QUEJOSO: INFONA I NFONAVIT VIT CONTRA RESPONSABLE: GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO ESTADO DE YUCATAN ASUNTO: Se Promueve Amparo In!re"#o$
AL C$ JUE% &&&&&&&& DE DISTRITO DEL DECI'OCUARTO CIRCUITO CON SEDE EN EL ESTADO DE YUCATAN$(
LIC$ ARON ALFONSO GIL DIA%, DIA%, mexicano por nacimiento, mayor de edad legal, Licenciado en Derecho, soltero, con capacidad legal para contratar y obligarse con domicilio para oír y recibir todo tipo de notifcaciones el predio marcado con el numero numero trescientos ochenta ochenta y cinco de la calle cuarenta y uno letr letra a A por por call calles es cato catorc rce e y doce doce de la Colo Coloni nia a Pedre edrega gale less de Tanlu anlum; m; autorizan autorizando do para oír y recibir recibir todo tipo de notifcac notifcaciones iones,, imponerse imponerse en autos autos así como para recibir todo tipos de documentos, a la Licenciada en Derecho aria !uadalupe Tze" orales, ante usted respetuosamente comparezco a exponer# $l suscrit suscrito o A%&' AL(&')& AL(&')& !*L D*A+ D*A+ manif manifest esto o ue soy apoder apoderado ado general para pleitos y cobranzas del INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES) tal y como consta en instrumento p-blico n-mero cuarenta y cinco mil setecientos cincuenta y ocho de .echa nue/e de 0ulio del a1o dos mil doce, pasada ante la .e del licenciado 2&)3 DA'*$L LA4A%D*'* )C5$TT*'&, titular de la notaría p-blica n-mero ochenta y seis seis del distr distrito ito .edera .ederal, l, mismo mismo ue anexo anexo a la prese presente nte,, person personali alidad dad ue ue solicito me sea reconocida en el presente 0uicio en t6rminos del artículo 78 de la Ley de Amparo, así mismo esta personalidad me ha sido reconocida en auto autos, s, del Ju!"!o Ju!"!o E*#raor! E*#raor!nar!o nar!o +!po#e"ar! +!po#e"ar!o o, mar marcado cado con con el n-m n-mero ero ,-,./001) radicado ,-,./001) radicado ante el Ju23ao el Ju23ao Ter"ero e 4o 'er"an#!4 e4 Pr!mer Depar#amen#o Ju!"!a4 e4 E5#ao e Yu"a#6n, Yu"a#6n, el cual .ue promo/ido por mi represent representada, ada, e4 In5#!#u#o De4 Fono Na"!ona4 De La V!v!ena Para Lo5 Tra7a8aore5 ra7a8aore5 en contra de los C$C$ FERNANDO FERNANDO EUGENIO EUGENIO ORTI% ORTI% GO'E% Y ROSA 'ARIA CORAL CETINA$ Con .undamento legal en los artículos 9: y 9:< de la Constituci=n Política de los $stados >nidos exicanos y artículos 98 .racci=n *, artículo 9:< .racci=n ** de la Ley de Amparo, , /engo por medio del presente memorial a promo/er y presentar .ormal demanda en 2>*C*& D$ APA%& a fn de solicitar la Protecci=n y Amparo de la 2usticia (ederal en contra de actos, abstenciones y contra contra/en /encio ciones nes del C? !&4$%' !&4$%'AD AD&% &% C&')T* C&')T*T>C T>C*&' *&'AL AL D$L D$L $)T $)TAD& D$ @>CAT @>CATA', por /iolaci=n en mi per0uicio de la garantía establecida en el artículo 8 de 'uestra )uprema )uprema Ley Constitucional Constitucional y en cumplimiento cumplimiento del artículo 9: de la propia Ley de Amparo, ba0o .ormal protesta de decir /erdad, manifesto a su )e1oría lo siguiente# I$( I$( NO'B NO'BRE RE Y DO'I DO'ICI CILI LIO O DEL DEL QUEJ QUEJOS OSO O# i ism smo os ue ue ha ued uedado ado expresados al principio de este escrito?
