AUTO DE CITACION A JUICIO ORAL RESOLUCIÓN NRO. 01-2015 Juliaca, quince de abril del dos mil quince. VISTOS: El VISTOS: El auto de enjuiciamiento que contiene el cuaderno de Control de Acusación remitido por el Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de an !om"n Juliaca, al egu egund ndo o Juzg Juzgad ado o Pena Penall #nip #niper erso sona nall de an an !om" !om"n n $ Juli Juliac aca, a, a carg cargo o de la %agistrada YESSICA CONDORI CHAT CHATA. CONSIDERANDO: PRIMERO: Del suse!" N"#$%&'". N"#$%&'". 1.1. &e 1.1. &e con'ormidad con lo previsto por el art(culo )*+ de la Constitución Pol(tica del Estado es un principio - dereco de la 'unción jurisdiccional la / Observancia del debido debido proceso proceso y la tutela tutela jurisdic jurisdiccion cional”, al”, siendo ello as(, en el nuevo proceso penal rigen los principios0 acusatorio, legalidad, contradicción, de presunción de inocencia, de de'ensa, de'ensa, publicid publicidad, ad, oralida oralidad, d, imparcia imparcialida lidad, d, inmediac inmediación, ión, entre otros, otros, donde donde la actu actuac ació ión n de las las part partes es debe deber" r" suje sujeta tars rse e a las las regl reglas as de la oral oralid idad ad para para el planteamiento planteamiento de sus pretensiones pretensiones - de oposición a la misma respectivamente. respectivamente. 1.2. El 1.2. El art(culo *11 del Código Procesal Penal establece que recibidas las actuaciones actuaciones por el Juzga Juzgado do Penal Penal compet competen ente, te, 2ste 2ste dicta dictar" r" el auto auto de citaci citación ón a juici juicio o con indicación del lugar - tiempo del juzgamiento. 3a 'eca ser" la m"s pró4ima posible, con un intervalo no menor de diez d(as. e ordenar" el emplazamiento de todos los que deben concurrir al juicio, identi'icando al de'ensor del acusado - se dispondr" adem"s todo lo necesario para el inicio del juicio5 debiendo emplazarse al acusado bajo bajo aper aperci cibi bimi mien ento to de ser ser decl declar arad ado o reo reo cont contum umaz az en caso caso de inas inasis iste tenc ncia ia injusti'icada, injusti'icada, - los apremios respectivos para otros sujetos procesales. SE(UNDO0 SE(UNDO0 6ue, el %inisterio P7blico a cumplido con individualizar los datos personales de la AC#A&A0 V&)"#&% Lu)%!% C%s%s con &8I 89 :;1*<;;) como autora de la comisión del delito contra el Patrimonio, en la modalidad de Apropiación Il(cita - en su 'orma de Apropiación Apropiación Il(cita Com7n, delito previsto - sancionado sancionado en el primer p"rra'o p"rra'o del art(culo )=: del Código Código Penal, Penal, en agravio agravio de la APA> APA>A A de la I.E.. 8 =) ;Jose ;Jose Ignacio %iranda? representado por su presidente @enjamin Cuquimamani 6uinto, sealando los ecos - circunstancias que se les atribu-en, solicitando la pena a imponer - la reparación civil, cumpliendo con sealar los elementos de convicción, el tipo penal aplicable - los medios de prueba que o'rece5 de lo que se advierte que se a cumplido con con lo prev previs isto to en el art( art(cu culo lo *<=9 *<=9 del del Códi Código go Proc Proces esal al Pena Penal5l5 adem adem"s "s,, se a establecido la concurrencia de una causa probable que amerita la necesidad que sea resuelto en la etapa de juzgamiento, adicionalmente se tiene que el Juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de an !om"n Juliaca, a cumplido con lo dispuesto en los art(culos *1)9, *1;9 - *1*9 del Código Procesal Penal, Penal, por abers aberse e e'ectu e'ectuad ado o el contro controll de acusac acusación ión en la audien audiencia cia prelim prelimina inar r emitiendo auto de enjuiciamiento respectivo, debiendo procederse a dictar el auto de citación a juicio, con'orme establece el art(culo *119 del Código Procesal Penal. TERCERO: P#e)e*"s % e!e# e! )ue!% +u#%!e el Ju,%$&e!". &e con'ormidad con lo previsto por el numeral dos del art(culo *11 del Código Procesal Penal se dispone - se dictan los preceptos a tener en cuenta, necesarios para el inicio - desarrollo del juicio0
