c. El no cumplimiento de las normas elementales de educación y convivencia. d. Negativa a cumplir el Programa. e. Robo de material del C.R. o de las pertenencias de los compañeros. f. Violencia física contra alguna persona del Centro o relacionada con él. g. Falta de palabra al Equipo técnico, personal y compañeros. h. Abandono no autorizado del Centro. i. Actitud de rechazo al Programa. j. El equipo responsable valorará en cada caso la gravedad de la falta y si produce o no motivo de expulsión.
Art.
18.-
REGISTRO DE FALTAS Y CONDUCTAS DISRUPTIVAS. – La
Comunidad Terapéutica incluirá en los expedientes de las personas tratadas, un registro de faltas y conductas disruptivas. a. Se considerará por conducta disruptiva el comportamiento y/o manifestación actitudinal que resulte conflictiva. b. Las
faltas hacen referencia a conductas que contravengan las normas
establecidas en el presente Reglamento.
12
II.
TITULO LA ORGANIZACIÓN CAPITULO DE LA ORGANIZACIÓN
Art. 19.- ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL Y FUNCIONAL: ORGANIGRAMA FUNCIONAL El Centro Especializado para el tratamiento de consumo Problemático de Alcohol y otras Drogas “CENTRO PAZ”.
DIRECTOR GENERAL Sr. Richar Vicente Mera Farfan.
NUTRICIONISTA Lcdo. Pablo Sergio Montesdeoca Moreira
ASESOR JURÍDICO Ab. Eder Conforme Olmedo
RESPONSABLE TÉCNICO Pisc.Cl. Carlos Guaman Sanchez
MÉDICO GENERAL. Dr. Arroyavé Orellana José Elías
MÉDICO PSIQUIATRA dRA. Amanda Soraya Fiallos Encalada
COCINA: Sra. Paula Moran Santana
ENFERMERA Lcda. Mayra Santos Vera
.
PSICÓLOGA. Pisc.Cl. Carlos Guaman Sanchez
FARMACEUTICO Zambrano Barreiro Atilio Antonio
TERAPISTA VIVENCIAL. Sr. Jaime Patricio Padilla
TERAPISTA OCUPACIONAL Sr. Sr. Jaime Patricio Padilla
III.
CAPITULO MANUAL
DE
FUNCIONES DEL
CEDAT
“CENTRO PAZ”
Art. 20.- FUNCIONES DEL DIRECTOR GENERAL: a. Dirigir, administrar y representar al Centro Terapéutico en asuntos legales, Administrativos, sociales y realizar gestiones para su buen funcionamiento. b. Elaborar un plan de trabajo general de acuerdos a los objetivos del centro. 13
c. Aprueba el presupuesto para la adquisición de insumos, materiales y equipos que requiera la institución. d. Garantiza la calidad de servicio mediante la coordinación de Instituciones u organizaciones que trabajen para la comunidad en general. e. Elaborar un informe anual de los logros alcanzados mediante las actividades ejecutadas. f. Responder ante las autoridades del Ministerio de Salud Pública por el funcionamiento y proyección del centro.
Art. 21.- FUNCIONES DEL COORDINADOR a. Administrar el personal que labora dentro del Centro en coordinación con sus respectivos. b. Responder por el buen funcionamiento del Centro Terapéutico, la disciplina de los pacientes y colaboradores que permanecen dentro del centro. c. Identificar las necesidades de capacitación del personal y promover su ejecución. d. Elaborar una guía de menú diario de alimentación para los pacientes. e. Realizar un plan de acción mensual para cumplir la programación general. f. Emitir mensualmente un informe a sus supervisores de las actividades desarrolladas y de cómo avanza el programa terapéutico establecido. g. Asegurarse que el personal cuente con los elementos necesarios para el buen desempeño en su trabajo. h. Atender a los familiares y comunicar las recomendaciones del equipo técnico y promover su participación en la rehabilitación de sus familiares. i. Demás funciones que asigne la autoridad.
