HISTORIA
O I R A M I M E S -
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Seminario de Historia Rural Andina UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS
© D, R. El pa pe l se llado en el Perú Colonial 16 40- 182 4 Luz Eladia Peralta Apaza © D, D, R, I a edic ión Semin ario de Histori a Rural Andin a
SEMINARIO DE HISTORIA RURAL ANDINA-UNMSM
Rector: Luis Fernando Izquierdo Vásquez Director Fundador: Pablo Macera Directora: Directora: Nanda Leonardini Jr. Andairuaylas 348, Lima 1 Telf. Telf. (51-1} 619 7-00 0 anexo 6158 Correo electrónico:
[email protected] Página Web: http://www.unmsm.edu.pe/shrural/ Lima-Perú, octubre 2007
Edición: Yolanda Candia Quispe Carátula: Sello real de Felipe Felipe IV, IV, bienio 1 642 -16 43 (papel sello 2°) sello 2°) Contracarátula: Primer Primer papel sellado emitido. emitido. Sello Sello Io, 1640-16 91 Impresión: Miguel Pinto Huaracha
Hecho el Depósito Legal Legal en la Biblioteca Nacional del del Perú Perú:: 200 7-0 988 3 ISBN: 978-9972-231-19-3
Ontnoducción
El uso del papel sella sellado do en el Perú comen comenzó zó desde desde el período período coloni colonial al, , a partirde partirde 1640 y continuó durante la República República hasta hasta 19861. En un principio principio tuvo comofi como fin nlograrelincrementode lograrelincrementode losi losing ngre reso sosha shacia cia lapenínsul lapenínsula,puest a,puesto o queademásdeseru queademásdeserun n recurs recursoeconóm oeconóm ico,establecíaatra ico,establecía atravésdes vésdesu ucompra com pra un conduct conducto o vivo vivo por el cual cual la coro corona na consol consoliidaba daba su monopol monopolio io sobre bre Hispa Hispanoa noaméri mérica. ca. Por otra otra parte, parte, sirv sirviió para para sost sosten ener er una nueva nueva estr estruct uctur ura a burocráticaenel Perúenunacoyunturaespecialmentedifícil enunacoyunturaespecialmentedifícil.. Al instaurar instaurar este este tipo de oficios, oficios, lo que en realidad realida d se hizo hizo fue crear puestos de trabaj trabajo o para para los espa españo ñolles ameri america cano nos, s, y en segu segund ndo o lugar ugar lograr lograr, ,en en menorcuantía, ingr ingres esos osa a la corona. El porce ntaje delo de losi sing ngre reso sos s alascajasrealesporelpapelselladonofuemuysignificativoconrespecto alosotrosrubros,niconlosHabsburgoniconlosBorbones. Las razones ones aduci aducidas das en las leyes sobr sobre e él para para su intr introd oduc ucci ción ón, , esta estaban ban vinculadas vinculadas a lo poco fiabl fiables es que eran eran los documentos tramit tramitados ados
1 Eseañosepublicó añosepublicó el Decr eto Legislati LegislativoN voN ° 363 363 (dado (dado ypromulgadoen 10/01/ 10/01/198 1986, 6, ypublicadoen 11/01/198 11/01/1986)po 6)po r elqueseeliminó lqueseeliminó el uso obligatorio delpapelsella delpapelselladoen doen todos lostrámites lostrámites yprocedimientosadministrativos yjudiciales.
ordinariamente ante los organismos reales, pues estos podían adulterarse utilizando papel común. En otras palabras, los papeles en trámite con el sello del rey tendrían mayor garantía.
Su introducción empieza de esta
formaateneruncarizqueenadelantereflejaríaelcarácterestamentalde lasociedadcolonialenelPerú. Siendo el Perú un virreinato, la diferencia entre personas de distinto estatussocial y económ ico se reflejó a travésde los cuatro tipos de papel sellado de diferentes valores: el papel sello I o para tramitar títulos y mercedes, el de sello2o para lasescrituraspúblicas, elde sello3o para los procesos judiciales y el de sello 4° para cualquier tipo de gestión que realizaranlospobresdesolemnidadeindios,loquesepuedeverificaralver la diferencia en los tamaños, así como en la belleza y la claridad de las improntas.
Visto estaba que la calidad en el trato a las personas era
jerarquizado. Laescasaproducciónydemanda delosdosprimerostiposde papel,reflejóotracondiciónquebeneficiabaalosmiembrosdelaelite;ésta usaba el papel de alta denominación en contadasocasionespara asuntos muy puntuales. La producción mayoritaria, de los papeles sello 3o y 4o estaba dirigida para la mayoría de los súbditos de la corona, y la más expuesta a transgredir la ley; asimismo, recaía sobre los indígenas que tenían queafrontar los problemas derivados de lasvisitasy composiciones de tierras y otra serie de abusos, factiblesde corroboraren los recurrentes litigios ante la Real Audiencia.
Como se verá, la introducción del papel
sellado destacó la diferencia en la vida no sólo formal sino también domésticaycotidiana entodoslosnivelesdelasociedadcolonial. Paraaccederalajusticia,losindígenasiniciabansusgestionesconel cuarto tipo de papel, pues no obstante que en principio ellos no estaban
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obligados a usarlo, procuraron contar con este recurso aunque sea para iniciarel proceso, buscando así la garantía de sus gestionesy la eventual solución a sus problemas. Este referente legal y real para fines posteriores, erala únicaforma de presentarun expedientequevaliera porsímismo. Es posible que la sola identificación de los sellos por parte del involucrado analfabeto le bastara para recordara qué asunto correspondía, haciendo usoexclusivodelamemoria.
A través del estudio de las mentalidades o de la cultura es posible establecervarias preguntas quepueden sercontestadas en algunoscasos sólo por intuición o deducción, estableciendo el contexto, ubicando el escenarioyla épo ca d la cual losprotagonistaspertenecieron, imaginando incluso sus relaciones humanas como parte de un todo al interior de las institucionesdonde sedesarrollanioshechos. En este caso, tratándose del período colonial peruano, la iglesia delineó la mentalidad de la época, el Estadolasnormasenelplanopúblicoyprivado,mientraselreyrepresentaba a la nación y a la patria española y debía servir a ambas. La población indígena, si bien le merecían al rey todas las consideraciones por los serviciosque prestaba, no formaba partede sus intereses, más aúncuando no podía defender sus propios territorios extrapeninsulares. La población indígena conocía que los beneficiados en la sociedad colonial eran los peninsulares ysus descendientes, que los noblesindígenaseranel nexode la dominación y a la vez sus representantes; sabían también, que esa situación era el precio de la derrota.
Estas consideraciones son muy
importantesparapoderevaluarelsignificadoquetuvoelpapelselladoen losdiferentesestratossocialesdeaquellaépoca. Para los indígenaselsello
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real no representaba nisu patria, ni su dios, ni sus intereses, pero si lallave para transitar espacial y temporalmente en un mundo dominado por el invasor. Es asimismo interesante analizar el papel sellado desde otra perspectiva,ladeldiseñodelossellosreales,delasepígrafesysellosde revalidación. El Dr. Pablo Macera comenta que, al margen de lobello o simplequepudieranhabersidolossellosdelospapeles,nocabedudaque su diseño debió haber sido más significativo para el iletrado por la simbología iconográfica. Por su parte ios escudos habidos dentro de los sellos reales representan los territorios españoles, o me¡or dicho las principales jurisdicciones de España, que cambiaban de acuerdo a las victorias o derrotas que el rey obtenía en la apuesta o defensa por algún territorio. El papel sellado en el Perú no ha sido objeto de estudio; ha pasado inadvertidoapesardelosignificativoqueeraparaelnormaldesempeñode lasfuncionescotidianas. La presenteinvestigación tiene com ofinestudiarla utilidadprácticayvisibledeestaimportantehuelladocumentaría,asícomo el rol que ocupó en la perspectiva política y económica de la sociedad española y su imposición en Hispanoamérica, además de analizar los aspectosartísticosysocialesenlaconsolidacióndelaestructuracolonial. La iniciativa surgiódelinteréspor realizaruna exposiciónde símbolos cuyos mensajes no escritos pudieran manifestarse y llegar a la población común con un tema quese aproximaba al arte y con una perspectiva de largaduraciónnacidaenlaColoniayfenecidaenlaRepública. Este trabajo se ha basado fundamentalmente en la información archivística del Archivo General de la Nación. La exigencia del tema hizo
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quesehayanpriorizadolosfondosquecorrespondenalaadministracióndel PapelSellado: Estancos,series: C-14 Lima, C-14PapelSelladoy C-4 Ramo delPapelSellado,loscualescontienencuadernillossinnumerar;entreellos se encontró la pragmática de la ley del Papel Sellado2, documentación irregular como fragmentada de 1761 a 1830, correspondientes a diversos estanquillos3, indiferenciadadealgunosresúmenesgenerales. También se encontraron otros tipos documentales, como: abonos, asientos de cargo, bandos, cargaremes (recibos), cargos de caudales, cartas,certificaciones,comunicaciones,cuentas(delatesoreríageneral,de los almacenes), devoluciones, estados de cargo y data (de papel, de facturas, de valores, de estanquillos, etc., expedientesde pliegos, facturas, inventarios, libramientos (órdenes de pago), libretas de cargo y data, liquidaciones, nómina de sueldos, ordenaciones (decargo, de entrega, de venta),razonesdeentregadepapel,yrecuentosdepapel. Paralasecuenciacronológicaeiconográfica,queeselreferentemás importante del presente trabajo, se recurrió también al fondo de Real Audiencia, Causas Criminales, desde 1640 hasta 1824. Otros fondos que sirvieron para complementar, corroborar o corregir las secuencias de los sellos fueron:
Real Audiencia Causas Civiles, Protocolos Notariales,
Genealogías: Legajos 1, 2 y 3. Útil para la confirmación de los diseños encontrados (con respecto a ios sellos I o y 2o). También se consultaron materiales correspondientes al Archivo Histórico Riva Agüero, el Archivo RegionaldeCuscoylasala deInvestigacionesdelaBiblioteca Nacionaldel Perú. 2Madrid, 28dediciembrede
1638,impresaen la imprentaReaidelasIndiasen 1639. 3 Arequipa, Cajamarca, Camaná, Castrovirreyna, Chachapoyas, Chiloé, Chucuito, Chumbivilcas, Cusco, Guayaquil, Hacienda Marcabal, Huamachuco, Huamanga, Huancaveiica, Huánuco,jayanca, Lambayeque, Lima, Moquegua, Motupe, Obispado deT rujil lo, Oruro, Paita, Parinacochas, Pataz, Potosí,Puno, Saña,TarapacáyT rujillo,
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Para desarrollarla presente investigaciónse ha considerado dividirla enseiscapítulos: Enelprimeroseincluiránlosaspectosgeneralesdelpapel sellado, sus antecedentes y su creación en la España del siglo XVII; el segundoversará sobrela introduccióndelpapelselladoenel Perú colonial, con sus leyesy reglamentosen el área administrativa y la presentación de cuadrosenlosquesepueda apreciarsufuncionamientoyeltipode empleo porpartedeiosusuariosdelaépoca;enelterceroseharáunanálisisdelos papeles sellados emitidos para poder establecer la importancia e impacto quelosdiseñospudieronhabertenidoenlapoblaciónytambiénsilossellos representaban coyunturas políticasespañolas, esta vezen relación con las tendenciasartísticasyla iconografía (porescudo, contorno, epígrafeyotras señalesadicionales). El cuartocapítulopresentaráiosaspectossocialesdel papel sellado hallados durante el desarrollo de la presente investigación, que refrendará los capítulos anteriores, de forma comentada; el quinto, desarrollará de manera detallada dos ejemplos de cómo las coyunturas políticas se reflejan con claridad en el papel sellado: el de las Cortes de Cádiz(1810-1812) yelde laIndependenciadelPerú (1821-1824). Porúltimo, el sexto presentará de manera breve, las opiniones sobre el papel sellado hastalaconsolidacióndelaRepúblicaPeruana. La bibliografía peruana no registra texto sobre el papel sellado a diferencia de España donde si bien este tipo de libros no abundan, existen instituciones dedicadas al estudiode disciplinasafinesa la heráldica y a la sigilografía que delinean un marco conceptual estructurado.
Para esta
investigación dos tiposde información han sido de gran utilidad: lasrevistas latinoamericanasylaspáginaswebhalladaseninternet.
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Es justo agradecer a quienes creyeron en la investigación a largo plazo: los doctores Pablo Macera y Nanda Leonardini, así como a los doctores Amanda
Castelli y Jeffrey Klaiber por sus comentarios y
sugerencias. No podemos dejar pasarporaltoa lossiguienteshistoriadores por su gentil apoyo: Ada Arrieta, Victoria Espinosa, Beatriz Suárez, Carlos Villanueva, Jesús Varillas, Arnaldo Mera, César Gutiérrez Muñoz y Jakob Schlupmann. También, a Lorena Siguencias, Yobani González, Juan Carlos QuispeyDeynesSalinas,jóvenesbachilleresenhistoriaporsu desinteresada disposiciónygenerosidad. Ademásdelaparteprofesionalcuentaelapoyo de quienes con su amistad y entusiasmofacilitaron la culminación de este trabajo, nuestro reconocimiento a la doctora Martha Chávez Lazarte, la archivera Elia LazarteyelpersonaldelSeminariode Historia RuralAndina,en especialalaseñoraYolandaCandía,quieneditóeltrabajoconunesmeroy cariñoinvalorable.
capítulo
1
Aspecto* qmmalm, del papé, sellado:
Oniqen if, disciplinas ajines
La historiografía peruana no registra estudios históricos sobre el papel sellado; para aproximarse a su conocimiento tan solo se cuenta con material colateral que brindan in formación general4; aún así, el segmento correspondiente a los sellos, versa más sobre la filatelia o de sellos particulares con otros fines, pero muy poco sobre el sello del papel sellado. Por esta razón es necesario hacer una investigación en los archivos para obtener material de primera mano, con el agravante de no encontrar, para el caso peruano, ningún artículo que estudie este tema de forma singular.
1J £1 papel sellado El papel sellado es inventado en el siglo XVII en España. Se puede decir que reúne en sí la historia de la técnica, el arte y la civilización de las civilizaciones
4 Preferentemente,diccionarios,enciclopedias, manualescon informacióncontemporáneayartículos tomados deinternet. En España existen libros de sigilografíay diplomática que presentan este tema, entreellosAngel Riesco Terre ro con su Introducción ala Sigilografía.
oriental y occidental.
Oriental por tratarse de un prod ucto cuyo insumo
principal fue el papel elaborado en base a una tecnología oriental (China)5, y occidental porque a ella corresponde la idea de otorgarle una categoría que le dio sentido de institución. El hecho de surgir bajo una Ley (1636) y tener como referente visible las armas de la máxima autoridad de un Estado Nación, el rey, con indicaciones precisas para su uso en todos los trámites donde se requiera el concurso de las instituciones del Estado, indica la presencia de un Estado omnipresente cuya autoridad estaba centralizada en una persona; es el valor agregado que recibe un producto que antes era de libre uso. El papel sellado se convertiría así en el lazo legitimador de los asuntos públicos mientras tuvo vigencia. El papel que atravesó tantos valles y desiertos, presenció invasiones, guerras, saqueos, fue parte y protagonista de las migraciones, ciencia, tecnología, espionaje, economía, comercio, derecho, propiedad, poder, arte, justicia, etc., avatares hasta el siglo XX, Es cierto que su imposición no gustó a nadie; se trataba de una medida arbitraria, una forma grosera de obtener más dinero de la población, y de ésta, la más menesterosa por ser la más proclive a padecer injusticias, y la que más recurre a las instituciones judiciales. Considerando que los juicio s suelen ser largos y que sólo avanzan en la medida en que se le añade un recurso (más papel sellad o). Una de las medidas destinadas a que esto no ocurra, es la misma pragmática que lo establece la cual manda introducir cuatro tipos de papel sellado, siendo el último el más barato.
1.1.1 £o$ sop or tes de la esc ritur a hasta la edad media en Europa Iniciar un estudio sobre el papel sellado es hurgar en la historia a través de los siglos y descubrir que fue producto de una larga travesía cultural que comenzó
5 SibienenEgiptoy mástarde en Greciay Romase usó el papiro como mediode escritura, y más tarde el pergaminoy otros materiales parael mismofin, en el sigloXVHel papel superó concreces las desventajasque ofrecían los soportes anteriores; entre ellaslafaltadeinsumos,quelos obligabaincluso a“ reciclar".
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hacia 610 años d.C.0desde Asia (China), pasando por Medio Oriente (Arabia), África (reinos musulmanes de las costas del Norte), Europa (España y los demás países) y América (México, Perú y los demás países) para volver a Asia (las islas Filipinas) en el siglo XVI. En la Edad Antigua, los egipcios confeccionaban hojas sobre las cuales dejaban sus escritos; estas hojas llamadas papiros, estaban confeccionadas en base al papiro, una planta de oriente de la familia de las ciperáceas, y cuya médula empleaban los antiguos para escribir en ella, tras un proceso especial que los egipcios supieron cuidar y cuyo comercio se encargaron de monopolizar incluso hasta el siglo ÍII y IV d.C. Tan útil fue este papel que la planta y su producto dieron origen al nombre occidental del nuevo soporte, el papel. Las versiones que llegan a la actualidad sobre la llegada del papel a Occidente indican que en ello tuvo que ver la participación árabe; se cree que los árabes lograron conocer los procedimientos para elaborar papel a partir de los desechos de telas hechas en base a fibras vegetales67. El papel es una hoja delgada hecha con pasta de trapos molidos, blanqueados y desleídos en agua, que se hace secar y endurecer por procedimientos especiales. Ha pasado mucho tiempo y los materiales como los procedimientos han variado tanto como las diversas máquinas que producen papel en todo el mundo, de distintas, calidades, colores y texturas.
1.2 Introd ucción del papel sellad o en
España
En el siglo XV, los cristianos de la península ibérica, luego de siete siglos lograron vencer a los musulmanes, librando al mundo europeo de su presencia política, económica, social y religiosa a partir de 1492. Ese mismo año, la corona real hispana, se convirtió en protagonista de otro hecho de repercusión 6“ Elministro chino,Tsailun (123 d, C. aproximadamente), enseñó la elaboracióndelahojadepapel, delafibradelAloras papyrifera ó Broussonet/opapyrifera, Kodzu, yde la hierba china Botíemerja, asíco mo del bambú. Espasa Calpe, 1981:1042, Tom o XLS. Cincosiglosdespuésse iniciósu expansión,pr imero haciaCorea / japóna comienzos delsigloVil d. C. 7 Espasa Calpe, 198 1: 10 16, Torn o XLI,
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mundial, mundial, del “ encuentro de dos Mundos” Mund os” , cuyas consecuencias transformaron radicalmente radicalmente el desarrollo de la humanidad. humanidad. Así As í se marcó el triu nfo político polí tico de la cultura occidental en Europa y su próxima expansió n en el siglo siglo XVI. De inmediato, España, la abanderada de esta zaga, capitalizó su estratégica posición y manejó hábilmente las relaciones diplomáticas generando de inmediato para sí las más ventajosas negociaciones comerciales respecto al Nuevo Mundo. Los Reyes Católicos fueron los artíñces reconocidos de la unificación de las dos coronas más importantes de la península (Castilla y León por Isabel y Aragón Ara gón por po r Fernando V) y el inicio ini cio de una estructura estructur a institucio instit ucional nal nacional que se consoli con solidarí daría a a través de los años. La decisión deci sión que tuvier on de apostar apostar por el viaje de Colón, in cluido el matrimonio matrimonio de su hija Juana (la Loca) con Felipe (el Hermoso) archiduque archid uque de Austria8 Austri a8,9 fueron provechosas para la naciente Españ España. a. El enlace entre la princesa española y el hereder o austríaco austríaco permitirían, al nieto de los reyes católicos y el emperador de Alemania, Carlos I de España y V de Alemania (1516-1556), pensar en hacer realidad el sueño del poder europeo absoluto, estableciendo enlaces políticos a través de matrimonios con co n este fin0 fi n0. Pero Carlos V tuvo varios frentes al interior y fuera de su jurisdicción que lo obligaron a incursionar en empresas bélicas gastando los fondos del
s Felip Felipe!, e!, archiduquedeAustria archiduquedeAustria yrey deCastilla(n. deCastilla(n. Brujas Brujas, , 1478 1478- - m. Burgo Burgos, s, 1506 1506),hijo ),hijo del del EmperadorMaximilianoIde EmperadorMaximilianoIde Aust ria yde Maríade Borgoña secasóen secasóen 1496 1496 conjuanadeAragón, hijade losreyescatól icos, juana no erala heredera direct directa a al trono, pero la posterior posterior muerte muerte de sus herm herman anos os (e! (e! infa infant nte e don don Juan de Aragón Aragón y la infa infant nta a Isab Isabe el) y su sobrino sobrino (Migu (Miguel el de Portu Portugal gal, , hijode Isab Isabel el), ), hizo hizo que que lofuerade Casti Castilla lla yAragón, yAragón, Un año desp despué ués s de la muertede Isabel laCatólica laCatólica (1504), Felipe Felipe participó del poder junto a su espo esposa say y su suegro, suegro, pero no tardó en disgust disgustars arsecon econ este este ultimo al tiempo queJu queJuan anaempe aempezab zabaadar aadar las las primeras primeras seña señasdelocura. sdelocura. Las negociaci negociaciones ones por el poder decidieronque Fernan Fernando do reconoz reconozca ca a Felip Felipey ey a juana juana como reye reyes s de Castil Castilla la (junio (junio, , 1506), 506), pero Felip Felipe e disfrutó solo tres meses eses su reinado,tiem reinado,tiem po en el quefavoreció a los miembrosflamencosde miembrosflamencosde su cort e en desmedro de iosseguidores iosseguidores delos Reyes eyes Católicos. Auge, 1940:12! 1940:12! 1-1212;yEspas 1-1212;yEspasa-C a-Caip aipe, e, ¡979:Vol.XX III, 9 El historiad orJaime orJaime VicensVives VicensVives ensu Apro ensu Aproxima ximación ción ala Historia Historia de Espa España ña,, reconoceestacoyunturacuand reconoceestacoyunturacuandoafirm oafirma a lo siguie siguiente nte: : “ Durante tres generaci generaciones ones-la -la s simbol simbolizad izadas as por Carlos1, Carlos1, Felipe Felipe I! y Felipe Felipe 111-, la Monarquía Monarquía hispá hispánic nicasigu asiguió ió enlaestela enlaestela legad legadapo apo r los Reye ReyesCatólicos, sCatólicos, En elloinfluyóel sentido sentido degrande degrandezade zade las las realizaci realizaciones ones internacion internacionalesde alesde ésto éstos s en Europa Europa y América como el armazó armazón n burocrático que que constituyeron constituyeron para para el gobierno y la adminis administra tración ción de justicia en sus sus posesion posesiones. es. (...) El ideal ideal hispánico se confunde en esta esta época con el que representa Castilla, eje de la Monarqu Monarquía. ía. Eltrasiegode la importanciageopolíticadel Mediterráneoal Atlántico acabóderob acabóderob ustecer esa misión. misión. Pese a las defici deficien enci cias as del siste sistema ma agrario agrario, , que precipitaal precipitaal país aís a gran grande des s hambre hambres s y les les obliga obliga a comprar trigo del del espa espaci cio o báltic báltico; o; pese pese ai esca escaso so rendimiento de la indust industria, ria, cuyo cuyosproductos sproductos no pued pueden en competir en calid calidad ad ni indust industria ria, , cuyo cuyos s productos no pued pueden en competir en calid calidad ad ni en precio precio con los los de Fran Franci cia, a, Flan Flande des s e Itali Italia; a; pese pese a la incomp incompete etenci ncia a financiera financiera de la Corte, abocad abocadadeco adeco ntinuo a la bancarrota; bancarrota; pese peseatodo atodo ello, Castillaestá Castillaestáen en pie, pie, en luchacontra luchacontra Europa Europa quese debateante lassuce lassucesiv sivas as arremetidas delamareaprote stan te” . VicensVives, VicensVives, 1970 1970:i15-11 :i15-116. 6.
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erario nacional y endeudando al Estado con la sola garantía de los futuros envíos procedentes de las las Indias. Indias.
Otro de de ellos fue fue el descontento de los
cortesanos españoles frente a los privilegios que gozaban los amigos foráneos del emperador, esto es sin contar con el alto costo social, político y económico que significó abrazar la defensa del catolicismo y defenderla a nivel continental. A Carlos Carlos V, que nació nac ió bajo el halo del Renacimiento, Renacimien to, le tocó liderar la Contrarreforma en un período de grandes cambios, económicos y sociales. Dos mensajes esenciales elaboró la elite y los irradió a los españoles como acicate para que no se resistan a participar activamente en el enhebramiento de esta historia de ambiciones; éstas fueron: la defensa de la religión cristiana, y el enaltecimiento de la vida caballeresca (hidalgos), ambas respaldadas por un marco jurídico que emanaba del rey y que estaba confirmada po r el papado (Dios). (Dio s). En otras palabras, la intolerancia, y la esca escasa sa dedicación a la industria y el comercio (producción y transacción) en manos de los letrados burócratas, convertidos estos últimos y sus obras en los vasos comunicantes de toda su economía. Si bien la coron a recibió re cibió ingentes ingentes cantidades cantidades de riquezas de las Indias, Indias, no se puede reducir la relación económica entre España e Hispanoamérica a solo este hecho; hubo además un comercio trasatlántico que consistió en el intercambio de productos americanos y europeos con repercusiones económicas entre las poblaciones de ambos partes, y en este sentido nos estamos refiriendo a sus correspondie corres pondientes ntes poblaciones. poblacione s. Sin embargo, embargo, la historia hist oria económic a colonial hispanoamericana no está lo suficientemente bien estudiada, lo que no quiere decir que no halla hall a trabajos trabajo s encaminados encamin ados a resolver resolve r estos vac v acíos íos1 10, pero en todo caso, al momento de explicar ciertas variantes económicas del virreinato
Laeconomíaespañolaal laal final del Antiguo 10 Entre lostext os c onocid os están están dos compilaciones muyinteresantes: Laeconomíaespaño Ant iguo Régimen Régimen. . III III.. Comercio Comercio y Colonia Colonias, s, a cargo cargo de josep Font Fontan ana, a, quien quien a la vezse vezse enca encarg rga a de la introducción, introducción, pose posee e dos dos trabaj trabajos os que que desarrolla desarrollan n nuevos nuevos aspectos aspectos queayuda queayudanaco naco mprender por qué la coronaespañola coronaespañola creó más impuestosapesa impuestosapesardehaber rdehaber tenido tenido el monopolio comercial comercial entre Europa Europa y las las Indi Indias as: : el de Carlos Carlos D. Malam Malamud ud, , "Esp "Españ aña, a, Franc Francia ia y el "comercio "comercio directo" con el espac espacio io peruano peruano (1695-17 (1695-1730): 30): Cádiz Cádiz y Sain Saint t Malo", Malo", y el de Leandro Leandro Prad Prados os de la Esco Escosu sura ra, , "Comercio "Comercio ext erio r ycambioeconó mico en Espa España ña (í792-1849)" (Fonta (Fontana na, , 1982 1982). ). Lao Lao tra compilación set set itulaAméricaLatina en la Époc Época a Colon lonial. ial. I. Espa España ña yAméric yAmérica, a, en la que que part partic icip ipan an Migu Miguel el León-P León-Port ortill illa, a, Mary Mary W. Helm Helms, s, John John Murra Murra y otros otros autores autores espec especiali ializad zados, os, entre los cuale cuales s están estánJohn John H. Elliotcon "Esp "Españ añay ay América en los siglos siglos XVI yXV II” , deJoh deJohn n H. Elliot, con "Españ "España a y América: el comercio atlánti atlántico, co, 1492-1 1492-1720 720" " de Murdoj. MacLe MacLeod, od, y"La Españ spañade ade losborbon losborbonesy esy su imperioamericano" deDavidA. Bradin Brading. g. León Portilla,200 Portilla,2002. 2.
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peruano, se tiende a buscar las causas al interior; o en su relación directa con la corona española. Josepb Fontana en la introd ucción ucció n al tercer tomo, “ Comercio Colonias” , de La economía española española
y
al fina fi na l
del Antiguo Ant iguo
Régimen,
reflexionando específicamente sobre la “crisis del siglo XVH”, manifiesta la siguiente preocupación: “ La interpretación que ha ha dominado hasta hoy en la historia de España de los siglos XVI al XVIII es una visión que pone en su centro la relación entre la metrópoli y sus colonias americanas, y da por sentado sentado que los ritmos coyunturales de ésta determinan determinan los de la vida entera de la monarquía. monarquía. De esa sobrevalora ción de la importancia del tráfico a través del Atlántico derivan una incorrecta incor recta percepció n de las las realidades realidades de la economía americana americana -de la que los investigadores del Nuevo continente están aprendiendo a librarse-, una identificación abusiva entre tráfico global y flujo de metales preciosos para la hacienda y la inadmisible suposición de que la marcha política de la monarquía (condicionada por unos recursos en que los metales de Indias eran parte importantísima, pero estaban lejos de serlo todo) era paralela a la vida entera de la sociedad española, incluyendo en ella la evolución de la economía, lo que permite pasar directamente del fracaso político a la sombría imagen de una decade dec adencia ncia general” gene ral” 11. Han pasado más de veinte años, desde que Fontana hiciera esta observación, y aunque no se ha abandonado la historia económica colonial en el Perú, la producción versa sobre aspectos particulares que en conjunto brindarán una visión global por períodos debidamente dilucidados en un futuro (de seguir a este paso) no muy mu y próx im o12; no obstante, es posi ble consultar consu ltar con
'f Fonta Fontana na, , l982:Xtll-XSV. l982:Xtll-XSV. A fines de la década década de los 80 y sobre tod o en la de los 90 varios factore s afectaron el desa rrollo de la historia econ económ ómic ica a colo coloni nial al. . En primer primer luga lugar r el proc proces eso o de globa lobali liza zaci ció ón polít polític ica a e ideo ideoló lógi gica came ment nte e viró viró la prod produc ucci ción ón hi isto sto ri riográficaperuana,haciatemas culturales, en losque el acercamiento a lalit era tura y la antrop ología y el desarrollo deotras discipli disciplinas nas afine afines s han han dadof dadof rutos muyinteresan muyinteresantes. tes. Los Los trabajos trabajos demayor envergaduraen envergaduraen materia materia económic económica a no avan avanzó zó mucho mucho desp despué ués s de las las formulac formulaciones iones teóricas teóricas plant plantea eada das s en la déca década da del 70; 70; en aque aquella lla época época la histori historia a econ económ ómic ica a colo colonia nial l habí había a esta estado do casi iden identi tifi fica cada da con con los los histor historiad iadore ores s de izqu izquier ierda da (o marx marxis ista tas) s), , el impre impreso so del liberalismo liberalismo explicaengranmedidael explicaengranmedidael abandono abandono deunestudio estructural quees necesario necesario. . La crisis crisis económicahasido económicahasido el otr o facto r por el cual cual estetipo deestudios, deestudios, generalmenteno generalmenteno son financia financiadospo dospo r instituciones instituciones naciona nacionales les cedierona las exig xigencia ncias s de las inst instit ituc ucio ione nes s que fin financi ancia an inve invest stig igac acio ione nes s sociale iales s, entre entre ella llas las Orga Organi niza zaci cion ones es No Gubernament Gubernamentales( ales( ONGs) quesesostiene quesesostienen n conel dinero del extranjero, En 1998 1998, , en una brevecharlaquesetuvo brevecharlaquesetuvo con con el historiad historiador or espe especi cial alis ista ta en histori historia a econ económ ómic ica a Carlos Carlos Lazo Lazo (200 (2005 5 f), se le pregunt preguntó ó sobre sobre el esta estado do actu actual al de la historiografía historiografía económica colonial en el Perú, Perú, claro al respecto, respecto, élrespondió, quela historia económica peruanadista peruanadistaba ba mucho mucho de haber haber llega llegado do a producir trabajo trabajos s de enve enverga rgadur dura. a. En la reali realizac zación ión de este este estudio estudio es fácil fácil comprobarsu preocupación, aúncuandosecuentaconuntrabajo aúncuandosecuentaconuntrabajo como el deJohn deJohnJ J.Te .TePas PaskeyH keyH erb ert S.Klein S.Klein quepresentalosingre quepresentalosingresos sos y egre egreso sos s de las las Cajas ajas Real Reales es de Hispanoam Hispanoamérica érica por rubros, The The Royo/ yo/ Treo Treosu sur/ r/es es of the Span Spanis ish h Empire Empire in Americ America a (TePaske/KIein, (TePaske/KIein, 1982 1982). ).
18
la bibliografía mexicana y española y observar a través de la relación entre España y América, o mejor aún, entre Europa y América. La corona española se sirvió de los envíos de oro y plata de las Indias para sus intereses personales, que ha decir de las monarquías de la época, vendrían a ser también los intereses de la nación, y los intereses giraban en torno a la consolidación de un gran imperio europeo, que tuvo serias oposiciones, la más dura por parte part e de Francia, Franc ia, que se tradujo en una larga guerra13 guerra13. A ello se debe en gran medida que a pesar del monopolio comercial de las Indias, España no pudiera obtener el provecho lógico de un gran botín; habría que preguntarse: ¿Cuánto del oro y la plata que recibió de América pudo España atesorar? Paulatinamente, el orgullo de tener un rey, un emperador poderoso en Europa, escuchar periódicamente sobre el triunfo de ciertas batallas decisivas, contar con un príncipe que lograría la unidad política de la península (anexión de Portugal), serían noticias del pasado, el panorama tendría que ver más con Hispanoamérica, y no como el enriquecedor del erario real, menos como un mercado a la espera incondicional de los productos españoles, sino como un par joven, con potencialidades económicas que no iban a ser dejadas de lado. En las primeras décadas, las familias peninsulares añncadas en América, requerían de alimentos, vestuario y menaje de uso cotidianos europeos por razones culturales de adaptación, ya a fines del siglo XVI, la mayoría de estas mismas familias habían desarrollado formas por las cuales abastecerse de lo indispensable, con la llegada de semillas y cierta tecnología importadas con el concurso de la mano de obra nativa nativa y foránea a través de los esclavos. Es así que en adelante prescindirían de los productos de manufactura sencilla, los producidos en España, prefiriendo con el tiempo importar aquellos elaborados en otros países de Europa, en especial aquellos relacionados a la moda (trajes y
13 Estaguerra Estaguerra se inició en 1519,cuando 1519,cuando ambosreyes,Carlos I deEspañ deEspañay ay Franciscoi de Franc Francia,en ia,en terados dela muerte del del emperadorde emperadorde Aleman Alemania, ia, Maximilia Maximiliano no I,pretendieron dich dicha a corona, corona, que no era hereditariasino hereditariasino elec electiv tiva,y a,y en la que que sali salió ó victorioso victorioso Carlos Carlos I, en adel adelan ante te Carl Carlos os V de Alem Aleman ania ia, , el nieto nieto del del emperadorfall emperadorfallec ecid ido. o. La riva rivali lida dad d lejo lejos s de ause ausent ntar arse se se aviv avivó ó más, Carlos Carlos V no se contentó contentó con con lo obtenid obtenido, o, era era un rey militar militar disp dispues uesto to a engr engran ande dece cer r y consolid consolidarsu arsu poder tanto en elplano políticocomo en el relig religios ioso,algo o,algo que Franci Francisc sco o I noestab noestabadispu adispuest estoatolerar. oatolerar. A pesarde pesarde la tregua quefirm aro n ellosmismos (Niza, 1538 1538), ), laguerra laguerra con tinuó aún despuésde despuésde lamu erte deFranciscoI (1547),su (1547),su sucesory sucesory heredero, Enrique Enrique II. II. Laguerraterm inó cuandoCarlosV cuandoCarlosV abdicó enfavo enfavo rdesuhermanoFernando I de Aleman Alemania ia (1556). (1556). Las rivali rivalidad dad entre España y Franc Francia ia se mantuv mantuvo, o, pero a partir de entonc entonces es se fundar fundaría ía más en razones económicasy comerciales.
19
jo ya s) 14, la prod pr oduc ucció ción n manufacturera indiana se venía v enía desarrolla desar rollando ndo con éxito y los gustos se tornaron cada vez más refinados y exigentes, exigencias que la industria española difícilmente podía cumplir, cuando los españoles empezaron a tener predilecc pred ilección ión p or las porcelanas y las telas telas de Oriente. Satisfacer Satisfacer est estas as nuevas necesidades, favoreció a los grandes comerciantes, sobre todo aquellos que no tuvieron reparos en practicar el contrabando en perjuicio de la corona española. española.
Como se se ve, fueron varios los factores que no permitieron un un
desarrollo industrial y comercial a partir de España. España. Las Indias, geográficamente alejadas de los acontecimientos bélicos europeos, también libraron las batallas enviando los metales, sobre todo plata, que iban a los bancos genoveses y alemanes, pues estos prestaban al rey fuertes cantidades de dinero (para el pago de soldados y otros implementos) con la garantía garantía del metal metal por llegar. A pesar de esta esta situación, situación, la co lonizaci loni zación ón parecía exitosa, porque no solo cumplía con el envío de metal, también generaba centros de producción manufacturera, y aún así aportaba una serie de impuestos que se recaudaban a través de sus cajas reales, como: el almojarifazgo, almojarifa zgo, la alcabala, alcabala, media anata, anata, lanzas, etc. Solo que insuficie ntes para evitar un proceso de declive que en mucho se debió a la imposibilidad de España de elaborar políticas acertadas que consideraran tanto el panorama europeo como el hispanoamericano.
1.2.1 1.2.1 £1 proceso pro ceso de dec decade ade ncia nci a La llegada de considerables cantidades de plata distorsionó la economía española respecto al resto de Europa; de esta manera, para un comerciante hispanoamericano, un producto similar producido en España con respecto al producido produc ido en otro país europeo, resultaba resultaba siendo más más caro. Esta inflación inflac ión fue negativa para la industria española, y a pesar de ello, la corona, mantuvo aún la preeminencia de la península sobre sus pares europeos, si bien es cierto que lo hacía con el fin de proteger a la “industria” “in dustria” española. Sin embargo, castigaba la 14 Eüiot, 2002:215-217 .
20
precaria
producción
y
comercio
español,
aumentando
y
creando
más
impuestos15, situación difícil que favoreció el resto de la industria europea en detrimento
de la burguesía castellana16, todas emanadas de las nuevas
disposiciones reales, como la expulsión de los judíos, la peste que invadiera al país a partir de 1599-1600 y la expulsión de los moriscos (1609-1614), Ya a mediados del siglo XVI, con Felipe II (1556-98), España empezó a resentir los estragos de una larga jornada de batallas, sin embargo estas continuarían, a la victoria de Lepanto (1571) y la anexión de Portugal (1580) le sucedió la derrota de la Armada Invencible (1588 ).
Dichos estragos no
concluirán con su reinado, sino que se agudizarán con los de Felipe III (15981621) y Felipe IV (1621-65), sumiéndose España en una situación crítica, de decadencia económica y pérdida del poderío político español por parte del rey, cuyo poder fue confiado al duque de Lema y el conde-duque de Olivares, respectivamente. El proceso inflacionista heredado de la época de Felipe II se agudizó al descender la demanda americana de productos agrícolas y con el alza constante de los precios que situó los costes de la industria española por encima de la extranjera. A partir de este momento, las demandas de las colonias españolas de América fueron satisfechas por la industria europea, situación agravada por la debilidad de la burguesía castellana a consecuencia de la expulsión de los judíos, la peste que invadiera al país a partir de 1599-1600 y la expulsión de los moriscos (1609-14).
1.2.2 Introducción de! papel sellado No obstante la serie de acontecimientos, los estadistas estaban animados aún por la reserva americana, y la participación en la guerra de los Treinta Años (1618-48), por parte de España esta trajo consigo la penetración francesa en el
Isídem:2l6-2I7. 16 Es mejor referirse a Castilla, no obstante se piense en España, esto es útil para incidir en las diferencias quehabían entre aquella parte de Occidente que mira al Atlántico, con respecto a la zona este que tenía desde siglos atrás una tradicióncomercial, yunanacienteindustriaqueteníacomo ejeel Mediterráneo,
21
Rosellón, los movimientos separatistas de Cataluña y Portugal (1640) y la derrota de Rocroi (1643), que la obligó a reconocer la independencia de los Países Bajos (1648).
Si bien la rebelión de Cataluña fue dominada, España
tuvo que ceder el Rosellón a Francia (tratado de los Pirineos, 1659), y reconocer la independencia de Portugal (1668). Es en este período que surge la idea de proponer la emisión y venta del papel sellado, una creación española que pronto fue adoptado por las demás coronas europeas. Sea porque es el país de origen, actualmente existen estudios muy interesantes sobre sigilografía en España; un claro ejemplo de ello es que la Casa de la Moneda española posee una excelente colección de papel sellado que incluye información oficial y privada, desde su instauración en el gobierno del conde duque de Olivares, bajo el reinado de Felipe IV (1637), sobre la que abunda literatura17, que no es el caso para Hispanoamérica. Después de ser impuestas en la península, las reales cédulas de 15 de diciembre de 1636, ratificadas de nuevo el 4 de febrero y 16 de mayo de 1637 y 18 de mayo de 1640, Felipe IV establece la obligatoriedad del papel sellado para todo tipo de documentos18, que por la Premática de 1639 dice a la letra: “ Que en estos mis reynos de Castilla se usasse del medio de los sellos, lo mande asi por una mi carta y provisión: dada en quince de diciembre del año pasado de mil y seiscientos treinta y seis, en virtud de la cual, y de otras mis cédulas que para su declaración he mandado despachar” 19. Considerando los muy buenos efectos para la mayor legalidad de los instrumentos,
más
las
razones
económicas,
ambos
intereses
para
su
introducción en América hispana parecieron simultáneos. Pero en realidad la decisión fue eminentemente económica, la participación de España en la guerra de los Treinta Años (1618-1648)20 obligó a la corona a tomar la decisión de
17 El volumen preparado po r Remedios Rey de las Peñas, Quintos jornadas Archivísticas. Actualidad de la Heráldica y la Sigilografía (6-8oct. de 1999),llevadoacaboen Hueíva, da unaideadeello. (ReydelasPeñas, 2000). 18Riesco, 1978:80. 19A GN, C-14PapelSellado. Legajo Único. Lima, 1640-1822, Premática, 1639. 20“ Sucesión encadenadade luchas(1618-1648) queenfrentaron alem peradordel sacro Imperio y los príncipescatólicos alemanes, apoyados por España, con Sos príncipes protestantes, sostenidas por Francia y las potencias protestantes". SalvatEditores, 2005:!5 119.
22
crear esa nueva obligación. Cabe recordar el envío de las remesas que llegaban a España en aquel entonces, a decir de Elliot: “ En 16X7 y 1618 el Consejo de hacien da de España se quejaba amargamente del descenso de los fondos de la corona en las remesas de la palta indiana y culpaba de ello a la retención de grandes cantidades por los virreyes de México y Perú. Mucho de este dinero se estaba usando para mejorar las defensas contra los ataques de los corsarios, y Perú tuvo que cargar con el peso adicional de destinar 212.000 ducados cada año a la interminable guerra contra los indios araucanos de Chile. Las cifras de las remesas a Sevilla daban origen a las quejas de los ministros. Mientras que Felipe II recibía dos millones y medio de ducados al año en la década de 1590, las cifras de los últimos años de Felipe II apenas alcanzaban el millón, y en 1620, cayeron a solo 800.000 ducados21. Eso fue lo que encontró Felipe IV al empezar su reinado, conflictos por doquier y una remesa indiana que disminuía en forma paulatina. Bien dirían las cédulas, se trataba no sólo de defender sus reinos sino la fe Católica, una guerra que tuvo como sello el giro de las diferencias en tomo al protestantismo y al catolicismo, donde príncipes de ambos bandos, lucharon respaldados por Alemania (Sacro Imperio Romano) y Francia. España, dada la relación familiar apoyó al imperio, conflicto que significó además de treinta años de pérdidas y endeudamientos, una prolongación extra donde perdió a Portugal, los Países Bajos y el Rosellón.
Felipe IV tuvo que afrontar no solo frentes
externos e internos, como se mencionó líneas arriba.
1.3 II papel sellado. £a sigilog rafía y la heráldica. Antecedentes en la civilización occidental y en la investigación hispanoamericana Introducirse al estudio de la historia del papel sellado es ingresar al mundo de lo simbólico, de lo iconográfico e ideológico; es decir, al mundo de las mentalidades; es ingresar al mundo simbólico del poder.
Tampoco se puede
Elliot.2002:219-220.
23
dejar de mencionar otro aspecto, el práctico y económico que le da origen. Además, se tiene que tomar en cuenta que cada sello o impronta2 guarda en sí elementos técnicos que se desarrollan a través del proceso histórico que lo produce, a través de un artesano o un artista que hará el respectivo diseño. Así se puede entrar a una vasta disciplina poco conoc ida en el Perú, la sigilografía. En la búsqueda, por tener una base metodológica para lograr una construcción conceptual de la materia que se trabaja, se ha encontrado dos disciplinas que ayudarán con efectividad a lograr el cometido: la sigilografía y la heráldica.
Mientras la sigilografía estudia los sellos en todos sus aspectos
sistematizando la información sobre su historia, sus formas y uso dentro de un entorno social y, la heráldica se encarga de los escudos y blasones di stintivos de las diversas instituciones; a su vez cuida de seguir con rigurosidad la secuencia diacrónica de cada uno de ellos dentro de un espectro mas amplio.
Ambas
además se valen de otras disciplinas afines y técnicas apropiadas para sus investigaciones, como la genealogía, la paleografía, etc. Los
papeles
sellados
tuvieron
los
escudos
reales
como
común
denominador, los cuales como muchos otros elementos culturales europeos deben seguirse a partir del conocimiento de la civilización occidental y sus expresiones artísticas. Por ello es pertinente desarrollar dos
ítems:
el primero
que tratará sobre los antecedentes de los sellos como símbolo de pertenencia y como instrumentos de visado en las diferentes transacciones en los que la seguridad debió ser garantizada; y el segundo que describirá la aparición del papel sellado en España, en un contexto económico, social, religiosos y político especialmente crítico durante el siglo XVII.
.
1 3.1
£a sigilografía: antecailentes
y vigencia
actual
Esta disciplina poco trabajada en el Perú, ha sido muy útil para comprender la pertinencia de los papeles sellados, como una vertiente que va mas alia de las2 2
El sello propiamente dicho, es la pieza matriz que tiene el diseño original con el cualsevan a sellar los documentos. Sin embargo, en adelante, cuandosemencione la palabrasello,estaremos refirié ndonos a la impronta.
22
24
cifras económicas o regularidades que se presentaron en su uso, pues ayuda descubrir que un sello encierra algo más que la representación a quien pertenece, porque encierra una cultura y que actúa subliminalmente los modelos estructurales de las relaciones sociales de la sociedad en la que está presente. Esto se verá con mayor razón en el Perú colonial, donde el sello real fue un símbolo occidental que representaba al personaje político más poderoso de todo el reino, quien nunca necesitó venir para que su presencia se sintiera todos los días, en todas partes, y en los momentos en los cuales debía apelar a la condición de ser una persona reconocida por el derecho. La sigilografía abre así un sinnúmero de aspectos novedosos en investigación histórica, que van más allá del período colonial.
1.3.1.1 £a sig ilo gr afí a Ciencia auxiliar de la historia que estudia, describe y explica el origen de los sellos y su evolución a través de los años, el tipo de materiales utilizados y sus versiones en diferentes puntos geográficos en el mundo.
Su nombre proviene
etimológicamente del latín, sigillum, que quiere decir sello, hecho en una lámina o anillo de metal, madera o caucho, que sirve para estampar armas, divisas o cifras.
El que se emplea para autorizar documentos, cerrar pliegos y otros
análogos; y del griego, grapkos, que quiere decir describir23. Bajo la palabra sello se distinguen tres acepciones: la matriz, el objeto sólido grabado con los emblemas correspondientes al personaje o a la institución con el cual se hará el sello; la impronta, que constituye el sello propiamente dicho sobre el documento; y las reproducciones o facsímiles de las improntas, así como el vaciado (moulage), término que se usa en los talleres donde se llevan a cabo las reproducciones24. Los sellos representan a una persona o a una institución, a ñn de que al estamparlos sobre un documento deje una impronta que le proporcionará
23También se leconoce conel nombrede sfragíst/ea, delgriego sfragis, quesignificasello {EspasaCalpe, 198):Tomo LVI,51). EspasaCalpe, S9 8Í:5 l,To m o LVI.
25
mayor autoridad y validez25. El mundo de la sigilografía es amplio y complejo por cuanto estos tuvieron diferentes utilidades, como: la comprobación del mensaje enviado, la certiñcación de un portador de mercancías, el control de calidad de un producto, la legalidad de un documento, la veracidad de una transacción, etc.
1.3.1.2 Antecedentes y vigencia actual
Según Ángel Riesco, el origen de los sellos se confunde con el origen de la civilización26, desde la antigüedad, en las culturas babilónicas, egipcias, caldeas, persas, asirias, hebreas, fenicias.