.1. El juicio se realizar" sobre la base de la acusación, con las garant(as establecidas por la Constitución - los tratados Internacionales de &erecos Bumanos debidamente rati'icados por el Per7. .2. El juicio oral ser" */l&)", con las garant(as de las condiciones apropiadas para que el p7blico - la prensa puedan ingresar - presenciar la audiencia, estando proibido el ingreso de aquel que porte arma de 'uego u otro medio idóneo para agredir o perturbar la audiencia, estando adem"s proibido el ingreso de menores de doce aos de edad, de quien se encuentra en estado de ebriedad o bajo los e'ectos de una sustancia tó4ica o estupe'acientes - quien su'ra grave anomal(a ps(quica. .. 3a audiencia se realiza oralmente - toda petición o cuestión propuesta en audiencia ser" argumentada oralmente. .. 6ue, con'orme a lo preceptuado en el art(culo );, numerales 1. - D., de Código Procesal Penal, concordado con el art(culo )D del !eglamento Judicial de 8oti'icaciones, aprobado por !esolución Administrativa 8 :=D$;::D$CE$PJ, la noti'icación de las resoluciones e4pedidas en audiencia queda noti'icado en audiencia para todas partes, a-an asistido o no a audiencia, comput"ndose a partir de ese momento los plazos para todos los e'ectos. .5. 6ue, con'orme al art(culo *11.1., del Código Procesal Penal, es /obligación del %inisterio P7blico - de los dem"s sujetos procesales coad-uvar en la localización comparecencia de los testigos o peritos que a-an propuesto?, por lo que en caso de incumplimiento del indicado precepto legal o presentarse un cumplimiento tard(o o de'ectuoso ine'icazF, al tratarse de una norma preceptiva - de orden p7blico, su incumplimiento ser" puesto en conocimiento del Grgano de Control o colegio pro'esional de la parte que a-a omitido tal prescripción normativa. CUARTO: De l% "#$%)&3! +el e4*e+&e!e u+&)&%l. En observancia estricta del art(culo ciento treinta - seis del Código Procesal Penal - el !eglamento aprobado por !esolución Administrativa cero noventa - seis guión dos mil seis $ CEPJ, debe disponerse la 'ormación del e4pediente judicial con actuaciones originales de la carpeta 'iscal, - copia de dem"s actuados precisados en las citadas normas. &ebiendo devolverse a >iscal(a la carpeta 'iscal. iendo la oportunidad en que las partes procesales puedan revisar, solicitar copias simples o certi'icadas - en su caso para instar la incorporación de alguna pieza de las contempladas en el art(culo )*D del Código Penal o la e4clusión de una que no corresponda incorporar con'orme lo dispuesto en el art(culo + del !eglamento del E4pediente judicial bajo las normas del Código Procesal Penal aprobado por !esolución Administrativa 8 :=D$;::D$CE$PJ. 6UNDAMENTOS POR LOS 7UE SE RESUELVE: 1. CITAR A JUICIO ORAL en la presenta causa seguida en contra de la acusada0 V&)"#&% Lu)%!% C%s% con &8I 89 :;1*<;;) como autora de la comisión del delito contra el Patrimonio, en la modalidad de Apropiación Il(cita - en su 'orma de Apropiación Il(cita Com7n, delito previsto - sancionado en el primer p"rra'o del art(culo )=: del Código Penal, en agravio de la APA>A de la I.E.. 8 =) /Jos2 Ignacio %iranda? representado por su presidente @enjamin Cuquimamani 6uinto5 la misma que se realizara en AUDIENCIA PU8LICA INAPLA9A8LE EN 6ECHA VEINTE DE JULIO DEL DOS MIL 7UINCE A HORAS NUEVE DE LA MAANA, en la ala de Audiencias del %odulo Penal de an !om"n H Juliaca. EMPLA9ANDO A: 1.A. A)us%+": VICTORIA LUCANA CASAS con &8I 89 :;1*<;;) la que deber" ser noti'icada citada en su domicilio actual ubicado en la Av. Independencia 8 ));1 %z J) 3t
1.8. DE6ENSA TECNICA DE LA ACUSADA: A". D#. HELAR6 HIPOLITO 6LORES RODRI(UE9; quien deber" ser citado en su domicilio procesal ubicado en J! A*u#&$%) N< =1 &!e#&"# seu!+" *&s" O. J +e es% )&u+%+ +e Jul&%)%, bajo apercibimiento, en caso de inasistencia, de ser reemplazado por un abogado &e'ensor P7blico o por otro abogado de'ensor t2cnico que el acusado designe. 1.C. MINISTERIO PU8LICO: SE(UNDA 6ISCALIA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA DE SAN ROMAN JULIACA; bajo responsabilidad de ponerse en conocimiento del Grgano de Control del %inisterio P7blico5 -, de ser el caso, de disponerse su e4clusión - requerirse su reemplazo al >iscal uperior en grado5 debiendo ser noti'icado - citado en el domicilio procesal sealado en autos. 