ANÁLISIS DE LA NUEVA NUEVA LEY DE ORGANIZACIÓN JUDICIAL INTRODUCCION. Ley 025 del Órgano Judicial, la segunda de las 5 leyes orgánicas ue de!e a"ro!ar la #sa$!lea Legisla%i&a 'as%a el 22 de (ulio y ue )ue "ro$ulgada "or el "residen%e *&o *&o +ora +orale less el 2 de (uni (unio. o. *s%a *s%a nor$ nor$a a de-n de-ne e la es es%r %ruc uc%u %ura ra,, orga organi nia aci ci/n /n y Judicial, ue %iene la $is$a (erarua cons%i%ucional )unciona$ien%o del Órgano Judicial, ue ue los /rganos *(ecu%i&o, Legisla%i&o y *lec%oral, crea %i"os de (urisdicciones cam$!#ina y 1ordinaria, agroami!n"al, !#$!cial!# ! ind%g!na originario cam$!#ina $anda a elegir a los $ie$!ros del Tri!unal del Tri!unal 3u"re$o de Jus%icia y del Tri!unal Tri!unal #groa$!ien%al #groa$!ien%al "or &o%o direc%o en elecciones, ue es%án "re&is%as "re&is%as "ara dicie$!re de es%e a4o. *l 6 de (unio, +orales "ro$ulg/ la Ley del Órgano *lec%oral 7lurinacional, 7lurinacional , ue )ue la "ri$era "ri$era de las 5 leyes leyes en ser a"ro!a a"ro!adas das "ara el )uncio )unciona$ na$ien ien%o %o del nue&o nue&o es%ado seg8n lo es%a!lece la Cons%i%uci/n 7ol%ica del *s%ado. Tras la "ro$ulgaci/n de la Ley del Órgano Judicial, #RTICUL#DO3. 3e considera cri%ica!le el 'ec'o de 'a!er "rescindido de los siguien%es "rinci"ios Jerarua.9 Jerarua.9 7orue 7orue es i$"or%an%e i$"or%an%e res"e%ar el orden orden de la %ra$i%aci/n %ra$i%aci/n de las causas, y res"e%ar las a%ri!uciones y )unciones ue de!en cu$"lir los )uncionarios. Res"onsa!ilidad.9 7orue la esencia de es%e "rinci"io es la res"onsa!ilidad en el e(ercicio de sus )unciones y la consecuen%e sanci/n "or la o$isi/n de los $is$os, "ara garan%iar la correc%a ad$inis%raci/n de (us%icia. *n%re los "rinci"ios des%aca!les.9 7luralis$o (urdico.9 Orien%a a la ar$ona y coe:is%encia de &arios sis%e$as (urdicos, ue "ersiguen un $is$o -n ;JU3TICI#< In%e In%errcul% cul%ur ural alid idad ad.9 .9Co Co$" $"le le$e $en% n%a a al an%e an%eri rior or "rin "rinci ci"i "io, o, 7oru orue e orie orien% n%a a al reconoci$ien%o de la di&ersidad cul%ural, ins%i%ucional, nor$a%i&a y ling=s%ica %odo ello ue conlle&a el -n de &i&ir !ien. #r$ona 3ocial.9 as"ec%o no&edoso "orue el an%erior c/digo no sien%a "rinci"ios ue orien%en a la conciliaci/n, ade$ás ue "ara ue el "luralis$o (urdico sea )ac%i!le es necesario el res"e%o las di)erencias, las cuales %ienen ue ser $o%i&o de uni/n y no de disgregar. Res"e%o es"e%o a los Derec' Derec'os. os.99 3e relac relacion iona a con el "rinc "rinci"i i"io o de segur segurida idad d Jurdi Jurdica ca,, a$"li a$ "liand ando o su con%en con%enido ido,, al inclui incluirr los "rinci "rinci"io "ioss >%icos >%icos $ora $orales les,, "ro"i "ro"ios os de la sociedad.
Cul%ura de "a.9 *logia!le desde %odo "un%o de &is%a, "or el 'ec'o de "ro$o&er la soluci/n "ac-ca de con%ro&ersias en%re los $ie$!ros de la sociedad y es%os con el es%ado. Carac%ers%ica de %oda sociedad ci&iliada. #r%iculo Ley 025 y ar%iculo ?? Ley 55.9 @ace $enci/n de las di)eren%es clases de (urisdicci/n (urisdicci/n reconocidas reconocidas en la C7*, a di)erencias di)erencias de la an%erior ley ue solo reconoca una. Incor"ora la (urisdicci/n agroa$!ien%al, las (urisdicciones es"eciales y la (urisdicci/n indgena ca$"esina. ca$"esina. Lo ue nos lla$a la a%enci/n es el reconoci$ien%o ue se 'ace con relaci/n a la igualdad (eráruica en%re la (urisdicci/n ordinaria y la (urisdicci/n indgena. #r%iculo 5 Ley 025.9 #r%culo no&edoso "or de$ás rele&an%e "or el 'ec'o de generar $eca $e cani nis$ s$os os ue ue "er "er$i%a $i%an n regul egular ar la co coe e:is% :is%en enci cia a en%r en%re e la di&er i&ersi sida dad d de (urisdicciones, (urisdicciones, li!re de con%ro&ersias, con%ro&ersias, "ara as no incurrir incurrir en conAic%os de co$"e%encia. #r%iculo 6 Ley 025.9 3u "rinci"io rec%or es el de in%ercul%uralidad, %a$!i>n es nue&o "orue orien%a in%egraci/n "ac-ca en%re los dis%in%os sis%e$as (urdicos. #r%iculo B Ley 025 en relaci/n con el ar%culo ? 55.9 *l con%enido de a$!os c/digos es el $is$o no o!s%an%e el ar%culo ? de la a!rogada ley, )ue derogado "or la ley del conse(o de la (udica%ura, 'oy conse(o de la $agis%ra%ura. #s"ec%o ue considera$os i$"or%an%e i$"or%an%e "ues%o ue da a conocer de $odo direc%o en es%e cuer"o legal el $ane(o "resu"ues%ario de es%e /rgano. #r%iculo Ley 025 en relaci/n con ar%culo nu$eral nue&e ley 55.9 #$!os declaran ue %odo )uncionario (udicial es y de!e ser res"onsa!le de sus ac%os, y su(e%os a sanciones %an%o ci&iles co$o "enales. #r%iculo Ley 025.9 *s%e ar%culo 'ace $enci/n al conse(o de la $agis%ra%ura, se4alando as"ec%os de orden "rocesal y disci"linario, los cuales no se encon%ra!an en la ley a!rogada "ero si en una ley a"ar%e la del CON3*JO D* L# JUDIC#TUR#. *s de des%acar ue es%a nue&a ley incluye en sus nor$as de regulaci/n al conse(o de la $agis%ra%ura. #r%iculo 0 Ley 025 en relaci/n con el #r%iculo nu$eral ? Ley 55.9 Ta$!i>n "resen%e en la ley a!rogada "ero co$o "rinci"io, 'oy co$o nor$a y "rinci"io. Considera$os ue la inserci/n de es%e ar%culo garan%ia el acceso de %odos a la (us%icia. Lo ue se es%á 'aciendo es ue el *s%ado es%ará o!ligado a -nanciar el 00E de la ad$inis%raci/n de (us%icia en el "as, es decir ue el /rgano (udicial de(ara de "erci!ir ingresos "ro&enien%es de la &en%a de &alores (udiciales, aranceles, no%ariales, derec'os reales. #r%iculo Ley 025 en relaci/n con el ar%culo 25 de la Ley 55 .9 *n lo sus%ancial se $an%iene la idea de ue la (urisdicci/n es la "o%es%ad ue %iene el *s%ado 17lurinacional de ad$inis%rar ue se 'ará "or &o%o "o"ular.
