CURSO
:
CONTABILIDAD CONTABILIDAD SECTORIAL II
DOCENTE
:
JESÚS HUABLOCHE
TEMA
:
CONTABILIDAD CONTABILIDAD HOTELERA
ALUMNO
:
JOSÉ CARLOS FLORES DÁVALOS
CÓDIGO
:
2013046603
TACNA – PERÚ 2016
2016
CONTABILIDAD HOTELERA
ÍNDICE INTRODUCCIÓN ........................................................................................................................ ....................................................................................................................... 4 CONTABILIDAD HOTELERA ................................................................................................... .................................................................................................. 5 1.
DEFINICIONES .................................................................. .............................................................................................................. ............................................ 5
2.
CARACTERÍSTICAS CARACTERÍSTICAS DE UN HOTEL .............................................................. ......................................................................... ........... 5
3. ASPECTO TRIBUTARIO TRIBUTARIO ............................................................. .............................................................................................. ................................. 6 3.1.
IMPUESTO A LA RENTA ...................................................................................... ..................................................................................... 6
3.2.
IMPUESTO A LAS TRANSACCIONES TRANSACCIONES FINANCIERAS (ITF) ........................ 7
3.3.
IMPUESTO TEMPORAL DE ACTIVOS NETOS ............................................... 7
3.4.
IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS ............................................................ 8
3.5.
IMPUESTO DE PROMOCIÓN MUNICIPAL ..................................................... 8
3.6.
EMISIÓN DE COMPROBANTES DE PAGO ..................................................... 8
3.7.
LEGALIZACIÓN DE REGISTROS DE HUÉSPEDES ...................................... 9
3.8.
LIBROS Y REGISTROS ........................................................................................ ........................................................................................ 9
4.
CONTRIBUCIONES SOCIALES .............................................................................. ............................................................................. 9
4.1.
SEGURIDAD SOCIAL .......................................................... ........................................................................................... ................................. 9
4.2.
SISTEMA NACIONAL DE PENSIONES ........................................................... ........................................................... 10
4.3.
SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES ............................................................. 10
5. ASPECTO LEGAL ........................................................................................................ ....................................................................................................... 11 5.1. DERECHOS DEL HUÉSPED ................................................................................. 11 5.2. DERECHOS DEL HOSPEDANTE ........................................................................ 12 6.
PARTICIPACION DE LOS TRABAJADORES EN LAS EMPRESA ..................... 12
7.
REGIMEN ESPECIAL DE ESTABLECIMIENTOS DE HOSPEDAJE .................. 13
8.
BASE LEGAL .......................................................... ................................................................................................................ ...................................................... 16
9.
CASO PRÁCTICO ........................................................................................................ ....................................................................................................... 18 9.1.
LIBRO DIARIO ...................................................................................................... 24
9.2.
HOJA DE TRABAJO ............................................................................................ 29
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ÍNDICE INTRODUCCIÓN ........................................................................................................................ ....................................................................................................................... 4 CONTABILIDAD HOTELERA ................................................................................................... .................................................................................................. 5 1.
DEFINICIONES .................................................................. .............................................................................................................. ............................................ 5
2.
CARACTERÍSTICAS CARACTERÍSTICAS DE UN HOTEL .............................................................. ......................................................................... ........... 5
3. ASPECTO TRIBUTARIO TRIBUTARIO ............................................................. .............................................................................................. ................................. 6 3.1.
IMPUESTO A LA RENTA ...................................................................................... ..................................................................................... 6
3.2.
IMPUESTO A LAS TRANSACCIONES TRANSACCIONES FINANCIERAS (ITF) ........................ 7
3.3.
IMPUESTO TEMPORAL DE ACTIVOS NETOS ............................................... 7
3.4.
IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS ............................................................ 8
3.5.
IMPUESTO DE PROMOCIÓN MUNICIPAL ..................................................... 8
3.6.
EMISIÓN DE COMPROBANTES DE PAGO ..................................................... 8
3.7.
LEGALIZACIÓN DE REGISTROS DE HUÉSPEDES ...................................... 9
3.8.
LIBROS Y REGISTROS ........................................................................................ ........................................................................................ 9
4.
CONTRIBUCIONES SOCIALES .............................................................................. ............................................................................. 9
4.1.
SEGURIDAD SOCIAL .......................................................... ........................................................................................... ................................. 9
4.2.
SISTEMA NACIONAL DE PENSIONES ........................................................... ........................................................... 10
4.3.
SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES ............................................................. 10
5. ASPECTO LEGAL ........................................................................................................ ....................................................................................................... 11 5.1. DERECHOS DEL HUÉSPED ................................................................................. 11 5.2. DERECHOS DEL HOSPEDANTE ........................................................................ 12 6.
PARTICIPACION DE LOS TRABAJADORES EN LAS EMPRESA ..................... 12
7.
REGIMEN ESPECIAL DE ESTABLECIMIENTOS DE HOSPEDAJE .................. 13
8.
BASE LEGAL .......................................................... ................................................................................................................ ...................................................... 16
9.
CASO PRÁCTICO ........................................................................................................ ....................................................................................................... 18 9.1.
LIBRO DIARIO ...................................................................................................... 24
9.2.
HOJA DE TRABAJO ............................................................................................ 29
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9.3. ESTADO DE RESULTADOS ................................................................................. ................................................................................ 30 9.3. ESTADO DE DE SITUACION FINANCIERA ............................................................. ............................................................. 31
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INTRODUCCIÓN
Como toda empresa, la contabilidad constituye un elemento fundamental para conocer su historia económica y financiera así como la información de los Estados Financieros fundamentalmente el Balance General, el estado de pérdidas y ganancias y el Estado de flujo de efectivo. En el caso de hoteles, además de llevar contabilidad consistente, confiable y oportuna, es fundamental la sistematización de los costos de los diferentes servicios que ofrece. El jefe de contabilidad se encarga de organizar, ejecutar, supervisar, controlar, y coordinar las distintas actividades que tienen relación con el proceso contable, los libros, estados financieros y su vinculación con los Departamentos de Pagaduría o Tesorería o caja si existieren estas unidades. La Contabilidad Hotelera en el contexto empresarial tiene como objetivo fundamental el proporcionar toda la información requerida por cada una de las dependencias de la Compañía, ejemplo: restaurante, lavandería, hospedaje, zonas húmedas, servicios generales y administración entre otros. Reconociendo que la actividad turística implica la prestación de servicios, la venta de productos terminados, realización de eventos de diversa índole, encuentros culturales, además de la comercialización de otros bienes accesorios; se hace necesario el disponer de información efectiva, inmediata y oportuna para determinar con toda seguridad los precios de venta de los bienes y servicios que se ofrecen a los clientes. De ahí la importancia de poseer un Departamento de Contabilidad bien organizado que cumpla con todas las exigencias de tipo legal, así como con los requerimientos (informes, costos y presupuestos) de la Administración. Y en tal propósito no se puede desconocer la importante labor que realiza el Departamento de Costos y Presupuestos, en todo lo pertinente a la determinación de costos unitarios y totales, para que la Dirección de Mercadeo y Ventas, ajustada a las políticas de la Empresa, determine los precios de venta al público.
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1. DEFINICIONES Son aquellos establecimientos que facilitan alojamiento con o sin servicios complementarios, distintos de los correspondientes a cualquiera de las otras modalidades Su actividad principal se concreta en: La reserva de habitaciones y servicios en establecimientos hoteleros y complementarios. La actividad de la hotelería, es una actividad mercantil de venta de servicios de alojamiento y gastronomía fundamentalmente, esta tiene características generales y económicas financieras especiales que la diferencian de otras actividades comerciales e industriales. Algunas de las características generales de este sector son: gran diversidad y complejidad, rigidez de la oferta.
