, .ene)cio de cual!uier ndole, %entaja, inter*s o r*dito? y, por necesidad, la #alta de lo principal para la e2istencia, escase+, #alta de al$o, $ra%e ries$o !ue re!uiere pronto y e)ca+ au2ilio& 'ara enajenar o $ra%ar .ienes de menores, incapaces o ause ausent ntes es,, el !ue !ue los los ten$ ten$a a .ajo .ajo se admi admini nist stra raci ci(n (n de.e de.er r o.te o.tene nerr lic licenc encia judi judiccial, ial, pro pro.and .ando o plen plenam amen ente te !ue !ue "ay "ay necesidad ur$ente o !ue resulte mani)esta utilidad en el acto !ue se pretende %eri)car, en #a%or de su representado, y se$/n nuestra le$islaci(n, "ay necesidad y utilidad en los contratos so.re .ienes de menores, incapaces o ausentes: a)
b) c)
Cuando los productos de los .ienes inmue.les no alcancen para satis#acer cr*ditos le$timos o para llenar llenar necesi necesidade dadess precis precisas as de alimen alimentac taci(n i(n del menor o incapa+? Cuando para conser%ar los .ienes y los productos, no se puede encontrar otro medio !ue $ra%arlos? y, Cuando se proporciona la reden denci(n de un $ra%amen mayor por otro menor&
La solicitud !ue se "ace al jue+, contiene:
a) b) c) d) e)
El titulo con se administran los .ienes, el cual de.e de acreditar? Los moti%os !ue le o.li$an a solicitar la licencia? Los medios de prue.a para acreditar la utilidad y necesidad del contrato u o.li$aci(n? Las .ases del contrato respecti%o? Indicaci(n de los .ienes !ue administra, desi$nado los !ue se propone enajenar o $ra%ar& $ra%ar&
El Trmite 8udicial, el jue+, con inter%enci(n del 5inisterio '/.lico y del representante, en su caso, mandar reca.ar la prue prue.a .a prop propue uest sta a y prac practi tica car r de o)ci o)cio o cuan cuanta tass dili dili$e $enc ncia iass estime con%enientes& En caso de !ue #uere necesario la tasaci(n de .ienes, ser practicada por un e2perto de nom.ramiento del 8ue+&
Declaratoria: Reca.ada eca.ada la prue.a prue.a y odo el 5inisterio 5inisterio '/.lico, '/.lico, el jue+ dictar auto !ue de.er contener: a) b) c)
d)
Si son o no #und #undad adas as las opos oposiicion ciones es !ue !ue se "u.ieren planteado? La decl declar arat ator oria ia de util utilid idad ad y nece necesi sida dad, d, en su caso? La autori+aci(n para proceder a la %enta o $ra%amen de los .ienes, )jando las .ases de la operaci(n? y, El nom.ramiento de notario y la determinaci(n de los pasajes conducentes del e2pediente !ue de.an incluirse en la escritura, en la !ue comparecer tam.i*n el jue+&
Tratndose Tratndose de la %enta de .ienes, el jue+ podr disponer disponer !ue se "a$a en p/.lica su.asta, su. asta, )jando los t*rminos de la misma&
La decl declar arato atori ria a de util utilid idad ad y nece necesi sidad dad la "ar "ar el jue+ jue+,, siem siempr pre e .ajo .ajo la resp respon onsa sa.i .ili lida dad d de todos todos los los !ue "u.i "u.ier eran an inter%enido en las dili$encias&
Disposición , Graa"en de -ienes de "enores. incapaces o a#sentes. ANTE NOTARIO:
8.1.
Este lle%a a ca.o as: a)
b)
c) d) e) f) g) h)
Acta Acta 0o 0ota tari rial al de re!u re!uer erim imie ient nto, o, acre acredi dita tand ndo o el solicitante al calidad en la !ue act/a, e2presando los moti%os por los cuales solicita la autori+aci(n, las prue.as del caso, .ases del contrato, el listado de .ienes del menor, incapa+ o ausente& 'rimera 'rimera Resoluci(n: Resoluci(n: En esta se tiene por iniciadas iniciadas las dili$e dili$enci ncias, as, por prese presenta ntados dos los docume documentos ntos !ue le #ueran aportados y ordena las dili$encias con el o.jeto de !ue !ued uede su)c u)cientemen mente pro.adas la utilidad o necesidad& 0oti)caci(n al Representante del menor, ausente o incapa+& Recepci(n de prue.a propuesta, si es testimonial en actas notariales& 'ract ractic ica a de o)ci o)cio o cuan cuanta ta dili dili$e $enc ncia ia co cons nsid ider era a necesaria& aluaci(n del .ien del cual se dispondr o $ra%ar, por un %aluador autori+ado en la rep/.lica& Audiencia al ministerio '/.lico& Dicta el Auto o Resoluci(n 1inal& 9na %es reci.ida la prue.a, el notario puede dictar la resoluci(n .ajo su ms estr estric icta ta resp respon onsa sa.i .ili lida dad, d, el cual cual de.e de.er r llenar los re!uisitos si$uientes:
1. 2.
