CONVENIO DE AUSPICIO PUBLICITARIO PUBLICITARIO
Conste Conste por el present presente e documen documento to el Conveni Convenio o de Auspi Auspicio cio Public Publicita itario rio,, que celebr celebran, an, de una parte DINERS CLUB PERÚ S.A. con RUC N° 2010011870 ! domicilio en la Av" Canaval #ore!ra N° $%$, &an 'sidro, representado por el &e(ora )eslie Roc*o +scudero valos identi-icado con ."N"'" N° 0/%00$ ! por el &e(or +nrique ernando elevan 3rti4 con ."N"'" 0/%72172, se56n poder inscrito en el asiento C000$2 de la Partida N° 11017% de &ociedades de los Re5istros P6blicos de )ima, en adelante .'N+R&, ! de la otra parte, restaurante +terno Retorno &AC con RUC N° 20$21%7002 20$21%7002 ! domicilio domicilio en Av" Av" olo5nesi olo5nesi Nro" 7$2, arranco, representada por su Apoderado se(or 9ictor #anuel C:an5 &a! ;on5 con ."N"'" N°1022$%$1 se56n poder inscrito en la Partida N°<<<<<<<<<<<<<<122/1%0 N°<<<<<<<<<<<<<<122/1%0 de &ociedades de los Re5istros P6blicos de )ima, en adel adelan ante te el A' A')' )'A. A.3 3,, ba=o ba=o los los t>rm t>rmin inos os ! condi condici cion ones es cont conteni enido doss en las las cl?usulas si5uientes@ PRIMERA: ANTECEDENTES.-
.'N+R& es una empresa emisora ! administradora de tar=etas de cr>dito que opera la tar=eta de cr>dito Diners Club en el territorio de la Rep6blica del Per6, a trav>s de la licencia concedida por .iners Club 'nternational" +l A')' A')'A.3 A.3 es propiet propietari ario o de los establ estableci ecimie miento ntoss comerci comerciale aless a-ilia a-iliados dos al sistema de tar=etas de cr>dito Diners Club , con el nombre comercial Amoramar, Amar de )ima, Ca-> de de )ima ubicados en irBn arc*a ! arc*a 17$ arranco, Avenida C:ac:i .ibBs 1201 C:orrillos, Avenida An5amos 3este100% #ira-lores, #ira-lores , en adelante el +&DA)+C'#'+ND3" +&DA)+C'#'+ND3" SEGUNDA: OBJETO.-
Por el presente el A')'A.3 conviene en otor5arle a .'N+R& la autori4aciBn para la presencia de la marca Diners Club en los +&DA)+C'#'+ND3& ! participar? se5 se56n cons onsidere en las promo romocciones nes que .'N+R& dise(e par para sus +&DA +&DA)+C'# )+C'#'+ND '+ND3&, 3&, a cambio del precio establecido establecido en la cl?usula Euinta del presente Convenio" TERCERA: PLAZO.-
+l pla4o de duraciBn del presente Convenio es de un a(o ! medio, que empe4ar? el 2 de a5osto de 201 ! terminar? el %1 de diciembre de 2017" +l Convenio podr? ser renovado si las partes as* lo tuvieran por conveniente ! se pusieran de acuerdo sobre los t>rminos ! condiciones de la prBrro5a, con por lo menos %0 d*as de anticipaciBn a la -ec:a de su vencimiento, cursando para tales e-ectos una comunicaciBn con dic:a -inalidad"
CUARTA: OBLIGACIONES DEL AFILIADO.-
+l A')'A.3 se compromete con .'N+R& a cumplir con lo si5uiente@ a A otor5ar presencia e
s de los canales de comunicaciBn que manten5a Fcomo Geb, redes sociales, etc"H" e A permitir ! apo!ar la e=ecuciBn de acciones de adquisiciBn, activaciBn ! desarrollo de &ocios dise(adas por .'N+R&, previamente aprobadas por +) A')'A.3" - A mantener la con-idencialidad del presente Convenio, lo que implica que no podr? revelar su contenido a nin5una persona" QUINTA: PRECIO Y FORMA DE PAGO.-