2. CARACTERÍSTICAS DE UN HOTEL a) Pertenece al sector servicios y origina un encuentro inmediato entre el productor y el consumidor. b) Produce contactos permanentes dentro de la empresa entre los diferentes componentes de la organización del trabajo en sus distintos estamentos jerárquicos. c) Necesita innovaciones rápidas y permanentes en relación a las necesidades y preferencias de los clientes así como a las aspiraciones legítimas de los empleados y técnicas de producción. d) Le impacta directamente la influencia directa derivada de la situación económica, política y social. e) Es una industria de producción Limitada ( alojamiento) f) Algunos servicios internos del hotel genera una venta indirecta. g) Dentro del concepto hotel podemos distinguir al menos tres tipos de negocio:
Empresa de prestación de servicios ( alojamientos y otros)
Empresa Transformadora (cocina y otros)
Empresa Comercial ( bares y otros)
h) El producto hotelero tiene carácter “ consumible” y “ no es almacenable”
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i) La venta de los servicios de hoteles (micro productos) tiene características propias. j) Validez limitada en el tiempo y rigidez en el espacio. k) En el turismo el producto se consume en el lugar de producción. l) El hotel de prestación de servicios tiene una unidad de tiempo y espacio que no puede ser objeto de almacenamiento
3. ASPECTO TRIBUTARIO Impuestos a los que están afectos
3.1. IMPUESTO A LA RENTA El Impuesto a la Renta es un tributo de periodicidad anual, que se aplica sobre las rentas obtenidas por los contribuyentes domiciliados en el país, sin tener en cuenta la nacionalidad de las personas naturales ni el lugar de constitución de las empresas ni la ubicación de la fuente productora. Asimismo, grava a los contribuyentes no domiciliados en el país sólo con respecto a la renta proveniente de fuente peruana. En el caso de empresas, el impuesto antes mencionado se aplica sobre cualquier ganancia o beneficio derivado de operaciones con terceros. Las rentas de sociedades irregulares, consorcios, asociaciones en participación y joint ventures, y otros contratos de colaboración empresarial, llevarán contabilidad independiente de la de sus socios o partes contratantes. Respecto a la obligación de llevar libros contables véase la parte de la empresa comercial. Beneficios de la depreciación Las empresas de servicios de establecimientos de hospedaje que inicien o amplíen sus operaciones antes del 31.12.2003, estarán exoneradas del Impuesto Mínimo a la Renta e Impuesto Predial. Así mismo podrán depreciar a razón de 10% anual los inmuebles de su propiedad afectados a la producción de rentas gravadas según lo dispuesto en la Ley N° 26962. Para las empresas ubicadas fuera de la provincia de Lima y Callao los beneficios establecidos en el artículo 1 ° tendrán una vigencia de cinco (5) años computados a partir de la fecha de inicio de sus operaciones. Tratándose de empresas ubicadas dentro de la provincia de Lima y Callao, el plazo será de tres (3) años contados a partir de la fecha en la que inicien sus operaciones.
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3.2. IMPUESTO A LAS TRANSACCIONES FINANCIERAS (ITF) Se trata de un impuesto de carácter temporal que grava con la alícuota de 0.08% durante el año 2005, las operaciones bancarias en moneda nacional o extranjera (tanto débitos como créditos). En el 2006 la alícuota será de 0.08% según la Décimo Quinta Disposición Complementaria de la Ley 28653 - Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2006 del 22.12.05. El impuesto regirá hasta el 31 de diciembre de 2006. El impuesto será deducible para efectos del Impuesto a la Renta. No están gravadas con el ITF, entre otras operaciones: a) Las operaciones efectuadas entre cuentas de un mismo t itular. b) Los abonos en la cuenta por concepto de remuneraciones, pensiones y Compensación por Tiempo de Servicios, así como cualquier pago que se realice desde esas cuentas. c) La acreditación y débito en cuentas de representaciones diplomáticas y organismos internacionales reconocidos en nuestro país. En el caso de que una empresa tenga varias cuentas en un mismo banco todas con la misma razón social, y realice transferencias entre ellas el ITF no grava la transferencia entre cuentas de un mismo titular mantenidas en una misma empresa del Sistema Financiero o entre sus cuentas mantenidas en diferentes empresas del Sistema Financiero.
3.3. IMPUESTO TEMPORAL DE ACTIVOS NETOS LEY Ns 28424 (21.12.2004) LEY QUE CREA EL IMPUESTO TEMPORAL A LOS ACTIVOS NETOS. La ley de once artículos crea el impuesto temporal a los activos netos aplicable a los generadores de renta de tercera categoría. Se aplica sobre los activos netos al 31 de diciembre del año anterior y la obligación tributaria surge al 1 de enero de cada ejercicio. La base imponible está constituida por el valor de los activos netos consignados en el balance general ajustado, deducidas las depreciaciones y amortizaciones admitidas por la Ley del IR. Lo pagado por concepto del impuesto puede utilizarse como crédito fiscal. El impuesto tendrá vigencia a partir del 1 de enero de 2005 hasta el 31 de diciembre de 2006.
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Tasa: El impuesto se determinara aplicando sobre la base imponible la escala progresiva acumulativa siguiente: Tasa Activos Netos 0% Hasta S/. 5, 000,000 0.6% Por el exceso de S/. 5, 000,000
3.4. IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS El Impuesto General a las Ventas (impuesto al valor agregado), grava la venta en el país de bienes muebles, la importación de bienes, la prestación o utilización de servicios en el país, los contratos de construcción y la primera venta de inmuebles que realicen los constructores de los mismos. Este Impuesto grava únicamente el valor agregado en cada etapa de la producción y circulación de bienes y servicios, permitiendo la deducción del impuesto pagado en la etapa anterior, a lo que se denomina crédito fiscal. El Impuesto se liquida mensualmente, siendo su tasa de 18%. Entre las diversas operaciones no gravadas con dicho impuesto, podemos mencionar la exportación de bienes y servicios y la transferencia de bienes con motivo de la reorganización de empresas.
3.5. IMPUESTO DE PROMOCIÓN MUNICIPAL Este Impuesto se aplica en los mismos supuestos y de la misma forma que el Impuesto General a las Ventas, con una tasa de 2%, por lo tanto, funciona como un aumento de dicho Impuesto. En la práctica, en todas las operaciones gravadas con el Impuesto General a las Ventas se aplica la tasa del 18%, que resulta de la sumatoria de este impuesto con el de Promoción Municipal.
3.6. EMISIÓN DE COMPROBANTES DE PAGO En la factura que emite el establecimiento deberá consignarse en forma separada las sumas que correspondan a los siguientes conceptos: 1. Servicio de Hospedaje. 2. Servicio de Alimentación prestado dentro del establecimiento de hospedaje al sujeto no domiciliado alojado en dicho establecimiento. Deberá de detallarse los alimentos y/o bebidas consumidas, así como su valorización.
