Cuadro sinóptico de las normas de auditoría aud itoría para atestiguar revisión y otros servicios relacionados. Normas internacionales de auditoría y control de calidad Auditorias de información financiera histórica 200-299 Principios generales y responsabilidades.
NORMA
OBJETIVO
ALCANCE Es aplicable en las auditorias de estados financieros. Las responsabilidades globales del auditor independiente al realizar una auditoría de estados financieros de conformidad con las NIA. Es aplicable en las auditorias de estados financieros. Las responsabilidades del auditor al acordar los términos del encargo de auditoría con la dirección y, cuando proceda, con los responsables del gobierno de la entidad.
NIA 200
Objetivos globales del auditor independiente y realización de la auditoria de conformidad con las Normas Internaciones de Auditoría.
Establece los objetivos globales del auditor independiente y explica la naturaleza y el alcance de una auditoria diseñada para permitir al auditor independiente alcanzar dichos objetivos.
NIA210
Acuerdo de términos del encargado de auditoría.
NIA 220
Control de calidad de la auditoria de estados financieros.
Que el auditor acepte o continúe con un encargo de auditoría únicamente cuando se haya acordado la premisa sobre la que la auditoria se va a realizar mediante: La determinación de si concurren las condiciones previas a una auditoria. La confirmación de que existe una comprensión común por parte del auditor y de la dirección y, cuando proceda, de los responsables del gobierno de la entidad acerca de los términos del encargo de auditoría. Que el auditor implemente procedimientos de control de calidad relativos al encargo que le proporcionen una seguridad razonable de que: La auditoria cumple las normas profesionales y los requerimientos legales y reglamentos aplicables. El informe emitido por el auditor es adecuado en función de las circunstancias.
NIA 230
Documentación auditoría.
de
Que el auditor prepare documentación que proporcione: Un registro suficiente y adecuado de las bases para el informe de auditoría. Evidencia de que la auditoria se planifico y ejecuto de conformidad con las NIA y los requerimientos legales y reglamentos aplicables.
Es aplicable en las auditorias de estados financieros. Las responsabilidades específicas que tiene el auditor en relación con los procedimientos de control de calidad de una auditoria de estados financieros; así como las responsabilidades del revisor de control de calidad del encargo (cuando proceda). Es aplicable en las auditorias de estados financieros. La responsabilidad que tiene el auditor de preparar la documentación de auditoría correspondiente a una auditoria de estados financieros. Las disposiciones legales o reglamentarias pueden establecer requerimientos adicionales sobre documentación.
NIA 240
Responsabilidades del auditor en la auditoria de estados financieros con respecto al fraude.
NIA 250
Consideración de las disposiciones legales y reglamentarias en la auditoria de estados financieros.
NIA 260
Comunicación con los responsables del gobierno de la entidad.
Que el auditor: Identifique y valore los riesgos de incorrección material en los estados financieros debida a fraude. evidencia de Obtener auditoría suficiente y adecuada con respecto a los riesgos valorados de incorrección material debida a fraude, mediante el diseño y la implementación de respuestas apropiadas. Responder adecuadamente al fraude o a los indicios de fraude identificados durante la realización de la auditoria. Que el auditor: evidencia de Obtenga auditoría suficiente y adecuada el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias que tienen efecto directo en la determinación de cantidades e información materiales a revelar en los estados financieros. aplicación de La procedimientos de auditoría específicos para identificar casis de incumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias que puedan tener un efecto material sobre los estados financieros. Responder adecuadamente al incumplimiento o existencia de indicios de un incumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias identificadas durante la auditoria. La comunicación clara a los responsables del gobierno de la entidad de las responsabilidades del auditor en relación con la auditoria de estados financieros, así como una descripción general del alcance y del momento de realización de la auditoria planificados. obtención de los La responsables del gobierno de la entidad de la información necesaria para la auditoria. fomento de la El comunicación eficaz reciproca entre el auditor y los responsables del gobierno de la entidad.