Nos "arece des%aca!le la inclusi/n de la idea de ue la (urisdicci/n co$o "o%es%ad e$ane del "ue!lo Foli&iano, "ero "or o%ro lado no de(a de ser cues%iona!le el 'ec'o de ser o$i%ido la su(eci/n ue es%a de!e %ener a la Cons%i%uci/n y a las Leyes, co$o se4ala!a la dis"osici/n a!rogada. #r%iculo 2 Ley 025 en relaci/n con #r%iculo 26 de la Ley 55.9 *n esencia se $an%iene la idea cen%ral, La co$"e%encia es la )acul%ad de e(ercer la (urisdicci/n en un de%er$inado asun%o, ade$ás se reconoce una $ayor a$"li%ud de )uncionarios ue e(ercen dic'a )acul%ad, siendo la ley $ás es"eci-ca. *s des%aca!le a nues%ro cri%erio el >n)asis ue se 'ace en la euidad de g>nero, y la inclusi/n de au%oridades originarias. 3iendo es%a un e)ec%o direc%o de lo ue sus%en%a la C7*. #r%iculo ? Ley 025 en relaci/n con el ar%culo 2 de la Ley 55.9 # "esar del ca$!io del Iuris No$en, en esencia la dis"osici/n legal sigue siendo la $is$a, sin e$!argo en el ar%culo ? de la nue&a dis"osici/n se incluye ue es%á li$i%ada "or lo dis"ues%o en leyes es"eciales. #r%iculo Ley 025 en relaci/n con el #r%iculo 55 nu$eral B Ley 55.9 #$!as nor$as conceden la )acul%ad de diri$ir conAic%os de (urisdicci/n, "ero en la Ley a!rogada corres"onda %al co$"e%encia a la cor%e su"re$a de (us%icia, "ero 'oy se la concede al Tri!unal cons%i%ucional 7lurinacional. 3iendo la discusi/n de la Jurisdicci/n de carác%er cons%i%ucional, considere$os ue "or e:celencia el %ri!unal cons%i%ucional "lurinacional, de!e ser el encargado de resol&er dic'a con%ro&ersia. #r%iculo 5 Ley 025 en relaci/n con el ar%iculo 5 Ley 55.9 *n el nu$eral "ri$ero !ásica$en%e se4alan lo $is$o, es decir se $an%iene la esencia, "ero la ley 025 "resen%a una $ayor claridad en la e:"osici/n del con%enido. *n el nu$eral dos la cons%i%uci/n no se cierra a la "osi!ilidad de incor"oral derec'os $as )a&ora!les, siendo "roceden%e la a"licaci/n de nor$as del á$!i%o in%ernacional, sie$"re ue )ueran con%rarias a la cons%i%uci/n. Nos "arece acer%ado ue en el nu$eral ? del ar%culo 5 se incor"ore el "rinci"io de la o!liga%oriedad de la )unci/n (urisdiccional, ue solo es%a!a "resen%e en c/digo de "rocedi$ien%o ci&il. #r%iculo 6 Ley 025.9 # "esar de es%ar "resen%e es%a orien%aci/n nor$a%i&a en el c/digo de "rocedi$ien%o ci&il, no de(a de ser in%eresan%e su incor"oraci/n a $odo de recorda%orio de es%e i$"or%an%e "rinci"io 1la "reclusi/n "rocesal, guarda relaci/n con el "rinci"io de celeridad y econo$a "rocesal. #r%iculo B Ley 025.9 Lo re)erido en es%e ar%culo no es%á "resen%e en la ley a!rogada, $ás !ien se encuen%ra se4alado en c/digo de "rocedi$ien%o ci&il. Rei%erando lo se4alado en la nor$a "rocesal ci&il. #r%iculo Ley 025 en relaci/n al ar%culo 2 Ley 55 .9 *n la ley a!rogada se es"eci-can reuisi%os "ara el e(ercicio de la (udica%ura, $ien%ras ue en la ac%ual
dis"osici/n legal se de%er$inan reuisi%os "ara acceder a cualuier cargo den%ro de las (urisdicciones Ordinaria y agroa$!ien%al, e:cluyendo a las (urisdicciones es"eciales y a la indgena originaria. #de$ás es $>ri%o 'a!er incluido co$o generales reuisi%os ue en )or$a re"e%ida se "resen%a!an sie$"re ya sea "ara ser $agis%rado, &ocal o (ue en la an%erior dis"osici/n legal. *n%re las incor"oraciones a los reuisi%os ci%a$os co$o no&edososG 9 *s%ar inscri%a o inscri%o en el "adr/n elec%oral. 9 @a!lar al $enos dos idio$as o-ciales del "as. 9 No 'a!er sido des%i%uido con an%erioridad "or el conse(o de la +agis%ra%ura *s%os reuisi%os incor"orados )a&orecen a la inclusi/n y la euidad, acerca a la (us%icia $as a uienes an%es no "odan acceder a ella en iguales condiciones. #r%iculo Ley 025 en relaci/n al ar%culo 6 de la ley 55.9#de$ás de ser no&edosos los i$"edi$en%os se4alados en el ar%culo, la nue&a dis"osici/n legal in&oca a"lica!le la dis"osici/n cons%i%ucional 2?6, ue se4ala i$"edi$en%os "ara acceder a la )unci/n "8!lica en general. La in elegi!ilidad co$o iuris no$en es no&edoso, siendo un %>r$ino $ás a$"lio, 3iendo su origen cons%i%ucional. Res"ec%o al 7arágra)o dos en su nu$eral %res, considera$os ue en ra/n de ue %oda "ersona %iene derec'o a ser asis%ida "or un a!ogado, la cues%i/n ue "a%rocinara a alguien ue )uera e)ec%i&a$en%e cul"a!le no es ra/n su-cien%e "ara i$"edirle e(ercicio de cualuier )unci/n (udicial. Resul%ase o no cul"a!le %oda "ersona %iene derec'o a la de)ensa. #unue es acer%ado ue no "uedan acceder a cargos (udiciales uienes 'ayan "ar%ici"ado de la con)or$aci/n de go!iernos dic%a%oriales, o 'ayan "a%rocinado "rocesos de en%rega o ena(enaci/n de recursos na%urales y "a%ri$onio na%ural. #r%iculo 20 Ley 025 en relaci/n con el ar%iculo 50 Ley 55.9 Las di)erencias no%a!les son Con la nue&a ley su designaci/n se da con)or$e a un "roceso elec%oral, an%es eran elegidos "or el congreso nacional. *s%a dis"osici/n rige %a$!i>n "ara el %ri!unal agroa$!ien%al, an%es solo lo ue )uera la cor%e su"re$a de (us%icia. *n es%e "roceso elec%oral se res"e%ara %an%o la in%ercul%uralidad co$o la euidad de g>nero, ausen%es en el cuer"o legal a!rogado, dando cu$"li$ien%o a los "os%ulados cons%i%ucionales al res"ec%o. #r%iculo 2 Ley 025.9 Huarda relaci/n con el "rinci"io de legi%i$idad, "or cuan%o la designaci/n se da con)or$e a ley.
#unue "areciera ser redundan%e el 'ec'o de insis%ir en la euidad de g>nero y la "lurinacionalidad no lo es "or ser su$a$en%e i$"or%an%e, ya ue es esencial e i$"rescindi!le "ara la i$"le$en%aci/n de es%e no&edoso sis%e$a (urdico, ue "re%ende la coe:is%encia ar$/nica, res"e%uosa, incluyen%e de &arios sis%e$as (urdicos. #r%iculo 22 Ley 025 en relaci/n con los ar%culos 6, B, Ley 55.9 *s%e ar%culo es%u&iera englo!ando lo de%er$inado en el nu$eral 6,B y de la ley a!rogada. La no&edad y signi-ca%i&o ca$!io es el 'ec'o de ue el e(ercicio de la )unci/n docen%e se cons%i%uye 'oy co$o una causa de inco$"a%i!ilidad, 'ec'o an%es considerado co$o una e:ce"ci/n a es%a inco$"a%i!ilidad, algo ue a nues%ro "arecer es acer%ado, "or el 'ec'o de ue $uc'os docen%es de las )acul%ades de derec'o aca"aran cargos en la (udica%ura, %eniendo co$o consecuencia un $al dese$"e4o en sus )unciones de ense4ana. #r%iculo 2? Ley 025.9 No 'ay re)erencia so!re la cesaci/n de )unciones en la ley a!rogada, ni $enos de un $odo en ue se re8nan %odas las causales en )or$a concen%rada, co$o se &e "las$ado 'oy en es%a dis"osici/n legal. #giliando la a"licaci/n de le ley a los 'ec'os. *n%re las causales una incor"oraci/n rele&an%e seria la del nu$eral , ;7or re"ro!aci/n en un "roceso de e&aluaci/n de dese$"e4o< $is$o ue da a en%ender ue 'oy "or 'oy los ad$inis%radores de (us%icia, %endrán ue de$os%rar ca"acidad en el e(ercicio de su cargo, de lo con%rario serán des%i%ui!les. #r%iculo 2 Ley 025 en relaci/n con los ar%culos 0 y ? Ley 55.9 #n%es uienes e(ercan la (udica%ura en su"lencia de los $inis%ros de la cor%e su"re$a de (us%icia se los deno$ina!a con(ueces, "or la dis"osici/n se los lla$a $agis%rados su"len%es. #n%es eran designados de $anera "os%erior a la de los &ocales y "or la $is$a cor%e su"re$a de (us%icia, "ero 'oy se lo realia de $anera con(un%a a la de los $agis%rados %i%ulares del %ri!unal su"re$o de (us%icia y del %ri!unal agro a$!ien%al, ade$ás ue su elecci/n es "or su)ragio de$ocrá%ico. #n%es los con(ueces "resen%a!an (ura$en%o an%e el "residen%e de la cor%e su"re$a de (us%icia, "ero "or $anda%o de la nue&a dis"osici/n legal los $agis%rados su"len%es serán "osesionados "or el "residen%e del *s%ado 7lurinacional. Des%aca$os el e$"leo del %>r$ino "osesi/n "or el de (ura$en%o, ya ue el segundo co$o sole$nidad i$"lica el "ri$ero. #cer%ada$en%e se "re&> ue en caso necesario "odrán ser con&ocados los candida%os ue no 'u!ieran sido elegidos, orien%ándose la con&oca%oria so!re la euidad de g>nero, *s%o %an%o "ara el Tri!unal su"re$o de (us%icia co$o "ara el %ri!unal #gro a$!ien%al. De!iendo con%ar los "residen%es de dic'os /rganos con las lis%as de los candida%os ue no 'u!ieran sido elec%os "or re$isi/n del Órgano *lec%oral 7lurinacional. # di)erencia de los $agis%rados %i%ulares, no será "ara ellos i$"edi$en%o el e(ercicio de la a!ogaca, docencia y %ener cier%o grado de
"aren%esco o a-nidad con $agis%rados del $is$o %ri!unal en ue su"lieran. *:ce"%o cuando e(ercieran la %i%ularidad. #r%iculo 25 Ley 025 en relaci/n con el ar%iculo 0 Ley.9 La nue&a ley re-ere de $anera $ás a$"lia a los $agis%rados su"len%es an%erior$en%e con(ueces, en esencia la )unci/n ue dese$"e4an es la $is$a, La su"lencia no es%á li$i%ada 8nica$en%e a los ue accedido a dic'o cargo, sino se a$"la en caso a los ue se 'u!ieran "os%ulado a dic'o cargo "ero no 'u!ieran resul%ado elec%os. #r%iculo 26 Ley 025 en relaci/n con el ar%iculo Ley 55.9 La "erce"ci/n de re$uneraci/n se da de igual $odo ue an%es, es decir igual a los das de 'a!er del $agis%rado %i%ular. *s i$"or%an%e a nues%ro "arecer ue se 'u!iera en)a%iado en es%a nue&a dis"osici/n ue el $agis%rado su"len%e e(erce igual co$"e%encia (urisdiccional ue el %i%ular. #r%iculo 2B Ley 025.9 *s%e ar%culo guarda relaci/n con el ar%culo de la ley a!rogada, co$o %a$!i>n con el ar%culo ? del ca"%ulo del c/digo de "rocedi$ien%o ci&il. Las dis"osiciones en esencia dis"onen lo $is$o, e:ce"%o "or lo se4alado en el nu$eral, el cual indica ueG La in%er"osici/n de un li%igio "ara in'a!ili%ar a la $agis%rada o $agis%rado &ocal (ue o (ue. 3in e$!argo considera$os ue es%e se su!su$e en lo es"eci-cado en el nu$eral . *n el nu$eral se aclara "or ra/n de la recien%e rele&ancia ue alcano la conciliaci/n, ue será solo "or es%a, ad$isi!le la o"ini/n so!re la "re%ensi/n li%igada. #r%iculo 2 Ley 025.9 No 'ay re)erencia al res"ec%o en la ley a!rogada, "ero si en el c/digo de "rocedi$ien%o ci&il, en su ar%culo ?, en su "arágra)o II, ue ad$i%a la -gura de la recusaci/n de %odos los $ie$!ros del %ri!unal. @oy "or la nue&a ley se li$i%a la recusaci/n de &arios $ie$!ros de un %ri!unal, es%o en concordancia con el "rinci"io de celeridad "rocesal, e&i%ando i ue se incurra en una dila%aci/n $aliciosa del "roceso "or las "ar%es. #r%iculo 2 Ley 025.9 *n la an%erior dis"osici/n orgánica no se 'aca $enci/n de la na%uralea de la (urisdicci/n ordinaria, "ero en el nue&o cuer"o con)or$e a nue&as orien%aciones doc%rinarias, se 'ace $enci/n de la $is$a, el cual %iene un cri%erio orien%a%i&o y no dis"osi%i&o, ue sin duda es i$"or%an%e "or la coyun%ura ac%ual ue &i&i$os. #r%iculo ?0 Ley 025 en relaci/n con el ar%culo Ley 55.9 *l ar%culo ? de la nue&a Ley orgánica de%er$ina "rinci"ios generales "ara %odas las (urisdicciones coe:is%en%es. 7ero el ?0 de%er$ina "rinci"ios es"ec-cos la (urisdicci/n ordinaria. Incor"orando los siguien%esG
Trans"arencia.9 3e relaciona con el "rinci"io de "u!licidad, el cual resguarda derec'os "ero al $is$o %ie$"o )acili%a un $ayor e:ceso a la in)or$aci/n de un de%er$inado "roceso. Oralidad.9 Huarda relaci/n con dos "rinci"ios la celeridad e la in$edia%e, "or cuan%o se "re%ende una $ayor dina$icidad del "roceso. @ones%idad.9 # "esar de su!su$irse en la "ro!idad, es i$"or%an%e en)a%iar el 'ec'o de ue la 'ones%idad es un &alor )unda$en%al en el dese$"e4o de )unciones (udiciales. *-ciencia.9 *n sn%esis se re-ere a ue el /rgano (udicial será e-cien%e cuando cu$"la su )unci/n a ca!alidad la cual es 'acer (us%icia. *-ciencia.9 Re-ere a la %ra$i%aci/n "ron%a es decir con celeridad de los "rocesos, "ero sie$"re res"e%ando las garan%as es%a!lecidas. #ccesi!ilidad.9 7ro$ue&e a )acili%ar el acceso de %oda "ersona sin ninguna dis%inci/n, en iguales condiciones, a la (us%icia. erdad.9 *s%e "rinci"io i$"or%a el 'ec'o de ue el (ue )unda$en%e su resoluci/n !asándose en una &aloraci/n, res"onsa!le, seria o"or%una de la "rue!a. De!ido "roceso.9 *s un 7rinci"io cons%i%ucional, ue %iende a garan%iar derec'os )unda$en%ales del i$"u%ado. I$"ugnaci/n.9 3e relaciona con los "rinci"ios de igualdad de las "ar%es, &erdad $a%erial, e-cacia. 7or cuan%o una "ersona %iene derec'o a recurrir cuando considere &ulnerados sus derec'os. #r%culo ? Ley 025 en relaci/n con el ar%culo ?? Ley 55.9 *n a$!os se designa los /rganos (urisdiccionales ue la in%egran, en los ue se "resen%an las siguien%es di)erenciasG 9 La an%es conocida cor%e su"re$a de (us%icia "aso a deno$inarse %ri!unal su"re$o de (us%icia. 9Las cor%es su"eriores de de"ar%a$en%ales de (us%icia.