3.
i) j)
9.
La Declaratoria de 9tilidad y 0ecesidad, en su caso& La autori+aci(n para proceder a la %enta o $ra%amen de los .ienes, )jando las .ases de la operaci(n& El nom.ramiento del notario y determinaci(n de los pasajes conducentes del e2pediente, !ue de.an incluirse en la escritura&
El otor$amiento de la Escritura '/.lica correspondiente& Remis emisi( i(n n del del E2pe E2pedi dien ente te al Arc" Arc"i% i%o o Gene Genera rall de 'rotocolos&
DETER5I0ACIO0 DE EDAD&
Tra"ite Notarial : a) b) c)
d)
e) f)
Acta 0otarial de Re!uerimiento: En la cual se solicita al notario el trmite de la dili$encia& 'rimera Resoluci(n: En esta se da trmite a la dili$encia, y se nom.ra un #acultati%o competente& Disc Discer erni nimi mien ento to del del car$ car$o o al #acu #acult ltat ati% i%o o nom. nom.ra rado do&& -uie -uien n proc proced eder er a e#ec e#ectu tuar ar el e2ame 2amen n toma tomand ndo o en cuanta el desarrollo y aspecto #sico de la persona& Resoluci(n o auto )nal: 9na %es reci.ido el in#orme del #acultati%o, el notario resuel%e atri.uyendo la edad a la persona !ue se trate, la cual de.e ser compati.le con el desarrollo y aspecto #sico& Certi)caci(n notarial del auto& Remisi(n del E2pedien dientte al Arc"i%o Gen Genera eral de 'rotocolos&
De.e tomarse en cuenta lo sencillo del trmite, el cual como a)rm a)rmam amos os co con n ante anteri rior orid idad ad,, puede puede ser% ser%ir ir de .ase .ase para para las las dili$encias de Asiento E2temporneo de 'artida de 0acimiento, cuan cuando do el inte nteresad esado o i$nor $nora a su edad edad&& 0o es nece necessaria aria la inter%enci(n del 5inisterio '/.lico, ni pu.licaci(n de edictos& Del Del #acu #acult ltat ati% i%o o !ue !ue se se nom. nom.rre, el el /nic /nico o rre! e!ui uisi sito to !ue !ue esta.lece la ley es !ue sea competente&
10.
RECO0OCI5IE0TO DE 'REEJ 3 'ARTO:
'ara !ue sea procedente estas dili$encias, de.e partirse de tres tres supu supues esto tos: s: la ause ausenc ncia ia,, la sepa separa raci ci(n (n o la muer muerte te del del marido& do& De estos se deduc educe e !ue de.e ori$inarse rse de un matrimonio y no de una con%i%encia marida.le, sin reconocimiento le$al& La esposa al separarse o en%iudar de.e de in#ormar al marido, en su caso, o al jue+ de !ue se encuentra en cinta, esto dentro de los no%enta dK2 d K2as as si$uientes de la separaci(n o muerte del marido&
Tr+"ite r+"ite Notaria Notariall:
Los artculos ; a ; de la ley respecti%a, re$ulan lo relati%o al reconocimiento de pre@e+ o del parto as:
a)
b)
Acta Acta 0o 0ota tari rial al de Re!uer e!uerim imie ient nto: o: La muje mujerr soli solici cita ta al notario, el reconocimiento de su pre@e+, en los casos de ausencia, separaci(n o muerte de su marido, pro.ado cual!uiera de esos tres e2tremos& 'resenta la prue.a documental del caso& El 0otario dicta la primera resoluci(n dando trmite a la dili$encias, en la cual resuel%e pu.licar edictos, reci.ir prue prue.a .as, s, pued puede e dic dictar tar de o)ci o)cio o cuant uantas as medi medida dass considere necesarias y nom.ra #acultati%os&
c) d) e) f) g)
h) i)
'u.licaci(n de edictos por tres %eces durante un mes en el diario o)cial y en otro de los de mayor circulaci(n& Reci.ir las otras prue.as o#recidas o las !ue de o)cio *l solicite& Discernimiento del car$o a los #acultati%os nom.rados& Reci.ir Reci.ir los in#ormes de los #acultati%os nom.rados& Dictar la Resoluci(n o auto )nal, en ella declarar el "ec" "ec"o o de naci nacimi mien ento to,, ampa ampara ra al naci nacido do en la cuas cuasii pose posesi si(n (n del del esta estado do de "ijo "ijo y resue esuel% l%e e lo relat elati% i%o o a alimentos& E2pide certi)caci(n para los e#ectos re$strales& Remite el e2pediente al Arc"i%o General de 'rotocolos& 'rotocolos&
Como puede o.ser%arse en el trmite judicial no se pu.lican edic edicto toss, y en el notar otariial s& La ley ley no esta esta.l .lec ece e cuant uantos os #acultati%os de.en nom.rarse, por lo tanto, sern por lo menos dos& En este caso no es o.li$ada o.li$ada la inter%enci inter%enci(n (n del 5inisterio 5inisterio '/.lico, sin em.ar$o el notario podr reca.ar su opini(n en caso de duda o cuando lo estime necesario&
11.