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3.7. LEGALIZACIÓN DE REGISTROS DE HUÉSPEDES Al sustentar la prestación del servicio de hospedaje y alimentación, oí establecimiento de hospedaje deberá presentar a la SUNAT, copia fotostática de las fojas de Registro de Huéspedes, correspondientes a los sujetos no domiciliados a quienes se les brinda los servicios, adjuntando las copias de las fojas del pasaporte que contengan la identificación y las fechas de las entradas y salidas del país de los mismos en el último año calendario. La obligatoriedad de llevar el referido Registro de Huéspedes, debemos indicar que la misma se encuentra regulada en el inciso q) del Art. 2 del DS N° 0232001-ITINCI el cual señala que el registro de Huéspedes esta constituido por fichas o Libros, según sus necesidades, en el que obligatoriamente inscribirán los datos del huésped, dirección habitual, entre otros. Es importante indicar, que al exigir la legalización del registro de huéspedes, este procederá tanto si se lleva a través de libros o fichas.
3.8. LIBROS Y REGISTROS La norma en comentario a diferencia de la anterior señala en forma taxativa qué debe entenderse por los libros de actas, registros y libros contables vinculados a asuntos tributarios. Así tenemos: (a) Libro de Inventarios y Balances (b) Libro Mayor (c) Libro Diario (d) Libro de Caja (e) Libro de Retenciones (f) Libro de Ingresos y/o Gastos, según corresponda (g) Libros auxiliares de control de activos fijos (h)Registro de Ventas e Ingresos (i)Registro de Compras (j) Registro de Inventario permanente valorizado o no valorizado, según corresponda.
4. CONTRIBUCIONES SOCIALES 4.1. SEGURIDAD SOCIAL La ley N° 27056 creo el Seguro Social de Salud (ESSALUD), como un organismo público descentralizado con personería jurídica de derecho público interno, cuya finalidad es brindar cobertura a los asegurados y derechohabientes a través de diversas prestaciones que corresponden al régimen contributivo de la seguridad social en salud (RCSS). Esta contribución esta a cargo de la empresa manufacturera siempre que tenga: Trabajadores que laboren bajo relación de dependencia o en calidad de socios de cooperativas de trabajadores, cualquiera que sea el régimen laboral o modalidad a la cual se encuentren sujetos.
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Trabajadores y profesionales independientes que deseen voluntariamente afiliarse a este régimen. El cálculo de dicha contribución se hace sobre la remuneración mensual. Entendiéndose a esta como todos los ingresos que reciba el trabajador en el mes, la tasa a aplicar el 9% y el plazo para su declaración y pago es según el cronograma aprobado para el pago de las obligaciones tributarias cuya recaudación esta a cargo de la SUNAT Entidades Prestadoras de Salud, son entidades públicas o privadas distintas a ESSALUD, cuya única finalidad es la prestación de servicios de atención para la salud, a través de su propia infraestructura o la de terceros, es decir la empresa puede simultáneamente contribuir tanto a ESSALUD como a la EPS
4.2. SISTEMA NACIONAL DE PENSIONES Creada con la finalidad de brindar una protección mas amplia y adecuada a los trabajadores, posibilitándose con ello la incorporación al sistema de los trabajadores independientes. Esta contribución es a cuenta de los trabajadores que prestan servicios bajo el régimen de la actividad privada o pública, cualquiera que sea la duración del contrato de trabajo y siempre que no estén afiliados al Sistema Privado de Pensiones. Para el cálculo de dicha aportación se considera un porcentaje equivalente al 13% de la remuneración asegurable. Entendiéndose a esta como el total de los ingresos percibidos durante un mes. Con respecto a la declaración y pago de la contribución, la empresa debe asumir las mismas fechas establecidas en el régimen contributivo de la seguridad social en salud establecido por SUNAT.
4.3. SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES Es una contribución asumida por el trabajador y está a cargo de las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AFP), las cuales se encargan de administrar los aportes de los afilados bajo la modalidad de cuentas de capitalización individual, así como de otorgar pensiones de jubilación, invalidez y sobrevivencia. El trabajador podrá elegir el permanecer al sistema privado o al sistema nacional, pero una vez incorporado al sistema privado de pensiones no puede trasiaaar o retornar al SNP, salvo que la SBS reconozca el contrato con la AFP como nulo. El aporte de dicha contribución se calcula con un porcentaje de 10% de la remuneración Asegurable del trabajador, considerando también un porcentaje de seguro y comisión de la AFP.
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• Comisión por administración del Fondo, el cual oscila e ntre 1.50% y 1.98% a la
fecha • Prima por la administración de los riesgos de Invalidez, Sobrevivencia y Gastos
de Sepelio, el cual oscila entre 0.88% y 1.01% a la fecha.
5. ASPECTO LEGAL De acuerdo al Código civil el hospedaje se obliga a prestar al huésped albergue y, adicionalmente, alimentación y otros servicios que contemplan la ley y los usos, a cambio de una retribución. Esta podrá ser fijada en forma de tarifa por la autoridad competente si se trata de hoteles, posadas u otros establecimientos similares. El hospedaje se sujeta además a las normas reglamentarias y a las cláusulas generales de contratación aprobadas por la autoridad competente.
5.1. DERECHOS DEL HUÉSPED Entre los derechos del Huésped tenemos: 1. El huésped tiene derecho a exigir del hospedante que la habitación presente las condiciones de aseo y funcionamiento de servicios normales y que los alimentos, en su caso, respondan a los requisitos de calidad e higiene adecuados. 2. Los establecimientos destinados a hospedaje exhibirán en lugar visible las tarifas y cláusulas generales de contratación que rigen este contrato. 3. El hospedante responde como depositario por el dinero, joyas, documentos y otros bienes recibidos en custodia del huésped y debe poner en su cuidado la diligencia ordinaria exigida por la naturaleza de la obligación y que corresponda a las circunstancias de las personas, del tiempo y del lugar. 4. El hospedante responde igualmente de los objetos de uso corriente introducidos por el huésped, siempre que éste cumpla las prescripciones del aviso que estará fijado en lugar visible de las habitaciones. La autoridad competente fijará el límite de responsabilidad. 5. El huésped está obligado a comunicar al hospedante la sustracción, perdida o deterioro de los bienes introducidos en el establecimiento tan pronto tenga conocimiento de ello. De no hacerlo, quedará excluida la responsabilidad del hospedante, salvo cuando tales hechos se produzcan por dolo o culpa inexcusable de este último.
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5.2. DERECHOS DEL HOSPEDANTE 1. Los equipajes y demás bienes entregados o introducidos por el huésped responden preferencialmente por el pago de la retribución del hospedaje y por los daños y perjuicios que aquél hubiese causado al establecimiento, pudiendo el hospedante retenerlos hasta su cancelación. 2. El hospedante tiene derecho a solicitar del huésped, dentro de las veinticuatro horas de su ingreso, una declaración escrita de los objetos de uso común introducidos, así como a comprobar su exactitud. 3. El hospedante no puede negarse a recibir en custodia o a que se introduzcan los bienes, sin justos motivos. Se consideran tales, el excesivo valor de los bienes en relación con la importancia del establecimiento, así como su naturaleza en cuanto constituya obstáculo respecto a la capacidad del local. 4. La responsabilidad del hospedante por la custodia de los bienes depositados o introducidos se extiende a los actos u omisiones de los familiares que trabajan con él y a sus dependientes. 5. El hospedante no tiene responsabilidad si prueba que la sustracción, pérdida o deterioro de los bienes introducidos por el huésped se debe a su culpa exclusiva o de quienes le visiten, acompañen o sean dependientes suyos o si tiene como causa la naturaleza o vicio de ellos. 6. Con respecto al servicio adicional de estacionamiento de vehículos o similares, se rige por todo lo mencionado.