Estos consistieron en anillos sigilares o
signatarios que contenían en su engarce una piedra grabada o entallada para hacer improntas; en aquel entonces utilizaron piedras como la cornalina, ágata, ónice, zafiro, calcedonia, por su grado de dureza. En Asiria y en Caldea se les daba generalmente la forma cónica o cilindrica, grabándose en hueco, en piedras duras, como el mármol, jaspe; los fenicios tuvieron la idea de engarzar en los anillos aquellas piedras grabadas27, y los griegos, siguiendo la tradición semita, utilizaron el sello bajo la forma anillos signatarios, la forma que se emplea en la actualidad. Ángel Riesco menciona que no debe olvidarse la glíptica etrusca ni la belleza de las incisiones griegas que se perpetúan y prolongan a través de los emperadores romanos28. Eos romanos los llamaron aenuíi, sigilaricci, signatorii, o sea anillos para sellar, y también cerographi , porque se imprimían en una mezcla de pez y de cera. Ellos los utilizaban “ en sus cartas y testamentos para custodiar los secretos que estos contenían, y distinguiéndose los de los cristianos de los paganos
25 De esta manera queda confirmada la relación directa que existe entre esta disciplina con la diplomática. Se hace pertinente el deslinderespecto al estudiode las monedas ylos sellos postales por noc orrespo nder a la materiadeeste estudio. 26 Riesco, 1978:36. 27 Según PerotyChipiez(H/stoirede I’ArtdonsI’antiquité). EspasaCalpe, 198i :5 1, To mo LVI,. 20A rte degrabar enpiedraspreciosas.
26
en que en aquellos se eliminaba del grabado todo signo o emblema que tuviese relación con la idolatría o mitología” 29. El desarrollo de los sellos se puede apreciar en la variedad de su presentación y su vigencia, desde la antigüedad hasta el mundo moderno : “Los anillos signatarios de forma cilindrica, los sellos anulares o de sortija, y, sobre todo, los confeccionados a modo de matriz o plancha en huecograbado, con mango adosado e improntas cada vez más amplias, prosiguen un desarrollo normal en la Roma imperial y pontificia y pasan después a las cancillerías (reales, episcopales, señoriales...) de las nuevas nacionalidades (“ Bárbaros” ), herederas directas, tanto de los usos y costumbres como de la cultura y d erecho romanos” 30. Riesco afirma que, en adelante, los emperadores latinos darían un viraje, usando “el gran sello o bula de oro en los documentos más solemnes como símbolo de pujanza y poderío” y que así “pasa de la simple configuración abstracta a la representatividad personal, gremial, comunal o estatal” 31.
Por
ello es cierta la afirmación que hace Menéndez Fidal, que el sello es uno de los modelos formales que nace con la civilización y que cada cultura los utiliza o, lo que es igual, los moldea de acuerdo con sus propios presupuestos32. Es ahí donde se debe poner el mayor énfasis al tratar a los sellos que se ven en el papel sellado, del que trata el presente estudio. En su paso de la configuración abstracta a la representatividad personal, el sello iba ganando en exactitud, fidelidad y realismo. Según Metman: “Los atributos del poder real o “ regalía” aparecen en los sellos con tal exactitud y realismo que nunca y muy pocas veces lo alcanzaron en la miniatura o escultura contemporánea” 33. 29 Espasa Calpe, l98 i:To mo LVI,5 !. En !a misma página prosigue losiguiente: “ Estosdetallesnos revelan el gradode cultura de aquellos pueblos orientales, que han sido considerados como la cuna del linaje humano, poniendo de manifiesto una perfección admirable en el manejo del buril, en los más pequeños é insignificantes pormenores de sus piedras. La Biblioteca Nacional deParísposeevarios de esos entalles, quesonverdaderasjoyas del arte, yen elMuseo deNápoles, en la sala llamada delos Cameí,existen másde 1 000ejemplares, aunquegranpa rte deellossongrabados en relieveó camafeos. DébeseaMenantlapublicación deunainteresante Memoriasobre laimportantísima colección de piedras grabadas ó cilindros asiriocaldeos que posee el Museo Británico, Sin embargo, el estudio de esas piedras grabadas y sus improntas pertenece más bien á laglípticaqueá ía ciencia que tiene po r objeto el exameny descripción de los sellos propiamente dichos, viniendo á constituir, en todo caso, lo que podríamos llamar la sigilografía de los pueblosdelaantigüedad". 30 Riesco, 1978:36-37, 31 /dem:36. 32 Menéndez Pida!, 2000:i20, 33 Riesco, 1978:37,
27
Los sellos se emplean hoy para autorizar instrumentos y dar efectividad a documentos; se utilizan en todas las oficinas del Estado y municipios, en las entidades públicas y privadas, y es empleado por toda clase de autoridades: civiles, militares y eclesiásticas. La sigilografía hasta hoy, es el estudio de los sellos en el aspecto técnico, pero la historia de los sellos va más allá, como Faustino Menéndez Pidal de Navascués bien dice: “El sello no es un mero soporte de testimonios gráficos, y de esta sola manera auxiliar de la Historia, sino que él mismo, los modos en los que ha sido usado, constituyen materia directa de la Historia” 343 . 5 El mismo autor añade que los sellos se deben entender y apreciar averiguando qué son, dónde reside su valor, su interés y qué enseñanzas se puede extraer de ellos, a través de tres áreas: I o.
Su función en la sociedad.
2 o.
Su contenido gráfico.
3 o.
Los aspectos técnicos .
Según Julio Goñi36, fueron los pueblos bárbaros (merovingios, lombardos, visigodos, anglosajones, etc.) los que transmitieron el sello a la sociedad medieval, moderna y contemporánea. Los anillos signatarios y las matrices van a sufrir transformaciones en cuanto a: materia, formato, dimensiones, técnicas incisorias y artísticas; valor jurídico-diplomático, costumbrista y político. Ninguna duda cabe que la escritura y la imprenta, han jugado un rol importante en el desarrollo de la civilización occidental.
Los documentos
escritos brindaron cohesión y fluidez a las instituciones a través de cada una de sus actividades administrativas, y fortalecieron los vínculos culturales, sociales y familiares de quienes tuvieron que utilizarlos.
La imprenta, al comienzo
elitista, en la medida en que las copias de obras clásicas con información política, económ ica, científica, tecnológica, ideológica, religiosa y artística llegaron a
34 Menéndez Pida!,2000:1 !8.
35 ídem. 36 Goñi, 1988.
28
pocas manos, fue llegando a sectores más amplios debido a la reducción de costos de su elaboración y su masiva divulgación. La sigilografía, también considerada como parte integrante de la Arqueología y com o ciencia auxiliar de la Historia, se ocupa con preferencia, del estudio de los sellos medievales. A medida que la costumbre de sellar los documentos
se
extendió,
el
engarce
de
los
anillos
adquirió
mayores
proporciones, sobre todo cuando era mayor la importancia del personaje o corporación representados. De esta forma, en vez de formarlo en una piedra preciosa, lo hicieron en una placa metálica (oro, plata, cobre, hierro o bronce), grabado en hueco, y unido ya no a un anillo, sino a un asa o apéndice, adrede para hacer impresiones sigilares. propiamente dichas.
Así se formaron las matrices de sello
La sigilografía que, tiene como objeto de estudio a los
sellos, encuentra serias dificultades, por cuanto existe un limitado número de sellos (matrices) con respecto a la vasta cantidad de improntas que se encuentran, sobre todo de los siglos XII al XVI. En el caso de las matrices que provienen de la edad media, hechas de metales como el oro, la plata, y el bronce, que generalmente poseían un valor intrínseco, podían ser utilizados para otros fines o para elaborar una nueva matriz, una vez fundidas y transformadas. Otra razón es que siendo personales, no debían ser utilizadas después de la muerte de sus titulares; algunas veces se los enterraba co n ellos37 o se rompían para inutilizarlos, pues de lo contrario podían caer en manos extrañas que hubiesen pod ido servirse de estas indebidamente38. Generalmente los reyes y grandes dignatarios, en las abadías y monasterios más renombrados, los obispos y las ciudades y villas de mayor importancia empleaban la plata como metal para grabar sus matrices sigilares. Se sabe de casos, como el de los reyes de Aragón, en el que se los hacía dorar39.
37 Porejemplo: las matrices deplatade los sellos deConstanzade Castilla, segunda esposa deLuisel joven(Luis VI) de Francia), y deIsabel deHainaut, primera mujer deFelipeAugusto, quese descubrieron en los sepulcros deestas reinas, La primera, en la abadíade Saint-Denis, cuandofuero n violadaslas sepulturas reales; y la segunda, en las delaiglesiade NuestraSeñoradeParís, halladapor Violle t-le Duc. EspasaCalpe, 1981, 30 Medidas necesarias hicier on que las religiosas del pri ora to de la Sussaie, cercade Villejuif, recibieran, cuandooc urría la muerte del rey, todas las matrices de ios sellos de la Cancillería Real de oro yplata con sus cadenas, todas rotas; que fueran inutilizadasa la muerte delrey,procedíéndoseasu rompimiento con granceremonia!. Espasa Calpe, 1981. 39 Losduques deBorgoña, decostu mbres fastuosas, quelas hicieron grabaren oro. Espasa Calpe, 1981.
29
El cobre y bronce ñieron utilizados en otras instituciones, tanto civiles como religiosas de menor rango40. La sigilografía también tiene en cuenta las dimensiones y las formas de los sellos, así com o sus particularidades. Por sus dimensiones, se clasifican en módulos: grande, mediano y pequeño (los grandes entre 80 y 100 milímetros el diámetro, los medianos entre 40mm. y 50mm., los pequeños entre 15 y 20mm.), aunque bay ejemplares que exceden estas medidas y que por lo general pertenecieron a los reyes más poderosos de Europa41. En cuanto a los entalladores, los de la región de Flandes se distinguieron po r su pericia en el grabado de matrices42. En Maubeuge, un artífice llamado Simón, ejercía con éxito, en 1326, la profesión de gravator sigillorum43, Asimismo, se mencionan como especialistas en la fabricación de sellos, en esa región, a Arnal do Clotin, Juan de Helle y Thierri van Staveren. Las provincias meridionales
de
Francia,
según
Lecoy
de
la
Marche445 ,4 estaban
menos
adelantadas en esta rama del arte; sin embargo, existió toda una dinastía de plateros provenzales muy bien remuneradas43, apellidadas Raoulin; Antonio, elaboró las matrices de sellos de plata para la reina de Sicilia, y Guillermino o Guillermo; obtuvo el título de joyero del rey de Sicilia. Existe una obra de los Wyon (padre e hijo) sobre los sellos de los reyes de Inglaterra, con el nombre de veinte grabadores de matrices de sellos, desde el reinado de Enrique III hasta la época moderna; entre ellos se encuentra Tomás Symonds, que acuñó bellas monedas durante el gobierno de Cromwell (1653-58).
150Lasbulas depl omo, pendientes delas letraspontificiales particula rmente algunosdo cument os regios, provenían deuna matrizenacerotemplado, por mediodela cual seacuñabael metalfr ío. Com o excepción secita unamatriz grabadaen marfilpertenecienteal sellodelobispo FulcodeAmiens, del sigloXI. EspasaCaipe, 1981. Aí Sin embargo,entre las degran módulo hayejemplaresdesellos reales queexcedenaaquellas dimensiones, como por ejemplo, el deEnriqueII deFrancia, que presenta 1!5mm.; el deIsabel deInglaterra yel delareina Anade estamisma nación, que miden, respectivamente, 145 y I77mm. de diámetro. Entre la serie de sellos, en esa misma época, figuran Juan Fovet,P edro Blondel, plater oyJuan deBoys, entalladores desellos,to dos residentes en París. Espasa Caipe, 1981. 42 Arras poseía un taller en el que la condesa de Artois, nietadel reysan Luis, hizo construir su gran sello-matriz, de plata; allí mismo, el conde de Nevers, en 1387, encargó a un platero llamado Colin Lours una matriz todavía más preciosa, unidaa unacadenadeo ro. Espasa Caipe, 1981. « 'T re s de suscofradesdeTou rnai yJuanleSaieleuró leScelleur,soncitadosálavez, por diversostrabajosanálogos, en las cuentas delosreyesde Francia,deloscondesdeHainautydelos deFlandes”. EspasaCaipe, 1981To m o LVI. 44 Espasa Caipe,
1981. 45 Esta afirmación permite saber que debieron ser los plateros los entalladores de los sellos, si en el Perú se hicieron sellos, estos debieron estar encargados a los plateros, lamentablemente no se puede afirmar ello categóricamente, por cuantohasta la culminación del trabajo nose ha podido hallar(seguro será más adelante) un reciboque demuestre la participación deunplatero oartesano símilquehayabrindado esetipo deserviciosenelestanco delpapel sellado.
30
En España, entre quienes elaboraron las matrices de sellos de los reyes de la monarquía catalonaragonesa, están los plateros Tutxó, y Mino de la Seca, en Barcelona; Pedro Bernes, platero valenciano, labró las matrices de los sellos de Pedro IV el Ceremonioso y de sus esposas (las reinas doña Leonor de Portugal y doña Leonor de Sicilia), y del infante donjuán, después Juan I; todos pertenecientes al siglo XIV.
Corresponden a la misma época:
Francisco de
Comapregona, Juan y Antonio B áster, plateros de Perpiñán; Francisco Coscolla, platero de Valencia; Romeu des Feu, platero de Barcelona, quien renovó las matrices de los sellos de Juan I, Martín el Humano, Fernando I de Antequera y Alfonso V el Magnánimo. A principios del siglo XV figuran como grabadores de sellos, en la corona aragonesa:
Francisco de Pons, platero de valencia; Berenguer Bosch, Rigau
Sarner, Armando des Stapsnard y Hans Tramer, todos también ejerciendo la misma profesión de plateros y los tres últimos de origen extranjero, particularmente Hans Tramer, que era natural de Constanza. Estos grabadores gozaron del prestigio y consideración por los méritos artísticos reunidos en sus matrices, por lo que son registrados en los estudios de sigilografía, pero más por sus improntas o sellos propiamente dichos, tan numerosas y variadas, que por el escaso número de sus matrices. A través de las improntas se ha podido conocer, en primer lugar, cómo se obtenían, y cóm o se dividían en sellos céreos y sellos metálicos de Bullae. Si la impronta se obtenía sobre una materia blanda, que era lo común, y que se obtenía por medio de la presión de una matriz de plata, cobre, etc., se denominaban céreos; si se obtenía sobre un cuerpo duro, como el plomo, a través de una matriz de acero templado, se denominaban sellos metálicos, o mas bien bullae, bulas, bolle s. Las ceras donde se hacían las improntas cobraron mucha importancia, y había gran variedad, tanto por su calidad, naturaleza y color. Por su calidad, las hay desde las quebradizas, hasta las duras como la piedra y otras que tan sólo
31
guardan la consistencia de la cera recién fundida40. Al princip io éstas fueron de color blanquecino y tenían una consistencia quebradiza (raras y difíciles de estudiar), pero a partir de los siglos XII y XIV, las improntas se presentan más duras debido a nuevas substancias que las hicieron resistentes, sobre todo a las pequeñas. En siglo XVII, las improntas, en las cancillerías reales, resultaron Suntuosas y poco consistentes. Otro aspecto de la cera es el color; al principio se la usó la cera en color natural, pero después se le puso color destacando el 47
rojo . .
La forma de los sellos no tenía reglas fijas; la más usual entre los laicos, fue la circular o redonda, y entre los eclesiásticos, la ojival. generalizó desde el Renacimiento.
La ovalada se
El modo de colocar los sellos en los
documentos podía ser: pendientes, de placa, y con accesorios que pendían de ellos con colores específicos relativos a su escudo. Lo más importante en la sigilografía es el estudio de la representación gráfica, constituida por dos elementos: el modelo o tipo, que corresponde al* 0 1 46 “ Erafrecuente añadir a las de los sellos primitivos, particularmentehastael siglo Xii, una porción de greda". Espasa Calpe, 198!, w“ Elco lor delas cerasfue variado en lossellos medievales, ai comienzoseempleabala cera natural o virgen,resultando de un tintealgo oscuro por la coccióny la acción deltiempo. En Francia se usó asídurante losperíodosmerovingioy carolingio y en sigloX II empezó a usarsee! color ro)oy despuéselverde, en las cancillerías reales y episcopales. La cancillería rea!, desde la época de Felipe Augusto estableció una diferencia sensible en el color de las ceras que se empleaba; sellaba con cera verde las letras patentes, mandatos, edictos yordenanzas, y conamarillalas letras demenor importancia. Más tarde admitió la roja, como unamarca especial, paralosnegociosconcernientesal Delfinadoy a Italia. Los emperadores de Alemania y los reyes de Inglaterra emplearon la cera roja en sus sellos. Los condes-reyes de Aragón hastaJaimeII elJusto(1291-1327), usaronlacera blancoamarillao natura!, esto es,tal como resultabadespués de elaborarla, sin añadirle color alguno, trocándola por la roja en los sellos de este monarca y de sus sucesores. Los particulares, salvo algunos grandes feudatarios, celosos de imitar a su soberano, no se abstuvieron a reglas fijas en el colo r de la cera desussellos, resultandogranvariedad en los matices, habiéndolosrojos, amarillos, negros, verdes, etc. Asimismo se observan losde ciudadesy villas yen los eclesiásticos; sin embargo, muchos arzobispos y obisposusaron la cera roja a semejanza de los Papas, que han venido empleándola para imprimir el Anillo dei Pescador, o sea el sello especia!quesirve parasellar los Breves pontificios. En algunas abadíasy órdenes religiosasseempleabaparasus sellos la cera natural y a veces la roja o negra- las improntas en metal, conocidas con el nombre genérico de bullae (bulas), penden siempre de los documentos, en razón de su materia y de su peso, y van unidas a los mismos por medio de cordones o hilos desedadediversoscolores. Las haydeoro, plata, bronce yplomo. Las deor o son rarísimas, puessu valor intrínseco habrác ontrib uido principalmenteaque desaparecieran, fundiéndose para aprovecharel metal precioso que en mayoro menor cantidadcontenían. SegúnD ouét d'Arcq, en los Archivos nacionalesdel París sóloseconservan 10 ejemplares, y son: cuatro del emperador Federico 1! (1235-1256); una deBaldu/noti, emperador deConstantínopla (1268); otra del duxdeVenecia Gradénigo (1306);dosdelemperador Carlos IV(1378); unadei emperador Fernando III (1654), y, finalmente, otra de! rey de Inglaterra Enrique VIII (1527). En los Archivos del Vaticano vence, entre otras varias,unadel reydeAragón Alfonso V (1445)y otra dedon Fernando deAragón, hijonatural deestemonarcayrey de Nápoles con el título de Fernando I (1459). Del mismo rey don Alfonsose conserva otra,pe ro de distintotipo, en el Arc hivo del Cabildo Catedral de Valencia (1451). Con excepción de la de Enrique Vl il de Inglaterra, que es fundida y cincelada, y, po r consiguiente, maciza, lasdemás,casitodas, se componen dedos hojaso láminas de or o muy delgadase impresasseparadamentey despuéssoldadas juntas,formando un hueco cuyoin ter ior parece haberse rellenadodecera. Así se observa en una de las bulas del empe rado r Carlos IV, porqu e no habiendo sido soldadas fas dos placas que contienen el anversoy el reverso delsello ponen al descubierto lacera del inter ior. Estelecho deceraeraavecestan considerable, como po rejemplo,elsellodelemperador Fernando lil", EspasaCalpe, 1981.
n
dibujo y la leyenda, que corresponde a la paleografía, la epigrafía y a la apreciación
artística
del
investigador.
Según
Douet
d' Arcq,
estas
representaciones se pueden dividir en ocho grupos: tipo mayestático, tipo feminal, tipo ecuestre, tipo heráldico, tipo eclesiástico, tipo iconográfico sagrado, tipo topográfico y tipo arbitrario o de fantasía.
Otra propuesta, es la de
Augusto Coulon (archivero encargado de la sección sigilográfica de los Archivos nacionales de París) que las distribuye en nueve tipos: majestad, ecuestre, pedestre, armorial, h agiográfico, monumental, naval, emblemático, y diverso48. La leyenda o inscripción, por lo usual en latín, que completa y acompaña la figura, tiene un valor artístico y despierta un interés histórico. Generalmente se halla grabada formando círculo alrededor de la figura o representación que ocupa el campo del sello. En ellas conviene observar cómo los caracteres varían según las épocas. En los sellos destacan las letras mayúsculas algo desfiguradas, que en el siglo XIII, se mezclan con algunos caracteres góticos, constituyendo el período de transición del románico al ojival, hasta quedar como tipo único las mayúsculas góticas en toda su pureza. Desde mediados del siglo XIV hasta fines del XV se usan también las minúsculas góticas, reapareciendo los caracteres romanos en el Renacimiento. Por lo general la inscripción va precedida de una cruz, en la parte superior del sello, y desde el siglo XIII se ven en las leyendas uno, dos y hasta tres puntos, colocados verticalmente y separando las palabras. Las abreviaturas se encuentran con frecuencia pues el espacio para escribir varias palabras residía estrecho.
Entre las principales abreviaturas se encuentran:
S
(sigillum), DNI (domini), DI GRATIA {dei gratia), REG {regis), COMIT
1,0 La Enciclopedia de Espasa Calpe, dice de algunos de ellos: "El de tipo majestad presenta al soberano sentado, de frente, con los atributos desu autoridad: la corona yel cetro; ávecestrae la espada y el pomoo globo, que remata en unacruz(Ejemplo:sellodeAlfo nso II deAragón, i !90; en AlemaniadesdePepinoen 75 1 hastalosemperadoresOtó n III en 988y EnriqueIIen 1013,al parecer,fueron losprimeros; en Inglaterraeltipo mayestátscoaparecep or primeravezen el sellosde Eduardoel Confesor, 1053-í065; y en España, losejemplaresmás antiguosque se conocen deese tip o son el sello de AlfonsoVil deCastilla, 1149, yel deAlfonso II deAragóny I comocondedeBarcelona, 1189. Antes iosreyes utilizaron Sos anillossignatarios y entalles con bustos (de la épocaromana) parasellar los diplomas. El tipo heráldico o armorial presenta el escudo con las divisas heráldicas de la persona o la corporación representada por el sello, estas aparecieron a fines de! siglo XIII en los escudos de los caballeros. Este tipo fue utilizado por los reyes para sus contraselloso sellos decarácter particular. En Francia, el escudoreal sembrado deflores de liscomienza averse en el contrasello deLuisVIH en 1224, en su forma moderna sólolleva tres grandesflore s delis, queaparece por primera vez en el de Carlos VI en 1392, Losreyesde Aragón, a partir del siglo XIV, mediante las ordenanzas de Pedro IV la Casa Real,pusieron en suscon trasellos elescudo con ladivisade las barras". EspasaCalpe, 1981:5162.
33
(comitis) , SCE {sánete), EPI {episcopi), FR y FRIS {frater y frat is) . A veces el nombre del personaje al cual pertenece el sello viene representado por su sola inicial u otros signos convencionales para ganar espacio. La inscripc ión de los sellos aclara y completa el enunciado del documento (títulos, renombres, dignidades y nomenclatura de feudos, etc.).
De esta
manera, el sello y el documento se complementan, de ahí que es un tema interesante para ser investigado49. En la actualidad se aprecia interés por continuar con este tipo de estudios así como en la decisiva tarea de conservarlos en las mejores condiciones que la tecnología ofrece, siendo los archivos los más interesados en este tipo de propuestas. Cabe recordar las palabras de Lecoy de la Marche: « Estasíntesis ha sido extraídadel Diccionario. Espasa Calpe (!98iTo mo LVI), queademás contiene la ubicación de los sellos reconocidos por su belleza e importancia en los museos más importantes de Europay explica como es que ocuparon un lugar preferente en la diplomática para verificar la autenticidad y legitimidad de los documentos. Agrega que los benedictinosfueron los primerosenadvertir su importancia como elementohistórico y arqueológico al copiar losdocumentos, mencionarlos ydescribirlos,y queentre loshistoriadoresyarqueólogos que en los siglos XVIIyX Vlil se ocuparon en los sellos con distintos intereses están: los benedictinos Mabillon, Clamet, Tassin, Toustain, Morice, Lobineau, Plancher, Vaissette, etc.; y Wredio, Hoepingk, ThuSemario, Westermann, Heineccio, Muratori, Manni, Palomares, Terreros, Garma, De Migieux, entre otros. Varios de ellos tuvieron el interés de reproducirlos pero encontraron seriasdificultades. EnelsigloXIX , conelavancedelas ciencias históricasen tre iosañosde 1834a 1837,en Francia, el Trésor de numismatique et de glyptique, reprodujo numerosos sellos por medio deun sistema(de Aquiies Collás)que,lamentablementesuavizóciertasasperezasde la cerade los originales modificando la forma yelaspecto de los sellosreproducidos. Reseñaademás: "En 1838 se publicó en Francia la Paleografíade Wallly, cuyo segundo tomo estádedicado a laSigilografía,y en 185 1, sec onstit uyó en ParísunaSociedadde Esfragística,bajo la direcció n deLuciano ConstantyChabouillé,quepublicó cuatrovolúmenes deun boletínespecial,con numerososgrabados desellos,lamayor parteinéditosó pococonocidos. Lafotografía,elfotograbado ylafotocopia hicieron posible la reproducción, inclusode sellos medievales, quehanmerecido estudios, como eldelosfranceses: Adriano Blanchet, la Biblíographiecritique de la Sigiliographie Fran$aise (1902), una recopilación bibliográfica que asciende a 528 los trabajos publicados en Francia. A mediadosdel sigloX IX se crearon los museos sigilográficos, por medio decolecciones devaciados ó facsímiles delos originales,agrupadoscron ológica mente p or regiones oseries. Lacolección pequeñísimade la Edad Media, estádestinada a desaparecer con el tiempo, por la fragilidad de la materia que los constituye y su colocación pendiente de los pergaminosal tener quemanejarlosparaproceder asu estudio;yalcambiodelos localesy legajos,apartedelpeligrode incendiou otras causasexternas, como el deterioro progresivo por el paso de losaños. Ya desde 1832 hasta 1834 se empezóa sacarvaciadosde sellosen los entonces Archivos del Reino, hoynacionales, de París, al objeto de nu trir las coleccionesdefacsímiles enyesode la Casa de la Moneday delaEscuela deBellasA rtes deaquellacapital. Francia, ha estado a la vanguardiade los estudios sigilográficos desdeentonces, y se preocuparon po r resguardarlos debidamente, clasificarlos, inventariarlos y describirlos; asimismo, realizan"la publicidad delas colecciones [que] constituyeel almade las mismas yel nerviode iosestudios", frasede Doué td’Arc q, considerado creador dela cienciasigiiográftcafrancesa, él trabajando en ios Archivos del imperio, publicó en tres volúmenes, desde 1863 hasta 1868, ia descripción de i I 840 improntas. El conde de Laborde, en su tarea de aumentar la colección con los sellos que se conservaban en los departamentales, municipales,eclesiásticos, notariales,etc., deFranciahizo uncálculo de cercade 400 000;y encargóen 1861 a G. Demay, la tareade ir reproduciendo dichossellos,asu muerte latarea quedó suspendidaen 1905, pero que fue continuadap or Augusto Coulon que procedió a inventariar lossellos de Borgoña,tarea culminadaen 1912, con la descripción de i 610sellos,e ¡lustradocon 60láminas enfotocopia quereproducen másde 400ejemplares. Elnúmero de vaciados é improntas que se conservan en ¡os Archivos Nacionales de París ascienden hoy á mas de 108 000, constituyendo por su númeroy por la riquezay variedadde ¡as series la colección más importante de estegénero que existe actualmente en Europa. En España, en el siglo XIX, Tomás de Muñoz y Romero, catedrático de la escuela de Diplomática,sededicóal estudiode los sellos,realessobreto do, yfo rmó unacoleccióndefacsímilesinteresante, la que ha servido de base para laformación del importanteMuseoSigílográficodelArch ivo Histórico deNacional de Madrid, quepasóamanosdel reco nocid o sigilógrafoJuanMenéndezPidal", EspasaCalpe, 198 1:5162.
34
“ la Sigilografía, siguiendo la tendencia de las demás ramas de la Arqueología, entrará en la categoría de las ciencias positivas y fecundas. Ocupándose en objetos mejor conocidos, accesibles a todos y multiplicados por los medios más ingeniosos, aportará a la historia una suma de elementos inesperados y a las artes una fuente inagotable de inspiraciones nuevas**50.
1.3.2
£a heráldica
y tos escudos reates
El papel sellado tiene como protagonista iconográñco al sello real representado por el escudo real del monarca en ejercicio. Por otro lado, ingresar al campo de los escudos reales, es ingresar también al mundo de la heráldica o el arte del blasón, que estudia, explica y describe los escudos de armas de cada casa, linaje, ciudad o persona. Según Ignacio Gavira Tomás, miembro de la Real Academia Matritense de Heráldica y Genealogía, de esta manera se puede identificar cada señal, figura y pieza con una meridiana certeza de su origen.
Algunos estudiosos
explican que el origen de los blasones puede hallarse en la antigüedad, cuando los hombres trataban de identificarse con una señal relacionada a su actividad, presente en el campo de batalla. Con el paso de los siglos esta forma distintiva se arraiga en las familias y corporaciones más poderosas; de esta manera en la Edad Media (siglo XII) con los poderosos señores feudales se aprecia la consolidación de ciertos escudos conocidos en los campos de batalla para distinguirse de los demás515 . 2 Gavira dice al respecto que: “ Los emblemas utilizados, que en princip io respondían a la voluntad individual y a la imaginación de su portador, pronto se hicieron hereditarios y se organizaron en un sistema de normas y convenciones, con un lenguaje y una terminología propios; especialmente al quedar su concesión restringida a una prerrogativa real que se ejercía a través de los llamados “ Heraldos” 53, cuya cabeza visible era el “ Rey de Armas” 53. 50 Espasa Calpe, 1981:5162,To rno LVI. st Gavira,2003:2 52Quienes tenían carác ter sagradoytenían la misiónde llevarmensajesy declaracionesdeguerra, 53 Gavira, 2003:3
35
En la misma dirección anota Julio Ñogi: “Los heraldos fueron en el medioevo los encargados de dirigir los torneos, para pasar a encargarse de la conñguración de los escudos de armas de cada familia, momento en que comenzaron a ser conocidos como reyes de armas” 545*. Se le dice escudo porque los emblemas elegidos u otorgados por los reyes se pintaron sobre este instrumento de defensa, los que después se trasladaron a las telas, fachadas, cuadros, monumentos funerarios, etc. Por esta razón la heráldica también debe ir acompañada de otras disciplinas como la diplomática, la paleografía, la epigrafía, la vexilologíass, la genealogía y el derecho nobiliario. Existen la heráldica gentilicia, civil, corporativa, eclesiástica, militar e industrial. La que corresponde a los reyes tiene tanto de gentilicia como civil. La evolución del escudo de España deja constancia de esta mixtura.
Los
escudos reales representaron indistintamente al individuo (rey), la familia y linaje (casas nobiliarias), así como entidades territoriales de carácter nacional, provincial y local (emblemas jurisdiccionales). Referirse al escudo español como icono del Estado metropolitano respecto a América es remontarse a fines del siglo XV, una península europea reconquistada por los cristianos de manos musulmanas. Según Menéndez Pidal hay dos elementos importantes para la formación del escudo español antes del siglo XIX: el emblema de unión de los reinos de Castilla y León (cuando el rey de Castilla recibe la corona de León en 1230) y el escudo de los Reyes Católicos en 1475, con motivo de su matrimonio en 146958.
A pesar de que las
principales armas del escudo español se mantienen, Gavira añade: “No podemos decir, sin embargo, con propiedad, que los sucesivos escudos que han usado los diferentes monarcas representan al estado, sino que, por el contrario, se trataban de armas personales del monarca, que por extensión se aplicaban a sus reinos y a los respectivos territorios por ellos gobernados” 57. Sj*Goñi, 1998:16. 55 El estudi o delasbanderas yestandartes. « Gavira,2003:8-9. ” Gavira,2003:9.
36
Efectivamente, el escudo español varió no sólo por el número de sus monarcas sino también por los cambios que ellos mismos introdujeron al alterar sus jurisdicciones políticas; y porque no decirlo, al ser motivados por la moda, en el caso de la forma y sus contornos. En líneas generales, los Reyes Católicos dejaron las pautas, en todas los órdenes, incluido el escudo, para consolidar el Estado español; Isabel I con los reinos de Castilla y León, y Fernando V con el de Aragón, quienes unieron herencias y victorias bélicas como la de Granada, que registra la supremacía del catolicismo en la península.
37
capítulo II
£1papá sellado en el Pená Colonial 16401824
1.1 Introd ucción del papel sellad o en Jfispanoantérica El papel sellado en el Perú e Hispanoamérica se introdujo en 1638; sucedió a la metrópoli, donde hacía dos años que este se había impuesto.
2 .1.1
fines
Lograr que mediante el ingreso de la venta de este producto, las arcas del estado colonial logren subsidiar los gastos administrativos. Esta razón pública formó parte de la Premática58, es decir los motivos económicos no estaban camuflados por la sola razón legal y de la introducción de documentos falsificados. Eso lo vemos por las referencias siguientes:5 0 * 50 La ley publicada para ser distribuida y por ende para que se cumpla, es conocida como pragmática. Sin embargo, cuando se publicó la leydelossellos realesen i639 para Hispanoaméricaeste salió con elnombre de Premática. A lo largodeesteestudiono sotros emplearemosla palabraPremática,
“ Y considerando aver llegado a estado mi Real Hacienda con los gastos que se han recrecido con tan continuas guerras en todas partes, para la defensa de la Religión Católica y de mis vasallos, paz y tranquilidad de mis Reynos, y Provincias, y principalmente en la conservación y pacificación de las Indias, que no puedo dexar de valerme de todos mis derechos, y Regalías, he resuelto, Que papel que ha de servir para el gasto de todos los instrumentos y recaudos que se hizieren y otorgaren en los mis Reynos y Provincias de las Indias, se selle: y que nadie lo pueda sellar, imprimir, ni vender, por mayor, ni por menor, sino fuere en mi nombre, a invitación de lo que se ha executado en estos de Castilla: con que se consiguen los buenos efectos requeridos, y el alivio de mi real hacienda, y de mis vasallos, que la tendrán de nuevas contribuciones” 59»
Las invocaciones a la defensa de la religión y la salvaguarda de los súbditos y su medio se anteponen. El rey manda sellar tod o papel que sirva de “ instrumentos y recaudos” en sus reinos y provincias de las Indias. Se ratifica lo mandado en la Premática de 1639 que advierte que los “ instrumentos” que no cumpliesen con este requisito serían nulos en todos los campos, asimismo, establecía penas pecuniarias contra quienes infringiesen esa ley.
2.1.2 Tipos y valores La introducción del papel sellado correspondió a la composición social del Estado español. Siendo ésta una sociedad estamental, los papeles sellados también estaban en concordancia con estos hechos.
Si bien los papeles no
estaban designados para cada uno de los estamentos conocidos, lo cierto es que de forma indirecta se asignaba el uso de determinados a grupos jerarquizados. Los tipos de papel sellado utilizados en la colonia fueron cuatro: el sello primero para los despachos de gracia y mercedes, el sello segundo para los instrumentos de escrituras, el sello tercero para todo lo judicial y el sello cuarto S9 Premática, i639:iv.
40
para uso de los indígenas y pobres de solemnidad.
Las dos últimas tuvieron
mayor demanda a lo largo de todo el coloniaje.
2.1X1 Sello 1o Este tipo de papel tenía la siguiente asignación: “ En el Sello primero se han de escribir todos los despachos de gracia y mercedes, que se hicieren en las Provincias de las Indias por nuestros Vireyes, Presidentes, Audiencias, Tribunales de Cuentas, Gobernadores y Capitanes Generales, y otros cualesquier Ministros de Justicia, Guerra, y Hacienda, y que si los tales Despachos tuvieren mas que un pliego, todas las otras hojas se escriban en papel sello tercero” . Se sabe que el acceso a semejantes esferas está sólo supeditada a personas de alto rango, nobles, ricos comerciantes o cualquier otra que al tiempo se considere “ estratégica” para cond icionar gracias o mercedes, que como
sabemos,
éstas
serán
siempre
económicas
o
sociales,
es
decir
exoneración de impuestos o el permiso para alternar en reuniones sociales de elite que le permitan generar negocios más exitosos.
Si bien el pliego que
encabeza el documento debe ser en papel sello primero, el resto lo es en papel sello tercero. Tan importante como saber a quienes estaba dirigido, es saber su presentación y precio.
El papel sello primero venía “ a pliego entero” y
valía 24 reales.
ü
41
2X2.2 SeUo 2 Sobre él, la Premática dice: “ El Sello segundo ha de ser para el primer pliego de todos los instrumentos de Escrituras, Testamentos, y Contratos, de qualquier género, y forma que sean, y que se hubieren de otorgar legítimamente ante Escribanos, y las demás hojas en los protocolo s, y registros han de ser selladas con el sello tercero” 60. Estos papeles sellados sirvieron para contratar o ceder cualquier objeto o valor, razón por la cual los notarios los empleaban. Este papel también iba en pliego entero y se vendía a 6 reales. A partir del bienio 1798-99 su prec io se elevó a 12 reales.
O
2.1.2.3 SeUo 3°
Es el más usado, requerido por todos los estamentos sociales. Ea ley describió su uso de esta manera: “ El Sello tercero ha e servir para todo lo judicial, y que se actuare, y fuere de Justicia ante nuestros V i reyes, Chancillerías, Audiencias, Tribunales, y los demás Jueces, y Justicias de las Indias y lo compulsado que se diere, de qualquier cosa que sea, no ha de llevar mas que el primer pliego, sellado con el sello segundo, y lo demás en papel común” 61.
60 Premática, I639:2v. Premática, 1639:3.
42
Si bien la Real Audiencia y los demás centros de administrador de justicia en el Perú colonial, tuvieron ante sí a nobles, comerciantes, miembros de la Iglesia, indígenas nobles, indígenas tributarios, esclavos, negros libertos, no todos emplearon, el papel sello tercero ante las instancias judiciales.
Un
traslado o copia de valor legal de los documentos producidos en estas instancias, equivalían casi a una escritura pública; la diferencia es que el primer pliego debía ser sello tercero y el resto podía ser en papel sin sello. Este papel iba en medio pliego y valía un real; a partir del bienio 1798-99 su precio se duplicó a dos reales.
O
2 X 2 . 4 Sello 4° Requerido por el segmento de la población menos favorecido, la Premática señala: “ En el sello quarto se han de escribir todos lo s despachos de oficio, y de pobres de solemnidad, y de los Indios públicos, o particulares (si estos lo reduxeren a papel) y aun en tal caso, si faltaren los Indios en que sea sellado, no sea causa de nulidad, por quanto mi intención y voluntad siempre ha sido, y es, aliviarles de qualquier carga y gravamen” 63. De uso común por los pobres de solemnidad y los indígenas para ser presentado en todas las oficinas. demuestran una
efectiva
Las expresiones señaladas por el rey
consideración
genuinamente
“ real”
hacia
los6 2
62 Premática, 1639:3.
43
indígenas; sólo a ellos se reñere cuando permite que sus documentos prosigan y no se les anulen po r carecer de sello. Este tipo de papel sellado también iba en medio pliego y su costo fue de un cuartillo de real, precio que nunca varió durante la Colonia83.
O
2.1.3 Emisiones
Los sellos se emitieron por bienios, así se estipuló en la ley: “ Y porque con la variedad y mudanza de las señales y caracteres de los sellos, se assegura mas su legalidad, mando, que los dichos pliegos sellados con los dichos sellos, no puedan volver ni correr en las mis Indias por mas tiempo que dos años; y que para los dos siguientes se impriman otros, en la forma que pareciere mas conven iente” 84. La emisión y renovación de los diseños por bienios podría tener dos funciones: impedir el acaparamiento, y dinamitar su administración. Se debe tener en cuenta, que dos años es un tiempo prudencial en el que podría tolerarse la presencia del sello real de un rey difunto mientras se esperaba el nuevo sello del rey heredero (periodo en el cual se habilitan los papeles sellados, aún cuando indiquen su vigencia bienal).
De haberse cumplido
estrictamente con la ley, desde 1640 (bienio 1640-41) hasta 1824 (bienio *
por ejemplo, en diciembre de i782, la existencia en losalmacenes de la Dirección General que era la siguiente: 668 pliegosdel primer o (0,20%). 17 799 delsegundo (5,24%), 152 584 delt erce ro (44,9%) y 168 775 (49,66%) del cuarto.
a
Todaslas existencias sumaban 339826 pliegos (100%). Premática, 1639:3.
44
1824-25), se habrían emitido 93 tipos de papeles sellados, número que se cuadruplicaría (372), considerando los cuatro tipos de papel que debían salir al mercado (sellos: I o, 2 o, 3o y 4o). Sin embargo, no fue así; existieron factores de diversa índole que explican los vacíos y la secuencia irregular de las emisiones de origen65, entre los cuales destacan: los cambios de los escudos reales, la emisión excesiva de un bienio, trienio o cuatrienio y las coyunturas políticas. El siguiente cuadro elaborado en base a los documentos del Archivo General de la Nación, del Arch ivo Histórico Riva Agüero y el Ar chiv o Regional de Cusco, presenta una secuencia cronológica en donde, además de los bienios, están presentes los trienios y cuatrienios así como inscritos los cuatro tipos de tipos de papeles sellados. La verificación de la presencia del papel sellado en por los menos uno de los cuatro tipos66bastará para comprobar que se preparó un diseño especial para el período mencionado lo que se aprecia en la columna derecha67.
65 En esteestudio se denomina "emisión deorigen” a ia primera condición quetienen los papeles sellados parasu venta, es decir, teniendo en consideración su primera impronta (sello real einscripción). De estamanera es fácil establecer si se preparó, o no, un sello especial para un bienio o período determinado. Esta condición la tienen todos los papeles sellados (aúnaquellos que repiten un diseñode un monarcaan terior o los que, prescindiendodel escudofigurepo r este unarúbrica sellada). Hallarentre la documentación estudiada un papelselladousadoen eiperíod o queindicasuemisión deorigen es poco usual, sobre to do para los años del sigloXVII ycomienzos delXVIM; generalmenteseencuentra aquella queestáescrita sobrepapelesreselladosy habilitadosparabieniosinmediatosobastanteposteriores alaemisióndeorigen. 66 En este cuadro sepuede apreciarquelapr oporció n delapresencia depapelessellados S.3o yS,4o es mayor que los papelesS. Io yS. 2°. La razón es por el tipo de fondo elegido, procesosjudiciales que exigen el uso del papel S. 3o y, porque el pape!S.4o se utilizó en los despachos deoficio yfueelquepor leyestaba destinadoalos indígenaspobres de solemnidad. 67 En losaños sin emisión deorigen se con tó con lospapeles sellados habilitados.
45
C U A D R O C R O N O L Ó G I C O D E L AS E MIS IO NE S DEOR IGEN DELPAPELSELLADO, Lima 1640-1821 (1824, Cusco) Periodos 1640-41 1642-43 1644-45 1646-47 1648-49 1650-51 1652-53 1654-55 1656-57 1658-59 1660-61 1662-63 1663-64 1665-66 1667-68 1669 1670-71 1672-73 1674 1675-76 1677-78 1679-81 1682-83 1684 1685-87 1687 1687-88 1688-89 1689-90 1691 1692-93 1694-96 ¡696-97 1698-99 ¡700-01 1702-03 1704-05 ¡705-07 1708-09 1710-11 171 ¡- I 4 1712-13 1715-16 ¡717 1718-21 1722-23 ¡724-25 ¡726-27
46
s. r
S. 2 o
X X X X
X
X X
S. 3 o X X X X X X X X X
S. 4 o
X X
X X
X
X X X
X X X X
X X X
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X X X X X X X X X — X X X X X X X X X X —
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X X —
X X X X X
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X X X X X X
X
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X
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X X X X
X X X X X
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! 77 4_75
1776-77 1778-79 1780-81
—
—
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X
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X X X X X X X X X X X
X X X X X X X X X X X X X X X X
X X X X X X X X X X X X X X X X
X X X X X X X X X X X X X X X X
X
X
1784-85
X
X
X
1786-87
X
X
X
X
1788-89
X
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X
1790-91
X
X
X
X
X
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X
X
X
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X
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¡792-93 1798-99
X
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X X X X
— X X X X
X
X X X X X
X X X X X X X X X X
— — X X X X X X X X X X —-
X
1796-97
X X X
X X
1782-83
—
—
X
1728-29 1730 1731-32 173¡-34 1735-36 1737-38 ¡739 ¡740 1741-42 ¡743-44 1745-46 1747-48 1749-50 1751 1752-53 1753-54 1754-55 1756-57 ¡758-59 1760-61 1762-63 1764-65 1766-67 1768-69 1770-71 1772-73
X X
X
1800-01 1794-95
X
X
X
X
X
X
1804-05
X
X
X
1806-07
X
X
X
X
X
X
X
X
X
X
X
X X X X
X X X X X X X X
1802-03
1808-09
X
¡810-11 1811-12 1812 1813 1814-15 1816-17 1818-19 1820-21 1822-23 1824-25
X X X X
X X X X
La emisión por bie nios en forma ordenada ordenada y “ con la variedad y mudan mudanza za de las señales y caracteres de los sellos” se cumplió durante los primeros nueve bien ios, hasta el bien bi enio io 1 656-16 656 -16576 5768. La búsqueda búsque da de papel sell ado del bienio bie nio 1658-59 fue in fructuos fruc tuosa6 a69, lo que sí se se encon tró fueron fuer on papeles sellados, resellados y h abilitados abilita dos para ese bien io70. Es posible que la causa haya sido la preparación de un nuevo diseño, teniendo en cuanta que el papel sellado emitido para el bienio siguiente 1660-61, además de variar el contorno ornamental que resguarda el escudo, innovó el contorno del propio escudo real71; cabría cabrí a indic in dic ar que, simultáneamente a la presen pre sencia cia de aquel papel sellado, se expidió otro para ese mismo bienio y el siguiente de 1662-63, que si bien garantizaron la continuidad bienal, presentaron diseños emitidos con anterio ante riorid ridad7 ad72.
Adem ás de la presenci pres encia a de estas dos emisiones emis iones,, también
circul cir cularo aron n papeles papele s resella re sellados dos para pa ra cumplir cum plir con co n la demanda7 demand a73, de esta manera se corrobora una vez más que los almacenes tenían un amplio stock de papeles sellados de bienios anteriores. El bienio a seguir debió ser el de 1664-65, pero repitiendo el año 1663, se emitió papel sellado de origen para el bienio 1663-64, iniciándose así una secuencia de bienios que empezaron en números impares durante los tres bienios bien ios siguientes, sigu ientes, hasta 1667-687 166 7-6874. El bieni bie nio o 1669-70 1669 -70 no se emitió como tal, tal,
60 Elpapel lpapel sellad selladodel odel bienio 1654 1654-5 -55 5 repitió el diseño diseño del del escud escudoy oy contorno del del sellorealdelbienioa sellorealdelbienioa nterior (165 (1652-5 2-53) 3) pero varió el tipo de letra (AG N, Rea!Audiencia, ea!Audiencia, Causa Causascriminales, scriminales, Leg. eg. 2, C.3,f.24v, C.3,f.24v, año:í657). año:í657). 69 Es poco probableque ei pape papel l selladode selladode este bienio halla halla sido emitido, pero su preparación preparación no puede puede serdescarta serdescartada da consegurida conseguridaddebido ddebido aque no secuenta secuenta condocumentación administrati administrativaqueco vaqueco nfirme lasupresióndesu lasupresióndesu preparación preparación o emisi emisión ón. . En el Archivo Generalde Generalde la Nación,elfondo Nación,elfondo correspondientea correspondientea esteru esteru bro que aclara aclararía ría esteasunto esteasunto (AGN. C-14, C-14, Pape Papel l sellado) sellado) carecede la inform ación necesariadel necesariadel sigloXV sigloXV II ycomienzos delXVII!, 70 Uno de estoscas estoscasos os dehabilitación parael parael bienio 1658-5 1658-59eneltipo 9eneltipo sello2o sello2o esei esei quesehizo quesehizo sobre un papel papel sello sello Io del del bienio bienio 1640 1640-4 -41 1 (AGN. Real Real Audiencia, Audiencia, Causa ausas s criminal criminales, es, Leg. eg. 2, C. 3, f.1 f.146 46, , año:1 año:165 657) 7). . Al final final de! de! presentetrabajose elaboró un cuadrogeneral deemisionesde deemisionesde pape papelsellad lsellado,enel o,enel quesepuede quesepuede apreciarcomo los pape papeles les sellad sellados os deorigen deorigen fueron másadelant ásadelantehabilitad ehabilitados os paraperíodos paraperíodos posteriores, 71 Comp Compáre árens nse e los los pape papele les s sell sellad ados os de orige origen n del del tipo S. 3o de los los bien bienio ios s 1656 1656-5 -57 7 (AGN, Rea! Audi Audien enci cia, a, Causas criminal criminales. es. Leg. Leg. 2, C.3, C.3, f.364, f.364, año:1 año:1657)y 1660 1660-6 -61 1 (AGN, RealAudienci ealAudiencia, a, Caus Causas as criminales, criminales, Leg. Leg. 2, C.3,f,422 C.3,f,422, , año:1 año:165 657) 7) yseadvertirá yseadvertirá el cambio cambio detiposde letras, letras, las lasquesetratarán quesetratarán másadela ásadelante nte.. ambos se emplearonsellos emplearonsellos realesutilizado realesutilizados s en los bienios bienios 1656 1656-57 -57 y 1652 1652-5 -53 3 respectivamente respectivamente, , característica característicade de este este 72 En ambos tipo desellos desellos elaboradoscon elaboradoscon diseños diseños anteriores, por su impronta borrosa. Estosepuede Estosepuedeverificar, verificar, por ejemploen el tipo sello4o sello4o paraambo paraambos s bienios, bienios, 1660-1 1660-1661 661 (AGN, RealAudiencia ealAudiencia, , Causa ausascriminale scriminales. s. Leg. Leg. 3, C.3,f.274, C.3,f.274, año: año:16 1661 61)y )y 1662 1662-63 -63 (AGN , Real Real Audiencia, Causas Causas criminales. Leg.2, Leg.2, C.3,f.417, C.3,f.417, año:1 año:165 657). 7). 73 Véas Véase e por ejemplo, ejemplo, el papel papel S. 3o del bienio bienio 1640-4 1640-41, 1, habilitado habilitado para para el bienio 1660 1660-6 -61 1 (AGN, Real eal Audienci Audiencia, a, Causa ausas s criminales. criminales. Leg. Leg. 3, C.6,f.57, año:1 año:166í ). Felipe e IVm urió en 7A Felip
1665 1665 y al marge margen n de tos tos diseñ diseños os espec especial ialme mente nte preparad preparados os para para los los bienios bienios sigu siguie ient ntes es, , su sello sello se mantuvohas mantuvohasta taelbienio elbienio 1672-7 1672-73,bajoel 3,bajoel reinadodeCarlos II. II.