dis%ri%o
"asaron
a
deno$inarse
%ri!unales
9 No se %o$a co$o "ar%e de la (urisdicci/n ordinaria al Tri!unal Cons%i%ucional 7lurinacional seg8n la nue&a Ley. 3e susci%a la duda res"ec%o a ue /rgano se encuen%ran su"edi%ados los regis%radores de derec'os reales, no%arias de )e 78!lica. #r%iculo ?2 Ley 025 en relaci/n a los ar%culos 2 y ? Ley 55.9 *n esencia la )unci/n del se$anero es la $is$a, "ero la ley le o%orga $ayores a%ri!uciones dándole $ayor i$"or%ancia a la )unci/n ue dese$"e4a. 3in e$!argo es de o!ser&ar ue al no es%ar se4alado co$o una e:ce"ci/n el 'ec'o de ue el "residen%e del %ri!unal su"re$o de (us%icia no de!a )ungir co$o se$anero, se es%u&iera so!reen%endiendo ue si de!iera 'acerlo.
#r%iculo ?? Ley 025 en relaci/n con el ar%iculo Ley 55.9 La an%es Cor%e 3u"re$a de (us%icia con%a!a con 2 $agis%rados, *l l %ri!unal 3u"re$o de con%ara con nue&e $agis%rados. #r%iculo ? Ley 025 en relaci/n con el ar%iculo Ley 55.9 La di)erencia %rascenden%al es sis%e$a de designaci/n, an%es eran elegidos los $inis%ros "or el congreso nacional "or dos %ercios de &o%os, "ero "or $anda%o de la nue&a Ley "or "ri$era &e en la 'is%oria de Foli&ia serán elec%os "or &o%o "o"ular. #r%iculo ?5 Ley 025 en relaci/n al ar%culo 5 Ley 55.9 3iendo co$"u%a!le desde la )ec'a de "osesi/n al igual ue an%es, la di)erencia radicara en ue los an%erior$en%e lla$ados $inis%ros dese$"e4a!an sus )unciones "or un "eriodo de die a4os, en ca$!io los ac%ual$en%e $agis%rados dese$"e4aran )unciones "or un "eriodo de seis a4os. #r%iculo ?6 Ley 025 en relaci/n con el ar%culo Ley 55.9 Las de)erencias en los reuisi%os son los siguien%esG 9*n la an%erior dis"osici/n la edad $ni$a "ara e:ceder a dic'o cargo era de ?5 a4os con la ac%ual Ley es de ?0 a4os. 9 7or la ley an%erior se e:iga el dese$"e4o "re&io "or die a4os de la (udica%ura, docencia, "ro)esi/n de a!ogaca, in&es%igaci/n cien%-ca, siendo ade$ás considerados los %%ulos y grados acad>$icos. Con la ac%ual dis"osici/n se reuiere un dese$"e4o an%erior de oc'o a4os de e(ercicio de )unciones (udiciales, "ro)esi/n de a!ogado o docencia, es decir ue se e:cluy/ la in&es%igaci/n cien%-ca y los %%ulos y grados acad>$icos. Un as"ec%o ue no de(a de lla$ar la a%enci/n, ue susci%ara con%ro&ersias, es el 'ec'o de ue se %o$ara en cuen%a "ara la cali-caci/n de $>ri%os el 'a!er e(ercido la calidad de au%oridad originaria, !a(o su sis%e$a de (us%icia. @oy se dirá ue es una discri$inaci/n "ero es%o es $ás !ien un reconoci$ien%o de uien re"resen%o a su co$unidad, "or ue an%es era %odo lo con%rario, as ue con ello se es%u&iera dando una es"ecie de euili!rio. #r%iculo ?B Ley 025 en relaci/n con el ar%iculo 55 Ley 55.9 *n esencia la )or$a de &o%aci/n es la $is$a, en%re uno y o%ro cuer"o legal, es decir la $i%ad $ás uno 'acen la can%idad. 3u-cien%e "ara a"ro!ar resoluciones. #unue en la ley 55 se se4ala!a ue "ara de%er$inados asun%os se reuera de dos %ercios de &o%os, ac%ual$en%e con la nue&a ley %odos los asun%os se resuel&en "or $ayora si$"le de &o%os. #r%iculo ? Ley 025 en relaci/n con el ar%culo 55 Ley 55.9 Las "rinci"ales di)erencias res"ec%o a las a%ri!uciones de sala "lena son las siguien%esG 9 #n%es la a%ri!uci/n de (ugar co$"renda a &arias au%oridades de al%a (erarua, "ero la nue&a se li$i%a 8nica$en%e al "residen%e y &ice"residen%e del *s%ado.
9 #n%es con)or$e lo se4ala el ar%culo 5 de la ley 55 los &ocales de las cor%es su"eriores de dis%ri%o eran elegidos "or la cá$ara de senadores "or dos %ercios de &o%os, "ero 'oy "or la nue&a dis"osici/n serán elec%os "or el %ri!unal su"re$o de (us%icia "or si$"le $ayora de &o%os. 9 @oy se es"eci-ca con $ayor claridad la a%ri!uci/n de organiar la con)or$aci/n de sus salas. 9*s no&edoso ue con)or$e la nue&a dis"osici/n se "uedan organiar co$isiones es"ecialiadas de acuerdo a sus necesidades, lo ue no cons%a!a an%es en la ley 55. 9 3e o%orga la a%ri!uci/n de a$"liar y reasignar las co$"e%encias de %ri!unales de sen%encia y (ugados "8!licos, no e:is%iendo dic'a consignaci/n en la an%erior dis"osici/n. #l res"ec%o considera$os ue la ley del /rgano (udicial de!e es%i"ular concre%a$en%e las co$"e%encias de los dis%in%os %ri!unales de sen%encia y (ugados "8!licos. 93e incor"ora "or a%ri!uci/n el *la!orar el "resu"ues%o anual de la (urisdicci/n ordinaria, el cual a nues%ro "arecer de!erá ser una a%ri!uci/n del conse(o de la $agis%ra%ura. 9 Co$o no&edoso se incor"ora el e$i%ir car%as acordadas y circulares. #r%iculo ? Ley 025 en relaci/n con el ar%iculo 5? Ley 55.9 De igual $odo ue an%es se elige al "residen%e "or &o%o de $ayori%ario a!solu%o, "ero la di)erencia radicara en ue en la an%erior dis"osici/n era "or &o%o secre%o, "ero "or $anda%o de la nue&a ley será "or &o%o "8!lico y no$inal. Res"ec%o de al "eriodo de $anda%o es%e será de %res a4os, siendo an%erior$en%e de dos a4os, en a$!os casos reelegi!les. #unue se reconoca ue en caso de i$"edi$en%o es%e )uera su"lido "or $inis%ro $ás an%iguo 'oy deno$inado $agis%rado, "or dis"osici/n de la nue&a ley a se le deno$ina a es%e co$o Decano. #r%iculo 0 Ley 025 en relaci/n con el ar%culo 6? Ley 55.9 Las "rinci"ales incor"oraciones res"ec%o a las a%ri!uciones del "residen%e del Tri!unal su"re$o de (us%icia sonG 9In)or$ar a la asa$!lea legisla%i&a "lurinacional so!re la ace)alia de $agis%rados, es%o "ara e&i%ar la "araliaci/n de la ad$inis%raci/n de (us%icia. 93u"er&isar las )unciones los ser&idores de a"oyo (udicial, en "rocura del con%rol e)ec%i&o. 9 7resen%ar in)or$e de la!ores, en la a"er%ura del a4o (udicial, co$o una $anera de rendir cuen%as. 9Con&ocar a los $agis%rados su"len%es, en casos "re&is%os "or ley.
