Defina derecho:
conjunto de normas que rigen la conducta hacia un bien común (fin ultimo al que aspira el derecho. Es el bien colectivo) están compuesto por normas jurídicas (prescripciones) que buscan el bien común el derecho se imponer solo por su poder coactivo (positivismo) o por su propia validez intrínseca (natural) se utiliza el termino derecho para definir a un conjunto de normas que limitan nuestra conducta (objetivo) o a las pretensiones atribuidas por las normas jurídicas a cada sujeto (subjetivo) el derecho es necesario en el vivir social. El derecho debe conjugar la autonomía individual con el bien común La finalidad del derecho es ordenar la conducta humana, resolver conflictos, dar derechos y obligaciones utilizando para esto cuando sea necesaria la coacción El derecho como ciencia es un modo modo de conocimiento que aspira a formular, mediante un lenguaje riguroso y apropiado, leyes por medio de las cuales se rigen los fenómenos La ciencia del derecho a diferencia de las naturales puede que las leyes se cumplan o no El termino derecho tiene distintas acepciones como, objeto de estudio, sistema normativo, ciencia del conocimiento, facultad de poder, expresión de lo justo y sinónimo de deber jurídico
Tipos de derecho
Derecho natural o positivo o Derecho natural: conjunto de normas normas y principios inmanentes e inmutables inmutables cognoscibles al hombre por la recta razón, que se funda en l naturaleza misma del hombre y están destinados a regular la convivencia social en orden al bien común. Tiene un carácter universal, inmanente y necesario. Tiene como principio básico: debes dar a cada uno lo suyo y no debes causar daño a nadie. E l derecho natural es el f undamento ultimo de todo tipo de ley positiva (ej. Respeto al derecho de la vida) o Derecho positivo: conjunto de normas o decisiones impuestas y tuteladas por el poder p oder social que regula las relaciones del hombre en sociedad y a cuya observancia pueden ser estos constreñidos Derecho objetivo o subjetivo Derecho objetivo: conjunto de normas jurídicas que rigen la convivencia social o Derecho subjetivo: facultad que tiene una persona o institución de exigir a otra el complimientos de una determinada obligación o o conducta establecida en una norma jurídica
Defina norma
Prescripciones que rigen la conducta humana con el fin de realizar el bien individual o colectivo Presumen un juicio de valor, ordena la conducta e impone obligaciones Los elementos de la norma son: la naturaleza (acto humano), la forma, el fin, y la sanción Las distintas clases de norma difieren entre si debido a la autoridad que la dicta, su origen, contenido, sanción, fin y castigo Escuadra; gnomon: regla que se debe seguir o a la que se deben ajustar las conductas; y diccionario: precepto jurídico Todas las normas tienen por objetivo regir la conducta humana hacia un bien individual o común
Elementos de las normas
Carácter: se relaciona con lo que ella prescriben; obligación, prohibición o permiso Contenido: es lo que la norma declara obligatoria, o bligatoria, prohibida o permitida Condición de aplicación: circunstancias que deben dars e para que la acción sea considerado obligatoria, prohibida o permitida Autoridad normativa: es el agente que dicta d icta o emita la prescripción; puede ser autónoma o heterónoma Sujeto normativo: destinatario de la prescripción Ocasión de aplicación: localización espacio temporal en que d ebe ser cumplido el contenido de la norma n orma de que se trate Promulgación: certificación que de la existencia de la norma para que todos estén en conocimiento de la norma Sanción: es la amenaza de un castigo que la autoridad normativa agrego a la prescripción
Los principales criterios para caracterizar y diferenciar. Normas de trato s ocial, moral y jurídico
Exterioridad-interioridad: exterior regula únicamente las acciones emitidas o exteriorizada d el sujeto obligado, sin alcanzar el fuero interno del individuo; interior es aquello que regula no solo las acciones efectivamente ef ectivamente emitidas del sujeto obligado, sino qu e alcanza también su regulación al fuero interno de este y considera las motivaciones que puede haber tenido para actuar Autonomía-heterónoma: autonomía: sujeción al querer propio, es producida por el mismo sujeto obligado que le debe obediencia y las heterónomas sujeción al querer ajeno, es heterónoma cuando ella viene producida por un sujeto distinto de aquel que le deben acatamiento Unilateralidad-bilateralidad: una norma es unilateral cuando impone impone a un sujeto una determinada obligación o deber sin conceder a un sujeto distinto del obligado la facultad de exigir el cumplimiento del deb er de que se trate; el bilateral si junto con imponer a un sujeto una determinada obligación o deber concedo a otro sujeto distinto del obligado la facultad d exigir el cumplimiento de que se trate Coercible-incoercible: una norma es coercible cuando tiene la legítima posibilidad de auxiliarse de la fue rza socialmente organizada para obtener el cumplimiento de una norma o aplicar una sanción cuando la norma es infringida; en cambio es incoercible cuando para conseguir su cumplimiento u obtener la aplicación de la sanción no es posible, legítimamente recurrir a la fuerza socialmente organizada