47
sino com o el primer pr imer papel sellado sell ado anuo de 166975 166975, después se volv vo lvió ió al régimen de bienios, 1670-71 y 1672-73.
El bienio 1674-75, no tuvo papel sellado sellado de
origen, pe ro sí otro anuo, el de 167476, al que que le contin con tinuó uó el bie nio 1675-76, este este salto puede tener su explicación en el estreno de un nuevo diseño en el escudo real7 real 77.
El bien bi en io 1677-78 1677 -78 carec ca reció ió de papel sellado sel lado de orig en7 en 78, y el períod per íodo o
siguiente no sería un bienio sino un trienio el que estrenaría un nuevo diseño, el trienio 1679-81, el primero en la serie, el período siguiente sí correspondió a un bienio, 1682-83.
El bienio 1684-85 1684-85 careció de papel sellado de origen y le
continuó un trienio, el de 1685-87, al año 1684 le correspondió el uso de papeles habilitados para el bienio 1684-85. El origen del bienio 1688-89, si bien tiene una variación, ésta no reside en los diseños exclusivos sino en la combinación de diseños elaborados con anterioridad (posee el sello real del bienio 1660-61 y presenta la letra del bienio 1650-5 165 0-51)7 1)79, una prácti ca que en adelante adelante se hizo usual. El papel sellado sella do de origen que continuó fue el del bienio 1689-90, el primer caso en el que, siendo de origen, origen, repite un año ya trabajado trabajado (1 689).
El año 1691 1691 no contó con tó con sello de de
origen pero éste se cubrió con el papel habilitado para el bienio 1691-92. Continuó el bienio 1692-93, el trienio, 1694-96, y las demás emisiones de los bienios siguientes hasta el de 1698-99. El bienio 1700-01 careció de papel sellado de origen, y esto debido a la coyuntura; hay dos hechos que bien podría explicar el vacío: en primer lugar, la muerte de Carlos II (noviembre de 1700), que marcó el ingreso de una nueva dinastía dinastía en la coron a española; española; y en menor medida, medida, el advenimiento de un nuevo
75 Unaemisióndeese Unaemisióndeesetip tip o solotendría explicaciónsiest explicaciónsiestaten ateníae!propó íae!propó sito decorr egir !avariacióndeiniciarelbieniocon !avariacióndeiniciarelbieniocon un añoimpar añoimpar por ia del del año par; par; por otr o lado lado, , a pesa pesarde rde la falta falta depapel depapel de origen origen paraese paraese bienio bienio, , grac gracia iasal sal stockde pape papele les s sellad selladoscaduco oscaducos, s, su habilitación habilitación perm itió cumplir con la deman demanda da, , unejemplo deello es elpapel elpapel S. 3o del bienio bienio 1665 1665-66 -66 quefuehabilitadoparaeibienio quefuehabilitadoparaeibienio 1668-6 1668-69(A 9(A GN, Genea Genealog logías ías. . Leg Leg. I,C.2,f.12, año:1 año:167 672) 2).. 76 De la misma misma forma que en el año año 166 1669, 1674 1674 tambié también n contó con pape papele les s resel resellad lados, os, es e! caso caso de un pape papell S. 3o del del bienio 16721672-73 73 quefuehabilitadopara quefuehabilitadopara 16741674-75 75 (AGN , Real RealAudiencia Audiencia, , Caus Causas ascriminales. criminales. Leg, Leg,4, 4, C.I 4,f,56,año:1 4,f,56,año:167 674) 4).. 77 En su defecto, defecto, elpape!S elpape!S.3o .3o del del bienio 1667-6 1667-68fuehabilitado 8fuehabilitado paraelbienio paraelbienio 1676-7 1676-77,empezandocon 7,empezandocon un año par(AGN, Real RealAudiencia, Audiencia, Causa Causas scriminales. criminales. Leg. Leg. 4,C.14 4,C.14,f.99,año:16 ,f.99,año:1674 74)) 73 Elaño 1677 1677estab estabacub acub ierto por elpapelhabilita elpapelhabilitadoparael doparael bienio 1676-7 1676-77, 7, yelaño Í678, por elhabilitadoparaelbienio elhabilitadoparaelbienio 1678 1678-79 -79 sobre el papel papel S. V del bienio bienio 16751675-76 76 (AGN, Gene Geneal alog ogía ías. s. Leg.2, eg.2, C.37,f.46 C.37,f.46, , año: año:1 169 696) 6). . Entre otros pape papele les s sella sellado dos s habilitad habilitados os ques irvieron para para esta esta etapa etapa están están: : para para el bienio 1678-7 1678-79, 9, el papel papel S. 4o del bienio bienio 16751675-76 76 (AGN, Genealo Genealogías. gías. Leg. Leg. 1,C.2,f. ,C.2, f. s/n, s/n,año año:16 :1672) 72),, paraeibienio 1680-8!. 79AG N, Genealogías. Genealogías. Leg. Leg. 3, C.7,f.162 C.7,f.162,,año año:17 :1769 69..
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siglo. siglo. Es compre nsible que la llegada llegada de un rey de la casa francesa, francesa, justifique justifique una pausa antes antes de la intro ducc ión de su sello real correspon diente, también, también, que se quiera liberar a los almacenes de un número elevado de papeles por resellar del siglo XVII.
El nuevo siglo XVIII cobijó , en el poder pod er español, a una nueva nueva
dinastía con rasgos políticos, económicos y culturales diferentes, manifestados en el papel sellado. En el bienio 1702-03, en pleno reinado del Felipe V, el papel sellado de origen utiliza el sello real del bienio 1652-53 y la letra del bienio 1696-97. Felipe V presentó su escudo en el papel sellado, en el que sería la cuarta emisión de un trienio, el de 1705-07, que marcó en adelante el uso del sello real de Felipe II80. No hu bo papel sellado de origen para el bienio bie nio 1708-09, pero p ero sí se se habilitó otro papel.
A partir de 1710-11 la secuencia prosigue hasta hasta 1715-16,
con la ausencia de 1714; esto se debió a que hubo una emisión simultánea, la del primer cuatrienio, 1711-14, con el mismo escudo de Felipe V pero con la letra del bien bi enio io 1670 16 70-7 -718 181. El año 1717 no presenta papel sellado, sellado, porque se con tinuó con la que sería sería la segunda emisión de un cuatrienio, la de 1718-21, cuya basta producción, dio lugar a resell res ellos os desde desd e 1722 hasta 173 282.
El bie nio 1731-32 y el cuatrienio
1731-3483inicia 3in ician n una u na serie de emisiones ininterrumpidas ininterru mpidas hasta 1747-488 1747-4 884. Pese a que el reinado de Fernando VI empezó en 1746, el paréntesis que suele seguir al cambio de un monarca por la preparación de un nuevo sello real no se presentó de inmediato; éste se dio recién entre 1749 y 1751, años en los cuales usaron los papeles anteriores con sus respectivas habilitaciones.
80Eltipo Eltipo de letraesdelbienio 1660-61. 1660-61. 81 Es de conside considerar rar que la emisi emisión ón por un cuatr cuatrieni ienio o tuvo como como fin fin extender extender su tiempo tiempo de vige vigenc ncia ia para para dar mayor mayor duració duración n al pape papell sella sellado do, , lo que demand demandó ó aumentar aumentar el númerode ejempl ejemplare ares, s, prueba prueba de ello es el encuentro encuentro de varios varios pape papele les s deeste cuatrienio (1711-14) (1711-14) resellado resellados s y habilitad habilitados os parabieniospos parabieniospos teriores, como 1731 1731-32 -32, , 1741-4 1741-42, 2, 1747-4 1747-48y 8y 1753 1753-7 -74 4 (AGN, Real Audien Audiencia cia, , Causa ausas s crimin criminale ales. s. Leg. 5, C.32 C.32, , f.i !3 , año:!730; Leg. eg. 8, C.64, C.64, f, f,5, 5, año:!740; año:!740; Leg Leg. 11, C.109,f.1 C.109,f.18, 8,año:1 año:1747; 747; y Leg, Leg, 15, C.159,f.65, C.159,f.65, año:1752 año:1752 respectiva respe ctivamente mente). ). 82 Para Para los bienios bienios 1721-2 1721-22, 2, 1723-2 1723-24, 4, 1725 1725-26 -26, , 1727-2 1727-28y 8y 1729-3 1729-30(AG 0(AG N, Rea! Rea! Audiencia, Audiencia, Caus Causas as criminale criminales: s: Leg.2, eg.2, C.1 C.12 2, f.!3v, año: año:17 1721 21; ; Leg. Leg. 3, C. Í9, Í33, año:1 año:172 724; 4; Leg. eg. 3, C.22, C.22, f.79,año: f.79,año:17 1727 27; ; Leg Leg. 3, C.22, C.22, f.40,año: f.40,año:17 1727 27 y Leg. Leg. 5, C.32, C.32, f .i 02, 02, año: año:17 1730 30 respectivamente.). respectivamente.). Estospape Estospapeles les superaron superaron incluso incluso los períodos mencionados, mencionados, pues pues tambiénse habilitaron habilitaron para para losbienios losbienios 1731-3 1731-32, 2, 1747-48y 1747-48y 1753-5 1753-54(enel 4(enel mismofondo documental documental en los legajo legajos:Le s:Leg. g. 5, C.32,f.95 C.32,f.95,año:!73 ,año:!73 0; Leg. eg. 11, C.i09,f.20, C.i09,f.20, año:í747; año:í747; y Leg. Leg. 17, C.183,f,12 C.183,f,12,,año:1 año:1754). 754). 83 Elúltim o detoda laserie laserie (Por ejemploenS.3o ejemploenS.3o:: AGN , Real RealAudiencia. Audiencia. Caus Causas as criminales: criminales: Leg,6,C.43,f.6 eg,6,C.43,f.60,año 0,año;1 ;173 734). 4). BA Muerto Felip FelipeV eV en 1746 1746 asum asumeel eel reino su hijo hijo Fernan FernandoVI doVI yel pape papell sellad sellado o de! de! bienio bienio 1747 1747-4 -48 8 parece parece haber haber sido sido prepara preparado do teniendo teniendo en considerac consideración ión este este hecho hecho, , porque porque a difere diferenci ncia a de los los bienio bienios s anteriore anteriores, s, no se usó usó el escud escudo o de Felipe FelipeVsinoelde Vsinoelde Felipe Felipe IV, IV, delbienio 16421642-43 43..
49
El sello de Fernando VI comenzó en el bienio 1752-53, ininterrumpido hasta el final de su reinado (agosto de 1759), usándose además su sedo real hasta el bienio bie nio 1760-61. En el bieni bi enio o 17621 762-638 63858 6aparece por prim era vez ve z el papel con c on el sello real de Carlos III, que perdurará a lo largo de todo su reinado (1788), incluso inclu so hasta 1791s\ 1791s\ Su sucesor Carlos IV, presenta su escudo real re al a partir de 1792, el mismo que perdura hasta el bienio 1800-01, cuando se reemplaza por un escudo nacional; esto se ve en el bienio 1802-1803, donde se consignan las armas de Castilla, León, Granada y el escusón central con los lises de la casa de Borbón, modelo mode lo que se utilizará utiliza rá en los papeles sellados hasta el bienio bien io 1810-118 1810 -1187. En 1811 el papel sellado es por el bienio 1811-12 y el escudo que lleva el nombre nomb re de Fernando Fern ando VII, V II, carece c arece del Toisón Tois ón de Oro8 Or o88, reemplazad reemp lazado o por po r una orla de laureles. En el año 1813, 1813 , sólo se preparó prep aró el papel sellado sellad o con el nombre del rey, el año, el tipo de papel y una rúbrica en vez del sello real. A partir del bienio 1814-15 vuelve a usarse el Toisón de Oro, el cual estará presente hasta el final del virreinato. Los vacíos de la emisión de papeles sellados de origen, fueron suplidos por los papeles papeles resellados y habilitados. Al respecto, respecto, cabe indicar que la preparación de papel sellado de origen, sobre todo en el siglo XVII, se hizo en demasía; esto se puede deducir porque la presencia de papeles resellados para dicho siglo y los primeros bienios del XVIII superó con creces los hallados en el siglo XVIII y XIX.
88 En estebienio estebienio, , 1762-6 1762-63,también 3,también se emitió un pape papelsella lsellado do deorigen deorigen conelescudodeFelip conelescudodeFelipe e IV (1652-53)ylaletraque se usab usabaparalahabilitación aparalahabilitación delos papeles papeles reselladosenel perío do deFernandoVI. 86 En el bienio 1790 1790-9 -91 1 se emitieron otros dospapele dospapelessell ssellad ados os deorigensimultáneament deorigensimultáneamente, e, unocon escudoreai escudoreai de Felip Felipe e IV, IV, propio de la déca década da del 40 y 50 y el contorno de 1710; 710; el otro, tambié también n con el escudo escudo de Felip Felipe e IVde las las mism ismas déca década dasyconunco syconunco ntorn o característico delaprimera delaprimera dinast dinastía. ía. 87 Aunque Aunque Fernan FernandoVil doVil logró que su padre padre abdic abdicara ara a favor suyo suyo el 19 de marzo marzo de 1808 1808 (Motín de Aranjuez Aranjuez), ), notuvo sobera soberanía nía; ; esemismoaño, esemismoaño, Napoleón BonaparteinvadióEs BonaparteinvadióEspa paña ñay y pusop pusop or reyasuhermanoJosé Bonaparte (Jos (JoséI) éI). . Por este motivo dice Francisc FranciscoG oG utiérrez C.: “ constituyeronjuntas populares populares en las las distintasciud distintasciudade ades, s, puesseg puessegún ún latradición latradición espa españo ñola la, , si el rey no podía podía ostentar la sobera soberaní nía, a, revertíaal revertíaal puebl pueblo, o, que era su legítimo legítimo depositario", depositario", y adem además ás agre grega "Este último fenómeno es importantísim o para para explicar explicar la independe independencia ncia delaA mérica Espa Españo ñola la, , puesto quelascolon quelascolonias ias organizaron organizaronjuntassimil juntassimilares ares, , autotitulados siempredefens siempredefensora orasdelamonarqu sdelamonarquíade íade FernandoVi FernandoVi l” (salvo (salvo algún algún caso caso,como ,como el deChuqu deChuquisa isaca, ca, dondesedenominó dondesedenominó significati significativamen vamente'pro te'pro tector a delosderecho delosderechos s delpueblo') (Gut iérre zC., 1985:19). 985:19). 80 "Insi "Insign gniade iade la Orden del del Toisón de Oro, que es unapie unapieza za en formadeeslabó formadeeslabónai nai que va unido un pedern pedernalech alechan ando do llama llamas, s, del del cualpende cualpende el vellón deun carnero (inspiradoen (inspiradoen la leyend leyendamitológica amitológica del del Vellocino deO ro); se pone conuna cintaroja, cintaroja, ytiene collarco mpuesto deeslabones deeslabonesy y pedern pedernales ales. . [...]Ord en civil ycaballeríafundada ycaballeríafundada en 1429 1429( ( o 1430 1430,seg ,según ún el cómputo cómputo) ) por el duque duque Feli Felipe pe II de Borgo Borgoña ña. . Al casa casar r María María I, última última represe representa ntante nte de la casa duca ducal l de Borg Borgoñ oña, a, con con el archiduqueMaximilianoI archiduqueMaximilianoI deAustria en 1477 1477, , laO laO rden quedóvincula quedóvinculadaalos daalos Habsburgohispánic Habsburgohispánicos. os. Al m or ir el rey Carlos1!, en 1700, 700, elgran elgran maest maestraz razgofue gofue ejercidotanto por Felipe FelipeV V deEs deEspa paña ña comopo relem peradorCarlosVI. Poruntratadode 1725 725 se acordó que que Felip FelipeV eV reconocía reconocía a Carlos VI la dignid dignidad ad vitalici vitalicia a degran degran maestr maestre. e. Desde Desde la muerte del del emperador emperador ( 1740) 740) hubodosramasde hubodosramasde laord laord en, la hispán hispánicaylaau icaylaaustr stríaca íaca,con ,con coexistenciadegrand coexistenciadegrandesmaestre esmaestres, s, pero los reyesde reyesde Españ spaña a siempre siempre protestaron de tales tales pretension pretensiones es de los los emperado emperadores res austría austríacos cos y nunca nunca reconocieron su legitim legitimida idad. d. Desde Desde la abdicacióndel abdicacióndel condedeBarcelona(1977), elgranmaestre es elreyJ elrey Jua uanCarl nCarlos osI" I" (SalvatEditor (SalvatEditor es,2004, págs. 14961 y 14962), 962),
50
A partir par tir del primer prim er bienio bien io se puede verifi ve rificar car la existenc exis tencia ia de papeles habilitados, es decir, que sin desperdiciar el papel sobrante, los resellaban con un escudo anterior y los años del del bienio vigente.
Desde el inicio inic io de su
expedición, el primer papel sellado para un trienio fue el de 1679-1681, el segundo de 1679-81, el tercero de 1685-1687, el cuarto de 1694-1696 y el quinto y ultimo de 1705-1707.
En el el siglo XVIII, hubo papeles sellados sellados para para
cuatrienios; el primero de ellos, de 1711-1714 (en que paralelamente hubo un papel sellado de origen para el bienio de 1712-1713), el segundo de 1718-1721 y el tercero y último de 1731-34. Las Las emisiones hasta fines del siglo siglo XVII se dieron po r bienios. Al cabo de 50 años tuvieron que modificarse y pasaron a trienios, no sabemos las causas principales, pero es posible que sea a la excesiva cantidad de papel resellado, generó un caos visual con resellos, distintivo real difuso; sólo eran visibles los contornos y el breve texto indicando el año de la vigencia.
2,1.4 perso nal adm inistrativo Como toda institución pública, el ramo de papel sellado no habría funcionado sin un personal permanente que estuviese diseminado por todo el virreinato para cumplir con las órdenes respectivas, quienes han dejado documentos interesante gracias a las cuales podremos apreciar algunas facetas de la administración interna. interna.
Si bien es cierto en el siglo siglo XVII no hemos podido podid o
encontrar nombre de las actas, gracias al Estanco del Tabaco que estaba a cargo del ramo del papel sellado para el siglo XVIII hemos podido reconstruir algunos cargos y sueldos con nombres propios, los cuales se entregan en el cuadro siguiente:
51
NÓM INA DE SUELDOS DE LA DIRECCIÓN, CONTADURÍA, TESORERÍA GENERALES, Y DEMÁS DEPENDIENTES DE LA RENTA DE PAPEL SELLADO CORRESPONDIENTESA L MES DE JUNIO DE 178589
DirecciónGeneral Nombre
Cargo
MigueldeOtermín José de Herrera Manuel López Solano Francisco José Argunanis Pedro Fernando Tr ujíl lo Domingo de Arévalo Manuel Sáenz Juan de Echegaray Féliz Sáenz de Tejada José Terán José Arias Machado Eugenio Aizcorbe Antonio Zúniaga Manuel Hurtado Mariano de Almirón Juan Eusebio Pimentel Juan de Aizcorbe
Director genera! Oficial mayor de la Dirección General Escribiente Escribiente C on ta do r general de la Renta Oficial mayor Oficial 2o Oficial 3o Oficial 4o Oficial S° Oficial 6o Oficial 7o Oficial 8o Oficial 9o Oficia! 10° Oficial 1 Io Oficial ¡2o
Lásaro de Lara
Archivero
Alexandro de Cueto
Escribano
Año/ps.
Mes/ps.
500 100 50 50 500 100 100 50 50 50 50 50 50 50 50 50 50
041.5.4 008.2.8 004.1.4 004.8.4 041.5,4 008.2.8 008,2.8 004.1.4 004.1.4 004.1.4 004.1.4 004.1.4 004.í.4 004.1.4 004.1.4 004.1.4 004.1.4
100
008.2.8
50
004,1.4
382.4 100 50 50 50
031,7. 008.2.8 004.1.4 004.1.4 004.1.4
100 2782.4
008.2.8 231.7
Archivero Escribano TesoreríaGeneral MarquésdeCastellón FranciscoTo rres Esquíve! JuanJosédelaConcha PedroPalma BenitoCortes
Tesorerogenera! Oficialmayor Oficia!2o Contadordeplataycobradadelibranzas Contador2odeplata
Almacenes MarianodeSolar Tota!
AdministradordeAlmacenesGenerales 25dependientes
A partir de estos datos se puede saber con cierta exactitud el número de empleados con que contaba dicho ramo o renta.
En la Dirección General,
cuatro personas; en la Contaduría General, trece; en la Tesorería General cinco; uno en los almacenes además de un archivero y un escribano. Llegando a un total veinticinco personas en el mes de jun io de 1785. El sueldo más elevado era el del Director General, con 500 pesos anuales, diez veces más que el empleado de menor rango es decir 50 pesos. De este total solo dos cobra n 500
09AGN. C- i4Estanco. Papel sellado. Legajo730, s/f.
52
pesos, ellos son el Director General y el Contador General; signe en la escala de sueldos el Tesorero General con un monto de 382.4 anuales; luego continúan tres oficiales mayores y uno segundo que reciben 100 pesos anuales, al igual que el archivero y el administrador de los almacenes generales. Hasta aquí son sólo nueve, poco más de un tercio del total que tiene sueldos “ altos” .
Los
diecisiete restantes cobr aron cincuenta pesos anuales, veamos:
SUELDOSANUALES. PAPELSELLADO, 1785 Oficios
Sueldos x # deservidores~Total
%
D ir generalycontador
500.0
x
2
= 1 000.0
35,94
Tesorerogeneral
382.4
x
1
=
382.4
13,75
3 oficiales mayores, 1 Of. 2o, 1 archivero y el Adm, de losalmacenesgenerales 2 escribientes, 1 escribano, 1í oficíales y 2 contadores Total - 25 empleados
¡00.0
x
6
”
600.0
21,56
x 16
=
800,0
28,75
= 2 782,4
¡00,00
50.0
(111.2 p ro m. ) x 2 5
2.1.5 periodos Administrativamente, podemos hablar de dos periodos, divididos en un antes y un después de la administración del Estanco de Tabacos, es decir, desde 1640 hasta 1782, y desde entonces hasta el fin de la Colonia. Esta división obedece al cumplimiento de órdenes reales que en su momento el virrey Francisco Gil de Taboada y Lemos, cumplió y del cual dejó fe en su memoria, que dice a la letra: “ Renta de Tabacos y Ramos unidos. Establecida en estos dominios la renta de Tabaco por el año pasado de 1752 en virtud del bando promulgado á consecuencia de Real Orden de 27 de octubre de 1747 por el Excmo. Sr. Conde de Superunda, Virrey que fue de estos Reynos, se adoptó el método de todas clases, siendo ávitro qualesquiera á reducir á cigarros puros y cigarrillos de papel aquellas especies. As í como el manejo que comprehendía todas las provincias del Perú, la del nuevo Virreynato del Río de la Plata y las del Reyno de Chile, hasta que (,..)erigiéndose (...) Dirección por el año de 778, se verificó lo mismo con los últimos de aquel, quedando el
53
territorio de mi mando sujeto al conocimiento del Director General de Lima, a quien también se agregaron los ramos de naipes, papel sellado, pólvora y breas por los años de 780, 82 y 83. El Sr. Director comisionado, actual Superintendente de la real Casa de Moneda de esta Capital D. José de la Riva, fue a quien pasando del Reyno de México con Reales encargos para reglar la predicha Real Renta de Tabacos, meditó la incorporación de los enunciados cuatro ramos, y quien también adoptando el sistema de fábricas observado en Nueva España, incorporó las labores que se exercitaban en las tiendas cigarreras de todo el Virreynato, y faciendo reglamentos de todas clases, le dio á la Renta una nueva forma (...)”so. Se puede verificar entonces, un periodo de administración autónoma hasta 1782 y otra dependiente, formando parte de la administración general de tabacos, a partir de 1782.
Es obvio que esta reforma es parte del régimen
borbónico, y en todo caso, más enérgico, a partir de los acontecimientos de 1780 (la sublevación de Ttípac Amaru).
El interés por hacer de las instituciones
centros mejor controlados, administrados, eficientes y generadores de mayores ingresos al Estado, pudo ser lo que motivó aquella combinación, de cinco estancos (tabaco, breas, naipes, pólvora y papel sellado) en uno, no sólo con los fines antedichos, sino como afirma Escobar en torno a la fusión de las alcabalas y el tabaco; el ahorro: “ La fusión de los monopolios buscó realizar economías con la utilización del mismo personal en las labores” 9 *1. Este nuevo orden en cuanto a la administración de los productos estancados ha permitido contar con información administrativa del papel sellado a partir del bienio 1782-1783 en adelante que, aunque fragmentado92, permite establecer ciertos patrones sobre su administración y funcionamiento. » Gil deTaboada, 1859:257-258. 91 Escobar, 2004:26. n Es necesario recordar que la informaciónadministrativaexistenteen elA GN, corresponde en gran parte al periodo posteriora 1780, documentación análogacorrespondiente a años anteriores (tanto del siglo XVII como del XVI11) son casi inexistentes, no más de tres libros incompletos y algunos informes en las series de Rea! Hacienda. La documentación quesólo está inventariada en legajos provisionales (con títulos por unidades administrativas y periodos quegeneralmente noguardan relación orgánica) es muynumerosay noestáordenaday se presenta incompleta, en ella esposiblehallar cuentascon resúmenesgenerales, queenlamayoría de loscasos no fuer on hechosalfinalde losbienios a lo que correspondan, sino con posteridad de dos, tres o mas bienios, Recuperar el sentido de la organización y producciónoriginal de la documentación fue unatarea que inicialmentese intentó, incluso con la esperanza de contar con la documentación completade un bienio, pero resultó infructuosa para unainvestigadora que no contaba además con el tiempo, el ambiente ni los instrumentos necesarios para tal labor, que en su caso demoraría varios meses, una laborarchivísticaquedeseguroelA GN haráenelfutur o con un equipo especializado.
54
Otra forma de periodificación, sería: la administración austríaca (de 1640 a 1700) y la borbónic a (de 1700 a 1824).
No existe documentación
suficiente de tipo administrativo que muestre el cambio en este sentido, pero como se verá en los capítulos posteriores, los cambios notables en los diseños de las emisiones de un período a otro son patentes y es seguro que una diferencia evidente en el producto implica una serie de cambios que en mucho exceden la coyuntura del paso de una dinastía a otra.
Es posible que en España, en el
Archivo de Indias de Sevilla, se encuentre la información pertinente, que permita no sólo establecer estas diferencias de índole administrativa, sino responder a otras interrogantes que tienen que ver con los entalladores responsables de las bellas y originales improntas del siglo XVII. Establecer períodos, sea por normas administrativas o por dinastías, ayudan a verificar la dinámica de las instituciones y la introducción de (en el caso de España) nuevos rasgos culturales; sin embargo, lo interesante de una institución que se inició con fines económicos más que administrativos, es lo relacionado a los ingresos que produ jeron su venta en las colonias. Gracias a un trabajo hecho en base a las cuentas de las Cajas Reales por John TePaske y Herbert Klein(10 82)93 se puede contar con una serie de cifras para diversos períodos en sus diferentes jurisdiccion es. TePaske y Klein, han tenido a bien capturar la información de los cargos y datas de las diferentes cajas del virreinato peruano. En el caso de Lima por ejemplo, el cargo y data entre 1770 y 1790 permitirá apreciar la diferencia entre ambos a partir de la década del ochenta:
93 Las cifras proporcionadas por TePaske y Klein serán analizadas en la parte correspondiente a la administración del papelsellado.
55
CAR GO YD AT A EN PESOSDEPAPELSELLADO (Lima, 1770-179Q)94 Períodoanual(eneroadiciembre)
Cargo en pesos
Data en pesos 300
Diferencia 4860
1770
5 160
1771
5 160
300
4 860
1772
5 160
300
4 860
1773 1774
5 160 5 379
905 300
4255 5 079
ene, De 1775- dic. de 1775
7 276
300
6 976
1776
4 380
200
4 180
1777
11 969
701
11 268
1778 1779
5 693 5 638
300 300
5393
1780
7 035
400
6635
5 338
1781 1782
5 863 2 802
895 1 100
4968
1783
24 980
2 276
22704
800
1 702
1785
30 008
800
-800 29208
1786
30 301
609
29 692
38000
626
37 374
1788
35 645
5 570
30075
1 789
50 000 '
i 102
48 898 -1 664
1784
A 1787
! 790
1 664
Desde el año 1770 hasta 1773 se puede observar una regularidad en los ingresos, de 5 160 pesos anuales y la misma en los egresos, 300 pesos, paulatinamente se pueden verificar un alza en el año 1774. En 1777, un año antes del cambio administrativo que el virrey Gil de Taboada y hemos impusiera, la captación es la más alta; 11 969 pesos. Esto puede significar un mayor consumo del papel sellado, aunque tal vez es un ajuste de cuentas ordenada desde la autoridad superior a efecto que la nueva administración tenga saneadas ciertas cuentas.
Es conocida la costumbre de no cerrar las
cuentas por bienios; son varias las razones por las cuales, incluso al cabo de dos, tres y hasta cuatro años, se tiene cuentas pendientes.
Otro punto a
destacar es el año 1783; los documentos referidos del papel sellado 95 ofrecen como primera cuenta la correspondiente a ese año, y el alza en el ingreso es dramático: 24 980 pesos; esta se incrementa de manera sustancial en 1789,
9
56
cuando recauda 50 000 pesos. Aunque en este trabajo el tema de la inflación u otro fenómeno económico no ha sido tomado en cuenta, es claro que la diferencia de la nueva administración maniñesta la influencia de una variable adicional generada fuera del rubro del papel sellado.
2.2
Aspectos legales
La introducción del papel sellado estuvo precedida por una ley, que establecía de forma porm enorizada cómo debía usarse y cuáles serían las penas que debían sufrir aquellos que la infringían. A través del tiempo, se debió hacer algunos ajustes para su normal uso; pasada la experiencia de los primeros bienios, pronto se darían cuenta de la eficiencia o no de su distribución, también de las dificultades que tendría el personal que trabajaba en su administración. Una forma de seguir este proceso es a través de sus normas; he aquí algunas que logramos recuperar en orden cronológico:
2.2.1 Caria y pro visión real del 15 de diciembre de 1636 Mediante esta carta publicada por Pragmática, el 15 de diciembre de 1636 y otras cédulas para su ejecución 9®, Felipe IV introdujo el uso del papel sellado en España para evitar la falsif icación de documentos.
2.2 .2 £e y. jttadrid, 28 de diciembre de 1638 La introducción del papel sellado en el Perú y en todas las colonias hispanoamericanas se hace posible por la Ley XVII dada en Madrid por el rey Felipe IV, el 28 de diciembre de 1638 y publicada como Premática en la 6 9
96 Ley Ia, Ts't, 24, Lib. X de la Novísima Recopilación (Espasa-Calpe, 1981:1051-1052). Pese a quela leyes general, su introducción se diosolo en algunasjurisdicciones,esto por cuanto loscabildosdealgunas ciudadeshabían hechoreparos en su introducción.
57
Imprenta Real de las Indias en 163997, con la finalidad de crear más ingresos al erario real. El título de la Premática señala: “Prematica en que sv magestad manda, qve desde primero de Enero del año de 1640. en adelante, no se pueda hazer, ni escriuir ninguna escritura, ni instrumento publico, ni otros despachos que por menor van declarados, si no fuere en papel sellado, en todos los Reynos y Prouincias de las Indias Occidentales, Islas y Tierra firme del mar Océano” 98. Se remarca y amplía con el contenido de la ley que agrega: “ Ordenamos y mandamos, que en todas y qualesquier parte de nuestras Indias Occidentales, Islas, y Tierra Firme del Mar Oéano, descubiertas, y que se descubrieren, no se pueda hacer, ni escribir Escritura, ni instrumento público, ni otros Despachos (que por menor se declaran en esta ley) sino fueren en papel sellado”99. Esto implicaba que su uso sería para todos y para todo tipo de trámite. La ley especificaba la causa de la introducción del papel sellado, las clases de éste y la utilización que tendría cada uno de ellos. También dejaba claro los funcionarios encargados de controlar la emisión, venta y distribución, así como las penas que caerían sobre aquellos que infrinjan la ley. De la misma manera, se explica el formato de cada papel sellado, por pliego o medio pliego por ejemplo.
Esta ley, está redactada de forma tal, para que en toda
Hispanoamérica pudiera regirse por ella100. Fue ejecutada en el Perú por el virrey Pedro Álvarez de Toledo y Leyva, primer marqués de Mancera101a partir de 1641, período político muy crítico.
97AGN. Papelsellado, LegajoÚnico s/n, Premática, 1639 90 Premática, i639. 99 Premática, 1639. 100 Como el Virreinato del Perú el Virreinato de Nueva España también aumentó los ingresos de la corona emitiendo papel sellado cadados años,y con el finde aprovecharelpapelvencido seau torizó su resello hasta 1824, en el período republicano,losgobernadores sehicieron cargo desu administración. AG N, México,2003. 501 Pedro Álvarezde Toledo y Leyva, prim er marqués deMancera(jaén, 1585-Madrid, 1654),p roveniente deunafamilia nobiliariacon vasta experiencia administrativay militar,fue nombrado virrey del Perúa la edad de54años (1639-1648), cuandoelv irreina to atravesaba momentos críticos. Además deimplantarelpapelsellado,“ ampliólaescuadray fortific ó los puertos de Valdivia, Valparaíso, Arica y El Callao, donde mandó construir una muralla de4km. de largo, que se terminó en 1647 [...]. Organizótertulias literariasy en ellas-seinventóla denominada'mancerina', piezadecerámicao plata para sujetar la jicara de chocolate, que luego se fabricó en las localidades españolas de Manises y Talavera” (www.gamesville.lycos.com ).
58
2.2 .3 instru cc ion es. JVíadrid, 25 de
a b r i l de
1639102
A cuatro meses de dada la Ley, se dieron las instrucciones para su pronta ejecución. Estas constaron de once ítems que precisaban la forma cómo debía administrarse.
En líneas generales mandaba que los oficiales de la Real
Hacienda debían hacerse cargo del envío y recibo de papel sellado en las audiencias y partidos para su distribución, de acuerdo a las órdenes de los comisarios quien debía cobrar y enterar a la sala del Consejo de Indias; también, que se envíe papel sellado en blanco y sellos de bronce para sellarlos de acuerdo a la demanda, procedimiento posible sólo con la autorización del acuerdo general; que los sellos reservados debían estar guardados bajo tres llaves (una el comisario, otra el fiscal y la tercera el contador de cuentas más antiguo); finalmente que el papel sellado y su producto tenía que estar en poder de los oficiales reales de la Real Hacienda y que hagan los responsables ante las autoridades las relaciones ajustadas de este ramo. Cuatro
años
después
de
su
introducción,
en
la
península,
la
administración contaba con cierta experiencia para implantar su uso en los virreinatos
americanos.
La “Instrucción,,.” sería una instrumento muy
importante que evitaría dificultades, sobre todo en el envío de cuentas.
2.2.4 disposiciones legales emitidas entre 1637 y 1646 relativas al papel sellado He aquí una relación de reales cédulas, y capítulos que tienen que ver con la administración del papel sellado. Se sabe de la existencia de ellas porque estar citadas en las disposiciones posteriores, consignadas en la presente serie; éstas son: la ley N° 47 de 7 de abril de 1637, la real cédula (Madrid) de 18 de mayo de 1641, la cédula dirigida al virrey marqués de Mancera de 4 de julio de 1641, la cédula real de 30 de abril de 1643, el capítulo de la carta al Licenciado D. 2 0 1
102 Escalona, 1775:233-236. "Instrucció n delaformaenquesehadeadministrar el papel sellado" (Madrid,25 deabrilde 1639).
59
Diego Carrasquilla de 27 de enero de 1646 y el capítulo de otra carta del 30 de julio de 1646. Salvo la R. C. de Madrid las demás no señalan la ciudad donde se dictaron.
2.2.5 Real Cédula. JYÍadrid, 22 de agosto de 1674 Dirigida a los oficiales reales de Lima, en ella se les participa el envío de 1 400 resmas de papel sellado y 342 de papel blanco para el bienio 1675-1676, así como las cantidades calculadas para los gastos de las Audiencias de Lima y San Francisco de Quito, además de los sellos reservados (principal y tres duplicados) a usarse en el caso de tener que sellar parte del papel blanco. Por esta real cédula se conoce que los sellos y el papel provenían de la península y que iban dirigidos a los oficiales reales, quienes debían cumplir órdenes específicas. No se deja al azar el número de papel a sellarse, menos el tipo de sello que le corresponde a cada tipo.
Si bien dicha real cédula estaba
dirigida a los oficiales reales de Lima y San Francisco de Quito, es posible suponer que en la misma forma debieron enviarse otras similares a las demás ciudades hispanoamericanas.
2.2.6 disp osicio ne s legales emitidas entre 1750 y 1763 relativas al papel sellado Entre 1750 y 1763 se emitieron decretos y resoluciones sobre el papel sellado, de los que se tiene cuenta por haber sido mencionados en normas posteriores con el fin de mejorar la administración del papel sellado, sea para modificarlas o tomarla como modelo en algún punto específico.
Estas son: una Real
resolución de 11 de diciembre de 1750, y los reales decretos emitidos en 1750 y 1763.
Se sabe de su existencia sólo por las referencias hechas en normas
posteriores sobre aspectos puntuales. Cabe mencionar que como forman parte del período francés de los borbones, es probable que estuviesen encaminadas a un efectivo control del papel sellado, los pasos previos a un paso que vendría
60
más adelante, la unificación de los estancos encabezados por el Estanco del Tabaco a partir de 1780. Incluir la administración del papel sellado en el Megaestanco del Tabaco (papel sellado, pólvora, brea, naipes y tabaco), como se aprecia en las series del papel sellado en el Archivo General de la Nación a partir de 1782, durante el gobierno del virrey Francisco Gil de Taboada y Temos debió iniciarse por una ley e instrucciones para ese efecto donde deben estar indicadas las razones por las cuales se unificó, y también, el detalle del dicho proceso de anexión.
2.2.7 Real Orden. San £orenzo, 15 de noviembre de 1787 Al cabo de 140 años de instaurado el papel sellado, las cosas habían cambiado mucho.
Mediante esta real orden se comunica a los encargados de las nuevas
secretarías de Gracia y Justicia, Hacienda y Guerra, Comercio y Navegación, sus facultades. El Estanco del Tabaco, de donde forma parte el papel sellado, pasa a la jur isd icción de la secretaría de Hacienda y Guerra. Se ha considerado transcribir algunos párrafos de esta Real Orden para dar una idea de lo complejo del orden burocrático.
El ramo de subsidio, como concedido para
sostener la guerra contra los infieles, quedarán enteramente a cargo de la Secretaría de Hacienda y Guerra. “El ajuste y liquidación de cuentas del ramo de propios y arbitrios de ciudades, villas y lugares de Indias seguirá a cargo de los ministros de Real Hacienda, pero la inversión de sus caudales quedará a cargo de la Secretaría de Gracia y Justicia. Lo mismo se observará en los bienes de comunidades de indios y Juzgados de Censos de ellos debe entenderse que el ramo de sisa, donde está establecido, toca a la Hacienda y Guerra por ser un impuesto destinado al resguardo de las fronteras contra los indios bárbaros. Los remates y actuaciones para las ventas y renuncias de oficios comenzarán a cargo del Ministerios de Hacienda y Guerra; los títulos librados por virreyes y gobernadores y sus respectivas confirmaciones por el de Gracia y Justicia. Los asesores de Virreyes, Gobernadores e Intendentes se eligirán por acuerdo de los dos Ministros conforme al decreto de 8 de julio y se despacharán por el de Gracia y Justicia. También a cargo de éste quedarán las Academias de Nobles Artes, Expediciones
61
botánicas con todos los ramos científicos de instrucción, Erudición, Historia, Medicina, Cirujía, Probenciones naturales y medicinales y el Archivo General establecido en Sevilla. Por el de Gracia y Justicia se expedirá las providencias correspondientes a la recaudación de las pensiones que sobre las Mitras y prebendas de Indias tiene la real Orden de Carlos III, y al de Hacienda y Guerra la de los intereses y sin remisión a España. Por el de hacienda y guerra se atenderán también los consulados establecidos o por establecerse en España e Indias; el ramo de Bulas, recaudación y distribución de su importe y lo concerniente al papel sellado. Por cada secretaría se despacharán o librarán las licencias para embarques de sus empleados y dependientes y por la gracia y Justicia las de los que pretendían pasar a Indias con motivo justi fic ad o” .
2.2 .8 Disp osicion es lega les emitidas entre 1794 y 1799 relativ as al papel sellado En este breve período se ha podido verificar la existencia de tres normas: una real cédula de Málaga, 4 de abril de 1794; otra real cédula de Madrid, Aranju ez, 20 de enero de 1795; y una real orden de 1799.
2. 2.9
Real Orden. San to re nzo , 12 de octubre de 1804
Dada al virrey del Perú, en ella se manifiesta que el gobernador de Cartagena, Anastasio Cesudo, comunicó al rey haber observado que el papel azul era inmune a la acción del insecto comején, razón por la cual el rey mandó que se comunicase a las provincias del Perú para los efectos que convengan a fin de arreglar las remesas de papel sellado. Mediante esta orden se observa que el papel azul, de los documentos coloniales era materia de evaluación. De su calidad dependía la perdurabilidad de los documentos.
62
2.2J0 S|eai Orden. San £oreita:©, 16 de noviembre de 1804 Dirigida al virrey del Perú, en vista de un comunicado emitido por una autoridad de la Capitanía General de Chile sobre la falta de papel sellado de todas las clases (sellos primero, segundo, tercero y cuarto) en aquella jurisd icción para el bienio de 1806-1807, el rey manda que se le remitan 96 resmas de papel sellado. Este parece ser la solución a un problema aparentemente sencillo; cabe pensar que bien pudo solucionarse en Hispanoamérica sin recurrir a la instancia real; sin embargo, esto demuestra que las autoridades no gozaban de ningún tipo de autonomía para tratarse entre ellos, pues antes debían dirigirse a la instancia superior.
2.2.11 Decreto. £im a, 23 de enero de 1808 Manda a la Junta Superior de Hacienda, para que al Contador de Resultas, Don Miguel Pizarro, se le abonen el exceso de diez pesos por cada una de las 50 resmas de papel estimadas como necesarias para el Tribunal de Cuentas.
Es
posible que este tipo de decretos no sea síntoma de escasez de papel sellado, bien puede deberse a decretos de rutina que se emiten periódicamente en la administración pública.
2.2.12 Decreto. £im a, 31 de octubre de 1808 Decreta que, en atención a lo informado por los oficiales de Real Hacienda de haberse estampado en el papel sellado la inscripción “Valga para el reinado del S. D. Fernando V II” , se comunicará a las autoridades correspond ientes para que procedan a cambiar el papel existente sin esa inscripció n. Este decreto refleja una coyuntura política álgida (1808-1814), Fernando VII rey de España, sin poder, sin escudo, sin corona.
63
2.2.13 Decreto. Cima, 07 de junio de 1810 Este decreto ordena tener disponible un almacén para guardar el papel sellado. Este dato señala que no había un almacén para el papel sellado o en su defecto el que tenían no era el adecuado.
2.2.14 Decreto. Cima, 24 de diciembre de 1810 Decreto para que se entregue papel sellado del sello 4 o a los tribunales y a las oficinas que lo necesitasen, previo pago del importe en efectivo a la Real Hacienda, Esta es la prueba de que siendo un producto del Estado cada oficina se preocupaba po r regular sus ingresos y egresos.
2.2.15 Decreto. Cima, 17 de julio de 1811 Manda el resellado del papel necesario para el bienio 1812-1813 en presencia de los oficiales de Real Hacienda.
2.2.16 Decreto. Cima, 04 de setiembre de 1811 Ordena que el papel sellado existente en la Dirección de Tabacos sea trasladado a la Real Caja para su resello, trámite que debió ser muy tedioso.
2.2.17 Decreto. Cima, 15 de enero de 1812 Ordena que se reselle la segunda cara del papel sellado venido de la fragata Estan darte ,
64
aprobando dicha habilitación los intendentes en sus provincias
2.2.18 gando. Cima, 16 de mayo de 1812 “ Sobre el papel sellado Bando sobre el papel sellado tasa 4 a que debe substitui r en lugar del blanco, en los intermedios de toda escriptura, compulsas, executorias, certificaciones, testimonios, copias o traslados con arreglo a lo resuelto por las Cortes el 13 de octubre de 1811. Por cuya causa se publicó este Bando” 103. En el expediente que lo contiene se menciona la existencia de un extracto de los consumos anuales de papel sellado en el virreinato, que pide el rey para arreglar los envíos de la especie, según su Real Orden de 11 de diciembre de 1811.
En el mismo se toma conocimiento de 8.353 pesos
embarcados en la fragata de comercio Carlota.
El texto ilustra la situación
política y económica de aquella coyuntura: "Don Fernando de Abascal y Sousa, Caballero de Gran Cruz de la Real y Distinguida Orden Española de Carlos III, y de la Militar de Santiago, Teniente General de los Reales Exércitos, Virey, Gobernador y Capitán General del Perú, Superintendente Subdelegado de Real Hacienda, Presidente de la Real Audiencia de Lima, etc. Por cuanto se me ha comunicado la Real Orden siguiente. Don Fernando Séptimo por la gracia de Dios, Rey de España y de las Indias, y en su ausencia y cautividad el Consejo de Regencia autorizado interinamente, á todos los que los presentes vieren y entendieren, sabed: Que en las Cortes generales extraordinarias congregadas en la ciudad de Cádiz, se resolvió y decretó lo siguiente « Siendo la principal atención de las Cortes generales extraordinarias la de buscar y adoptar quantos arbitrios puedan para cubrir los inmensos gastos que ocasiona la guerra en que se halla empeñada la Nación, y considerando las mismas que la contribución sobre el papel sellado es susceptible de algunos aumentos en su producto con poco gravamen del público, decretan: I o Se prohibe el uso del Papel común en los pliegos intermedios de toda especie de escrituras, compulsas, executorias certificaciones, testimonios, copias ó traslados que se libraren de qualquiera autos ó documentos, debiendo ser todos los pliegos intermedios del papel del sello quarto, y el primero y último del que corresponde con arreglo á lo mandado en la última Instrucción inserta en la real Cédula de 20 de Enero de 1T95; con la calidad de que en caso de contravención á lo que se manda por 103 AG N. C -Í4. Papelsellado. Leg. 741, s/n,
65
este Decreto deba observarse á la letra todo lo mismo que en dicha Cédula se prescribe sobre la nulidad de los instrumentos, y demas penas que allí se señalan. 2 o Que el Consejo de Regencia recuerde á todas las Secretarías y Oñcinas que no admitan ninguna solicitud como no vaya en papel sellado, sobre lo qual hay bastante abuso. Lo tendrá entendido el Consejo de Regencia y dispondrá lo necesario á su cumplimiento, haciéndolo imprimir, publicar y circular - Bernardo, Obispo de Mallorca, Presidente. = Juan del Valle, Diputado Secretario. José María Calatarba Diputado Secretario. = Dado en Cádiz á 13 de Octubre de 1811. = Al Consejo de Regencia = Y para la debida execucion y cumplimiento del Decreto que precede, el Consejo de Regencia ordena y manda á todos los Tribunales, Justicias, Gefes, Gobernadores, y demas Autoridades, así civiles como militares y eclesiásticas, de qualquiera clase y dignidad, que le guarden, hagan guardar, cumplir y executar en todas sus partes. Tendreíslo entendido, y despachéis lo necesario á su cumplimiento. - Gabriel Ciscar, Presidente. = Ausente D.Joaquin Blake, con permiso de las Cortes - Pedro de Agar. = Dado en Cádiz á 15 de octubre de 1811.= A D. José Canga Arguelles. Y de orden de S. A. lo comunico á V. E. Para su inteligencia, gobiern o y cumplimiento en la parte que le toca. Dios guarde a V. E. muchos años. Cádiz 10 de Nov. De 1811. = Heredia. Por tanto mando se publique por bando en la forma acostumbrada, imprimiéndose competente numero de exemplares, que se circularán á los tribunales, Juzgados, y Xefe del distrito dé este Vireynato, y Provincias del alto Perú para su inteligencia, y puntual observancia de la Soberana determinación que contiene. Lima y mayo 16 de 1812.= José Abascal.= Simón Rávago (rubricado)” . Según este decreto del virrey Abascal es posible verificar que el papel sellado se dejaba de usar, específicamente el de sello cuarto que, aunque de menor valor era necesario para la caja fiscal.