II$( NO'BRE Y DO'ICILIO DEL TERCERO INTERESADO : el C$ FERNANDO EUGENIO ORTI% GO'E% , uien puede ser notifcado en el predio setecientos /einticuatro de la calle no/enta y siete letra B4 del (raccionamiento anzana 99, de esta ciudad de 6rida, @ucatEn? III$( NO'BRE Y DO'ICILIO DEL TERCERO INTERESADO: 4a C$ ROSA 'ARIA CORAL CETINA) uien puede ser notifcado en el predio setecientos /einticuatro de la calle no/enta y siete del (raccionamiento anzana 99, de esta ciudad de 6rida, @ucatEn? IV$( AUTORIDADES RESPONSABLES# $l C? !&4$%'AD&% C&')T*T>C*&'AL D$L $)TAD& D$ @>CATA' con domicilio en el Palacio de !obierno ubicado en las conFuencias de las calles 79 con 7: del centro de 6sta ciudad? V$( ACTO RECLA'ADO# Lo constituye la FALTA DE ACUERDO) RESPUESTA) EJECUCION Y CU'PLI'IENTO) a 4o 5o4!"!#ao en o9"!o nmero /;<= >o5 m!4 "!en#o #re!n#a ? nueve@ e e"a #re5 e a3o5#o e o5 m!4 o"e) e4 "ua4 ue re"!7!o por 4a o9"!a4a e par#e5) en e"a o"o e a3o5#o e o5 m!4 o"e) !"o o9"!o "on#!ene 4a oren em!#!a por 4a Jue2 Ter"ero e 4o 'er"an#!4 e4 Pr!mer Depar#amen#o Ju!"!a4 e4 E5#ao en au#o5 e4 e*pe!en#e mar"ao "on e4 nmero ,-,./001) e4 e5a4o8o "on e4 au*!4!o e 4a FUER%A PBLICA$ V$( ANTECEDENTES:
PROTESTA DE LEY # Ba8o orma4 pro#e5#a e e"!r vera manifesto, ue son ciertos y me constan todos y cada uno de los hechos, omisiones y abstenciones cometidas por la autoridad responsable ue menciono en el cuerpo de la presente demanda, mismas ue constituyen los antecedentes del acto ue reclamo y .undamentan los conceptos de /iolaci=n ue a continuaci=n expongo# Como consta de los autos del 2uicio $xtraordinario 5ipotecario marcado con el n-mero 7G7HI::< ue se /entila ante el 2uzgado Tercero de lo ercantil del Primer Departamento 2udicial del $stado, mi representada el *')T*T>T& D$L (&'D& 'AC*&'AL D$ LA J*J*$'DA PA%A L&) T%A4A2AD&%$) aduiri= por /ía de remate p-blico celebrado el SEIS DE ABRIL DEL AO DOS 'IL ONCE el predio 'ARCADO CON EL N'ERO SETECIENTOS VEINTICUATRO DE LA CALLE NOVENTA Y SIETE LETRA B DEL FRACCIONA'IENTO 'AN%ANA CIENTO QUINCE) DE ESTA CIUDAD DE 'HRIDA) YUCATN) así mismo exhibí la escritura p-blica donde se .ormaliza la compra/enta 0udicial, misma ue .ue otorgada por la 2uez Tercero de lo ercantil del Primer Departamento 2udicial del $stado en rebeldía de la demandada, y con moti/o de 6sta, la 2uez antes citada emite y f0a en proveo e e"a ve!n#!"!n"o e ma?o e4 ao o5 m!4 o"e un t6rmino de tres días a los demandados
FERNANDO EUGENIO ORTI% GO'E% ? ROSA 'ARIA CORAL CETINA para ue desalo0e el PREDIO 'ENCIONADO, y de no hacerlo se les aplicarían los medios de apremio ue la Ley pre/6? Transcurrido el t6rmino f0ado a los demandados sin ue desalo0en el predio arriba citado, solicit6 a la 2uez Tercero de lo ercantil del Primer Departamento 2udicial del $stado el auxilio de la (uerza P-blica para ue se lle/e a cabo el desalo0o del predio ya citado y pueda darme la posesi=n .ísica y material del mismo, es así ue la 2uez citada, con .echa o5 e 8u4!o e4 ao o5 m!4 o"e, D*CTK un pro/eído en los autos del citado 2uicio $xtraordinario 5ipotecario arriba mencionado, en el cual se ordena el desalo0o de los
