UNIVERSIDAD DE LIMA ESCUELA UNIVERSITARIA DE HUMANIDADES PROFESOR: MOISES ARATA SOLIS
ALUMNO: SECCIÓN:
PERIODO ACADÉMICO 2016-1 FACULTAD FACULTAD DE DERECHO
CÓDIGO: FECHA: 20/07/16
TIEMPO: 120 MINUTOS
DERECHO CIVIL IV EXAMEN FINAL INSTRUCCIONES:
- No se per!"e #"!$!%&r 'op!&s (e '$&se )! "e*"os $e+&$es, e*'ep"o e$ e $ C(!+o C!.!$ - Es" pro!!(o e$ !)"er'&!o (e "!$es 3$!4#!( p&per, res&$"&(or, orr&(or, e"'5 - Ap&+&r "e$8o)os 'e$#$&res, $&p"ops, "&$e"s, e"'5 (#r&)"e e$ (es&rro$$o (e$ e*&e)5 1.
2.
José José compró compró hace hace 2 años años a Pabl Pablo o un inmueb inmueble le que que éste éste a su vez vez había había recib recibido ido de su su primo primo Albe Alberto rto,, quien quien se lo había entreado en mérito a la donación i! Poseedor leítimo, pleno " de buena #e i i! Poseedor ileítimo, de mala #e " pleno $ iii! ii i! Pos osee eedo dorr le le ít ítim imo, o, com omo o pr prop opie ieta tarrio " ple leno no iv!! iv Poseedor il ileíti tim mo, de de mala #e e inmediato v! Poseedor ileítimo, de buena #e " pleno " vi!! vi %in %i nun unaa de la lass an ante teri rior ores es,, pre preci cise se br brev evem emen ente te la lass ca calid lidad ades es ap apli lica cabl bles es&& 'obre el pao de #rutos por el poseedor i! ii! iii! iv! v!
Pete Peterr debe debe paar paar desde desde el 2(1( 2(1( hasta hasta la deso desocu cupa paci ción ón,, salv salvo o los los dos dos años años en que que estuvo #uera del país. Peterr no debe paar #rutos Pete #rutos en en la medida medida que su su posesión posesión nunca nunca #ue #ue cuestiona cuestionada da " que ser) recién con la sentencia que se de#inir) si su posesión es ob*etable Peterr sólo debe Pete debe paar paar a partir partir de la citaci citación ón con la deman demanda da hasta hasta la desocupa desocupación ción Peterr debe Pete debe paar paar #rutos #rutos desde el 2(1( 2(1( hasta hasta la desoc desocupaci upación ón Peterr debe paa Pete paarr #rutos #rutos desde desde que que se inicie inicie la la e*ecució e*ecución n de la sente sentencia ncia
$
+. ioberto, poseedor ileítimo " de mala #e de un inmueble i!
iobe i oberto rto por por ser un un poseed poseedor or ileit ileitimo imo de de mala mala #e no tien tienee derech derecho o al reembo reembolso lso de de me*ora me*oras. s.
ii!
iobe ioberto rto sólo sólo tiene tiene derecho derecho al pao pao de la me*or me*oraa necesar necesaria ia -recon -reconstr strucc ucción ión de las dos ambie ambiente ntes! s! " la me*ora til -puerta del ara*e!. /l levantamiento de la altura del cerco perimetral no es me*ora necesaria, no debe reembolsarse. reembolsarse. ioberto iob erto sólo sólo tiene derec derecho ho al pao pao de la me*ora me*ora necesar necesaria ia -recons -reconstrucc trucción ión de los dos dos ambiente ambientes! s! " no de las me*oras tiles -puerta de ara*e " ma"or altura del cerco perimétrico! que han sido hechas después de requerírsele la desocupación.
iii!
iv!
ioberto iob erto tiene tiene derecho derecho al reembo reembolso lso de las me*or me*oras as necesaria necesariass -reconstr -reconstrucció ucción n de las dos ambie ambientes ntes " levantamiento del cerco perimetral!, así como a las tiles -puerta del ara*e!
v!
ioberto tiene dere ioberto derecho cho a una indem indemnizac nización ión por por enriqu enriquecim ecimiento iento inde indebido bido equiva equivalente lente al valor valor actu actual al de todas las me*oras que introdu*o en el inmueble hasta la #echa
P)ina 1 de 3
$
0. i!
ii!
iii!
iv!