Es aplicable en las auditorias de estados financieros. La responsabilidad del auditor con respecto al fraude en la auditoria de estados financieros, en relación con la prevención y detección del fraude. Desarrollar el modo de aplicar la NIA 315 y la NIA 330 en relación con los riesgos de incorrección material debida a fraude.
Es aplicable en las auditorias de estados financieros. La responsabilidad que tiene el auditor de considerar las disposiciones legales y reglamentos en la auditoria de estados financieros. Así como la responsabilidad que recae en la dirección, bajo la supervisión de los responsables del gobierno de la entidad, asegurar que las actividades de la entidad se realicen de conformidad a la ley y reglamentos.
Es aplicable en las auditorias de estados financieros. Sobre las responsabilidades que tiene el auditor de comunicarse con los responsables del gobierno de la entidad en una auditoria de estados financieros.
NIA 265
Comunicación de las deficiencias en el control interno a los responsables del gobierno y la dirección de la entidad.
300-499 Evaluación del riesgo y respuesta a los riesgos determinados. Planeación d la NIA auditoria de estados 300 financieros.
Comunicar adecuadamente a los responsables del gobierno de la entidad y a la dirección las deficiencias en el control interno identificadas durante la auditoria y que, según el juicio profesional del auditor tengan la importancia suficiente para merecer la atención de ambos.
Es aplicable en las auditorias de estados financieros. La responsabilidad del auditor de comunicar adecuadamente a los responsables del gobierno de la entidad y a la dirección, las deficiencias en el control interno que haya identificado durante la realización de la auditoria de los estados financieros.
Que el auditor planifique la auditoría con el fin de que sea realizada de manera eficaz.
Es aplicable auditorias de financieros.
Que el auditor identifique y valore los riesgos de incorrección material, debida a fraude o error, tanto en los estados financieros como en las afirmaciones, mediante el conocimiento de la entidad y de su entorno, incluido su control interno, con la finalidad de proporcionar una base para el diseño y la implementación de respuestas a los riesgos valorados de incorrección material. Que el auditor aplique el concepto de importancia relativa de manera adecuada en la planificación y ejecución de la auditoria.
La responsabilidad del auditor de identificar y valorar los riesgos de incorrección material en los estados financieros mediante el conocimiento de la entidad y de su entorno, incluido el control interno de la entidad.
NIA 315
Identificación y valoración de los riesgos de incorrección material mediante el conocimiento de la entidad y de su entorno.
NIA 320
Importancia relativa o materialidad en la planificación y ejecución de la auditoria.
NIA 330
Respuesta del auditor a los riesgos valorados.
Que el auditor obtenga evidencia de auditoría suficiente y adecuada con respecto a los riesgos valorados de incorrección material mediante el diseño e implementación de respuestas adecuadas a dicho riesgo.
NIA 402
Consideraciones de auditoría relativas a una entidad que utiliza una organización de servicios.
Que el auditor de la entidad usuaria, cuando esta utiliza los servicios de una organización de servicios: conocimiento Obtenga suficiente de la naturaleza y significatividad de los servicios prestados por la organización de servicios y de su efecto en los controles internos de la entidad usuaria relevante.
en las estados
. La responsabilidad del auditor de aplicar el concepto de importancia relativa en la planificación y ejecución de una auditoria de estados financieros. La responsabilidad del autor, en una auditoria de estados financieros, de diseñar e implementar respuestas a los riesgos de incorrección material identificados y valorados por el auditor de conformidad con la NIA 315. Es aplicable en las auditorias de estados financieros. La responsabilidad que tiene el auditor de la entidad usuaria de obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada cuando la entidad usuaria utiliza los servicios de una o más organizaciones de servicios.
NIA 450
Evaluación de las incorrecciones identificadas durante la realización de la auditoría.
Evaluar
el
efecto en la auditoria de las incorrecciones identificadas Evaluar en su caso, el efecto de las incorrecciones no corregidas en los estados financieros.