demandados FERNANDO EUGENIO ORTI% GO'E% ? ROSA 'ARIA CORAL CETINA del PREDIO 'ARCADO CON EL N'ERO SETECIENTOS VEINTICUATRO DE LA CALLE NOVENTA Y SIETE LETRA B DEL FRACCIONA'IENTO 'AN%ANA CIENTO QUINCE) DE ESTA CIUDA DE 'HRIDA) YUCATN CON EL AUKILIO DE LA FUER%A PBLICA$ $n raz=n del pro/eído antes citado, la 2uez Tercero de lo ercantil del Primer Departamento 2udicial del $stado, en/i= el ofcio marcado con el n-mero I9 de .echa T%$) de A!&)T& de dos mil doce a la C? !obernadora del $stado mediante el cual le solicit= el auxilio de la .uerza p-blica, mismo ue .ue recibido en la ofcialía de partes en .echa &C5& de A!&)T& del dos mil doce, a fn de realizar una diligencia de DESALOJO en el PREDIO 'ARCADO CON EL NU'ERO SETECIENTOS VEINTICUATRO DE LA CALLE NOVENTA Y SIETE LETRA B DEL FRACCIONA'IENTO 'AN%ANA CIENTO QUINCE) DE ESTA CIUDA DE 'HRIDA) YUCATN, diligencia ue .ue ordenada en autos del expediente citado en el primer pErra.o de los antecedentes; sin embargo dicha autoridad, a pesar de ue ya ha .enecido el t6rmino concedido para ue cumpla con la petici=n hecha por la 2uez Tercero de lo ercantil del Primer Departamento 2udicial, desde entonces hasta la presente .echa y de las m-ltiples diligencias realizadas por el suscrito interesado a fn de ue sea cumplimentada la diligencia de desalo0o con el auxilio de la .uerza p-blica ya ordenada, '& )$ 5A LL$JAD& A $($CT& tal diligencia, en tal /irtud y toda /ez ue la autoridad se1alada como responsable no han dado C>PL**$'T& con la orden 0udicial de otorgar el auxilio de la .uerza p-blica, para lle/ar a cabo el D$)AL&2& del inmueble arriba mencionado, contra/ienen con su proceder, lo dispuesto por el artículo 8 Constitucional, moti/o por el cual me /eo en la imperiosa necesidad de promo/er el presente 0uicio a fn de ue se proceda con.orme a derecho para lograr el C>PL**$'T& D$ D*C5A &%D$' 2>D*C*AL? VI$( GARANTIA CONSTITUCIONAL VIOLADA# $l artículo 9<8 y 8 de 'uestra Constituci=n Política de los $stados >nidos exicanos, ue establece ue los .uncionarios y empleados p-blicos respetarEn el e0ercicio del derecho de petici=n, siempre ue 6sta se .ormule por escrito, de manera pacífca y respetuosa; pero en materia política s=lo podrEn hacer uso de ese derecho los ciudadanos de la %ep-blica? A toda petici=n deberE recaer un acuerdo escrito de la autoridad a uien se haya dirigido, la cual tiene obligaci=n de hacerlo conocer en bre/e t6rmino al peticionario VIII$( CONCEPTOS DE VIOLACION: $n primer t6rmino, la abstenci=n u omisi=n en ue incurren la autoridad se1alada como responsable, contra/ienen lo dispuesto por los artículos 17 y 8 de Nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos , ue establecen# "Toda persona tiene dereco a !ue se le adinistre #usticia por Tri$unales !ue estar%n expeditos para ipartirla en los pla&os y t'rinos !ue ()en las leyes****" M Blos +uncionarios y epleados p$licos respetar%n el e)ercicio del dereco de petición, siepre !ue 'sta se +orule por escrito, de anera pací(ca y respetuosa- pero en ateria política sólo podr%n acer uso de ese dereco los ciudadanos de la .ep$lica* / toda petición de$er% recaer un acuerdo escrito de la autoridad a !uien se aya diri0ido, la cual tiene o$li0ación de acerlo conocer en $ree t'rino al peticionario2*
$n el presente caso se ad/ierte ue a pesar de lo ordenado por la 2uez Tercero de lo ercantil mediante pro/eído de .echa dos de 0ulio de dos mil doce y del ofcio ue le .ue en/iado por la misma, a la C? !&4$%'AD&%A D$L $)TAD& D$ @>CATA' recepcionado en la ofcialía de partes del Palacio de !obierno del $stado desde el día ocho de agosto de dos mil doce, a fn de ue &%D$'$ o autorice al C? )$C%$TA%*& D$ )$!