CONCLUSIONES Vivimos en un momento histórico en el Ecuador, de cambio en todos los órdenes, que sin duda apuntan a reconsiderar la aplicación de nuevos paradigmas de vida, pues hoy vivimos en un Estado constitucional de derechos y justicia. Hay que estar consciente de que no se puede hablar de buen vivir si no se vive en armonía y equilibrio con todas las formas de existencia; que la paz social se consigue manteniendo el equilibrio entre los derechos y las obligaciones, pues como decía Juan Montalvo, pueblo que no cumple sus obligaciones es un pueblo corrompido, pueblo que no exige sus derechos es un pueblo esclavo, y pueblo que no cumple sus obligaciones ni exige sus derechos es un pueblo bárbaro; de tal modo que consigamos este equilibrio para lograr todos los objetivos que constan en la Constitución de la República vigente y especialmente en lo que dice el Preámbulo de la misma: “Decidimos construir: Una nueva forma de convivencia ciudadana en diversidad y armonía con la naturaleza para alcanzar el buen vivir, el Sumak kawsay; una sociedad que respeta en todas sus dimensiones la dignidad de las personas y las colectividades”. En fin: “El derecho a la armonía y al equilibrio con todos y entre todos y todo. Es el derecho a ser reconocido como parte de un sistema del cual todo y todos somos interdependientes. Es el derecho a convivir en equilibrio con los seres humanos. En el planeta hay millones de especies vivas, pero los seres humanos tenemos la conciencia y la capacidad de controlar nuestra propia evolución para promover la armonía con la naturaleza”. El buen vivir a más de ser un concepto nuevo en la Constitución, constituye un objetivo estratégico del deber ser, que encierra la vida en plenitud, siendo al mismo tiempo una dimensión ética donde el ser humano y la vida en toda su diversidad y complejidad debe ser el centro de las políticas públicas, esta noción es concretada en el capítulo que la Constitución lo denomina el Régimen del Buen
Vivir y lo hace como la creación y proyección de un Sistema Nacional de Inclusión y Equidad Social y en cuanto al conjunto articulado y coordinado de sistemas, instituciones, políticas, normas, programas, y servicios que aseguran el ejercicio, garantía y exigibilidad de los derechos reconocidos en la Constitución y objetivos del Régimen del Desarrollo.
RECOMENDACIONES Debemos entender y aplicar estas políticas de estado, en cualquier instancia en la que nos encontremos debemos ser partícipes, es decir, actores y conocedores de esta propuesta que el gobierno de la revolución ciudadana está poniendo en práctica, hay que entender que su teoría está basada en el Socialismo Científico que Carlos Marx filósofo alemán expuso como un modelo económico de la clase obrera es decir de los explotados, suprimiendo la burguesía y dando bienestar, paz y justicia social a todas y todos los seres humanos, lo cual deberíamos estudiarlo para llegar a una mejor comprensión. Se recomienda participar en cada mecanismo existente en las leyes como por ejemplo la constitución de la república del Ecuador en el articulo 95 nos dice “Las ciudadanas y ciudadanos, en forma individual y colectiva, participarán de manera protagónica en la toma de decisiones, planificación y gestión de los asuntos públicos, y en el control popular de las instituciones del Estado y la sociedad, y de sus representantes, en un proceso permanente de construcción del poder ciudadano. La participación se orientará por los principios de igualdad, autonomía, deliberación pública, respeto a la diferencia, control popular, solidaridad e interculturalidad. La participación de la ciudadanía en todos los asuntos de interés público es un derecho, que se ejercerá a través de los mecanismos de la democracia representativa, directa y comunitaria”. También los artículos 77 de la Ley de Participación Ciudadana y 101 de la Constitución, indican que
“Las
sesiones de los gobiernos autónomos son públicas y en éstas habrá una silla vacía que será ocupada por un representante de la ciudadanía para que participe
en el debate y toma de decisiones.” Además los gobiernos autónomos descentralizados provinciales regidos por el Código Orgánico de Ordenamiento Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD), en el Art. 41 literal c) indica que se debe “Implementar un sistema de participación ciudadana para el ejercicio de los derechos y avanzar en la gestión democrática de la acción provincial; Entonces, debemos usar estos mecanismos, involucrarnos en las decisiones de nuestra comunidad, solo así se construirá el poder popular para sustentar este proyecto político del buen vivir.