CA57IO DE 0O57RE:
Tr+"ite Notarial:
a)
b)
c)
Acta notarial de Re!uerimiento, en la cual el interesado e2pr 2presar esar el mo motti%o i%o por por el cual ual dese desea a cam. cam.ia iarr su nom. nom.re re,, y apor aporta tar r el nom. nom.re re co comp mple leto to !ue !ue !uie !uiera ra adoptar& 'resenta como prue.a documental la certi)caci(n de nacimiento& 'rime rimera ra Resol esoluc uci( i(n, n, dand dando o trm trmit ite e a la dili dili$e $enc ncia ia,, orde or dena nand ndo o reci. eci.ir ir la in#o in#orm rmac aci( i(n n s se "a o#r o#recid ecido, o, pu.licaci(n de edictos& Reci.ir in#ormaci(n testimonial en actas notariales, si se "u.iera o#recido&
d)
e)
f)
g)
h)
'u.licar edictos en el diario o)cial y en otro de los de mayo mayorr circ circul ulac aci( i(n, n, por por tres tres %ece %ecess dura durant nte e trei treint nta a dK2= K2=as& as& El edicto e2presar el nom.re completo del solicitante, el nom.re !ue desea adoptar y la ad%ertencia de !ue puede #ormali+arse oposici(n por !uienes se consideren perjudicados por el cam.io de nom.re& Resol esoluc uci( i(n n o Auto Auto )nal, nal, reci. eci.id ida a la in#o in#orrmaci maci(n (n y transcurridos die+ das a partir de la /ltima pu.licaci(n, sin !ue se "aya presentado oposici(n, el notario el "ar cons co nsta tarr el cam.i am.io o de nom. nom.rre& En esta esta resol esoluc ucii(n ordenar se pu.li!ue un edicto ms y se "a$a sa.er al re$istro ci%il& 'u.licar por una sola %e+ un edicto en el Diario O)cial, en !ue se "a$a constar !ue se accedi( al cam.io de nom.re de determinada persona& E2pe E2pedi dirr cert certi) i)ccaci( aci(n n del del aut auto en dupl duplic icad ado o para para entre$ar al Re$istro Ci%il para !ue se "a$a la anotaci(n correspondiente& Remitir el e2pediente al Arc"i%o General de 'rotocolos& 'rotocolos&
En el cam.io de nom.re no es o.li$ada la inter%enci(n del 5inist 5inisteri erio o '/.li '/.lico, co, sin em.ar em.ar$o, $o, el notari notario o podr podr reca. reca.ar ar su opini(n en caso de duda o cuando lo estime necesario& En caso de oposici(n el trmite como en todos los casos se con%ierte en judicial, a este e#ecto el notario remitir el e2pediente al tri.unal competente, para !ue con audiencia en incidente al oponente, resuel%a si procede o no el cam.io de nom.re& Esta resoluci(n es apela.le&
12.
RECTI1ICACIO0 3 ASIE0TO DE 'ARTIDAS E0 EL REGISTRO CIIL:
Esta dili$encia puede ser la omisi(n de una partida por no "a.erse inscrito y la recti)caci(n por contener *sta error& error&
Tr+"ite Notarial:
A)
En caso de omisión de la inscripción o asiento tard!o o etempor"neo :
1.
2.
3.
4.
5.