Art. 22.- FUNCIONES DEL EQUIPO TÉCNICO: a. Constituir el equipo técnico, el que estará integrado por el director, Psicólogo, Médico, Psiquiatra, Trabajadora Social y los Monitores Vivenciales. b. Definir un plan de trabajo, cuyo objetivo será analizar situaciones particulares de los pacientes, tendientes a superar las dificultades que se presenten. 14
c. Las reuniones del equipo técnico serán mensualmente, para monitoreo y evaluación o cuando casos especiales lo ameriten (llamada extraordinaria)
Art. 23.- FUNCIONES DE LA UNIDAD DE PSIQUIATRÍA a. Elaborar un plan de trabajo. b. Valoraciones psiquiátricas. c. Terapia individual y grupal con el psiquiatra. d. Realizar la asesoría, para la adquisición de insumos médicos de acuerdo a las necesidades del centro terapéutico y vigilar el uso adecuado.
Art. 24.- FUNCIONES DE LA UNIDAD PSICOSOCIAL. a. Aplicar de forma individualizada el Programa. b. Formar al personal voluntario en el área Psicosocial. c. Proponer al Equipo Directivo las posibles altas, expulsiones o traslados. d. Realizar terapias de grupo, entrevistas personalizadas e intervenciones psicológicas directas de tipo diagnóstico y psicoterapéutico. e. Establecer los criterios psicológicos de atención al residente con los distintos mediadores que inciden en él. f. Favorecer el equilibrio emocional y el establecimiento de relaciones e identificaciones afectivas y sociales, fomentando y desarrollando la responsabilidad a través de su práctica diaria. g. Diseñar y evaluar el Programa de trabajo individualizado que facilite la adquisición de hábitos normalizados del proceso socializador. h. Establecer comunicación con la familia, conocer la situación socio-familiar y actuar de nexo cuando las relaciones se encuentren deterioradas, reforzándolas siempre que sea necesario. i. Programar actividades dentro y fuera del Centro realizando un seguimiento y evaluación de las mismas. j. Motivar y apoyar la participación activa en las diversas actividades programadas en o fuera del Centro. k. Favorecer la integración en los grupos y actividades. l. Fomentar el respeto y cuidado del entorno, inculcando la necesidad de conservar ordenados y agradables los espacios individuales y grupales. 15
m. Participar en la elaboración y planificación educativa del Centro, en las reuniones programadas y en las evaluaciones y revisiones de objetivos. n. Mantener una coordinación fluida con el equipo responsable y en especial, en lo referente a la observación y registro del comportamiento individual y grupal. o. Canalizar las necesidades y expectativas del residente utilizando y aprovechando adecuadamente los recursos sociales existentes. p. Hacer un seguimiento y evaluación de las salidas derivadas de la aplicación del Programa. q. Contribuir a la creación de un adecuado contexto institucional, previo análisis de los posibles puntos de conflicto existentes, proponiendo mecanismos de actuación preventiva y/o asistencial.
Art. 25.- FUNCIONES DE LA UNIDAD MÉDICA a. Elaborar un plan de trabajo. b. Levantar la ficha médica del paciente al momento de su ingreso. c. Controlar las condiciones de salubridad del Centro Terapéutico. d. Asistir a los pacientes en caso de enfermedad. e. Mantener la debida coordinación con servicios de salud de la comunidad y con Trabajo Social, con el fin de que el paciente sea atendido y reciba el respectivo tratamiento. f. Determinar el aislamiento del paciente en caso de enfermedad que ponga en riesgo la salud de los demás usuarios, así como su reintegro. g. Realizar la asesoría, para la adquisición de insumos médicos de acuerdo a las necesidades del centro terapéutico y vigilar el uso adecuado.
Art. 26.- FUNCIONES DE LOS MONITORES VIVENCIALES a. Coordinar con el equipo técnico en el plan anual de trabajo. b. Informar a la Trabajadora Social y/o Coordinador, aspectos y actitudes notorias de cada uno de los pacientes, a fin de buscar apoyo profesional, motivación o coordinaciones en beneficio de los involucrados. c. Ejecución de actividades que desarrollo y aplique las líneas terapéuticas establecidas. d. Encargado del desarrollo general del programa terapéutico establecido por el equipo responsable. 16
e. Observar y tomar medidas de seguridad para salvaguardar la integridad diaria de los pacientes. f. Cumplir con el horario establecido, así como participar en comisiones especiales.