>%*DAD P>4L*CA D$L $)TAD& a P%&P&%C*&'A% a los agentes policíacos necesarios para dar cumplimiento con la realizaci=n de la diligencia de Desalo0o del inmueble mencionado, con el auxilio de la (uerza P-blica y, siendo el caso ue ambas autoridades hasta la presente .echa no han dado T&TAL @ C&PL$T& C>PL**$'T& a lo ordenado, toda /ez ue el C? !obernador Constitucional del $stado '& 5A A>T&%*+AD& $L A>N*L*& D$ LA (>$%+A P>4L*CA, al abstenerse de en/iar el ofcio correspondiente al C? )ecretario de )eguridad P-blica del $stado para ue 6ste a su /ez, proporcione los elementos ba0o su mando y 0urisdicci=n; y por su parte el C? )$C%$TA%*& D$ )$!>%*DAD P>4L*CA '& 5A P%&P&%C*&'AD& L&) A!$'T$) P&L*C*AC&) ba0o su mando y resultan ser necesarios para la realizaci=n de la diligencia de D$)AL&2& C&' $L A>N*L*& D$ LA (>$%+A P>4L*CA ya ordenada; por lo ue de esta .orma ambas autoridades con su proceder, /iolan en mi per0uicio la garantía indi/idual plasmada en el artículo 9< Constitucional, haciendo 'ugatorio e *lusorio el derecho de la sus crita a ue se me administre 0usticia de manera pronta y expedita? $n e.ecto, Las autoridades responsables in.ringen en mi per0uicio los citados ar#"u4o5 ;1 ? e nue5#ra Car#a 'a3na, así como el ar#"u4o MM ra""!n IK e 4a Con5#!#u"!n Po4#!"a e4 E5#ao e Yu"a#6n, el cual establece lo siguiente# 34os tri$unales no podr%n $a)o nin0n pretexto, apla&ar, dilatar, oitir ni ne0ar la resolución de las cuestiones !ue ayan sido soetidas a su conociiento2? 35on o$li0aciones del 6o$ernador del Estado * * * *9 acilitar al poder )udicial los auxilios !ue necesiten para el e)ercicio expedito de sus +unciones2, y el ar#"u4o
-1 e4 C!3o e Pro"e!m!en#o5 C!v!4e5 e4 E5#ao el cual establece el #rm!no e #re5 a5 para "ump4!r "on 4a oren 8u!"!a4 e"re#aa, por lo ue de la lectura del re.erido pro/eído se e/idencia ue a pesar del tiempo ue ha transcurrido desde la .echa en ue se dict= el pro/eído, hasta el día de hoy, las autoridades responsables y encargadas de cumplimentar dicha resoluci=n 0udicial, '& LA 5A' $2$C>TAD& a pesar de lo dispuesto por dichos preceptos legales in/ocados? $n e.ecto lo anterior se corrobora en raz=n del tiempo transcurrido, desde la .echa en ue se dict= la resoluci=n 0udicial, en la ue se ordena el desalo0o del inmueble con el auxilio de la .uerza p-blica, hasta la presente .echa )*' O>$ el C? !obernador haya autorizado mediante ofcio dirigido al Titular de la )ecretaría de )eguridad P-blica del $stado, el auxilio de la (uerza P-blica, y 6ste a su /ez no ha cumplido, al no proporcionar los agentes a su mando para la realizaci=n de la diligencia ordenada, trayendo como resultado la (ALTA D$ C>PL**$'T& & $2$C>C*&' de la citada orden 0udicial, pues a pesar de ue la C? 2uez Tercero de lo ercantil del Primer Departamento 2udicial del $stado ha &%D$'AD& la diligencia del desalo0o del inmueble con el auxilio de la (uerza P-blica, y haber transcurrido en exceso el t6rmino establecido por el artículo G< del C=digo de Procedimientos Ci/iles del $stado; hasta la presente .echa, '& )$ 5A LL$JAD& A CA4& LA D*L*!$'C*A mencionada, en tal /irtud reclamo# A?Q del C? !obernador Constitucional del $stado, LA (ALTA D$ A>T&%*+AC*&' de la (uerza P-blica, 4?Q Del C? )ecretario de )eguridad P-blica del $stado la .alta de &T&%!A*$'T& D$ L&) A!$'T$) P&L*C*AC&) necesarios para el desahogo de la diligencia, y de ambas con0untamente la .alta de %$AL*+AC*&' @ C>PL**$'T& D$ LA D*L*!$'C*A D$ D$)AL&2& D$L *'>$4L$ 'ARCADO CON EL NU'ERO SETECIENTOS VEINTICUATRO DE