Acta 0ota otarial de re!ue !uerimiento: En *sta el interesado e2pone al notario la situaci(n !ue su naci nacimi mien ento to 4si 4si #uer #uera a el caso caso66 no esta esta insc inscri rito to,, aport portan ando do la in#or n#orm maci( aci(n n relat elati% i%a a a su caso aso& 'rese 'r esenta nta como como prue.a prue.a certi) certi)cac caci(n i(n o co const nstanc ancia ia !ue su nacimiento no se encuentra inscrito en el re$istro ci%il, en donde se supone de.era estar 4conocida como certi)caci(n ne$ati%a de nacimiento6? y, o#rece la dems prue.a !ue le sea posi.le, entre ellas la testimonial& 'rimera Resoluci(n o de trmite: El notario con .ase en el acta anterior, resuel%e dar por iniciadas las dili$e dili$enci ncias, as, or orden denand ando o a$re$a a$re$arr al e2ped e2pedien iente te los los docu docume ment ntos os !ue !ue le "u.i "u.ier eran an pres presen enta tado do y reca.ar las otras prue.as o#recidas o las !ue de o)cio considere adecuadas& Declaraci(n Testimonial: estas se reci.en en actas nota notari rial ales es,, en las las cual cuales es los los test testi$ i$os os decl declar aran an acerca de lo !ue les conste del nacimiento& Audi Audien enci cia a al 5ini 5inist ster erio io '/.l '/.lic ico: o: este este anal anali+ i+a a el e2pediente y si, a su juicio, estu%iera su)cientemente pro.ado el "ec"o del nacimiento y lo relat elati% i%o o a los los padr padres es del del inte interresad esado, o, emit emite e opini(n #a%ora.le& Resoluci(n o auto 1inal: en %ista de lo actuado y con la opini(n #a%ora.le del 5inisterio '/.lico, el notario dicta la resoluci(n en la !ue ordena se "a$a la inscripci pci(n omitida& En lo !ue #uera aplica.le de.er lle%ar la in#ormaci(n !ue contiene
6.
7.
B)
toda acta de nacimiento, re$ulada en el artculo >< del C(di$o Ci%il& Certi Certi)c )cac aci( i(n n del Auto Auto en dupl duplic icad ado: o: el cual cual se en%a n%a al Re$i e$istr stro Ci%i i%il para para !ue !ue se proc proced eda a a e#ectuar el asiento, pre%io pa$o de la multa !ue impone el Re$istrador Re$istrador Ci%il& Remisi( emisi(n n del E2pedi E2pediente ente al Arc"i Arc"i%o %o General General de 'rotocolos&
En caso de recti#cación de la inscripción:
1.
2.
3. 4.
5.
6.
Acta notarial de re!uer uerimi mie ento: en esta el interesado e2pone al notario la situaci(n !ue la parti artida da est est ins inscrit crita a con err error or,, apor aporttando ando la in#ormaci(n relati%a al caso concreto& 'resenta la cert certi) i)ca caci ci(n (n de la part partid ida a !ue co cont ntie iene ne erro errorr y o#rece la dems prue.a !ue le sea posi.le, entre ella la testimonial& 'rimera Resoluci(n o de Trmite: el notario con .ase en el acta anterior, resuel%e dar por iniciadas las dili$e dili$enci ncias, as, or orden denand ando o a$re$a a$re$arr al e2ped e2pedien iente te los los docu docume ment ntos os !ue !ue le "u.i "u.ier eran an pres presen enta tado do y reca.ar las otras prue.as o#recidas o las !ue de o)cio considere adecuadas& Declaraci(n Testimonial: estas se reci.en en actas notariales& Audiencia al Re$i e$istrador Ci%il de donde se encuentra inscrita el acta con error, para !ue se pronuncie al respecto& Audi Audien enci cia a al 5ini 5inist ster erio io '/.l '/.lic ico: o: este este anal anali+ i+a a el e2pediente y si, a su juicio, estu.ier su)c su)cie ient nteme ement nte e pro. pro.ad ado o !ue !ue e2is e2iste te un erro errorr u omisi(n en el acta !ue se pide recti)car emite opini(n #a%ora.le& Resoluci(n o auto )nal: en %ista de lo actuado y con la opini(n #a%ora.le del 5inisterio '/.lico, el
7.