.
eopo eopoldo ldo estaba estaba traslad trasladand ando o en su camio camionet netaa equipos equipos de comput computaci ación ón desde desde su o#icin o#icinaa en el distri distrito to de os os 3livos os ladrone os ladroness son posee poseedor dores es ileít ileítimo imoss de mala mala #e que, que, en el presen presente te caso, caso, no deben deben respo responde nderr por los equi eq uipo poss po porr cu cuan anto to es esta tamo moss #r #ren ente te a un su supu pues esto to de ca caus usaa de #u #uer erza za ma ma" "or qu quee lo loss e4 e4im imee de responsabilidad por la pérdida oss ladrone o ladroness son poseed poseedore oress ileítim ileítimos os de mala mala #e que, que, en el present presentee caso, caso, no deben deben respond responder er por los los equipos por cuanto estamos #rente a un supuesto de causa de #uerza ma"or de car)cter eneral, que por e4cepción los libera de la responsabilidad que les hubiera correspondido os ladrones son poseedores ileítimos de mala #e que, en el presente caso, sólo deben responder proporcionalmente por los equipos por cuanto estamos #rente a un supuesto de concurrencia de respo re sponsa nsabili bilidad dades es ent entre re ell ellos os " /5 /5/ /%3 %3, , de #or #orma ma tal que en e*e e*ecuc cución ión de sen senten tencia cia deb deber er)) determinarse la participación de cada quien en la causación del daño os os ladron ladrones es son poseedo poseedores res ileít ileítimo imoss de mala mala #e que, en el presen presente te caso, caso, deben respon responder der por los equipo equiposs por cuanto cuanto estamo estamoss #rent #rentee a un supues supuesto to de causa causa de #uerza #uerza ma"or ma"or que no los e4ime de responsabilidad por la pérdida toda vez que no tiene el car)cter eneral que precisa la le" para e4imirlos de responsabilidad
$
6n ciudada ciudadano no #ilipino #ilipino ha venido venido al Per hace hace un mes " ha creado creado una 7ompañ 7ompañía ía denomina denominada da 89ilipi 89ilipinas nas 7orporatios '.A.7.: i! ii!! ii iii! iii! iv!! iv
a empr empres esaa 89ili 89ilipi pina nass 7orpo 7orpora ratio tion n '.A.7 '.A.7.: .: es un pose poseed edor oraa con títu título lo nulo nulo,, de mala mala #e porque nadie puede alear alear el desconocimiento de la le", le", menos de la 7onstitución 7onstitución a empr empres esaa 89 89ili ilipi pina nass 7orpor 7orporat atio ion n '. '.A. A.7. 7.:: es un posee poseedo dora ra leít leítim imaa " plena, plena, así lo acredita la inscripción de su derecho en los eistros Pblicos a empre empresa sa 89ili 89ilipi pina nass 7orp 7orpor orat atio ion n '.A. '.A.7. 7.:: es un pose poseed edor oraa ile ileíti ítima ma,, de buena buena #e " plena a empre empresa sa 89ili 89ilipi pina nass 7o 7orp rpor orat atio ion n '. '.A. A.7. 7.:: es un po pose seed edor oraa ile ileí íti tima ma de bu buen enaa #e #e,, amparada por la #e del eistro e inmediata por cuanto est) en contacto directo con el bien
$
;. 'obre las calidades posesorias, posesorias, indique cu)les de las siuientes siuientes a#irmaciones a#irmaciones son verdaderas (V) o falsas (F)& i! ii! iii! iii! iv! iv!
Juan invadió Pedro compró a =anuel 3lim 3limpi pio o comp compró ró un pred predio io no insc inscri rito to a 'al 'al,, ila ila pres prestó tó,, hace hace un mes, mes, su chal chalin inaa
< 9 < 9
>. Parcemón, Parcemón, un solterón solterón empedernido empedernido,, decidió decidió tomarse unas laras vacaciones vacaciones -tres meses! meses! por
ii!
iii!! iii
iv!