# e:ce"ci/n del ca$!io de algunos %>r$inos, %odas las de$ás a%ri!uciones son las iguales. #r%iculo Ley 025 en relaci/n con el ar%iculo 62 Ley 55.9 7or la nue&a dis"osici/n Legal se 'ace $as "rac%ica la %o$a de resoluciones, es decir "or $ayora si$"le. #r%iculo 2 Ley 025 en relaci/n con el ar%iculo 6 Ley 55.9 3e incor"ora "or la nue&a ley la a%ri!uci/n de ac%uar co$o %ri!unal de casaci/n y conocer recursos de nulidad, y el de conocer recursos de co$"ulsa ue se in%er"ongan con%ra las salas es"ecialiadas de los %ri!unales de"ar%a$en%ales de (us%icia. 3in duda a nues%ro cri%erio se 'a o$i%ido una a%ri!uci/n i$"or%an%e "resen%e en la an%erior Ley la cual era de or y resol&er las ue(as &er!ales de los a!ogados y li%igan%es. #r%iculo ? Ley 025 en relaci/n con el ar%iculo 66 Ley 55.9 *n esencia el sis%e$a de elecci/n y "eriodo de )usiones se $an%iene, es decir "or $ayora si$"le y "or el "eriodo de dos a4os. Le i$"or%an%e ca$!io radica en ue es%os no son reelegi!les co$o lo )ueran an%es, sino "asado un $anda%o, ade$ás ue el ar%iculo "re&> ue en caso de i$"edi$en%o %e$"oral o cesaci/n del "residen%e será su"lido "or el decano. #r%iculo Ley 025 en relaci/n con el ar%culo 6B Ley 55.9 Las a%ri!uciones se4aladas ya sea en un cuer"o legal u o%ro son dis%in%as, a e:ce"ci/n del con%rol y dis%ri!uci/n de las causas "or sor%eo. Considera$os ue 'u!iera sido $e(or una in%egraci/n de es%as a%ri!uciones nue&as a las ya e:is%en%es, y no una e:clusi/n de las an%eriores. #r%iculo 5 Ley 025 en relaci/n con los ar%culos 2 y ? Ley 55.9 *n "rinci"io ue es%e englo!a %an%o el ar%iculo 2 co$o el ar%culo ? del an%erior cuer"o legal, ue en esencia re-eren a lo $is$o, solo &ariando la can%idad de &ocales "ro de"ar%a$en%o, el cual es%á es%ruc%urado del siguien%e $odoG COMPOSICIÓN Y NÚMERO DE VOCALES EN CADA CORTE DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA DEPARTAMENTO
NÚMERO DE VOCALES LEY 1455 Y LEY 025
La Paz Santa Cruz
20 – 24 15 – 20
Cochabamba Oruro Potosí
13 – 18 10 - 12 10 - 12
Chuquisaca Taria !"ni
10 - 12 8-8 #–#
Pan$o
5-5
#r%iculo 6 Ley 025 en relaci/n con el ar%iculo B Ley 55.9 Con)or$e a la nue&a Ley los &ocales de los Tri!unales De"ar%a$en%ales de Jus%icia, e(ercerán sus )unciones "or un "erodo de cua%ro a4os, co$"u%a!les a "ar%ir de su "osesi/n y "odrán ser reelegidas y reelegidos "or o%ro "erodo. La an%erior Ley orgánica con 'ace $enci/n del "eriodo de )unciones "or ue el res"ec%i&o ar%culo )ue derogado "or la ley del conse(o de la (udica%ura. #r%culo B Ley 025 en relaci/n con el ar%culo Ley 55.9 Las "rinci"ias di)erencias a des%acar son las siguien%esG 9*n la an%erior dis"osici/n se indica!a ue "re&ia$en%e se %u&o ue 'a!er e(ercido la a!ogaca, y la (udica%ura "or un "eriodo de Die a4os. #'ora se indica ue el "eriodo de )unciones de (udica%ura y e(ercicio de la a!ogaca es de seis a4os, ade$ás ue se ad$i%e el 'a!er dese$"e4ado la docencia uni&ersi%aria. 9 3e incluye el reuisi%o de no %ener una $ili%ancia "ol%ica ni "er%enecer a ninguna agru"aci/n ciudadana al $o$en%o de su "os%ulaci/n, *s un reuisi%o )unda$en%al, ue an%es no se le da!a la i$"or%ancia del caso. 9 3e incor"ora co$o $>ri%o "ara la cali-caci/n el 'a!er e(ercido la calidad de au%oridad indgena originaria !a(o su sis%e$a de (us%icia. #r%iculo Ley 025 en relaci/n con el ar%iculo 5 Ley 55.9 La di)erencia )unda$en%al, es res"ec%o al sis%e$a de elecci/n, an%es eran elegidos "or la cá$ara de senadores "or dos %ercios de &o%os, 'oy los &ocales son elegidos "or el %ri!unal su"re$o de (us%icia "or la $i%ad $ás uno de sus &o%os, y sie$"re "recau%elando la euidad de g>nero a di)erencia de an%es. #r%iculo Ley 025 en relaci/n al ar%culo 0 Ley 55.9 3e $an%iene el sis%e$a de %o$a de resoluciones, es decir "or $ayora a!solu%a. No "re&> la "osi!ilidad de "aridad de &o%os, ue an%es era diri$ido "or el "residen%e del cor%e su"erior de dis%ri%o. La nue&a ley regula res"ec%o al u/ru$ necesario "ara 'acer "leno, con la $i%ad $ás uno de la %o%alidad de sus $ie$!ros, si%uaci/n no "re&is%a an%es. #r%iculo 50 Ley 025 en relaci/n al ar%culo 0? Ley 55.9 Res"ec%o a la an%erior ley se o%orga!a una $ayor can%idad de a%ri!uciones, "ero en la nue&a ley se reducen a seis ade$ás de $encionar ue %res son nue&as. Las cuáles son las siguien%esG 9 Organiar la con)or$aci/n de sus salas de acuerdo con sus reueri$ien%os y necesidades, en coordinaci/n con el Tri!unal 3u"re$o de Jus%icia. 9#u%oriar el o los $edios de "rensa, en los ue se "odrán e)ec%uar las "u!licaciones de co$unicaciones (udiciales. 9Conocer y resol&er %odo asun%o ue la ley le a%ri!uya y ue no corres"onda en "ar%icular a alguna de sus salas. #r%culo 5 Ley 025 en relaci/n con el ar%culo Ley 55.9 +an%eni>ndose el sis%e$a de elecci/n y "eriodo )unciones, las di)erencias en%re uno y o%ro cuer"o sonG
9ue la elecci/n se dará "or &o%o "8!lico y no$inal, $ien%ras ue en la an%erior dis"osici/n la elecci/n se la 'aca "or &o%o secre%o. 9 *n la an%erior ley se con%e$"la!a el 'ec'o de una reelecci/n, $ien%ras ue en la ac%ual no "odrán ser reelegido. 9 *n caso de i$"edi$en%o %e$"oral o cesaci/n de )unciones no se "re&> una nue&a elecci/n co$o an%es, si no la %o$a del cargo "or el decano. #r%iculo 52 Ley 025.9 *n la an%erior Ley orgánica, res"ec%o a las a%ri!uciones del "residen%e de la cor%e su"erior de dis%ri%o, es%i"ula!a iguales )unciones ue el del "residen%e de la cor%e su"re$a de (us%icia e:ce"%o algunas se4aladas en el $is$o ar%culo. La nue&a ley es $ás "recisa en lo ue concierne al 'ec'o de con)erir a%ri!uciones, se4alándolas %odas en el $is$o ar%culo, siendo $uc'as de ellas, las $is$as con)eridas al "residen%e del Tri!unal 3u"re$o de (us%icia, "ero de a"licaci/n de"ar%a$en%al. #r%iculo 5? Ley 025 en relaci/n con el ar%iculo 00 Ley 55.9 *n esencia se $an%iene el $is$o sis%e$a de elecci/n, es decir $ayora a!solu%a de &o%os. #r%culo 5 Ley 025 en relaci/n con el ar%culo Ley 55.9 +an%eni>ndose el sis%e$a de elecci/n y "eriodo )unciones, las di)erencias en%re uno y o%ro cuer"o sonG 9 *n la an%erior ley se con%e$"la!a el 'ec'o de una reelecci/n, $ien%ras ue en la ac%ual no "odrán ser reelegido, sino "asado un $anda%o. 9 *n caso de i$"edi$en%o %e$"oral o cesaci/n de )unciones se "rocederá a la %o$a del cargo "or el decano. #r%iculo 55 Ley 025.9 La nue&a ley a di)erencia de la an%erior, "recisa las a%ri!uciones ue %endrá los "residen%es de las dis%in%as salas es"ecialiadas. Las cuáles son las siguien%esG . 7residir las deli!eraciones de la salaK 2. Con%rolar la dis%ri!uci/n de las causas "or sor%eoK ?. 3u"er&isar las )unciones de las o los ser&idores de a"oyo (udicial de la sala res"ec%i&aK y #r%iculo 56 Ley 025 en relaci/n con el ar%iculo 05 Ley55.9 #n%es es%a sala es"ecialiada conoca los recursos en grado a"elaci/n y casaci/n, "or la res%ruc%uraci/n (udicial es%e 8nica$en%e conoce y resuel&e recursos de a"elaci/n. 3e +an%ienen en &igencia del an%erior cuer"o Orgánico las siguien%es a%ri!ucionesG 9 Resol&er, en consul%a o en re&isi/n, las resoluciones cuando la ley as lo de%er$ine. 9 Conocer las e:cusas "resen%adas "or sus &ocales y secre%arias o secre%arios de sala.