8.
nota notari rio o dict dicta a la resol resoluc uci( i(n n en la !ue or orde dena na se "a$a la recti)caci(n u omisi(n solicitada& Certi Certi)c )cac aci( i(n n del Auto Auto en dupl duplic icad ado: o: el cual cual se en%a n%a al Re$i e$istr stro Ci%i i%il para para !ue !ue se proc proced eda a a e#ectuar la recti)caci(n& Remi emitir tir el e2ped 2pedie ient nte e al Arc Arc"i% "i%o Gener eneral al de 'rotocolos&
Como puede apreciarse, en el se$undo caso se da audiencia al Re$istrador Ci%il, en el primero no es necesario, por!ue ya se cuenta con la certi)caci(n ne$ati%a e2pedida por el Re$istro Ci%il& Se puede tramitar el asiento e2temporneo o recti)caci(n recti)caci(n de cual!uier partida, no necesariamente de nacimiento&
13.
'ATRI5O0IO 1A5ILIAR:
El patrimonio familiar es la instituci(n jurdico social por
la cual se destina uno o ms .ienes a la protecci(n del "o$ar y sostenimiento de la #amilia& El patrimonio #amiliar se puede constituir so.re so.re los si$uie si$uiente ntess .ienes .ienes:: Casas Casas de "a.ita "a.itaci( ci(n? n? 'redios o parcelas culti%a.les? Esta.lecimientos comerciales e industriales, !ue sean o.jeto de e2plotaci(n #amiliar, cuando no fundadores es del e2ceda de die+ mil !uet+ales su %alor& $os fundador patrimonio patrimonio familiar pueden ser : El padre y la madre so.re .ienes propios de cada uno? El marido y la mujer, so.re .ienes comunes del matrimonio? 'or un tercero a titulo de donaci(n o le$ado&%olamente puede fundarse un patrimonio #amiliar por cada #amilia&
La duraci(n del patrimonio #amiliar, de.e comprender todo el tiempo en !ue el menor de los miem.ros de la #amilia alcance la mayora de edad? pero, en nin$/n caso podr constituirs constituirse e un patrimonio #amiliar por menos de die+ a@os& Este no de.e de e2ceder de die+ mil !uet+ales al momento de su constituci(n, y
es inem inem.a .ar$ r$a. a.le le,, inal inalie iena. na.le les, s, indi indi%i %isi si.l .les es y no podr podrn n ser ser $ra%ados ni $ra%arse, e2cepto el caso de ser%idum.res, adems de.en de estar li.res de anotaciones y $ra%menes&
Tra"itación Notarial :
1.
Acta notarial de Re!uerimiento: el re!uiriente nte presentar los documentos si$uientes: a) Titulo con el !ue acredita la propiedad propiedad del .ien& Certi)caci(n re$istral, en la !ue conste !ue el o b) los .ienes no tienen $ra%menes& Certi) i)ca caci ci(n (n de la matr matrc cul ula a )sca )scal, l, del del %alo %alorr c) Cert declarado de los inmue.les& Si no se tratare de inmue.les, la declaraci(n del %alor de los .ienes, se "ar dentro del acta&
En el Acta el re!uiriente e2presar:
a)
b)
c) d)
Los nom. nom.rres y apel apelllidos idos,, edad edad,, esta estado do ci%il i%il,, domicilio y nacionalidad de las personas a cuyo #a%or se desea constituir el patrimonio& La situ situac aci( i(n, n, %alo %alor, r, dime dimens nsio ione nes, s, lind linder eros os del del inmue nmue.l .les es,, desc descri ripc pci( i(n n del del esta esta.l .lec ecim imie ient nto o industrial o comercial, en su caso, y de los otros .ienes !ue de.en constituir constituir el patrimonio patrimonio #amiliar, #amiliar, as como las dems circunstancias necesarias para su identi)caci(n& El tiempo !ue de.e durar el patrimonio #amiliar& #amiliar& El %alor de los .ienes y el monto de las deudas del solicitante&
2.
'rimera Resoluci(n: En esta el notario le da trmite a las las dili dili$e $enc ncia ias, s, or orde dena na a$r a$re$ar $ar al e2ped 2pedie ient nte e los documentos presentados y la pu.licaci(n de edictos&
3.
'u.licaci(n de Edictos: Si la solicitud se encuentra .ien documentada, el notario dispondr la pu.licaci(n en el diario o)cial y en otro de los de mayor circulaci(n, por tres %eces en treinta dK dK2K2 K2as& as&
4.
Audiencia al 5inisterio '/.lico: Transcurrido el tiempo de la pu.l pu.liicaci(n sin !ue se "u.iere presenta ntado opos oposic ici( i(n, n, el nota notari rio o oir oir la opin opini( i(n n del del 5ini 5inist ster erio io '/.lico, para el e#ecto como en los casos anteriores, de.e presentar el e2pediente a dic"a instituci(n&
5.