LA CALLE NOVENTA Y SIETE LETRA B DEL FRACCIONA'IENTO 'AN%ANA CIENTO QUINCE YUCATN C&' $L A>N*L*& D$ LA (>$%+A P>4L*CA @A &%D$'ADA? Todo lo anteriormente expuesto trae como consecuencia ue a pesar de estar ordenado el desalo0o del inmueble con el auxilio de la (uerza P-blica, hasta la presente .echa '& )$ 5A C>PL*D& C&' LA $2$C>C*&' de la diligencia ordenada, incurriendo dichas responsables en la .alta de $0ecuci=n de la diligencia; constituyendo 6ste el acto y moti/o por el cual me /eo precisado a promo/er la presente demanda en amparo, solicitando a >sted, C? 2uez de Distrito, ue en /irtud de la denegaci=n de 0usticia, a mi derecho de pronta expedici=n de 0usticia, se me conceda el amparo y protecci=n de la 0usticia .ederal para el e.ecto de ue la autoridad responsable cumpla con.orme a derecho con la $2$C>C*&' y no -nicamente con ordenar la realizaci=n de la .uerza p-blica o f0ar .echa para la realizaci=n de la misma? Cabe hacer notar ue los actos ue reclamo de cada una de las autoridades responsables, son por su naturaleza ACT&) *'*'$'T$), ya ue para la realizaci=n de la diligencia de D$)AL&2& C&' $L A>N*L*& D$ LA (>$%+A P>4L*CA, es necesaria la e0ecuci=n de /arios actos por parte de cada una de las autoridades ue inter/ienen en la e0ecuci=n de la diligencia, siendo estos los siguientes# 9?Q Del 2uez# el ordenamiento de la diligencia, I?Q Del C? !obernador del $stado la Autorizaci=n del auxilio de la (uerza P-blica, ?Q Del C? )ecretario de )eguridad Publica proporcionar los agentes ba0o su mando y auxiliar a la autoridad ordenadora para cumplimentar dicha diligencia, G?Q Del C? Actuario adscrito al 2uzgado ordenador, la e0ecuci=n de la diligencia; desprendi6ndose del presente caso ue cada autoridad realiza un acto ue re/iste las siguientes características# 9?Q )e deri/an de manera directa y necesaria de uno anterior Rel ordenamiento dictado por el 2uez; y I?Q )on e0ecutables de manera inmediata y cierta al acto ue le precede, por lo ue estos actos cumplen con las características necesarias para ser considerados de carEcter *'*'$'T$? $n tal /irtud, al ser los actos reclamados de carEcter inminente ya ue es necesaria la participaci=n y cumplimiento de la parte o acto ue le corresponde a cada una de las autoridades se1aladas como responsables para la completa realizaci=n y desahogo de la diligencia de desalo0o ordenada, debe de concederse a mi .a/or el amparo y protecci=n de la 2usticia de la >ni=n en contra de ambas autoridades se1aladas como responsables, a fn de estar en aptitud de reuerir y hacer cumplir el acto ue le corresponde a cada autoridad en el cumplimiento de la diligencia de Desalo0o con el auxilio de la (uerza P-blica de manera inmediata, ya ue como se prueba, las responsables se encuentran /iolando mis garantías indi/iduales al no cumplir con el acto ue le corresponde en el plazo de T%$) D*A) ue para el caso se1ala el artículo G< del C=digo de Procedimientos Ci/iles del $stado? )ir/e de sustento legal al presente caso la siguiente Tesis#
&cta/a 3poca *nstancia# )$!>'D& T%*4>'AL C&L$!*AD& D$L )$NT& C*%C>*T&? (uente# )emanario 2udicial de la (ederaci=n Tomo# N*Qarzo PEgina# 9<
ACTO IN'INENTE$ CARACTERISTICA? Para ue un acto de autoridad re/ista el carEcter de inminente, es menester ue el mismo deri/e de manera directa y necesaria de otro preexistente, de tal manera ue con .acilidad pueda asegurarse ue se e0ecutarE en bre/e y sin lugar a dudas, pues de otra manera ese acto no sería inminente sino .uturo e incierto, contra el ue no procede otorgar la suspensi=n? )$!>'D& T%*4>'AL C&L$!*AD& D$L )$NT& C*%C>*T&?