Art. 27.- FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES GENERALES PARA EL PERSONAL. Todo personal es responsable de asegurar el ejercicio de los derechos de los pacientes, propiciando servicios que responda a los estándares de calidad y de calidez de acuerdo a las normas establecidas en el presente reglamento. a. Participar en las reuniones con el equipo técnico para la planificación, seguimiento y evaluación de los pacientes en su proceso de rehabilitación, así como también para su capacitación. b. Asistir al centro terapéutico con la debida puntualidad en los horarios establecidos. c. Atender con amabilidad a las
visitas y familiares de los pacientes,
satisfaciendo sus inquietudes; estableciendo una cordial relación entre el Centro terapeuta y ellos.
Art. 28.- DERECHOS DEL PERSONAL a. Recibir un trato respetuoso y cordial por parte del director del centro terapéutico, compañeros, pacientes y familiares de los mismos. b. Recibir una remuneración acorde a la ley. c. Recibir oportunamente los insumos y materiales necesarios para el ejercicio óptimo de las funciones.
IV. I.
TARIFARIO
CAPITULO INGRESOS.
Art. 29.- EXHIBICIÓN DE TARIFAS. - De conformidad al Art. 184 de la Ley Orgánica de Salud, en concordancia con la Ley del Derecho de Amparo al Paciente y el Manual de aplicación de Reglamentos de servicios de salud, las tarifas se exhibirán en la recepción del C.R., en un lugar visible.
17
Art. 30.- FUENTES DE FINANCIAMIENTO. - Las actividades operativas del El Centro Especializado En Tratamiento Para Personas Con Consumo Problemático de y Otras Drogas (CETAD) “CENTRO PAZ” son financiadas con recursos propios provenientes del cobro de los servicios que presta; y, en el caso de déficit, con la contribución de los patrocinadores de la entidad de servicio social. Los rubros de ingresos y egresos mensuales programados, se presentan en el siguiente cuadro.
INGRESOS Y EGRESOS MENSUALES PARA EL FINANCIAMIENTO DE ACTIVIDADES OPERATIVAS Se denominan ingresos los gastos por tratamientos y egresos los gastos operativos generales. a. Costo: Costo total del tratamiento 1000 Usd. por 12 meses. b. Gastos por mes Alquiler
600 Usd
Servicios básicos 300 Usd. Sueldos y salarios 1.400 Usd Alimentación
3.080 Usd.
18
V.
CAPÍTULO RECURSOS
Art. 31.- LOS RECURSOS con los que cuenta la El Centro Especializado En Tratamiento Para Personas Con Consumo Problemático de y Otras Drogas (CETAD) “CENTRO PAZ” para su operatividad son:
Art. 32. - RECURSOS HUMANOS: a. Equipo interdisciplinario Responsable Técnico: Psic.Cl. Guamán Sánchez Carlos Actividades Dirigir y coordinar la gestión que se lleva a cabo dentro del CETAD, con el fin de que los procesos se diseñen y ejecuten desde la perspectiva y necesidades del paciente. Aplicar dentro del CETAD la normativa vigente y políticas establecidas por el Ministerio de salud Pública, dentro del trabajo interinstitucional, para el personal de cada una de estas instituciones en el ámbito de sus competencias. Garantizar el cumplimiento de las etapas de Atención Integral en Salud, Acogimiento y Vida Comunitaria y Reinserción Social de cada uno de los pacientes del CETAD. Preparar el plan operativo y la propuesta de presupuesto del proyecto, y sobre los presupuestos aprobados, presentar y aplicar oportunamente cronogramas de requerimientos de recursos humanos, materiales y en efectivo. Administrar el CETAD aplicando en la presentación de informes de avance técnico y económico, los mecanismos, instrumentos o formatos, incluyendo los indicadores de resultados e impactos que para ello se hubieran definido.