1.3 Ad m inistración del papel sellado y alcances económicos Seguir el hilo conductor de la administración de los papeles sellados es posible a través de dos tipos de información: la primera son los registros de ingresos y salidas del producto (en pliegos) y sus valores (en pesos), datos con los que se
6 6
cuentan a partir de 1782104. La segunda fuente corresponde a las cuentas que presentan los investigadores TePaske y Klein para toda Hispanoamérica elaboradas con cifras oficiales pero sin un registro completo. Sin embargo, a partir de 1780, el celo sobre estos papeles es evidente; por ejemplo se da cuenta de la falta de papel sellado, se denuncian los papeles errados con mella aunque no siempre estas denuncias fueron verdaderas. Para ver mejor la administración del papel sellado, es oportuno presentar las cuentas de los pliegos del año 1782 correspondiente al bienio 1782-831051 6 :0 “ Cuenta general ordenada del ramo de papel sellado, correspondiente al Bienio de 1782 y 1783 en su manejo de 1782. De los pliegos (...) Contaduría general de 26 de enero de 1784. Manuel Saenz [rubricado]” El primer cuadro100 que conforma esta cuenta contien e el número de los pliegos de papel sellado que los oficiales reales han entregado a la contaduría general:
N° i Pliegos recibidos delosoficiales. Cuentageneral ordenada por Juan Muñoz, Villegas y Manuel Saenz recibidas de los oficiales del bienio 1782-83 “ env irtud deloresueltop orelSeñorVisitadorSuperintendenteGeneraldeRealHaciendadon jo se fA nt o ni o deA re ch e en su su pe rio r ord en det re in ta y uno de dic iem bre de mil sete cien tos och enta yuno” yp or SuperiorResolución de27denoviembrede 1782(ruta deTabaco), Soncargo de: Primero I 000 pliegos deselloprimero 20 175 pliegos desellosegundo I 005 pliegosdeselloterc ero 110000 pliegos desellocua rto Luego 10 000 pliegos desellosegundo 120000 pliegos desellote rcero 120000 pliegos desellocua rto 104 Año en que el ramo depapel sellado pasó a form ar parte deunasolaadministración encabezada por el estancode tabacos. Hayquerec orda rqueesta documentaciónn oseencuentrareorganizada. A los usuarios del archivosoloseles permite tene r unsolo legajo en la mesa delectura, una buena medidadeseguridad, pero quedificulta la recomposición de los documentossegún su producción original, 105 AG N, EstancosC -M . Leg.730,s/n. 106 AG N, Estancos C-14. Leg. 730, s/n.
6 7
Total:
i 000 pliegosdesello primero 30 175 pliegosdesellosegundo 225000 pliegos desellotercero 230 000 pliegos desellocuarto
Fijémonos en el total: el número menor corresponde al papel sello primero, seguido del sello segundo. El sello tercero supera más de nueve veces al sello segundo y el sello cuarto es el más abundante de todos. El segundo cuadro presenta lo recibido por la administración central de los administradores generales de Cusco y Arequipa. Tanto en Cusco como en Arequipa el papel sello prim ero y cuarto están ausentes. La presencia del sello segundo en Cusco se debe tal vez a que esta ciudad cuenta con más habitantes después de Lima, además de ser el centro político más importante del mundo andino, sede de las familias reales o panacas. Una razón pudo influir para que los pliegos correspondientes al sello primero y cuarto estén ausentes en los almacenes de los administradores locales: no tenían stock, es decir los papeles se habían agotado.
N°2 Cargo de pliegos de las administraciones generales(foráneas) habilitados Ap ort aci on es
Selloprimero
Cusco
Sellosegundo
Sello tercero
200
225 100
Ar equ ipa Total
Sello cuarto
200
325
El tercer cuadro107 presenta la cantidad de pliegos intactos devueltos en Lima, sin duda un excedente; estos volvían para ser resellados para el próximo bienio. La diferencia entre los sellos primero y cuarto es patente, 27 a 3 021 pliegos.
107A GN , EstancosC-14. Leg. 730,s/n.
68
N °3 Cargo depliegos intactos Ad mi nis tra ció n
Sello pr im er o
Sellose gundo
Sello te rc er o
Sello cu ar to
Lima
27
839
3 354 '/2
3 021
El cuarto cuadro,108 con las ciudades de Lima y Lambayeque, deja constancia de los pliegos errados devueltos; Lima retorna gran cantidad, entre los que se encuentran los pliegos sello primero.
N°4 Cargodepliegoserrados Sello primero Lima
Sello segundo
21
Lambayeque Total
21
Sello te rcero
277
635
45
164
322
799
Sello cuarto
El siguiente es un resumen de los cuadros anteriores: Resumen decargo (pliegos) Selloprimero Recibido de Oficiales Reales
Sellosegundo
1 000
Habilitadospo rAdministración
30 ¡75
225 000.00
200
325.00 3 354. '/a
Devuelto bienio anterior
27
839
Erradas
2!
322
1 048
31 536
Total pliegos
Sello te rc er o
Sello c ua rto 230 000
3 021
799 229 478. '/2
233 021
En un cuadro por porcentajes se puede apreciar los pliegos primero y segundo tienen un bajo stock, con apenas el 5,7 %; mientras que los pliegos tercero y cuarto representan el 93,41
% por
su mayor demanda.
108 AG N, EstancosC-14. Leg. 730,s/n.
6 9
Pliegos
N°
%
Selloprim ero
1 048.00
0,21
Sellosegundo Sellotercero
3! 536.00
6,36
229 478 f/a
46,35
Sellocuarto
233 021.00
47,06 99,98
Total
495 083. '/*
A continuación desarrollaremos los cuadros de egresos. El cuadro 5 o109 es muy útil; en él están indicados los pliegos asignados a cada administración local en todo el virreinato peruano. En esta oportunidad vemos que sólo Lima recibe papel sello primer o. El papel sello segundo tiene demanda sobre todo en Cusco, incluso más que Lima y llega a todos los centros de distribución en menor cantidad. Debemos recordar que la trascendencia de estos papeles está relacionada con la población.1 9 0
N°5 Ab on os de papeld ist rib uid o en los parajes destin ados para pro vee rse a! púb lico (p or pliegos)
De abono (a Urna)
Tachado
Estanco de Lima
Sello primero
Sello Segundo
Sello tercero
424
22 155
110 500
38
1 415
4 230
Reales Tribunales de justicia y Rea! Hacienda
4 080
500 386
4 590
30 695
19 170
A dm in ist ra do r Par ticu lar de lea
525
2 200
2 200
A dm in ist ra do r de Chancay
200
750
I 000
Huamalíes
125
175
175
Huánuco
125
1 300
1 300
Conchucos
100
150
150
Tarma
875
6 575
6 575
Huayias
250
2 000
2 000
Jauja
300
3 175
3 250
Cajatambo
150
250
1 250
Ad mi nis tra ció n Gen eral del Cusco
5 000
19 000
10 500
Huamanga
2 000
9 000
9 000
Ar equ ipa
3 000
12 000
12 000
109A GN , Estancos C-14. Leg. 730,sin. Las sumastotalesestáncon forme sepresentaneneldocumento.
70
96750
4 600
Visitad orGenera! RealHacienda Dicho estanco (Domingo de La Fuente)
Sello cuarto
3000
12000
12000
Chachapoyas
250
1 000
1 000
islasdeChibe
250
6 000
6 000
22 155
í 10 500
96 750
Lambayeque
424
T o ta l110
¿Cuáles son los lugares donde el papel sellado se expende en mayor cantidad? Este cuadro proporcionará las cifras aproximadas.
Lugares
Suma de pliegos (S .f, S.2°,S.3°yS.4°) 9763
Estanco de Lima Reales Tribunales de justicia y Real Hacienda Visitador General Real Hacienda Dichoestanco(Dom ingode LaFuente)
%
4,25
4 600
2,00
500 54841
0,22
23,86
Ad m in ist ra do r Pa rtic ula r de lea
4 925
Ad m in ist ra do r de Chancay
1 950
0,85
475
0,2!
2725
1,18
400
0,17
14 025
6,10
HuamaSíes Huánuco Conchucos Tarma
2,14
Huaylas
4 250
1,85
Jauja
6 725
2,93
Cajatambo Ad mi nis tra ció n Ge ner al del Cus co
i 650
0,72
34500
Huamanga
20 000
15,01 8,70
Ar eq uip a
27 000
11,75
Lambayeque
27 000
11,75
Chachapoyas Islas de Chiloe
2 250 12 250
0,98 5,33
229 829
100.00
Totai
Resumen N° Porsentidodelos señoresoficialesreales Cargosegún elpliego N° I
Selloprimero Sello segundo 1 000
Distribu ción en losparajesdesuexpendio según elpliegoN ° 5 Existenciade papel útil del bieniode 1782 y i783 en losalmacenesgenerales
576
Sello tercero
cuarto
Sello
30 175
225 000
230000
45
164
8 020
114 500
133 250
1,0Lassumasto tales están conf orme se presentan en eldo cumento.
71
2.3.1 Centros de distribución y cuentas de lo producido por el papel sellado Los centros de distribución en un principio estuvieron en relación a las cajas reales y sus respectivas jurisdicciones en los corregimientos; poco a poco se contó con estanquillos especiales para su distribución. La distribución, a decir de las primeras informaciones del siglo XVII, es la siguiente. En primer lugar tanto el papel como los sellos venían de la península, los papeles por resmas, cuadernillos y pliegos y los sellos en taleguitas. Los precios no variaron desde su introducción (1640) hasta el bienio 1796-97111. Siguiendo con el orden que se verifica a partir de 1782, cabe destacar que las cuentas son más ordenadas; por ejemplo en el bienio de 1798-1799, que coincide con el alza de precios del papel sella112, tenía información tanto en pliegos como en pesos. El siguiente cuadernillo113contiene un primer f olio donde se registran las facturas con sus datos precisos; lo que se contabiliza es el numero de pliegos ingresados a la administración general:
“Viepi© de 1298 $ 1299. Cargo Geperal del Papel Sellado”. Pliegos de Sellos Io N°1
Recsvido de losOficiales Reales
N ú2 N°3
Av ili tad o en Ar equ ipa Ydem en Chiloe
N°4
Ydem en Tarma
N°5
Recivido deCaxas Reales
N°6
Ydem
3o
2°
4o
180 000
150000
l
-
25 60
-
500
22 000
-
8
500
5 000
-
20000
-
-
-
15000
1 000
27 008
-
180 086 VA
¡85000 -
N° 7
Av ili tad o en Are qu ipa
N°8
-
-
Av ili ta do en Tar ma
-
325
-
N° 9
Ydem
-
-
10
-
m Más adelantese explicaestasubidaenel precio del papelsellado. 112AG N, EstancosC -l4. Leg. 736. Csin. i!3 La información proporcionada ha sido posible gracias a un expediente casi completo, compuesto por: ia "Data General de Papel Sellado de 1798 y 1799", el "Cargo del Papel Sellado de 1798 y 1799", y un grupo de folios cuya primerapalabra"Cargareme"registra losingresosen monedaalaTesoreríaGeneral. Año 1798-1799. AGN. Estancos CI4. Leg.736.Cs/n.
72
N°íO N°S i N ° 12 N ° Í3 N °Í4
AvilitadoenArequipa Avilitado en Cusco A vilita do en Arequip a A dm in is tra ción de Guamanga devuelta Ydem de Chiloé
N °¡5
Avilitado en Cusco
N°I6 N °¡7
CangeadosenelCuzco yTrugílío Avilitado en Puno
N°18
Por exceso de Data
i° 500
2o 22 000
3o 180 000
! 000 17 1 1 1 019 1 019 í 019 6 1 025
27 008 4 123 27 135 27 135 3 225 27 363 27 363
4o 150 000
Í80423A 121 A 25A 18057010 2 ¡80 572'A 4564 184 736 A 184 736A
185000 17 38 185055 185 055 5500 1990 555 1990 555
Totaldepliegos 352 500
Lima 17 de agosto de 1797 Con mi Yntervención Juan Guzman Mariano del Solar (rubricado) (rubricado)
Con mi asistencia Domingo Gangutia (rubricado)
Cada factura fechada y firmada consigna el número de pliegos por tipo de sello, salvo en los casos en que se debe aclarar alguna confusión; entonces están acompañadas de otras facturas emitidas en la zona de origen, como: la Adm inistración General de San Carlos de Chiloé, el Estanquillo de Cerro Mineral de Pasco, la ciudad de Guamanga, o el Valle de Masca en Calca, Cusco. Estos cargos vienen acompañados con cartas que precedieron a las facturas del Cargo General. Cada carta (en este caso 18), corresponde a una de las facturas y están fechadas el mismo día. Las facturas de data son 73; se presentan según los tipos de pliegos de papel sellado. Solo mencionan el número de pliegos y los lugares a donde se destinaron.
“Viepi© de Ud 8 $ Udd. Saeteas de Data GeperaF.
Io N° ¡ N°2 N°3 N°4 N°5 NT6 O 4 Z ^
N °8 N°9 O Z O
N ° i 1 N° 12 N° 13 N° 14 N° 15 N° ¡6al73 Total
ParaGuamanga ParaHuancavelica ParaelSuperiorGobierno ParaArequipa ParaelCusco ParaChiioe ParaHuánuco ParaHuamalíes ParaTrujilio ParaChachapoyas Parajauxa ParaTarma ParaChancay ParaSanta ParaCañete Demásdestinos114
25 io 1 30 50 25 141 10 972 1 264
Pliegosde losSellos 3o 2o 10000 1 000 5000 500 1 i 30000 6000 16000 4000 i 000 25 5000 I 000 2500 500 18000 2500 l 500 200 89001 15 726 2500 150 6000 500 1 000 ió o 500 50 500 IÓO 26300 32352 214802 36 107
4o 12000 6000 1 25bob 16000 4000 4000 2500 20000 2000 9! 501 2500 6000 1 500 1 000 1 000 21 218 2i6220
Si se comparan las sumas de las facturas de cargo con las de data, se observará que la data es superior al cargo en todos los tipos de papel sellado.
CO MPA RAC IÓN ENTRECARG OY DATA. PliegosdePapelSellado. Bienio 1782-1783 Io FacturasdeCargo Facturas deData Diferencia
1 025 1 ¿64 239
2o 27363 36 107 8744
3o 184736'/* 214802 30065Vi
4 190555 216220 25665
Total 403679'/i 468393 64713/2
La proporción de tipos de pliegos persiste en cuanto a los tipos de sellos, donde se ve preponderancia de los papeles 3o y 4 o con respecto al I o y 2 o.
2.3.2 Según Cafas ¡leales (7epaske y 3(1e¡n) Las cuentas de papel sellado presentadas en las cajas reales por lo general corresponden a los primeros años113de su introducción hasta 1780. A partir de aquel año, en la mayoría de los casos dejan de presentarse. * 5 1
im Otr os lugares mencionados son: lea, Huaylas,Conchucos, Cajatambo, Canta, Lima y Puno, oficinas desecretaría de suexcelencia,deiacontaduríageneralylosdecajasreales. 115 El problema delos primeros años es la presentaciónde registroshechosno solo en pesossimples sino ensayados o en pesosde oro,
74
Las primeras cifras de los ingresos al fisco real nos lo proporcion a Royal Treasuries of the Spanish Empire in America de John TePaske y Herbert Klein (Siglos XVI-XIX).* 110
En estas cifras oficiales existen algunos vacíos.
Las
razones varían por los cambios en la política administrativa a causa del cambio de dinastías y por la crisis política generada durante el reinado de Fernando VII (juntas de Gobierno, conspiracion es y rev olu cio nes). TePaske y Klein, no sólo trabajaron las cajas reales del virreinato del Perú, también lo hicieron con la Nueva España y La Plata. En su introdu cción han considerado al papel sellado como un producto monopólico junto a otros: alumbre, nieve, naipes, cobre, sal, tabaco, cordobanes; y también a las peleas de gallos, las corridas de toros y la lotería, sin contar con los ingresos por derechos de indulgencias títulos, etc.117. Es posible que la falta de cuentas regulares sobre el papel sellado se deba a la entrega de las cuentas por bienios, como lo estipula la ley, por parte de sus administradores, o también a cierta demora en la entrega de las mismas. Esto podría traer como consecuencia que las cuentas no siempre estuvieran listas para una entrega anual. De cualquier modo, Klein esclarece que el ingreso recaudado es anual: “ En esta forma el ingreso total recaudado es el ingreso bruto menos la existencia del año anterior, los depósitos, las deudas para cobrar y la real hacienda en común; mientras que las cifras del gasto total también excluyen los depósitos, las deudas por cobrar, el numerario u otros papeles valorados del gobierno (papel sellado, bulas, etc.), así como los reales labrados de barras118. Klein y TePaske comparan los datos de la Nueva España con Perú, y al referirse a las diferencias destacan la variedad de productos gravados: “ Entre los más grandes de estos estancos se encontraba n el aprovisionamiento y la venta de mercurio para ser usado en el proceso de amalgama mediante el cual la plata era librada de las escorias, y la venta del tabaco. Debido a los enormes fondos que el consumo de este último producto generaba, en la década de 116TePaske/KIein, 1982. La totalid ad delascifras también puedenhallarseenlapágina web: www.Saceh.org, !!7 TePaske/Klein, Í982:XIÍI. 110 Klein, 1994:13.
75
1750 la Corona decidió crear en Perú nna administración (o renta) separada -una década antes que en México- fuera de la estructura de la real hacienda. Esta administración autónoma producía cigarrillos y otros productos derivados del tabaco para su venta monop ólica a la población co lonial. Por lo tanto, las ganancias del estanco del tabaco jamás eran incluidas en las cuentas regias, siendo enviadas a España separadamente por su administrador” 119. Debido a ello en las cuentas presentadas por ambos autores no encontramos una lista del ingreso por este producto; en Lima por ejemplo, donde el consumo debió de ser el más alto del virreinato, po r su alta población esclava. Pero ¿ por qué nos interesa hurgar en este tema de los tabacos? Porque sabemos que a partir de 1782 el ramo de papel sellado estuvo bajo la administración del estanco de este producto. Según Klein las cifras más ñables pertenecen al lapso entre 1680 y 1809, en el que iniciamos nuestras verificaciones a la luz de la información de la serie Estancos-Papel Sellado del A rchiv o General de la Naci ón (A GN )120, Los cuadernos que se encuentran en el AGN y que pertenecen al periodo 1782-1821, no están organizados, razón por la cual es difícil tener una idea precisa de la administración de este estanco. Es más, algunas cuentas halladas están tabxdadas, así como los recibos y otras notas correspondientes a esta etapa. La diferencia entre la primera (1640-1781) y la segunda etapa (17821821) son notorias121. La primera es laxa, mientras que la segunda es rigurosa, como el ingreso debía incrementarse, no extraña la subida de los papeles sellados en el bienio 1798-99. Las sumas por este ingreso fueron entonces muy beneficiosas al erario real, coyuntura que duró poco. En general las cifras de los ingresos por papel sellado con respecto al total fueron pequeñas, sobre el 0,2% ó 0,5 %, pero significativas.
f' 9Klein, 1994:22-23, 120 AGN, Estancos C-14, Legs. 730-751 (1759-1826) y 768a-776 (1717-1825). Estancos C-14 Urna: Legajo único (Premática, 1639).% 121 La documentación delestanco delpapel selladoensupr imera etapano presentaun grup o documental, solo esposible rastrearla po r diferentes series, como: Real hacienda, CajasReales, etc.;adiferencia delasegundaquesicuenta conuna serte,aunquesolo inventariada, per mit et ene runaideageneral desuadministración.
76
Estos dos autores, TePaske y Klein, trabajaron para el caso del virreinato peruano: Castrovirreyna,
Arequipa, Arica, Buenos Aires, Cailloma, Carabaya,
Chachapoyas,
Chiloé,
Concepción,
Cusco,
Huamanga,
Huancavelica, Jauja, Lima122, Fiura y Paita, Puno, Saña, San Juan de Matucana, Trujillo, Vico y Pasco. Antes de pasar a ver cada caja real, debemos advertir que los cuadros se presentan de la siguiente manera: en la parte superior el nombre de la caja real y el período completo de los ingresos hallados, a continuación cinco casilleros que señalan: el año o período correspondiente al ingreso, el total de pesos ingresados por todos los rubros percibidos en dicho período, el total en pesos por el rubro de papel sellado, el porcentaje que le corresponde al papel sellado por el total ingresado en pesos en el lapso fijado, y el porcentaje de lo recibido por papel sellado con respecto al año ín dic e,123 que como se verá no es el mismo para todas las cajas reales. Por ejemplo, si en Arequipa el año referencial es 1700, quiere decir que las cifras de la misma columna indicarán mayor o menor ingreso en pesos por el papel sellado con respecto a 1700.
CAJAREAL(PERIODOTOTAL) Período
Recaudación to ta l en pesos
ingresoenpesospor papelsellado
de pape!sellado %
% segúnaño índice
2.3.2.1 Arequipa, 1689-1786 Es la caja real que mayores ingresos recaudó (después de Lima y Cusco), con un promedio de 2,51 %. El primer dato registrado, entre mayo de 1689 y abril de 1690, con un porcentaje fue de 1,86% del total de ingresos por diversos, se elevó poco a poco hasta que al cabo de seis años llegó al 5,25%, una de las más altas registradas en el siglo XVII. En el siglo XVIII el porcentaje de 3% será el promedio de los ingresos totales.
No hayinformación algunasobre papelsellado. !33 Esel lapsoescogido po r presen tar cierta regularidado estabilidad. m
77
CAJAREALDEAREQUIPA 1689-1780'» (en pesoscorrie ntes)
Periodo
Recaud ación totalen pesos
05-1689/04-1690 23002 23002 05-1689/04-1690 05-1690/04-1691 05-1691/04-1692 05-1692/04-1693 27394 05-1693/04-1694 05-1694/04-1695 20674 05-1695/04-1696 05-1696/04-1697 05-1697/04-1698 05-1698/04-1699 05-1699/04-1700 20007 2126! 05-1700/04-1701 23927 05-1701/04-1702 05-1702/04-1703 19577 05-1703/04-1704 16779 05-1704/04-1705 21322 19243 05-1705/04-1706 24788 05-1706/04-1707 23704 05-1707/04-1708 05-1708/04-1709 22197 05-1709/04-1710 30210 25124 05-1710/04-1711 17492 05-17! 1/04-1712 14646 05-1712/04-1713 05-1713/04-1714 13301 19968 05 -i714/04-1715 05-1715/04-1716 20940 05-1716/04-1717 15385 05-1717/04-1718 21502 05-1718/04-1719 18514 15450 05-1719/04-1720 24593 05-1720/04-172! 05-1721/04-1722 13220 05-1722/04-1723 16190 16609 0S-I723/04-I724 66796 05-1724/04-1725 17809 05-1725/04-1726 16175 05-1726/04-1727 05-1727/04-1728 17428 17540 05-1728/04-1729 22274 05-1729/04-1730
24TePaske yKlein, 1982,
% año índice 1700
Ingreso en pesos por pape! sellado 428 428
%de papel sellado
1,86 1,86
60,19 60,19
664
2,42
93,38
1086
5,25
152,74
1178 71! 1286 810 477 287 542 83 1467 973 ¡234 676 669 906 1601 1233 687 700 861 1218 626 400 650 616 693 463 550 345 732 703 522
5,88 3,34 5,37 4,13 2,84 1,34 2,81 0,33 6,18 4,38 4,08 2,69 3,84 6,18 12,03 6,17 3,28 4,54 4,00 6,57 4,05 6,44 4,91 3,80 4,17 0,69 3,08 2,13 4,20 4,00 2,34
165,68 100,00 180,87 113,92 67,08 40,36 74,82 11,67 206,32 136,84 173,55 95,07 94,09 127,42 225,17 173,41 96,62 98,45 121,09 171,30 88,04 56,25 91,42 86,63 97,46 65,11 77,35 48,52 102,95 98,87 73,41
05-1730/04-1731 05-1731/04-1732 05-1732/04-1733 05-1733/04-1734 05-1734/04-1735 05-1735/04-1736 05-1736/04-1737 05~1737/'04-l738 0S-I738/04-V1739 05-1739/04-1740 05-1740/04-1741 05-1741/04-1742 05-1742/04-1743 05-1743/04-1744 05-1744/04-1745 05-1745/04-1746 05-1746/04-1747 05-1747/04-1748 05-1748/04-1749 05-1749/04-1750 05-1750/04-1751 05-1751/04-1752 05-1752/04-1753 05-1753/04-1754 05-1754/04-1755 05-1755/04-1756 05-1756/04-1757 05-1757/04-1758 05-1758/04-1759 05-1759/04-1760 05-1760/04-1761 05-1761/04-1762 05-1762/04-1763 05-1763/04-1764 05-1764/04-1765 05-765/04-1766 05-1765/04-1767 05-1767/04-1768 05-1768/04-1769 05-1769/12-1769 01-1770/12-1770 01-1771/12-1771 01-1772/12-1772 01-1773/12-1773 01-1774/12-1774 01-1775/12-1775 01-1776/12-1776 01-1777/12-1777 01-1778/12-1778 01-1779/12-1779 01-1780/12-1780
23063 | 18403 24395 26029 2787 34203 31932 32822 30271 32657 37864 31946 25389 32437 30782 29850 31336 31650 27714 28765 35530 34561 29830 27269 22843 90843 74471 54658 17691 42296
460 767 675 841 617 500 550 1059 751 745
51099 1560 50916 1229 725 75727 74504 2612 78896 1048 382 86766 64929 3018 68461 47359 2935 847 72327 69370 2311 74052 1817 625 77927 79623 1418 68860 1900 39128 1824 711 97090 134596 1837 402062 1250 589527 6101
64,69 107,87 94,93 118,28 86,77 70,32 77,35 45,28 105,62 104,78
0,95 43,03 1,57 56,25
306 400 ¡342 600 928 900 1234 800 899 1227 800 68! 561 500 523 500 877
1,99 4,16 2,76 3,23 2,21 1,46 1,72 3,22 2,48 2,28
4,35 2,01 2,46 2,84 4,45 2,78 2,53 3,55 2,68 2,49 2,45 0,55 0,70 0,9! 4,95
188,74 84,38 130,52 126,58 173,55 112,51 126,44 i72,57 112,51 95,78 78,90 70,32 73,55 70,32 123,34
3,05 219,40 2,41 172,85 0,95 101,96 3,50 367,36 1,32 147,39 0,44 53,72 4,64 424,47 6,19 1,17 3,33 2,45 0,80 1,78 2,75 4,66 0,73 1,36 0,31 1,03
412,79 119,12 325,03 255,55 87,90 199,43 267,22 256,54 100,00 258,36 175,80 858,08
2.3.2.2 ¿trica Esta caja solo presenta cinco décadas del siglo XVIII; se caracteriza por su irregularidad y escasa información.
Es posible ver que el ingreso en los años
registrados tuvo cierta regularidad a comienzos en la década del 70,
CAJAREALDEARICA, (736-1782 Total en pesos
Papel Sellado enpesos 5160 199
Periodo* 05-1736/04-1737 05-1737/04-1738 05-1738/04-1739 05-1739/04-1740
> > >
%de papel sellado 3,85
V W
%año índice 1771 35,15
v .
05-1755/04-1756 05-1756/04-1757 05-1757/04-1758 05-1758/04-1759 05-1759/05-1760
22421
05-1761/04-1762
2(945
05-1762/04-1763
20392
05-1763/04-1764
¡864í
05-1765/04-1766
246(5
05-1766/04-1767
24299
05-1767/04-1768 05-1768/04-1769
19730
01-1770/12-1770
01-1771/12-177! 01-1772/12-1772
403
1,97
71,20
375 1,52
66,25
05-1764/04-1765
14687
584
3,97
(03,1
24773 28570
533
2,15
94,(6
26967
566 i 2,09
(00,00
25715
01-1773/12-1773
27780
551 1,98
97,34
01-1774/12-1774 01-1775/12-1775
3(7(2 33209
518
1,55
91,51
33486
552
1,64
97,52
05-1769/12-1769
01-1776/12-1776 01-1777/12-1777 01-1778/12-1778
36442
0 1-i779712-1779
65310
444
0,67
78,44
90871
875
0,96
154,5
01-1780/12-1780 01-1781/12-1781 01-1782/12-1782
79
2.3.2.3 Sueños /tires Los datos de la caja real de Buenos Aires han sido incluidos por cuanto correspond en al perío do en el que formaba parte del virrein ato peruano. Se nota que las cuentas no mantienen regularidad, en el período de sus cuentas, lo que denuncia una dificultad para cerrarlas en tiempos regulares, propia de la administración del papel sellado.
CAJA REALDEBUENOS AIRES, 1638-1716'“ (en pesoscorrientes) Recauda Ingreso %de % año ción enpesos papel índice por sellado 1692 totalen pesos papel sellado 143754 728 0,50 94,54 01-1638/06-i642 154,02 40286 1186 2,9 07-1642/06-1643 19 0,09 2,46 07-1643/04-1644 20977 1S109 259 1,71 33,6 OS-1644/02-1646 03-1646/05-1646 43037 06-1646/06-1648 47642 07-1648/07-1649 270311 1534 0,56 199,22 08-1649/03-1655 04-1655/02-657 84576 03-1657/04-1657 49575 05-1657/04-1658 05-1658/04-1659 05-1659/04-1660 05-1660/04-i661 05-1661/04-1662 04-1662/12-1664 213606 301,29 01-1665/10-1669 509645 2320 0,45 11-1669/09-1674 515864 5114 0,99 664,15 704573 2500 0,35 324,67 10-1674/09-1678 395,19 10-1678/07-1683 1042344 3043 0,29 384 0,08 49,87 08-1683/02-1685 477242 77,92 03-1685/03-1688 909883 600 0,06 3374 0,48 438,18 04-1688/02-1692 700328 100,00 03-1692/06-1703 1084476 770 0,71 07-1703/05-1707 641436 862 0,13 11!,94 96,49 06-1707/10-1710 497976 743 0,14 216588 72 0,03 9,35 01-171 1/03-1712 248721 1594 0,64 207,01 06-1712/05-1714 903 0,36 117,27 06-1714/05-1715 245490 456 0,23 59,22 06-1715/02-1716 192512 Periodo
Idem.
80
2.3.2.4 Cailloma En esta caja real hay cuentas en pesos corrientes y en pesos ensayados. Como se puede ver en el siguiente cuadro, es a partir de la década del 1730 cuando se presentan las cuentas con regularidad.
CAJA REALDECAILL OM A, i646- 177 9'» (en pesosco rrientes ) Recauda ingreso % de % año ción enpesos papel Período índice por total en sellado 1750 pesos papel sellado 04-1646/03-1647 I67040 705 0,42 881,25 04-1647/03-í648 04 -¡ 648/03~1649 04 -í649/03~í650
05-1700/04-170105-1701/04-170205-1702/04-1703 05-1703/04-1704 05-1704/04-1705 05-1705/04-1706 05-1706/04-1707 05-1707/04-1708 05-1708/04-1709 05-1709/04-1710 05-1710/04-171 1 05-171 1/04-1712 05-1712/04-1713 05-1713/04-1714 05-1714/04-1715 05-1715/04-1716 05-1716/04-1717 05-1717/04-1718 05-1718/04-1719 05-1719/04-1720 05-1720/04-1721 05-1721/04-1722 05-1722/04-1723
26743
26
0,09
69622
58
0,08
92488
88
0,09
32,5
72,50 1 10,00
05-1723/04-1724 05-1724/04-1725 05-1725/04-1726 05-1726/04-1727 05-1727/04-1728 05-1728/04-1729 05-1729/04-1730 05-1730/04-1731 05-1731/04-1732
87115
30
0,03
37,50
05-1732/04-1733 83640 05-1733/04-1734 05-1734/04-1735 05-1735/04-1736 81348 05-1736/04-1737 83029 05-1737/04-1738 89437 05-1738/04-1739 84771 05-1739/04-1740 35267 05-1740/04-1741 77257 05-1741/04-1742 26449 05-1742/04-1743 62482 05-1743/04-1744 60650 05-1744/04-1745 38450 05-1745/04-1746 76211 05-1746/04-1747 73095 05-1747/04-1748 67968 05-1748/04-1749 53410 05-1749/04-1750 30660 05-1750/04-1751 25726 05-1751/04-1752 33752 05-1752/04-1753 05-1753/04-1754 25773 05-1754/04-1755 26087 05-1755/04-1756 25613 05-1756/04-1757 05-1757/04-1758 31076 05-1758/04-1759 29879 05-1759/04-1760 24822 05-1760/04-1761 29079 05-1761/04-1762 28155 05-1762/04-1763 30586 05-1763/04-1764 25650 05-1764/04-1765 32483 05-1765/04-1766 33666 05-1766/04-1767 32427 05-1767/04-1768 33793 05-1768/04-1769 31396 05-1769/12-1769 23342 01-1770/12-1770 347i0 01-1771/12-1771 33162 01-1772/12-1772 38333 01-1773/12-1773 38142 01-1774/12-1774 40268 01-1775/12-1775 37332 01-1776/12-1776 66587 01-1777/12-1777 133286 01-1778/12-1778 42101 01-1779/12-1779 119585
60
0,07
50 0,06 59 0,07 62 0,06 120 0,14 70 0,19 71 0,09 220 0,35 70 0,11 65 0,10 65 0,16 62 0,08 73 0,09 72 0,10 76 014 80 0,26 80 0,31 80 0,23
62,50 73,750 77,50 150,00 87,50 88,75 275,00 87,50 81,25 81,25 77,50 91,25 90,00 95,00 100,00 100,00 100,00
83 0,32 103,75 81 0,31 101,25 76 0,29 95,00 20 36 40 25 36 35 25 52 81 84 91 52 30 88 69 60 76 62 68 64 76 83 145
0,06 0,12 0,16 0,08 0,12 0,1 1 0,09 0,16 0,24 0,25 0,26 0,16 0,12 0,25 0,20 0,15 0,19 0,15 0,18 0,09 0,05 0,19 0,12
25,00 45,00 50,00 31,25 45,00 43,75 31,25 65,00 101,25 105,00 113,75 65,00 37,50 110,00 86,25 75,00 95,00 77,50 85,00 80,00 95,00 103,75 181,25
m Idem.
81
En pesos ensayados la cantidad es menor y no común, por ello es que el monto recibido en cajas reales es poco en consideración a lo entregado en pesos corrientes.
CAJA REALDECAILL OM A, 1683-1731117 (en pesos ensayados)
Periodo
06-1683/05-1684 06-1684/05-1685 06-1685/05-1686 06-1686/05-1687 06-1687/05-1688 06-1688/05-1689 06-1689/05-1690 06-1690/05-1691 06-1691/05-1692 06-1692/05-1693 06-1693/05-1694 06-1694/05-1695 06-1695/04-1696 05-696/04-1697 05-1697/04-1698 05-1698/04-1699 05-1699/04-1700 05-1700/04-1701 05-1701/04-1702 05-1702/04-1703
Recauda Ingreso %de ción enpesos papel tota!en porpapel sellado pesos sellado 80460 163 0,20
71640
41316
135
79
0,18
0,19
% año
índice 1710 271,66
225,00
131.66
OS-1703/04-1704 05-1704/04-1705 05-1705/04-1706 05-1706/04-1707 05-1707/04-1708 05-1708/04-1709 05-1709/04-1710 05-1710/04-17 ti 05-1711/04-1712 05-1712/04-1713 05-1713/04-1714 05-1714/04-1715 05-1715/04-1716 05-1716/04-!7 S7 05-1717/04-1718 05-1718/04-1719 05-1719/04-1720 05-1720/04-1721 05-1721/04-1722 05-1722/04-1723 05-1723/04-1724 05-1724/04-1725 05-1725/04-1726 05-1726/04-1727 05-1727/04-1728 05-1728/04-1729 05-1729/04-1730 05-1730/04-1731
23829 19363 18431
61 60 60
0,25 101,66 0,30 100,00 100,00 0,32
10996 9625 6551 10245 23496
60 73 48 60 53
0,54 100,00 0,75 121,66 0,73 80,00 0,58 100,00 0,22 88,33
62327
79
29885 17411 35083 38359 47904 56979 57793 58764 56006 51979 46047
27 31 30
8 30 24 18 18 18
0,12
131,66
0,09 0,17 0,08
45,00 51,66 50,00
0,01 0,05 0,04 0,03 0,03 0,03
13,33 50,00 40,00 30,00 30,00 30,00
2.3.2.5. Carabaya La contribución de esta caja fue esporádica; el único año en que generó un ingreso significativo fue en 1784.
CAJAREAL DECARABAYA, I763 -I788 7 228 1 (en pesoscorrientes) Periodo
05-1763/04-1764 05-1764/04-1765 05-1765/04-1766 05-1766/04-1767 05-1767/04-1768 05-1768/04-1769 05-1769/12-1769 01-1770/12-1770 01-1771/12-1771
127 Idem, 128Idem..
82
Recauda ción total en pesos 29200 111545 100401 111201 100854 108835 87619 103301 128952
Ingreso enpesos por papel sellado 4
%de papel sellado
0,01
% ano índice 1784
0,14
01-1772/12-1772 01-1773/12-1773 01-1774/12-1774 01-1775/12-1775 01-1776/12-1776 01-1777/12-1777 01-1778/12-1778 01-1779/10-1779 11-1779/12-1779 01-1780/12-1780 01-1781/12-1781 01-1782/12-1782 01-1783/12-1783 01-1784/12-1784 01-1785/12-1785 01-1786/12-1786 01-1787/12-1787 01-1788/12-1788
14050! 151800 139693 117218 132175 132182 684
24,56
¡83856 142464
2785
1,5!
151144 2 f 1727
2785 1,84 2785 1,31
100,00
100,00 100,00
2.3.2.6 Castrovirreyna Sólo registra un año de ingresos de papel sellado.
CAJA REALDECASTROVIRREYNA, í 65 í - 1652 '^ (en pesos ensayados) Periodo 04-1651/05-1652
Recaudación total en pesos 20173
Ingresoen pesos porpapelsellado 77
%depapel sellado 0,38
%
añoíndice 1651 100,00
2.3.2.7 Chachapoyas, Chiloé y San Juan de JVIatucana Según la información hallada por TeFaske y Klein, estas cajas reales (1627-1639) no registraron ingresos por papel sellado.
2.3.2.8 Concepción El ingreso a esta caja real fue casi imperceptible en las primeras décadas del siglo XVIII.
Se puede reconocer un ingreso casi regular a partir de 1787, período
correspondiente a la unificación de los estancos.
CAJA REALDECONCEPCIÓN, 1710-179519 230 1 (enpesoscorrientes) Periodo
01-1710/12-1710 01-1711/12-1711 01-1712/12-1712 01-1713/12-1713 01-1714/12-1714 01-1715/12-1715
Recauda ingreso ción en pesos total en por pesos papel sellado 28743 306 316 10174 37108 302
v V v V , A , V V , - V \ V-X.X, 01-1735/04-1735 05-1735/03-1740 04-1740/03-1741 w w w -w w v
133741
VvVVV'
%de
%año
papel índice sellado i710 1.06 100,00 3,10 103,26 0,81 98,69
A / W /■■/vVvV'
04-1760/12-í760 01-1761/04-1763 05-í763/06-1764 07-1764/12-1764 01-1765/12-1765 01-1766/12-1766 01-1767/12-1767 01-1768/12-1768 01-1769/12-1769 01-1770/12-1770 01-1771/12-1771 01-1772/12-1772 01-1773/12-1773 01-1774/12-1774 01-1775/12-1775 01-1776/12-1776 01-1777/12-1777 01-1778/12-1778 01-1779/12-1779
201635 90603 124299 99605 217441 120344 161320 559940 301216 196756 193271 184478 176429 160553 194710 212058 154064
129 Idem,, 130 Idem.
83
01-1780/12-1780 01-1781/12-1781 01-1782/12-1782 01-1783/12-1783 01-1784/12-1784 01-1785/12-1785 01-1786/12-1786 01-1787/12-1787
284414 237076 228229 265914 240044 237114 271420 234656
1020
0,43
333,33
01-1788/12-1788 01-1789/12-1789 01-1790/í2-1790 01-1791/12-1791 01-1792/12-1792 01-1793/12-1793 01-1794/12-1794 01-1795/12-1795
208486 220075
1464 1671
0,70 0,75
478,43 546,07
402642
945
0,23 308,82
555086 526680 614520
1222 83 83
0,22 399,34 0,01 27,12 0,01 27,12
2.3.2.9 Cusco Esta caja real es una de las más completas y presenta dos cuentas hasta 1780: una en pesos corrientes y otra en pesos ensayados. Destaca por los altos ingresos que por papel sellado recaba, oscilando en el 3 % anual en comparación a otros rubros. Cusco es la ciudad andina más importante del virreinato, con una población mayor a la de la capital, compuesta mayoritariamente por indígenas, razones a considerar, que demuestran lo rentable que fue el papel sellado.
CAJAREALDECUSCO, ¡676-1780^' (en pesoscorrie ntes)
Periodo
05-1676/04-1677 05-1677/04-1678 05-1678/04-1679 05-1679/04-1680 05-1680/03-1681 04-1681/04-1682 05-1682/05-1683 06-1683/05-1684 06-1684/06-1685 07-1685/05-1686 06-1686/05-1687 06-1687/04-1688 05-1688/04-1689 05-1689/04-1690 05-1690/04-1691 05-1691/04-1692 05-1692/04-1693
Recauda ingreso %de ción enpesos pape! totalen porpape sellado pesos sellado 2962 2,16 136817 ¡01343 4965 4,89 101138 4495 72279 6213 8,59 11i 757 1964 1,75 98692 4372 4,42 129850 2170 1,67 4400 3,03 144948 4789 0,04 112165 107822 2700 2,50 3232 3,47 93016 117002 2104 1,79 84312 4188 4,96 115723 3156 2,72 121877 4065 3,33 116770 2582 2,40 107151 122270 3995 3,26 91767 2000 2,17 154276 3109 2,01 118291 3000 2,53
05-1693/04-1694 05-1694/04-1695 05-1695/04-1696 05-1696/04-1697 05-1697/04-1698 05-1698/04-1699 106087
l3í Idem.
84
3000 2,82
% año
índice 1700 148,10 248,25 224,75 310,65 98,20 218,60 108,50 220,00 239,45 135,06 161,60 105,20 209,40 157,80 203,25 142,60 199,75 100,00 155,45 150,00 150,00
05-1699/04-1700 05-1700/04-170! 05-1701/04-1702 05-1702/12-1703 01-1703/04-1704 05-1704/04-1705 05-1705/04-1706 05-1706/04-1707 05-1707/04-1708 05-1708/04-1709 05-1709/12-1709 05-1710/04-1711 05-171 1/04-1712 05-1712/04-1713 05-1713/04-1714 05-1714/04-1715 05-1715/04-1716 05-1716/04-1717 05-1717/04-1718 05-1718/05-1719 06-1719/04-1720 05-1720/05-1721 06-1721/04-1722 05-1722/10-1722 05-1723/04-1724 05-1724/04-1725 05-1725/04-1726 05-1726/04-1727 05-1727/04-1728 05-1728/04-1729
92089 100397 ¡04418 41788 168501 112646 125054 116283 101491 95782 45862 99307 61466 80183 103042 58895 84129 62382 94209 93935 63986 34880 55130 9228 39458 69201 57723 49503 51960 69613
4229 4,59 211,45 1,9 9 100,00 2000 4136 3,96 206,80
7941 4,71 1500 1,33 4000 3,19 1000 0,85 2778 2,73 3488 3,64
397,05 75,007 200,00 50,00 ¡38,90 174,40
2200
110,00
3,57
2000 1,94 100,00 155,15 3103 5,26 50,00 1000 1,18 2000 3,20 100,00 100,00 2000 2,12 2052 2,18 102,60 1000 1,56 50,00 5,73 100,00 2000 2,72 75,00 1500 1136 1852 1200 400 3641 1527
2,87 2,67 2,07
56,80 92,60 60,00 0,80 20,00 7,00 182,05 2,19 76,35
05-1729/04-1730 05-1730/04-1731 05-1731/04-1732 05-1732/04-1733 05-1733/04-1734 05-1734/04-1735 05-1735/04-1736 05-1736/04-1737 05-1737/04-1738 05-1738/04-1739 05-1739/04-1740 05-1740/04-1741 05-1741/04-1742 05-1742/04-1743 05-1743/04-1744 05-1744/04-1745 05-1745/04-1746 05-1746/04-1747 05-1747/04-1748 05-1748/04-1749 05-1749/04-1750 05-1750/04-1751 05-1751/04-1752 05-1752/04-1753 05-1753/04-1754 05-1754/04-1755
76707 59879 86602 91814 84504 95007 120198 126458 133288 141654 80012 128062 132381 138025 ¡30123 105217 120099 127908 119832 122428 107945 109048 1¡6919 115985 105838
2800 3,65 140,00 1046 1,74 52,30 3000 3,46 150,00 1837 2,00 91,85 2000 2,36 100,00 1737 1,82 52,30 1200 0,99 60,00 1126 0,89 56,30 800 0,60 40,00 2108 1,48 105,40 313 0,39 15,65 1000 0,78 50,00 1000 0,75 50,00 800 0,75 40,00 962 0,73 48,10 1552 1,47 77,60 1350 1,12 67,50 1150 0,89 57,50 1ISO 0,95 57,50 1000 0,81 50,00 920 0,85 46,00 1159 1,06 57,95 1546 1,32 77,30 1272 1,09 63,60 742
0,70
37,10
05-1755/04-1756 05-1756/04-1757 05-1757/04-1758 05-1758/04-1759 05-1759/04-1760 05-1760/04-1761 05-1761/04-1762 05-1762/04-1763 05-1763/04-1764 051764/04-1765 05-1765/04-1766 05-1766/04-1767 05-1767/04-1768 05-1768/04-1769 05-1769/12-1769 01-1770/12-1770 01-1771/12-1771 01-1772/12-1772 01-1773/12-1773 01-1774/12-1774 0Í-I775/Í2-1775 01-1776/12-1776 01-1777/12-1777 01-1778/12-1778 01-1779/12-1779 01-1780/12-1780
124789 122172 145790 130061 117849 128003 145835 144315 222696 192909 386744 373498 413705 363947 366424 426450 411686 409254 121324 138733 173255 337685 203179 376920 415364
911 i 646 1000 ¡000 1253 1273 1345 1234 1764 1000 853 1641 1173 1558 1273 2134 1200 1474 1200 1246 1213 1466 1431 1785 744
1,73 1,34 0,68 0,76 1,06 0,99 0,92 0,85 0,79 0,51 0,22 0,43 0,28 0,42 0,34 0,50 0,29 0,36 0,98 0,89 0,70 0,43 0,70 0,47 0,17
45,55 82,30 50,000 50,00 62,65 63,65 67,25 61,70 88,20 50,00 42,65 82,05 58,65 77,90 63,65 106,70 60,00 73,70 60,00 62,30 60,65 73,30 71,75 89,25 37,20
Cusco sólo presentó una cuenta en pesos ensayados.
CAJA REAL DECU SCO , 1679 -1680'” (en pesosensayados) Periodo 05-167904-1680
Recaudación tota!enpesos 54152
ingresoenpeso porpapelsellado 26839
%depapel
sellado 49,56
%
añoíndice 1679 100,00
2.3.2.10 fítsamantga Registra ingresos acordes a la importancia que tiene como ciudad, por ser lugar de tránsito en el circuito comercial entre Cusco y Huancavelica.
Su presencia
sólo es notoria en 1785, después de tres años de la uniñcación de los estancos, cuando el Intendente Escobedo inicia una serie de reformas económicas.
El
citado año es el último en las cuentas de esta caja real.
m
Idem,
85
CAJA REALDEHü AM AN GA , I76 4-I78 5'33 (en pesoscorrie ntes) Período 01-1764/05-1768 06-1768/12-1768 01-1769/12-1769 01-1770/12-1770 01-1771/12-1771 01-1772/12-1772 Ói~l773/12-1773 Ó1-1774/i2-1774 01-1775/12-1775 01-1776/12-1776 01-1777/12-1777 01-1778/12-1778 01-1779/12-1779 01-1780/12-1780 01-1781/12-1781 01-1782/12-1782 01-1783/12-1783 01-1784/12-1784 01-1785/12-1785
Recaudación totalenpesos 76814
%depapel
%
añoíndice 1769 58,43
sellado 0,44
20725 18138 18866 11173
587 31 966 687
2,83 0,17 5,12 6,14
14212
597
4,20
42652 31029 37992 25180 229022
757
0,33
Ingresoen pesos porpapelsellado 343
(00,00 5,28 164,56 117,03
101,70
128,96
2.3.2.11 ^uancavelíca Es una caja rica po r ser la caja del mercurio. Sus datos manifiestan regularidad a partir de la década del 1760, donde el ingreso por concepto de papel sellado no resulta significativo pero sí constante.