9Resol&er las recusaciones )or$uladas con%ra sus &ocales. @a!iendo se incor"orado el Diri$ir los conAic%os de co$"e%encia en%re los (ueces en $a%eria ci&il y co$ercial. #n%es es%a sala conoca %a$!i>n de $a%eria )a$iliar, ni4e y adolescencia, &iolencia in%ra)a$iliar o do$>s%ica, a'ora se li$i%a solo a $a%eria ci&il y co$ercial. #r%iculo 5B Ley 025.9 *s%a sala es"ecialiada se da co$o resul%ado de la desconcen%raci/n de a%ri!uciones an%es con)eridas a la sala de $a%eria ci&il. 3iendo no&edosa y su$a$en%e adecuada es%a res%ruc%uraci/n, la cual cons%a de las siguien%es a%ri!ucionesG 9Conocer en grado de a"elaci/n, las resoluciones dic%adas "or las (ueas y los (ueces en $a%erias de )a$ilia, de ni4e y adolescencia y de &iolencia in%ra)a$iliar o do$>s%ica y "8!licaK 9Resol&er en consul%a o en re&isi/n, las resoluciones cuando la ley as lo de%er$ineK 9 Resol&er las e:cusas "resen%adas "or sus &ocales y secre%arias o secre%arios de salaK 9Resol&er las recusaciones )or$uladas con%ra sus &ocalesK 5. Resol&er las e:cusas y las recusaciones con%ra (ueas o (ueces en $a%eria de )a$ilia, ni4e y adolescencia y de &iolencia in%ra)a$iliar o do$>s%ica y "8!lica. 9 y o%ras ue la ley de%er$inara. #r%iculo 5 Ley 025.9 Las a%ri!uciones son las $is$as ue las con)eridas en el an%erior cuer"o legal orgánico, e:ce"%o "or el 'ec'o de ue ya no es de su co$"e%encia conocer el recurso de casaci/n "or consecuencia de la res%ruc%uraci/n. ue se resu$en en las siguien%esG 93u!s%anciar y resol&er los recursos de a"elaci/n de au%os y sen%encias, con)or$e a leyK 9 Resol&er las e:cusas "resen%adas "or sus &ocales y secre%arias o secre%arios de salaK Las de$ás serán es%a!lecidas "or la ley, se incluye la a%ri!uci/n de resol&er las recusaciones )or$uladas con%ra sus &ocales. #r%iculo 5 Ley 025 en relaci/n con el ar%iculo 0B Ley 55.9 3on $enos las a%ri!uciones con%enidas en la ley 025 en relaci/n a su "redecesora, aunue de(a un $argen "ara o%ras al se4alar en su nu$eral cua%ro, ue %a$!i>n son a%ri!uciones o%ras es%a!lecidas "or Ley. *l ar%culo se4ala ue la sala %iene a%ri!uci/n "ara resol&er la e:cusa o recusaci/n res"ec%o a sus &ocales, lo ue no es%á se4alado en la ley a!rogada. Res"ec%o a la ley 025 "ode$os decir ue $ane(a de $anera $ás "rác%ica y si$"li-cada el con(un%o de a%ri!uciones, "ero es"era$os ue la si$"li-caci/n
susci%ada en es%e cuer"o legal no i$"liue la es%ruc%uraci/n co$"le(a y a sis%>$ica de o%ros cuer"os co$"le$en%arios. #r%iculo 60 Ley 025.9 Ra%i-ca la co$"osici/n de (ueces de los %ri!unales de sen%encia, ue "recisa$en%e no es%á de%er$inada "or la ley de organiaci/n (udicial, sino "or el c/digo de "rocedi$ien%o "enal. #de$ás ue i$"one el linea$ien%o general res"ec%o a ue los %ri!unales "8!licos es%án cons%i%uidos "or un (ue o (uea. #l "arecer el sis%e$a "rocesal "enal no su)rirá "ro)undos ca$!ios, co$o lo ue acon%ece con el á$!i%o ci&il y de o%ras ue an%es es%u&ieran en su seno. co$o $ani-es%a e:"resi/n de es%a in%enci/n es%a la ra%i-caci/n ue 'ace es%e ar%culo de la e:is%encia del %ri!unal de sen%encia y su co$"osici/n. #r%iculo 6 Ley 025 en relaci/n con los ar%culos ? y B Ley 55.9 3e reconoce co$o /rgano (urisdiccional a los (ugados "8!licos, los cuales %ienen co$o in$edia%o su"erior al %ri!unal de"ar%a$en%al de (us%icia, es%ruc%ura radical$en%e dis%in%a a la co$"rendida en la ley 55. # "esar del ca$!io signi-ca%i&o, el re$i%ir a un ar%culo an%erior ue es"eci-ue reuisi%os !ásicos "ara %odo auel ue "os%ule a e(ercer la (udica%ura, se $an%iene co$o %>cnica de codi-caci/n. Lo ue an%es )ueran cua%ro a4os de e(ercicio de la a!ogaca co$o reuisi%o, 'oy son dos. De(o de ser reuisi%o ad$isi!le 'a!er e(ercido la )unci/n de -scal y se incluy/ el e(ercicio de la docencia co$o ad$isi!le. 7or "ri$era &e se es%i"ula "or condici/n el 'a!lar una lengua "redo$inan%e del lugar donde se "os%ula y el 'a!er e(ercido la )unci/n de au%oridad indgena originaria ca$"esina !a(o su sis%e$a de (us%icia, dis"osici/n orien%ada a 'acer )ac%i!le la coe:is%encia de di&ersos sis%e$as (urdicos, a 'acer "osi!le la in%egraci/n social y acceso a la (us%icia #r%iculo 62 Ley 025 en relaci/n con el ar%iculo Ley 55.9 7or lo dis"ues%o en la nue&a ley la designaci/n es )acul%ad del conse(o de la $agis%ra%ura, con)or$e a la dis"osici/n an%erior era la cor%e su"erior de dis%ri%o. *l conse(o de $agis%ra%ura se "o%encia de $ayores a%ri!uciones ue 'acen $ás a su na%uralea co$o /rgano ad$inis%ra%i&o y disci"linario del /rgano (udicial. #r%iculo 6? Ley 025.9 #unue el %>r$ino sea dis%in%o la ins%i%uci/n es la $is$a, nos re)eri$os al escala)/n (udicial, 'oy carrera (udicial, es%e á$!i%o no es%a!a nor$ado en la 55 sino en la Ley del conse(o de la (udica%ura. Tal &e &aldra la "ena el ca$!io de un no$!re "or consecuencia de $odi-caciones "ro)undas en la ins%i%uci/n a la ue re-ra$os, "ero si en lo sus%ancial una ins%i%uci/n se conser&a %al cual es, e$"render un ca$!io de no$!re es una $oles%ia ue se "uede e&i%ar, %o$ando en cuen%a la gran a$"li%ud de ca$!ios a los ue de!e$os ada"%arnos.
#r%iculo 6 Ley 025 en relaci/n con el ar%iculo 2B Ley 55.9 *n el cuer"o derogado la co$"e%encia es%a!a de%er$inada en ra/n de $a%eria, %erri%orio, na%uralea de los 'ec'os, calidad de las "ersonas ue li%igan, cuan%a, 'oy solo es%á de%er$inada en ra/n de $a%eria. *s des%aca!le el desarrollo ue se 'ace en la e:"osici/n del %e:%o de la $a%eria co$o ra/n de%er$inan%e de co$"e%encia, "ero sin e$!argo es de o!ser&ar ue las de$ás raones ue de%er$inan la co$"e%encia )ueron su"ri$idas, cuando 'oy con $ayor ra/n se de!era "oner en claro dic'os l$i%es de co$"e%encia, "or consecuencia de ue la coe:is%encia de &arios sis%e$as (urdicos "uede conlle&ar a "ro)undas discusiones y con%ro&ersias so!re la co$"e%encia, siendo i$"or%an%e recordar ue la ley de!e "re&erlas. #r%iculo 65 Ley 025.9 Re&alora la conciliaci/n co$o $edio de soluci/n de conAic%os, y la "rioria co$o "ri$era ac%uaci/n "rocesal siendo en caso de no alcanar la soluci/n "or $edio de es%a, necesaria la soluci/n con%enciosa. La Ley 55 la "lan%ea!a, no "ero co$o "ri$era ac%uaci/n "rocesal, sino co$o $edio de soluci/n de conAic%os "aralela a lo con%encioso. La conciliaci/n co$o "ri$era ac%uaci/n "rocesal es un gran $>ri%o, en cuan%o a los ca$!ios %rascenden%ales necesarios "ara la $e(ora de la ad$inis%raci/n de (us%icia. 7ues )a&orece a la celeridad "rocesal, a la econo$a "rocesal, "or consecuencia de la dis$inuci/n de la carga "rocesal. #r%iculo 66 Ley 025.9 La conciliaci/n co$o "ri$er $ecanis$o de soluci/n de conAic%os y "or la %rascendencia ue conlle&a su i$"le$en%aci/n, a sido )unda$en%ada con "rinci"ios ue orien%an su desarrollo y a"licaci/n. Nos "arece !ueno 'a!er )undado la conciliaci/n en "rinci"ios, "ero $e(or )uera un $ayor desarrollo de los $is$os. #r%iculo 6B Ley 025.9 *s%e ar%culo se4ala el %rá$i%e a seguir "ara la conciliaci/n, y %a$!i>n %a:a%i&a$en%e cuando no "rocede la $is$a. Clara$en%e el ar%culo en cues%i/n de%er$ina un %rá$i%e an%es no considerado y nor$ado en la Ley 55 ue "recisa$en%e no cuen%a con )or$a de %ra$i%aci/n alguna en su con%enido. #r%iculo 6 Ley 025.9 Res"ec%o a uien "asa el conoci$ien%o de una causa, "or e)ec%o de recusa o e:cusaci/n, no es%a!a nor$ado en la Ley 55, "ero a %al e)ec%o "asa!a a conoci$ien%o del siguien%e en n8$ero en la $is$a $a%eria, 'oy es%e "receder es ra%i-cado "or es%e nue&o cuer"o nor$a%i&o. 3e 'a "re&is%o ue en caso de i$"edi$en%o de %odos los (ueces de una $is$a $a%eria, sea de conoci$ien%o de (ueces de o%ras $a%erias siguiendo un orden indicado clara$en%e "or el ar%culo. 7uede darse la si%uaci/n ins/li%a de ue %odos los (ueces de una $a%eria es%>n i$"edidos "ara el conoci$ien%o de una causa, "ero "ara e&i%ar con%ro&ersia alguna, el legislador a sido $uy acer%ado en "re&er es%a circuns%ancia. #r%iculo 6 Ley 025 en relaci/n con los ar%culos ? y BB Ley 55.9 las di)erencias esenciales son