6. PARTICIPACION DE LOS TRABAJADORES EN LAS EMPRESA El monto de la participación es de 5% para el sector de servicios. Los Trabajadores con derecho a las utilidades, deben estar comprendidos en el régimen laboral de la actividad privada, laborar en una empresa que genere rentas de tercera categoría, incorporarse a la empresa mediante un contrato de trabajo a tiempo indeterminado, sujeto a modalidad o a tiempo parcial. El plazo para el pago es de 30 días calendario a partir del vencimiento del plazo de presentación de la Declaración Jurada Anual del impuesto a la Renta. Después de dicho plazo y ante el requerimiento por estricto de los trabajadores, las utilidades no canceladas generan un interés legal laboral.
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7. REGIMEN ESPECIAL DE ESTABLECIMIENTOS DE HOSPEDAJE 7.1. Inscripción en el registro Especial de Establecimiento de Hospedaje Se podrán inscribir los contribuyentes que cuenten con uno o más establecimientos de hospedaje ubicados en el territorio nacional.
7.2 Requisitos para la Inscripción a) Tener el RUC activo. b) Encontrarse afecto al Impuesto General a las Ventas. c) El establecimiento debe haber sido declarado como domicilio fiscal o establecimiento anexo en el RUC. d) Presentar copia de la Licencia de Funcionamiento o de la Licencia de Apertura de Establecimiento, según corresponda, donde figure como actividad la de Servicios de Hospedaje, por cada establecimiento de hospedaje a inscribirse, debiendo exhibirse el original del documento Para solicitar la inscripción en el Registro no será necesaria la presentación de ningún formulario. Una vez realizada la inscripción, la SUNAT expedirá una constancia que contendrá los datos de identificación del contribuyente que se registra, así como la información correspondiente a los establecimientos de hospedaje declarados.
7.3 Trámite El trámite se realizará personalmente por el deudor tributario o su representante legal; de efectuarse por un tercero, deberá exhibir su documento de identidad original y carta poder simple.
7.4 Beneficios del Régimen 1. Será aplicable a los establecimientos de hospedaje, las disposiciones relativas al saldo a favor del exportador previstas en la ley y reglamentos. 2. La compensación o la devolución del saldo a favor tendrá como límite el 19 % aplicado sobre los ingresos obtenidos por la prestación de los servicios.
7.5 Obligaciones del Regimen
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1. Determinar la condición de un sujeto como no domiciliado, para ello solicitará copia del respectivo pasaporte y confirmara lo siguiente: a. Si el sujeto no ha tenido una permanencia en el país mayor a 90 días en el año calendario. b. Además de ello, en caso de los sujetos de nacionalidad peruana deberán acreditar con la visa correspondiente, su residencia en otro país y que hayan salido del Perú. 2. Con relación a los comprobantes de pago: a. El establecimiento de hospedaje, emitirá a los sujetos no domiciliados y a las agencias de viaje y Turismo (en caso opten por un paquete turístico), la factura correspondiente solo al servicio materia de beneficio. b. En la factura (referida en el párrafo anterior), se deberá consignar en forma separada las sumas que correspondan a los siguientes conceptos: · Servicio de hospedaje. · Servicio de alimentación, prestado dentro del establecimiento de hospedaje al sujeto no domiciliado alojado en dicho establecimiento debiendo tenerse en cuenta lo siguiente: En el caso del servicio de alimentación prestado directamente al sujeto no domiciliado, se deberá detallar los alimento y/o bebidas proporcionados o puestos a disposición, así como su valorización en la factura o en documento(s) auxiliar(es) denominado(s). Toda la información impresa y no necesariamente impresa, referida al detalle de consumo, deberá estar expresada en castellano, pudiendo adicionalmente contener dentro del mismo documento la traducción a otro idioma. Los originales del "detalle de consumo" y "detalle de consumo -paquete turístico", deberán permanecer en el domicilio fiscal del establecimiento de hospedaje, ordenados y clasificados de acuerdo a la factura que los consolida. Dichos documentos auxiliares deben encontrarse a disposición de SUNAT, por el plazo de prescripción del Impuesto General a las Ventas. Las copias de los "detalles de consumo" y "detalles de consumo -paquete turístico", serán entregadas a los sujetos no domiciliados y a las Agencia de Viajes y Turismo, según sea el caso. Los establecimientos de hospedaje podrán realizar la impresión de los "detalles de consumo" y "detalles de consumo paquete turístico", sin necesidad de utilizar una imprenta, mediante sistema computarizado. Dichos documentos auxiliares deberán cumplir con los requisitos dispuestos anteriormente. c. En la factura, se deberá consignar lo siguiente "EXPORTACIÓN DE SERVICIOS - DECRETO LEGISLATIVO N° 919".
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3.Los contribuyentes titulares de establecimientos de hospedaje que pretendan acceder al beneficio establecido por Decreto Legislativo N° 919, deberán llevar el Registro de Huéspedes a que se refiere el Decreto Supremo N° 029-2004 MINCETUR , el mismo que deberá estar firmado por el huésped no domiciliado, y a disposición de SUNAT cuando ésta lo requiera. 4.- El establecimiento de hospedaje sustentará la prestación del servicio de hospedaje y alimentación: a. Presentando a SUNAT, copia fotostática de las fojas del Registro de Huéspedes (referido en el Decreto Supremo N° 12-94-ITINCI), correspondiente a los sujetos no domiciliados a quienes se les brinda el servicio. b. Además, adjuntando copia de las fojas de pasaporte que contengan la identificación y las fechas de entradas y salidas del país correspondientes al último año calendario.
7.6 Tratamiento del saldo exportador Los establecimientos de hospedaje considerarán como exportación los servicios de hospedaje y alimentación brindados a sujetos no domiciliados, .i mientras su permanencia en el país no exceda los 60 días (el exceso sobre este período no dará lugar a la aplicación del beneficio). Para verificar el periodo de permanencia, la SUNAT coordinara con la Dirección General de Migraciones y Naturalización del Ministerio del Interior. En los servicios turísticos que formen parte de un paquete turístico, sólo se considerarán como exportación a los servicios de hospedaje y alimentación que formen parte de este. Dichos paquetes turísticos deberán ser coordinados, reunidos, conducidos y organizados por las Agencias de Viajes y Turismo reguladas por el Decreto Supremo N° 037-2000ITINCI.
7.7 Solicitud de Devolución de Saldo a favor Exportadores El exportador a efecto de solicitar la devolución del saldo a favor deberán presentar las constancias de aceptación de lo que a continuación se detalla adjuntando el formulario 4949 "solicitud de devolución" y copia de la declaración pago en la que conste el saldo a favor. Archivo(s) generados por el programa COA en disquete y el formulario N° 3435 " Resumen de Datos de Exportadores" (según lo establecido en la R.S. 049-98/SUNAT). Archivo - Anexo Hospedaje, en disquete(s)..- Que tendrá la siguiente información:
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1. De la factura por el servicio de hospedaje y alimentación: N° de serie y N° de la factura. 2. De la agencia de viajes: Apellidos y nombres, o denominación o razón social y N° RUC. 3. Del sujeto no domiciliado: 4. Número de pasaporte, Apellidos y nombres, País de emisión del pasaporte, País de residencia, Número de días de permanencia en el país, Fecha de ingreso al establecimiento de hospedaje y Fecha de salida del establecimiento de hospedaje.