CAJA REAL DEH UA NC AV ELIC A, 1717-178Ü'34 (en pesosc orrientes ) Recauda Ingreso %de % año cióntotal enpesos papel índice enpesos por sellado 1770 papel sellado 01-1717/02-1718 138396 6662 4,81 1291,08 03-1718/02-1719 03-1719/02-1720 03-1720/09-1721 10-1721/03-1725 680443 1935 0,28 375,00 06-1725/07-1726 646850 2306 0,35 446,89 08-1726/07-1727 08-1727/07-1728 08-1728/08-1729 09-1729/12-1729 293337 01-1730/08-1732 840680 797 0,09 154,45 09-1732/08-1733 09-1733/08-1734 Periodo
133 ídem. 134 ídem.
86
09-1734/08-1735 09-1735/08-1736 09-1736/08-1737 09-1737/08-1738 09-1738/02-1739 03-1739/08-1742 08-1742/07-1745 08-1745/11-1746 02-1746/04-1747 05-1747/04-1748 05-1748/04-1749 05-1749/04-1750 05-1750/04-1751 05-1751/02-1752 03-1752/04-1753 05-1753/04-1754 05-1754/04-1755 05-1755/04-1756 05-1756/04-1757 05-1757/04-1758 05-1758/04-1759
1458880 147240 445273 76621 43760 65716 40624 39988 33500
52865 31232 42893
12417
1801 169!
0,12 349,03 327,71 1,14
652
0,85
126,35
1664
4,16
322,48
39882 1794 4,49 347,67 36872 1042 2,82 201,93 50907 421 0,82 81,58 40567 648 1,59 125,58 41569 200 0,48 38,75 196,31 40923 1013 2,47 48838 919 1,88 178,10 62854 69546 1010 1,45 195,73 49109 617 1,25 119,57 31479 975 3,09 188,95
05-1759/04-1760 05-1760/04-1761 05-1761/04-1762 05-1762/04-1763 05-1763/04-1764 05-1764/04-1765 05-1765/04-1766 05-1766/04-1767 05-1767/04-1768 05-1768/04-1769 05-1769/12-1769
01-1770/12-1770 68735 516 75539 1274 01-1771/12-1771 612 01-1772/12-1772 106963 01-1773/12-1773 67199 373 01-1774/12-1774 80472 779 1212 01-1775/12-1775 133150 479 01-1776/12-1776 126087 01-1777/12-1777 136875 01-1778/12-1778 144523 578 01-1779/12-1779 148342 l il i 01-1780/12-1780 200430 496
0,75 100,00 1,68 246,89 0,57 118,60 0,55 72,28 0,96 150,96 0,91 234,88 0,37 92,82 0,40 112,01 0,74 215,31 0,24 96,12
2.3.2.12 Jalifa El porcentaje del ingreso por papel sellado si bien no es significativo, presenta cifras regtdares.
CAJAREALDEJAUJA, I734-I782'” (en pesoscorrie ntes) Periodo
05-1734/04-1735 05-1735/04-1736 05-1736/04-1737 05-1737/04-1738 05-1738/04-1739 05-1739/04-1740 05-1740/04-1741 05-1741/04-1742 05-1742/04-1743 05-1743/04-1744 05-1744/04-1745 05-1745/04-1746 05-1746/04-1747 05-1747/04-1748 05-1748/04-1749 05-1749/04-1750 05-1750/04-1751 05-1751/04-1752 05-1752/04-1753 05-1753/04-1754 05-1754/04-1755
Recauda ingresoen %de % año ción pesospor papel índice totalen papel sellado 176! pesos sellado 28468 404 1,41 188,78 24935 110 0,44 51,40 24263 67 0,27 31,30 21525 36000 32881 29863 32386 38 i 42 40617 22884 22010 21231 19228 20254 24044 32794 30404 23374
185
0,51
86,44
266
0,89
124,29
173
0,45
80,84
275
1,20
219 1,08
109 148
0,35 0,63
128,50
102,33
50,93 69,15
05-1755/04-1756 25842 05-1756/04-1757 27719 05-1757/04-1758 24384 05-1758/04-1759 28028 05-1759/04-1760 26932 05-1760/04-1761 32991 05-1761/04-1762 38202 05-1762/04-1763 32653 05-1763/04-1764 42105 05-1764/04-1765 47898 05-1765/04-1766 38124 05-1766/04-1767 37681 05-1767/04-1768 39028 05-1768/04-1769 41234 05-1769/12-1769 25003 01-1770/12-1770 46883 01-1771/12-1771 46061 01-1772/12-1772 47907 01-1773/12-1773 43938 01-1774/12-1774 43310 01-1775/12-1775 53028 01-1776/12-1776 37865 01-1777/12-1777 58570 01-1778/12-1778 97810 01-1779/12-1779 164415 01-1780/12-1780 156356 01-1781/12-1781 84113 01-1782/12-1782 56272
155
0,55
72,42
199 214
0,73 0,64
92,99 100,00
226
0,69
306 156
0,63 0 ,40
142,99 72,89
210
0,53
98,13
343
1,37
¡60,28
504
1,09
235,51
988 2 236
2,24 0,004 0,44
105,60
461,68 0,93 110,28
490 0,83 228,97 288 0,29 134,57 326 0,19 152,33 340 0,21 158,87 424 0,50 198,13 77 0,13 35,98
135 Idem.
87
2.3.2.13 tima
Lima, ciudad capital donde se localizan las altas instituciones
hispanas de la
región, es la caja más importante, con cifras regulares hasta 1820. En ellas se encuentran dos cuentas: una de pesos corrientes y otra de pesos ensayados. La primera, con altibajos, bordea el 0.5% de los ingresos anuales, una constante que permite asegurar la demanda del papel, sobre todo en pesos, siendo la más alta que se registra con respecto a todas las cajas reales.
CAJA REALDELIMA, 1639-18201» (en pesoscorrie ntes)
Periodo
Recauda ción totalen pesos 1839853 2024337 2256816 2201373 3080734 2528066 2691421 2112090 1119039 462816 1420458 1545017 1102051 1891372 1650262 1714217 1981004 3507764 1469198 1367395 2014541 1784775 1861292 2450516 338464
Ingreso %de enpesos papel porpapel sellado sellado 8020 0,43 35206 1,73 38376 1,70 36705 1,66 53146 1,72 38062 1,50 47300 1,75 34534 1,63 27714 2,47 23523 5,08 18593 1,30 40005 2,58 11045 1,00 65405 3,45 44905 2,72 26438 1,54 29323 1,48 64277 1,83 41305 2,81 22613 1,65 40690 2,01 29015 1,62 39877 2,14 28255 1,15 13455 3,97
%
año índice 1761
10-1639/08-i 640 148,32 09-1640/08-1641 651,11 09-1641/09-1642 709,74 10-1642/09-1643 678,84 10-1643/10-1644 982,91 il - l644/09-1645 703,93 10-1645/11-1646 874,79 12-1646/11-1647 638,69 ¡2-1647/08-1648 512,55 08-1648/12-1648 435,04 01-1649/10-1649 343,86 11-1649/04-1650 739,87 05-1650/03-1651 204,27 04-1651/12-1651 1209,63 01-1652/08-1652 830,49 09-1652/08-1653 488,95 09-1653/09-1654 542,31 10-1654/09-1656 1188,87 10-1656/09-1657 763,91 10-1657/10-1658 418,21 11-1658/10-1659 752,54 11-1659/08-1660 536,61 09-1660/01-1662 737,50 02-1662/12-1662 522,56 01-1663/04-1663 248,84 05-1663/12-1664 01-1665/11-1666 2871472 65786 2,29 1216,68 12-1666/03-1669 4192458 44967 1,07 831,64 04-1669/05-1672 5756007 67982 1,18 1257,29 05-1672/06-1675 4739968 81880 1,72 1514,33 07-1675/08-1678 4997483 84802 1,69 1568,37 09-1678/09-1681 4820870 89301 1,85 1651,88 10-1681/04-1685 7146649 87578 1,22 1619,71 05-1685/10-1690 ¡(817730 113765 0,96 2104,03
136 ídem.
88
76059 3855
0,57 1406,67 0,27 71,29
12-1690/09-1696 10-1696/12-1697
13320469 i389542
01-1698/12-1698 01-1699/12-1699 01-1700/12-1700
1120719
5407
0,48
100,00
01-1701/12-1701
1816945
21308
1,17
394,08
6061 0,72 2011 0,19
112,09
01-1702/12-1702
839862
01-1703/12-1703
1049512
01-1704/12-1704
2226874
7580
0,34
140,18
01-1705/12-1705
1542513
12628
0,81
233,54
01-1706/12-1706
3185129
19112
0,60
353,46
01-1707/12-1707
2708056
2274
0,08
42,05
01-1708/12-1708 01-1709/12-1709 01-1710/12-17!0 01-171 1/12-1711 01-1712/12-1712 01-1713/12-1713 01-1714/12-1714 01-1715/12-1715
168887! 1018040 852904 1688247 719121 562427 250017 408378 1313900 562142
8163 0,48 31 0,003 1254 0,14 877 0,05 13047 1,81 4262 0,75 0,49 1227 9542 2,33 10614 0,80 13482 2,39
150,97 0,57 23,19 16,21 241,29 78,82 22,69 176,47 196,30 249,34
01-1716/12-1716 01-1717/12-1717 01-1718/12-1718 01-1719/12-1719 01-1720/12-1720 01-1721/11-1722 03-1722/12-1722 01-1723/12-1723 01-1724/12-1724 01-1725/12-1725 01-1726/12-1726 01-1727/12-1727 01-1728/12-1728 01-1729/12-1729 01-1730/12-1730 01-1731/12-1731 01-1732/12-1732 01-1733/12-1733 01-1734/12-1734 01-1735/12-1735
872958 1706103 905777 1784505 707296 964665
3180 9876 3750 27418 2530 4926
0,36 0,57 0,41 1,53 0,35 0,51
37,19
58,81 182,65 69,35 507,08 46,79 91,10
1144329 941! 0,82 174,05 1694594 3448 0,20 63,76 1077895 468 0,04 8,65 1580703 10088 0,63 186,57 1894363 9870 0,52 182,54 1622283 7468 0,46 138,11 1723914 5843 0,33 108,06 1085393 16725 1,54 309,32 1397232 26521 1,89 490,49 1372414 4568 0,33 84,48 1147930 9038 0,78 167,15 1621575 8293 0,51 153,37
01-1736/12-1736 01-1737/12-1737
1200130
01-1738/12-1738 01-1739/12-1739 01-1740/12-1740
1 070148 174446! 624047 1457076
01-1741/12-174! 01-1742/12-1742 01-1743/12-1743 01-1744/12-1744 01-1745/12-1745 01-1746/12-1746 01-1747/12-1747
1422460 1008999 805212 1132332 1539120 1473000 1808619
01-1748/12-1748 01-1749/12-1749 01-1750/12-1750
2123004 2101586 1683400
01-1751/12-1751 01-1752/01-1753
1897842 2385934 1759254
02-1753/12-1753 01-1754/12-1754 01-1755/12-1755 01-1756/12-1756 01-1757/12-1757
1861754 1841679 2297627 2619500 3109355
01-1763/12-1763 01-1764/12-1764
3150744 2850250 4211949 3044330 3245558 3050713
01-1765/12-1765 01-1766/12-1766 01-1767/12-1767 01-1768/12-1768 01-1769/12-1769 01-1770/12-1770 01-1771/12-1771 01-i772/121-1772 01-1773/12-1773 01-1774/12-1774 01-1775/12-1775 01-1776/12-1776 01-1777/12-1777 01-1778/12-1778
01-1779/12-1779
0,32 0,14 0,53 0,44
65,10 47,42 61,27 120,88
6816 0,47 2057 0,20 9959 1,23 6255 0,55 15212 0,98 1053! 0,71
126,05 38,04 184,18 115,68
01-1780/12-1780 01-1781/12-1781 01-1782/12-1782 01-1783/12-1783 01-1784/12-1784
3520 2564 3313 6536
10295 2929 2681 6132 17430 32333 42079
1434990 1473166 1790142 1673483
01-1758/12-1758 01-1759/12-1759 01-1760/12-1760 01-1761/12-1761 01-1762/12-1762
107,49
5812
8765 9166 20472
0,48
01-1785/12-1785
3689863
01-1786/12-1786
3371742
0,16 0,18
104,27
130,10 108,43 51,82 461,99
554,98
0,13 0,06 0,64
30008
0,81
30301
0,89
560,40
7378666
38000
0,51
702,79
01-1788/12-1788
4216688
35645 0,84
659,23
01-1789/12-1789
8208678
50000 0,60
925,72
0,56 0,13 0,12
190,40 54,17 49,58
01-1790/12-1790
2382323 3650452 4739300
0,36 0,91 1,35 2,39 0,61 0,62 1,14
113,40 322,35 597,98
01-1791/12-1791 01-1792/12-1792 01-1793/12-1793
0,8! 1,01 1,40 35575 1,54 39548 1,50 51473 1,65 65344 2,07 77288 2,71 726! 0,17 5509 0,18 5951 0,18 5199 0,17
01-1794/12-1794 01-1795/12-1795
3627753 3470781 3602790
778,23 162,10 169,52
01-1796/121796 01-1797/121797 01-1798/121798
3254128 3042996 2462659
378,62 252,26 351,11 478,67 657,94
01-1799/121799
3834917
01-1800/121800 01-1801/121801 01-1802/121802
3493498 3422342 4515898
61365 0,13
01-1803/12-1803
2986129
25986
01-1804/12-1804 01-1805/12-1805 01-1806/12-1806
5482306 3988523
731,42 951,96 1208,50 1429,40 134,28
01-1808/12-1808 01-1809/12-1809
01-1813/12-1813 01-1814/12-1814 01-1815/12-1815 01-1816/12-1816
0,16 0,14 0,16
3411496 2545097 3203984 2746781
5160 5160 5379
0,15 0,20
95,43 95,43 95,43
0,16 0,26 0,11 0,27 0,17
99,48 134,56 81,00 221,36 105,28
01-1807/12-1807
101,88 110,06 96,15 99.53 95,43
5382 5160 5! 60
7276 4380 1 1969 5693
4222779 4328166 3902232 4287721
5638 7035 5863 2802 24980
01-1787/12-1787
319388! 3637959 3136373
3748984 4408156 3198177
3365174 3741411
281,33 194,76
13640 18985 25882
01-1810/12-1810 01-18! 1/12-1811 01-1812/12-1812
19
0,0005
13574 0,55 42
251,04
0,00!
1985
0,05
3566268
50000
1,40
0,77
1134,91
0,87
3468000
0,35
480,59
36,71 924,72
2681238 3045505 7408609
338548!
86287 1,16 1595,83 12994 0,37 240,31 42776 1,66 791,12 18935 1,03 350,19 18176 0,53 336,15
01-1817/12-1817 01-1818/í2-1818
3020757
18217
01-1819/12-1819
3404098
32507 0,95
601,20
01-1820/12-1820
7146065
13724 0,19
253,81
3470625 2563346 1832715
0,60
336,91
Las cuentas de pesos ensayados en la caja real de Lima, es la más significativa, y el porcentaje con respecto a los ingresos por otros rubros, teniendo en cuenta a las demás, es significativo.
89
01-1665/11-1666 CAJA REAL DELIMA, 1640-1721 (enpesos ensayados) Recauda cióntotal enpesos
Periodo
09-i640/08-164i
1216075
09-1641/09-1642
1148821
10-!642/09-1643 10-1643/10-1644
1104365 1187115
1í -i644/09-1645 10-1645/i2-1646
993756 1155844
12-1646/12-1647
969433
12-1647/07-1648
477500
08-1648/12-1648 01-1649/10-1649
817476
11-1649/04-1650 05-1650/03-1651
Ingreso %de en papel pesos sellado por pape! sellado 2983 0,24 431 0,03
871920 1493687 187I64
04-1651/12-165S 1911759 01-1652/08-1652 ¡086520 09-1652/08-1653 1233201
4337 1118 127
12-1666/03-1669 04-1669/05-1672 %
año índice 1700
981,25 141,77
0,39 0,09
1426,64 367,76
0,01
41,77
408 0,03 134,21 553 0,05 181,90 1262 0,26 415,13 394 0,04 129,60 2619 704 804 77
0,17 532,56 0,37 231,57 0,04 264,47
2536
0,007 0,20
25,32 834,21
1270899
1365
0,10
449,01
1884443 1307239
4316 1983
10-1657/10-1658
872756
2016
0,22 1419,73 0,15 652,30 0,23 663,15
11-1658/10-1659 1i -1659/08-1660
1239328
2910
0,23
957,23
812790
1095 121
0,13
360,19
09-1653/09-1654 10-1654/09-1656 10-1656/09-1657
09-1660/01-1662 02-1662/12-1662
505653 1501331
01-1663/04-1663
23074
05-1663/12-1664
1635
0,13 39,80 0,10 537,82
1869905
6791
2233,88 654,93
0,17 0,05
1136,18 439,47
0,20 0,20
1847,69 1536,84 652,30
06-1672/06-1675
1991 1989796 3454 2371190 1336
07-1675/08-1678 09-1678/09-1681 10-1681/04-1685
2778767 2322535 1673156
5617 4672 1983
05-1685/11-1690
2138847
5783
0,11 0,27
12-1690/09-1696
212723 305339
486
0,15
159,86
01-1700/12-1700 01-1701/12-1701
125596 280388
304 457
0,24 0,16
100,00 150,32
01-1702/12-1702 01-1703/12-1703
133835 292372
91 165
0,06 0,05
29,93 54,27
01-1704/12-1704
220262
428
0,19
140,78
01-1707/12-1707 01-1708/12-1708
145 364
0,07
192049 77105
7
0,18 0,009
01-1709/12-1709 01-1710/12-1710
168693 105922
181
0,10
01-171 1/12-1711
(25191
437
0,34
143,75
01-1712/12-1712
65188 48764
731
1,12
181,38
726
1,48
238.81
352
0,65
115,78
850
0,23
279,60
237
0,17
77,96
10-1696/12-1697 01-1698/12-1698
2278889
0,36 0,08
1902,30
01-1699/12-1699
01-1705/12-1705 01-1706/12-1706
01-1713/12-1713 01-1714/12-1714
26987 192269
01-1718/12-1718 01-1719/12-1719
47,69 119,73 2,30
59,53
5215
01-1715/12-1715 01-1716/12-1716 01-1717/S2-1717
5751 53966 34854 68407 369424
01-1720/12-1720
95589
01-1721/02-1722
I 36745
2.3.2.14 piltra y paita Esta caja llama a atención porque el papel sellado tiene una proporción bastante alta con respecto a las demás cajas, casi siempre superando el 3%, entre los que se encuentran picos de 4, 5, 6, T ó 15 % en de algunos años, en relación al ingreso por otros conceptos.1 7 3
137 Idem,
90
C A J A R E A L D E H U R A y P A I T A , 1 6 9 1 - 1 7 7 9 ' 3a (en pesoscorrientes) Recauda ción
Período
totalen
Ingreso enpesos por
pesos
papel
% de
% año
papel sellado
índice i701
17516
0 1- 16 92 /1 2- 16 92
3 54 49
¡071
6,11
267,75
32922
0 5 -1 7 34 /0 4 -1 7 35
19 44 8
0 5- 17 36 /0 4- 17 36
2 32 68
0 5 -1 7 36 /0 4 -1 7 37
2 48 19
0 5 -1 7 37 /0 4 -1 7 38
10 15 8
400
1,21
100,00
05-1739/04-1740 05-1740/04-1741 05-1741/04-1742
01-1693/12-1693
05-1742/04-1743
01-1694/12-1694 01-1695/12-1695 01-1696/12-1696 01-1697/12-1697 0 1- 16 98 /1 2- 16 98
3 14 55 18429
01-1701/12-1701
16200
400
2,46
01-1702/12-1702
23712
628
2,64
0 1- 17 03 /1 2- 17 03
4 10 29
01-1704/12-1704
50122
837
1,66
209,25
01-1705/12-1705
30379
950
3,12
237,50
0 1- 17 06 /1 2- 17 06
41 02 1
0 1- 17 07 /1 2- 17 07
3 90 79 3 13 89
01-1709/12-1709
28724
0 1- 17 10 /1 2- 17 10
4 52 46
0 1-1 71 1/ 12 -1 71 1
1282
100,00
157,00
4,46
320,50
01-1713/12-713
16647
974
5,8 5
16469
309
1,87
01-1714/12-1714
12692
582
01-1715/12-1715
5690
385
0 1- 17 16 /1 2- 17 16
4.58 6,76
2 43,50
77,25 145,50 96,25
2 19 03
01-1717/04-1717
3328
0 5- 17 17 /0 4-1 71 8
3 40 3!
05-1718/04-1719
33390
0 5- 17 19 /0 4- 17 20
26091
538
16,16
720
2,15
134,50 180,00
05-1720/04-1721 05-1721/04-1722
3950
10 28 6
05-1745/04-1746
12685
0 5 -1 7 46 /0 4 -1 7 47
10 789 11 225
669
1 6, 90
16 7, 25
05-1722/04-1723
801
3,20
889
7,00
222,25
811
7,22
202,75
2 ,2 6
186,25
1 195
6,67
298,75
558
6,40
139,50
1 ,99
177,75
3 ,93
472,7 5
200,25
21648
0 5-17 49 /0 4-17 50
32843
0 5- 17 50 /0 4- 17 51
1 998 9
745
05-1751/04-1752 0 5 -1 75 2 /0 4- 17 53
3 20 83
0 5 -1 7 53 /0 4 -1 7 54
1 67 48
05-1754/04-1755 0 5 -1 7 55 /0 4 -1 7 56
1 791 3
0 5 -1 7 56 /0 4 -1 7 57
1 367 5
0 5 -1 7 57 /0 4 -1 7 58
15441
05-1758/04-1759
05-1759/04-1760
12 072
25013
0 5 -1 7 44 /0 4 -1 7 45
05-1748/04-1749
0 1- 17 00 /1 2- 17 00
0 1- 17 08 /1 2- 17 08
05-1743/04-1744
0 5 -1 7 47 /0 4 -1 7 48
01-1699/12-1699
01-1712/12-1712
3 76 64
0 5 -i 73 3/04-17 34
05-1738/04-1739
sellado 01-1691/12-1691
0 5- 17 3 2/ 04 -1 7 33
18690 8715
0 5- 17 60 /0 4- 17 61
1 07 36
0 5-17 61 /0 4-17 62
35682
0 5- 17 62 /0 4- 17 63
2 71 57
05-1763/04-1764
7 1!
22148
579
0 5- 17 64 /0 4- 17 65
4 81 00
1891
0 5 -1 7 65 /0 4 -1 7 66
5 01 29
3086
6,15
771,50
0 5- 17 66 /0 4- 17 67
6 20 16
0 5 -1 7 67 /0 4 -1 7 68
5 85 35
0 5 -1 7 68 /0 4 -1 7 69
49 59 1
1195
2,40
298,75
0 5- 17 69 /1 2- 17 69
3 92 54
0 1- 17 70 /1 2- 17 70
6 57 94
1,81
29 8,7 5
0 1- 17 71 /1 2- 17 71
5 35 19
11 95
2,61
144,75
0 5- 17 23 /0 4- 17 24
16 377
0 1 -1 7 72 /1 2 -1 7 72
7 09 72
0 5- 17 24 /0 4- 17 25
3 57 44
0 1- 17 7 3/ 12 -1 7 73
6 5451
1 195
0 5- 17 25 /0 4- 17 26
3 17 37
01-1774/12-1774
0 5- 17 26 /0 4- 17 27
4 18 10
49 68 1
11 95
0 5-17 27 /04 -17 28
15640
67063
654
0,97
163,50
522
1,00
130,50
808
1,10
04-1728/04-1729
23728
05-1729/04-1730
21873
0 5-1 73 0/ 04 -1 73 1
17 786
0 5- 17 31 /0 4- 17 32
3 24 83
1139
7,2 8
284 ,75
01-1775/12-1775
0 1 -1 7 76 /1 2 -1 7 76
7 33 43
0 1 -1 7 77 /1 2 -1 7 77
5 17 23
0 1- 17 78 /1 2- 17 78
3 96 48
01-1779/12-1779
72927
1 195
1,68
298,75
1,82
298,75
2 ,40
298,75
201 ,0 0
2.3.2.15 Puno
Caja cuya recaudación por papel sellado es pequeña. Solo se cuenta con algunos años del siglo XIX.
130 íde m.
91
CAJAREALDEPU NO, 1812- I820>« (enpesoscorrientes) Periodo 01-1812/11-1812 01-1813/12-1913 01-1814/12-1814 01-1815/12-1815 01-1816/12-1816 01-1817/12-1817 01-1818/12-1818 01-1819/12-1819 01-1820/12-1820
Recaudación ingresoen pesos totalenpesos porpapelsellado 454455 2517
646536 599652 331476 355871 316719 443577
%depapel
sellado 0,55
709
0,11
1000
0,30
3918
0,88
% año índice 1815 355,00
100,00 141,04
552,60
2.3.2JO Saña Caja cuya recaudación po r el concepto de papel sellado es significativa.
CAJAREALDESAÑA, 1740-I777'« (en pesoscorrientes) Periodo 05-1740/04-1741 05-1741/04-1742 05-1742/04-1743 05-1743/04-1744 05-1744/04-1745 05-1745/04-1746 05-1746/04-1747 05-1747/04-1748 05-1748/04-1749 05-1749/04-1750 05-1750/04-1751 05-1751/04-1752 05-1752/04-1753 05-1753/04-1754 05-1754/04-1755
Recauda ción total en pesos 3957 6825 4756 4082
Ingreso % de % año en pesos papel índice porpapel sellado 1760 sellado 520 13,14 136,48 499 10,49
130,97
6193 6193 3941 3157 5586
366 193
11,59 3,45
96,06 50,65
7222 3383
213 86
2,94 2,54
55,90 22,57
6668
292
4,37
76,64
05-1755/04-1756 05-1756/04-1757 05-1757/04-1758 5829 05-1758/04-1759 7894 05-1759/04-1760 8645 05-1760/04-1761 11028 05-1761/04-1762 7659 05-1762/04-1763 8180 05-1763/04-1764 10451 05-1764/04-1765 11694 05-1765/04-1766 8328 05-1766/04-1767 7390 05-1767/04-1768 9458 05-1768/04-1769 6507 05-i769/04-S770 8570 05-1770/04-1771 9542 05-1771/04-1772 8868 05-1772/04-1773 9593 05-1773/04-1774 8019 05-1774/04-1775 7329 05-1775/04-1776 ¡4533 05-1776/04-1777 24759
328
4,15
86,08
381
3,45
100,00
371
4,53
97,37
508 228
4,34 2,73
133,33 59,84
605 364 150 250 250 264 212 200 314 H0
6,39 5,59 1,75 2,61 2,81 2,75 2,64 2,72 2,16 0,56
158,79 95,53 39,37 65,6! 65,61 69,29 55,64 52,49 82,41 36,74
2.3.2.17 7r%»¡üio Esta caja proporciona vasta información de sus cuentas; en cuanto al papel sellado presenta un caudal similar a la mayoría de las otras entre los siglos XVII y XVIII.1 9 3
139 Idem. H0 ídem.
92
CAJAREALDETRUjILLO, I64I-I7 90 W (en pesoscomentes) Recauda ción total en pesos 50212
Periodo
06-1641/05-1642 06-1642/05-i643 06-1643/05-1644 06-1644/05-1645 06-1645/06-1646 07-1646/05-1647 06-1647/05-1648 06-1648/05-1649 06-1649/05-1650 06-1650/05-1651 06-1651/05-1652 06-1652/05-1653 06-1653/08-1654 09-1654/08-1655 09-1655/08-1656 09-1656/08-1657 09-1657/08-1658 09-1658/08-1659 09-1659/06-1660 07-1660/06-1661 07-1661/06-1662 07-1662/06-1663 07-1663/06-1664 07-1664/06-1665 07-1665/06-1666 07-1666/06-1667 07-1667/06-1668 07-1668/02-1669 03-1669/03-1670 04-1670/07-1670 08-1670/10-1675 11-1675/08-1677 09-1677/08-1678 09-1678/08-1679 09-1679/08-1680 09-1680/04-1681 05-1681/12-1681 01-1682/12-1682 01-1683/12-1683 01-1684/12-1864 01-1685/12-1685 01-1686/12-1686 01-1687/12-1687 01-1688/12-1688 01-1689/12-1689 01-1690/12-1690 01-1691/12-1691 01-1692/12-1692 01-1693/12-1693 01-1694/12-1694 01-1695/04-1696 05-1696/07-1698 08-1698/01-1700
36940
Ingreso %de % año en pesos papel índice porpapel sellado ¡760 sellado 2698 5,37 454,20
1746
4,72
293,93
18948
1232
6,50
207,40
25705
1075
4,18
180,97
26182 11655 173746 26884
18610 31681 38471 44022 28166 57181 55853
77166 57858
500 806 7846 2187
' 132 419 1322 776 885 1471 693
1333 891
1,90 6,91 4,51 8,13
84,17 135,69 1320,87 368,18
0,70 22,22 1,32 70,53 3,43 222,55 1,76 130,63 3,14 148,98 2,57 247,64 0,52 116,66
1,72 1,53
224,41 150,00
02-1700/04-1701 05-1701/04-1702 05-1702/04-1703 05-1703/10-1704 11-1704/10-1707 11-1707/11-1708 12-1708/07-1710 08-1710/02-1711 03-1711/10-1712 1I-I7I2/I0-1713 11-17!3/10-1714 11-1714/04-1715 05-1715/04-1716 05-1716/04-1717 05-1717/04-1718 05-1718/04-1719 05-1719/04-1720 05-1720/04-1721 05-1721/04-1722 05-1722/04-1723 05-1723/04-1724 05-1724/04-1725 05-1725/04-1726 05-1726/04-1727 05-1727/04-1728 05-1728/04-1729 05-1729/04-1730 05-1730/04-1731 05-1731/04-1732 05-1732/04-1733 05-1733/04-1734 05-1734/04-1735 05-1735/04-1736 05-1736/04-1737 05-1737/04-1738 05-1738/04-1739 05-1739/04-1740 05-1740/04-1741 05-1741/04-1742 05-1742/04-1743 05-1743/04-1744 05-1744/04-1745 05-1745/04-1746 05-1746/04-1747 05-1747/04-1748 05-1748/04-1749 05-1749/04-1750 05-1750/04-1751 05-1751/04-1752 05-1752/04-1753 05-1753/04-1754 05-1754/04-1755 05-1755/04-1756 05-1756/04-1757 05-1757/04-1758 05-1758/04-1759 05-1759/04-1760 05-1760/04-1761 05-1761/04-1762 05-1762/04-1763
60495
328
0,54
55,21
92131 30317 53564
1354 1146 3079
1,46 3,78 5,74
227,94 192,92 518,35
51693
26
38789 39249
1461 250
3,76 0,63
245,95 42,08
32302
300
0,92
50,50
20832 31947 31164 34489 27742 18020 27696 18502 23446 21285 16538 ¡8789 18336 27254 15249 20882 26931 18172 27673 21351
594 619 578 500 150 550 200 150 300 300 300 100 150 250 300 300 250 ¡50 366 200
2,85 100,00 1,93 104,20 1,85 97,30 1,44 84,17 0,54 25,25 3,05 92,59 0,72 33,67 0,81 25,25 1,27 50,50 1,40 50,50 1,81 50,50 0,53 16,83 0,81 25,25 0,91 42,08 1,96 50,50 1,43 50,50 0,92 42,08 0,82 25,25 1,32 61,61 0,93 33,67
50454
348
0,68
37590 43909 42610 29825 46448 42381
200 500 250 200 500 200
0,53 1,13 0,58 0,67 1,07 0,47
37723
200
0,53
36974 28963 45217 38099 38926 40938 38881 37234 48458
225 306 250 250 424 150 756 ISO 620
0,60 1,05 0,55 0,65 1,08 0,36 1,94 0,40 1,27
0,05
4,37
58,58
33,67 84,17 42,08 33,67 84,17 33,67
33,67
37,87 51,51 42,08 42,08 71,38 25,25 127,27 25,25 104,37
M! Idem.
93
05-1763/04-1764 05-1764/04-1765 05-1765/04-1766 05-1766/04-1767 05-1767/04-1768 05-1768/12-1769 01-1769/12-1769 01-1770/12-1770 0 | . |7 7 | / ¡ 2 . |7 7 l 01-1772/12-1772 01-1773/12-1773 01-1774/12-1774 01-1775/12-1775 01-1776/12-1776
36082 43774 37996 30318 36140 22193 38327 35340 30680 40111 99293 146323 420267
514 1,42 86,53 402 0,91 67,67 325 0,85 54,71 363 U 9 61,11 325 0,89 54,71 491 2,21 82,65 425 1,10 71,54 394 1,1 í 66,32 389 1,26 65,48 432 1,07 72,72 437 0,44 73,46 796 0,54 134,00 669 0,15 112,62
01-1777/12-1777 255842 01-1778/12-1778 421497 01-1779/12-1779 475138 01-1780/12-1780 444598 01-1781/12-1781 447325 01-1782/12-1782 384745 01-1783/12-1783 301299 01-1784/12-1784 312324 01-1785/12-1785 435684 01-1786/12-1786 467872 01-1787/12-1787 566410 01-1788/12-1788 544283 01-1789/12-1789 658221 01-1790/12-1790 647886
614 0,23 167 0,03 1268 0,26
103,36 28,11 213,46
311 145
0,09 0,03
52,35 24,41
54
0,008
9,09
2.3.2.18 Uico y pasco En esta caja real el porcentaje del papel sellado con respecto a los demás rubros, no excede el 1 %.
CAJA REAL DEVIC O yPASCO, 1670-1784'42 (en pesoscorrientes) Recauda ción total en pesos 26909 30773
Periodo
03-1670/11-1674 12-1674/04-1678 05-1678/10-1679 11-1679/10-1680 11-1680/10-1681 11681/10-1682 11-1682/10-1683 1I-I683/I0-I684 11-1684/08-1685 09-1685/07-1686 08-1686/08-1687 09-1687/08-1688 09-1688/08-1689 09-1689/11-1690 12-1690/11-1692 12-1693/11-1695 12-1695/05-1696 06-1696/08-1698 01-1698/12-1699 01-1700/12-1700 01-1701/12-1701 01-1702/12-1702 01-1703/08-1703 01-1703/02-1704 03-1704/04-1705
142 ídem.
94
8899
8137 19217
23777 38663
Ingreso %de en pesos papel porpapel sellado sellado 1183 4,39
60
299
200 226
0,67
%
año índice 1701
419,50
21,27
3,67 106,02
0,84 0,58
70,92 80,14
59104
62522 23312 49504
189 435
0,30 0,59
05-1705/04-1706 05-1706/04-1707 05-1707/04-1709 05-1709/04-1710 05-1710/09-171 1 10-1711/10-1713 S 1-1713/10-1715 i1-i7 15/04-1717 05-1717/04-1718 05-1718/04-1719 05-1719/04-1720 05-1720/04-1721 05-1721/04-1722 05-1722/04-1723 05-1723/04-1724 05-1724/10-1724 11-1724/04-1725 05-1725/04-1726 05-1726/04-1727 05-1727/04-1728 05-1728/04-1729 05-1729/04-1730 05-1730/04-1731 05-1731/04-1732 05-1732/04-1733 05-1733/04-1734 05-1734/04-1735 05-1735/04-1736
51457 32684 79215
38123 55716 23317 48102 63725 36563
98
0,19
34,75
224
0,28
79,43
224 350
0,58 79,43 0,62 124,11
50
0,10
17,73
881
2,40 312,41
36677
185
0,50
65,60
40076
490
1,22
173,75
15462 27081 68291 49600 50844 43368 52668 44149 44358
88 353 372 293 152 282 192
0,12 31,20 0,71 125,17 0,73 131,91 0,67 103,90 0,28 53,90 0,63 100,00 0,43 68,08 0,50 0,51
104,25 104,60
0,56
106,38
52808
294 295 300
67,02
05-1736/04-1737
31430
128
0,40
45,39
154,25
05-1737/04-1738 05-1739/04-1740 05-1740/04-1741
49075 47462 38142
450 312 193
0,91 0,65 0,50
159,57 110,63 68,43
57764 57442
05-1741/04-1742 05-1742/04-1743 05-1743/04-1744 05-1744/04-1745 05-1745/04-1746 05-1746/04-1747 05-1747/04-1748 05-1748/04-1749
37731 38877 32688 37637 39803 42164 35590 41475
306 386 100 300 222 225
05-1749/04-1750
36936
05-1750/04-1751 05-1751/04-i 752 05-1752/04-1753 05-1753/04-1754 05-1754/04-1755 05-1755/04-1756 05-1756/04-1757 05-1757/04-1758
35721 61044
27 164
56114
0,81 108,51 0,99 136,87 0,30 35,46 0,79 106,38 0,55 78,72 0,53 79,78
0,07 0,26
9,57 58,15
301
0,53
106,73
53963
50
0,09
17,73
05-1758/04-1759
66347
198
0,29
70,21
05-1759/04-1760
64475
50
0,07
17,73
05-1760/04-1761 05-1761/04-1762
58182 71494
185 72
0,31
65,60
05-1762/04-1763
83436
277
0,10 0,33
25,53 98,22
05-1763/04-1764
98338
05-1764/04-1765 05-1765/04-1766 05-1766/04-1767 05-1767/04-1768 05-1768/12-1768 01-1769/12-1769 01-1770/12-1770 01-1771/12-1771 01-1772/12-1772 01-1773/12-1773 01-1774/12-1774 01-1775/12-1775 01-1776/12-1776 01-1777/12-1777 01-1778/12-1778 01-1779/12-1779 01-1780/12-1780 01-1781/12-1781 01-1782/12-1782 01-1783/12-1783 01-1784/12-1784 01-1785/12-1785
107583 113432 177799 166773 150216 182669 200203 218393 373758 257305 180635 79623 197419 224948 183098 175664 267463 175878 149698 131!34 139036 234100
64 258
0,06 0,23
298 241 270 217 481 151
0,16 ¡05,67 0,14 85,46 0,17 95,74 0,11 76,95 0,24 170,56 0,06 53,54
387 30 155
22,69
91,48
0,15 0,01 0,19
i37,23 10,63 54,96
502 250 1105 1656 479
0,22 0,13 0,62 0,61 0,27
178,0! 88,65 391,84 587,23 169,85
234
0,09
82,97
Sólo en algunos casos las cuentas de TePaske y Klein van más allá de 1780 incluso llegan a 1820 como en Lima.
Para dar una idea de lo que en
términos globales esto significó, es bueno tener una cuenta general de todo lo hallado en las cajas reales. He aquí el cuadro que presenta la tabulación general:
RES UM EN DE LOS ING RES OS EN CA jAS R EALES, I639-I820143 (en pesos corrientes y en pesos ensayados) Cajas Reales
Total (enpesos)
Arequipa, 1689-1780*
2799272
Arica, 1736-1782* BuenosAires, 1638-1716* Cailloma, 1646-1779*
Concepción, ¡710-1795* Cusco, 1676-1780* Cusco, 1679-1680**
Huamanga, 1764-1785*
Huancaveiica, 1717-1780* Jauja, 1734-1782*
%del total
de papel sellado (pesoscorrientes) 1,94
596725
5600
0,93
0,15
8772197
26461
0,30
0,73
3980
0,01
2384668
Castrovirreyna, 1651-1652*
porCajaReal 2,51
874489
Carabaya, 1763-1788*
% Papelsellado
70371
27003993
Cailloma, 1683-1731 * *
Lima, 1639-1820*
Papelsellado (enpesos)
1135
0,37
20173
77
0,38
0,002
7412
0,04
0,20
13976414
199531
1,42
5,50
54152
26839
41,56
525803
3968
8,05
1,10
6891576
33577
0,48
0,92
1969655
7440
407110479
3140153
0,37 0,77
1,14
0,24
8084844
papel sellado (pesosensayados)
0,10
0,12
9043
%deltotalde
27,01
0,20 86,66
!¿l3 ídem .
95
46037868
71382
0,15
Piura y Paita, 1691- i 779*
2302682
30109
1,30
Puno,1812-1820*
3148286
8144
0,25
0,22
Saña, 1740-1777*
256239
6734
0,62
0,18
9573692
52089
0,54
1,43 0,51
Lima, 1640-1721**
TrujiNo, 1641-¡790* Vico y Pasco, 1670-1784*
71,84 0,83
6706823
18619
0,27
Total. Pesos corrientes*
502123521
3623308
0,72
100
Total Pesosensayados**
46966509
99356
0,21
100,00
100,00
*Pesoscorrientesdeochoreales ** Pesosensayadosdemásdeocho reales,pueden serdenueveo dedocerealescadau node ellos.
Hay que tener en cuenta que este cuadro contiene las cifras presentadas por TePaske y Klein (1982), series incompletas, de las que se ha extraído sólo las cajas y los períodos que mencionan el papel sellado. Además no reflejan el consumo del papel sellado, ni la demanda de estos.
No existe un estudio que
describa el proceso mediante el cual se producía el papel, se expendía, se recibía el dinero, se sacaban las cuentas, se resolvían los gastos internos en las diferentes tesorerías y cómo se calculaba lo que debía ser entregado a las cajas reales.
2.3 .3, Según cifra s de tas administraciones gene rales 2.3.3. Í De 1S40 a 1781 La proporción entre el total de ingresos por el papel sellado del total de la recaudación de cajas reales es muy pequeña, según se puede apreciar de sus ingresos.
Este monto servía para justificar el sueldo o ganancia de los
involucrados,
desde
el
administrador
general
hasta
el
último
de
los
distribuidores. Con respecto a su administración, el visitador Antonio Areche recordó que: "Lo administraba un comisario especial en el territorio de cada Audiencia; Cajas reales lo expedían al por mayor y los corregidores lo distribuían en sus respectivas provincias, con arreglo a una instrucción promulgada en 16 39 "144.
'«Céspedes, 1953:353.
96
La información sobre este tema en general para este período es casi nula, sólo se halló un libro de cargo y data del papel sellado en especie que se inicia en 1662 y presenta datos hasta 1675us, en el que los ingresos y salidas, están fechados y los volúmenes de papel están contabilizados en resmas, manos y pliegos, y en algunos casos en fardos4 146. El cargo comienza con el reconocimiento del papel existente en los almacenes: "Reconocimiento de el papel sellado que se hallo en ser de los almacenes. En diez y siete de junio de mil seiscientos y sesenta y dos años nos hasemos cargo los jueces oficiales de la real Hazienda desta provincia de la Nueva Castilla y ciudad de los Reyes del Perú. Thesorero Juan de Quesada Sotomayor, factor Don Bartolomé de Torres Caballón, Don Sevastian de Amesqua Navarrete caballero del orden de Calatrava contador, y don Francisco de Colmenares supernumerario = de noventa y cinco resmas sinco manos y diez pliegos de papel sellado de el pliego prim ero» quarenta y tres resmas quince manos digo doce manos y diez y ocho pliegos de el s ello
s e gu n d o»
v ein te^
qu atro
resm as
/q u in c e " J n o s
del
tercero = y dos resmas una mano y quatro pliegos de el sello quarto por tantas que en dicho día se recogieron hallaron y contaron en presencia y con asistencia de Don Juan Francisco Diez de San Miguel y Solier caballero del orden de Santiago contador de Quentas mas antiguo del tribunal de ellos de este Reyno el qual asistió por lo que toca al dicho tribunal cuyo reconocimiento de la cantidad de resmas de papel sellado referidas se hiso en virtud de consulta hecha por este tribunal de la hazienda al Dr. Dn. Andrés de Villela caballero del orden de Santiago oydor mas antiguo de esta Real Audiencia y juez privativo de este derecho a la qual proveyó auto en veinte y tres de febrero de este dicho año para que se hisiese, cuyo recado esta en el de consumo que se hiso del papel sellado que se quemó en treze de dicho mes y año por ser de abería y no estar capaz de resello de que tomó la Relación de dicho Dr. Dn. Andrés de Villela, Gonzalo de Vargas escribano de cámara de dicho tribunal de quentas y por la nuestra Gerónimo Maldonado escribano de Su Magestad teniente de el mayor de la Hazienda = Y esta dicha cantidad de resmas sirbe de data y satisfacción a la l4S "Libro, Nuevo Manual de Cargoy Data, de las cantidades depapel sellado queentran y salen en los almacenes de la RealCaja, dela Ciudad de losReyes, quecorre desde i7 dejun io de 1662,quees el díaenque sevisó el reconocimiento delpapel que había deser en dichos Reales almacenes, quesirve deDataa la cuenta antecedente a éstay Cargo parala nuevaqueaquíseforma", AG N, SecciónColonial de!Archi vo Histórico, H-3;C.200,91 fs. M6 Launidadbásica ese!pliego,25 pliegos conforman unamano,yveintemanoso 500pliegosunaresma. Caberec ordar que la manoestá compuesta por cinco cuadernillos decinco pliegos cada uno;es decir, 25 pliegos. Losfardos contienen diez resmas aproximadamente.
97
quenta antesedente asta que comiensa desde oy dicho día diez y siete de junio de este presente año de seiscientos y sesenta y dos por ser de el papel que se hallo en ser en los Reales almacenes de nuestro cargo, de que nos le hacemos de dichas resmas con la dicha distinción de calidad y especies147.
Sello 2o
Sello I o
Almacén, 17dejuniode 1662 14 deagostode 1662 22dediciembrede 1662 Trujillo, 22dediciembrede1662 Guanuco, 14 de marzo de 1663
Sello 3o
Sello 4o
24. 15. 0 0 0
2. 1. 4 85. 0. 0 0
0. 17. 10 0
43. 12. 18 0 91. 7. 0 28. 15. 1 0
8. 12. 17 175. 0. 0
0. 3. 18
7. 5. 9
6, 19, 0
8. 6. 0 75. 0. 0 1. 12. 0
95. 5. 10 0 0
^ A A A A /v V N ^ x \ / ' . / V V ' ' v V ' V A / •/ \ /'• „
Guanuco, 18deoctubre de 1673 Cuzco, i0dejuliode 1673
O
O
0, 19. 10
9. 14.8 o
O
^
9. 13.22 4.8.23
11,8. 0 23.7. 0
El 17 de junio de 1662, los oficiales de Real Hacienda (tesorero, factor, contador y supernumerario) con la presencia del contador del Tribunal de Cuentas más antiguo148, iniciaron el “ Cargo” dando fe de la existencia de 165 resmas, 14 manos y siete pliegos de papel sellado (sellos I o, 2 o, 3o y 4). Hecha la primera anotación continuaron más de cincuenta hasta el año 1674, provenientes de los almacenes de Trujillo, Huánuco, Cusco, Arequipa, Saña, Piura, Arica, Paita y Castrovirreyn a, de papeles ya caducos para resellarse en un período posterior. En la misma relación se registraron seis lapsos de papeles venidos de España y Tierra Firme o España y Panamá (origen y tránsito), tanto sellado como en blanco: 1) entre mayo y junio de 1663, 286 fardos149; 2) en julio de 1665, 225 fardos y 30 resmas del sello I o, 324 del sello 2 o, 90 del sello 3o y 652 del sello 4 o; 3) entre abril y setiembre de 1667, 50 resmas del sello I o, 813 del sello 2o, 2 142 del sello 3o y 1 454 del sello 4o; 4) entre junio y diciembre de 1669, 40 resmas del sello I o, 254 del sello 2 o, 1 510 del sello 3o y 1 100 del sello 4 ° 150; 5) entre mayo y noviembre de 1671, 40 resmas del sello I o; 532 del sello 147AG N. SecciónColoníai del Archivo Histórico,H-3;C.200, f.l-!3 v. Hayvariosfoliosenblancoquedebieronllenarse, f.14-60. f40 Quien previamente tuvo cono cimi ento delaquemadepapelaveriado. 149 En losqueenc ontr aron algunospapeles averiados. 150 Sepuedea dve rtir queprovien e deEspañap or losgrandesvolúmenes(enfardos o resmasenteras).
98
2o, 1 550 del sello 3 o y 1 134 del sello 4 o; y 6) entre mayo y noviembre de 1673, 40 resmas del sello I o, 524 del sello 2o, 1 560 del sello 3 o y 1 110 del sello 4o . Es decir, llegaron por bienios, entre abril y diciembre, y sumaron en total 20 059 resmas u 10,029 500 pliegos.
I N G R E S O D E P A P E L S EL L A D O P R O V E N IE N T E D E E S P A Ñ A Y P A N A M Á AL A LM AC ÉN GEN ERA L DE L IMA (1663-1673) Año 1663 (fardos) 1665 (fardos) 1665 (resmas) 1667(resmas) 1669(resmas) 1671 (resmas) 1673 (resmas) Tota! en resmas Totalenpliegos % (1665-1673) Total en pesoslí;i % (1665-1673)
Sello r
Sello 2°
Sello 3°
Sello A°
286 225 30 50 40 40 40 200 100000 1,33 300 000 13,36
324 813 254 532 524 2 447 1'223 500 16,36 917 625 40,88
Total
Total en resmas
90 2 142 1 510 1 550 1 560 6 852 3'426 000 45,83 856500 38,16
652 1454 1 100 1 134 1 110 5 450 2725 000 36,45 170312 'A 7,58
1 096 4 459 2 904 3256 3 234 14 949 7'474 500 100 2744437 '/% 100
2860(aprox.) 2 250 (aprox.) I 096 4459 2904 3 256 3 234 20 059 10 029 500 100 ■ -
El papel sellado estuvo dirigido particularmente a los que tenían privilegios (sello I o, mercedes), intereses que asentar (sello 2 o, escrituras notariales) y defender (sello 3o, procesos judiciales), los españoles; puesto que los indígenas (sello 4 o en general)152, cuyo consumo en pliegos podía ser el 36,5 %, no pasaría del 8 % en pesos. Los recibos de los papeles del interior fueron irregulares y en montos inferiores; sólo se registraron nueve ciudades (Arequipa, Arica, Castro virrey na, Cusco, Huánuco, Paita, Piura, Saña y Trujillo), esto indica que el resto agotó su stock o envió el sobrante al almacén de la ciudad más próxima.
