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Unidad 1: Introducción 1.1 Figuras procesales en el amparo. LA CAPACIDAD. La capacidad de goce. Facultad de una persona de ser sujeto de derechos y obligaciones. La capacidad de ejercicio. P…Descripción completa
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Demanda de amparo promovido por un arrendatario (tercero extraño al juicio) en contra de la orden de embargar los bienes muebles que se encuentran dentro del domicilioDescripción completa
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esta obra versa sobre la ley de amparo vigente en el pais.Descripción completa
esta obra versa sobre la ley de amparo vigente en el pais.
#UEJOSO$ DANIEL CASTILLO ESTRADA TERCEROS PERJUDICADOS$ GUILLERMO GÓMEZ ACEVES Y CRUZ ALEGR%A GUTI&RREZ C. JUEZ S&PTIMO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE M&'ICO, CON SEDE EN NAUCALPAN DE JUÁREZ, ESTADO DE M&'ICO.
GUILLERM ERMO GÓMEZ ACEVES Y CRUZ ALEGR%A ALEGR%A GUTI&RREZ GUTI&RREZ , por nuestro propio derecho y en nuestro carácter de terc terceeros ros perj perjud udic icad ados os,, per person sonalid alidaad que que tene tenemo moss debi debida dame ment ntee reconocida reconocida en los los autos del juicio juicio de Amparo Amparo que se cita al rubro, rubro, y desde este momento momento nombra nombrando ndo como represe representant ntantee común al segundo segundo de los nombrados, por nuestro propio derecho señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones y documentos en los Estrados de este H. ribunal, autori!ando en t"rminos del articulo #$ de la %ey de Amparo a los señores señores licenciados licenciados,, &A'(A )*A+E% )*A+E% A'-(A A'-(A *A%AA *A%AA', ', ')-A'/0 ')-A'/0 'E10 'E10 2A'A* 2A'A* , quienes cuentan con c"dula c"dula profesional con los efectos efectos de patente para ejercer la profesi3n de licenciado en derecho números 4567$68 9 $#6#$$8 respecti:amente, debidamente e;pedidas por la /irecci3n eneral de ?@E 2>?@E, , @)%%E @)%%E'&0 '&0 &E &E
e;pediente que señala el quejoso fueron legalmente moti:adas y con estricto apego al procedimiento mercantil, puesto que incluso ya e;isten sentencia definiti:a e interlocutoria dictadas en dicho e;pediente , las cuales nunca fueron atacadas, ni por el demandado ni por ninguna otra persona que se sintie sintiera ra afe afecta ctado, do, lle:án lle:ándos dosee acabo acabo embarg embargo o de bienes bienes dentro dentro de dicho dicho domicilio, por lo que es infantil que trate de sorprender a esta autoridad federal, argumentando que se pretende embargar su domicilio o el inmueble del que dice es propietario, cuando en ningún momento se ha dictado por el jue! señalado como autoridad responsable disposici3n alguna que ordene el embargo de dicho inmueble, por tanto al no e;istir la supuesta orden de embargo en contra del inmueble del que dice ser propietario el quejoso, por ende tampoco e;iste fundamento legal para su queja, por lo que considero se debe dictar sentencia definiti:a negándole el amparo y protecci3n de la justicia federal.
PROTESTO LO NECESARIO GUILLERMO GÓMEZ ACEVES
CRUZ ALEGR%A GUTI&RREZ
CORPORATIVO GÓMEZ Y ASOCIADOS .
e;pediente que señala el quejoso fueron legalmente moti:adas y con estricto apego al procedimiento mercantil, puesto que incluso ya e;isten sentencia definiti:a e interlocutoria dictadas en dicho e;pediente , las cuales nunca fueron atacadas, ni por el demandado ni por ninguna otra persona que se sintie sintiera ra afe afecta ctado, do, lle:án lle:ándos dosee acabo acabo embarg embargo o de bienes bienes dentro dentro de dicho dicho domicilio, por lo que es infantil que trate de sorprender a esta autoridad federal, argumentando que se pretende embargar su domicilio o el inmueble del que dice es propietario, cuando en ningún momento se ha dictado por el jue! señalado como autoridad responsable disposici3n alguna que ordene el embargo de dicho inmueble, por tanto al no e;istir la supuesta orden de embargo en contra del inmueble del que dice ser propietario el quejoso, por ende tampoco e;iste fundamento legal para su queja, por lo que considero se debe dictar sentencia definiti:a negándole el amparo y protecci3n de la justicia federal.