7.8 Lugares de Presentación 1. Contribuyentes de la Intendencia Nacional de Principales Contribuyentes, en la sede de la Intendencia. 2. Contribuyentes de la Intendencia Regional Lima:Principales Contribuyentes PRICOS, En las oficinas que les corresponda o en los Centros de Servicios al Contribuyente de Lima y Callao. Medianos y pequeños Contribuyentes, en los Centros de Servicios al Contribuyente de Lima y Callao. 3. Contribuyentes de las demás Intendencias Regionales y las Oficinas Zonales: Principales Contribuyentes - PRICOS, En las oficinas que les corresponda. Medianos y Pequeños Contribuyentes, En las oficinas que les correspondan o en los Centros de Servicios al Contribuyente que se implementen.
8. BASE LEGAL DISPOSITIVO
SUMILLA
PUBLICACION
Ley N9 26961
Ley para el Desarrollo de 03.06.98 la Actividad Turística
Ley N° 26962
Ley sobre modificaciones 03.06.98 de Tributarias
Disposiciones para
el
desarrollo de la actividad turística
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Decreto Legislativo N°919
Modificación de la Ley del 06.06.01 Impuesto General a las Ventas
e
Impuesto
Selectivo al Consumo Decreto Legislativo N°820
Exoneran
de
los 23.04.96
Impuestos Mínimo a la Renta y Predial a las empresas de servicios de hospedaje que inicien o amplíen sus operaciones antes de finalizar el año 1998. Decreto Legislativo N°780
Aprueban Tributarios
Beneficios para
31.12.93
las
empresas de servicios de establecimientos
de
Hospedaje. Decreto Supremo N°029- Reglamento
de 25.11.04
2004 MINCETUR
de
establecimientos hospedaje
Decreto Supremo N9 023- Aprueban Reglamento de 13.07.01 2001 -ITINCI
Establecimientos
de
Hospedaje DEROGADO Decreto Supremo N° 1 22- Dictan Normas para la 29.06.01 2001 -EF
Aplicación de Tributario
a
establecimientos Hospedaje
Beneficio
que
de brinden
servicios a sujetos No Domiciliarios
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9. CASO PRÁCTICO a) El hotel “El Cuasha EIRL” empresa del sector turismo ubicada en el ciudad de Cusco inicia las operaciones en el ejercicio 2007, Anteriormente se acogió a los beneficios de la ley 26962. En el presente ejercicio 2007 reinicia las operaciones.
CUENTAS CORRIENTE
30.000
IGV
500
TERRENOS
15.000
IMPUESTO A LA RENTA
8.900
CLIENTES
100.000
ESSALUD
2.057
EDIFICIOS Y CONSTRUCCIONES
600.000
AFP INTEGRA
2.510
MAQUINARIA Y EQUIPO
100.000
BENEFICIOS SOCIALES
1.904
MUEBLES Y ENSERES
25.000
CAPITAL SOCIAL
650.000
-150.000
RESERVAS
30.000
DEPREC.
EDIFICIOS
Y
OTRAS
CONSTRUCCIONES
UTILIDADES DEPRECIACION MAQUINARIA Y EQUIPO
-20.000
DEPRECIACION MUEBLES Y ENSERES
-3.750
DISTRIBUIDAS
696.250
NO 379
696.250
b) La planilla de remuneraciones del hotel comprende:
REMUNERACION
APORTACIONES
BRUTA
INTEGRA (10.98%)
NETA
ESSALUD (9%)
SUELDOS
100.000
10.980
89.020
9.000
JORNALES
130.000
14.274
115.726
11.700
230.000
25.254
204.746
20.700
18
2016
CONTABILIDAD HOTELERA
Todos los trabajadores se encuentran afiliados a la AFP integra. La compensación por tiempo de servicios del ejercicios es 1/ 12x230 00, 000 = 19,167 La distribución de las remuneraciones y la CTS a las distintas áreas corresponde:
AREAS
PORCENTAJE
REMUNERACION
CTS
DISTRIBUCION REMUNERACION
ALOJAMIENTOS Y ALIMENTACION 67%
167.969
12.842
BRUTA
230.000
GASTOS ADMINSITRATIVOS
20%
50.140
3.833
ESSALUD
20.700
GASTOS DE VENTAS
13%
32.591
2.492
REMUNERACION
250.700
100%
250.700
19.167
CTS
19.167
Los gastos relacionados con la planilla de remuneraciones en el ejercicio se pagan con: EJERCICIOS
REMUNERACION
AFP
ESSALUD
CTS
TOTAL
2.510
2.057
1.904
6.471
204.746 21.646
17.743
16.429
260.564
204.746 24.156
19.800
18.333
267.035
ANTERIOR
-
ACTUAL
c) Los servicios de hospedaje y alimentación del hotel se prestan a sujetos domiciliados y no domiciliados, en forma individual a través de un paquete turístico:
ALOJAMIENTO Y ALIMENTACION NO
COBRADO
Y
MES
DOMICILIADOS
DOMICILIADOS
IGV
TOTAL
DEPOSITADO BCO
ENERO
49.536
26.570
4.783
80.889
69.103
FEBRERO
44.335
32.187
5.794
82.316
82.143
MARZO
29.077
23.100
4.158
56.335
65.257
ABRIL
43.250
38.022
6.844
88.116
77.853
MAYO
15.000
25.000
4.500
44.500
59.332
JUNIO
17.935
23.000
4.140
45.075
45.120
JULIO
50.047
45.000
8.100
103.147
84.166
DE
19
2016
CONTABILIDAD HOTELERA
AGOSTO
24.415
55.000
9.900
89.315
94.442
SEPTIEMBRE
35.626
30.407
5.473
71.506
77.828
OCTUBRE
30.000
17.000
3.060
50.060
57.423
NOVIEMBRE
52.000
19.000
3.420
74.420
66.483
DICIEMBRE
55.000
20.000
3.600
78.600
77.403
446.221
354.286
63.771
864.278
856.553
Los ingresos por hospedaje y alimentación prestados a los no domicilaos cumplen las condiciones, registros, requisitos y procedimientos para se considerado exportación de servicios de acuerdo a lo normado por la administración tributaria razón por la cual no se han grabado con el IGV. d) Los suministros diversos adquiridos y consumidos, como los gastos incurridos por luz, agua y teléfono en el presente periodo corresponden:
SUMINISTROS MES
DIVERSOS
LUZ Y AGUA
TELEFONO
IGV
TOTAL
ENERO
12.000
20.748
13.832
8.384
54.964
FEBRERO
12.500
21.359
14.239
8.658
56.756
MARZO
13.000
10.306
6.870
5.432
35.608
ABRIL
13.500
21.359
14.239
8.838
57.936
MAYO
15.000
9.672
6.448
5.602
36.722
JUNIO
14.200
9.236
6.158
5.327
34.921
JULIO
13.400
21.382
14.254
8.826
57.862
AGOSTO
12.600
12.012
8.008
5.872
38.492
SEPTIEMBRE
11.800
17.160
11.440
7.272
47.672
OCTUBRE
16.000
9.929
6.619
5.859
38.407
NOVIEMBRE
20
2016
CONTABILIDAD HOTELERA
DICIEMBRE
17.100
25.740
17.160
10.800
70.800
18.200
24.882
16.588
10.741
70.411
169.300
203.785
135.855
91.609
600.549