Las matrices
para sellar los papeles en blanco llegaban aparte desde España con un documento de envío 153* . fSI Losvaloresen pesosseobtuvieron por losprecios de venta: 24 realesel pliego sello Io, 6 reales el pliego sello 2o, I reale!medio pliegosello 3o,y 'Aderealelmediopliegosello4o. ,S2 Los indígenassostenían la economía colonia!,pagabantri but os yestabanobligados ahacer trabajos personales. 153 "Real Cédula a los oficiales realesde Lima, participándoles el envío de 1 400 resmas depapel sellado y 342 de papel blanco, para el bienio 1675-1676. Cantidades calculadas para los gastos de las Audiencias de Lima y San Francisco de Quito. Además lesrem iten los sellosreservados,principa!ytres duplicados,ausarseen el caso deten er que sellarparte del papelblanco. Madrid, agosto22de 1674". Schwab, 1947, Libro 147,f.283a. En la" Data"figura el envío de"unfard ito de sellos para resellar" (1667) a San Antonio Esquilache, y de "un fardito de sellos" con 226 fardos de papel (1671) a Trujillo(AGN . SecciónColonialdelArchivo Histórico, H-3;C.200, f. 74v.y82),
99
La
"Data"
(2 4/V II/1 66 2-9 /IX /1675)154
presenta
105
salidas,
generalmente en bienios1551 5 7 6 , por tipos de papel y contados en resmas, manos y pliegos, a 25 destinos: al Arzobispado y la Tesorería en Lima, a Trujillo y a Chile; y a veces por zonas: 1) Huánuco y Pasco; 2) Cusco, Caylloma150 y Carabaya; 3)Arequipa, Arica, Potosí, Oruro, La Paz, Carangas, San Antonio Esquiladle y Chucuito; 4) Piura, Paita, Quito y Guayaquil; 5) Huancavelica y Castrovirreyna; y 6) Saña y Chachapoyas.
R E S U M E N : DA TA DE LA ADM INIST RA CIÓ N GEN ERAL DE L PAPEL SELLADO, 1662-1675 Grupos
Sello 10 r
Huánuco
P
M 7
313
8
10
0
30
10 4
11
Arequipa Piura
16
-
735
4
172
-
-
429
-
1 1
881
6
651
■ 11
- 2556 23 2 082
17
10
23
303
4
2
828
16
12
17
17
24
153
9
8
60
-
272
17
23
146 822
15
150 11 2 848
■ 7
600 22 8410
2
1 3
■ 4
Arzobispado
43
13
9
7
En pliegos
¡29 184
Sello4o r
P
56
Saña
258
m
R -
Chile
Total
Sello3° P
-
Cusco
Tesorena
m
26
Trujillo
6
r
24
11
Huancavelica
Sello 2o
m
Total R
P
M
P
-
44
126
6
-
516
-
1 576
7
24,5
-
-
312
-
-
921
10
0,5
-
1763
-
- 5 230 4 4 235
10
¡1,5
3
1 361
so
8
245
12
13
1 389
3
11,5
3
21
14
32
19
20
205
7
20
16
82
7
14
291
4
736
1 875
14
11
300 16 S 393
10
- 1 059 1 16910
8
-
-
1'424 197
4'205 066
2'696 751
8'455 198
%
1,52
16,84
49,73
31,89
100
en pesos
387 552
f'068 147,75
1'051 266,5
168 546,94
2'675 513,19
%
14,48
39,92
39,29
6,29
100
-
La cantidad de los papeles distribuidos y su valor de venta en pesos desde 1662 hasta 1675, refleja que la relación de los pliegos y el caudal de plata es similar al "Cargo"; y que destacan en la demanda de papel: Arequipa (aprox, 30 %), Piura (25% ), Lima (el Arzobispado y la Tesorería); Trujillo y Huancavelica158.
I S, (A G N . S e cc ió n C o l o n i a l d e l A r c h i v o H i s t ó r i c o , H - 3 ; C . 20 0 , f. 6 l - 8 9 v . tss En losaños 1663,1665,1607, 1669,1671,1673y 1675. 156Arequipa
registró cuentasCayllomaco mo partedesugrupo en 1665y 1667.
157 El22 ded iciem brede 1662salieron aPiura:91 resmasy 7m anosdel sello Io, 137025 pesos, unacifrainusual. 158Latierr a delm erc urio o azogue,elm ineral necesariopara lae xplotac ión de lasminasde plata.
100
Gracias a las cifras del costo del papel en blanco en el Perú Colonial159*, que valora a casi Í4 de real (0,24) cada pliego; se puede establecer la diferencia (beneficio) por cada tipo de papel: 23 reales % por el sello I o; 5 reales
por el
¥t
2o; siete octavos de real por el 3o; y de poco más de un octavo de real (otro medio pliego) por el sello 4o.
2.3.3.S
1782 a 1821
Carlos III (1746-1788) implantó una serie de reformas a fin de tener un Estado eficiente y generador de más ingresos, por esta razón el papel sellado pasó a formar parte de la administración del Real Estanco de Tabacos desde 1782. Céspedes del Castillo, comenta al respecto: “Los monopolios estatales no son, en rigor, una novedad de la época borbónica, pero si es característica del siglo XVIII su considerable desarrollo, la tendencia a administrarlos directamente por medio de funcionarios especializados y la extensión y auge de sus beneficios. Entre ellos el de más importancia el Real Estanco de Tabacos que dio a todos la páuta de su organización” 190. “Todos estos monopolios quedaban, pues, agrupados a fines del siglo (XVIII) bajo el común Dirección General de Tabacos, Naipes, Papel Sellado, Pólvora y Breas” 161. [Y se constituyó en] “ una importante partida de ingreso y la más saliente novedad fiscal de aquellos años” 162. Creada la Secretaría de Hacienda y Guerra, el ramo del papel sellado pasó a su jurisdicción 163.
Los administradores generales uniformizaron sus
ls? Macera, 1992. Aunque los preciosno eran uniformes, entre 1660y 1780 la resmaen Limaestuvoen tre 56y80 reales {0, 135 dereai por pliego),y iamanoen4y8 reales (0,240derealpor pliego). Céspedes, ¡953:27. 161 Céspedes, 1953:354. 162 Céspedes, 1953:364. !63 A cinco años de iniciadas las reformas por el Superintendente Escobedo en ¡782, se emitió una real orden (San Lorenzo, 15 de noviembrede 1787): “ Porel de Hacienday Guerrase atenderántambién losConsuladosestablecidoso por establecerseen Españae indias;ei ramo de Bulas, recaudacióny distribución desu impor te y loconcerniente al papel sellado". (Schwab, i947. Libro 900,f.173).
101
cuentas para pod er unificarlas en un solo pliego (de todo el virrein ato )164* , con un título modelo, y refrendado por el contador general: “ Estado que manifiesta el cargo de papel sellado en el presente bienio de ... y Lo consumido en este tiempo: Los enseres que resultaron por sobrante en de él: Valor entero, gastos, y líquido que ha rendido el ramo” 103. El tiempo entre el bienio contabilizado y el informe final duraba desde dos hasta cuatro o cinco años; un ejemplo de estas cuentas es la del bienio 17861787, presentada por el tesorero general, el marques de Castellón166.
“Estado que manifiesta el caudal atesorado en esta tesorería general del ramo de papel sellado por sus pendientes del bienio de 1786 y 87 verificadas en las administraciones generales y particulares de esta dirección general, que con individualidad de cada una son en esta forma: CONCEPTO
Pesos
Administracióndelcasco de Lima Id. deChancay 555 Id. delea 2 024 103 Id. deCañete 2063 Id. deTarma Id.dejauxa 1 290 1 100 Id. deHuánucoy Huamalíes 620 Id. deHuailas 26 0 Id. deCajatambo Id.deConchucos 302 TotaldelArzobispado Administracióngeneraldel Cusco Id. de Guamanga Id. deGuancavelica Id. deArequipa Id.deTrujillo Id. de Lambayeque Id. deChachapoyas Id.deChibe Enteradoporeladministradordealmacenes Cargogeneral
re a le s
g ra n o s
4
11
c e n ta v o s
p e so s
reales
g ra no s
C en ta vo s
24 695
7
6
4
8 267
5
10
8
70
1
i
68
1
4
28
5
9
88
3
4
44
3
6
12
6
7
8
3
6
90
7
6
4 32 963
5
4
12
0 520
5
2
4
4 081
0
0
1 167
3
10
8
8717
1
3
3
6 406
5
10
2
306
4
9
42
664
6
4
17
513
6
5
14
00 8
6
6
61 350
5
6
02
IW Se organizaron ias cuentas de los Almacenes Generales: Lima, Cusco, Huamanga, Huancavelica, Trujillo, Arequipa, Lambayeque, Chachapoyas, y Chi bé. Estos debían presentar los cuadernos numeradosy con las facturas correspondientes. Porejemplo el estadodel bienio 1782-1783 presentó:N° I. Pliegos recibidosdelosoficiales( por tipos depapel); N°2. Cargo de pliegos de las administraciones generales; N° 3. Cargo de pliegos intactos; N° 4. Cargo de los pliegos errados; N° 5, Abonosdepapeldistrib uido en losparajes destinadosparaproveerseal público; N° ó. Consumosdepapelsellado porventas; N° 7. Abonos de los pliegos de papel errados que se han recibido po r otro s intactos del presente bienio con la pensión establecida po r las leyesy realesórdenes de 11 dediciembrede 1750;N°8. Abonos delospliegosdel presentebienioquese hancambiado por otros intactosdel anterior; N ° 9. Existenciadepapel selladoenfin dediciembre de 1782 enlosalmacenes deestadirección generaly entod os los destinosque abraza sujurisdicción; N° 10. Cargo decaudalesp or venta depapelen todo el año deesta cuenta; N ° SI. Datadecaudalesp or honorarios deempleados,fletes,ygastos en tod o elaño. También, los expedientesdeinvestigaciones iniciadascon elfinajustarias cuentas recibidas. Esta documentación,C-14, seencuentraen elArchivoHistóricoColonialdelArchivoGeneraldelaNación(AGN),sóloestáinventariadayfaltaorganizarlo. t6SA GN, C-14. Estancos. Papelsellado. Leg. 730. "Cuenta[...] Bieniode 1782 y 1783 ensumanejo de 1782". 166AG N. C-14. Estancos. Papelsellado. Leg.730. "Libro, "Año de 1786y 1787. PapelSellado, Tesoreríageneral".
102
“De la existencia que resultó en caja de esta tesorería de la real renta del papel sellado en el bienio pasado de 1784 y 1785 de lo atesorado, por las administraciones generales y particulares subalternas de esta dirección general correspondiente al bienio de 1786 y 1787. Lo pagado en el mismo bienio por razón de sueldos, gastos que han ocurrido y de lo entregado en reales cajas de esta capital. Y de la resulta que queda a favor del ramo para el bienio de 1788 y 1789 en cajas de esta tesorería a saber:
Restade784y85 Cargode786 y87
Quedaron deexistenciaencajassegún seveaf.deestelibro Sehan atesoradodelasadministraciones generales yparticularespor elvienio de 1786 y87segúnseveaf./d.
Total cargo Datade86 y87 Sehansatisfechoporsueldos Se han entregado en realescajas Importanlosfletes Id. delosgastosordinarios yextraordinarios Id. elcaudaldebuelto porenteradodemás
pesos 5 752 58 3988 12 236 150
reales
granos 4 7 4 6
9979.5. 4,63 61 350.5. 6.2 71 330.2.10.65
centavos
í!
4
46
58 64550.6.4.4 6779.4.6.61
Restaparaelvieniode 1788 y89
Según ha demostrado importa el total cargo general de caudales del ramo de papel sellado del bienio pasado de 1786 y 7 87 en que está inclusa la existencia del anterior de 1784 y 785 la cantidad de setenta y un mil trescientos treinta pesos dos reales dies granos y cuatro centavos...” Lima, 11 de setiembre de 1789. Marques de Castellón
Estos resúmenes permiten ver los resultados de la administración del Real Estanco de Tabacos: 3 7 2 1 8 0 6 *
N° 1 2 (2} 3 4 5 6 7
ADMINISTRAC IÓN GENERALDELRAMO DEPAPELSELLADO. CARGO YDAT A 1780-1809 (en pesos, reales,granos y centav os)3”7 Períodos Cargo Data Diferencia 1780-1781 __ Cuscoits 4235.1.0.00/000 4235.1.0.00/I0° 26081.6.0.007100 3807.0.5.5.00/!0° 22274.5. 6.95/100 170 1783 26 831.5.5.837100 9 9 7 9 .5 ,4 , 63/100 Í784-1785,7t 81 702.0.7.767100 71 722.3.3.13/100 1786-1787^ 64550.6.4.04/10° 71 330.2,í0.6S/!GO 6779.4.6.ÉI/I00 1788-1789r/3 68 654.6.5.58/!0° 36 527,2.8,l0/l00 32 127.3. 9.48/l00 l790-l79itM 91 056.3.9.°8/l0° 7 269.0.6.M/!00 83 787.3. 2.97/l00 IT92-l793r/í 144242.7.6,-54/100 4781.5.6.00/!0° 132461.2, 0.54/l0°
167 Ladiferencia deducíatodas lascuentas pendientes. Sólosetom aron lascuentasregistradas enpesos. 168A GN . Real Hacienda,C-S5. Leg.553,C.3354. Seperdió 5 790ps. Ir. deHuamanga,po r causadela rebelión. 189A GN . Estancos C- Í4. Leg. 730.C. s/n. 170AG N. Real Hacienda,C -í5, Leg, 553, C.3356, Ell ibr o estároto . 171 AGN, Real Hacienda,C -15. Leg.553, C.3358. 172A GN. Real Hacienda,CHS. Leg. 553,C.33 6I. i73AGN. RealHacienda,C -¡5. Leg,553,C.3365. m A GN. Real Hacienda,C -15. Leg. 554,C.3369. ' 75A GN, Real Hacienda,C -15. Leg.554, C.3372.
103
En el bienio 1798-1799 se elevó el precio del papel sellado, según la “ Resolución Superior sobre que se venda al público [...] de 1798-99 por los dobles precio s” 170: los sello I o subieron de tres a seis pesos, los sello 2 o de seis a doce reales; los sello 3 o, de uno a dos reales; mientras que los de sello 4o ♦ * 177 mantuvieron sus precios . En este período 1782-1821*1 *78, se puede afirmar que: 1) Las habilitaciones se hicieron en las administraciones generales del virreinato con la autorización de la Administración de Tabacos179; 2) El control era estr icto)180; 3) Se pod ía devolver un papel sellado caduco y adquirir uno vigente con el pago de una pensión181; 4) En este per íodo se empleó el uso de papel azul182; 5) La falta de papel era una constante en las administraciones generales183; 6) En Maynas, por su extrema pobreza, no se consumían especies estancadas (18 06 )184; 7) Pese a los interventores, se debía redoblar esfuerzos para controlar la administración (1803 y 1808)185; 8) El vir rey Fernando de Abascal decidió que lo s papeles del bienio 1808-1809 retom en a las cajas reales y se les reselle con el título de “ Fernando 7o ” 186; 9) Entre 1810 y 1812 (crisis política) el ramo contribuyó con el envío de papel de bienios pasados (de 200 hasta 500 resmas) al Real Cuerpo de Artillería para sus cartuchos187; 10) En Cusco, noviembre de 1812, se absolvió al Administrador de Arequipa de la responsabilidad del rob o del papel sellado po r los insurgentes188; y 11) En agosto de 1821 el precio del papel sello I o aumentó de 6 pesos a 12 pesos189. m Iniciativadela Dirección Generaldel RamodePapelSellado, aprobada porelv irreyA mbrosio O'Higgins,marquésde
Osorno (Lima, el20denoviembrede 1797). AGN. RealHacienda,C-Í5 , Leg.$53,C.3362,f.!2. ¡77 Lacoyunturac ríticae ntre lossectoresindígenas,luegodeloshechosdeTúpacAmaru, nolo hubierape rmitido. f78Dos textos fu eron útilesparaten er unaideageneraldelaadministración: Reales Cédulas, realesórdenes,decretos,autos y bandos que se guardan en elArchivo Histórico (Schwab, 1947); y Libro de tomas de Razón de providencias delramo de Papel Selladoquedioprincipioen elañode 1787. Contaduría General (AGN, RealHacienda, C-l5. Leg.553, C. 3362). 179Seles enviabanpapeles debieniosanterio res paratalefecto. AGN . Real Hacienda,C - l5. Leg. 553, C. 3362,f.I. 100 Se diseñó un método para evitar los frecuentes redamos delos pliegosfaltantes o injustificadamente señalados como errados, queafectabanalosadministradores(1800). AG N. Real Hacienda, C -l 5. Leg.553,C. 3362,f.Í 6- I8 . 181 Setiene el datosobre Lima. AGN , Real Hacienda,C -l5. Leg. 553,C, 3362,f.13. 182 El rey comunicó a las provincias del Perú un informe de! gobernador de Cartagena en 1804, que "el papel azul era inmunealaaccióndelinsecto llamado comején". (Schwab, 1947. Libro 1141,f.24). 103 Ante la quejadel presidentede Chile, elre y ordenó alv irrey queremita96r esmas depapelsellado haciaC hile pues noteníaningúntipo depapel(1804) San Lorenzo, 16 denoviembrede 1804. Libro 1141, f. !37 (Schwab, 1947). 184A GN . RealHacienda,C-15. Leg.553, C.3362,f.27v. 185A GN . Real Hacienda,C-15. Leg.553, C.3362,f.25v,y 36v. 106AG N. Real Hacienda,C-15. Leg.553, C,3362,f.37v;ySchwab, 1947. 107AG N, RealHacienda,C-15. Leg.553,C. 3362,f,44v.-59v. 108AG N. Real Hacienda,C -i 5. Leg.553,C. 3362,f.74, 109A GN, RealHacienda,C-15. Leg.553,C. 3362,f.78.
104
Las reformas mejoraron los ingresos a la corona y el papel sellado no fue la excepción, las cifras entre 1784 y 1795 así lo demuestran y probablemente se mantuvieron hasta 1808, año en que Fernando VII cayó en manos del emperador francés Napoleón Bonaparte, que marca el inicio de una etapa de ideas liberales entre los españoles americanos que tras la crisis generalizada, tuvo como consecuencia la liber ación política del Perú.
Las comunicaciones dadas entre
1787 y 1821 reseñadas así lo demuestran, pero se ve reflejada con mayor claridad en cada uno de los papeles sellados en uso.
10 5
capítulo III
Lm sellos nmlm m el papel sellad®: En líneas generales, el papel sellado es un pliego de papel que tiene un valor agregado, cual es, el epígrafe que consta del sello real y la inscripción (con los datos que indican su tipo, período de uso y precio), encabezados ambos, por una pequeña cruz. En este capítulo, se describirá el papel sellado teniendo en cuenta cada una de sus partes y los cambios ocurridos desde su creación en 1640 hasta la última emisión en 1824.
3.1 £o$ escud os reales en el papel sellado En el papel sellado lo más destacable es el escudo real, o sello real, localizado en la parte superior izquierda que representaba al rey en ejercicio, y por ende, su presentación debía estar cuidadosamente elaborada. Los
escudos
reales,
lo
fueron
en
un
principio,
personales;
la
preponderancia del rey y su liderazgo, lo hacía su referente de poder, sobre todo entre los austrias. Con los borbon es, esto cambia, hasta llegar a un escudo que representaba al Estado español, un significativo paso que refleja además el desarrollo de una identidad que involucra a toda la corona hispana en términos políticos.
3.1.1 £1 se llo rea l El sello real es “El que lleva las armas de España y se emplea para sellar las cédulas y despachos reales en ciertos casos, como las ejecutorias de nobleza y las de sentencias del Tribunal Supremo” 190.
De esta manera no es arriesgado
afirmar que tenía un rol político que recordaba el poder entre aquellos que recibían alguna merced directa del rey, y con un uso obligado entre todo aquel necesitado en realizar una gestión administrativa, rol generalizado en todo el reino. Ya no sería partícipe de este concepto una pequeña parte de la sociedad; por el contrario, su llegada hasta los últimos rincones y la frecuencia de su uso, abonó a favor de la unidad española. En el primer capítulo se hizo una breve descripción de los sellos y su evolución, en este caso no solo cabe reflexionar sobre la importancia de la presencia del sello real en un papel que estuvo al alcance de todos a través del aparato del Estado191, sino también en su aspecto estético.
Desde siglos atrás,
antes del uso de la imprenta en Europa, los libros manuscritos dirigidos a los altos miembros de la nobleza o dignatarios tenían ilustraciones de bellos dibujos primorosamente pintados donde el artista suministraba bordes ornamentales y pequeñas miniaturas. Con la imprenta, se observa la costumbre de üustrar pero esta vez en grabados.
Los alemanes en Europa difun dieron la disciplin a del
grabado en madera y metal. Según Christensen:
“ Los libros de este período
están llenos de iniciales y bordes basados en animales, pigmeos, duendes, aves, insectos y flores” 192, así se explica la variedad de diseños que se ven en los sellos del siglo XVII, con la influencia de la tradición gótica que va hacia el renacimiento, y posteriormente al barroco reflejado en el diseño de los escudos, particularmente en los contornos.
'50 Espasa Calpe, 1981:59,T om o LV, 191 El rol del Estadocolonia l jun to a la Iglesia, desempeñaron unpapel nadadeslucido, sobre to do sí set iene encuentaque su patria era España yqueaelladebíasusservicios. 192 Christensen, 1966:232.
108
3.1.2
£1 pap el se lla do
Aunque nuestro estudio no es ni pretende ser sobre arte, debemos tener en consideración aspectos generales que nos ayudarán a diferenciar y comprender el desarrollo de la producción del papel sellado, con sus respectivas coyunturas y otras manifestaciones que expresadas en bellos ornamentos dicen más de su época, y su entorno.
Es por ello que hablaremos de los elementos del papel
sellado.
3X2.1 Elementos del papel sellado Para poder apreciar el papel sellado, es necesario tener en cuenta los elementos que lo conforman, la calidad de los diseños, su utilidad administrativa y su valor político.
De esta manera no sólo veremos los aspectos externos, sino también
internos, conoceremos la diferencia que había entre los diseños por bienios, y cómo se diferenciaban según el tipo de papel a utilizar. Por ejemplo, los tipos sello primero y sello segundo tenían un sello por pliego, a diferencia de los tercero y cuarto dos sellos en cada pliego, es decir uno por cada fo lio1931 4 .9 También, los sellos primero y segundo eran de mayor tamaño que los tercero y cuarto. El sellado se hacía en la parte superior del papel y constaba de dos partes: el sello, y la inscripción184, cada una con sus respectivos elementos constitutivos. He aquí sus principales características: El sello real correspondiente al rey en ejercicio, colocado al lado izquierdo, constituido por:
193 Elpape! selladose expedíaen pliegos doblados (folios) cuyasmedidaseran de21 x 3 1 cm. aproximadamente. 194 Siguiendo la referencia de la Pragmática queordena la utilización del papel sellado quedice a la letra: “ Y si algunos despachos fueren materias secretas, bastará que se lleve el sello, y la inscripción de los tales pliegos, firmados de las personasaquientoc are". Estepárrafo corresponde a lasmedidas quese debían toma r cuandoun papel sellado( I o, 2o ó 3o)sufrieray erro en sus escriturasy debíaemplearseo tro . A finde evitar pagarel precio delpapel {24reales sifuese el papelsello Io), quedaba la posibilidad de devolverel pape! erradoy canjearlo por uno nuevode su mismotipo, pagando tan solo medio real. Pero tratándose de documentación secreta, debía el usuario entregar el sello y la inscripción. Premática, 1639. AGN . C-14, Lima, legajoúnico.
109
a)
El escudo real con las armas personales del rey. Por lo general no varía a lo largo del reinado del monarca en ejercicio.
b)
La corona real, que en el caso de los reyes de España consta de: cinco bastiones y tres medios bastiones en las alas, intercalados por cuatro cortinas195.
c)
La insignia de la Orden del Toisón de Oro, que rodea al escudo real. La presencia de esta insignia se mantuvo a través de casi todas las emisiones del papel sellado; sólo no figuró en el bienio 1811-1812 de Fernando VII196. En el período Borbón, además de esta insignia rodearon al escudo la Orden del Espíritu Santo (Felipe V y Fernando VI), o la Orden de Carlos III (Carlos IV).
d)
El contorno ornamental, sobresaliente en los sellos de los austrias, caracterizándose por presentar un diseño que se repitió en cuadrantes simétricos y variando claramente cada nuevo bienio.
La diferencia que
existe entre los tipos de sellos ( I o, 2o , 3o y 4o) es mínima; al comienzo el tamaño indicaba el tipo de sello. Bajo los borbones el cont orno se reduce a una circunferencia que guarda el escudo.
En la dinastía de los Habsburgo se hacía una breve mención del tipo de sello al interior del escudo. En la dinastía de los borbones, bastó la mención en el texto, y mas bien añadieron el nombre del rey en ejercicio en el contorno del escudo real. La
inscripción,
ubicada
a
la
derecha,
contiene
la
información
correspondiente al papel sellado para el bienio de vigencia, con stituida por: a)
La cruz, que encabeza el papel; es pequeña y guarda corresponden cia con el tipo de letra utilizado en el texto del papel sellado.
b)
El precio, generalmente escrito en letras pequeñas.
195 Los nombres apropiados para cada parte de la corona han sido extraídos de) Pequeño Larousse Ilustrado (Auge, 1940:253). Aunquecorrespon dealsiglo XV!, caberec ordar que Carlos i de España, como emperado rCarlos V(1519) le correspondió unacorona cuyocincobastiones sehallaban unidosp or unacruz. 196 Españaregida por las Cortes deCádiz, conformadaensumayoríap or político liberales, reemplazaron la insignia dela Orden delToisóndeO ro por unaorla delaureles, un clarosíntomadereformas liberales.
110
c)
El texto, con la información del papel sellado en letras grandes y ornamentales que varían por cada bienio197. Por lo general comienza a la altura del centro del sello real, e indica: . Tipo de sello: del primero al cuarto. . El precio correspondiente, de acuerdo al tipo de sello. . Vigencia, generalmente un bienio, aunque a veces podía tratarse de un trienio o cuadrienio.
Un real SELLO TERCERO , UN REAL AÑOS DE MIL Y SEISCIENTOS Y CINQVENTA Y DOS Y CINQV j p j i yy■'y*
Pero, ¿fueron todos estos elementos sellados con una sola impronta? Mirando con cuidado y comparando varios papeles sellados de un mismo bienio y de un mismo tipo, se puede advertir que existe mucha similitud entre ellos. La respuesta sería positiva con respecto al sello y la inscripción. Sin embargo, la cruz y el precio pareciera que fueron sellados aparte. Por ejemplo, en el bienio 1652-53 (sello 3o) se aprecia un error en el precio que acompaña a la cruz en algunos papeles sellados198. A propósito de la observación, es posible que existieran varias improntas para un mismo bienio, porque se aprecian algunas diferencias. Por ejemplo, en el bienio de 1648-49 (S. 3 o), hubo uno cuyo texto tenía comas (signos ortográñcos) incluidas, mientras que el otro
197 Co mo severá nosie mpre sonbienios, avecessontrie nios o cuatrienios. 198VéaseelC.3, f.55 (AGN . Rea!Audiencia, CausasCriminales. Leg. 2, Año 1657, quetiene bien escrito el precio de"un real", y compárese con !a hoja suelta de! C.14, Leg, 2 de la misma serie, quetiene la palabra "real" con las dos últimas letras decabeza.
11 1
no1992 0 . Otra característica de los papeles sellados es su rusticidad; uo hay un cuidado especial en que los sellos queden colocados de manera uniforme en todos los papeles, pues con frecuencia se encuentran sellos con líneas en blanco (lo que sucede cuando la humedad en el papel hace que el sellado le forme pequeños pliegues), poco definidos (podría ser por la falta de tinta o carencia de la misma); e incluso, papeles que tienen parte de la cruz y del con torn o del mismo del sello real, fuera del borde del fol io. Esto es, sin tener en cuenta los problemas que presentan los papeles sellados habilitados, que se caracterizaron po r tener uno o varios resellos.
3.1.3. £1 papel sella do habilitado ha presentación descrita, que correspondería al papel sellado utilizado el mismo bienio para el que fue emitido por primera vez, no es la que por lo general se encuentra en la documentación archivística, sino más bien, los llamados papeles sellados habilitados o resellados.
Sucedió así con aquellos que se produjeron
para un periodo determinado y no vendidos en el lapso indicado.
Caducos y
vueltos a los almacenes, la administración colonial los habilitaba para los bienios posteriores y así evitar la pérdida del material y los ingresos al fisco. Para tal efecto, sobre los elementos de origen900se añadía: a)
Un sello real que habilitara el papel sellado para el bienio a regir; para ello se utilizaron matrices de bienios anteriores al bienio por habilitar, que podían ser anteriores o posteriores al sello de origen.
Se procuró que el
diseño no coincida con el sello de origen201. b)
Un pequeño texto que indica el nuevo bienio de su vigencia, colocado debajo del sello real añadido.
199 Compárense los papeles sellados delos folios2!7 v., 218y4 0! del legajo N° 2, C.3 delaSerie Real Audiencia-Causas Criminales (1657) delA GN. También de lamismaserie,Leg.N °4,C 8, f.8 (1662). 200El resellado quetenía como fin habilita r el papelsellado caduco, tuvo sus variantes, So que se comprueba revisando las improntasqueregistranesteprocedimiento. 201 Lo importante era tener la presencia de un sello real más, que indicara la revalidación, el uso de los sellos de la impronta original no es frecuente, sinembargo se han encontrado algunos casos, entre ellos el papel sello I o del bienio 1656-57 habilitado para el bienio 1660-61, que tiene el diseño del mismo sello, solo que un poco más pequeño (AGN. RealAudiencia, Causascriminales, Leg. 3, C.6,f.136. Año. 1661.); y el papel sello 2o del bienio 1667-68 habilitado para el bienio 1670-7 1,conelmismo diseñoytamaño (AGN. RealAudiencia,Causas criminales. Leg.4,C.13,f.22. Año. i672).
112
S3 Un real SELLO TERCERO , UN REAL AÑOS DE MIL Y SEISCIENTOS Y CINQVENTA Y DOS Y CINQV ENTA Y TRES. PARA LOS AÑOS DE 1656. Y 1657,
Como en los sellos originales, la habilitación con los datos actualizados parece haber sido hecha con una sola impronta, y podía revalidar el papel para un bienio posterior en su mismo tipo22003o cambiarlo por uno de menor valor203. Los papeles sellados habilitados no permiten apreciar los diseños con claridad, pues cada resellado se hacía sobre el anterior; en algunos casos unos milímetros debajo del original, de tal modo que se aprecia su presencia y visualiza con facilidad el bienio para el cual estaba validado. Los resellos se colocaron al margen izquierdo, uno debajo de otro. Estas habilitaciones no se hicieron una sola vez; en algunos casos se hicieron dos204, tres20526,0 y hasta cuatro veces, llegando incluso hasta la mitad del folio200.
202 Pruebadeello es e!fo lio deltipo selloterce ro, bienio 1652-53: “ Para losaños de 1658y 1659", AGN . RealAudiencia, Causascriminales. Leg.2,C.3 (1657),f.55. 202 Del tipo sellotercero, bienio 1646-47“ Sirbede sello quartopara los años de 1658 y 1659". AGN. RealAudiencia. Leg. 2, C.3 (1657),f.39v.; otr o ejemploen el mismo cuadernose encuentraen el folio 248, del sello 3o. bienio 1648-49, quetambién valida elpapelpara eltip o sello4 o, bienio 1658-59, 204A GN . RealAudiencia, Causascriminales, Leg.2, C.3,f.420v. Originaldelsellote rcero , bienio 1652-53,habilitadopr imer o paraelbienio 1654-55ypos terio rmen teparaelbienio 1660-1661,peroestavezyanocomosellotercero sinocomosellocuarto. 205 AGN . RealAudiencia, Causas criminales. Leg. 10, C.85,f .l. Original delsellosegundo, cuadrienio 1731-34, habilitado paralosbienios 1737-38, 1741-42y 1745-46. 206 AGN. Real Audiencia, Causas criminales. Leg. 18, C.2I2, f,60. Original del sello tercero, bienio 1696-97, habilitado para losbienios 1737-38, 1741-42, 1745-46y 1755-56. O tro caso quecorro bora esta afirmación es el documentoquese encuentra en el Archivo Histórico Militar (Donación del R. P. Julián Heras: Doc. N° I Copia del contrato y pago de azoguedeJuan deMesta, San LuisdeAlba provinciade Paucarcolla (Puno, 28deabril de 1661,f .l), cuya emisión original corresponde al sello cuarto, bienio 1766-67, posteriorm ente habilitado paraios bienios 1769-70, 1775-76y 1786-87, este último que además elevósutip o asello3o.
113
En cuanto a los papeles habilitados se pueden discriminar dos etapas o períodos: el primero desde 1640 hasta la culminación del reinado de Felipe V (1746), cuando no precisan el nombre del rey en ejercicio; y el segundo, desde el reinado de Fernando VI (1746) hasta 1824, en donde sí se especiñca el nombre del gobernante real. Descritos los elementos básicos del papel sellado, y restándosele la importancia económica que tuvo como monopolio del Estado español, queda considerar que un icono real no pudo ser inocuo, menos cuando la memoria de la civilización occidental, se caracterizó por su diacronía, hilando uno tras otro los hechos en el tiempo destacando los políticos y sociales207.
Por esta razón es
necesario ofrecer una revista general de todos los diseños encontrados, desde una perspectiva histórica-política y social, a través de los 185 años de su permanencia (1640-1824) en el Perú colonial. Para los efectos del presente estudio, se ha respetado los dos componentes del papel sellado: 1) el sello real (escudo y contorno) y, 2) la inscripción (cruz, precio y texto). Además se ha preparado una tercera parte, los sellos inusuales, preparados para la habilitación.
3 .2
£o s escud os de los sello s de los rey es de España
No cabe duda que los reyes de España y toda la realeza europea supieron valorar su escudo.
El sello con el escudo real208 hacía que todo cuanto lo contenga se
valorice, un valor no monetario en sí mismo, pero si práctico al que aún no habían puesto precio. La impronta de éste en los documentos, otorgó legalidad a todas las gestiones de sus súbditos en las ciudades y demás localidades de su jurisdicción; también actuó entre ellos como fortalecedor de la nación.
207 A diferenciade la memoria andina, que recuperaaquello quees digno dere cuerdo y que castiga conel olvido la mala gestión o ausentismo de lo trascendente, lógica que tuvo su paralelo con respecto al sucesor del inca, que no era necesariamenteel primogénito, sinoenaquelquedemostrabatener lascualidadesparatom ar el mando. 200 En adelante sello real.
114
Cuando la corona española necesitaba más ingresos para costear los gastos de las guerras en las que incurría, las solventaba exigiendo más impuestos, y otro tipo de contribucione s solidarias. Sin embargo, en el reinado de Felipe IV, los problemas se volvieron más álgidos, la participación de España en la guerra de los Treinta Años (1618-1648) y los movimientos separatistas de Portugal (1640), mermaron en mucho la alicaída economía española; surgió entonces una idea cortesana, ingeniosa y oportuna: incrementar los ingresos imponiendo un valor agregado al papel, el sello real, para toda gestión pública, al que habría que agregarle dos ventajas: el monopolio de su producción y la obligatoriedad de su uso ante las instancias correspondientes. La puesta en venta del papel sellado con el escudo real, permite verificar la venta de la primera marca registrada como un producto estatal209. Porque, si bien es cierto, los talleres ponían sus respectivas marcas o sellos como un medio para garantizar sus productos, el rey sólo tenía que reproducir y hacer uso de su legado más preciado, para garantizar la legalidad de los instrumentos administrativos públicos y privados de un Estado.
A ello se le sumaban dos
condiciones, su emisión monopólica y su compra obligatoria. Si se compara el sello real con un diamante, o un vino añejo, nos damos cuenta que éste los supera; es la memoria de años y siglos de lucha, de guerras, de fortunas y pod er acumulados sobre cada uno de sus vasallos.
Un escudo
representa el dominio de un espacio (territorio) y tiempo (si consideramos que los escudos no llevan los campos de forma desordenada o al gusto el cliente, pues existen normas que indican la posición que cada icono debe tener en el escudo, y va de acuerdo al prestigio y valía que pueda tener). Cada campo que se inscribe en el escudo real representa la lucha de un rey, su estrategia y capacidad para convocar a los hombres y demás elementos necesarios en pos de la hazaña deseada. El sello real fue único e intransferible pues cada rey tenía uno propio. Cualquier documento con este sello contaba con la validez necesaria para empezar algún tipo de negociación.
De ahí el celo que debía guardar el rey y
aquellos funcionarios que tenían bajo su custodia la matriz.
209Lafrase: “ ElEstadosoyyo" deLuisXIV c orro bor ay sintetizalamentalidaddetoda unaépoca.
115
Siendo el escudo el icono central de los sellos reales, es necesario destacar algunas características.
En primer lugar, pod ía variar según la casa real o
nobiliaria de su procedencia. El escudo debía con su sola presencia destacar el poder secular del rey.
Representados bajo un solo símbolo, reflejaba la
comu nión entre el rey y los súbditos, pues en él los súbditos se saben parte. El rey los tiene a todos. Así se entiende la voluntad de los vasallos para emprender la guerra y la participación de los duques, condes, marqueses, caballeros en la defensa o el ataque en mancomún frente a otro reino, más adelante, otra nación. Ahí radica la importancia de este símbolo. Pero la sumatoria de los iconos no resaltaría la máxima jerarquía real, si éste no llevaba la corona que lo encabeza. La corona representaba el poder real en la tierra, sin embargo el respaldo de Dios es más importante, sobre todo cuando España debió su consolidación al apoyo de la Iglesia Católica (y las casas reales asociadas), enarbolando las banderas de la fe frente a los moros, y posteriormente, llevando con “éxito” la evangelización de los “indios de occidente”. Obviamente la cruz debía encabezar a la corona y al escudo real, un orden inalterable. Se tiene de esta manera un escudo útil y bien pensado. Hay otros elementos que varían, como el Toisón de Oro (Carlos I de España), la orden del Carlos III, la orden del Espíritu Santo, el nombre de los reyes (que lo inicia Felipe V), la orla de laureles (Fernando VII), y el contorno (bello y cambiante bajo los austrias) que los encierra, que serán comentados más adelante. Cabe reconocer en el papel sellado la primera marca registrada y monopólica que se vende como tal en el espacio andino. Los sellos que utilizaron los particulares, se debieron a una merced real, sólo para certificar un documento. La forma de los sellos variará con el tiempo, porque los monarcas españoles, a través de los artistas encargados, pusieron su estilo personal en el diseño de cada sello para determinado bienio. Algo que se debe destacar es la diferencia ente los austrias y los borbones. Los primeros coincidieron con el estilo barroco, el estilo de arte que más influyó y dictó el uso de la ideología colonial. Así veremos que Felipe IV y
116
Carlos II caracterizan por poseer sellos más elaborados y cambiantes de bienio a bienio, mientras que los borbones se caracterizan por su sobriedad, pero eso sí, colocando su nombre en cada tipo de sello, individualizando su identidad.
3.2.1
Ca nacien te España y los reye s católicos, 1479-1516
A mediados del siglo XV la península Ibérica estaba conform ada por varios reinos cristianos poco acaudalados y por una suerte de califatos islámicos desde los inicios del siglo VIII.
Pero es el siglo XV sucedieron cuando hechos
importantes para España: el “encuentro de dos mundos” y la “ reconquista española” , “la expulsión de los jud íos” que coincidieron en 1492. Estos hechos marcan además, el nacimiento del Estado español y su consolidación estratégica y política al corre sponderle el gobierno de la mayor parte del territo rio del “ Nuevo Mundo” 310. La historia está hecha por los hombres, y en las sociedades civilizadas, las grandes empresas se logran a través de las instituciones; de esta manera, la institución llamada a unificar los reinos ibéricos cristianos fue el reino de Castilla, que ayudado por la Iglesia Católica logró los éxitos antes mencionados.
Más, ¿cómo se refleja esto en los escudos?
Veamos: Ignacio
Gavira Tomás, citando a Menéndez Pidal, dice: “ Hay dos elementos de capital trascendencia para la formación del escudo español (...). El primero de ellos es cuando el rey castellano Fernando III recibe en 1230 la Corona de León y crea el emblema de unión de los dos reinos: el escudo acuartelado con los de Castilla y León alternados (...). Y el segundo es el escudo que los Reyes Católicos acordaron con motivo de su matrimonio en 1469” 311.2 1 2 0
210 Más exactamente elr eino deCastilla, porque la bulaínter Caetera deAlejandro VI de 1493, le confirióelgobiernoy la jurisdic ción de las nuevas tierr as descubiertas, no a los reyes de España, sino a los de Castilla y León. Bula que burló FernandodeAragón, pero quefinalmenteseafirmó en loshechossucesivos (Ellíott, 2002:187-189), 211 Gavira, 2004:9, Fernando III el Santo,rey deCastilla(1217-1252), conquistó Córdoba, Sevilla, Murcia,jaén yGranada. Fueimplacablecon losherejes,ju díos ymusulmanes.
117
212
Armas deJuani deCastilla, 1379
Este escudo de Juan I de Castilla» que reina a partir de 1379, es el mismo que describe Gavira: con los campos, ñguras y colores (o metales) correspondientes4113.
Castilla y León212*14.
Debe
observarse que la forma corresponde al “escudo antiguo” llamado también “ primitivo” 215.*
Escudodelos ReyesCatólic os antesdelatoma deGranada, 1475
Éste es el escudo de los Reyes Católicos en 1475. Se unen a las armas de Castilla y León, las de Aragón217y las Dos Sicilias218.
212 Gavira, 2004:9. Tanto este escudo como ios que se presentan más adelanteestán dibujados por la autora según la selección de lossellos delAGN, respetando la forma yel tono de la tinta que tienen en el papel sellado. Dostextos fueron fundamentales paraestablecer ios camposy armas quese encontra ron borrosos en los documentos: el deIgnacio GaviraTomás (2003y2004),tomadosde Internet, quedescribeypresentaimágenesdeiosescudosreales;yel artículode Arn aldo Mera (2003),que además depres entar escudos realeslos enmarcaenun con tex to his tóri co hispanoamericano. 212 Los colores en heráldica se denominan esmaltes, y son siete; oro (amarillo), plata (blanco), gules (rojo, del francés geu/es), azur (azul),sinople(verde),pú rpura(morado) ysable(negro). En 1638, el jesuítaitalianoSilvestrePietrasantaideó el rayado heráldico para simbolizar los colores y metales de la siguiente manera: Con lluvia de puntos el primero, en blanco el segundo, con líneas verticales paralelas el tercero, con líneas horizontales paralelas el cuarto, con líneas diagonales paralelas de izquierda a derecha (de arriba hacia abajo) el quinto, con líneas diagonales paralelas dederecha a izquierda(de arriba haciaabajo)el sexto ycuadriculado elséptimo. 2M Castilla: campo degules,y un castillo de oro, almenado detres almenas, contres homenajes, el de en medio mayory cada homenajetambién con tres almenas, mamposteado de sabley aclaradode azur. León: campode plata yun león de púrpura,c oronado deoro, lenguadoyarmadodelo mismo). Gavira, 2004:9. 215Auge, I940 :í43/ Gav ira, 2004;s/n, 2I¿Gavira,2004:9. 217“ Lasbandas rojas yamarillashacen referenciaala corona de Aragón. Las barras rojas eran las armasdeW ifre do i el Velloso, primer conde independiente de Barcelona (874-898), que según la leyenda fueherido en una batalla contra los normandos en el año 875; en aquel entonces, el ReyCarlos el Calvo le visitó en su tienda y le ofreció una merced, y Wifredo I le dijo: "Dadme, señor, un blasón para mi escudo". El escudo estaba a la cabeza del lecho, yentonces el monarca mojó losdedos con la sangre de la herida de Wifred o y lospasó por elescudo dorado marcandocuatro rayas rojas, diciendo: "Divisa que con sangre se gana, con sangredebe estarescrita. Estas barras serán las armas devuestro escudo"”. Banderas deEspaña: Internet, 2004. 218 La particióntambién es acuartelada. Aragón:campodeor o y cuatro palosdegules (rojo). Las DosSicilias (Nápolesy Sicilia): par tido yflanqueado,jefe ypuntasde oro y cuat ro palosdegules,flancos deplatay unáguila desable,coronada de oro, picada ymembrada degules.
118
Escudodeios ReyesCatólico s, 1492*
A partir de 1492, el escudo de España contiene a Granada en punta320, entre los escudos de Castilla y León, y Aragón y las Dos Sicilias, cuando no, entre León y Castilla, como se verá más adelante, un conjunto que perdurará a lo largo de todo el período colonial. En cuanto a la forma del escudo, éste se cuadrangular con base redondeada, pero podía variar.
3.2.2
Carlos I , 1516-1555
Este monarca posee un escudo comp lejo para España. Conviene entonces citar a Gavira que advierte lo siguiente: No podemos decir, sin embargo, con propiedad, que los sucesivos escudos que han usado los diferentes monarcas representaran al Estado, sino, que, por el contrario, se trataba de armas personales del monarca, que por extensión se aplicaban a sus Reinos y a los respectivos territorios por ellos gobernados”. El ejemplo más claro es el de Carlos I de España (V de Alemania).* 0 2
Gavira, 2004:11. 220Granada, último baluarte delos moros, quecayó en enero de 1492, campo deplatay unagranadaaf natural, rajada en gules, talladay hojada dedos hojas desinople (verde). Cabe Indicar queen heráldica existen reglas queserefieren a la jerarquía de las figuras en el escudo, haciendo una división imaginaria en nueve particiones (dos líneas paralelas horizontales por dos paralelas verticales), el centro de arriba corresponderá aljefe, el centro del medio a! Corazón o abismo, y el centro de abajo a la Punta; cada uno de ellos tendrá flancos diestros (los más prominentes en su fila) y siniestros respectoa los espaciosmencionados. La forma de nombrarlosserá, como si alfren te estuviese unapersona; por ejemplo,elcantónd iestro deljefe corresponderá ala izquierdadequienlo observa. Gavira, 2004:9
119
221
EscudodeCarlos I concor onayToisón deOro, hasta 15í9J
Carlos de Habsburgo, señala el ingreso de la casa de Austria a España. Como hijo del matrimonio entre Juana de Trastámara*223 y el archiduque de Austria y rey de Castilla, Felipe I224, heredó a la muerte de sus abuelos maternos la corona y las armas de España como Carlos I, y tres años más tarde, por muerte de su abuelo paterno Maximiliano de Austria (1519), fue nombrado emperador de Alemania bajo el nombre de Carlos V.
Este hecho
hace incorporar a su escudo las armas de Austria, Borgoña antiguo, Borgoña moderno, Brabante, F1andes y Tirol225. Añade también, la Orden del Toisón de 22t EscudodeCarlos I, tomado del afiche del: "V Coloquio Cronistas delPerú” , organizado por el Dr. Miguel Maticorena. Lima, Universidad Nacional Mayor deSan Marcos (UNMSM), del 27al 29de agosto de2001, quepertenece a la carátula deí libro: Crónicade lPerú (Parteprimera) dePedroCiezadeLeón(Sevíila, 1553), 222 Idem.
223C onocida como “juana la Loca” . 224Recordadocomo “ Felipeel Hermos o” . 225 Austria,campodegules y unafajade plata; Borgoñaantiguo,bandadodeo ro ydeazur conbo rdura degules;Borgoña moderno, campo deazur, sembrado deflores delis deor o y bordaduracantonada de plata ygules; Brabante, campode sabley un león de oro, coronado de lo mismo, lenguado yarmado de gules; Flandes, campo deo ro yun león de sable, lenguadoyarmadodegules;y Tiro l, partido deplatayunáguiladegules, coronada, picaday membradadeoro , cargadoel pecho deun crecientetrebolad o de íomismo. Gavira,2004:12.