Por el auspicio publicitario, .'N+R& pa5ar? al A')'A.3 lo si5uiente@ aH U&I ,000"00 FCUADR3 #') J 00K100 .3)AR+& A#+R'CAN3&H, m?s el '9, lue5o de -irmado el convenio e implementada la presencia de la marca Diners Club en los men6s ! uni-ormes del personal de los +&DA)+C'#'+ND3&, que ser? cancelado quince d*as despu>s de la presentaciBn de la correspondiente -actura emitida con-orme le!" bH U&I ,000"00 FCUADR3 #') J 00K100 .3)AR+& A#+R'CAN3&, m?s el '9, despu>s de :aber -irmado el convenio ! lue5o de :aber coordinado las acciones comerciales a reali4ar :asta diciembre del 201" cH U&I ,000"00 FCUADR3 #') J 00K100 .3)AR+& A#+R'CAN3&, m?s el '9, el 1$° de noviembre de 201 lue5o de :aber coordinado las acciones comerciales a reali4ar para el a(o 2017 dH U&I 2,000"00 F.3& #') J 00K100 .3)AR+& A#+R'CAN3&, m?s el '9, si durante el per*odo comprendido entre el 1$ de a5osto de 201 ! el %1° de diciembre de 201 siempre que las acciones comerciales est>n en e=ecuciBn" eH U&I 2,000"00 F.3& #') J 00K100 .3)AR+& A#+R'CAN3&, m?s el '9 el 1$ de mar4o del 2017, -H U&I 2,000"00 F.3& #') J 00K100 .3)AR+& A#+R'CAN3&, m?s el '9, si durante el per*odo comprendido entre el 1$° de a5osto de 201 ! el %1° de diciembre de 2017, el A')'A.3 alcan4a una -acturaciBn de &K 200,000"00 FDR+& C'+ND3 C'NCU+NDA #') J 00K100 &3)+&H" +l bono por cumplimiento de meta ser? cancelado por .'N+R& el 1$ de enero del 2018, contra la correspondiente -actura emitida con-orme a le!" +n caso no alcance la meta el
pa5o ser? proporcional a la -acturaciBn alcan4ada" SEXTA: NATURALEZA DEL CONVENIO.-
+l presente contrato por su naturale4a es de *ndole comercial, por lo que entre las partes no e
+) A')'A.3 se obli5a, durante el pla4o de vi5encia del presente Convenio, a no suscribir nin56n convenio similar al presente con otras empresas emisoras u operadoras de tar=eta de cr>dito o d>bito para que ten5an presencia comercial en las instalaciones de los +&DA)+C'#'+ND3&" +sta edito o d>bito emitida por cualquier entidad, como medio de pa5o de sus clientes" OCTAVA: PROPIEDAD INTELECTUAL.-
.'N+R& ! el A')'A.3 reconocen ! se comprometen a que@ a .iners Club 'nternational es el 6nico ! e de )ima Fnombre ! las diversas marcas comerciales, nombres comerciales, marca de servicios ! lo5os asociados de propiedad de ! re5istrados por el A')'A.3H ! de la plusval*a asociada a ellas, as* como de todos los derec:os ! usos de cualquiera de ellas" +stas marcas comerciales :an adquirido una valiosa plusval*a ! distintividad que ni .'N+R& o el A')'A.3 podr?n per=udicar o a-ectar adversamente los derec:os de propiedad de .iners Club 'nternational o del A')'A.3" b .'N+R& ! el A')'A.3 no utili4ar?n a t*tulo de marca, cualquiera de las marcas que cualquiera de ellos entre5ue al otro ! respetar? aquellos derec:os de propiedad intelectual de los cuales .'N+R& o el A')'A.3 sean su le5*timo titular" c .'N+R& ! el A')'A.3 se comprometen a no :acer uso de las marcas del otro sin previo consentimiento e
+n caso de incumplimiento de las obli5aciones a car5o del A')'A.3, >ste devolver? a .'N+R& el importe total recibido por el auspicio publicitario, dentro de un pla4o no ma!or de die4 d*as calendario a partir de la -ec:a recibida a la carta notarial del aviso de incumplimiento" +l incumplimiento del A')'A.3 en la devoluciBn del importe establecido dentro del pla4o antes se(alado, lo constitu!e autom?ticamente en mora, sin necesidad de previo aviso =udicial o es permitida por el anco Central de Reserva, la correspondiente indemni4aciBn por da(os ! pre=uicios, as* como los 5astos ! costos que ello irro5ue" DÉCIMA: CONTROVERSIAS.-
)as partes contratantes acuerdan que cualquier desavenencia o controversia que pudiera derivarse del presente Convenio o en relaciBn con >l se solucionar? si5uiendo el si5uiente procedimiento@ 1 +n primer lu5ar las partes :ar?n sus es-uer4os para encontrar una soluciBn ami5able, dentro de un pla4o de quince d*as calendario" 2 &i no lle5aren a nin56n acuerdo satis-actorio, las partes se someten e
MMMMMMMMMMMMMMMMMMMM EL AFILIADO
MMMMMMMMMMMMMMMMMM DINERS CLUB