Los suministros diversos adquiridos consisten en cubrecamas, juegos de sabanas, almohadas, colchones, cubiertos y útiles de oficina. Los pagos los realiza con cheque, inmediatamente a la recepción de las facturas y recibo. La distribución de los gastos a las respectivas áreas lo realiza de la siguiente manera:
% AREAS ALOJAMIENTO
DE
SUMINISTROS
LUZ,
AGUA
Y
DISTRIBUCION
DIVERSOS
TELEFONO
A DISTRIBUIR
90%
152.370
305.676
LUZ Y AGUA
203.785
5%
8.465
16.982
TLEFONO
135.855
5%
8.465
16.982
SERVICIOS
339.640
100%
169.300,00
339.640,00
SUMINISTROS DIVERSOS
169.300
Y
ALIMENTACION GASTOS ADMINISTRATIVOS GASTOS DE VENTAS
e) Los pagos de las obligaciones del impuesto a la renta en el ejercicio se hacen con cheque de la siguiente forma:
IR 2007 OBLIGACION
PAGOS
MES
PAGOS A CTA
COMPENSACION
MES
A CUENTA 2007
ENERO
3.805
-3.802
3
FEBRERO
3.826
-3.023
803
3
MARZO
1.357
-1.344
13
803
ABRIL
2.113
-2.105
8
13
MAYO
1.040
-1.040
-
8
JUNIO
1.064
-1.064
-
-
JULIO
2.471
-767
1.704
-
AGOSTO
2.065
-
2.065
1.704
SALDO 2006 1.805
7.095
21
2016
CONTABILIDAD HOTELERA
SEPTIEMBRE
1.717
-1.717
-
2.065
OCTUBRE
1.222
-1.222
-
-
NOVIEMBRE
1.846
-1.846
-
-
DICIEMBRE
1.950
-1.950
-
-
24.476
-19.880
4.596
8.900
La compensación corresponde al saldo a favro del IGV exportado. Veease numeral 6 del enunciado. Corresponde al pago a cuenta de diciembre y el de pago regularizado del ejercicio 2006. El impuesto a la renta del ejercicio se calcula bajo el método de coeficiente por los pagos de enero a febrero 0.0500 y de marzo a diciembre 0.0260. f) La obligación del Impuesto General a las Ventas se paga con cheque. Asi como la compensación del saldo a favor del IGV exportador con el Impuesto a la renta en el ejercicio se realiza de la siguiente manera:
IGV SALDO
SALDO
A
CREDITO
A
COMPENSACION FAVOR O A
MESES
I. BRUTO
FISCAL
FAVOR
I. RENTA
PAGAR
ENERO
5.048
8.850
-3.802
3.802
-
FEBRERO
6.116
9.139
-3.023
3.023
-
MARZO
4.389
5.733
-1.344
1.344
-
ABRIL
7.224
9.329
-2.105
2.105
-
MAYO
4.750
5.913
-1.163
1.040
-123
JUNIO
4.370
5.623
-1.253
1.064
-312
JULIO
8.550
9.317
-767
767
-312
AGOSTO
10.450
6.198
4.252
-
3.940
SEPTIEMBRE
5.777
7.676
-1.899
1.717
-182
PAGOS IGV 500
3.940
OCTUBRE
22
2016
CONTABILIDAD HOTELERA
3.230
6.184
-2.954
1.222
-1.914
NOVIEMBRE
3.610
11.400
-7.790
1.846
-7.858
DICIEMBRE
3.800
11.337
-7.537
1.950
-13.445
67.314
96.699
-29.385
19.880
4.440
(*) los saldos negativos son acumulados al mes y corresponden al saldo a favor de exportador del IGV sobre estos importes se pueden seguir compensándose o pedir su devolución al 31.12.07 es por s/ 13 445 g) La depreciación del ejercicio fue calculado de la siguiente manera:
ACTIVOS FIJOS
COSTO
%DEPRECIACION
DEPRECIACION
EDIFICIOS Y CONSTRUCCIONES
600.000
3%
18.000
MAQUINARIA Y EQUIPO
100.000
10%
10.000
MUEBLES Y ENSERES
25.000
10%
2.500
725.000
30.500
La distribución de los gastos a las respectivas áreas lo realiza de la siguiente manera: AREAS
PORCENTAJES
DISTRIBUCION
ALOJAMIENTOS Y ALIMENTACION
90%
27.450,00
GASTOS ADMINISTRATIVOS
5%
1.525,00
GASTOS DE VENTAS
5%
1.525,00
100%
30.500,00
23
2016
CONTABILIDAD HOTELERA
9.1. LIBRO DIARIO HOTEL “EL CAUSH A EIRL”
Diario general de enero a diciembre del año 2007 Nomenclatura
DEBE
s
---------------------------- x -----------------------------
10
EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO
104
CUENTAS CORRIENTES EN INSTITUCIONES FINANCIERAS
12
CUENTAS POR COBRAR COMERCIALES – TERCEROS
121
FACTURAS, BOLETAS Y OTROS COMPROBANTES POR COBRAR
33
INMUEBLES, MAQUINARIA Y EQUIPO
331
TERRENOS
100.000
332
EDIFICACIONES
600.000
333
MAQUINARIAS Y EQUIPOS DE EXPLOTACI N
100.000
335
MUEBLES Y ENSERES
25.000
39
DEPRECIACI N, AMORTIZACI N Y AGOTAMIENTO ACUMULADOS
391
DEPRECIACIÓN ACUMULADA
HABER
30.000 15.000 825.000
173.750
TRIBUTOS Y APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES Y DE SALUD 40
POR PAGAR
11.457
40111
IGV - CUENTA PROPIA
500
40171
RENTA DE TERCERA CATEGORÍA
8.900
4031
ESSALUD
2.057
41
REMUNERACIONES Y PARTICIPACIONES POR PAGAR
415
BENEFICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES POR PAGAR
46
CUENTAS POR PAGAR DIVERSAS – TERCEROS
469
OTRAS CUENTAS POR PAGAR DIVERSAS
50
CAPITAL
501
CAPITAL SOCIAL
58
RESERVAS
581
REINVERSIÓN
59
RESULTADOS ACUMULADOS
591
UTILIDADES NO DISTRIBUIDAS
1.904 2.510 650.000 30.000 379
x/x POR EL INVENTARIO INICIAL S
---------------------------- x -----------------------------
62
GASTOS DE PERSONAL, DIRECTORES Y GERENTES
621
REMUNERACIONES
100.000
622
OTRAS REMUNERACIONES
130.000
627
SEGURIDAD Y PREVISI N SOCIAL Y OTRAS CONTRIBUCIONES
20.700
6271
R GIMEN DE PRESTACIONES DE SALUD
250.700
TRIBUTOS Y APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES Y DE SALUD 40
POR PAGAR
4031
ESSALUD
41
REMUNERACIONES Y PARTICIPACIONES POR PAGAR
411
REMUNERACIONES POR PAGAR
46
CUENTAS POR PAGAR DIVERSAS – TERCEROS
469
OTRAS CUENTAS POR PAGAR DIVERSAS
20.700 20.700 204.746 25.254
x/x POR EL REGISTRO DE PLANILLAS
24
2016
CONTABILIDAD HOTELERA
S
---------------------------- x -----------------------------
92
COSTOS DE PRODUCCI N.
167.969
94
GASTOS ADMINISTRATIVOS.
50.140
95
GASTOS DE VENTAS.
32.591
79
CARGAS IMPUTABLES A CUENTAS DE COSTOS Y GASTOS
250.700
X/X POR LA DISTRIBUCION DE GASTO S
---------------------------- x -----------------------------
62
GASTOS DE PERSONAL, DIRECTORES Y GERENTES
629
BENEFICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES
41
REMUNERACIONES Y PARTICIPACIONES POR PAGAR
415
BENEFICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES POR PAGAR
19.167 19.167
X/X POR LA PROVISION DE CTS DE LA EMPRESA S
---------------------------- x -----------------------------
92
COSTOS DE PRODUCCI N.
