CONTESTA DEMANDA DE RELACIÓN DIRECTA Y REGULAR En lo principal: Contesta demanda de relación directa y regular; Primer Otrosí: Acompaña documentos; Segundo Otrosí: Patrocinio y Poder. S.J.L. de Familia ......................................................................., profesión u oficio ................, estado civil ................., cédula nacional de identidad número ...................., domiciliado ..........................................,, en autos sobre demanda de modificación de relación directa y regular, caratulados “..............................”, causa RIT.................. a US. respetuosamente digo: Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 58 de la ley Nº19.968 y estando dentro del plazo legal, vengo en este acto en contestar demanda de modificación de relación directa y regular interpuesta en mi contra por .............................., cédula nacional de identidad Nº.............................., allanándome en cuanto a que el padre vea y se relacione con nuestro hijo .........................................., porque es un beneficio para .............................., pero con los regímenes propuestos en este libelo, por las consideraciones de hecho y derecho que S.S. paso a exponer: HECHOS: Nota: Propuesta nueva de régimen comunicacional. En la que se deberá considerar la edad del menor, circunstancias particulares y condiciones de desarrollo del régimen comunicacional. DERECHO: En virtud de la Convención sobre los Derechos del Niño (en adelante la Convención), ratificada por nuestro país con fecha 13 de agosto de 1990, Chile asume obligaciones internacionales en orden a proporcionar tutela efectiva a la familia, en tanto núcleo fundamental de la sociedad y medio de crecimiento y bienestar de todos sus miembros, reconociendo el derecho de todo niño a crecer en el seno de su familia para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad. De esta manera, conforme al artículo 3 de la Convención, una consideración esencial de los tribunales en materia de familia será el interés superior del niño. Debe tenerse presente que el Código Civil, en su artículo 222, también reconoce el interés superior del niño como principio rector en las materias que les conciernen, y prescribe que es justamente el interés del niño la preocupación fundamental de los padres.
Es un derecho del niño, de acuerdo a lo prescrito en el artículo 8 de la Convención, el preservar su propia identidad, incluidos, entre otros, las relaciones familiares, de conformidad con la ley, estando en su interés superior el preservar dichas relaciones, tanto con sus progenitores, como con sus abuelos y otros familiares, lo cual apunta a un normal y sano desarrollo emocional, y en definitiva, al libre desarrollo de su personalidad. Dicho de otro modo, es un derecho inherente a la persona humana preservar su propia identidad, y específicamente el mantener vínculos afectivos con su familia, no habiendo circunstancias graves que aconsejen otra cosa. El deber de protección a la familia no está consagrado solamente en la Convención, sino que es asumido de manera expresa en nuestra Constitución Política de la República, en su artículo 1º inciso segundo declara que “La familia es el núcleo fundamental de la sociedad”. La familia, como es sabido, es un grupo de personas unidas por vínculos de parentesco, ya sea consanguíneo, por matrimonio, o adopción que viven juntos por un período indefinido de tiempo constituyendo la unidad básica de la sociedad. POR TANTO, artículos 222, 229 del Código Civil, artículo 1º inciso segundo de la Constitución Política de la República, artículo 3 de la Convención sobre los Derechos del Niño, artículo 48 de la ley Nº16.618, Ley Nº19.968 que Crea los Tribunales de Familia. SOLICITO A US.: Tener por contestada en tiempo y forma la demanda de relación directa y regular, interpuesta en autos en mi contra, por ............................................., ya individualizado, acceder a lo solicitado, esto es, la relación directa y regular de ........................, con su padre, sea en el tiempo y forma indicado y en forma progresiva hasta que se forme el lazo padre-hijo, y en definitiva rechazar en parte la demanda propuesta por el demandante de autos. PRIMER OTROSÍ: Ruego a US. tener por acompañados los siguientes documentos: 1. Certificado de nacimiento de mi hijo .............................................. 2. Acta Certificado Mediación Frustrada. SEGUNDO OTROSÍ: Ruego a US. tener presente que por este acto vengo en designar abogado patrocinante y en conferir poder ......................................................... de esta ciudad y ofreciendo para efectos de notificaciones el correo electrónico ................................., en el mismo acto confiero poder, con todas y cada una de las facultades indicadas en el artículo 7º del Código de Procedimiento Civil, las que doy por expresamente reproducidas, especialmente las de transigir, comprometer, aprobar convenios y percibir, las que declaro conocer y acepto en su totalidad.
#1234# NORMATIVA ASOCIADA Ley Nº19.968 que Crea los Tribunales de Familia. Ley Nº20.286. Decreto Nº763 de 2009, del Ministerio de Justicia. Código Civil, artículo 229. #5678#