2017
TRABAJO PRACTICO: DERECHO DE LA NAVEGACIÓN Integrantes:
Acosta, Irina Ayala, Sofía Esquivel, Esteban Flores Monyo, Marina Peloso,Alfonso Cesar. Ramirez, Priscila A.
CONFERENCIA Y CONVENCIÓN DE LONDRES DE 1.960 En esta conferencia se modificó el Convenio Internacional sobre Seguridad para la Vida Humana en el Mar. Por esta Convención los Estados contratantes se obligaron a promulgar las leyes, decretos, órdenes y reglamentos para darle plena eficacia y para comunicar a la OMI todas las disposiciones que adoptaran, sobre todo en materia de: Construcción de buques. Usos de medios de salvamento. Sistemas de balizamiento. Equipos de radiotelegrafía. Equipos de radiotelefonía. Se aplica a todos los buques de los Estados contratantes que realicen viajes internacionales, a
excepción de: Buques menores de 500 toneladas. Buques de guerra. Buques para el transporte de tropas. Buques que carecen de propulsión mecánica. Buques pesqueros. Yates de recreo. Se adoptaron medidas sobre:
Buques nucleares. Construcción de buques. Disposición de salvataje.
CONVENCIÓN INTERNACIONAL SOBRE LÍNEAS DE CARGA DE 1.930 La necesidad de establecer principios y reglas para limitar el calado de los buques ha sido, históricamente, tema de discusión. En 1875 Samuel Plimsoll, miembro del parlamento, promovió la legislación de una marca a los costados del buque, para indicar el calado hasta el cual podría cargar. Esta marca es conocida como Disco Plimsoll , aunque su denominación oficial es la de marca de francobordo. La Convención Internacional sobre Líneas de Car ga suscripta en 1.930 estableció la obligatoriedad para todo buque que efectúe viajes internacionales de contar con la certificación y marcas que indican la máxima carga y el llamado “francobordo”, Esta convención tiende a asegurar la flotabilidad de los buques privados que efectúe viajes internacionales, fijando los límites hasta los cuales pueden ser cargados a fin de evitar sobrecargas que pongan en peligro su flotabilidad. Esta convención se aplica a los buques de carga de los estados contratantes que realicen viajes internacionales, quedando exceptuado los pesqueros, los de guerra, los que tengan un registro bruto inferior a 150 toneladas y los yates que realicen viajes de placer, el francobordo de estos buques exceptuados de esta convención internacional, quedan sujetos a las reglamentaciones internas de sus respectivos estados.
LINEAS REGULARES El tráfico marítimo ha quedado estructurado básicamente según dos tipos de gestión: los servicios de líneas regulares y los servicios de buques tramp (o de oportunidad). Las líneas regulares actúan en tráficos determinados con tarifas de fletes e itinerarios fijos, anunciados previamente al público interesado, mediante buques adecuados al tipo de carga habitualmente transportada en dichos tráficos. Su función es la de brindar a los cargadores y receptores de mercaderías, en una ruta particular, la regularidad y la frecuencia de salidas y llegadas de los puertos que dichos comerciantes necesitan para el más eficiente desarrollo de sus actividades. Transportan el más variado tipo y naturaleza de cargas, principalmente productos manufacturados. Los buques tramp no prestan servicios regulares; desenvuelven su actividad en el área de la navegación libre y cumplen prestaciones de oportunidad. Se dedican generalmente al transporte de cargamentos completos o de unos pocos cargamentos parciales. No tienen itinerario fijo y transportan sus cargas a lo largo de distancias relativamente largas mediante tarifas que son negociables caso por caso.
CONFERENCIAS DE FLETES Y POOLS Los buques tramp se pueden ver afectados por las pequeñas fluctuaciones en el mercado, lo que hace que no exista necesariamente una correlación entre costes y niveles de fletes. Las oscilaciones de fletes en los buques línea son menores que en los tramp debido a que las tarifas generalmente son fijadas por las conferencias de fletes u otros acuerdos semejantes que no varían durante un período de tiempo relativamente largo. Conferencias de Fletes: un siglo atrás la aparición de grandes buques de hierro accionados por poderosos motores, aumento el número y la capacidad de bodegas disponibles para el transporte de carga. A consecuencia de este muchas empresas viendo sus bodegas vacías o a medio llenar rebajaron drásticamente sus fletas y entraron en una feroz competencia, denominada guerra de fletes, que significo la quiebra para muchas de ellas, para evitar estas situaciones competitivas surgieron conferencias de fletes o asociaciones de armadores, creándose la primera de ella en 1875 para regular el trafico entre gran bretaña y la india. Las conferencias de fletes son organizaciones o asociaciones de armadores que fijan fletes uniformes mínimos, para el transporte de cada mercadería o para el transporte de pasajeros. Los miembros de la conferencia se obligan a no percibir fletes inferiores a los fijados. Mediante la conferencia se logra la estabilización de las tarifas y se tiende a evitar la competencia entre los miembros de la asociación y a eliminar la competencia de otros transportistas que no son miembro de la organización. Las conferencias reúnen empresas que operan buques en forma regular, según itinerarios fijos y dentro de un tráfico determinado. La conferencia puede tener por objeto abarcar el transporte de pasajeros o mercaderías, sea todo tipo de mercadería o de mercadería determinada.
Las empresas conferenciadas suelen ofrecer a sus clientes numerosas ventajas: fletes razonables, regularidad y frecuencia de salidas, buenos buques, etc.
Pools: para eliminar la competencia interna las empresas miembro de la conferencia suelen celebrar
entre ellas pools, o sea acuerdos por los cuales el trafico o cargas atendido por la
conferencia se distribuye entre ellas de conformidad a una cuota o porcentaje previamente establecido, sobre el total del tonelaje car gado, fletes pagados o pasajeros transportados. Dentro de una misma conferencia y aun entre las compañías mismas, pueden convenirse simultáneamente varios acuerdos de pools (ej. uno para carga ge neral, otro para carga frigorífica). En la Argentina todos los tráficos, sea importación o exportación están regidos por acuerdos de conferencias o pools. En la mayoría de estos casos, estos acuerdos surgen de tratativas directas entre transportadores argentinos y transportadores extranjeros y son homologadas por la subsecretaria de la marina mercante. En otros casos, los convenios se basan en acuerdos bilaterales de transporte marítimo celebrados por la republica argentina con otros países.