12.842
94
GASTOS ADMINISTRATIVOS.
3.833
95
GASTOS DE VENTAS.
2.492
79
CARGAS IMPUTABLES A CUENTAS DE COSTOS Y GASTOS
19.167
X/X POR EL DESTINO DE GASTO S
---------------------------- x ----------------------------TRIBUTOS Y APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES Y DE SALUD
40
POR PAGAR
4031
ESSALUD
41
REMUNERACIONES Y PARTICIPACIONES POR PAGAR
411
REMUNERACIONES POR PAGAR
46
CUENTAS POR PAGAR DIVERSAS – TERCEROS
469
OTRAS CUENTAS POR PAGAR DIVERSAS
41
REMUNERACIONES Y PARTICIPACIONES POR PAGAR
415
BENEFICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES POR PAGAR
10
EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO
104
CUENTAS CORRIENTES EN INSTITUCIONES FINANCIERAS
19.800 204.746 24.156 18.333 267.035
X/X POR EL PAGO DE PLANILLA S
---------------------------- x -----------------------------
12
CUENTAS POR COBRAR COMERCIALES – TERCEROS
121
FACTURAS, BOLETAS Y OTROS COMPROBANTES POR COBRAR
864.278
TRIBUTOS Y APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES Y DE SALUD 40
POR PAGAR
401
GOBIERNO CENTRAL
40111
IGV - CUENTA PROPIA
70
VENTAS
704
PRESTACI N DE SERVICIOS
7041
DOMICILIADOS
7041
NO DOMICILIADOS
63.771
800.507
X/X POR EL SERVICIO DE ALOJAMIENTOS S
---------------------------- x -----------------------------
10
EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO
104
CUENTAS CORRIENTES EN INSTITUCIONES FINANCIERAS
12
CUENTAS POR COBRAR COMERCIALES – TERCEROS
121
FACTURAS, BOLETAS Y OTROS COMPROBANTES POR COBRAR
856.553 856.553
25
2016
CONTABILIDAD HOTELERA
X/X POR EL DEPOSITO EN CUENTA CORRIENTE DE LA VENTA DE SERVICIOS S
---------------------------- x -----------------------------
60
COMPRAS
603
MATERIALES AUXILIARES, SUMINISTROS Y REPUESTOS
63
GASTOS DE SERVICIOS PRESTADOS POR TERCEROS
631
TRANSPORTE, CORREOS Y GASTOS DE VIAJE
135.855
636
SERVICIOS B SICOS
203.785
169.300 339.640
TRIBUTOS Y APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES Y DE SALUD 40
POR PAGAR
401
GOBIERNO CENTRAL
40111
IGV - CUENTA PROPIA
42
CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES – TERCEROS
421
FACTURAS, BOLETAS Y OTROS COMPROBANTES POR PAGAR
91.609
600.549
X/X POR LA COMPRA DE SUMINISTROS DIVERSOS Y LOS SERVICIOS DE LUZ, AGUA Y TELEFONO S
---------------------------- x -----------------------------
25
MATERIALES AUXILIARES, SUMINISTROS Y REPUESTOS
252
SUMINISTROS
61
VARIACI N DE EXISTENCIAS
613
MATERIALES AUXILIARES, SUMINISTROS Y REPUESTOS
169.300 169.300
X/X POR EL DESTINO DE SUMINISTROS S
---------------------------- x -----------------------------
92
COSTOS DE PRODUCCIÓN.
305.676
94
GASTOS ADMINISTRATIVOS.
16.982
95
GASTOS DE VENTAS.
16.982
79
CARGAS IMPUTABLES A CUENTAS DE COSTOS Y GASTOS
339.640
X/X POR EL DESTINO DE GASTO S
---------------------------- x -----------------------------
61
VARIACI N DE EXISTENCIAS
613
MATERIALES AUXILIARES, SUMINISTROS Y REPUESTOS
25
MATERIALES AUXILIARES, SUMINISTROS Y REPUESTOS
252
SUMINISTROS
169.300 169.300
X/x POR EL CONSUMO DE SUMINISTROS S
---------------------------- x -----------------------------
92
COSTOS DE PRODUCCI N.
152.370
94
GASTOS ADMINISTRATIVOS.
8.465
95
GASTOS DE VENTAS.
8.465
79
CARGAS IMPUTABLES A CUENTAS DE COSTOS Y GASTOS
169.300
X/X POR EL DESTINO DE CONSUMO DE SUMINISTROS S
---------------------------- x -----------------------------
42
CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES – TERCEROS
421
FACTURAS, BOLETAS Y OTROS COMPROBANTES POR PAGAR
10
EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO
104
CUENTAS CORRIENTES EN INSTITUCIONES FINANCIERAS
600.549 600.549
X/X POR EL PAGO SE SUMINISTROS, TELEFONO, LUZ Y AGUA S
---------------------------- x -----------------------------
40
TRIBUTOS Y APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES Y DE SALUD
13.496
26
2016
CONTABILIDAD HOTELERA
POR PAGAR 401
GOBIERNO CENTRAL
4017
IMPUESTO A LA RENTA
10
EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO
104
CUENTAS CORRIENTES EN INSTITUCIONES FINANCIERAS
13.496
X/X POR EL PAGO A CUENTA DEL IMPUESTO A LA RENTA S
---------------------------- x ----------------------------TRIBUTOS Y APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES Y DE SALUD
40
POR PAGAR
401
GOBIERNO CENTRAL
4017
IMPUESTO A LA RENTA
19.880
TRIBUTOS Y APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES Y DE SALUD 40
POR PAGAR
401
GOBIERNO CENTRAL
40111
IGV - CUENTA PROPIA
19.880
X/X POR LA COMPENSACION DE SALDO A FAVOR S
---------------------------- x ----------------------------TRIBUTOS Y APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES Y DE SALUD
40
POR PAGAR
4.440
40111
IGV - CUENTA PROPIA
10
EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO
104
CUENTAS CORRIENTES EN INSTITUCIONES FINANCIERAS
4.440
X/X POR EL PAGO DE IGV EN EL EJERCICIO S
---------------------------- x -----------------------------
68
VALUACI N Y DETERIORO DE ACTIVOS Y PROVISIONES
681
DEPRECIACI N
39
DEPRECIACIÓN, AMORTIZACIÓN Y AGOTAMIENTO ACUMULADOS
391
DEPRECIACI N ACUMULADA
30.500 30.500
X/X POR LA DETERMINACION DE DEPRECIACION DEL PERIODO S
---------------------------- x -----------------------------
92
COSTOS DE PRODUCCI N.
27.450
94
GASTOS ADMINISTRATIVOS.
1.525
95
GASTOS DE VENTAS.
1.525
79
CARGAS IMPUTABLES A CUENTAS DE COSTOS Y GASTOS X/X POR EL DESTINO DE GASTOS
30.500
DE LA PROVISION POR
DEPRECIACION DEL EJERCICIO S
---------------------------- x -----------------------------
79
CARGAS IMPUTABLES A CUENTAS DE COSTOS Y GASTOS
92
COSTOS DE PRODUCCI N.
666.307
94
GASTOS ADMINISTRATIVOS.