Responsable: Dr. Arroyavé Orellana José Elías Médico General/familiar con conocimientos en drogodependencia. Actividades del cargo Examina, diagnostica y prescribe medicación, terapia u otra forma de asistencia médica integral al paciente en las diferentes áreas, con actividades propias de su especialidad. Analiza y deriva casos de pacientes con los médicos especialista, para dar un diagnóstico adecuado. Elabora y mantiene actualizado el registro de pacientes mediante historias clínicas, hojas de descargo, y otros instrumentos de registro, para un seguimiento y control adecuado de la patología. Refiere a pacientes a los diferentes niveles de atención Realiza el consentimiento informado del paciente, de acuerdo a estudios y funcionamiento de la red social y comunitaria. 19
Responsable: Dra. Amanda Soraya Fiallos Encalada Psiquiatra con conocimientos en drogodependencia. Actividades del cargo Coordina las actividades de la/las especialidades/es y/o procesos a su cargo. Atiende evalúa, diagnóstica y prescribe medicación, terapia, u otra forma de asistencia médica en el área de su especialidad para tratar o evitar una enfermedad o lesión. Estudia y analiza casos conjuntamente con los médicos de la misma especialidad o de otras especialidades. Reporta, investiga y resuelve problemas y casos médicos especiales. Coordina y supervisa la atención integral sustentada en medicina basada en evidencia, guías de práctica clínica y protocolos en su ámbito de acción. Realiza las demás actividades requeridas por su jefe inmediato en su ámbito de acción. Elabora y mantiene actualizado el registro de pacientes mediante historias clínicas, hojas de descargo, y otros instrumentos de registro, para un seguimiento y control adecuado de la patología.
Responsable: Psic.Cl. Guamán Sánchez Carlos Psicólogo Clínico/Psicóloga Clínica Actividades del cargo Atender individual y grupalmente a los usuarios en horarios establecidos. Atender de acuerdo a la planificación diseñada por el Equipo Técnico del Ministerio de Salud Pública y Ministerio de Inclusión Económica y Social. Brindar atención individual y grupal a la familia del usuario en horarios establecidos. Evaluación, diagnóstico y tratamiento de los usuarios. Elaboración de historias psicológicas para seguimiento de la evolución de los usuarios. Acompañamiento en las actividades del Equipo Técnico para aplicarlas de manera adecuada y pertinente, cumpliendo los objetivos del plan terapéutico. Acudir a las reuniones de Equipo Técnico. Planificación de programas y proyectos de promoción, prevención, seguimiento y asistencia de desarrollo social en el área de rehabilitación de los usuarios y sus familiares.
20
Responsable: Lcda. Mayra Santos Vera. Enfermería Actividades del cargo Entrega y recepta reporte de pacientes, lencería, materiales y equipo en cada turno Realiza el ingreso del paciente, y lo prepara cuando se le ha dado el alta, brinda Información al paciente antes de su salida del Centro Especializado de Tratamiento para Personas con Consumo Problemático de Alcohol y otras Drogas. Apoya en la administración de medicamentos de acuerdo a la prescripción del médico, en ausencia de licenciada de enfermería. Realiza el retiro de medicamentos de farmacia en ausencia del auxiliar de farmacia Realiza la desinfección del área diaria, concurrente y terminal, y el aseo de instrumentos y materiales de servicio. Prepara y abastece de todo el material estéril al Centro Especializado de Tratamiento para Personas con Consumo Problemático de Alcohol y otras Drogas. PERSONAL OPERATIVO DE PLANTA Responsable: Sr. Richard Mera Farfan Terapista Ocupacional Actividades del cargo Evaluar el perfil ocupacional (destrezas psicomotrices, capacidades remanentes, aspectos vocacionales, orientación laboral) de los/las adolescentes, a través de la aplicación de instrumentos de especialidad. Participar en la planificación, ejecución y evaluación de los planes de intervención PGF y PAINA, en su área profesional. Diseñar y ejecutar el plan de Actividades de la Vida Diaria (AVD) para la adquisición de hábitos, asumir responsabilidades y desarrollar destrezas de comunicación interpersonal. Promover actividades ocupacionales individuales y/o grupales dirigidas a preparar a cada usuario/a para el proceso de capacitación laboral. Planificar y participar en las actividades lúdicas o deportivas programadas, junto con el/la operador/a de Casa. Acompañar el proceso de capacitación e inclusión laboral, a través de las acciones necesarias que requiera cada caso. Elaborar los informes y documentos derivados de su l abor profesional.
