Analisis De Los Articulos 19 Al 31 De La Constitucion Bolivariana De Venezuela Derechos humanos Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición condición.. Todos tenemos los mismos derechos humanos, sin discriminación alguna. Estos derechos son interrelacionados, interrelac ionados, interdependientes e indivisibles. Los derechos humanos universales están a menudo contemplados en la ley y garantizados garantiz ados por ella, a través de los l os tratados, el derecho internacional internacional consuetudinario, consuetudina rio, los principios generales y otras fuentes del derecho internacional. El derecho internacional de los derechos humanos establece las obligaciones que tienen los gobiernos de tomar medidas en determinadas situaciones, o de abstenersee de actuar de determinada forma en otras, a fin de promover y proteger absteners los derechos humanos y las libertades fundamentales de los individuos o grupos. Garantía: Se entiende por garantía constitucional constitucional el conjunto de instrumentos procesales, establecidos por la norma fundamental, con objeto de restablecer el orden constitucional constitucio nal cuando el mismo sea transgredido por un órgano de autoridad política. Derecho humano de la república república bolivariana bolivariana de Venezuela de la constitución constitución 1999 y alcance La Constitución Constitución de la República República Bolivariana de Venezuela de de 1999, en el articulo 2 consagra que”Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político”. Esta constitución
democrática democrátic a compromete su existencia axiológica en el privilegio que le asigna a los derechos humanos como derechos fundamentales caracterizados por la universalidad de sus titulares.