PROTESTO LO NECESARIO GUILLERMO GÓMEZ ACEVES
C. JUEZ DECIMOPRIMERO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE M&'ICO, CON SEDE EN NAUCALPAN DE JUÁREZ, ESTADO DE M&'ICO.
ABEL ELEAZAR ELEAZAR ;URTADO ;URTADO ORTIZ , por mi propio propio derecho derecho y en mi carácter carácter de tercero tercero perjudicado, perjudicado, persona personalidad lidad que tengo debidamente reconocida en los autos del juicio de Amparo Amparo que se cita al rubr rubro, o, seña señala land ndo o como como domi domici cililio o par para oír oír y reci recibi birr toda toda clas clasee de notificaciones y documentos en los Estrados de este H. ribunal, autori!ando en t"rminos del articulo #$ de la %ey de Amparo a los señores licenciados, &A'(A )*A+E% )*A+E% A'-(A *A%AA', *A%AA', A+')E% 'E9E* 'A0 'A0 y ')-A'/0 ')-A'/0 'E10 2A' 2A'A* A* quie quiene ness cuen cuenta tan n con con c"du c"dula la prof profes esio iona nale less con los los efec efecto toss de pate patent ntee par para ejer ejerce cerr la prof profes esi3 i3n n de lice licenc ncia iado do en dere derech cho o núme número ross 4567$68, 4#7F 4#7F5# 5#$ $ , resp respec ecti ti:a :ame ment nte, e, debi debidam damen ente te e; e;pe pedi dida dass por por la /irecci3n eneral de ?@E, @)%%E'&0 &E * '0&E'0, &BM)-0, %A 0'/E /E E1E-@-), E&+A'0 9 A@0 ?@E A@0')A %A =@E'A <@+%)-A 9 '0&<)&)E0 /E -E''A/@'A*, A*( -0&0 E% *E-@E*'0 /E %0* +)EE* E&+A'A/0* E %A /)%) /)%) E-) E-)A A /E =E-H =E-HA A 5F /E 1@%) 1@%)0 0 /E% /E% AN0 #544 #544,, /)- )-A/A 9 E1E-@A/A <0' %A A@0')/A/ *ENA%A/A -0&0 'E*<0*A+%EK /entro del e;pediente marcado con el numero 45O$G#545, siendo cierto lo que afirma el quejoso, ya que las actuaciones que se describen fueron reali!adas en un domicilio distinto al del suscrito, ya que en mi domicilio que mi domicilio actual y que es el mismo que he tenido desde siempre lo es el ubicado en calle 2ico numero 58, colonia %omas de epalcapa, &unicipio de Ati!apán Ati!apán de arago arago!a, !a, Estado de &";ico, &";ico, c3digo c3digo postal 8#7#O, 8#7#O, lo que ha constatado esta autoridad mediante su actuario, quien fue quien me notifico y requiri3 para comparecer como tercero perjudicado ante esta autoridad.
A LOS ANTECEDENTES 4. 4. En cuan cuanto to a este este ante antece cede dent nte, e, es de mencio mencionar narse se que lo narra narrado do por el ?uejoso ?uejoso el totalme totalmente nte cierto cierto,, ya que siendo el señor 'AL% +A''E'A -H>2E padre de mi no:ia, fue quien me entero de los hechos ejecutados por la autoridad responsable en su domicilio particular y en bienes de su propiedad, por lo que incluso promo:í un )nci )ncide dent ntee de ulid ulidad ad de Actu Actuac acio ione ness en el menc mencio iona nado do proce procedi dimie mient nto, o, basado en que se reali!o la ejecuci3n de embargo y empla!amiento en un domicilio distinto distinto al del suscrito. suscrito. . #. En cuanto al segundo de los antecedentes, por ser una manifestaci3n propia del ?uejoso no se hace referencia alguna en cuanto a su contenido, haciendo hincapi" únicamente en que el suscrito no :i:o y nunca he :i:ido en el domicilio donde se reali!aron los actos por la autoridad responsable. 6. 6. /o P/o-)+3 () J2-++ ?)()/ @o #2)7oo, en :irtud :irtud de que que si es proceden procedente te el mismo contra el acto reclamado precisamente por haberse reali!ado en un domicilio distinto al del suscrito.
#UEJOSO$ JUAN MANUEL MONTES PADILLA AMPARO INDIRECTO$ E%P. &&&&&&& TERCEROS PERJUDICADOS$ CARLOS ANDR'S MORALES CÁRDENAS
C. JUEZ TERCERO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE M'%ICO, CON SEDE EN NAUCALPAN DE JUÁREZ, ESTADO DE M'%ICO.