21
Responsable: Sr. Richard Mera Farfan Operador de Casa. Actividades del cargo Guiar la convivencia diaria en la Casa de Acogida y Tratamiento, a través del acompañamiento de adolescentes acogidos/as. Acompañamiento y orientación en las actividades diarias programadas con los/las adolescentes durante su permanencia en la unidad de atención (junto con el/la Terapista Ocupacional) Participación en la planificación, elaboración, desarrollo y evaluación de los planes de intervención: PGF y PAINA. Realizar las actividades diarias según correspondan en los planes de intervención. Guiar y verificar el aseo, higiene y hábitos, nutrición, actividades lúdicas y recreativas de los usuarios. Facilitar el ingreso de un/a nuevo/a usuario/a las Casas de Acogida y Tratamiento. Contribuir al proceso formativo de adolescentes, capacitándoles en habilidades y competencias para la vida y procesos para la autonomía. Responsable: Lcdo. Pablo Sergio Montesdeoca Moreira NUTRICIONISTA: Actividades del cargo Participar en la planificación, coordinación y desarrollo de actividades relacionadas con la nutrición del CETAD. Valoración nutricional y atención alimentaria de los usuarios. Llevar un seguimiento nutricional y dietético del paciente. Elaboración y seguimiento de protocolos de intervención dietética para grupos de usuarios específicos. Planificación y control de la compra de alimentos, junto con el responsable de cocina, así como el almacenamiento supervisión de las diferentes comidas.
Diseñar una “Guía de Buenas Prácticas” y controlar que se
cumplen todos los puntos recogidos en esta. Supervisar la distribución y emplatado de los alimentos.
22
Responsable: Paula Moran Santana COCINA: Actividades del cargo Preparar la dieta propuesta por el nutricionista. Comunicar al operador de casa cualquier deficiencia que observe. Proponer al operador de casa la compra de alimentos por deficiencias en la despensa. Procurar que los alimentos se preparen en las condiciones higiénicas sanitarias adecuadas. No dejar preparados los alimentos del día anterior. Elaboración de los menús con alimentos frescos. Eliminación de colorantes y picantes en la elaboración de los platos, siempre que sea posible. La cocinera será la responsable de organizar y planificar dicho trabajo. El personal de cocina estará a las órdenes de la cocinera.
b. Nómina del personal del CETAD Director General:
Sr. Richar Vicente Mera Farfan C.I.: 1304936444 Director Técnico: Psic.Cl. Guamán Sánchez Carlos C.l.:0921644533 Asistente Administrativo: Brandon Cospoca Atehortua C.l.: 1 126568640 Médico General: Dr. Arroyavé Orellana José Elías C.l.:092624362-7 Psiquiatra: Dra. Amanda Soraya Fiallos Encalada C.l.:090812950-5 Enfermera: Lcda. Mayra Santos Vera CI. 0929165686. Nutricionista: Lcdo. Pablo Montesdeoca Moreira. CI. 0922501655. Terapeuta Vivencial: Sr. Jaime Padilla Arroyo. CI.1701189395 Seguridad: Vicente Bonilla Pincay C.I: 1307601516 Cocinera: Paula Eugenia Moran Santana C.I.: 1309103073 Art. 33.- RECURSOS FÍSICOS: Edificación de estructura de hormigón armado, dos plantas, 5 habitaciones con baños privados, veinte
y seis camas
individuales, dos áreas de consulta, una sala de uso múltiple, área de cocina, área de comedor, área de oficina, área de taller. 23
DESCRIPCIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA: PLANTA BAJA
SALA DE TERAPIA.
DORMITORIO 1
DORMITORIO 2
BODEGA
AREA DE RECRECIÓN (JUEGOS DE MESA)
BAÑOS EXTERNOS
SEGUNDA PLANTA
COCINA
COMEDOR
BAÑOS EXTERNOS
DORMITORIO 3
DORMITORIO 4
DORMITORIO 5
UNA SALA DE ESPERA
BODEGA
OFICINAS ADMINISTRATIVA
ESTADISTICA
FARMACIA
CONSULTORIO MEDICO
CONSULTORIO PSICOLÓGICO
BALCON
EQUIPAMIENTO: El Centro de Recuperación está equipado con el siguiente mobiliario:
Oficina: climatizadores, Escritorio, Computadora, Impresora. Archivador.