80.945
95
GASTOS DE VENTAS.
62.055
809.307
X/X POR LA CANCELACION DE LAS CUENTAS DE LA CLASE 9 S
---------------------------- x -----------------------------
70
VENTAS
701
MERCADER AS
89
DETERMINACI N DEL RESULTADO DEL EJERCICIO
891
UTILIDAD
60
COMPRAS
800.507 8.800 169.300
27
2016
CONTABILIDAD HOTELERA
603
MATERIALES AUXILIARES, SUMINISTROS Y REPUESTOS
62
GASTOS DE PERSONAL, DIRECTORES Y GERENTES
621
REMUNERACIONES
63
GASTOS DE SERVICIOS PRESTADOS POR TERCEROS
631
TRANSPORTE, CORREOS Y GASTOS DE VIAJE
636
SERVICIOS B SICOS
68
VALUACIÓN Y DETERIORO DE ACTIVOS Y PROVISIONES
681
DEPRECIACI N
269.867 339.640
30.500
X/X POR LA TRANSFERENCIA DE LAS CUENTAS DE LA CLASE 6 Y 7 PARA LA DETERMINACION DEL RESULTADO DEL EJERCICIO S
---------------------------- x -----------------------------
59
RESULTADOS ACUMULADOS
592
P RDIDAS ACUMULADAS
89
DETERMINACI N DEL RESULTADO DEL EJERCICIO
891
UTILIDAD
8.800 8.800
X/X POR LA TRANSFERENCIA DE PERDIDA NETA DEL PERIODO A RESULT. ACUMULADOS S
---------------------------- x -----------------------------
10
EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO
39
DEPRECIACIÓN, AMORTIZACIÓN Y AGOTAMIENTO ACUMULADOS
204.250
46
CUENTAS POR PAGAR DIVERSAS – TERCEROS
3.608
41
REMUNERACIONES Y PARTICIPACIONES POR PAGAR
2.738
50
CAPITAL
650.000
58
RESERVAS
30.000
12
CUENTAS POR COBRAR COMERCIALES – TERCEROS
22.725
33
INMUEBLES, MAQUINARIA Y EQUIPO
825.000
TRIBUTOS Y APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES Y DE SALUD 40
POR PAGAR
33.417
59
RESULTADOS ACUMULADOS
9.454
X/X POR EL ASIENTO DE CIERRE TOTAL
8.063.065
8.063.065
28
2016
CONTABILIDAD HOTELERA
9.2. HOJA DE TRABAJO Sumas del Mayor
Cuenta Nomenclatura
Saldos
DEBE
HABER
10
EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO
886.553,00
12
CUENTAS POR COBRAR COMERCIALES – TERCEROS
879.278,48
25
MATERIALES AUXILIARES, SUMINISTROS Y REPUESTOS
169.300,00
33
INMUEBLES, MAQUINARIA Y EQUIPO
825.000,00
39
DEPRECIACIÓN, AMORTIZACIÓN Y AGOTAMIENTO ACUMULADOS
40111
IGV - CUENTA PROPIA
885.520,20 856.553,00
-
96.049,20
DEBE
HABER
1.032,80
8.900,00
DEBE
HABER
-
ER (EGyP) Por función
DEBE
HABER
1.032,80
-
-
22.725,48
-
-
-
-
-
825.000,00
-
204.250,00 84.151,48
ESF (BG)
22.725,48
169.300,00
-
Ajustes
11.897,72 24.476,00
825.000,00
204.250,00
-
-
11.897,72
204.250,00
RENTA DE TERCERA CATEGORÍA
33.376,00
ESSALUD
19.800,00
41
REMUNERACIONES Y PARTICIPACIONES POR PAGAR
223.079,00
42
CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES – TERCEROS
600.549,20
46
CUENTAS POR PAGAR DIVERSAS – TERCEROS
50
CAPITAL
-
58
RESERVAS
-
59
RESULTADOS ACUMULADOS
-
60
COMPRAS
169.300,00
61
VARIACIÓN DE EXISTENCIAS
169.300,00
62
GASTOS DE PERSONAL, DIRECTORES Y GERENTES
269.867,00
-
269.867,00
-
-
-
63
GASTOS DE SERVICIOS PRESTADOS POR TERCEROS
339.640,00
-
339.640,00
-
-
-
68
VALUACIÓN Y DETERIORO DE ACTIVOS Y PROVISIONES
30.500,00
-
30.500,00
-
-
-
-
-
-
-
-
2.957,00
-
2.957,00
225.817,00
-
2.738,00
-
2.738,00
-
-
-
-
-
3.608,00
-
3.608,00
650.000,00
-
650.000,00
-
30.000,00
-
30.000,00
-
-
379,00
-
600.549,20
379,00 -
169.300,00
-
-
-
169.300,00
VENTAS
-
800.507,00
-
800.507,00
79
CARGAS IMPUTABLES A CUENTAS DE COSTOS Y GASTOS
-
809.307,00
-
809.307,00
92
COSTOS DE PRODUCCIÓN.
94
GASTOS ADMINISTRATIVOS. GASTOS DE VENTAS. Total
-
22.757,00
70
95
24.476,00
-
4031
27.764,00
-
809.307,00
HABER
-
40171
24.156,00
-
DEBE
650.000,00 30.000,00 379,00
-
-
-
-
800.507,00
666.307,00
-
666.307,00
-
666.307,00
-
-
666.307,00
-
80.945,00
-
80.945,00
-
80.945,00
-
-
80.945,00
-
62.055,00
-
62.055,00
-
-
-
62.055,00
-
5.545.054,88
5.545.054,88
2.503.746,00
2.503.746,00
62.055,00 809.307,00
809.307,00
Resultado del Ejercicio
885.132,00
893.932,00
8.800,00
809.307.00
800.507,00 8.800,00
29
2016
CONTABILIDAD HOTELERA
9.3. ESTADO DE RESULTADOS
EL CAUSHA EIRL ESTADO DE RESULTADOS POR EL AÑO TERMINADO AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2007 EN MILES DE SOLES INGRESOS OPERACIONALES Ventas Netas (ingresos operacionales)
800.507,00
TOTAL DE INGRESOS BRUTOS
800.507,00
Costo de ventas
666.307,00
TOTAL COSTOS OPERACIONALES
666.307,00
Utilidad Bruta
134.200,00
Gastos Operacionales Gastos de Administración
-80.945,00
Gastos de Venta
-62.055,00
ganancia (perdida) por venta de activo
-
2016
CONTABILIDAD HOTELERA
9.3. ESTADO DE RESULTADOS
EL CAUSHA EIRL ESTADO DE RESULTADOS POR EL AÑO TERMINADO AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2007 EN MILES DE SOLES INGRESOS OPERACIONALES Ventas Netas (ingresos operacionales)
800.507,00
TOTAL DE INGRESOS BRUTOS
800.507,00
Costo de ventas
666.307,00
TOTAL COSTOS OPERACIONALES
666.307,00
Utilidad Bruta
134.200,00
Gastos Operacionales Gastos de Administración
-80.945,00
Gastos de Venta
-62.055,00
ganancia (perdida) por venta de activo
-
otros ingresos
-
otros gastos UTILIDAD OPERATIVA
-8.800,00
ingresos financieros
-
gastos financieros
-
RESULTADO
ANTES
DE
PARTICIONES
Y
DEL -8.800,00
IMPUESTO A LA RENTA Impuesto a la renta (30%)
-
utilidad o pérdida neta del ejercicio
- 8.800,00
30