ue la Ley 025 %iene "or a%ri!uci/n a"ro!ar o desa"ro!ar el ac%a de conciliaci/n, $ien%ras ue la Ley 55 se li$i%a!a a conocer la e(ecuci/n de las ac%as de conciliaci/n *l (ugado "8!lico en $a%eria ci&il co$ercial, con)or$e a la nue&a es%ruc%ura (udicial es la ue conoce en "ri$era ins%ancia %odo lo ue le era co$"e%en%e conocer en su con(un%o al (ugado de ins%rucci/n y de "ar%ido en $a%eria ci&il co$ercial. Las raones de es%ruc%uraci/n de (ugados en "ar%ido e ins%rucci/n en $a%eria ci&il son %an%o "or na%uralea de los 'ec'os co$o "or cuan%a, era una dis%ri!uci/n raona!le a la realidad (urdica, "or cuan%o el á$!i%o ci&il conlle&a gran &ariedad de "osi!les causas. 7or %an%o considera$os inadecuada la ac%ual es%ruc%uraci/n, %e$e$os ue co$o nunca se susci%e una so!recarga "rocesal y consecuen%e ine-ciencia "or (us%icia %arda en los (ugados de es%e á$!i%o. #r%iculo B0 Ley 025 ? y B Ley 55.9 las di)erencias esenciales son ue la Ley 025 %iene "or a%ri!uci/n a"ro!ar o desa"ro!ar el ac%a de conciliaci/n, la Ley 55 no reconoce co$o a%ri!uci/n de "ro$o&er la conciliaci/n. *s%e nue&o %ri!unal re8ne lo ue )ueran a%ri!uciones %an%o del (ugado de ins%rucci/n co$o de "ar%ido en $a%eria )a$iliar. La es%ruc%uraci/n en (ugados de "ar%ido e ins%rucci/n en $a%eria )a$iliar o!edece a la ra/n de na%uralea de los 'ec'os, la nue&a lnea dis%ingue co$"e%encia solo en ra/n de $a%eria, consecuen%e$en%e el riesgo sin duda es el $is$o ue acon%ece con el (ugado en $a%eria ci&il co$ercial, la consecuen%e so!re carga "rocesal e ine-ciencia en la ad$inis%raci/n de (us%icia. #r%iculo B Ley 025 en relaci/n con el ar%iculo 6 Ley 55.9 La ley 55 solo se li$i%a a se4alar ue la co$"e%encia es "ara conocer, dirigir y resol&er causas re)eridas a la $inoridad. *n ca$!io la nue&a ley se4ala una serie de a%ri!uciones "ro"ias de la co$"e%encia de es%e (ugado, de%er$inando ue causas son de su conoci$ien%o, y algunas o%ras del á$!i%o ad$inis%ra%i&o. *l cuidado y "re&isiones ue 'ace la ley res"ec%o a $enores, es de delicado %ra%o "or uienes se %ra%a, $erece a%enci/n y !uen cri%erio, y a nues%ro "arecer el nue&o cuer"o legal es%ruc%ura $e(or el e(ercicio de la (urisdicci/n en es%e á$!i%o. #r%iculo B2 Ley 025.9 3in re)eren%e en la ley an%erior es%e /rgano (urisdiccional es de recien%e incor"oraci/n, %al &e una inno&aci/n del derec'o "resen%e, des$arcado del seno del á$!i%o es%ric%a$en%e ci&il y )a$iliar "or ser necesario alcana su concre%iaci/n. Considera$os sin duda, ni dando lugar a creer ue se susci%aran con%ro&ersias, ue es%e indiscu%i!le$en%e es uno de los grandes acier%os de es%a legislaci/n. #r%iculo B? Ley 025 en relaci/n con el ar%iculo 52 Ley 55.9 Res"ec%o a las a%ri!uciones %ranscri!en en a$!os ar%culos de $odo igual, e:ce"%o ue en el nue&o
ordena$ien%o se incluye res"ec%o a a"ro!ar o conocer en "ri$era ins%ancia las de$andas ue no 'u!ieran sido conciliadas. # "esar del "ro)undo ca$!io de la nor$a sus%an%i&a la!oral, se a"recia ue la nor$a ad(e%i&a orgánica y )uncional "er$anece id>n%ica, a e:ce"ci/n claro de la inclusi/n "riori%aria de la conciliaci/n co$o $edio an%ici"ado de soluci/n de conAic%os. #r%iculo B Ley 025 en relaci/n con el ar%iculo 2 Ley 55.9 *l c/digo de "rocedi$ien%o "enal regula!a en $ayor $edida el e(ercicio de la (urisdicci/n "enal, siendo $uy li$i%ada la regulaci/n al res"ec%o con%enida en el ar%culo 2 de la ley 55. 7ero la nue&a ley "one $ayor >n)asis en regular la co$"e%encia de es%e /rgano (urisdiccional, siendo es%a acorde a lo dis"ues%o en el %a$!i>n re)or$ado c/digo de "rocedi$ien%o "enal. Claro es ue es%e ar%culo %a$!i>n ado"%a la %endencia "riori%aria de conciliaci/n co$o "ri$era ac%uaci/n, res%ringi>ndola a cuando la ley lo "er$i%a. # nues%ro "arecer el á$!i%o "enal orgánico y su co$"e%encia "er$anecen igual, a e:ce"ci/n de la "rioriaci/n de la conciliaci/n ue es%a incor"ora. #r%iculo B5 Ley 025.9 Con $ayor "recisi/n era regulada la co$"e%encia de es%e /rgano (urisdiccional en el c/digo de "rocedi$ien%o "enal, siendo &aga su regulaci/n en la Ley 55, "ero con la nue&a re)or$a se 'an "recisado $ás las a%ri!uciones de es%e (ugado, siendo ar$/nicos con los "recisados en el c/digo de "rocedi$ien%o "enal. #r%iculo B6 Ley 025.9 # "esar de su cor%a redacci/n, no de(a de %ener ese carác%er ar$/nico con el c/digo de "rocedi$ien%o "enal, $is$o ue no e:is%a en la Ley orgánica an%erior ya ue de 'ec'o ni la reconoca, siendo "or %an%o la nor$a de%er$inan%e y es%ruc%uradora de es%e /rgano (urisdiccional el 7ro"io c/digo de "rocedi$ien%o "enal. #r%iculo BB Ley 025.9 *s%e /rgano (urisdiccional no encuen%ra "receden%e an%erior, es nue&o, co$o %a$!i>n lo es la ley an%icorru"ci/n con la ue co$o ins%ru$en%o e$"lea. La inicia%i&a de ins%i%uir es%e /rgano es"era$os ue resul%e e:i%osa, y ue se e&idencie en la reducci/n del )en/$eno de la corru"ci/n. Cree$os ue es%e gran "ro!le$a social reuera de inno&adores $ecanis$os de re"resi/n, %al &e es%e era el necesario. #r%iculo B Ley 025.9 3iguiendo el sis%e$a "rocesal i$"eran%e, es%e /rgano (urisdiccional ue conoce de asun%os de corru"ci/n, %iene )acul%ad "ara conocer y resol&er en (uicio las causas de la $a%eria. *s%e en si$ilar orien%aci/n a lo ue es el (ugado de sen%encia, con%e$"la el conoci$ien%o de deli%os cuyo $ayor legal sea de cua%ro a4os, deli%os )ragan%es "or "rocedi$ien%o in$edia%o, y "rosecuci/n de (uicios en re!elda.
La realidad %al &e %raicione a la necesidad $an%ener la e:is%encia de es%e /rgano, "re&isi!le es ue los deli%os del á$!i%o, serán $ás del conoci$ien%o de los %ri!unales de sen%encia y "oca la a$"li%ud de deli%os de conoci$ien%o de es%e /rgano. 7or lo cual sugeri$os ue solo sea &igen%e el %ri!unal de sen%encia. #r%iculo B Ley 025.9 3u a%ri!uci/n es conocer y resol&er en (uicio las causas ue no son de co$"e%encia del (ugado de sen%encia, siguiendo la relaci/n de co$"e%encia ue se susci%a en%re el (ugado y %ri!unal de sen%encia "enal. Insis%i$os en ue el (ugado ue conociera las causas de deli%os de corru"ci/n, solo de!iera ser es%e %ri!unal, es lo ue $ás a(us%a a la realidad, en%re las causas ue se susci%an "or a%ender y los /rganos es%a!lecidos "ara conocerlos. #r%iculo 0 Ley 025 en relaci/n con el ar%iculo 6? Ley 55.9 La nue&a Ley ade$ás de rei%erar las a%ri!uciones con%enidas "ara es%e /rgano en la Ley 55 las a$"lia, incluyendo lo siguien%e ue %iene carác%er $era$en%e ad$inis%ra%i&o y no i$"lica e(ercicio de la (udica%uraG 9Lle&ar el regis%ro de an%eceden%es "enales de su co$"e%encia e in)or$ar a las au%oridades ue corres"onda. 9Concurrir a las &isi%as de es%a!leci$ien%os "eni%enciarios. 9*)ec%uar el segui$ien%o de "ol%icas de re'a!ili%aci/n de los condenados. # nues%ro "arecer se "ro)undian los $ecanis$os de resguardo de )unda$en%ales garan%as cons%i%ucionales y "rocesales, "ara lo ue nos ocu"a en )a&or del condenado. Todo es%o a %ra&>s de ue se concedieran $ayores )acul%ades a es%e (ue, ue an%es ue (ugar se ocu"a del resguardo de derec'os y garan%as ue incu$!en al condenado. #r%iculo Ley 025 en relaci/n con el ar%iculo Ley 55.9 Los cen%ros in%egrados de (us%icia son el re)eren%e nor$a%i&o de lo ue 'oy son los (ugados "8!licos $i:%os, son auellos )acul%ados "ara conocer $ás de una $a%eria. *l ca$!io )unda$en%al es%á en ue los /rganos "8!licos $i:%os serán %a$!i>n ad$isi!les en ciudades ca"i%ales de de"ar%a$en%o y "orue no en ciudades in%er$edias. *s acer%ada es%a $odi-caci/n "or cuan%o "re&> $ecanis$os solu%i&os en caso de ausencia o so!recarga "rocesal. #r%iculo 2 Ley 025 en relaci/n con los ar%culos 2 y ? Ley 55.9 lo co$8n es ue a$!os "rocuran la conciliaci/n co$o ac%o inicial, claro es%á des%acar ue la nue&a ley la ins%i%ucionalia de $e(or $odo. *s%e nue&o /rgano no o!s%an%e in%egra en uno lo ue )uera la co$"e%encia "ara conocer con%ra&enciones de %ránsi%o y de "olica de seguridad. Lo lla$a%i&o es ue al "arecer no se "resen%a la "osi!ilidad de a"elar so!re resoluciones "ronunciadas "or es%e (ugado, ya ue no 'ay $enci/n al res"ec%o co$o lo 'ace el cuer"o legal 55.