Consultorios: climatizadores, Escritorios, Computadoras, Impresora. Archivador.
Estación de enfermería: Escritorio. Chaylón. Botiquín, Archivador.
Sala de espera: Televisor, Muebles. 24
c.
Cocina: Congelador Anaquel, vajillas.
Sala de Terapia: 30 Sillas Pizarra.
dormitorios: climatizadores.
Sala de Terapia Proyector, televisor, material lúdico
RECURSOS MATERIALES: Materiales de oficina, libros, material
didáctico, mobiliario (camas, sillas, escritorios, cocina, etc.) entre otros.
VI.
TITULO DE LAS NORMAS DEL CETAD
I.
CAPÍTULO NORMAS Y PROCEDIMIENTOS GENERALES PARA EL
PERSONAL, RESIDENTES Y FAMILIARES Art. 34.- NORMAS PARA EL PERSONAL, RESIDENTES Y FAMILIARES. – Toda actividad, para su buen funcionamiento requiere la observación de unas normas mínimas. Dichas normas han de establecerse con el objetivo de posibilitar un ambiente de respeto, libertad y solidaridad. Se ha de tender a que el diálogo sea la forma habitual de resolver los conflictos, siendo la fuerza de la razón y no al revés, el origen del cumplimiento de la norma.
Art. 35.- NORMAS DE CONVIVENCIA: El consumo de drogas, alcohol y tabaco no está permitido. El equipo, a fin de evitar equívocos y conocer la realidad de consumo, pedirá controles cuando lo estime oportuno, aceptando que la negativa a la realización de estos controles equivale a un resultado positivo de los mismos. Todas aquellas acciones que impliquen violencia están absolutamente prohibidas. a. No están permitidas las relaciones sexuales dentro del Centro. b. Los equipamientos de uso común, aparatos de Televisión y Vídeo, etc., así como la comida se entiende que están a disposición del grupo como tal. c. Las habitaciones están destinadas a dormitorios por lo que no están permitidas ningún tipo de reuniones en las mismas.
25
ART. 36.- DERECHOS HUMANOS. - El Centro Especializado En Tratamiento Para Personas Con Consumo Problemático de y Otras Drogas (CETAD) “CENTRO PAZ” de forma prioritaria respetará los derechos de los residentes, establecidos y reconocidos en la Constitución y en los instrumentos Internacionales de Derechos Humanos, en todo lo que tiene que ver con la permanencia y tratamiento de las personas con adicción a sustancias psicoactivas ingresadas en el establecimiento.
Art. 37- DERECHOS Y DEBERES DE LOS PACIENTES. - El Centro debe aspirar a constituirse en una auténtica Comunidad Terapéutica, por encima de derechos y deberes, erigiéndose en un ámbito en el que todos sean miembros activos y responsables y se esfuercen en crear un ambiente de participación y respeto mutuo. Las normas que se establezcan, y que habrán de cumplirse, se deberán entender como el cauce que garantiza la libertad de cada uno y el respeto a la de los demás.
Art. 38.- DERECHOS. - A los residentes del Centro, además de los derechos reconocidos en el Art. 13 del REGLAMENTO PARA LA REGULACIÓN DE LOS CENTROS DE RECUPERACIÓN PARA TRATAMIENTO A PERSONAS CON ADICCIONES O DEPENDENCIAS A SUSTANCIAS PSICOACTIVAS, así como en demás normativas legales, se les reconoce los siguientes: a. Derecho a tener suficientemente cubiertas las necesidades
de
alimentación, vestido, higiene y salud. b. Derecho a que se respeten tanto la dignidad e intimidad personal como las pertenencias individuales. c. Derecho a la confidencialidad de toda la información privada. d. Derecho a disponer de tiempo libre, pudiendo moverse libremente dentro del Centro, con las salvedades que se establezcan. e. Derecho a vivir en un clima de convivencia, respeto y solidaridad en el Centro y grupos de actividad. f. Derecho a utilizar el material y las instalaciones de que dispone el Centro. g. Derecho a participar en el estudio y elaboración de las normas de convivencia.