3a concurrencia a Juicio ral de los es&"s > *e#&"s es, con'orme al art(culo )D<.* - *=.) del Código Procesal Penal, %" %*e#)&&$&e!" +e se# )"!+u)&+"s )"$*uls&'%$e!e *"# l% P"l&)?% N%)&"!%l +el Pe#/ al Juicio oral, en caso de inasistencia. 2. ADMITIR COMO PRUE8AS TESTIMONIALES DOCUMENTALES Y PERICIALES: 2.1 DE LA PARTE ACUSADORA: A.- Tes&$"!&%l: 1. &eclaración de @enjamin Cuquimamani 6uinto. 2. &eclaración de %"4imo Cipana Cauapaza. 8.- D")u$e!%l: 1. Copia simple de carta notarial. ;. Copia 3egalizada de reunión de 'eca :< de junio del ;:);. *. Copia legalizada del acta de in'orma del Presidente de APA>A de 'eca ) de noviembre del ;:);. <. Copia 3egalizada del acta de reunión de Junta &irectiva ;:)* APA>A de 'eca :* de enero del ;:)*. 2.2. DEL ACTOR CIVIL: 8o 'ueron 'recidos. 2.2. DE LA ACUSADA 8o 'ueron 'recidos. .- DISPONER que los sujetos procesales COADYUVEN E6ICA9MENTE en la localización - comparecencia de los órganos de prueba testigos o peritosF que a-an propuesto para la 'eca antes indicada, debiendo realizar la entrega oportuna de la constancia o documento que acredite la noti'icación realizada, para disponer su conducción compulsiva, en caso contrario por 'alta de inter2s de la parte o'erente o por desconocimiento de su ubicación de PRESCINDIR de su actuación en juicio, sin perjuicio de ponerse en conocimiento de su Grgano de Control o Colegio Pro'esional el incumplimiento de lo previsto en el art(culo *11.1 del Código Procesal Penal. .- DISPONER que el Au4iliar Jurisdiccional de la presente causa adopte las acciones pertinentes para que se e'ect7en las noti'icaciones ordenadas - se encuentren en lugar adecuado los objetos o documentos admitidos como prueba5 igualmente, realice las coordinaciones para la asistencia puntual del >iscal, de las partes - de sus abogados, as( como para la comparecencia de los testigos, peritos - otros
intervinientes citados por el Juzgado, con'orme al art(culo *DD del Código Procesal Penal. 5- RE7UERIR al !epresentante del %inisterio P7blico, proceda a asegurar la comparecencia a sus órganos de prueba a trav2s de cualquier medio idóneo acreditable en el Juicio ral, de con'ormidad con lo establecido por el art(culo *119 inciso 1 del Código Procesal Penal, a quienes ante su inconcurrencia a juicio ser"n conducidos compulsivamente, por la 'uerza publica, con'orme a lo dispuesto en el art(culo )D<9 inciso * del cuerpo legal antes acotado, previo requerimiento o de prescindirse de su actuación. @- EHORTAR a las partes que las resoluciones e4pedidas en el curso del juicio oral quedar"n noti'icadas a todas partes en el momento de su e4pedición oral. Asimismo, se %+'&e#e %l A)us%+" que en caso de inconcurrencia de 2ste a la sesión de juicio donde puede ejercer su dereco a la %u"+ee!s% $%e#&%l, dica actitud ser" tomada como desistimiento a su &ereco, apercibimiento que se ar" e'ectivo inmediatamente. B- 6ORMESE EL CUADERNO DE DE8ATES que corresponda a cargo del Especialista Judicial de con'ormidad a le-, con copia de la acusación - el auto de enjuiciamiento5 debiendo procederse a la "l&%)&3! correspondiente5 cumplido sea PÓN(ASE el cuaderno de debate a disposición de los sujetos procesales por el t2rmino de CINCO DAS para su revisión - eventual solicitud de copias simples o certi'icadas -, vencido dico plazo DESE por bien 'ormado el cuaderno de debate. =- 6ORMESE EL EPEDIENTE JUDICIAL, con los actuados originales de los medios de pruebas admitidos correspondiente a la *#ue% es&$"!&%l +")u$e!%l > *e#&)&%l %+$&&+% en la etapa intermedia, - los indicados en el Art. )*D del Código Procesal Penal - la !esolución Administrativa cero noventa - seis guión dos mil seis guión CEPJ5 debiendo procederse a la "l&%)&3! correspondiente5 cumplido sea PÓN(ASE el E4pediente Judicial a disposición de los sujetos procesales por el t2rmino de CINCO DAS para su revisión - eventual solicitud de copias simples o certi'icadas -, vencido dico plazo DESE por bien 'ormado el e4pediente judicial. uscribe el Asistente Jurisdiccional que da cuenta por disposición superior. T3$ese R%,3! > H%se S%e#.-