CARLOS MANUEL MONTES PADILLA , por mi propio derecho y en mi carácter de tercero perjudicado, personalidad que se tengo debidamente reconocida en los autos del juicio de Amparo que se cita al rubro , señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones y documentos en los Estrados de este H. Tribunal, autoriando en t!rminos del articulo "# de la $ey de Amparo a los señores licenciados, MAR(A GISELA GONZÁLEZ ÁNGELES , MARIA ISABEL GARC(A SALAZAR, GABRIEL REYES RAZO , GUILLERMO GÓMEZ ACEVES ) MANUEL ESPARZA TORRES, quienes cuentan con c!dula profesionales con los efectos de patente para ejercer la profesi%n de licenciado en derecho n&meros '()'#"*, +)-#)(, +"-*"# y )"-***+, respectiamente, debidamente e/pedidas por la 0irecci%n 1eneral de 2rofesiones dependiente de la 3ecretaría de Educaci%n 2ublica, asimismo y para el &nico efecto de oír y recibir notificaciones, imponerse de autos y recibir documentos a los pasantes en derecho RICARDO TREJO VARGAS, ELIZABET* +LORES VÁZ#UEZ, GUILLERMO GÓMEZ P'REZ ) BELEM GÓMEZ P'REZ, profesionistas todos !stos quienes podrán actuar conjunta o separadamente, ante 4stedes con el debido respeto comparecemos a e/poner5 6ue por medio del presente escrito, estando en tiempo y forma, con fundamento en lo dispuesto por los artículos +'# y demás relatios de la $ey de Amparo, enimos a apersonarme al presente juicio con el carácter de tercero perjudicado, seg&n lo ordenado por auto dictado en el presentes juicio de garantías, para lo cual realio las siguientes manifestaciones relacionadas con lo manifestado por el quejoso5
IV EN CUANTO AL ACTO RECLAMADO +.7 El quejoso señala como acto reclamado por lo que hace al de la Autoridad 8rdenadora 9. :4E; 9<=<$ 0E 94A>T?A @E>8 0E AT<;A2B> 0E ;AA18;A, E3TA08 0E @CD<98, la resoluci%n dictada en fecha diecisiete de junio del año dos mil die, en el e/pediente marcado con el numero +*("+-, es de manifestar a este Tribunal que el hoy 6uejoso señala en forma general como acto reclamado la totalidad de la 3entencia 0efinitia 0ictada por el :ue 9iil de 9uantía @enor de Atiapán de ;aragoa, Estado de @!/ico, por consiguiente trata de atacar la totalidad de la sentencia en el presente recurso , por lo que en eso t!rminos debe sujetarse el análisis y resoluci%n en el presente juicio de amparo .
VII. A LOS ANTECEDENTES +.7 En primer lugar, el hecho que narran como antecedente refiri!ndose a la 3entencia 0efinitia 0ictada por el :ue de 9uantía @enor de Atiapan de ;aragoa, Estado de @!/ico, de fecha diecisiete de junio del año dos mil die, es cierto , pero dicha resoluci%n no le causa perjuicio alguno , pues si se encuentra apegada a derecho, guardando los lineamientos que le impone el 9%digo Federal de 2rocedimientos 9iiles en igor, pues no se dejo de analiar ninguna de las pruebas ofrecidas por las partes. ".7 En cuanto a este hecho narrado por el hoy quejoso, es falsos que la 3entencia en comento no se encuentre apegada a derecho,
pues del estudio de $a misma se aprecia que todos y cada uno de los puntos en litigio, documentos y pruebas presentados por la partes, fueron objeto de análisis dentro de dicha resoluci%n, luego entonces procede decretar el sobreseimiento del mismo.
VIII. EN CUANTO A LOS CONCEPTOS DE VIOLACIÓN PRIMERO En primer lugar, de lo argumentado como fuente del concepto de iolaci%n, que inoca el quejoso , en el sentido de que no se atenido debidamente la confesional del suscrito, precisamente en la posici%n se/ta que en forma oral se me formulo, quiero hacer hincapi! que si bien estoy afirmando dicha posici%n, la afirmaci%n se refiere a la suscripci%n - / documento en fecha cinco de febrero del año dos mil nuee, pero lo demás, argumentado por el hoy quejoso, es meramente interpretatio, pues el hecho de haber afirmado que se suscribi% un documento en la fecha indicada, en ninguna otra parte del interrogatorio se preciso que el document% de referencia, fuera precisamente el documento base de la acci%n, ni tampoco se admiti% de manera alguna con esta respuesta que el documento base de la acci%n haya sido firmado en blanco, por lo que todas estas afirmaciones carecen de sustento dentro del procedimiento que nos ocupa