26
h. Derecho a participar en las actividades propias del Centro, así como en su organización. i. Derecho a relacionarse con el exterior mediante salidas, visitas, excursiones, correspondencia, etc. dentro del desarrollo del Programa, con excepción de aquellos que estén en libertad condicional. j. Derecho a ser informado del Programa y del Reglamento de Régimen Interior del Centro. k. Derecho a solicitar el alta voluntaria. l. Derecho a decidir su permanencia en el Centro. m. Derecho a recibir certificación e informes en cualquier fase de su proceso terapéutico.
Art. 39.- DEBERES, son deberes de los internos los siguientes: a. Deber de respetar y cumplir las normas de convivencia. b. Deber de participar en la vida y organización del Centro. c. Deber de respetar la dignidad y función del personal terapéutico y de cuantas personas estén o trabajen en el Centro. d. Deber de asistir y participar activa y puntualmente en las actividades del Centro y reuniones que se establezcan; toda persona según sus circunstancias de salud, tendrá que desarrollar algún tipo de actividad ya sea formativa u ocupacional. e. Deber de respetar y tratar con el cuidado requerido las instalaciones, mobiliario y material del Centro. f. Deber de colaborar con los compañeros en las actividades y respetar su dignidad individual. g. Deber de cumplir las pautas de tratamiento médico, estando prohibido medicarse sin previa autorización del facultativo y del equipo. h. Deber de firmar la baja voluntaria en caso de negativa al tratamiento o abandono.
27
VII. CAPÍTULO NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA EL MANEJO DE DOCUMENTOS; ALIMENTOS Y DESECHOS DEL ESTABLECIMIENTO Art. 40.-NORMATIVA DENTRO DEL (CETAD)
“CENTRO PAZ”.
Para el
manejo de documentos; alimentos y desechos del Centro, se deberá observar ciertas normas y procedimientos que permitan garantizar el orden, inocuidad e higiene de los documentos, alimentos y del establecimiento en su respectivo orden.
Art. 41.- MANEJO Y ORGANIZACIÓN DE DOCUMENTOS: Toda la documentación, tanto del personal Técnico como de Apoyo, así como toda la documentación referente a autorización y operatividad del establecimiento deberá estar en archivos del Centro de Recuperación, siempre a la disposición de las Autoridades de Control. De igual forma, los expedientes de los residentes en el Centro, se guardarán en la oficina administrativa del establecimiento, de forma individualizada, en carpetas suspendidas o dossier de plástico o cartulina que agrupen todos los documentos del proceso de tratamiento aplicado al paciente, desde su ingreso hasta el alta respectiva de ser el caso; y, en cuya parte visible deberá figurar los siguientes datos que lo identifiquen: Serie documental (Número) Expediente (nombres y apellidos) Fecha de ingreso
Art. 42.- MANIPULACIÓN DE ALIMENTOS. - Las enfermedades transmitidas por los alimentos son uno de los problemas de salud pública que se presentan con más frecuencia en la vida cotidiana de la población. Muchas de las enfermedades, tienen su origen en el acto mismo de manipular l os alimentos en cualquiera de las etapas de la cadena alimentaria (desde la producción primaria hasta el consumidor). 28
a. Prevención: Los buenos hábitos del manipulador son fundamentales, por lo cual las normas de higiene común como el lavado frecuente de las manos, evitar tocarse la cara, el pelo, manipular con guantes siempre limpios los alimentos cocidos o listos para consumir y el conservar los alimentos en frío son las principales medidas que se deben adoptar por el responsable de cocina del Centro. b. Prohibiciones al responsable y ayudante de cocina:
Fumar, comer, mascar chicle, beber o escupir en las áreas de preparación de alimentos.
Usar uñas largas o con esmalte. Esconden gérmenes y desprenden
partículas en el alimento.
Usar aretes, cadenas, aros, o cualquier objeto de metal mientras preparan los alimentos.
c. Obligaciones:
Mantener el área de cocina limpia y desinfectada
Mantener la cámara de refrigeración y conservación de alimentos limpia y ordenada
No guardar alimentos crudos y cocidos en la misma área.
Restringir el ingreso a personal no autorizado
Revisar la fecha de vigencia de los alimentos enlatados y empacados de fabrica
Art.