Regla técnicas
es una prescripción destinada a ejecutar con eficacia una determinada actividad Su validez reposa directamente en la eficacia La regla técnica aparece como un punto medio entre la ley natural y normas de conducta estas no se llaman normas porque representan necesidades condicionadas, no deberes condicionados, y al no cumplir no va a ten er un castigo sino que no van a alcanzar el fin práctico perseguido
Defina justicia
Concepto: es el objeto básico del ordenamiento jurídico; la justicia es dar a cada uno lo suyo; cada uno tenga, de y reciba lo que le corresponde Elementos: a) valor o medida que debe ajustarse a los acto; b) rige en las relaciones sociales; c) exige dar a cada uno lo suyo Clasificación: según el tipo de vinculación social: conmutativas (es la que asegura el respeto de equivalencia de las prestaciones entre dos personas), general o legal (ordena como los miembros de la comunidad deben cooperar por su parte a promover el bien común y distributivas (determina la debida proporción que la autoridad debe tener en el reparto teniendo en cuenta los meritos, necesidades y facultades) La justicia exige dos cosas: saber que es lo suyo (conocimiento) y querer darlo (voluntad) El acto de justicia no atribuye cosas a alguien, sino que al contrario, sigue el hecho de que las cosas ya están repartidas. No puede justicia allí donde no hay un titulo Dar significa entregar, restituir A cada uno precisión de la persona con el titulo independiente de otras circunstancias Lo suyo es la cosa debida
El ser y el deber ser
o
o
El ser abarca todo lo que es y lo que acontece, o sea, considerado de una manera meramente descriptivas , son leyes explicati vas El deber ser comprende exclusivamente la conducta humana y esta como deber ser, prescribiendo un determinando comportamiento Hans Kelsen: distingue las leyes de la naturaleza y las jurídicas de la siguiente manera: mundo del ser y mundo del deber ser Ser: incluye las leyes de la naturaleza física; describe lo que ocurre en el mundo; no existe liberta; rige la causalidad, esto significa que siempre que ocurran las mismas condiciones y circunstancias, los fenómenos o hechos del mundo del ser van a ocurrir siempre de un misma manera Deber ser: se incluyen normas de conducta; rige la imputación, que consiste en atribuir una cierta consecuencia a la conducta humana libremente elegida; así la conducta humana es juzgada de mala o buena, de moral o inmoral, y y de justo o injusta si es jurídica o no
Leyes naturales
Comportamiento constante y uniforme de determinados fenómenos de la naturaleza física Leyes de la naturaleza: expresan la forma en que la naturaleza se expresa sin variación; no presentan excepciones, son absolutas y exactas; indican una consecuencia necesaria, un comportamiento que siempre se va a repetir; no se inventan, solo se descubren
Distinción de las leyes jurídica
Las leyes jurídicas en cambio se encargan de encausar la conducta humana, es decir, no descubren la conducta humana, sino que establecen cual es la conducta humana que corresponde y proceden a valorar según el criterio de justicia u otro valor jurídico
El hombre en la sociedad
El hombre se desenvuelve en un medio natural y social Por sociedad se entiende por una agrupación de individuos que establecen vínculos y relaciones reciprocas e interacciones estables La naturaleza esta regida por leyes y la sociedad por normas
Principio de causalidad y de imputación
Las leyes de la naturaleza describen ciertas regularidades o uniformidades que observamos en la naturaleza. Sobre la base de advertir que cada uno cierta causa se produce un determinado efecto, a esto se le llama principio de causalidad, es decir, frente a una determinada causa se produciría de forma inevitable un determinado efecto Las normas prescriben determinados comportamientos que las personas deben cumplir y prevén también algún tipo de castigo para el caso que no se le cumpla, a esto se le llama principio de imputación, o sea, un principio que establece que una determinada consecuencia deba ser imputada a determinado acto
Tridimensionalidad del derecho
La palabra derecho puede tener varios sentidos en este caso tres: norma, valor y hecho El Derecho provoca ciertos valores, pero el Derecho real, no es valor puro; pues no se puede colocar entre los valores ideales. Las normas jurídicas son dirigidas y acatadas por las personas humanas. El Derecho es una obra humana, hecho por la necesidad y esa, a su vez, cumple un fin u objetivo, provocando hechos y acciones que no se dan de forma natural en la sociedad. Al iusnaturalismo le interesan los "valores", al iusformalismo las "normas", y al iusrealismo los "hechos".