#r%iculo ? Ley 025 en relaci/n con el ar%culo 200 de la Ley 55.9 Los )uncionarios su!al%ernos seguirán siendo los $is$os, a e:ce"ci/n ue en la nue&a nor$a se incor"oran los conciliadores. #r%iculo Ley 025.9 La Ley 55 no 'ace $enci/n res"ec%o a la )or$a de designaci/n del "ersonal su!al%erno, ya ue con an%erioridad las dis"osiciones al res"ec%o )ueron a!rogadas "or las del conse(o de la (udica%ura. Los secre%arios eran designados "or el "ro"io conse(o, y el de$ás "ersonal su!al%erno "or el "ro"io (ue o %ri!unal. Con la nue&a dis"osici/n %odos los su!al%ernos serán designados "or el conse(o de la $agis%ra%ura. *l e:a$en de co$"e%encia se i$"le$en%ara incluso "ara au:iliares y o-ciales de co$"e%encia. *s%a $odi-caci/n es acer%ada "or cuan%o el conse(o de la $agis%ra%ura es%a $e(or cuali-cado "ara &alorar el recurso 'u$ano ue se "recise. #r%iculo 5 Ley 025 en relaci/n con el ar%iculo 20 Ley 55.9 #$!as dis"osiciones re-eren a lo $is$o, la esencia es la $is$a, sen%ar garan%a "ecuniaria en caso de ue el secre%ario incurriera en irregularidades. #r%iculo 6 Ley 025.9 *l con%enido de es%e ar%iculo carece de claridad es "rocli&e a &ariedad de in%er"re%aciones, ue si !ien no i$"lican cues%iones de )ondo "ueden a)ec%ar en el nor$al desarrollo del %rá$i%e. #r%iculo B Ley 025.9 *s%a )unci/n es no&edosa, la a%ri!uci/n de "ro$o&er la conciliaci/n corres"onda al (ue, ade$ás de considerar ue es%a no %ena la rele&ancia alcanada con la nue&a Ley. 3in e$!argo o!ser&a$os ue el conse(o de la $agis%ra%ura %al co$o "rocura "re"arar (ueces de!era "re&er )or$as de "re"arar )uncionarios en conciliaci/n. La reuisi%o de no $ili%ar en alg8n "ar%ido "ol%ico o agru"aci/n ciudadana, e:igida "ara o%ros cargos, no se da "ara el conciliador, o$isi/n a nues%ro "arecer cri%ica!le "or cuan%o %ra%a de un cargo cuya i$"arcialidad en )unda$en%al garan%a. #r%iculo Ley 025.9 *s%a dis"osici/n rei%era sin ue 'u!iera necesidad el con%enido del ar%culo , lo 8nico ue de!era 'a!erse "recisado es res"ec%o al "eriodo de )unciones y a la re elegi!ilidad. #r%iculo Ley 025.9 La redacci/n es cor%a "recisa, "ues%o ue la conciliaci/n es un ac%o al ue las "ar%es de!en arri!ar "or s $is$as. 3e re&aloria la conciliaci/n cuando se e:%re$an %odos los recursos "ara alcanarla en (us%o acuerdo. La con-dencialidad sin duda )a&orece a ue sea en $ayor $edida )ac%i!le la resoluci/n conciliada del conAic%o, genera con-a!ilidad "ara ue se &en%ilen de%er$inados asun%os en el ac%o de "rocura de conciliaci/n. #r%iculo 0 Ley 025.9 *l (ue 'io !ien en "re&er la circuns%ancia de i$"edi$en%o cesaci/n o &acaciones del conciliador. 3in suda es una e:"resi/n del "rinci"io de celeridad, "or cuan%o i$"lica una soluci/n in$edia%a a las circuns%ancias se4aladas.
#r%iculo Ley 025 en relaci/n con los ar%culos 20 y 202 Ley 55.9 La ley a!rogada e:iga "or reuisi%os "ara ser secre%ario de cá$ara en la cor%e su"re$a de (us%icia los $is$os ue "ara ser (ue de "ar%ido, "or la nue&a ley se res%a i$"or%ancia a la e:"eriencia y se )or%alece i$"arcialidad. *s as ue ya no cuen%a el 'a!er e(ercido de (ue ins%ruc%or o -scal, "ero si se "recisa a'ora ue el "os%ulan%e al cargo de secre%ario no %enga $ili%ancia "ol%ica, y el 'a!er e(ercido el cargo de au%oridad en una co$unidad. 7ara secre%ario de cá$ara se "resen%a la $is$a -gura an%erior, son los $is$os reuisi%os "ara secre%ario sea de uno u o%ro %ri!unal, cuando sin duda de!iera %ener $ás e:"eriencia el secre%ario del %ri!unal su"re$o de (us%icia. 7ara ser secre%ario de los (ugados "8!licos al con%rario del caso an%erior se "er)eccionan los reuisi%os, an%es !as%a!a solo con ser a!ogado, 'oy se se4ala el %ie$"o $ni$o de e(ercicio "ara es%ar 'a!ili%ado, ade$ás ue se resguarda la i$"arcialidad al e:igir la no $ili%ancia "ol%ica, ade$ás ue se %o$ara en cuen%a el 'a!er e(ercido co$o au%oridad !a(o el sis%e$a de (us%icia originario ca$"esino. #r%iculo 2 Ley 025.9 *n el an%erior cuer"o legal orgánico, no se de%er$ina!a al res"ec%o ni %a$"oco so!re la e&aluaci/n de su dese$"e4o "or el conse(o de la (udica%ura. *s un gran a&ance regular as"ec%os co$o es%os, ue sin duda inAuyen en lo ue es la ad$inis%raci/n de (us%icia, en su e-ciencia, i$"arcialidad, "ron%i%ud, e%c. #r%iculo ? Ley 025.9 *s%e ar%iculo su"era la )alencia del c/digo an%erior, ue no de%er$ina!a ue 'acer res"ec%o al )uncionario su!al%erno ue se &iera i$"edido de in%er&enir en alguna causa, "or e:cusa recusaci/n, o &acaci/n. #unue la duda so!re la )ac%i!ilidad de es%a dis"osici/n es%a en %orno a ue si el secre%ario del (ugado siguien%e en la circuns%ancia de %ener ue su"lir, "er(udicara sus )unciones en su "ro"io (ugado y si dese$"e4ara !ien )unciones en un (ugado ue no es donde 'a!i%ual$en%e se dese$"e4a. *s de des%acar ue es%a dis"osici/n %a$!i>n "re&> el caso en ue el secre%ario i$"edido no %u&iera su"len%e "or es%ar "r/:i$o el (ugado a o%ro. #r%iculo Ley 025 en relaci/n con el ar%iculo 20? Ley 55.9 *l ar%iculo corres"ondien%e a la nue&a ley o)rece una $e(or redacci/n "or %an%o es $ás co$"rensi!le, rei%era e:ac%a$en%e lo se4alado "or el an%erior cuer"o legal e incor"ora dos nue&as o!ligaciones, ade$ás ue de%er$ina es"ec-cas "ara los secre%arios de sala. #r%iculo 5 Ley 025 en relaci/n con el ar%culo 205 Ley 55.9 Re-ere a los li!ros ue se $ane(an en los %ri!unales y (ugados, la redacci/n es e:ac%a$en%e la $is$a, en%re uno y o%ro cuer"o legal. #r%iculo 6 Ley 025 en relaci/n con el ar%iculo 206 Ley 55.9 *n es%a la redacci/n es casi si$ilar en%re a$!os cuer"os, a e:ce"ci/n ue el ar%culo se4ala a las secre%arias de sala de los %ri!unales de"ar%a$en%ales de (us%icia, co$o %a$!i>n
o!ligadas a $ane(ar li!ros ue con)or$e a la ley 55 eran solo de $ane(o de las secre%arias de sala "ro"ias de la cor%e su"re$a de (us%icia. # con%inuaci/n la redacci/n es rela%i&a$en%e dis%in%a, aunue en esencia dic%a$ina lo $is$o, será de a"reciar si es )a&ora!le una redacci/n $ás si$"lis%a, ue suele arriesgar el en%endi$ien%o claro y "reciso de la &olun%ad del legislador "or "ar%e de uien de!e in%er"re%arla. #r%iculo B Ley 025 en relaci/n con el ar%iculo B Ley 55.9 *n a$!os cuer"os legales se de%er$ina lo $is$o, es de considerar sin e$!argo ue la au%oridad (udicial ue ordena la a"er%ura ya no es lla$ada co$o an%es, es as ue &ocal "aso a ser $agis%rado "or e(e$"lo. #r%iculo Ley 025 en relaci/n con el ar%iculo 20 Ley 55.9 los ar%culos en co$"araci/n cons%an de una $is$a redacci/n. No regula de auellos as"ec%os ra/n de con%ro&ersia, "or %an%o el legislador no %u&o $ayor "ro!le$a ue re"e%ir %al cual de un cuer"o a o%ro. #r%iculo Ley 025 en relaci/n con el ar%iculo 2 Ley 55.9 #n%es era e:igi!le "ara acceder a la )unci/n de au:iliar ser es%udian%e regular de la carrera de Derec'o, con)or$e a la nue&a ley ade$ás de ser es%udian%e regular se de!e cursar al $enos %ercer a4o. La nue&a Ley "ro)undia el resguardo de la i$"arcialidad ue de!en guardar uienes o"eran en la ad$inis%raci/n de (us%icia, es as ue no solo (ueces, $agis%rados, o secre%arios de!en ser a(enos a %odo ac%i&is$o "ol%ico %a$!i>n lo de!en ser los "ro"ios au:iliares, a nues%ro "arecer la &olun%ad de!era ir $ás allá de%er$inándose ue uienes )ueran $ili%an%es de )ren%es "ol%icos uni&ersi%arios %a$!i>n de!eran es%ar i$"edidos de "os%ular a dic'o cargo. #r%iculo 00 Ley 025.9 *l "eriodo de )unciones en la an%erior ley no se encon%ra!a es"eci-cado, "or cuan%o no 'ay nor$a al res"ec%o. Dis"osiciones co$o es%a re"ercu%irán en el $e(ora$ien%o de la calidad de ser&icios ue guardan cerrada relaci/n con la e-ciencia de los recursos 'u$anos, es as ue uien se encuen%re cuali-cado "ara el "ues%o conser&ara el $is$o, en ca$!io uien no será re%irado. #r%iculo 0 Ley 025 en relaci/n con el ar%iculo 20 Ley 55.9 *n esencia a$!os ar%culos es"eci-can lo $is$o, a "esar de ue la redacci/n es dis%in%a con)or$e al ca$!io de no$!res de los /rganos. #r%iculo 02 Ley 025.9 7ara ue la ad$inis%raci/n de (us%icia no se "er(udiue en su dese$"e4o, la ley 'a "re&is%o dis"osiciones co$o es%a, ue sin duda son soluci/n "ron%a a di-cul%ades so!re&inien%es, y "ara nada "re&is%as en la legislaci/n an%erior. #r%iculo 0? Ley 025 en relaci/n con el ar%iculo 2 Ley 55.9 *n la nue&a dis"osici/n %odo )uncionario del /rgano (udicial de!e cu$"lir !ásica$en%e los $is$os reuisi%os, los del ar%culo de la Ley 025, claro ue %an%o "ara au:iliares y o-ciales de diligencias no se e:ige el nu$eral , el de ser a!ogado.