Mantener el orden en el área de cocina
43.-
PROCEDIMIENTO PARA EL MANEJO DE DESECHOS. - Los
desechos producidos en los establecimientos de salud se pueden clasificar de acuerdo a su riesgo en: Desechos generales o comunes, Desechos peligrosos o infecciosos y especiales; En el caso de los Centros de Recuperación para drogodependientes, por el tipo de actividad que se realiza, solo se producen y evacuan desechos comunes.
a. Desechos generales o comunes: Son aquellos que no representan un riesgo adicional para la salud humana y el ambiente, y que no requieren de un manejo especial. Tiene el mismo grado de contaminación que los desechos domiciliarios. Ejemplo: papel, cartón, plástico, restos provenientes de la preparación de alimentos, etc. Constituyen el 80% de 29
los desechos. En este grupo también se incluyen desechos de procedimientos médicos no contaminantes como yesos, vendas, etc.
b. Almacenamiento y Transporte: Los desechos debidamente clasificados se colocan en recipientes específicos para cada tipo, de color y rotulación adecuada y están localizados en los sitios de generación para evitar su movilización excesiva y la consecuente dispersión de los gérmenes contaminantes. Por ningún motivo los desechos se arrojarán al piso o se colocarán en fundas o recipientes provisionales.
c. Almacenamiento inicial o primario: Se efectúa en el lugar de origen o generación de los residuos: habitaciones, áreas de baño, consultorios, etc. Asi tenemos:
d. Almacenamiento temporal o secundario: Se realiza en pequeños centros de acopio (tachos), distribuidos estratégicamente en las unidades de servicio. Reciben funda plásticas selladas y rotuladas provenientes del almacenamiento primario.
e. Almacenamiento final o terciario: Se efectúa en una bodega o recipiente, adecuado para recopilar todos los desechos de la institución y en la que permanecen hasta ser transportados por el servicio de recolección de basura Municipal.
f. Las áreas de almacenamiento temporal y final deben cumplir con las siguientes especificaciones técnicas:
Herméticos, para evitar malos olores y presencia de insectos.
Resistentes a elementos corto punzantes, a la torsión, a los golpes y a la oxidación.
Impermeables, para evitar la contaminación por humedad desde y hacia el exterior.
De tamaño adecuado, para su fácil transporte y manejo.
De superficies lisas, para facilitar su limpieza.
Claramente identificados con los colores establecidos, para que se haga un correcto uso de ellos.
Compatibles con los detergentes y desinfectantes que se vaya a utilizar.
g. Manejo. - Las fundas se deben doblar hacia afuera, recubriendo los bordes y 1/4 de la superficie exterior del contenedor, para evitar la contaminación de éste. Se las retirará cuando su capacidad se haya 30
llenado en las 3/4 partes, cerrándolas con una tira plástica o de otro material, o haciendo un nudo en el extremo proximal de la funda.
31
VIII. DISPOSICIONES GENERALES Primera. - De la Presentación de Informes. - La Dirección del establecimiento presentará los informes de labores como lo disponga la normativa legal vigente.
Segunda. - De la Revisión y Actualización del Reglamento Interno, El presente Reglamento Interno del (CETAD) “CENTRO PAZ”, acorde con sus necesidades, podrá ser revisado y actualizado, posterior a la inspección de verificación documental de la Comisión Técnica Institucional de Salud.
Tercera. – De la Vigencia del Reglamento Interno. Este Reglamento Interno entrará en vigencia dese la fecha de aprobación por la DPS, o quién ejerza las competencias de vigilancia desde y control de los establecimientos objeto del presente Instructivo.
Cuarta. - Aprobación del Comité Institucional. Se declara que este proyecto fue aprobado en dos sesiones de fechas 04 de julio y 12 de julio del año 2018 por parte del Comité Institucional del (CETAD) “CENTRO PAZ” Dado y firmado en la ciudad de Quevedo, a los 25 días del mes de julio de dos mil dieciocho.
Sr. Richar Vicente Mera Farfan
Psic.Cl. Guamán Sánchez Carlos
Director General
Director Técnico
Brandon Cospoca Atehortua
Ab. Eder Conforme Olmedo
Asistente Administrativo
Director Jurídico
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