a deman demanda da es #und #undada ada,, porque porque Par Parcem cemón ón no podía podía recu recuper perar ar la pose posesió sión n en la opor oportun tunida idad d en que que lo hizo, toda vez que "a habían pasado m)s de 1 días desde que la autoridad policial tomo conocimiento del hecho del despo*o " lo nico que correspondía era que él #ormulara un interdicto de recobrar a demand demandaa es in#unda in#undada, da, porqu porquee Parcemó Parcemón n recién recién tomó conoc conocimi imient ento o de los hechos hechos que con#i con#iur uraba aban n el despo*o que se había cometido contra él " es desde ese momento en que se cuenta el plazo de 1 días del que habla la le" a demand demandaa es #undada, #undada, porque porque Parce Parcemón món no podía podía recupe recuperar rar la posesi posesión ón en la oportun oportunida idad d en que lo hizo, toda vez que "a habían pasado m)s de 1 días desde que la autoridad policial tomo conocimiento del hecho del despo*o " lo nico que correspondía era que él #ormulara una demanda de desalo*o por posesión precaria a demanda demanda es es in#undada in#undada,, el art. art. ?+ del del 7ódio 7ódio 7ivil #acu #aculta lta al poseed poseedor or a recuper recuperar ar e4tra*udi e4tra*udicialm cialmente ente la posesión, por cualquier medio, durante el plazo de 1 año de ocurridos los hechos
P)ina 2 de 3
$
@. v)n compra compra un saco saco sport en en la tienda Paris el de *unio del 2(1;, paa al contado " recibe recibe su boleta. i! v)n v )n ad adqu quir irió ió pr prop opie ieda dad d el de *u *uni nio o de 2( 2(1; 1;.. ii! v)n v )n recib recibió ió el títu título lo el de de *unio *unio de 2(1 2(1; ; " el modo modo se se produ produ*o *o el @ de de *unio *unio de 2(1; 2(1; en en el mome momento nto en en que su esposa intentó comunicarse con él, siendo in#ructuosa la llamada, porque en toda caso no se le pudo entrear personalmente personalmente ni obtener su con#ormidad con#ormidad por causas causas e4clusivamente imputables imputables a él iii!! iii v)n v )n recibi recibió ó el título título el de *uni *unio o de 2(1; 2(1; " el modo modo se produ produ*o *o el ? de *unio *unio de 2(1; 2(1; cuan cuando do se puso puso el saco. iv! v)n v)n recibi recibió ó el título título el ; de *uni *unio o de 2(1; 2(1; " el modo modo se produ produ*o *o el @ de *unio *unio de 2(1; 2(1;,, en el mome momento nto que le entrearon el saco a su esposa. ?.
'aulo 'aulo ha hecho hecho tres tres venta ventass del mism mismo o bien bien mueble mueble i! ii! iii! ii i! iv!
1(.
$
/l 'eñor 'eñor Jimé Jiménez nez se se encue encuentr ntraa seriam seriament entee inter interesa esado do en la comp compra ra de un un inmueb inmueble le urban urbano o consti constitui tuido do por el lote de la =z. B de la 6rbanización os os 7laveles de Ate. Ate. Ca recibido tres tres o#ertas& -i!
a del 'r. Pérez, poseedor del bien
i!
A Pérez, Pérez, es es el propietario propietario por por prescripc prescripción ión adquisitiva adquisitiva lara, lara, sumando sumando el plazo plazo de su trans#erente. a prescripción le permitir) pedir que se le declare propietario #rente a Asteno " Ju)rez e inscribir su derecho en el eistro de Predios ii! A Aste Asteno no,, es la propieta propietaria ria,, tie tiene ne título título v)lido " el sis sistem temaa es consens consensual ual.. Pér Pérez ez no tiene título v)lido " no llea a la prescripción adquisitiva porque no puede sumar plazos, debe demand)rsele para interrumpir plazo prescriptorio. /n tanto que Ju)rez "a trans#irió " no aplicaría la #e pblica reistral iii! ii i! A Ju)re Ju)rez, z, es el propie propieta tari rio o po porq rque ue no ha trans trans#e #eri rido do v) v)lid lidam amen ente te ni a Pé Pére rezz ni a Aste As ten no. o. /l qu quee ad adqu quie iera ra de debe be de dema mand ndar ar a Pé Pére rezz pa para ra in inte terr rrum umpir pir el pl plaz azo o prescriptorio e inscribir su derecho para estar proteido " vencer a Asteno en caso ella demande un me*or derecho a la propiedad
$
P)ina 3 de 3
$