Amparo en re/isi=n 9I7HI? 2ose.a @auhtentzi ontiel? 9 de marzo de 9I? >nanimidad de /otos? Ponente# 2os6 !al/En %o0as? )ecretario# Armando Cort6s ! al/En? Amparo en re/isi=n IH? icaela (lores 2im6nez? I de septiembre de 9? >nanimidad de /otos? Ponente# 2es-s !al/En %o0as? )ecretario# 2orge PatlEn &rigel? 'o/ena 3poca 'o? %egistro# 99 *nstancia# Tribunales Colegiados de Circuito 2urisprudencia (uente# )emanario 2udicial de la (ederaci=n y su !aceta N, )eptiembre de 9 ateriaRs# Ci/il Tesis# N*J?IS? 2HI9 PEgina#<7
FUER%A PBLICA$ LA O'ISIN DE SU AUKILIO OPORTUNO PARA CU'PLI'ENTAR LAS DECISIONES JUDICIALES EN 'ATERIA CIVIL) I'PLICA VIOLACIN AL ARTCULO ;1 CONSTITUCIONAL >LEGISLACIN DEL ESTADO DE YUCATN@$ Atento lo dispuesto por el artículo 9< constitucional, toda persona tiene derecho a ue se le administre 0usticia por tribunales ue estEn expeditos para impartirla en los plazos y t6rminos ue establezcan las leyes; asimismo, el artículo Go?, .racci=n **, de la Ley &rgEnica del Poder 2udicial del $stado de @ucatEn, dispone ue estEn obligados a prestar auxilio al Poder 2udicial en la administraci=n de 0usticia la )ecretaría de Protecci=n y Jialidad y la Policía 2udicial del $stado, así como las demEs corporaciones policiacas en la entidad; el artículo o? siguiente, se1ala ue el $0ecuti/o del $stado .acilitarE el e0ercicio de las .unciones ue en su caso correspondan a dichas autoridades y el artículo G< del C=digo de Procedimientos Ci/iles del $stado de @ucatEn, establece ue cuando no se se1ala t6rmino para la prEctica de un acto o para el e0ercicio de alg-n derecho, se entenderEn concedidos tres días? $n este orden de ideas, resulta claro ue cuando las autoridades administrati/as act-an en auxilio de la .unci=n 0urisdiccional, sus actos u omisiones estEn en aptitud de /ulnerar los derechos sub0eti/os p-blicos del gobernado relacionados en el citado dispositi/o constitucional, toda /ez ue aunue se trata de =rganos .ormalmente administrati/os, su inter/enci=n en esa hip=tesis estE inmersa en la .unci=n 0urisdiccional? $n consecuencia, cuando el secretario de Protecci=n y Jialidad del $stado omite e0ecutar de .acto una orden del gobernador del $stado emitida en relaci=n a una resoluci=n de la autoridad 0udicial dentro del t6rmino a ue se refere el artículo G< del c=digo procesal mencionado, tal conducta se traduce en el incumplimiento material de un mandato del =rgano 0urisdiccional, ue se origina merced al e0ercicio de un derecho promo/ido por un particular y, por ende, su omisi=n es /iolatoria de la garantía constitucional consagrada en el in/ocado artículo 9< de la Carta agna; sin ue deba soslayarse ue tambi6n incumple con lo establecido en la .racci=n * del artículo de la Ley de %esponsabilidades de los )er/idores P-blicos del $stado de @ucatEn, ue se1ala ue para sal/aguardar la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y efciencia ue deben obser/ar en el desempe1o de su cargo, dichos ser/idores deberEn cumplir con la mExima diligencia el ser/icio ue les sea encomendado y abstenerse de cualuier acto u omisi=n ue cause la suspensi=n o defciencia de su ser/icio o impliue abuso o e0ercicio indebido de un empleo, cargo o comisi=n? )$!>'D& T%*4>'AL C&L$!