Ejemplos de los distintos tipos de normas
Norma social: limpiarse la boca con la servilleta, comer con la boca cerrada no eructar en la mesa Norma moral: hacer fila y no colarse, ceder el asiento a una persona discapacitada, ayudar a otro a cuando lo necesite Ir a misa los domingos, 10 mandamientos (exceptuando los que están en las leyes), no comer carne en días de ayuno
Norma jurídica: no matar, no levantar falsos testimonios, no robar
Normas de conducta
Es una ordenación de la conducta humana de acuerdo a un criterio de valor, cuyo incumplimiento trae aparejada una sanción La norma de conducta recae sobre el actuar de la persona La vinculación entre la hipótesis y consecuente es contingente, esta se basa en la libertad Su incumplimiento legitima la posibilidad de aplicar una sanción
Norma religiosa
Son prescripciones de conductas humanas y cuya finalidad última es posibilitar la santidad del hombre Las normas provienen de dios y son la vía para alcanzarlo Su materia es el acto humano, su forma es la obligatoriedad, su fin la santidad y sus sanciones son de tipo espiritual Las normas religiosas tienen un ámbito de vigencia absoluta Interiores, incoercibles, autónoma y heterónomas
Normas jurídicas
Regulan la conducta del hombre que vive en sociedad, provienen de actos de producción normativas que son ejecutadas por autoridades cuyo cumplimiento además se encuentra garantizado por la legitima posibilidad de uso de la fuerza socialmente organizada y que por ultimo apuntan a la realización de ciertas aspiraciones de orden, paz y seguridad que los hombres desarrollan en cuanto viven en sociedad Exteriores, heterónomas, coercibles y bilaterales
Normas sociales
Son prescripciones, originadas al interior de un grupo social determinado que tienden a la realización de ciertos fines como la urbanización, el decoro, la cortesía y otros semejantes en la que la inobservancia de los deberes impuestos se traduce en un tipo difuso de sanción, consiste en el repudio o rechazo que el grupo de que se trate hace en la persona del infractor: son propias de la vida social; son relativas y cambiantes; consideran al hombre como parte integral del grupo social y no como un ser individual; Estas rigen solo la conducta en los individuos que están dentro del grupo; se sustentan en la tradición. Son exteriores, bilaterales, incoercibles, heterónoma
Usos meramente facticos y usos normativos
Los usos meramente facticos, son todos aquellas practicas, que habitualmente reiteradas al interior de un grupo social determinado, carece no obstante de fuerza normativa, y por tanto no impone propiamente la obligación de observarlas no van tampoco seguida de un castigo o sanción Los usos normativos son prácticas que de hecho son regularmente reiteradas al interior de un grupo social, pero que cuentan además con fuerza normativa, y por tanto, resultan obligatorias para los integrantes del grupo y van seguido de algunos tipos de sanciones en caso de inobservancia
Normas morales
Sistema de normas cuya finalidad es lograr la bondad del sujeto que actúa Las normas morales son razonables y valiosas y están dirigidas a la libertad. El hombre puede reconocerlas o desco nocerlas y cumplirlas o transgredirlas libremente Interiores, unilaterales (se puede pedir, pero no exigir), autónomas, incoercible La sanción es el remordimiento; depende del grado de sensibilidad de la persona Su finalidad es el perfeccionamiento total del hombre
Normas morales. Explicación previa sobre la palabra ética y moral
Ética: termino que alude a las costumbres, al comportamiento y a calificar el comportamiento-, actuar humano correcto Moral: cierto conjunto de principios y normas que establecerían que es lo que debemos hacer para actuar de un modo moralmente correcto y conseguir el bien al que aspiramos Las normas de trato social, moral y jurisca son normas éticas, puesto que todos ellas aunque por referencia de distintos fines, establecen que es lo que debemos hacer para actuar correctamente Tres sentidos de ética: comportamiento humano; comportamiento humano correcto; y comportamiento humano moralmente correcto Modos de hablar de la norma: prescriptivo: normas, habla normativamente (moral); descriptivo: objeto de estudio normativo porque estudia normas (etica); y filosofía de la moral (meta ética)
Los distintos tipos de la moral
Moral personal: se configura a partir de la idea del bien o de la perfección moral que cada individuo forja dentro de si; está en la conciencia de cada individuo (base), porque es allí donde surgen Moral social: se configura a partir de las ideas que acerca de lo bueno p revalecen en una comunidad determinada, y por lo mismo se expresa en un conjunto de exigencias de orden moral que el grupo social de que se trate dirige a sus miembros (base); este es a la ves grupos sociales-> legislador, órgano de control, y de juzgamiento incluso órgano sancionador Moral de los sistemas religiosos y filosóficos: se forma a partir del mensaje y testimonio de los fundadores de grandes religiones o de que dan y establecen determinados pensadores o filosóficos; mensaje del fundado (base)