Resol esoluc uci( i(n n o auto auto 1inal inal apr apro.at o.ator orio: io: Co Con n la opin opini( i(n n #a%ora #a%ora.le .le del 5inist 5inisteri erio o '/.li '/.lico, co, el notari notario o dictar dictara a la resoluci(n en la cual resuel%e: a) -ue -ue "a lu$a lu$arr a la co cons nsti titu tuci ci(n (n del del 'atri atrimo moni nio o 1amiliar& b) Determina la persona del #undador y los nom.res de los .ene)ciarios& c) Detalla los .ienes !ue comprende, %alor y tiempo de duraci(n del patrimonio& se otor$ue la escritura p/.lica d) Ordena correspondiente, en la cual de.e transcri.irse la resoluci(n&
6.
Otor$amiento de la Escritura '/.lica por la persona !ue cons co nsti titu tuye ye el patr patrim imon onio io #ami #amili liar ar en su car carct cter er de #und #undad ador or&& En ella ella se e2pr e2pres esar ar los los nom. nom.rres de los los .ene)ciario .ene)ciarios, s, .ienes !ue comprende, comprende, %alor y tiempo tiempo de duraci(n&
7.
E2pedici(n de copia simple le$ali+ada de la escritura, con duplicado para proceder al Re$istro Re$istro Respecti%o& Respecti%o&
8.
Remisi(n del e2pediente al Arc"i%o General de 'rotocolos&
14.
LA ADO'CIO0:
Esta es el acto jurdico de asistencia social por el !ue el adoptante toma como "ijo propio a un menor !ue es "ijo de otra persona o al mayor de edad !ue e2presamente de su consentimiento, esto cuando durante la menora de edad del adoptado, "u.iera e2istido la adopci(n de "ec"o&
Tra"ite Notarial:
1.
Acta Notarial de re/#eri"iento : La solicitud de.e
"acerla la persona !ue desee adoptar, presentar como prue. prue.a a docu docume ment ntal al la cert certi) i)ca caci ci(n (n de la part partid ida a de nacimiento y propondr la declaraci(n testimonial de dos dos pers person onas as "ono "onora ra.l .les es,, a e#ec e#ecto to de acr acredit editar ar las las .uenas costum.res y la posi.ilidad econ(mica y moral del soli solici cita tant nte e para para cump cumpli lirr co con n las las o.li o.li$a $aci cion ones es de adopc adopci( i(n& n& Aun! Aun!ue ue la ley no lo e2i$ e2i$e e ta2a ta2ati ti%a %amen mente te,, de.en de comparecer los padres naturales del menos y dar su consentimiento& 2.
Pri"era Pri"era Resol#ción: en ella se tiene por iniciadas iniciadas las
dili$encias y se tiene por reci.ida la prue.a documental presentada y se ordena reci.ir la prue.a testimonial& 3.
Declaración Declaración Testi"onial: se reci eci.e por medio de
acta actass nota notari rial ales es,, los los test testi$ i$os os de.e de.er rn n ser ser pers person onas as "onora "onora.le .les, s, las declar declaraci acione oness de.en de.en %ersar %ersar so.re so.re las .uenas costum.res y posi.ilidad econ(mica y moral del solicitante& 4.
Re"isión del e(pediente al Tri0#nal de $a"ilia :
ya docu documen menta tado do el e2pe e2pedi dien ente te,, de.e de.e soli solici cita tars rse e un in#o in#orm rme e u opin opini( i(n n #a%o #a%ora ra.l .le, e, .ajo .ajo jura jurame ment nto, o, de una una
tra.ajadora social adscrita al Tri.unal de 1amilia de su 8urisdicci(n& 5.
Opinión del !inisterio P10lico: una %e+ reci.ido el
in#orme de la tra.ajadora social, de.e darse audiencia al 5inisterio '/.lico& 6.
Resol#ción o A#to fnal: con la opini(n #a%ora.le del
5inisterio '/.lico, se de.e proceder a dictar el auto )nal apro.ando las dili$encias& 7.
Escrit#ra Escrit#ra P10lica: Se otor$ar escritura p/.lica de
adop adopci ci(n (n en la !ue !ue co comp mpar arec ecen en el adop adopta tant nte e y los los padres naturales o la persona o instituci(n !ue ejer+a al tutela del menor& 8.