Es aplicable en las auditorias de estados financieros. La responsabilidad que tiene el auditor de evaluar el esfero de las incorrecciones identificadas en la auditoria
Diseñar y aplicar procedimientos de auditoría de forma que le permita obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada para poder alcanzar conclusiones razonables en las que basar su opinión. Obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada sobre las siguientes cuestiones: La realidad y el estado de las existencias. La totalidad de los litigios y reclamaciones en los que interviene la entidad
Aplica a toda la evidencia de auditoría obtenida en el transcurso de la auditoria.
500-599 Evidencia de auditoria NIA 500
Evidencia auditoría.
de
NIA 501
Evidencia de auditoría Consideraciones – especificas para determinadas aéreas.
NIA 505
Confirmaciones externas.
Que el auditor cuando utilice procedimientos de confirmación externa diseñe y aplique dichos procedimientos con el fin de obtener evidencia de auditoría relevante y fiable.
NIA 510
Encargos iniciales de auditoria. Saldos de apertura.
Que en la realización de un encargo inicial de auditoría, con respecto a los saldos de apertura, consiste en obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada sobre si: Los saldos de apertura contienen incorrecciones que puedan afectar de forma material a los estados financieros del periodo actual. Que se han aplicado de manera uniforme en los estados financieros del periodo actual las políticas contables adecuadas reflejadas en los saldos de apertura, o si los cambios efectuados en ellas se han registrado, presentado y revelando adecuadamente de conformidad con el marco de información financiera aplicable.
Las consideraciones especificas que el auditor ha de tener en cuenta en relación con la obtención de evidencia de auditoría suficiente y adecuada, con respecto a determinados aspectos de las existencias, los litigios y reclamaciones en los que interviene la entidad. Es aplicable en las auditorias de estados financieros. Trata del empleo por parte del auditor de procedimientos de confirmación externa para obtener evidencia de auditoría de conformidad con los requerimientos de la NIA 330 y de la NIA 500. Es aplicable en las auditorias de estados financieros. La responsabilidad del auditor en relación con los saldos de apertura en un encargo inicial de auditoría, así como que estos incluyan existencia al inicio del periodo debe ser revelada, tales como contingencias y compromisos.
Obtención de evidencia de
NIA 520
Procedimientos analíticos.
NIA 530
Muestreo auditoría.
NIA 540
Auditoria de estimaciones contables, incluidas las de valor razonable, y de la información relacionada a revelar.
NIA 550
Partes relacionadas.
NIA 560
Hechos posteriores al cierre.
de
auditoría relevante y fiable mediante la utilización de procedimientos analíticos sustantivos Diseño y aplicación, en una fecha cercana a la finalización de la auditoria, de procedimientos analíticos que le ayuden a alcanzar una conclusión global sobre si los estados financieros son congruentes con su conocimiento de la entidad. Que al utilizar el muestreo de auditoría el auditor proporcione una base razonable a partir de la cual alcanza conclusiones sobre la población de la que se selecciona la muestra. Obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada de que: Las estimaciones contables, incluidas las estimaciones contables del valor razonable, reconocidas o reveladas en los estados financieros, son razonables correspondiente La información revelada en los estados financieros es adecuada en el contexto del marco de información financiera aplicable. La obtención de conocimientos suficiente de las relaciones y transacciones relacionadas con las partes vinculadas con independencia de que el marco de información financiera aplicable establezca o no requerimientos sobre las partes vinculadas. evidencia de Obtener auditoría suficiente y adecuada sobre si los hechos ocurridos entre la fecha de los estados financieros y la fecha del informe de auditoría y que requieran un ajuste de los estados financieros, o su revelación en estos, se han reflejado adecuadamente en los estados financieros de conformidad con el marco de información financiera aplicable. Reaccionar adecuadamente ante los hechos que lleguen a su conocimiento después de la fecha del informe de auditoría.