*AD& D$L D3C*& C>A%T& C*%C>*T&? Amparo en re/isi=n 79:H7? Cornelio 5errera %e0=n? 7 de .ebrero de 9 >nanimidad de /otos? Ponente# (ernando Amor=s *zaguirre? )ecretario# !onzalo $olo DurEn olina? Amparo en re/isi=n 9<H 2os6 $mir @za Jillanue/a? 9 de mayo de 9 >nanimidad de /otos? Ponente# (ernando Amor=s *zaguirre? )ecretario# !onzalo $olo DurEn olina? Amparo en re/isi=n GH? ateriales Anillo Peri.6rico, )?A? de C?J? 9o? de 0ulio de 9? >nanimidad de /otos? Ponente# Paulino L=pez illEn? )ecretaria# aría *sabel Cetina %osas? APA%& $' %$J*)*K' :H? )ergio Jicente Chí $uan? 9o? de 0ulio de 9? >nanimidad de /otos? Ponente# %auel Aldama Jega? )ecretario# %ub6n Laureano 4riones del %ío? Amparo en re/isi=n 97H? Jíctor anuel $strella Couoh? I de septiembre de 9? >nanimidad de /otos? Ponente# %auel Aldama Jega? )ecretaria# irza $stela 4e 5errera? 'ota# Por e0ecutoria de .echa 9I de septiembre de I::<, la Primera )ala declar= inexistente la contradicci=n de tesis 7IHI::
Tesis Aislada (uente# )emanario 2udicial de la (ederaci=n y su !aceta NNJ*, Diciembre de I::< ateriaRs# Constitucional Tesis# P? NL*NHI::< PEgina#I9
GARANTAS INDIVIDUALES$ EL RETARDO) O'ISIN O INCU'PLI'IENTO DE LOS DEBERES DE LAS AUTORIDADES PUEDE DAR LUGAR A LA VIOLACIN GRAVE DE AQUHLLAS$ $l e0ercicio oportuno de las obligaciones de las autoridades para mantener el orden p-blico constituye una garantía indi/idual de los gobernados, por lo ue la omisi=n de tal e0ercicio, en condiciones extremas, implica una /iolaci=n gra/e de garantías, al ser obligaci=n de los =rganos del $stado /elar por la seguridad p-blica y por la protecci=n del orden p-blico, los cuales son .undamentales para la /igencia de las garantías indi/iduales, consagradas en la Constituci=n Política de los $stados >nidos exicanos? Lo anterior es así, ya ue la pluralidad de intereses, la di/ersidad de ideas y de necesidades de la poblaci=n, generan zonas de conFicto entre las personas y grupos cuando e0ercen sus derechos al amparo de dichas garantías pues, por un lado, se encuentra la de la libre expresi=n de las ideas pre/ista en el artículo 7o?, aunado a las libertades ciudadanas de asociaci=n y reuni=n pacífca, contenidas en los artículos o? y o?, limitadas constitucionalmente por el respeto al derecho de los demEs y al orden p-blico y el no e0ercicio de la /iolencia y, por otro, el derecho a e0ercer libremente la pro.esi=n o industria ue cada uien determine, la libertad de traba0o, el derecho al respeto de la propiedad y la integridad, y la in/iolabilidad del domicilio, derechos .undamentales ue pueden /erse a.ectados por el e0ercicio de las prerrogati/as mencionadas anteriormente? Así, estos puntos de contacto reuieren de mecanismos de control por tratarse de conFictos de garantías indi/iduales y el orden p-blico al ue se refere la Constituci=n, toda /ez ue las garantías indi/iduales instituidas para las personas no pueden de.enderse sino por mandato constitucional, pues ninguna persona podrE hacerse 0usticia por sí misma ni e0ercer /iolencia para reclamar su derecho, como lo se1ala el artículo 9< constitucional? $sto es, nadie tiene legitimidad para usar su propia .uerza en contra de los demEs, de manera ue el $stado es el -nico ue puede utilizarla cuando es necesario para mantener el orden y la paz p-blica y, por ende, conser/ar las condiciones necesarias para la /igencia de las garantías indi/iduales ue establece la Constituci=n, por lo ue la seguridad p-blica se encuentra a cargo de los tres =rdenes de gobierno en .orma concurrente, cuyas policías deben actuar con.orme a los principios rectores, entre los ue se incluye la efciencia? $n ese orden de ideas, los derechos de protecci=n son derechos constitucionales encaminados a ue el $stado