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Oro,230 un sím bolo que recuerda la presencia de Borgoña, el mismo que usarán
226 Según Heraldarra: La Orden del Toisón de Oro tuvo su origen en la mejor épocade fa Casade Borgoña. Fundado comoreino por ios merovingios, posteriormente, quedócomo feudode la Corona deFrancia. Roberto el Piadoso(hijo de HugoCapeto), loc onvirtió en ducado en el año 996. En 1361,extinguida la primera dinastía, elducado revirtió en el reyJuan I! de Francia, quien lo donó a su hijo Felipede Valois, más tarde elDuque FelipeEl deBorgoña, el Atrevido. En 1404 le sucedió su hijo el DuqueJuan, el Intrépido; y a este último, su hijo Felipe III, el Bueno, en 1419. Felipe lil de Borgoñacasócon lahijadel rey dePortugaly, habiéndoseconsolidadoen las esferas del poder, creó la Orden delToisón de Or o el 10 deEnerode ¡429 yse declarómonarca independiente de Francia. La Orden se creó en la iglesiadeSan Beltrán deBrujas,bajo laadvocación deSanAndrés, destinadaaserv ira la Iglesiay alafe cristiana,y tuv o como epígrafe la frase: «Ante fer it quamflammamicet» (Hiere antesdeque seveala llama). El Duque Felipe íll logró la aprobación desu Orden, medianteun Brevedel Papa EugenioIV,de7desetiembrede 1433,paratalfinmod ificaron susestatutos,elevando el númerodesusmiembros, de veinticuatro (24) a treinta (30)y,establecieron el Maestrazgode la Orden vinculado a la familia de Borgoña (la casa de Habsburgo) y no al ducado (territorio) de Borgoña. Años más tarde, la orden fue confirmada por otro Breve, esta vez de Papa León X el 8 de diciembre de 1516. Esta orden se concedió a algunos príncipes y reyes extranjeros(PaísesBajos,enAlemaniayalos reyesdeAragónyde Navarra). A la muerte del Duque, FelipeIII de Borgoña,su hijoCarlos, Duquede Borgoña, el Temerario, heredó el título de Gran Maestreyjefesoberano de la Orden del Toisón deO ro y "la potenció revistiéndoladegran pompay aparato, concediendoloscollaresaaquellos monarcasextranjero s en losquebuscabaalianzas". A su muerte, el Ducadode Borgoñavolvió apode rde Francia, masno los PaísesBajos, porque elempe radorgermano, Federico se impuso,"reservándose la potestad deser el supremojefede la Orden del Toisón de Oro, al tiempo que preparaba la sucesión del Imperio en la persona de su nieto”, el futuro emperador CarlosV de Alemaniay I de España, yGran maestre de la Orden a través del padre, Felipeel Hermoso. En 1516, el EmperadorCarlos V celebró su Capítulo delToisón (Bruselas, 1516) y refo rmó los Estatutosaumentandohasta cincuentay uno (51) elnúm ero dem iembros caballeros, además reguló los requisitos quedebían reunir los postulantes a la Orden, En 1520, en posesión de la monarquía española y asociado de su madre Doñajuana I, celebró el primer CapítuloenEspaña,en laCatedral deBarcelona: “ Cuyasilleríadelco ro ostentadesdeentonceslasarmasde loscincuenta yun caballeros que integraban el Capítulo. Durantela época de CarlosV recibieron el collardela Orden del Toisón de Or o muchosreyes, príncipes yaltosseñores delanobleza. LosreyesdePortugal, deEscocia, dePoloniay deDinamarca, los soberanos del Palatinado, de Sajonia, de Baviera, de Brandeburgo y de Nassau. Los representantes de las casas de Farnesio, Médicis,GonzagaySaboya, el célebre Andre a Doria, elduquede Egmont, elmarqués delVasto, elduque deAlba yelrey deFrancia FranciscoI. Con la muerte deFelipeII se iniciólo queha dadoenllamarsela decadenciaespañola. Tal cosarepercutió en la Orden de! Toisón de Oro que, conforme iba abandonando su condición de flamenca tomaba la insigniao estandartede la religióny debando en la prolongada lucha quedividía a Europa entre católicosy protestantes. Concluyócomo cuerpo independientey confacultadespropias. No volvieron areunirse susCapítulos yfinalmentequedó reducida a un premio de lealtad, recompensa de servicios, trofeo de victorias, ya casi nada flamenca y enteramente española” . Heraldaria, 2004:1-2. La mismafuentemenciona que la orden: “Al parecer, estuvo inspirada en la mitológica leyenda dejasóny e! vellocino deo ro". Según la mitologíagrecorromana, el dios Neptuno encariñado con la hermosa Teófana,quientenía numerosospretendientes, logró evadirlosy unirseaellaconvirtiéndo laen ovejaytransformándosea sí mismo en un carnero, de esta unión nació el Carnero del Vellocinode Oro. Posteriormente,Atamas, rey de Tebas, angustiadopo r la calamidad queatravesaba su reino, consultó el oráculo y este lerespon dió que aplacaría a los dioses si sacrificaba dos príncipes de sangre real, de tal modo que designo a sus hijos, Frixo y Hela, como víctimas, quienes enteradosfugaron llevándoseel carnero delvellón dorado. Yaasalvo, Frixo sacrificó" el hermoso carnero ysuspendióel áureo vellón en el templo de Marte, poniéndolo bajo la vigilancia de unos toros que arrojaban llamas y un dragón que devoraba a cuantos pretendían tocarlo. El dios agradeció tanto la ofrenda, que fue providencia suya conceder inextinguibles riquezas a los que fuesen dueños del rubio Vellocino, autorizando a cuantos a ello fuesen osados que intentasen su conquista”, jasón, fue hijo de Esón, rey de Yolcos; este rey al ser destronado por su hermano Relias, temiendo por lavida desu hijo, lo enviócon su madreal monte Pellón paraqueseeducase. A la edadde20 años,jasón oyendo losconsejos deloráculo fueaY olcosademandarleasu tío la corona que usurpaba. Pelias, paraalejarlo,aconsejó ajasón aquevayaa laCólquida, en buscadelVellocino deO ro, puesseríacolmadode riquezas,asegurándoleademás que a su regreso ledevolveríala corona. Jasón aceptó deinmediato, loanunció po r toda Grecia y escogióamásde cincuenta (50) héroesfamososparaemprend ertan peligrosa hazaña (Hércules,Castor, Poiux, etc.,recordados como los Argonautas porquepartieron en el navio Argos en 1263 a.C. aproximadamente). La empresafuedifícil: “ habíaquedomar en un solo día los dos toros de pies y cuernos broncíneos y de boca llameante; luego era preciso uncirlos yquearasen un campo consagradoa Marte ysembrar enseguidalos dientesde un dragón, quese trocarían al punto en valientes guerreros, a los queeranecesarioaniquilar. Como última hazaña, habíaquematar al dragón, celoso custodio delvellón” . La información deesteasteriscoproviene dellib ro, Dioses, mitosy héroes, págs,280-289. Es unvolumen quecarece de susprimeras96 páginasdebióte ner másde 574páginas, seencuentra en el SeminariodeHisto ria Rural Andina/UNMSM,fue rescatado de un grupo de papelesy trozos de libros con hongos, humedecidos, rotos o apolillados ysin referencias que la Biblioteca Central de esta casa de estudios dispuso para su eliminación, luego de hacer su traslado del local de Colegio Real a la Ciudad Universitaria. Eltí tul o asignado corresponde a lafrasequeencabezatodas su páginas pares; lamentablemente, no hasidoposiblededucir el nombre delautor, laciudad,laeditorial,nielañode laedición,
121
en adelante sus próxim os sucesores227. Gavira añade: “Al ser coronado Emperador en 1519, timbra el escudo con la corona imperial y acola el águila bicéfala imperial austríaca. A partir de 1520 sustituye el cuartel correspondiente a Aragón y Sicilia, por otro en el que se incorporan las armas de Jerusalén, Hungría y Navarra2282 3 0 9 ”,
Escudo de Carlos I, 1520enadelante
Los
escudos
229
podían
variar
según
la
voluntad del monarca respetando las reglas de la heráldica. Un ejemplo de ello es el hallado en la carátula de la publicación de una premática en 1549, en la que están: el escudo, la corona, el Toisón de Oro, las columnas con la inscripción “PLUS
ULTRA” 2™ y
el águila bicéfala.
227 Según Mera, “ Las armas del emperador CarlosV nos revelan a un monarcamás europeo que peninsular”. Otra cita que prueba su inclinación hacia Borgoña es la siguiente: "El 22 de octubre de 1555, Carlos depone el título de Gran Maestrede la Orden del Toisón de Oro, yel 25 de octubre entrega los Paísesbajosy susestados Borgoñeses. Hay un ordende importanciapsicológicaenello” . Mera,2003:2-6. 228jerusalén: campo de plata y una cruz de oro. Hungría: cortado intercalando cuatro franjas de gules y 4 de plata. Navarra: campo de gules, una cadena de oro, puesta en cruz, aspa yorla, cargadaen el centro de unaesmeralda de su color. Gavira,2004:4-20). A decir del Fondo deEsc ritoriode la BanderadeEspaña, “ Lascadenasrepresentanelreino de Navarra, unidoa la monarquía desde 1512. Se dice queprocede dela batallade Navasde Tolosa [1212], ganada por los príncipes cristianos al Mira[ma]molín Mohamed, que tenía la tienda rodeada por camellos amarrados con poderosas cadenas. Trasla batallalosnavarrossellevaronlascadenasy conform aronel escudodeN avarra” (Fondode Escritorio de la BanderadeEspaña, 2004:2), La incorporación deNavarraalaC orona deCastillalahizo Fernando ElCa tólico en 1515. (Gavira, 2004:10. Última revisión del autor I l/fl/2004), Si se tiene en cuenta que Navarra recién figuraen los escudos oficialesen 1520conCarlos I,esposiblequehayahabidounlapsodeconsolidacióncon respecto aestatoma. 229Gavira, 2004:2. 230 Elemblemade los ReyesCa tólicos era“ nonplusu ltra” [...], en referencia a que lascolumnasde Hércules (dos colinas situadas a ambas orillas del estrecho de Gibraltar) se tenían como uno de los límites del mundo. El posterior descubrimientodeAm érica implicó laeliminación del “ non” ,yaquecarecíadesentido, Luegocambiaríac ompletamenteel significado, haciendo referencia a la conquistay a la obra española en el nuevo mundo descubierto en 1492 (más allá de ultramar) (Menéndez-Psdal, ver Banderas deEspaña, 2004), J.H. Eliiott dice al respecto: “ El emperad or CarlosV adoptó comoemblemalas columnasdeHérculesdecoradasconvolutas con el lema: PlusUltra. Cuandoelrecurso fueutilizado por primera vezen 1516 obedecióesencialmentea una idea humanísticadestinada a sugerir queno existirían límites para el poder y los dominios del joven Carlos de Gante; pero de forma creciente, conforme el Nuevo Mundo iba siendo descubierto y sometido a su dominio, el emblema adquirió una suerte de pertinencia geográfica como símbolo del conjuntodel imperio". Este autor también hace referenciaal Nuevo Mundo como si por sísolo, ya desde 1527, varios notablesde la época consideraban a las Indias como unim perio tanvasto como el europeo que Carlos encabezaba;una idea a la que se resistió por reconocer él un solo imperio, el Sacro ImperioRomano,a pesar de ello nose pudo evitar frases como: "imperio de la indias” o “ emperadorde las Indias” que evidenciaban la magnitud del Nuevo Mundo en ese periodo recientededescubrimientos; el mismo respetoqueguardósu hijo FelipeII, por loque conservó eltítulo de rey deEspañaylas Indias(Eliiott, 2002:i87-i89).
122
231
Escudo deCarlos1 contodos susornamentos, 1549 (contodossusornamentos)
anterior,
de
base
redondeada, pero una vez entronizada la dinastía austríaca, “ se extiende el uso del escudo redondeado en la base, como un arco de medio punto invertido”*2 333.
3.2 .3
fetigse II , 155 6-1598 ; Jellgse XII, 1598-1621; y Jellgte IV, 1621-1665
En 1556, Felipe II asume el trono sobre las coronas de Castilla, Aragón, Sicilia y los países del nuevo mundo. Entonces, estaba casado con María Tudor, reina de Inglaterra, motivo por el cual incorporó las armas de Inglaterra a su escudo.
Vindel, 1942:129. 232 Idem. 233 E!mismoque se mantendráhastaal llegada deiosborbones, asílo afirmaGaviray también se comprueba en elestudio realizado. AGN . Tod o el fondo de laserie Causascriminalesde RealAudiencia.
123
Esto duró dos años a causa del deceso de la reina234. En 1578, a la muerte de su sobrino, Sebastián de Portugal235, Felipe II inicia una campaña para asumir el trono, lo que logra el 12 de setiembre de 1580, produciendo así la uniñcación de la península (España y Portugal) bajo una sola corona, aporte significativo, que sumaría a su escudo, con las armas de Portugal236. Felipe II, no repite las armas; tiene un escudo sencillo, donde Jerusalén, Hungría y Navarra, ya no están presentes. Este escudo237 usaron al asumir el trono, su hijo Felipe III (1598), su nieto Felipe IV (1621); e incluso su bisnieto Carlos II2382 9 .3 Cada uno de ellos con corona y rodeado por el Toisón de Oro.
23< Mera, 2003:2. 235 Hijo de“ su hermana, la archiduquesa infantaJuanadeAustria, viuda del infanteJuan Manuel deP ortugal" que murió a losveinticincoaños. Mera,2003:6-8. 236 Portugal: campo deplata y cinco escudetes en azurpuestos en cruzcon cincobezantes o dineros en platapuestos en sotuer,bordu radegulescon sietecastillosdeoro. Gavíra,2004:13. 237Gavira,2004:13. 238A pesardequePortugal había logrado su independencia deEspañaap artir de 1640,estehecho nofue reconocido sino hasta 1668p or lamadre regente(iareina MarianadeAustria) delniñorey Carlos11. 239 El periodo asignado al escudo (1580*1676) es el que indica Gavira (2004:13), este escudo se verificó en los papeles sellados,desdeelbienio 1640-41 hastael último diseñocorrespondientea ladinastíaAustria,elde 1675-76.
124
3.3 , Sellos reales en el perú Colonial, 16 40-1824 Como ya se dijo, el escudo de Felipe II perduró incluso hasta el periodo de Carlos II.
Pero en este caso la sucesión de los escudos se basará en los
presentados en los papeles sellados desde su instauración en 1640. Se podrá de esta manera apreciar la variedad de los escudos, por sus armas, formas y contornos. Cierto es que la variedad es una constante en los papeles sellados, de ello depende que sean diferenciados por las personas que lo demandaban; sin embargo podemos ver una clara diferencia que coincide con cada una de las dinastías. Desde 1640 hasta 1709 se aprecia que el contorn o ornamental de los sellos reales es bello y elaborado240. Puede ser que esto se debiera a la influencia del barroco. A partir de 1710 empieza la diferencia; el contor no, desaparece y es reemplazado por una sencilla circunferencia, que a veces se tornó ovalada o que en el mejor de los casos estuvo constituida por círculos concéntricos que guardaba el nombre del rey.
3.3.1 Jelipe IV, 1621-1665241 A casi veinte años de su reinado Felipe IV decide introducir el uso del papel sellado en sus colon ias hispanoamericanas242; la ley se dio en 1638, la publicación como pragmática en 1639 y desde ya se sabía que debía expenderse a partir del primero de enero de 1640.
Ese mismo año, Portugal se subleva,
proclaman un rey243y se independiza.
Aún no se sabe con exactitud quienes fueron los maestros que elaboraron estos sellos, así como tampoco, si los diseños estuvieron en manosde los artesanos o fueron encargos deautoridades o especialistasde alto rango, lo primero debióser difícil, en tod o caso pudieron elaborarpropuestasquefinalmente debían estaraprobados por altas autoridades, losdiseñoslofu eron paratoda Hispanoamérica. Francisco Borja y Aragón, Diego Fernández de Córdova, Jerónimo 2Ai Bajo su reinado contó los siguientes virreyes: Fernández de Córdova, Pedro de Toledo y leyva, García Sarmiento de Sotomayor, Luis Enrique de Guzmán y Diego BenavidesydelaCueva. 242 Está demás decir queel uso deeste papel se dio conanticipación en la misma península, la diferencia está en que su ventafueenmaravedíesyno en pesoscomo en elresto delaAm éricaespañola. En la serie Genealogías delA GN (Lima), conformado por tres legajos,sepueden apreciarpapelessellados delapenínsula, cuya característicaes su validez por un año,siendo los preciosde272 maravedíes el sellop rimero, 68maravedíeselsellosegundo,34 maravedíes el sellotercero, y 10maravedíeselsellocuarto. 241 El duque de Braganza como reyJuan IV, que impone una dinastía nacional separada de la hispano-austriaca. Mera, 2003:10. 240
125
344
EscudodeFelipeIVcon coronayToisón deO ro presentadoen iapragmáticade I639‘
Al año siguiente, se emitió el primer papel sellado el cual correspondía al bienio 1640-41. En él se puede apreciar la forma original del escudo y presenta (por única vez) sólo las armas de Castilla y León343; en con junto posee además de* 5 4 2
Tomado de la premática que manda ei uso de) papel sellado, publicada por la Imprenta Real de las indias en 1639. AGN . C 14. Estancos. Lima,legajoúnico, 245 Los reinos de Castillay León,Castilla específicamentetuvo para sílas indiasgracias a lasbulas Alejandrinas, llamadasasí por haber sidodadas po r elpapaAle jand ro VI deorigen español{ 1692-i694).
la corona encabezada por la cruz y el Toisón de Oro, un collar del cual pende un becerro dorado en el centro. inscripción
“ Plus Ultran
A los lados las columnas de Hércules con la
(mas allá), como fondo el océano con una carabela
hacia las Indias. El modelo del escudo es sencillo, asimismo como su contorno, con dos circunferencias concéntricas que contienen el tipo de sello, el precio y el bienio de vigencia.
Los sellos reales de Felipe IV, además de ser los primeros, fueron las más variados, los más bellos y los de las mejores improntas, sobre todo en la forma 7 4 2 2A(> Casi todos los diseños de los contornos han sido tomados delAGN. Real Audiencia, Causas Criminales, Como se
sabe el papel sellado se usóen casi todas lasinstancias, po r esta razón no se insistirá en el número delegajo, cuadernoy folio, salvoquesea muynecesario,puessolocon lanota delbienio deorigenbasta paraubicarlo inmediatamente. 247 Estep rim er con torn o como losqueseveránmásadelantehansidoextraídos delaselecciónde papelesselladosparala investigación; los contornos del siglo XVIÍ, generalmente borrosos por los resellos, tuvieron que ser "limpiados" yotras veces ser "reconstruidos" por la autora (juntando varios sellos que ofrecían detalles daros para hallar el conjunto). Comúnm ente losdiseñosserepiten en losc uatro tipos desellos( Io, 2o, 3oy -4°),con lavarianteen lostamañosenelcaso de los primeros bienios. En estecaso, en los modelos presentados, estáncolocados los tiposdesellosverificados con el findequeellectortengalainformaciónprecisa.
127
del escudo en la que se aprecian, hasta tres variantes, cada una con sus respectivos contornos2482 9 :4la primera corresponde al bienio 1642-43, que mantiene la línea horizontal en el jefe, con flancos perfilados por tres líneas convexas y una vertical.
Con esta forma coincide la colocación de todas las armas, y así
reforzar la representación del poder en lo espacial y temporal. Se suprimen las columnas de Hércules con el fondo marino y la nave que lo secunda.
Este escudo, presente hasta el bienio 1657-58240, se destaca por la variedad y belleza de los diferentes contornos empleados para cada bienio.
2‘te En realidad, a excepción delos primeros, el rescatede los diseños delos contor nos fue una tarea ardua, sobre todo porque los papelessellados,generalmente se presentanresellados,o ensu defecto,tienen una impronta bastante borrosa que en algunoscasos es imperceptible. Es oportuno decir que lo mismosucedió inicialmente con los escudos, para los cuales sedebióc ont ar con otras fuentesy hacerlaverificación con informació n especializada. 249 Podría ser hasta 1659-60, ya que el tercer diseño se inicia con el bienio 1661-62, pero al no localizarlo, se opta por afirmaraquelloquesehapodidoverificar.
128
aso
Selloreal deFelipeIV,bienio 1642-1643{papel sello2")'
El contorno correspondiente al bienio 42-43 es sobresaliente; es uno de los más bellos de toda la serie. Señala el tipo de sello al que corresponde. Repite un cuadrante, el que puede desdoblarse tanto vertical como horizontalmente351. La composición consta de cuatro sierpes con cabezas de aves de rapiña, cuyas miradas se dirigen hacia el escudo. Sus cabezas están juntas, como enfrentadas, mientras sus colas están enroscadas a un aro. Se aprecian diseños in ternos en el cuerpo de las sierpes para cada tipo de sello2 2 5 1 052; de los tres encontrados: el del sello I o tiene aritos gruesos, el sello 2 o estrellas de cuatro puntas, y el sello 3 o conformado por pequeños imanes contrapuestas.
250 El contorn o de estesello real tambiénfue utilizado para preparar papel sellado para los bienios 1745-46, 1747-48y 1752-53, 1754-55,todos en sello4o. 251 Estaafirmación sebasa en la revisión completa de todos losdiseños,yeste caso no es la excepción, la únicadiferencia quetienerespectoalosdemáses quesusextremos nosoniguales,pro curando darlesentidoalasfiguraszoomorfas. 252 En adelantese podrá encontrar algunas variantes en un bienio para cada tipo de papel, pero este solo se limitará a combinardiseñosutilizadoscon anterioridad.
129
D e t a l le d e l c o n t o r n o
El contorno del bienio 1644-45 no representa a ningún ser vivo; compuesto por cuatro por cuadrantes mixtilíneas con elementos que se entrelazan dentro de una concepci ón barroca.
Selloreal de FelipeIV, bienio 1644-1645 (papelessello I oy sello3o)
253 El contorno de este sello real también fue utilizado para preparar papel sellado para los bienios 1745-46, 1747-48y 1752-53, 1754-55, todo s en sello4o.
130
Co ntor no delpapel sello 3o, bienio Í646 -I64 72542
El bienio 1646-47 tiene un contorno redondo y geométrico, lo forma un caprichoso zigzag de grandes curvas con pequeñas rectas, estrecho al interio r y amplio al exterior. Debe notarse que el inter ior del zigzag tiene líneas casi imperceptibles que le da volumen al diseño, efecto que se repetirá varias veces.
Contornodelospapeles sello Ioysello3o, peí; bienio 1648-1649
El contorno del bienio 1648-49, es octogonal, está conformado por cuadrantes con
dos
armazones
semicircunferencias
que
que
se
tienen
tres
unen,
cuyo
fondo negro crea un novedoso juego de contraste en el centro, como dos ojos en negativo con un botón de luz en la parte superior.
2S,! Estos diseños han sido copiados manualmente de las fotocopias de los sellos seleccionados. Ha costado mucho recuperarlos, pues las improntas son muyborrosas yp or logeneral habían sido reselladas. Por esta razón, se le pideal lectorqueseguíedelescudo,coronayToisóndeOrodelosbieniosanteriores. 2SSModelo usado enel bienio 1731-32(sello 4o).
13 1
En
el
predominan
diseño las
del
líneas
bienio
1650-51,
curvas.
Cada
cuadrante compuesto por tres arcos unidos por dos barras en sus bases; el arco central luce una concha. En la parte exterior, tiene el fondo negro que está perñlado por una línea,
también
curva,
que
contiene
al
interior dos pequeños círculos, que repite el Con torn o delpapelsello3o, bienio 1650-165!
efecto del contorno anterior.
El contorno del bienio 1652-53 es muy interesante, es el rostro de frente de un felino de cuya boca cerrada salen dos colmillos que son las mancuernas de enlace con otras dos en los extremos del cuadrante. Aunque no muestre las fauces, es muy parecido a Leviatán* 257, icon o utilizado en la Colonia en los temas religiosos.
Contornodelospapeles sello3 o ysello4, bienio ¡652-1653104
Este modelo
también se presenta en el bienio 1654-55 (sello 3o).
2Sé Este modelo se usó parael papel sello 2o de! bienio 1656-57 y enel sello 3o del bienio 1660-61, en el último caso, a pesardecircularunpapel condiseñopro pio paraesebienio. También, paraelbienio 1702-03,en lossellos2o, 3oy4o, Y por último, un caso que llama la atención, en el bienio 1782-83 (bajo el reinado de Carlos líi), se presenta en el bienio 1782-83,muybor roso claroestá, comosello3o(A GN. Rea!Audiencia,Causas criminales. Leg.47,C, 545,f.2!7). 257 Elhisto riador FreddyCabanillasque ha estudiadoeste personaje en la Iconografía del arte religiosoenel Perúcolonial, serefiere Leviatáncomo: “ Popularm otivo queelarte utilizapararepre sentarlaentradaalA verno. Bocadescomunalque atrae y devora; imagen ampliamente difundida por pintores y grabadores medievales, renacentistas y barrocos. Su tenebrosa imagen aparecetambién enelarte virreinalperuano". Agregaquees unapalabrahebreaquesignificacocodrilo, pero que en la iconografía cristianaa destacado más con la cabeza de unm amíferode grandes colmillos, y queaveces la bocaes cerradap or un ángelp ortad or dela llavejusticiera. Cabanillas,2002:249-254.
132
La primera vez que se ve un águila bicéfala completa es en el contorno del bienio 1656-57; está de frente y con las alas
extendidas,
extremos
adornos
solo de
tiene
en
enlace
los que
permiten cubrir el espacio vacío del cuadrante,
manteniendo
el
contorno
redondo. Co ntor no deiospapelessello I o, sello3o ysello4°,bienio 1656-1657
A
partir
del bienio
1660-61
el
escudo de Felipe IV sufre una segunda modificación sin alterar las armas reales. Las
líneas
perimétricas
han
sido
trabajadas con mayor número de curvas pronunciadas
acentuando
su
carácter
barroco. Escudodel rey FelipeIV, bienio 1660-1661
Este tipo de escudo también fue adornado con una serie de contornos nuevos.
El contorno novedoso para el
bienio 60-61 se caracteriza por una franj a gruesa, maciza y sencilla. Co ntor no delospapelessello2 oysello3* bienio 1660-1661
El
efecto que tiene en la composición final es cuadrangular.
133
El bienio 1663-64, luce un contorno más ligero y armonioso, conformado por líneas curvas que simulan en conjunto una ñor.
Escudodel rey Felipe ¡V, bienio 1665-I666258
Co ntor no delpapel sello2o bienio I663-1664259
El último escudo
de
Felipe IV
corresponde al bienio 1665-66, cuyo primer año coincide con su muerte.
Entre sus variantes destaca aquella que
reduce los extremos del jefe en dos “astas” que se miran mutuamente, desbordando las líneas perimetrales. A
este
último
escudo
le
correspondió un contorno compuesto por eslabones abiertos, unidos por aros adornados con una pequeña esfera en la parte superior2 9 2 5 8 * Con torn o del papelsello I o, bienio 1665-1666
258A GN . Genealogías. Leg. 2, C3 7, f.23,año:i696. 259lia s tarde,estecon torno sepresentaráparaelbienio ¡753-54 enpapelsello 3o. 760AG N. Genealogías, Leg,2,C.37,f.23,año:i696.
134
3.3 .1 Carlos II, 166S-1T0O201 Este rey mantuvo las armas usados por Felipe II, incluso la de Portugal (independiente desde 1640), lo que se puede apreciar viendo los papeles sellados. En los prim eros bienios de Carlos II202se mantuvo el diseño del escudo de su padre, Felipe IV, con diferentes contornos.
En el primero, 1667-68, se
mantuvo el mismo contorno y tipo de letra283.
Co nto rno delospapelessello3oy sello4°, bienio 1670-1671
El contorno del bienio 1670-71, tiene en cada cuadrante motivos vegetales frente a frente, sujetos por una argolla abierta; con pequeñas aplicaciones esféricas dan realce y denotan cierto movimiento.
El contorno del bienio 1672-73 es complejo;
posee
por
cuadrante,
cuatro
dibujos que simulan cornucopias en la parte exterior; entre ellas guardan dos espacios cuadrangulares cruzados por dos líneas a manera de aspas, entre los cuales forman un semicírculo.2 3 6 2 1 *
Co ntor no delos papelessello3oysello4o, bienio 1672-1673
261 Trabajócon los virreyes: Diego Benavidesy de la Cueva, La RealAudiencia, Pedro Fernándezde Castro, Real Audiencia, Baltazardela CuevayEnríquez,Mel chor deLiñányCisneros,Me lchorde NavarrayRocafuly Melcho rPor tocarre ro. 262Conocidotambién como"ElHechizado”. 263 Para el bienio 1667-68, véase: AG N, Causas Criminales. Leg.4, C.I3, f.22, afio:1672. Estediseño también fueusado paralospapelesselladosdel bienio 1667-68 (sello2o),t rien io 1694-96(sellos2oy 3o) yel bienio 1715-16(sello 4o),
135
Co ntor no del papelsello3o,
El escudo diseñado para Carlos
bienio 1675-1676
II, con respecto al papel sellado, se presenta en el bienio 1675-76, y es un retomo a los orígenes, cuadrangular de base redondeada; mantiene las mismas armas, sin omitir la de Portugal264. A este escudo le acompaña un nuevo contorno, que sigue el juego de las formas curvas con volumen y movimiento. No obstante existía papel de origen, en 1676 se reselló los bienios 1667-1668 y 1670-1671 para usarlo en el bienio 16761677, lo que indica una sobre posición. Para el bienio 1677-1678 no hubo emisión nueva, se resellarán los papeles del bienio 1667-1668 y de 1670-1671 con uno de los sellos reales de Felipe IV.
Contornodelpapelsellado, trie nio 1679-1681
2M “ Durante la regencia delareina viuda, doña MarianadeAustria, veremos modificadoel Escudo Real desu hijo, Carlos II,habiendosidoretirada lasarmasdel Portugaldespués dereconocidasu independencia,tal como lopodemosapreciaren la ediciónfacsimiiardelarecopilación delas Leyesde Indias [1 68 !]” . Mera, 2003:10, Sin poner en duda la afirmación de Mera, solo se puede dejar constancia de que en el caso del papel sellado, esta modificación no se hizo durantetod o su período.
136
Uno de los modelos con mayor movimiento, es el correspondiente al trienio 1679-1681 con formas que asemejan caracoles unidos por las colas que tienden a unirse po r sus bocas.
Este bello empleado en 1682-1683, contrasta en su conjunto las franjas negras decoradas con rombos y por esferas como pequeños destellos de luz.
Contornodelpapelsellado, bienio 1682-1683
El siguiente modelo, utilizado para el trienio 1685-87, parece estar asociado al reino vegetal, con tres ramas pequeñas al centro y una más larga a cada lado las cuales dan el encuentro con sus pares en Contornodelpapelsellado, bienio 1685-1687
forma circular.
La presencia del escudo de Portugal se mantuvo en el papel sellado hasta el trienio 1685-87; no obstante, se emitió un papel sellado para un solo un año, 1687, con un escudo que reñejaba la situación política y jurisdiccional real de la corona española, esto es, sin Portugal.
Escudodel rey CarlosSI, año 1687
137
A este escudo le acompaña un contorno
de
cierta
rigidez,
que
presenta un trabajo más compacto. Lo novedoso está en que no repite la forma
redondeada
pues
semicírculo y ángulo recto.
combina En el
ángulo de cada cuadrante hay inserto un juego de cinco pequeñas esferitas blancas como una flor; los extremos Co ntorn o delpapelsellado, año 1687
lucen mancuernas. En el reinado de Carlos II,
además de los modelos aquí presentados, se utilizaron sellos de bienios anteriores para sellar los papeles de los bienios siguientes; no réplicas, sino las mismas improntas. Por ejemplo: el papel sello 2 o del bienio 1688-89, tiene el sello real Felipe IV (1660-61), y la inscripción con las letras del bienio 1650-51; el de sello 3o de 1692-93, posee el sello real de Felipe IV (1644-45) y las letras del bienio 1650-51; lo mismo sucede con el trienio 1694-96 que utiliza el último sello real de Felipe IV (1665-66) pero con el tipo de letra del bienio 1642-43. El bienio 1696-97aes sólo variará en el tipo de letra, nueva y sencilla, procedimiento que sigue incluso en la presentación de papeles sellados hasta 1703, en pleno reinado del prim er monarca de la casa francesa. Se extrañarán las creaciones barrocas de los Habsburgo, el movimiento que producen sus líneas curvas y rectas, lo geométrico en la disposición de los cuadrantes, el uso de motivos vegetales y animales, la delicadeza de sus trazos, el ingenio de sus artistas, todo lo que refleja bonanza, a la sazón del tiempo empleado y la exquisitez en la preparación de las improntas.2 5 6
265 Esta superposición de años no es frecuente, esto se veen la parte correspondie nte a la frecuencia de ia emisión de papelsellado.
138
3.1.1 fe ! ipe V, 1T0O-1T46260 A la muerte de Carlos II el reino de España quedó, sin herederos207, luego de una serie de movimientos en la corte europea Felipe V, nieto de Luis XIV de Francia es proclamado com o el primer rey de la dinastía de Borbón.
A este rey se le
preparó un papel sellado para el bienio 1702-03 con los símbolos reales de Felipe IV (escudo y contorno del bienio 1652-53) mientras el tipo de letra de la inscripción era del período de Carlos III usada en el bienio 1696-97. Felipe V tuvo serios problemas para consolidar su reinado.
En Italia
comenzaron las primeras manifestaciones de la guerra de sucesión (1702), en la que se enfrentarían dos coaliciones, la que respaldaba su posición compuesta por España, Francia y Baviera, y aquella que le hacía frente, conformada por Alemania, Inglaterra y Holanda. Esta guerra llegó a su clímax en 1706, cuando el archiduque de Austria ingresó a España (Valencia y Cataluña), se hizo jurar Rey de España como Carlos III en febrero y fue proclamado en la corte como tal en junio de ese año, hecho que fue revertido meses después tras una larga lucha, la batalla de Almansa (abril de 1707), despejándose el peligro, aunque no definitivamente, ya que el reconocimiento final llegó con el tratado de Utrecht en 17132 6 7 268. Esto no fue obstáculo para que el rey tuviese su sello para el papel sellado después de cinco años de haber asumido su reinado.
266 Trabajó con los virreyes: Melchor Portocarrero, Real Audiencia, Manuel de Oms y Santa Pau, Diego ladrón de Guevara, Carmine NicolauC orracío lo, FrayDiego Morcillo,JosédeArmendáriz,JoséA nton io deMendozayJoséAnto nio MansodeVelasco. 267 Carlos II muere el Io de noviembre de 1700, motivos políticos y sucesorios, por las que se desata la Guerra de Sucesión,hacenque enEspañaseinsta ure la dinastía borbónica. Mera, 2003:1 l/Gavira , 2004:14, 268 Sin embargo,no todo estabadecidido del todo, su abuelo, el reydeFrancia, Luis XIV, quien habíac orr ido conelcosto de la guerra, había pensado seriamente en dejar esa causa, pues el problema solucionado en tierras españolas, tuvo un correlato mayor,aniveleuropeo,quedebióenfrentar. LuisXIV lehabríasugerido que abandonase la corona para lograr la paz,pero entonces, FelipeVapoyadopo r su esposaseresistió, peseaqueincluso el papa ClementeII! habíareconocido a Carlos llt como el monarcaespañol. Luis XIV seguro de que su nieto no necesitaba su tutelaolvidó este asunto, en adelanteFelipeVsiguióluchando, en 1711 elarchiduquesefue aAlemaniaparaser coronado como elem perador Carlos VI, las luchascontinu aron (no obstante el tratado deU trecht, 1713) en Barcelona,alfinal España perdió: Gibraltar, Italiay losPaíses Bajos (EspasaCalpe, 1981:606-607,T om o XXI II).
139
Felipe V mantuvo las mismas armas de Carlos II, pero las armas de Tirol y Flandes estaban en cuarteles separados, en la punta del escudo269 y c olocó en el centro un escusón270 con sus armas personales (las del ducado de Anjou), de modo que quedó como el blasón de los Borbón en España2712 2 ,7 Al escudo, coronado y rodeado del collar del Toisón de Oro, le añadió el collar de la Orden Francesa del Espíritu Santo2
Escudodel rey FelipeV, bienio 1705-1707
Tanto el uso de las armas como
su forma, se mantuvieron inalterables durante todo su reinado273. La primera emisión de papel sellado con su escudo corresponde al trienio 1705-07. El contorno del escudo va a sufrir un cambio drástico que caracterizará en adelante a los monarcas borbones, la simplicidad2742 5 .7
Sólo tendrá una
circunferencia de trazo grueso, en la que se enmarca el nombre del rey vigente en latín, en el caso de Felipe V: PHILIPPVS. V. D.G. HISPANIAR. REX. La abreviatura DG corresponde a la frase en latín, Dei gratia (Por la gracia de Dios)273.
m Gavira,2004:14.
270En heráldica, es un escudopequeño quecarga ot ro mayor (Salvat,2004; Vol. 7, pág. 5394). 271 Mera, 2003:11, Las armasde la casa real francesa son descritas por Mera: “ Tresflore s delisesdoradasden tro de un fondo azulrodeado deunb orde", yGaviraacotasu uso en España“ Con loslises dela casade Borbón, con labo rdura en gulesparadistinguirsede losfranceses” . Gavira,200 4:14. 272Según Patxi SaSaberrí, en el sigloXVI, laor den másimpo rtantede FranciafuelaO rden deSaint-Michel,creadap or Luis XI en Ambroise en 1469; la “ Orden del Espíritu Santo", fue creada 109 años después, por Enrique III en diciembre de i578,"cuando las guerrasde religiónestaban en su punto másálgido, ytuvo po r objeto reun ir bajo su disciplinaatoda la nobleza francesa. La obligación de sus miembros, como no podía ser de otra forma, consistía en la fidelidad total e inquebrantablea lafe católicayasu "Ma estro" principal (esdecir el rey). Larealidadhizoque, unavezreunidaslasfuerzas fácticas político-religiosas en torno al catolicismo, la Orden adquiriera las características de un frente políticocon el que combatiral protestantismo. (...) La Orden constaba de 100miembros, 87deellos nobles de familias que lohabíansido por lo menosdu rantetres generaciones yque tuvieran más de35años (lospríncipespodíanserlo desde los 25) y queya fueran miembrosdela Orden deSaint-Michel. A su vez, eran cuatrolos administradoresde laOrden: el tesorero mayor delreino, el maestromayordeceremonias,elcancilleryel secretario” . Salaberri,2004:2. 273 El 16 deenero de 1724, FelipeVabdicó afavo rde su hijo, LuisI,pero estefallecióel 31 deagosto deimismoaño; de modoqueeltronovolvióalpadreportestamento,porqueelhermanomenordeLuis,Fernando,teníatansoloonceaños. 27A FelipeV, FernandoVI, CarlosIII, CarlosIVylosprimeros sellosdeFernandoVIL 275 En: Caracteres externo s, Valls i SubiráO .,2004. yAuge, 1940:978.
140
Sello real de Felipe V, bienios: 1705-1707 (papel sello2°), 1711-1714(papelessello Io,2o, 3oy4o), y 1718-1721 (papelessello 2o, 3o y4o)22 7678
Se puede apreciar con claridad, el escudo (cuadrangular de base redondeada),
la
corona
(encabezada por la cruz), el Toisón de Oro, la Orden del Espíritu Santo y el nombre de Felipe V alrededor. Pese a haber en el mercado un papel sellado para el cuatrienio 1711-14, se encontró un ejemplar de origen de papel sellado para el bienio 1712-13277. Con un escudo de Felipe IV correspondiente al bienio 1642-43, con un contorno diferente.
3.3.4 femando VI27\ 1?46-1?59279 Al morir Felipe V le sucedió su hijo Fernando VI. En los primeros años de su reinado, se habilitaron papeles sellados correspondientes al periodo de su padre con resellos de escudos correspondientes a los Habsburgo y la de Felipe V. Fernando VI también contó en su breve reinado, con un sello personal; éste
276 En los períodos siguientesfuero n habilitados o resellados;aveces, resellados con escudos, conto rnos y letras de reyes anteriores. Cabe tener en cuenta que a partir de la década de! 30 elaboraron otr o sello con las mismas características (pudosercon el fin de reemplazarlos sellosgastados) para el período 1731-34, los bienios 1735-36 y 1737-38, ios anos 1739 y 1740; y finalmente, para los bienios 1743-44y 1745-46 (todos en sellos 3o y4 o a excepción del último, según la selección). El detalle por el cual se puedeestablecerque esot ro sello, está en la corona, porqueelsello presentado en este trabajo (1705-07) sólo tiene unidas laspuntas laterales mas no lastres delfr ente; los últimos tienen todaslaspuntas unidasyelescusóndel centro unpo quito máspequeño. 277 Éstees uncasor aro, pues no es unpapelhabilitado, sinoque sepresenta comouno nuevo,loqueesbastanteraro, 278 Se llama FernandoVI, porque en España se sigue el orden de los Reyes de Castilla (el rey Católico, Femando II de AragónfueFernandoVde Castilla). 279TrabajóconelvirreyJoséAntonioMansodeVelasco.
14 1
apareció a partir del bienio 1752-53. El escudo tuvo las mismas armas, forma y contorno que el de su antecesor con el collar de la Orden del Toisón de Oro como el de la Orden del Espíritu Santo, y como había sido preparado especialmente para él, además de tener su nombre inscrito en los bordes, tuvo un toque de exclusividad reflejado en el diseño de la corona.
Sello rea!de FernandoVI.b ienio 175 2-1753 ti . I ílfl -Sil (papelessello2 * 3 y4)
3.3.5 Carlos III, 1T59-1788281 Carlos III sucedió a su medio hermano Fernando VI282. Traía la experiencia adquirida como rey de Ñapóles por 25 años, la misma que se puso de manifiesto en su gestión española283.
Con respecto al papel sellado, hasta 1762 se
expidieron papeles habilitados y resellados. Precisamente, ese año circularon jun to a los papeles resellados, los del primer bienio con su escudo personal: 1762-63. El escudo, con claras modificaciones, se mantuvo sin variaciones durante todo su período.
2B0 se
emitieron papeles sellados con este diseño para Sos bienios 1754-55, 1756-57, 1758-59, 1760-61,
Los modelos
tambiénestán presentesen lossellos2o, 3oy4°. 201 Trabajó con los virreyes: José Anto nio Manso de Velasco, Manuel de Amat yjuniet, Manuel de Guirior, Agustín de JáureguiyTeodorodeCroíx. 282CarlosIII(1716-1788)fuefru to del segundom atrimonio deFelipeV. Enlacearregladop or MarianaTrem oille (hermana deMarianade Neoburgo, viudadeCarlos II), madredela novia,Isabelde Farnesio, princesade Parma, celebradoen 1692. Con eseenlace, la corona españolaaccedía a los derechos sucesorios sobre Parmay Toscana. En 1732 Carloshizo valer sus derechos sucesorios en Italia, como reyCarlosVil de Nápolesdesde 1734. Femando VI, su medio hermanofalleció sinherederosen 1759,sucedeal tro no español. Mera,2003:12-15. 283 Carlos III es reconocido por implantar las llamadas Reformas Borbónicas, consistieron en la reestructuración del Estado, el incremento de la recaudación tributaria y la introducción de las ideas políticas y culturales de la Ilustración, medidas todas, que afectaron a las instituciones, tanto públicas como privadas. A su gobierno también se le recuerda comoelperíododelDespotismoIlustrado.
142
A través de esta imagen puede apreciar la redistribución de las armas. Las armas de Castilla y León pasan del cantón derecho del jefe a Granada en punta, sobre las cuales, en el corazón, yace el escusón B orbón. Aragón y las Dos Sicilias van a la diestra del jefe, y el lugar que ocuparon es cubierto por Austria y Borgoña. Escudo delr ey Carloslil, bienio 1762-1763
Se reservaron así
los flancos centrales para incluir las armas de Parma-Médicis y Toscana-
Famesio284. La punta mantuvo las armas de Borgoña antiguo, Flandes, Tirol y Brabante. La forma del escudo también varía, es francesa285.
Gavira afirma lo siguiente: “Con estos añadidos, Carlos III deja establecidas lo que serían a partir de ese momento las Armas Reales de España” 286.
En el sello real el contorno se mantuvo sobrio, con la inscripción del rey alrededor, carente del collar de la Orden Francesa del Espíritu Santo.
Este mismo
sello real se utilizó hasta el bienio 178889.
204"Parma-Médicis (deo ro yseisflore s delisdeazurdistribuidas dearriba abajo, una, dos, dosy una)yToscana-Farnesio (deoro ycincoróeles degulesdistribuidos en e!campo dearribaabajo,dos,dosyuno, un tom illo deazurenjefecargado detres floresde lis deoro) , en representacióndesuherencia italiana” . Gavira,200 4:14. 285 “ Con la dinastía borbónica: "Se introduce en España el escudo tipo francés: rectangular, con los vértices inferiores redondeados yterminad o en punta". Gavira,2003:5. En el papelsellado, estaforma sololaconservóCarlos 111. 286 Gavira, 2004:14.
143
A doce años de su reinado, en 1771, el rey instituyó la Orden de Carlos III387, que su hijo Carlos IV colocó en el sello real de los papeles sellados de sus bienios correspondientes.
3.3.® Carlos IV, 1789-1808*288 Carlos IV asumió la corona a la muerte de su padre289. En los tres prim eros años utilizó papel sellado habilitado (generalmente el de Carlos III), con una inscripción con su nombre:
v
r
c
s r
mms e rmum®m
S. M. ££ S. D. CURCOS IV
187 Carlos 111, con motivo del nacimiento de su nieto Carlos Clemente, primer hijo varón del Príncipe de Asturias tras
cincoaños de matrimonio, creó el 19 deseptiembrede 1771, la real Orden Españolade Carlos MI, llamadatambién dela inmaculadaConcepción, parademo strar su gratitud a Diospo rdicho acontecimiento. En Españano existíaningunaorden moderna(la Orden del Toisón de O ro era de carácter real, no nacional,y las antiguasórdenes de caballeríacomo la de Santiago, Alcántara, Montesa o Caíatrava, aunque vigentes, por haber cesado la Reconquista que había sido su origen y motivo deaparición, dejódete nersentido), así, lanuevaordendeCarlos IIIsedestinóapremiary distinguiralosadeptos y beneméritos civilesy militares, ysolo podíanaccedera esta, ios nobles; queademás debían presentarpruebas debuena conductay limpiezaynoblezade sangre. En el momento desucreación, la orden poseíados clases: GrandesCruces(60) y Pensionados (200), pero en 1783 se añadió la categoría de Supernumerarios. Al entrar en la Orden, los caballeros jurabanvi vir ym or ir enlafecató licay su incondicional adhesiónalmonarca, seobligabanademás a comulgar almenos una vezal año,en lavíspera delaInmaculadaConcepción yarezar diariamente. Su collar,era una cinta azulceleste conuna franja blanca en el centro (colores que simbolizan el cielo y la pureza) con una cruz malta, en cuyo centro tenía un medallón con la imagen de la Purísima Concepción, patrona de la Infantería española, que luce un manto esmaltado adornado deestrellas, yasuspies, unatúnica yuna medíalunade color blanco; el reverso delmedallón muestra en colo r blancolas siglasdel fund ador CIH rodeadas po r unanillo azulcon laleyendalatina VirtutietMérito, cualidades indispensables en los condecorados. Carlos III quiso queestavirgen auspiciara a la orden por la gran devoción quedesdemuy jovenle tenía. ElRealDe creto se publicóelprim erdía en quela princesafueamisa tras haberdadoaluz. CarlosIVmodificóla orden del 12 dejunio de ¡804 invirtiendo los colores dela cinta (azul-blanco-azul), yampliando las exigenciaspara entrar, como la nobleza del abuelo materno y el pago por el derecho de ingreso por cada categoría, que (de 750 reales a los Supernumerarios a 1.500 realesa las Grandes Cruces, Sos últimos además debían abonar4.000 reales paralaa dquirir las insignias de la orden. Fernando Vil, por decreto de 25 de abril de 1815, creó una placa para diferenciar los Caballeros Pensionados de losSupernumerarios. La placa, de igual forma que la de la Gran Cruz, presenta el anagramaC -lll en el centro yes demenor tamaño. En lasceremonias, loscaballeros delaorden, además del collar,llevabanunacapaazul con estrellas bordadas en plata conun esclavinade seda. La orden fueabolida durante la I Repúblicaespañola de 1873, pero Alfon so XII la restaur ó el 7de ener o de 1875 yel 25de septiembre de 1878c reó laquinta y máximacategoría, Caballero del collar, que se limitó a60. Elcollar se componía entoncesdecatorce castillos,catorce leonesde oro, sietemedallones con el anagrama C-lll y seis trofeos militares con la cruz de la orden pendiendo del mismo. La banda de esta nueva categoría era azul con filetes blancos, igual a la original, y las placas tenían las lises de color dorado. Alfonso XIII, por decreto real de 19 de enero de 1910, refundió otra vez los estatutos, que siguen vigentes hoy en su mayoría. La II Repúblicaaboliódenuevolaorden en 1931 yu n decreto del 10demayo de 1942laresta uró coniosmismosreglamentos. El4 deagosto de 1983 Juan Carlos I permitió quelasmujeresingresaran en la orden creandotre s categoríasde tamaño reducido aunque,el8 demayo de2000,éste se igualósindis tinción de sexo. Para mayor información, véase la página internet: www.filosofta.org, de Enciclopedia Universal Ilustrada Europeo Americana. Hijos deJ.Espasa, Barcelona, 1924, 288 Trabajó con losvirreyes: Teodoro de Croix, Francisco Gil de Taboada, Ambrosio O'Higgíns, Gabriel de Avilés y Fernando deAbascal, 289El 14dediciembrede 1788. CarlosIVfueproclamadoel I 7d e enerode 1789. Mera,2003:15.
144
Para los Tfóos d e 1Z90 $ \Zd\ [rúbrica sellada]
En el bienio 1790-91 se prepararon dos variedades de papel sellado: el primero con el escudo de Felipe IV con el contorno del bienio 1710-11 de Felipe V para el papel sello 4 o; y el segundo, con el mismo escudo per o con un gran contorno ornamental que posee el estilo utilizado por los Habsburgo, no visto con anterioridad2902 1 .9
En el bienio 1792-93, circula por primera vez un papel sellado con sus armas personales. Las armas no variaron en absoluto con respecto a su padre, mas sí la forma del escudo, ovalado y sencillo.