Es aplicable en las auditorias de estados financieros. También su responsabilidad de aplicar en una fecha cercana a la finalización de la auditoria, procedimientos analíticos que le faciliten alcanzar una conclusión global sobre los estados financieros.
Se aplica cuando el auditor decide emplear el muestreo de auditoría en la realización de procedimientos de auditoría. Es aplicable en las auditorias de estados financieros. La responsabilidad que tiene el auditor en relación con las estimaciones contables, incluidas las estimaciones contables del valor razonable, y la información relacionada a revelar al realizar una auditoría de estados financieros.
Es aplicable en las auditorias de estados financieros. La responsabilidad del auditor en lo que respecta a las relaciones y transacciones con partes vinculadas en una auditoría de estados financieros. Es aplicable en las auditorias de estados financieros. La responsabilidad del auditor respecto a los hechos posteriores al cierre, en una auditoria de estados financieros
NIA 570
Empresa funcionamiento.
NIA 580
Manifestaciones escritas.
en
600-699 Utilización del trabajo de terceros. Consideraciones NIA especiales 600 – Auditorias de estados financieros de grupos (incluido el trabajo de los auditores de componentes).
Obtención de evidencia de
auditoría suficiente y adecuada sobre la adecuación de la utilización por parte de la dirección de la hipótesis de empresa en funcionamiento para la preparación de los estados financieros. Determinación, sobre la base de la evidencia de auditoría obtenida, de la existencia o no de una incertidumbre material relacionada con hechos o con condiciones que pueden generar dudas significativas sobre las capacidad de la entidad para continuar como empresa en funcionamiento de las La determinación implicaciones para el informe de auditoría. La obtención de manifestaciones escritas de la dirección y cuando proceda de los responsables del gobierno de la entidad relativas a que consideran haber cumplido su responsabilidad en cuanto a la preparación de los estados financieros y la integridad de la información proporcionada al auditor.
Determinar si es adecuado actuar como auditor de los estados financieros del grupo y si actúa como auditor de los estados financieros del grupo: La comunicación clara con los auditores de los componentes sobre el alcance y momento de realización de su trabajo sobre la información financiera relacionada con los componentes, así como sobre sus hallazgos. La obtención de evidencia de auditoría suficiente y adecuada sobre la información financiera de los componentes y el proceso de consolidación, para expresar una opinión sobre si los estados financieros del grupo han sido preparados, en todos los aspectos materiales, de conformidad con el marco de información financiera aplicable.
Es aplicable en las auditorias de estados financieros. La responsabilidad del auditor en la auditoría de estados financieros, en relación con la utilización por parte de la dirección de la hipótesis de empresa en funcionamiento para la preparación de los estados financieros.
Es aplicable en las auditorias de estados financieros. La responsabilidad que tiene el auditor, en una auditoria de estados financieros, de obtener manifestaciones escritas de la dirección y, cuando proceda, de los responsables del gobierno de la entidad.
Es aplicable en las auditorias de estados financieros. Son aplicables a las auditorias de grupo. Trata de las consideraciones particulares aplicables a las auditorias del grupo y en concreto, a aquellas en las que participan los auditores de los componentes.
NIA 610
Utilización del trabajo de los auditores internos.
NIA 620
Utilización del trabajo de un experto del auditor.
700-799 conclusiones y dictamen de auditoría. Formación de opinión NIA y emisión del informe 700 de auditoría sobre los estados financieros.
NIA 705
Opinión modificada en el informe emitido por un auditor independiente.
NIA 706
Párrafos de énfasis y párrafos sobre otras cuestiones en el informe emitido por un auditor independiente.