organice y mane0e el orden p-blico de una determinada manera por lo ue respecta a la relaci=n recíproca de su0etos 0urídicos iguales; de ahí ue si el $stado no e/ita las inter/enciones de particulares sin sustento legal en bienes protegidos, entonces las permite? $n e.ecto, la seguridad p-blica y las garantías indi/iduales no se contraponen, se implican y se complementan, por lo ue au6lla debe sal/aguardarse para garantizar los derechos .undamentales, de manera ue así como debe in/estigarse la responsabilidad por el exceso de la .uerza, debe in/estigarse tambi6n el incumplimiento de deberes constitucionales y de /iolaci=n gra/e de garantías indi/iduales por e.ecto de ese tipo de omisiones? *n/estigaci=n Rartículo < constitucional 9HI:: CEmara de Diputados del Congreso de la >ni=n? I9 de 0unio de I:: >nanimidad de diez /otos? Ausente# argarita 4eatriz Luna %amos? Ponente# 2uan '? )il/a eza? )ecretario# 2aime (l ores Cruz? $l Tribunal Pleno, el uince de octubre en curso, aprob=, con el n-mero NL*NHI::<, la tesis aislada ue antecede? 6xico, Distrito (ederal, a uince de octubre de dos mil siete?
IK$( SUSPENSION: 'o se solicita por la índole del presente asunto? $n este sentido y a fn de acreditar lo ya mani.estado, o.rezco las siguientes# P R U E B A S:
*?Q LA D&C>$'TAL P>4L*CA consistente en todas y cada una de las actuaciones y constancias ue integren el presente expediente durante la secuela de este 0uicio de garantías, en todo lo ue .a/orezcan los derechos e intereses de mi representada? **?Q LA D&C>$'TAL P4L*CA consistente en la copia .otostEtica certifcada del ofcio n-mero dos mil ciento treinta y nue/e de .echa tres de agosto del dos mil doce emitido por la 2uez Tercero de lo ercantil del Primer Departamento 2udicial del $stado dirigido al C? !obernador Constitucional del $stado el cual contiene el sello de recibo de la ofcialía de partes donde consta ue desde el ocho de agosto del dos mil doce recibieron dicho ofcio? ***?Q LA) P%$)>'C*&'$) L$!AL$) @ 5>A'A) ue se desprendan del presente procedimiento en todo lo ue .a/orezcan mis derechos e intereses en el presente 0uicio de garantías, con la plenitud de 0urisdicci=n del cual goza usted C? 2uez de Distrito para resol/er el presente 0uicio de acuerdo a dichas constancias? $n m6rito de lo anteriormente expuesto y con .undamento legal en los artículo 8 y 9<8 de la Constituci=n Política de los $stados >nidos exicanos y los artículos 9,9I, 9:< .racci=n **, 9: y demEs relati/os aplicables de la ley de amparo en /igor? Así como el principio de SUPLENCIA DE LA DEFICIENCIA DE LA QUEJA$ Por lo anteriormente expuesto, razonado, demostrado y .undado# A USTED C$ JUE% DE DISTRITO ATENTA Y RESPETUOSA'ENTE PIDO SE SIRVA tenerme por presentada con el memorial de cuenta, copias de rigor y demEs documentos ue acompa1o, haciendo las mani.estaciones a ue me contraigo, promo/iendo .ormal demanda en 2>*C*& D$ APA%& P&% D$'$!AC*&' D$ 2>)T*C*A pronta y expedita en contra de la autoridad se1alada como responsable, solicitando se sir/a admitir la presente demanda a fn de ue pre/ios los trEmites legales de rigor con.orme al procedimiento tutelar, dicte resoluci=n declarando ue la 2usticia de la >ni=n me Ampara y Protege con respecto a las autoridad se1alada como responsable, con todas sus legales consecuencias? Protesto lo necesario, en la ciudad de 6rida, @ucatEn a los treinta días del mes de abril de dos mil uince? UUUUUUUUUUUUUUUUUUUUUUUUUUUUUUUUUUUUUUUUUUU LIC$ ARON ALFONSO GIL DIA%