7ara el cargo se e:ige al igual ue "ara au:iliar ser es%udian%e regular de derec'o, incor"orándose en es%e cuer"o de ue %iene ue ser al $enos es%udian%e de %ercer a4o, e:igencia no "resen%e en la ley 55. 3e sigue la lnea ya es%a!lecida "ara los ue e(ercen la (udica%ura, de ue el o-cial de diligencias de!e ser a(eno a %oda ac%i&idad "ol%ica. Huardando su i$"arcialidad. 7ero lo cues%iona!le es ue en los al%os %ri!unales de (us%icia sean %a$!i>n ad$i%idos co$o o-ciales de diligencias, uienes )ueran si$"le$en%e es%udian%es de derec'o, %o$ando en consideraci/n, ue se %ra%a de /rganos ue "or las causas ue son de su conoci$ien%o "recisan de recursos 'u$anos es"ecialiados y e:"eri$en%ados. #r%iculo 0 Ley 025.9 7or la nue&a nor$a %odo )uncionario su!al%erno %iene un "eriodo de )unciones ya "rescri%o en la ley, rigiendo as"ec%os an%es no 'ec'os "or la ley 55. #de$ás ue se )unda$en%an las )unciones del conse(o de la $agis%ra%ura, "or la nue&a dis"osici/n %endrá $ás "ro%agonis$o ue an%es. #r%iculo 05 Ley 025 en relaci/n con el ar%iculo 2? Ley 55.9 *l nue&o ordena$ien%o no $enciona so!re la ci%aci/n, no%i-caci/n o e$"laa$ien%o a %erceros y el -scal, Cosa ue si 'ace la nor$a 55. 3in duda es una gra&e o$isi/n "or cuan%o es induda!le la "ar%ici"aci/n de es%os en el "roceso, en es"ecial la del -scal. Res"ec%o a e(ecu%ar los $anda$ien%os e:"edidos "or el /rgano (udicial, se $an%u&o es%a a%ri!uci/n en la nue&a ley, "ero 'ay ue des%acar ue su redacci/n es $ás clara y "recisa, no es lo $is$o au%oridad corres"ondien%e signada en la an%erior ley ue (ue o %ri!unal. #u%oridades 'ay $uc'as ue no son "recisa$en%e %odas (udiciales, en ca$!io (ue o %ri!unal es es"eci-co en cuan%o a uien se re-ere. #r%iculo 06 Ley 025 en relaci/n con el ar%iculo 25 Ley 55.9 *n esencia a$!os ar%culos en co$"araci/n de%er$inan l $is$o, la su"lencia del o-cial "or el del siguien%e %ri!unal o (ugado en n8$ero. 7ero la nue&a nor$a &a $ás allá, al "re&er si se %ra%ase de un %ri!unal ale(ado "uede el (ue o %ri!unal, designar %e$"oral$en%e a o%ro de sus )uncionarios "ara ue dese$"e4en es%a )unci/n. #r%iculo 0B Ley 025.9 *s%e ar%culo de%er$ina la creaci/n de o-cinas de ser&icio "8!lico, de(ando al cri%erio de las cor%es de"ar%a$en%ales de (us%icia, en la $edida de sus necesidades y reueri$ien%os. Co$o es de e&idenciar nor$as de carác%er ad$inis%ra%i&o %a$!i>n es%án "resen%es en es%a ley, de!iendo regirse el conse(o de la $agis%ra%ura en gran $edida "or es%a nor$a. #r%iculo 0 Ley 025.9 *s%e ar%culo de%er$ina las a%ri!uciones de las o-cinas de ser&icios "8!licos, de%er$inaciones no "resen%es en el c/digo an%erior.
#r%iculo 0 Ley 025 en relaci/n con el ar%iculo 2 Ley 55.9 7uede darse ue "or la realidad econ/$ica nues%ra, e induda!le$en%e an%e la necesidad colec%i&a, se creen (ugados e incluso %ri!unales de (us%icia des"ro&is%os de ser&icios co$unes. *s%a nor$a es%á orien%ada, a ue la ad$inis%raci/n de (us%icia es%> "resen%e en donde de!a 'acerlo a "esar de las )alencias ue se "uedan "resen%ar. *l ar%iculo )or$a "ar%e de una serie de dis"osiciones orien%adas a "re&er si%uaciones ue sin duda a "esar de ellos no i$"idan el nor$al desarrollo de la ac%i&idad (urisdiccional. La Ley 55 es $uy res%ringida res"ec%o a c/$o $ane(ar es%a circuns%ancia, solo indica ue se "resen%aran en las res"ec%i&as secre%arias cuando se %ra%e de (ugados en "ro&incia. La nue&a ley &a $ás allá de%er$ina ue ade$ás de lo dic'o "ues "uede co$"le$en%arse con lo an%erior, se regis%raran en li!ros a ser a"ro!ados "or el conse(o de la $agis%ra%ura. #r%iculo 0 Ley 025 en relaci/n con el ar%iculo 2? Ley 55.9 *:ce"%o el ca$!io de no$!re de algunos /rganos (urisdiccionales, y ue el !u/n (udicial ad$i%e ade$ás recursos, en %odo lo de$ás a$!os ar%culos dis"onen e:ac%a$en%e lo $is$o. #r%iculo Ley 025.9 No 'ay ninguna dis"osici/n al res"ec%o en la Ley55, sin e$!argo se dis"uso ad$inis%ra%i&a$en%e una o-cina de si$ilares )unciones. @oy es%a es una realidad (urdica induda!le$en%e "orue la ley la ordena, ede$as es una e:"resi/n del "rinci"io de "u!licidad, el $undo li%igan%e e$"lea $edios $odernos "ara conocer el es%ado de sus causas. #r%iculo 2 Ley 025 en relaci/n con el ar%culo 220 !is Ley 55.9 #$!os ar%culos en co$"araci/n dis"onen lo $is$o, solo ue el de la nue&a ley es $ás "reciso en su redacci/n. #r%iculo ? Ley 025 en relaci/n con los ar%culos 2, 22 y 2? Ley 55.9 #$!os cuer"os legales dis"onen e:ac%a$en%e lo $is$o res"ec%o a los de)ensores de o-cio, el #r%culo res"ec%i&o de la Ley 025 concen%ra en uno solo, lo ue dic%a$inan ? ar%culos de la Ley 55. #r%iculo Ley 025 en relaci/n con el ar%iculo 220 Ley 55.9 Con la an%erior Ley el eui"o "ro)esional in%erdisci"linario ser&a 8nica$en%e de a"oyo a la cor%e su"re$a de (us%icia y a sus salas es"ecialiadas, las cor%es de"ar%a$en%ales de (us%icia solo "odan con%ar con es%e a"oyo "or $edio de au%oriaci/n de la cor%e su"re$a. Con la Ley 025 %odos los /rganos (urisdiccionales cuen%a con el a"oyo %>cnico cien%-co ue reuieran, siendo designa!les "or el %ri!unal su"re$o de (us%icia y el %ri!unal de"ar%a$en%al de (us%icia seg8n sea el caso, y con)or$e a ley. #r%iculo 5 Ley 025.9 *s%e ar%culo no %iene re)eren%e en la an%erior ley orgánica, 3i !ien 'ay el "ro"/si%o de acredi%ar la idoneidad de los "ro)esionales, "orue no se incluy/ en la "ro"ia dis"osici/n el %ra!a(o coordinando con los colegios "ro)esionales, los ue "ro"ia$en%e $ane(an regis%ros de sus inscri%os.
*n cier%o $odo "arece ue la %endencia de la nue&a ley a"un%a a la desa"arici/n de los colegios, "or cuan%o es%a se a%ri!uye "or )unciona lo ue es%as 'icieran an%es. #r%iculo 6 Ley 025 en relaci/n con el ar%iculo 22 Ley 55.9 7or a$!as dis"osiciones se de%er$ina la e:is%encia de un de"ar%a$en%o de "ro%ocolo y "rensa, "ero en la Ley 55 se la 'ace de"endien%e 8nica$en%e del cor%e su"re$a de (us%icia, y su(e%as a regla$en%o ue dic%a$ine es%a, incluyendo la designaci/n de sus )uncionarios. La Ley 025 en ca$!io, de%er$ina la e:is%encia de es%e de"ar%a$en%o a ni&el "ro"io de cada dis%ri%o siendo de"endien%e del %ri!unal de"ar%a$en%al de (us%icia, %a$!i>n su e:is%encia !a(o de"endencia del %ri!unal su"re$o de (us%icia. La es"eci-caci/n de sus )unciones !ásicas son dic%a$inadas "or la ley 025, as"ec%o ausen%e en la ley orgánica an%erior. #r%culo B. 1FIFLIOT*C#3. I. *n el Tri!unal 3u"re$o de Jus%icia y en los Tri!unales De"ar%a$en%ales de Jus%icia, )uncionarán !i!lio%ecas es"ecialiadas, ue se encon%rarán al ser&icio de las ser&idoras y ser&idores (udiciales, de a"oyo (udicial, ad$inis%ra%i&os y del "8!lico usuario. II. *l "ersonal ue in%egre la !i!lio%eca, será designado "or los res"ec%i&os Tri!unales de Jus%iciaK e(ercerán sus )unciones "or dos 12 a4os, "udiendo ser designados "or o%ro "eriodo si$ilar, "re&ias las e&aluaciones realiadas "or el Conse(o de la +agis%ra%ura. #r%culo . 1H#C*T# JUDICI#L. La (uris"rudencia del Tri!unal 3u"re$o de Jus%icia y )allos de los Tri!unales De"ar%a$en%ales de Jus%icia, seg8n corres"onda, serán "u!licados )sica y elec%r/nica$en%e, a %ra&>s de la Hace%a Judicial, de"endien%e del Conse(o de la +agis%ra%ura, de acuerdo a regla$en%o. #r%culo . 17UFLIC#CION*3. 7or in%er$edio de secciones es"eciales, el Tri!unal 3u"re$o de Jus%icia, los Tri!unales De"ar%a$en%ales de Jus%icia, los %ri!unales y (ugados de ca"i%ales y "ro&incias, "odrán realiar "u!licaciones o-ciales, cuyos derec'os de au%or es%arán "ro%egidos "or la ley. #r%culo 20. 1#
[email protected]O3 JUDICI#L*3. I. *l Tri!unal 3u"re$o de Jus%icia y los Tri!unales De"ar%a$en%ales de Jus%icia, con%arán con un arc'i&o general, en el ue serán de"osi%ados cada seis 16 $eses, "ara su cus%odia y conser&aci/n, los e:"edien%es de las causas )enecidas, o a!andonadas "or $ás de un 1 a4o y los regis%ros de los %ri!unales y (ugados y o%ros docu$en%os o-cialesK los cuales serán re$i%idos !a(o in&en%ario. II. *l arc'i&o (udicial es%ará !a(o la res"onsa!ilidad de un (e)e de arc'i&o de "ro)esi/n a!ogado, asis%ido "or el "ersonal %>cnico necesario, designados "or el Tri!unal 3u"re$o de Jus%icia y los Tri!unales De"ar%a$en%ales de Jus%icia en su caso.
III. # e)ec%os de la conser&aci/n de los di)eren%es docu$en%os, "odrán a"licarse los $edios %>cnicos o %ecnol/gicos ue corres"ondan.