Cuando la entidad dispone de una función de auditoría interna que el auditor externo ha determinado que puede ser relevante para la auditoria, son: Determinar si se utilizaran trabajos específicos de los auditores internos y en su caso la extensión de dicha utilización. En caso de utilizar trabajos específicos de los auditores internos determinar si dichos trabajos son adecuados para los fines de la auditoria. Determinar si se utiliza el trabajo de un experto del auditor. En caso de utilizar el trabajo de un experto del auditor, determinar si dicho trabajo es adecuado para los fines del auditor.
Es aplicable en las auditorias de estados financieros. La responsabilidad del auditor externo con respecto al trabajo de los auditores internos cuando el auditor externo ha determinado que es posible que la función de auditoría interna sea relevante para la auditoria.
La formación de una opinión
Es aplicable en las auditorias de estados financieros. La responsabilidad del auditor de formarse una opinión sobre los estados financieros. También de la estructura y el contenido del informe de auditoría emitido como resultado de una auditoria de estados financieros. Es aplicable en las auditorias de estados financieros. La responsabilidad que tiene el auditor de emitir un informe adecuado en función de las circunstancias cuando, al formarse una opinión, concluya que es necesaria una opinión modificada sobre los estados financieros.
sobre los estados financieros basada en una evaluación de las conclusiones extraídas de la evidencia de auditoría obtenida. expresión de dicha La opinión con claridad mediante un informe escrito en el que también se describa en la que se sustenta la opinión. Expresa con claridad una opinión modificada adecuada sobre los estados financieros cuando: El auditor concluya que, sobre la base de la evidencia de auditoría obtenida, los estados financieros en su conjunto no están libres de incorrección material. El auditor no pueda obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada para concluir que los estados financieros en su conjunto estén libres de incorrección material. Una vez formada la opinión sobre los estados financieros se debe llamar la atención de los usuarios, cuando a su juicio sea necesario, por medio de una clara comunicación adicional en el informe de auditoría sobre: Una cuestión que, aunque este adecuadamente
Es aplicable en las auditorias de estados financieros. El auditor es el único responsable de la opinión de auditoría expresada y la utilización por el auditor del trabajo de un experto del auditor no reduce dicha responsabilidad.
Es aplicable en las auditorias de estados financieros. En las comunicaciones adicionales en el informe de auditoría cuando el auditor lo considere necesario para llamar la atención de los usuarios
NIA 710
Información comparativa – Cifras correspondientes de periodos anteriores y estados financieros comparativos.
NIA 720
Responsabilidades del auditor con respecto a otra información incluida en los documentos que contienen los estados financieros auditados.
presentada o revelada en los estados financieros, sea de tal importancia que resulte fundamental para que los usuarios comprendan los estados financieros. Cuando proceda, cualquier otra cuestión que sea relevante para que los usuarios comprendan la auditoría, las responsabilidades del auditor o el informe de auditoría. Obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada sobre si la información comparativa incluida en los estados financieros se presenta, en todos los aspectos materiales, de conformidad son los requerimientos del marco de información aplicable relativos a la información comparativa y emitir un informe de conformidad con las responsabilidades del auditor. Responder adecuadamente cuando los documentos que contienen los estados financieros auditados y el correspondiente informe de auditoría incluyen otra información que pueda menoscabar la credibilidad de los estados financieros y del informe de auditoría.
sobre una cuestión o cuestiones presentadas o reveladas en los estados financieros, de tal importancia resulte fundamental para que los usuarios comprendan los estados financieros.
Aplicar las NIA en una auditoria de estados financieros preparados de conformidad con un marco de información con fines específicos, es tratar de manera adecuada las consideraciones especiales que son aplicables son respecto a: La aceptación del encargo. La planificación y realización de dicho encargo. La formación de una opinión y el informe sobre los estados financieros. Que al aplicar las NIA en la auditoria de un solo estado financiero o de un elemento, cuenta o partida específica de un estado financiero, es tratar adecuadamente las consideraciones especiales que son relevantes son respecto a: La aceptación del encargo. La planificación y realización
Es aplicable en las auditorias de estados financieros. Y trata de las consideraciones especiales para la aplicación de dichas NIA a una auditoria de estados financieros preparados de conformidad con un marco de información con fines específicos.