Testi"onio: Autori+ada la Escritura '/.lica, el notario
e2pedir el testimonio para presentarlo al Re$istro Ci%il donde estu%iera inscrito el nacimiento del adoptado& adop tado& 9.
Re"i Re"isi sión ón del del e(pe e(pedi dien ente te al Arc Arc"i%o "i%o Gene Genera rall de
'rotocolos&
Si el menor tiene .ienes, se #accionar in%entario notarial de los mismos y se constituir $aranta su)ciente por el adoptante a satis#acci(n del notario& Esto de.e de "acerse antes de pedir opini(n del 5inisterio '/.lico& En los casos en !ue el solicitante "u.iera sido tutor del menor, de.e presentarse al notario en la soli solici citu tud d inic inicia ial, l, los los docu documen mentos tos en !ue !ue co cons nste te !ue !ue #uer #ueron on apr apro.ad o.adas as la cuent uentas as de la tute tutela la y !ue !ue los los .ien .ienes es #uer #ueron on entre$ados&
15.
RECTI1ICACIO0 DE AREA:
En una ley posterior al Decreto Le$islati%o , se #acult( al notario para dili$enciar este trmite& De.e tomarse en cuenta !ue s(lo es aplica.le a .ienes ur.anos con reas re$istradas mayores a los !ue real y #sicamente corresponden 4 Dto2 Le, 3456786, este decreto tiene importantes re$ulaciones, entre las !ue es importante mencionar: a)
b) c)
d)
El o.jeto de la ley es para !ue los propietarios de .ienes inmue.les ur.anos, cuya rea #sica sea menor de la !ue aparece inscrita ene l Re$istro de la 'ropiedad puedan solicitar ante notario la recti)caci(n del rea de tales inmue.les& El consentimiento unnime de todos los interesados& 'rincipio #undamental de la jurisdicci(n %oluntaria& Las actuaciones se "arn constar en actas notariales, las resoluci(n sern de redacci(n discrecional, de.iendo contener la direcci(n de la o)cina del notario, lu$ar y #ec"a, disposici(n ra+onada !ue se dicte y la )rma y sello sello del notari notario& o& Lo Loss a%isos a%isos y pu.lica pu.licacio ciones nes tam.i* tam.i*n n de.ern de lle%ar la direcci(n de la o)cina del notario& Este es tam.i*n un principio #undamental de este tipo de procesos& La opci(n al trmite por parte de los interesados de aco$erse desde el inicio al trmite notarial o al administrati%o& I$ualmente al cam.io de procedimiento una %e+ iniciado del mismo&
Tra"itación Notarial:
1.
Acta notarial de re!uerimiento: en ella el interesado al re!uerir los ser%icios del notario para la iniciaci(n del e2pediente, lo "ace .ajo juramento, de.iendo presentar la cert erti)c i)caci( aci(n n re$i e$istra strall de la )nca nca com omo o prue prue.a .a documental y aportar la si$uiente in#ormaci(n:
a) b)
c)
d)
e)
0om.re e2acto de los re!uirientes y sus datos de identi)caci(n personal& Direcci(n del inmue.le cuya recti)caci(n de rea se solicita, con indicaci(n de sus n/meros re$strales& Relac elacii(n del del rea !ue !ue apar aparec ece e inscr nscrit ita a en el Re$istro de la 'ropiedad y la a)rmaci(n de !ue la super)cie real es in#erior a la inscrita& 0om.re y direcci(n del in$eniero medidor !ue se propon$a& Este de.e ser In$eniero ci%il y cole$iado acti%o& 0om om.r .res es y dir direcc eccione ioness e2act 2actos os de todo todoss los los colindantes del .ien o.jeto de la recti)caci(n&
2.
'rimera resoluci(n o de trmite: en ella el notario tiene por por inic inicia iada dass las las dili dili$e $enc ncia ias, s, por por reci. eci.id ida a la prue prue.a .a documental e in#ormaci(n, ordena medir el .ien o.jeto de la recti)caci(n para lo cual nom.rar al medidor propuesto&
3.
Se noti)ca al medidor nom.rado por medio de ra+(n en el e2pediente, !ue )rmarn el medidor y el notario&
4.
Discernimiento del car$o al medidor&
5.
In#orme del medidor de la medida reali+ada, dentro de los !uince das si$uientes a la #ec"a del discernimiento del car$o, a su in#orme de.er adjuntar el plano del inmue.le, en el !ue conste el rea real del mismo&
6.
