1. DERECHOS HUMANOS HUMA NOS EN GUATEMA GUATEMALA LA Los der derecho echos s Huma Humano nos s son son las las facu facult ltad ades es,, prer prerrrogat ogativ ivas as y libe libert rtad ades es fundamentales de que goza una persona y que se derivan de su dignidad, por lo que no pueden ser vulnerados y por ello los Estados y las leyes que los rigen tienen la obligación de reconocerlos, difundirlos, protegerlos y garantizarlos. Todas las personas, sin importar su edad, religión, sexo o condición social, gozan de estos derechos, los cuales son indispensables para el desarrollo integral del individuo. La vigencia de los erechos Humanos es un medio para la construcción de una sociedad democr!tica que debe surgir de un Estado "onstitucional de erecho, con el propósito que la sociedad pueda dinamizar el desarrollo de nuevos contenidos para la democracia y la paz. En #uatemala el proceso de fortalecimiento de la democracia y consolidación de la paz iniciado hace casi diez a$os, tras la %rma de los &cuerdos de 'az, no ha sido avanzado, en particular en el plano legislativo y de la protección institucional de los derechos humanos. (e ha reformado el "ódigo 'enal para introducir disposiciones contra la discriminación, se han establ estableci ecido do dos comis comision iones) es) la "omisi "omisión ón 'resi 'residen denci cial al de erech erechos os Humanos y la "omisión 'residencial contra la iscriminación y el *acismo contra contra los los 'uebl 'ueblos os +ndge +ndgenas nas.. "omple "ompletan tan esa estruc estructur tura a instit instituci uciona onall un 'rocur ocurad ador or de los los er erecho echos s Huma Humano nos s y una una efe efens nsor ora a de la -ue -uerr +nd +ndge gena na.. &dem &dem!s !s,, el sist sistem ema a udi udici cial al ha empr empren endi dido do refor eforma mas s para para desvincularse de los otros poderes, acercarse a la población, sin romper el cicl iclo de impuni punida dad d que que duran urante te mucho ucho tiem tiempo po ha cara caract cter eriz iza ado determinadas acciones del Estado.
1.1
CLASIFICAC CLASI FICACIONES IONES BÁSICAS BÁSIC AS
La 'roc 'rocur urad adur ura a de los los er erecho echos s Huma Humano nos s de #uat #uatem emal ala a clas clasi% i%ca ca los los erechos Humanos en tres generaciones, en los que se toma en cuenta su protección progresiva. Los erechos Humanos de 'rimera #eneración son los de erechos "iviles y 'olticos) derecho a la vida, a la integridad fsica y moral, a la libertad personal, a la seguridad personal, a la igualdad ante la ley, a la libertad de pensamiento, conciencia y religión, a la libertad de expresión y opinión, de resistencia y de inviolabilidad del domicilio, a la libertad de movimiento o libre tr!nsito, a la usticia, a una nacionalidad, a contraer matrimonio y fundar una familia, a participar en la dirección de asuntos polticos, a elegir
y ser elegido a cargos p/blicos, a formar un partido o a%liarse a alguno y a participar en elecciones democr!ticas. Los erechos Humanos de (egunda #eneración son los erechos Económicos, (ociales y "ulturales. Los erechos Económicos son) derecho a la propiedad 0individual y colectiva1 y a la seguridad económica. Los erechos (ociales son) derecho a la alimentación, al trabao 0un salario usto y equitativo, al descanso, a sindicalizarse, a la huelga1, a la seguridad social, a la salud, a la vivienda y a la educación. Los erechos "ulturales son) derecho a participar en la vida cultural del pas, a gozar de los bene%cios de la ciencia y a la investigación cient%ca, literaria y artstica. Los erechos Humanos de Tercera #eneración son los erechos de los 'ueblos o de (olidaridad. Los erechos de los 'ueblos son) el derecho a la paz, al desarrollo económico, a la autodeterminación, a un ambiente sano, a bene%ciarse del patrimonio com/n de la humanidad y a la solidaridad.
1.1.1
EL DERECHO A LA CONDICIÓN HUMANA
2La naturaleza propia del hombre, sus caractersticas, sus potencialidades y sus limitaciones.2 Es la condición inherente a nuestra especie. & nadie se le puede privar de esta dignidad y condición por cualquier tipo de razón, diferencia o cualidad en la que se pueda pensar. Tambi3n se caracteriza al tener la condición de adquirir derechos y contraer obligaciones. En el mundo contempor!neo se reconoce que todo ser humano por el simple hecho de serlo, es titular de derechos fundamentales que la sociedad no puede arrebatarle ilcitamente. La expresión m!s notoria de esta conquista se encuentra plasmada en el artculo 4 de la eclaración de los derechos Humanos) 5Todos los seres humanos y, dotados como est!n de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros6.
1.1.2
EL RECONOCIMIENTO DE LA INDIVIDUALIDAD Y UNIVERSALIDAD HUMANA
(e reconoce la universalidad humana al referirse a que todos los seres humanos tenemos los mismos derechos y la individualidad se reconoce al momento de eercerlos.