Es aplicable en las auditorias de estados financieros. Las responsabilidades del auditor en relación con la información comparativa en una auditoria de estados financieros. si los estados financieros del periodo anterior fueron auditados por un predecesor o no fueron auditados. Es aplicable en las auditorias de estados financieros. Las responsabilidades que tiene el auditor con respecto a otra información incluida en documentos que contiene estados financieros auditados y el correspondiente informe de auditoría.
800-899 aéreas especializadas. NIA 800
Consideraciones especiales – auditorias de estados financieros preparados de conformidad con un marco de información con fines específicos
NIA 805
Consideraciones especiales – Auditorias de un solo estado financiero o de un elemento, cuenta o partidas específicos de un estado financiero.
Las NIA son de aplicación a la auditoria de estados financieros y cuando se aplican a la auditoria de otra información financiera histórica se deben adaptar a las circunstancias, según corresponda. No aplica al informe del auditor de un componente
de dicho encargo. La formación de una opinión y el informe sobre los estados financieros o sobre el elemento, cuenta o partida específicos de un estado financiero.
NIA 810
Encargos para informar sobre estados financieros.
Determinar si es adecuado
que se emita como resultado del trabajo realizado sobre la información financiera de un componente, a petición del equipo del encargo del grupo a efectos de la auditoria de estados financieros del grupo. Es aplicable en las auditorias de estados financieros. De las responsabilidades que tiene el auditor en relación con un encargo para informar sobre unos estados financieros resumidos derivados de unos estados financieros auditados por dicho auditor de conformidad con las NIA.
aceptar el encargo para informar sobre los estados financieros resumidos Si se le encontrara para informarle sobre unos estados financieros resumidos: Formarse una opinión sobre los estados financieros resumidos basada en una evaluación de las conclusiones extraídas de la evidencia de auditoría obtenida claramente Expresar dicha opinión en un informe escrito que describa asimismo el fundamento de dicha opinión. Normas de auditoría, para atestiguar, revisión y otros servicios relacionados
Normas para atestiguar Normas relativas a trabajos para atestiguar 7010
Normas testiguar.
7020
Informes sobre exámenes y revisiones de información financiera proforma. Informes sobre exámenes del control interno relacionado con la preparación de la información financiera.
7030
para
Proporcionar un marco general de referencia y establecer límites razonables alrededor de la funcione de atestiguar.
Aplicable únicamente a los servicios de atestiguar que presta el Contador Público en la práctica de la Contaduría Publica. No es aplicable en auditorias de estados financieros.
Establecer las normas y proporcionar guías al Contador Público que es contratado para examinar y opinar sobre la efectividad del diseño y/u operación del sistema de control interno relacionado con información financiera a una fecha específica.
No aplica a: de los Exámen controles internos aplicables a las operaciones y al cumplimiento de leyes y reglamentos. Estudio y evaluación del control interno de una entidad. de Trabajos implantación del sistema de control interno, así como de recopilación de información.
7040
Exámenes sobre el cumplimiento de disposición es específica.
Establecer los pronunciamientos normativos de ejecución del trabajo y de información a que se debe sujetar al Contador Público en el desarrollo de sus actividades, como profesional experto al rendir un informe relativo al examen sobre el cumplimiento de disposiciones especificas, y no se efectuó una auditoria de estados financieros; asimismo, este boletín sobre el informe relativo a la evaluación de la efectividad del control interno o sobre las declaraciones de la administración respecto a la efectividad del control interno, para dar cumplimiento a dichas disposiciones.
7050
Otros informes sobre exámenes y revisiones de atestiguamiento
Establecer los pronunciamientos normativos a los que se deben sujetar los Contadores públicos que sean contratados para presentar un servicio de atestiguamiento.
7060
Exámenes de información financiera proyectada.