0oti)c 0oti )cac aci( i(n n a los los co coli lind ndant antes: es: esta esta se lle% lle%a a a ca.o ca.o entre entre$ $ndo ndole less co copi pias as del del acta acta de re!u re!uer erim imie iento nto del del e2pediente y del plano ela.orado por el medidor& En caso de no poderse noti)car a los colindantes, se "ace constar poniendo ra+(n en el e2pediente y dispondr la pu.licaci(n de un edicto en el Diario de Centro Am*rica y en otro de los de mayor circulaci(n en el pas, el cual de.er contener:
a) b) c) d) e)
0om.re del solicitante& O.jeto de las dili$encias& Are Area real eal y rea inscr nscrit ita a en el Re$is e$istr tro o de la 'ropiedad& 0/mer meros re$strales ales y direcci(n e2acta del inmue.le cuya recti)caci(n de rea se solicita& Citaci(n a los posi.les colindantes&
7.
Audiencia al 5inisterio '/.lico: En todos los casos ser o.li$atoria la audiencia al 5inisterio '/.lico, !uien tiene tres das para e%acuarla&
8.
Resoluci(n o auto )nal: Con la opini(n #a%ora.le del 5inisterio '/.lico, se dicta la resoluci(n )nal declarando con lu$ar la recti)caci(n y "aciendo constar la e2tensi(n !ue e#ecti%amente le corresponde al inmue.le, as como las medidas lineales y los nom.res de los colindantes&
9.
Testimonio: Testimonio: El notario e2tender testimonio con dupl duplic icad ado, o, de las part partes es cond onducen ucente tess !ue de.e de.err cont co nten ener er la resol esoluc uci( i(n, n, el in#o in#orrme del del medi medido dor, r, la opini(n del 5inisterio '/.lico y el plano respecti%o&
10.
Inscripci(n: Con .ase en el test estimo mon nio indic dicado anteriormente, el Re$istro de la 'ropiedad e#ectuar las operaci(n correspondientes a la recti)caci(n del rea del inmue.le&
11.
Remi missi(n del e2pediente al Arc"i%o Gen General ral de 'rotocolos: al e2tender el testimonio, el notario pondr ra+(n en el e2pediente "aci*ndolo constar y dentro de los cuarenta y cinco das si$uientes a esa #ec"a, remitir el e2pedien e2pediente te al Arc"i Arc"i%o %o General General de 'r 'rotoc otocolo olos, s, si lo omitiere el notario podr ser sancionado por el Director de dic"o arc"i%o, con una multa de %einticinco !uet+ales&
La ley especi)ca re$ula !ue si se presenta oposici(n, el nota notari rio o remit emitir ir lo actu actuad ado o a la auto autori rida dad d admi admini nist stra rati ti%a %a correspondiente, en este caso es la Secci(n de Tierras, de la Escri.ana de Go.ierno& Si la oposici(n se declara sin lu$ar, la Secci(n de Tierras, de%ol%er el e2pediente al notario para !ue conti co ntin/ n/e e el trm trmit ite, e, si #uer #uere e el caso caso co cont ntra rari rio, o, la nom. nom.ra rada da dependencia administrati%a ordenar arc"i%ar el e2pediente&
Induda.leme emente esta ley re$ula aspectos especiales y no%edosos, entre ellos: &ome &omenta ntario rio
#nal #nal :
La posi.ilidad de !ue al no poderse noti)car a los colind col indant antes, es, person personalm alment ente, e, esta esta se reali realice ce por medio dio de la pu.licaci(n de edictos& Esto es con%eniente ya !ue el trmite no se detendra por #alta de noti)caci(n a un colindante& b) en caso de oposici(n, no se remite el e2pediente a un tri.unal, como en todos los otros asuntos de jurisdicci(n oluntaria, sino a una autoridad administrati%a& caso de decla eclara rarr sin sin lu$ar u$ar la oposi posicci(n i(n el c) En caso e2pediente %uel%e al notario, la autoridad administrati%a no resuel%e el asunto en de)niti%a& d) El nom.ramiento del medidor !ue de.e ser un in$eniero ci%il, cole$iado acti%o& e) La incorporaci(n de las ra+ones a un asunto de jurisdicci(n %oluntaria& %oluntaria& La e2pedici(n de testimonio de las partes f) conducentes conducentes,, al i$ual !ue en el proceso proceso sucesorio& sucesorio& 0o se e2pide certi)caci(n del auto como en la mayora de los otros asuntos& 'la+o determ determina inado do para para entre entre$ar $ar el e2ped e2pedien iente te g) 'la+o para el arc"i%o $eneral de protocolos, y la imposici(n de una multa al notario por tal omisi(n& K2< a)