1.1.3
EL DERECHO A TENER DERECHO
Los derechos humanos son inherentes a la persona humana, es decir que ni el Estado ni ning/n grupo social los pueden arrebatar, no son otorgados por el Estado pertenecen a todos m!s all! de la nacionalidad, la religión, la cultura, la clase o el estatus social, la raza o la condición sexual. 'or eso los podemos dividir as) +nalienables) Es decir que nadie puede renunciar a ellos, ni el Estado puede alegar que no se reclaman para excusarse de cumplirlos. +nterdependientes) 'orque un derecho est! relacionado con otro. 7o es posible de eercicio del derecho a la vida, sin acceso a la salud, el agua potable o la alimentación 7o es posible el derecho a la libertad de expresión sin el derecho a la educación, bienes culturales (on obligatorios para cualquier Estado, sin importar si est! pasando por una crisis económica, poltica, guerra o cat!strofe natural.
1.1.3.1 PRINCIPALES VIOLACIONES Y GARANTÍAS DE PROTECCIÓN 'rincipales 8iolaciones a mi criterio) Las posibles violaciones a los derechos humanos est!n sometidas a procedimientos de investigación que se aplica cuando se han violentado los derechos civiles, polticos, debido proceso, los económicos9sociales de exigencia individual como, El derecho de salud, de educación, de trabao, de propiedad, el derechos al ambiente, derechos espec%cos del ni$o, de la muer, de adultos mayores y personas con retos especiales, etc. Esto se da en todo ser humano aqu en #uatemala. "omo por eemplo) 4. 8iolación de los erechos de las mueres: tortura y malos tratos hacia la muer y las detenidas. En el caso de los temas relativos a las mueres, hay varias instancias nacionales que atienden los mismos. (ecretara 'residencial de la -uer ; (E'*E- < (ecretara de =bras (ociales de la Esposa del 'residente ; (=(E' < "omisión 7acional para la 'revención de la 8iolencia +ntrafamiliar ; "=7&'*E8+ < =%cina 7acional de la -uer ; =7&- < efensora de la -uer +ndgena ; E-+ < >iscala de la -uer del -inisterio '/blico < efensora de la -uer de la 'rocuradura de erechos Humanos
?. 8iolación del derecho del ni$o) los ni$os y ni$as de la calle: asesinatos de ni$os y ni$as La Ley de protección integral de la ni$ez y la adolescencia 0?@9?AAB1 establece en el artculo 44 que todo ni$o tiene derecho a no ser sometido a torturas, tratos crueles inhumanos y degradantes. B. En los hombres, ancianos y adolecentes tambi3n se da violación de los derechos humanos en #uatemala. #arantas de protección) El hombre por su condición de ser humano, es lo m!s importante dentro del ordenamiento estatal, si se toma en cuenta el fundamento normativo del &rtculo uno de la "onstitución) 5El Estado de #uatemala se organiza para proteger a la persona y a la familia: su %n supremo es la realización del bien com/n6. "omo consecuencia de lo anterior) 5Es deber del Estado garantizarles a los habitantes de la *ep/blica, la vida, la libertad, la usticia, la seguridad, la paz y el desarrollo integral de la persona.6 seg/n el texto del &rtculo dos. 'or su parte, el &rtculo cuatro regula) 5En #uatemala todos los seres humanos son libres e iguales en dignidad y derechosC6 Los valores humanos referidos, especialmente la libertad, la seguridad y la igualdad deben ser preocupación fundamental del Estado, con lo cual se quiere decir que lo lrico de los &rtculos mencionados se debe convertir en hechos y que los encargados de aplicar e interpretar las leyes act/en basados en una convicción o porque est!n convencidos de que el derecho debe imperar, sin distinciones ni discriminaciones.
1.1.3.2 LA INTEGRIDAD. LA PERSONALIDAD JURÍDICA 9 La integridad. Es la concepción del sueto de s mismo) sus comportamientos, creencias y forma de actuar. 9 La personalidad urdica. (e entiende por personalidad urdica aquella por la que se reconoce a una persona, entidad, asociación o empresa, capacidad su%ciente para contraer obligaciones y realizar actividades que generan plena responsabilidad urdica, frente a s mismos y frente a terceros. Es aquel derecho humano fundamental y absoluto que tiene su origen en el respeto debido a la vida y sano desarrollo de 3sta. Es el derecho al
resguardo de la persona, en toda su extensión, bien sea en su aspecto fsico como mental.
1.1.3.3 LA DIGNIDAD eriva del adetivo latino Ddigno y se traduce por valiosoF. Hace referencia al valor inherente al ser humano en cuanto ser racional, dotado de libertad y poder creador, pues las personas pueden modelar y meorar sus vidas mediante la toma de decisiones y el eercicio de su libertad. Humberto 7ogueira &lcal! dice que) 5La dignidad de la persona es el rasgo distintivo de los seres humanos respecto de los seres vivos, la que constituye a la persona como un % n en s mismo, impidiendo que sea considerada un instrumento o medio para otro % n, adem!s de dotarlo de capacidad de autodeterminación y de realización del libre desarrollo de la personalidad6. Entonces podemos decir que la dignidad humana singulariza y caracteriza a la persona de los otros seres vivos, debido a su razón, voluntad, libertad, igualdad e historicidad.