7080
Carta convenio para confirmar la presentación de servicios de atestiguar.
Establecer los pronunciamientos normativos a los que se debe sujetar el Contador Público al emitir opiniones sobre información financiera proyectada. Aplicando procedimientos y cumplir con las normas que establece este documento y el boletín 7010 de normas para atestiguar. Normar el contenido de la cata convenio que establece los términos de la prestación de servicios de atestiguar.
7090
Informe de atestiguamiento sobre los controles e una organización de servicios.
Para el auditor de la organización de servicios: certidumbre Obtener razonable de que, en todos los aspectos importantes,
Comprende los lineamientos normativos aplicables al Contador Público en su actuación como profesional especializado en la realización de un examen para atestiguar sobre: El cumplimiento con disposiciones especificas por parte de una compañía, o sobre las declaraciones de la administración respecto al cumplimiento de las mismas. Las declaraciones de la administración de la administración respecto a la efectividad del control interno, para dar cumplimiento a las disposiciones especificas antes mencionados. Se refiere a los informes sobre exámenes y revisiones de atestiguamiento que, con frecuencia y atendiendo a diversas necesidades, le son solicitados al Contador Público, los cuales son diferentes a los informes sobre información financiera proyectada, efectividad del control interno relacionado con la preparación de información financiera, etc. Es aplicable cuando el contador público es contratado para emitir un informe sobre examen de información financiera proyectada, independientemente de cómo se le nombre.
Se refiere a la carta convenio que el contador público prepara para formalizar con su cliente la aceptación términos del servicio de atestiguar que prestará. Es aplicable cuando la organización de servicios es responsable, o de alguna forma, puede aseverar sobre el adecuado diseño
sobre la base de criterios adecuados.
de los controles.
Normas de revisión Revisión financiera 9010
Revisión de estados financieros
9020
Revisión de estados financieros intermedia realizada por el auditor independiente de la entidad.
Permitir a un contador público declarar si, sobre la base de procedimientos que no se proporcionan toda la evidencia que se requería en una auditoria, algo ha llamado su atención que le haga creer que los estados financieros no estén preparados, en todos los aspectos importantes, de acuerdo con el marco contable aplicable. Hacer posible que el auditor exprese una conclusión sobre si, con base en la revisión, ha llamado a su atención algo que le haga creer que la información financiera intermedia no está preparada, en todos los aspectos importantes, de acuerdo con el marco contable aplicable.
Esta NR está dirigida a la revisión de estados financieros integrales a una fecha individual o de un componente del mismo, en cuyo caso son aplicables las normas para atestiguar emitidas por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, AC. Esta NR está dirigida a la revisión de estados financieros integrales a una fecha individual o de un componente del mismo, en cuyo caso son aplicables las normas para atestiguar emitidas por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, AC.
Normas para otros servicios relacionados Trabajos de compilación de procedimientos convenidos 11010
Informe del Contador Público sobre el resultado de la aplicación de procedimientos convenidos
11020
Informe sobre trabajos para compilar información financiera
Establecer las normas y proporcionar los lineamientos sobre las responsabilidades profesionales del contador público cuando realiza un trabajo de aplicación de procedimientos convenidos respecto de información financiera; sin embargo, también proporciona lineamientos útiles para trabajos respecto de información no financiera, de la que el contador público tiene conocimiento y existen criterios razonables en los cuales sustentar sus resultados. Establecer las normas y proporcionar lineamientos sobre las responsabilidades profesionales del contador público, cuando realiza un trabajo para compilar información con dicha compilación.
Se refiere al informe que el contador público emitirá sobre el resultado de la aplicación de procedimientos convenidos, acordados con el cliente o con el usuario de la información, sobre los saldos de componentes, cuentas o partidas especificas de los estados financieros, o a la información no financiera sujeta a la aplicación de procedimientos convenidos. Se refiere al trabajo e informe que el contador público emitirá sobre el trabajo de compilación de información financiera, acordado con el cliente.