El sello completo permite apreciar la corona y el collar del Toisón de Oro. También, la Orden de Carlos III. contorno
sigue
la
forma
ovalada
El del
escudo. Selloreal deCarlos IV,bienio 1792-1793 (papelessello 2o, 3o, y4o)291
290 Este contorn o puede tqner semejanzas de origen al de 1710-11, que apareciendo bajo el régimen Borbón, parece corresponderalconjuntodeornamentosdelosHabsburgo. 291 Lospapelesselladosfueron emitidossin interrupci ón por cuatro bieniosdurante ochoaños (1792-1799).
14 5
Carlos IV tuvo además otro modelo en su escudo que entró en vigencia a partir del siglo XIX, el de las Armas Reales de España, basado en la parte central del de Carlos IH. Esto se puede apreciar en el bienio (1802-03)292. Escudodel rey Carlos IV, bienio 1802-1803
Para el sello real el contorno de este escudo vuelve
a
ser
una circunferencia con
la
inscripción del nombre del rey alrededor del escudo, con la corona y el collar del Toisón de Oro (menos el del Espíritu Santo), pero esta vez las insignias yacen sobre un manto2939 4 ,2 de cuyos bordes laterales caen motivos vegetales. (papelsello 40)294
En adelante, la habilitación de los papeles sellados sólo indicaban, el bienio de vigencia y la rúbrica correspondiente. Carlos IV no tuvo fortuna en su reinado, es más, ñrmó un tratado de reparto de Portugal con Napoleón Bonaparte que lo hizo impopular, motivo por el cual se dio el motín de Aranjuez a cargo de los partidarios de su hijo, por lo que se vio forzado a abdicar en favor de éste.
292 No seen contró en laseriepapel emitido pareelbienio 1800-01,tansolohabilitados, 293 El uso del manto estádestinado sólo alas más altas dignidades. 294 Estemodelo se usó en los tres bienios siguientes hastael bienio 1808-09 (verificadosen los sellos2o, 3o y4o), incluso para el bienio de I8S0-I I, que nole correspondió, pero quetuvo su explicación en la inestabilidad políticasurgida en el períododeFemandoVil.
$ 146
3.3.7 Jersiand© VH, 1808-1S24293* El 19 de marzo de 1808, Fernando VII asume la corona, pero Napoleón lo obliga a devolverla a su padre en Bayona el 6 de mayo de ese mismo año; en menos de una semana, el 10 de mayo, Carlos IV cede la corona a Napoleón, quien coloca como rey a su hermano, José I Bonaparte (18O8-13)290. En el virreinato del Peni Fernando VII fue jurado el 13 de octubre de 1808, considerándosele como “el rey cautivo” 297. Estos hechos se reflejaron en los papeles sellados. Los primeros años se siguieron utilizando lo s papeles sellados
del antecesor298; la habilitación
correspondiente, carente del resello real, fue una inscripción con el nombre del rey, la habilitación para el bienio vigente y una rúbrica299. Para el bienio 1808-1809 se presentaron tres modalidades diferentes. La primera lleva el siguiente tipo de sello:
Para el Redacta de S. M. S£ Sepor Dop Serpapdo M Para los Rpos de 1808 $ 1800 [rúbrica sellada]
La segunda habilitación fue manual, escribiendo el nombre del monarca, el bienio y la rúbrica300. La tercera forma de validación consistió en elaborar un m T rabajó con losvirreyes: Fernandode Abascal,Joaquín dePezuelayJoséde la Serna. 2%José I tambiéntuvo un escudocom o monarca español, pero este nosedifundió en elPerú, estosedebió a lafidelidad que demostrara el virrey Fernando de Abascal y Souza, hecho que junto a su eficiencia política (hizo frente a las conspiraciones ylevantamientos duranteel cautiveriodelrey) mereció el reconocimiento de FernandoVil alotorgarle el títu lo deMarqués dela Concordia. Respecto alescudo,Gaviramencionaq uejó se I; “ Introduce cambios sustancialesen el escudo: divide el escudo en seis cuarteles, I o Castilla, 2° León, 3o Aragón, 4° Navarra, 5o Granada y 6o las Indias, representado por dos esferas terrestres flanqueadas por las columnas de Hércules, y añadeun escusón [en el corazón] coneláguila [deo ro ] delos Bonaparteencampoazur". Gavira,2004:15, 297Mera,2003:16. 298 podían corre spo nde ra diferentes bienios anteriores. 2,9 Cabe recordar que el reselloprovisional que se hizo para iosbienios de los reyesanteriores, se hacíainclusocon un sello rea!(con escudo) quepodía correspo nder a unrey Habsburgo,acompañadode la habilitaciónpara elbieniovigente. A pa rtir de Carlos III, la habilitación sólo sehizo colocando el bienio de vigencia, sin resellar con o tr o sello real, siempre queelescudocorresponda al reyvigente. Asísucediócon ios primeros añosde Carlos IV, porque las armasdesu padre fueron las mismascuandotu vo sup ropio escudo. 200A GN , Real Audiencia, Causascriminales. Leg. 110,C. 132 1,f.181.
147
pequeño sello con el texto, “Años de 1808 y 1809” enmarcado en un rectángulo301’ 302. No obstante habérsele jurado lealtad al rey, su situación precaria con respecto a las colonias, se visualizó en el bienio siguiente (1810-11) cuando se emitió papel sellado con el escudo de Carlos IV, el mismo que sin resellar se revalidó con la frase: “ Para los Años de 1810 y 1811” y una rúbrica303, lo que observa con claridad en los sellos 3 o y 4 ° 304. Podría pensarse que se debió a la necesidad de colocar un sello real a la falta de uno propio de Fernando VII. La primera emisión de papel sellado con el sello real de Fernando VII corresponde al bienio 1811-12, en el tipo sello 4o; las armas utilizadas son las que su antecesor usó a partir del siglo XIX305, pero la form a del escudo es un poco más redondeada.
La
presentación
del
sello
real
de
Fernando VII de este bienio llama la atención por carecer del Toisón de Oro, que en su reemplazo posee dos ramas de laurel unidas en la base por un lazo. Esta es una clara evidencia del carácter liberal de la coyuntura política, puesto que la responsabilidad de este sello debió corresponder a la institución que se hizo cargo del gobierno de España y sus colonias
Escudodel rey FernandoVil, bienio 1811-1812
mientras esperaban el retorno del rey, las
301 AG N. Real Audiencia,Causascriminales. Leg. i13,C. 1368,f.6v. 302A GN . Real Audiencia,Causascriminales. Leg.89,C.1099. 303A GN . Real Audiencia,Causascriminales. Leg. 122, C. 1486,f.13. 3CMEstasdos clases depapel sellado, el sello 3o usadogeneralmente para los litigios judicialesy el sello 4o parauso delos indígenaso pobres desolemnidad,son losmáscomunesaello sedebeelque se pongan como ejemplo. 305 Determina rcon exactitud si los sellos preparadospara el período de“ cautiverio” fueron sugeridos oaprobados por el rey o por las Cortes deCádiz; o en su defecto, por lasjuntas deGobierno creadas en América, es un asunto que el material empleadopara el presente trabajo no permiteestablecer. Según el “ Libro nuevo manual de cargo ydatade las entradas de pape! sellado...” que corre desde 1662 hasta 1675 (AGN. H-3 200), se sabe que el pape!, tanto en blanco como sellado,pro venía deEspañayT ier ra Firme,deseguro quelossellosd ebieron llegarde España parasellar lospapeles blancos, según la datadel mismo libro, delalmacén se distribuíaalresto delas ciudades, enviándoles inclusofárditos con sellos para resellar. Documentación semejante que ayude a dilucidar lo que sucedió en el período correspondiente a Fernando VI! no se encuentra en las serie Papel sellado del AGN. Es posible queexistan en otras, en todo caso cabe esperarlosfrutos delalabor desusarchiveros.
148
de Cádiz, que dio clara demostración de abrazar sus ideales con la Constitución de 1812306. Desde 1640 los papeles sellados se expidieron con el sello real corona y Toisón de Oro; la ausencia momentánea de este último elemento debió ser un peligro para la estabilidad política de los dominios de España. España. Los miembros miembros de las Cortes de Cádiz debieron entenderlo así, lo contrario habría dado lugar a serios conflictos que habrían rebasado el nivel político y rozado el nivel social con imprevisibles consecuencias. El modelo de 1811-12 solo se usó una vez; sin embargo, se emitieron dos modelos modelo s de papeles sellados anuales, sin escudo. Para 1812 con la inscripció inscr ipción: n: “ SE SELL LLO O TERCERO. SIRVE PA PARA RA EL REYNAD REY NADO O DEL S. D. FERNANDO FERNAND O VIL EN EL AÑO DE 1812. [Rúbrica]” [Rúbr ica]” , sin sin la cruz ni el precio del papel; para para 1813, encabezada por la cruz, seguida por el precio “Dos reales” y debajo, la frase: “SELLO Tercero Sirve para el Reynado del S. D. Fernando VII en el Año de 1813.
[Rúbrica]” [Rúbr ica]” , presentación que se
observa en el papel sello 4 o.
Entonces
cabría establecer el por qué. Una hipótesis podría ser que tanto los españoles como los criollos en las colonias sabían perfectamente que Fernando VTI no reinaba, y auguraban un cambio político que los favoreciese, el papel sello 3o, destinado a ellos, indicaba Selloreal Selloreal de FernandoVil, FernandoVil, bienio 1811-18 1811-1812(pape 12(papel l sello4o sello4o))
esta coyuntura. No obstante, el papel sello 4o no podía extender ese lujo informativo a los indígenas (cuyo número y desazón
bastarían para plegarse a un movimiento insurreccional), las consecuencias serían negativas para el sector dirigente, ya que veía en el desarrollo de los acontecimientos, la posibilida posib ilidadd de ganar ganar más más autonomía del poder local. Ésta Ésta 306Caberecord ar quetant o lacoro lacoro na delaurelescomo delaurelescomo elg elg orro frigio fueron distintivosde la RevoluciónFran RevoluciónFrance cesa sa(¡7 (¡7 89), es decirel pensamientoliberal pensamientoliberal quese impuso afinesdelsiglo XVIII. A más dedosdécada dedosdécadas, s, la relaciónes pertinente dado dado losvínculosp olítico s delas dosnaciones.
149
pudo ser la razón por la cual el sello 4 o se presentó siempre con el escudo, al margen del texto te xto elabor ela borado ado para pa ra su habilita habil itaci ción3 ón30 07. El Fernando
30
de
VII
diciembre recuperó
de el
1814, poder
absolu abs oluto3 to308; en adelante puso pu so en vigen vi gencia cia su escudo en los papeles del bienio 1814-15, similar al del bienio 1811-12, con variantes en los ornamentos y el el contorno. conto rno. Además de tener la corona, recuperó el Toisón de Oro y el manto que impusiera su padre; el contorno con su nombre lo conformaron
bienio ¡814 -181 5(papel 5(papel 561104°)
dos circunferencias concéntricas. En el bienio 1816-17 Fernando VII mantiene el escudo, esta vez orlado, pero omite el manto.
Sellorealde Sellorealde FemandoVil, FemandoVil, bienio 1816-1817(papelessello 1816-1817(papelessello 3°y4°)
Sellorealde Sellorealde FemandoVil, FemandoVil, bienio 1818-181 1818-1819(pape 9(papelessello2°, lessello2°,3° 3° y4°)
307 Es necesario necesario record ar queel estudio estábasa estábasado do en la revisión revisión completa completa deunasola seriedel AG N (Rea (Real l Audienci Audiencia, a, Causa ausasCriminales sCriminales), ), en las las otras series series, , dichatarea dichatarea sólocumplió unpapel unpapel decomprobación. Quedaabierta entonce entonces, s, la posi posibi bili lida dad d de que que un posterior estudi estudio o más ampli amplio o verifi verifique que si esta esta afirm afirmac ació ión n se pued puede e gene genera rali liza zar r para ara toda todas s las instituci instituciones ones, , otalvez,en otalvez,en otras regiones regiones delvirrein delvirrein ato peruano. peruano. 300 Mera, 2003:16.
150
Como se observa, Femando VII, a diferencia de sus antecesores borbones, impuso un nuevo diseño por bienio; el correspondiente a 1818-19 se basó en el de su padre (ver Carlos IV 1802-03), con manto y hojas de acanto cayendo de los costados. A partir par tir de 1820 el Perú apuesta apuesta decididamente decididam ente por po r la independencia indepen dencia políti pol ítica ca y la coyuntu coyu ntura ra se torna tor na más álgida300.
Aún Aú n así, la emisión emisi ón del papel
sellado sigue su curso con la puesta al mercado de papel sellado para el bienio 1820-21, en el que, manteniendo las armas, cambia en la forma del escudo, guardando un parecido al de Carlos III3 9 010. 3
Tambié Tam bién n varía var ía el cont co ntor orno no;; la
circunferencia simple se se convirt con virtió ió en una bella greca. greca.
Escudodel Escudodel rey FernandoVil, bienio 1820 1820-21 -21
Al A l
cabo
de
cuatro
años
de la
primera proclama, la Independencia del
Sello real deFernandoVil , bienio 1820-18 1820-18 2 1 (papeles (papeles sello 3oy 4°)
Perú no estaba consolidada; ésta solo tuvo sentido sentid o en Lima (2 8/ V II /1 82 1) 311, en las ciudades ciud ades del norte, no rte, mas no en el sur, pues en Cusco el virrey vir rey La Serna tuvo su últim o bastión bas tión hasta diciembre diciem bre de de 309 El día día del del desemb desembarco arco de José José de San Martín Martín en Parac racas, el 8 de setiembre setiembre de 1820, ese ese mismo mismo día día en Pisc Pisco, o, es declarado declarado el prim er día del del prime r añodel Perú Perú Independ Independiente iente, , así le sigu siguen en paulatiname paulatinamente nte las las proclama proclamas s en diferentes diferentes ciuda ciudade des,vil s,villas lasy y pueblosdel pueblosdel Perú. Perú. La primeraenimportanciafuelaocurrida en laciuda laciudaddeTr ddeTr ujillo el29 el29 dediciembrede 1820 1820,lideradapo ,lideradapo rsuIntendente, BernardoTagíey BernardoTagíey Portocarre ro, marquésdeT marquésdeT or re Tagle,condede Tagle,condede la Moncloa,quien Moncloa,quien en 1823se 823se convertiría en el prim er PresidenteConstitucionaldelPer PresidenteConstitucionaldelPerú. ú. 310 Estese Esteseparece parece mucho al escudode laRepúblicaPeruan laRepúblicaPeruanaqueestávigente aqueestávigente hastaeldía hastaeldía dehoy. 311 A pesarde pesarde la proclamade 1821 1821, , Limafue Limafue "ocupada por ios realista realistas s en dos oportunidades: la primera desde desde el 13 de junio hasta hasta el 16 de juli o de i823, i823, y la segund segunda a desde el 27 def ebr ero de 1824 hasta hasta 3 días días antes de la capitulación de Ayacuchoel 6de diciemb re de 1824"(Mera, 2003:17). 2003:17).
15 1
1824. Por ello, mientras en Lima los papeles fueron fuer on resellados co n un escudo del Perú Independiente sobre el sello real y con la indicación de la validez del bienio3 3 2 113* , en el Cusco el uso del papel sellado
seguía
dentro
del
marco
colonial, donde en el bienio 1824-25 entró en vigencia un papel sellado notoriamente diferente a las anteriores; el escudo que mantuvo sus mismas armas
adoptó
una
forma
circular
encabezado por la corona y rodeado por el Toisón de Oro, mientras que el Escudo Escudodel del reyFernandoVil, reyFernandoVil, bienio 1824-1825 1824-1825 (papel sello3°)22 sello3°)220
contorno volvió a ser una sencilla circunferencia bordeando el nombre del monarca en ejercicio,
El contorno del último papel sellado del período colonial es diferente a todos los anteriores. Será Será la la primera y única vez que que se coloca el escudo con su contorno al centro del encabezamiento y la inscripción enmarcada en un rectángulo ornamental con líneas claras y definidas.
Llama la atención atenció n el el
contraste entre la simplicidad del contorno del escudo con respecto al contorno del epígrafe, este último más grueso y ornamentado, incluso las letras son más gruesas que las del nombre del rey. Se puede afirmar, luego de haber visto cada escudo con su correspondiente contorno, que el papel sellado es sensible a las coyunturas políticas y refleja en conjunto conju nto el orden ord en o el caos del reinado rein ado de turno3 tur no313. La identi ide ntific ficaci ación ón de un tipo escudo y contorno con un rey o un período histórico ha debido ser una de los puntos de apoyo usados por la población en general, sobre todo entre los analfabetos y pobladores de las regiones más alejadas de las ciudades.
312 Porejemplo, Porejemplo, elpapelsellado elpapelsellado delbienio 1820-2 1820-21,habilitadopar 1,habilitadoparael ael bienio 1822-2 1822-23 3 (Archivo Histó rico delIns tituto Riva iva Agüe ro de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Perú. Petición deFabián deFabián Gómez al Di re ct or dela Casade Casade Moneda. Moneda. Lima, Lima, agostode agostode 1823,112 “). 313 La varied variedad ad de los los pape papele les s sella sellado dos s en esta esta coyuntura coyuntura se hace hace más compleja compleja porque en el ínterin ínterin del reinado reinado de FernandoVil, FernandoVil, simultáneament simultáneamente e estuvieronen circulaciónpape circulaciónpapeles lessella sellados dos habilitado habilitados s queoriginalmentefueron preparados preparados paraCarlos paraCarlos IV,parael IV,parael bienio 1806-07po 1806-07po r ejemplo, ejemplo, que se utilizaronincluso en el bienio 1820-2 1820-21. 1. AGN . Real RealAudienc Audiencia, ia, Caus Causascriminales. ascriminales. Leg. Leg. 129. 129. C.1571 C.1571,f.72. ,f.72.
152
3.4 £as Inscripciones
Generalmente, lo más notorio en el papel sellado es el sello real (el escudo real y su contorno ornamental), pero si se pone atención en la cruz, el precio y texto, se advertirá que el arte también está presente a través de estos últimos, sobre todo en el texto, cuyas letras guardan belleza y singularidad, pues cada bienio se diferenció del anterior y reflejó armonía en la composición de sus elementos. Es sabido que en los 185 años (1640 (16 40-18 -1824 24)3 )314 en que rigió rigi ó el uso del papel sellado coloni col onial, al, las emisiones no fuer f ueron on regulares315. A diferen dife rencia cia de los sellos reales (27 aproximadamente), los tipos de letras tuvieron más variedad (43 aproximadam aproxi madamente3 ente316) .
Las letras en el siglo XVII presentan más creatividad, creativida d,
laboriosidad y cuidado en el diseño; en el XVIII son más sobrias y conservadoras (en tamaño tamaño y forma externa). externa ). Los diseños de los papeles sellados sellados del siglo XVII de los austrias fueron utilizados con frecuencia en el XVIII de los borbones, prueba de ello es la carencia de diseños en ciertos períodos, cuando el papel de origen está preparado con sello e inscripción de un bienio anterior, o cuando, contando con el sello real correspondiente al monarca en actividad, se acompaña de un tipo de letra de un período anterior. La sobreprodu sobrep roducción cción de papel sellado sellado dio lugar a los “habilitados” o resellados, los que se verán más adelante, que no reemplazan una inscripción sino, como su nombre lo Índica, valida un papel sellado caduco. De este modo se ha podido verificar 79 períodos de papel sellado, pero identificar solo so lo 43 diseños diseños desde desde el el bienio bien io 1640-41 hasta el bienio bien io 1820-21. 1820 -21. Por lo general el tipo de letra empleado para un bienio se repite en los diferentes tipos de papel sellado sellado (sello I o, S. 2 o, S. 3 o y S. S. 4o). 4 o). En muy pocos poc os casos se hallaron algunas notables diferencias, las mismas que se han colocado en este muestrario.
La mayoría de las letras pueden ser ser inscritas en dimensiones
cuadrangulares (salvo la “i” y en algunos casos la “s” y la “ñ”). « Debereco rdarseque el papel papel selladoconel selladoconel sellorealtuvo vigenci vigenciaen aen Cusco Cusco hast hasta a 1824 1824, , noasíen Limaqueproclamó Limaqueproclamó la Independenciaen Independenciaen julio de 1821 1821.. 3!SVer; Contracarátuia. 316 Ubicarlacasi Ubicarlacasi totalidad delostipos deletras (no puededescart puededescartarsela arsela existenci existencia a deuntip o más) más) exigió deunaespe deunaespecia cial l acuciosidad,estos, acuciosidad,estos, cuya cuya búsqueda búsqueda se basó basó en los expedientes de ía Real eal Audiencia. Causa Causas s criminales y Causa Causas s civiles de! de! Arc hiv o General de la Nación, hansido hansido confr ontad os con documentos de otr os fondos.
15 3
En las emisiones del papel sellado, la letra gótica317 no prevaleció, pero es posible encontrarla en los textos religiosos de la Iglesia, y en el caso del papel sellado, en los dos primeros bienios; la que si predominó, como se verá más adelante, fue la letra humanística318, que sirvió de base para los diferentes diseños que vienen a continuación:
*
© d i o p r i m e r o , ? £d m c y jgluatro lea le s >2lflo s© e
Y©eífdento9 f 0uarenu >t dbílt ^eífckntoa
'f&aátcnra y Brío, Bienio 1640-1641 (sello I o)319*
El primer bienio tiene letras góticas pequeñas de trazos delgados y artísticos, en ellas destaca la presencia de mayúsculas al inicio de cada palabra seguida de las minúsculas.
La cruz que es sencilla, guarda el remate empleado en las letras,
como una V invertida. Esta emisión, por ser la primera, es posible apreciarla con toda nitidez, lo que no se podrá apreciar con los diseños posteriores. El precio no se encuentra por estar inscrito en el contorno del sello real.
Veinte Yqoatro reales.
S a x i®
y
s m s s & a s t w . 'o e s y v t r ®
íjp ü st 'c'a t® «RjSfffinLas , s t7 i® s 3>@
y B&sm®nrc
sy y y y y
3S.3X SLervcst
3
gxtm> sa u s a s a s v " c 't & e . s . Bienio 1642-43 (S.!°)
317 Laletra gótica, es reconocida como propia delosgodos (población alemana),f ru to delos continuos contactoscon la cultura romana. La historiadora Ada Arrieta describe la escrituragótica de la siguiente manera: “ Es la Carolina en el último período desu evolución, las letras empiezanaperd er su redondezylos perfiles curvos se convierten en angulosos y cortantes, con ornamentos superfluos. Es una escritura mayúscula y minúscula y es libraría y documental". Arrieta, 1996:7. Esta letra además fue “ Muy popular a partir del siglo XIII, (...). Las letras son extremadamente angulosas y comprimidas. Lo que se pretendía, no era la legibilidad del texto, sino que las palabras se conviertan en sofisticados patronesdediseño. Las letras pierden entonces su importanciaparadar un impactovisual de la palabra como un todo ” . KimeraCaligrafía,2004:i. 316 La letra humanísticaesla que influyó en las inscripciones de los papelessellados, es más claray redonda, sobre estase afirma: “ En el ocaso de la Edad Media, los humanistas italianos, quienes estaban deseososde deshacerse del goticismo, renovaron el interés po r la antigua Roma incluyendo el alfabetoromano. Experimentos basados en estealfabeto, dieron comoresultado loquehoyconocemos como letrahumanística” . KimeraCaligrafía, 2004:1. 319AG N. RealAudiencia,Causascriminales. Leg. 3,C.6,f.6(. Año, 1661, 330AG N. RealAudiencia, Causas criminales, Leg. 3,C.6,f.176. Año. 166!.
154
En el segundo bienio las letras, también góticas, son más grandes, todas en mayúsculas, redondeadas, onduladas y ligeramente sesgadas; a diferencia del bienio anterior, cada letra tiene en su interior delgadas líneas paralelas verticales que cubren el vacío; por fuera están orladas con ribetes que simulan ser hojas nacientes que le que otorgan cierto movim iento. La cruz, de la misma manera, destaca po r su ornamento delicado acorde a los ribetes de las letras. En este bienio se coloca po r primera vez el precio debajo de la cruz con letras sencillas. Este patrón, que usa sólo mayúsculas y cuyo tamaño es de 5 o 4mm. de alto x 5ruin, de ancho aproximadamente, (la letra “ S” que la encabeza por razones estéticas es más grande), es el que predominará hasta la primera década del siglo XIX. A l cabo de 50 años se vuelve a usar este mismo diseño, en el bienio 1694-1696 (sello 2 o) 3213 2 .
Veinteyquattoreales.
(TOiOS&S(/Q£eS,¿CUPOS8)GOGJ£XPSG3S G3£SP¡rOS ÍT Q/DiíCO i.eSPTdC TP Q /VJZ srtR >Q ,xp$ e3 SC 3Q $p srQ$ ¡y*
s r j c o p c j s r c o . B i e ni o ¡ 6 4 4 -4 5 ( S . f° )
Inspirado en motivos vegetales con hojas delgadas (como sacadas de una enredadera); en este sentido los diseñadores fueron más sobrios y audaces, al punto de tener cada una de las letras una inclinación que hace evidente lo antes dicho por carecer de las líneas paralelas en su interior, tan solo una o dos “ hojitas” al interior de las letras redondas.
La cruz guarda el mismo diseño
ornamental en cada brazo de ella. Las letras del precio son semejantes a las del bienio anterior.
321 Para la emisión del trienio 1694-96se repitió elmismotipo de letra, elusode un tipo de letraanterior nosignificó el uso del selloreal alqueacompañabaoriginalmente, siempreseprocurará usarelsello real delrey vigenteo, denoserasí, unescudodiferenteparano rep etir eldiseñoanterior. Porestarazónesquesepresentaaparte laserieepigráfica, 322A GN. RealAudiencia,Causascriminales. Leg.2,C.3,f,8 l. Año, 1657.
155
4» ¡Barcal
SE L E Q T & ftCE R Q , V'NB.EA.L, AÑOS D E M I L Y S E I S C IE N T O S Y Q V A R E N T A Y S E I S . Y Q V A R E N T A Y S IE T E . Bienio 1646-47(S.3°)333
Al cabo de un lustro, las letras góticas no serán la base de diseños posteriores. A
partir del bienio
1646-1647
la estructura
de las letras
es sencilla,
caracterizada po r trazos verticales y rectos. En este bienio los trazos verticales y diagonales están conformados por dos líneas paralelas limitadas a los extremos por pequeños segmentos que sobresalen un poco. El tipo de letra que se usa para indicar su precio (debajo de la cruz) no es sencillo, se ha tornado gótico. Si en un principio se utilizó la letra gótica en la descripción y sencilla en los precios, a partir de este bienio esta presentación se invierte; las letras góticas pasan a indicar el precio y las simples con orlado variado indican la descripción o contenido, lo que se podrá ver incluso hasta en el siglo XIX. Otros bienios en que se usó este tipo de letra son: 1774-1775 (sello 2 o) y 1794-1795 (sello 2 o).
•f*
ISítfiiittfyquatrorea-leo* S e í X Q PR IMERO ,_ Y E í N TE Y OyATRQREAEES ,ANQS S>EMíL Y SE ISC IE N TO S Y <2V A R E N T A Y O CH O) Y Q . VA R EN T A Y N V E V E . , a . 32 4
Bienio 1648-1649 (S.i )
Este tipo de letra es más festivo, manteniendo las mayúsculas; en cada letra hay en el centro una o dos pequeñas circunferencias (una por cada trazo) que sobresalen. La cruz también posee el mismo ornamento, una circunferencia en el centro de la misma.3 4 3 2 323 AG N. Real Audiencia, Causascriminales. Leg. 2, C.3,f.39v. Año. 1657. 324AG N. RealAudiencia,Causascriminales. Leg.3, C.6,f.173, Año, 166!.
156
También se utilizó en el bienio: 1792-1793.
Bnreal.
S j f t b TEUGEEO , VHUEÁt, ANOg DÉ MXL Y SEXSGXEHTQS YGXNaVENTAYGXNOV'EN'I'A Y Y N O . ^iC
Bienio !650-1651 (S.3°)
La letra de este bienio se caracteriza por tener, al comienzo y al final de sus trazos, terminaciones dobles curvas y divergentes, como si se tratase de dos “hojitas” nacientes. Es una letra sobria y a la vez cálida por el efecto de sus formas. Los trazos de la cruz guardan correspondencia con ella. Se usó además en los bienios: 1688-1689 (sello 3o) y 1692-1693 (sello 3o).
tSU t t z l
A N O S B E M U /Y S 'B I S C I B N T O S '
Y C X N a Y E K T A Y D O S Y C l N a T b n t a y t r e s
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Bienio (652-1653 {S.3°)3 3 5 226
Esta vez el diseño presenta cuatro (04) pequeños círculos que se encuentran al interior de los trazos verticales o diagonales.
La cruz posee estos mismos
ornamentos.
325A GN. RealAudiencia, Causascriminales. Leg.2,C.3,f.48. Año. 1657. 326A GN. ReaiAudiencia, Causascriminales. Leg, 2, C.3,f.55. Año. 1657.
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Y C IS C O . Bienio 1654-!655 (S. 30)3279 2 8 3
Estas letras son similares a las del bienio 1648-49; la diferencia radica en que son dos las pequeñas circunferencias colocadas a los extremos de los trazos. La cruz también tiene el mismo diseño por lo que carece de ornamento al centro. En el papel sello 3 o de 1739 se empleó el mismo diseño.
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Bienio 1656-1657(S.2°)
El bienio 1656-1657 presenta dos tipos de letras. El primero posee un rombo al centro de cada trazo. La cruz sólo posee un rombo al centro.
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XSIETE.
Bienio 1656-1657(S.3”)
327AGN. 328AGN. 329AGN.
158
Real Audiencia, Causascriminales. Leg. 2, C.3,f.24v. Año. 1657, Real Audiencia, Causascriminales. Leg. 2,C.2 A,f.I . Año.1656. Real Audiencia, Causascriminales, Leg.2,C.3,f.206, Año,1657.
El segundo tipo de letra es lineal, más sencillo respecto a todos los anteriores; como único distin tivo posee trazos diagonales con ligeros remates curvos.
La
cruz es de Malta con los extremos anchos. La inscripción del prec io del papel está en letra simple. Otro bienio que empleó este diseño fue 1741-1742 en el papel sello 3o.
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T #S V SISM IC A T S&gJBNTA Bienio í660-1661 (S.3°)
El bienio 1660-1661 también presenta dos diseños. El primero es más elaborado, pues el ornamento se encuentra en el trazo de las letras, elaborados con paralelas cuyas terminaciones dobles curvas y divergentes están presentes incluso en la parte central de las letras redondas, lo que proporciona volumen a las letras. Este diseño también se usó en el trienio 1705-07 (sello 2o) y el bienio 1745-1746 (sello 4 o).
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331
He aquí la letra más sencilla de todas, trazos lineales rectos y curvos, de acuerdo a la letra con un tamaño ligeramente reducido con relación a los demás (4 x 1 3 0
330AG N. RealAudiencia,Causascriminales. Leg,2, C.3,f.4 11, Año. 1657. 331 AGN. RealAudiencia,Causascriminales. Leg.2,C.3,f.425. Año. 1657.
159
4mm)
Tanto el precio del papel como la cruz que encabeza el papel sellado
guardan correspondencia en el diseño. Este tipo de letra fue requerida en varias emisiones posteriores, probablemente debido a la sencillez y claridad de su diseño, al cual se le hicieron algunas variantes casi imperceptibles, como por ejemplo reducir el espacio entre las letras (1741-42). Otros períodos en los cuales se empleó este tipo de letras son: 1662-1663 (sello.3o), 1741-1742 (sello 4o), 1745-1746 (sello 4o), 1747-1748 (sello 4o), 1753-1754 (sello 4 o) y 1812 (sello 3 o) 332,
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Bienio i663-1664 (S.2°)
Para el bienio 1663-1664 las letras son hechas con trazos contorneados cuyas terminaciones tienen forma de ganchitos; el centro de cada una es adornado con trazos curvos que forman puntas, dando la impresión de estar atravesadas por una flecha. En general es una letra con gracia y movimiento. Eos brazos de la cruz están rematados por flores de lis, icono de realeza. Otro bienio en que se empleó este diseño de letra es 1796-1797 en papel sello 4o.* 3
En esteañola inscripción fueelúnico contenido delpape! seilado, careciódecruz yescudo,p or loqueelte xto estuvo en el centro acompañadodeunarúbrica también sellada, ladifícilcoyuntura políticase reflejó en laemisiónde 1812 (S.30). La nitidezqueofrece la impronta deesepuededeberse a laelaboraciónde nuevostipos (matrices) basadosen el modelo m
usadoen el bienio 1660 -61. 333AG N. RealAudiencia,Causascriminales, Leg. 3,C.6,f,38l. Año. 1661.
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Bienio 1665- i666(S.I°)
Las letras de este bie nio poseen estructuras semejantes al estípite. La cruz Que encabeza el papel mantiene el mismo ritmo. Otros bienios: 1667-1668 en papel sello 3o y 1776-1777 en sello 4 o.
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TENTA YSETENTA Y VN© Bienio 1670-1671 ($.4°)'
He aquí un diseño original que tiene un efecto diferente; los trazos de cada letra son acuartelados330, alternando blancos y negros. Este efecto se repite en la cruz. Otros bienios: 1711-1714 (sebo 2o)33 6 537, 1737-1738 (sello 4 0)338, 1772-1773 (sello 2o) y 1804-1805 (sello3°).O tros bienios: 1711-14 (S .2°)339, 1737-38 (S .4°)340, 1772-73 (S.2°) y 1804-05 (S.3°).
AGN. Genealogías. Leg. 2, C.37, f.23. Año, 1696, Para el bienio !667-68 (S,2°): AGN. Real Audiencia, Causas criminales. Leg.4, C.13,f.22. Año, 1672. 335 AGN . Real Audiencia, Causas criminales. Leg. 4, C.14,f.97. Año, 1674. 336Término que corresponde a lostipo sde particionesdeunescudo. Las letrasrecuerdan a la imagen deun arlequín. 337 ¿Se puso cuidado enseleccionar una letra decorativa po r estardestinadaparac uat ro años? 330 Ladiferencia se encuentra en la cruz, queno guardael mismomodelo. 339 ¿Se puso cuidadoen seleccionar una letra decorativa po r estardestinadaparacu atro años? Ladiferenciaseencuentraenlacruz,quenoguardaelmismomodelo.
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A fro s B E M íE Y SEISCIENTOS Y S E T E N T A YDOS Y S E T E N T A YT B.E S Bienio !672-I673 (S.3°)
741
La matriz de las letras del bienio 1672-1673 posee trazos gruesos oscuros, rectos como curvos, cruzado po r diagonales blancas. El efecto a la vista de la impronta produce movimiento, el cual también se aprecia en la cruz. Otros bienios: 1768-1769 (sello 2o y sello 4o) y 1802-1803 (sello 4o).
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74?
El bienio 1675-1676 presenta letras voluminosas cortadas en sus trazos con eslabones circulares presentados en perspectiva aérea. La cruz posee la misma característica. Otro bienio: 1754-1755 (sello 2o y sello 4 o). * $t« teaL
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ñ o s D E M i l. Y SE IS C1E H TO SY S E T E f JT A Y li V E V E . O CH EN * T A . X O C H EH T A Y V N O ' Bienio 1679-1681 ($.3°)3 4 2 1 341 AGN . RealAudiencia,Causascriminales. Leg.4, 0 4 , f.56, Año. 1674. 342AG N. RealAudiencia, Causas criminales. Leg.4, 0 4 , f.90. Año. 1674. 343A GN. RealAudiencia,Causas civiles. Leg. 188, C.7 I4, f.126. Año. 1680.
162
El diseño de este bienio tiene un referente en el diseño del bienio 1652-1653, que se caracterizó por tener cuatro o más círculos al interior de los trazos de sus letras, con la diferencia de que esta vez no están dentro del trazado de las letras, sino que son cinco círculos los que forman los “trazos verticales” por sí mismos cuyas terminaciones constan de pequeñas rectas que le dan un sentido compacto. Sólo en los trazos curvos se hizo uso de la línea delgada, en el caso de la letra “V” se nota la combinación de un trazo compuesto por círculos y un trazo lineal. Las letras se ven recargadas y poco ñrmes. La cruz guarda el mismo diseño. Otro bienio: 1780-1781 (sello 4o).
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Bienio 1682-1683 (S.3°)
Aquí se tiene un diseño simple que tiene como distintivo al centro de los gruesos trazos negros, un pequeño rombo, el que no es posible evidenciar con claridad, pues en algunos casos parece un círculo o un destello de luz que brota de las letras. La cruz en este caso parece destacarse como un destello de luz. q*
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Bienio 1685-1687 (5.3°)
El diseño de esta letra presenta la partición de cada una de ellas por la mitad (con excepción de la letra “N” que está unida por los trazos lineales laterales). MA GN , RealAudiencia,Causasciviles. Leg. 200, C.76 I,f,322, Año.i685. 3J)SA GN . RealAudiencia,Causasciviles. Leg. 188, C .7I4,f.226. Año. 1687.
16 3
Pero esta partición no es simple, pues la aproximación de los trazos partidos simulan ser pequeños puños dispuestos a juntarse. La cruz parece estar formada por flechas concéntricas. Otro bienio: 1718-1721 (sello 2o).
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Si bien la mayoría de los diseños de letras anteriores estuvieron enmarcadas en trazos rectos y gruesos, en este bienio se volvió al uso de letras curvas, de trazos delgados y que ofrecían movimiento, en este sentido son muy parecidas a las del bienio 1644-45. Pero los ornamentos de estas letras les dan la impresión de ser pequeñas enredaderas. La cruz que acompaña también mantiene el diseño de las letras.
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y fíete, y ochenta y o ch o. Bienio 1687-1688(S.4°)
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La preocupación en el ornamento de las letras ha descendido con el tiempo esto lo explica el presente tipo, uno de los más sencillos, tiene trazos delgados rectos M6AG N. ReaiAudiencia,Causas civiles. Leg.266,C.1000,f.130. Año. 169!. 3¿l7A G N . RealAud iencia,Causasciviles. Leg.226, C.1000,f.10!. Año, 1690,
164
y curvos, hecho bajo los mismos cánones observados para el bienio 1660-61, solo que aquí no solo se usaron las mayúsculas sino que éstas se combinaron con las minúsculas.
Las letras mayúsculas mantuvieron el largo original de 5mm.,
mientras que las minúsculas se redujeron a 3mm., el ancho de las letras varió desde el trazo de Imm. de la letra “ i” hasta 3mm. de la letra “ o ” . En realidad este tipo de letra es la que más se aproxima a la que se usa hoy en día en los textos editados. Esto explica el frecuente uso de este tipo de letra en emisiones posteriores. La cruz es también sencilla. Otros bienios: 1689-1690 (sello 3o), 1696-1697 (sello 3o), 1698-1699 (sello 3o), 1702-1703 (sello 4o), 1704-1705 (sello 3o), 1710-1711 (sello 3o), 1712-1713 (4 o), 1715-16 (S.4 °), 1731-32 (S.4 °), 1790-91 (S.3°) y 1813345 (S.3°) .
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Bienio 1731-1734 (S,2°)
Este es un modelo que tienen como base los trazos de líneas paralelas, las que han sido cruzadas diagonalmente por cuatro (4) líneas, así cada letra parece estar hecha por una soguilla retorcida3 4 9 3 850. La cruz también guarda esta figura. Otro bienio: 1810-11 (S.4°)
348 En ¡Si3 se usóeste diseñope ro lasletras son ligeramente másredondas,algoque uno pueden ot ar comparando ambas inscripciones con detenimiento. Esto puede deberse a lo mismoque en elaño 1812, cuando se usó el tipo de letras de 1660-61 (versiónsimple),en quesepuedein ferir queseprepararon nuevost ipos (matrices)enbasealdiseño delsigloXVII, 349A GN , Real Audiencia,Causascriminales. Leg.9, C.70,f.19. Año. 1741. 3so gn realidad, nodebería quedarcomo soguilla, pero el sellado haceque las aristas pierdan un poco dedefinición, dando esaimpresión.
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T R E IN T A Y a V A T R O . <351 Bienio 1731-1734(5,3°)
Correspondiente al mismo período, este modelo es mixto, en el que las letras, salvo los trazos rectos y curvos propios de su origen, no presentan uniformidad en el diseño, unas letras tienen apariencia de soguilla, otras parecen que sus trazos (paralelos) estuviesen partidos. En general es difícil establecer un patrón común.
La calidad aquí es inferior a todas las demás que tienen ornamentos
destacados. Probablemente la confección de este sello fue apresurada, en la que solo se tuvo en cuenta el crear un tipo de letra visiblemente diferente a los demás, salvando así los requerimientos administrativos.
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Bienio 1735-1736 (S.2°)
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Tienen un parecido al diseño del bienio 1675-76, con la diferencia de que esta vez no hay argollas sino aros colocados de frente en la parte central de las letras, que en algunos casos no reemplazan ni ocultan los trazos de las letras32 3 5 153. La cruz tiene el mismo efecto. Otros bienios: 1760-61 (S.2°) y 1784-1785 (S.2°)
351 AG N. Real Audiencia,Causascriminales, Leg.6,C.53,f.145. Año. 1736. 352A GN. Rea!Audiencia, Causascriminales. Leg. 8, C.65,f.142. Año. 1740, 353 Lamentablementeno pudimos hallaro tr o enm ejo rcondición.
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Año 1740 (S.3°)
Este modelo nos recuerda a aquel del bienio 1718-1721, solo que en vez de ser barras negras son blancas o huecas y que, en vez de estar separadas por la mitad, se unen. La cruz responde al mismo diseño. Otro bienio: 1798-99 (S.2°).
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T O S V f t V A R E i íT A Y TRES» V O. V A R E N L A ¥ O V A T R O Bienio i743 -i744 (S.20)33 4 555
Estas letras tienen la característica de poseer trazos en líneas paralelas y estrechas, por lo que se pueden confundir y pensar que es uno solo. Al centro y a los lados de cada trazo, están insertas unas puntas de ñechas en sentido divergente, o perpendiculares a ella, como en el caso de la letra “ S” . La cruz que sigue el diseño se presenta bien definida.
C ElLG Q.V'WO W QUMm ttt) ?Á m Mil c ET£C/£ívtoj ím ¿ 0 ; QVAaFNTA f $l£TE Y CETEOÉNIOÍ qvAaiwiA v o c h o Bienio 1747-1748 (S.4°)3S6 354AG N. RealAudiencia,Causas criminales. Leg, 11,C.117,f.25, Año. 1748, 355A GN , RealAudiencia,Causas criminales, Leg. 16,C,i 71,f,11. Año. Í753. 356AG N, RealAudiencia,Causas criminales. Leg. 11,C.109, f.47v. Año. 1747.
167
Este tipo de inscripción es la combinación de dos diseños: el segundo y más sencillo del bienio 1656-57 que se caracteriza porque son letras mayúsculas puestas en forma diagonal, y el segundo del bienio 1660-61 que también son mayúsculas y sencillas pero presentadas de manera vertical. La presentación no es buena, esto quizás se deba a que los encargados de hacer las improntas hayan utilizado las matrices originales del siglo XVII.
No presenta la cruz
correspondiente, una señal del apremio con que fueron hechos337.
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Bienio i75 2- i753 (S.4°)
Este diseño también presenta en el centro de las letras un corte. Los trazos son curvos y cóncavos en los flancos y rectos en los extremos, en el centro los lados se juntan. Es la unión de las mitades en el centro y se puede apreciar con cierta precisión en las letras redondas (O y Q), la intención en este sentido es clara, es decir, no se trata de letras divididas por una línea horizontal. La cruz, como en los demás diseños, responde al diseño de las letras.
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Bienio 1756-1757(S.2°)9 7 5 *3
357 Otra punto a considerar es que en este bienio, 1747-48, es que además de no tener cruz, se recurrió a un escudo Habsburgo, e! delbienio 1642-43 (S.2 o). 3SSAG N. RealAudiencia, Causascriminales. Leg. 18,C .2I2 , f.57. Año, 1756. 359AG N. RealAudiencia, Causascriminales. Leg. 66,C.771,f.17. Año. 1790,
168
Este es un nuevo diseño, una variante de las líneas paralelas (bienio 1646-47), solo que en vez de ser dos son tres, este efecto se da incluso en las líneas curvas. En los trazos verticales, las letras parecen estar compuestas por dos columnas. La cruz también guarda el mismo detalle.
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Bienio 1758-1759 {S.20)3e°
Este tipo de letra no tiene como estructura básica las líneas curvas y rectas, los trazos rectos parecen estar hechos por una gruesa gota de agua, y los curvos dos gotas que se unen, lo que le da redondez y cuerpo a las letras. Por ello es que la cruz está compuesta por cuatro gotas de agua. Otros bienios: 1782-83 (S.4°)
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Bienio 1762-1763 (S.3)361
Las letras de este bienio presentan cierto descuido en su elaboración, pero se nota la presencia de un diseño, que se basa en el ofrecido en el bienio 1682-83, el uso de rombos.
Aquí no solo se inserta un rombo, sino que se propone la
presencia de tres de la siguiente manera: la mitad de un rombo arriba (un
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36! A G N . R ea l A u d i e n c ia , C a us as c r im i n al e s. L eg. 5 3 , C . 6 2 0 , f . 39 . A ñ o , 1 78 3.
169
triángulo equilátero invertido), uno completo al centro seguido de la otra mitad (un triángulo equilátero).
El descuido en la talla de la matriz hizo que las
improntas no revelen la idea del diseño a cábalidad. La cruz, que generalmente mantiene el mismo diseño de las letras, permite con certeza despejar toda duda.
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S É S E H T A Y C im C Q Bienio 1764- !765 (S.3°)
En este diseño se vuelve al uso de los trazos gruesos que llevan inserto una figura como detalle ornamental, en este caso sólo una pequeña esfera suspendida en el centro sin tener contacto directo con el trazo. De esta manera las letras cobran movimiento y cierto aire festivo. La cruz respeta también la disposición del ornamento y los trazos.
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Bienio ¡766-17 67 ($,20)303
Esta letra no tiene un diseño muy original, sobre una base de letras hechas con líneas paralelas, el efecto lo produce una línea que las corta una a una transversalmente. El resultado es la formación de dos cuarteles por trazo. Las letras presentan esta vez solidez y firmeza, el mismo que refleja la cruz que encabeza la inscripción.3362 362AG N. Real Audiencia, Causas criminales. Leg.27, C.317,f,2v. Año. 1766. 363A GN . RealAudiencia, Causas criminales. Leg. 29, C.356, í.130. Año. 1769.
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w ® . Bienio !77 0-i771 (S.3°)
44
«* .
El diseño propuesto es muy parecido al que ofrece el bienio 1756-57, letras cuyos trazos principales están conformados por tres líneas paralelas, en este caso las líneas centrales no llegan a los extremos, dándoles así un sentido de volumen a cada una de ellas. En la cruz se aprecia este efecto con más nitidez.
*
oELAC SEGVNDO, SEÍS1ÍE ALES, ANOS DE MIL SETECIENTOS £ SETENTA Y OCHO, Y SETENTA Y NVEVE. Bienio 1778-1779($.2°)
En esta oportunidad se aprecia un diseño más sencillo.
■>(2tí
Letras mayúsculas
simples de trazos verticales gruesos que han sido partidos todos por la mitad. El efecto dificulta la lectura y da la sensación de que se ha intentado tarjar el texto. La cruz corresponde al diseño propuesto. Otro bienio: 1806-1807 (sello 3o).
3WA GN . RealA udiencia,Causascriminales, Leg, 3 i .0,380,f.45. Año. Í771. 365 AG N. Real Audiencia,Causascriminales. Leg. 69, C E O ,f.15, Año, 1791,
17 1
11,0
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C IE M E O S O C H E N T A 1 Í ¥ O C IIE M Y A ¥ S IE T E .
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T55LÍL© , AM®S 2*E M IE S®'?®* Bienio i78 6- 1787 (S.4O)306
Este es un diseño novedoso, el ornamento que se coloca al centro de los trazos verticales de las letras es un pequeño trébol de cuatro lóbulos.
Las letras
parecen estar vestidas con dicho ornamento y además brindan un aspecto festivo a quien lo observa. La cruz también tiene el mismo ornamento en el centro. Otro bienio: 1818-1819 (sello 4o).
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SEIX O TERCERO > VN REA L» ANOS DE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y NOVEN TA Y VNO. Bienio 1790-179! (S.3°)Se7
Este diseño corresponde a aquellos cuyos ornamentos están al interior del cuerpo de los trazos, en este caso divididos en tres, pero no por líneas verticales, sino a través de dos uves que se oponen dejando un espacio al centro que sugiere la presencia de una figura geométrica al centro con puntas laterales en los extremos superior e inferior. La cruz conformada por dos trazos, queda adornada con una estrella de dos brazos en sus extremos verticales y una en los lados laterales. 736
366A GN . Real Audiencia, Causas criminales. Leg, 56,C.650,f.70, Año. 1785. 367A GN . Real Audiencia, Causascriminales. Leg. 62,C.721,f.97, Año, 1788.
172
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SSEfXQ a Y A R Í O ,'^‘W & *VAE" S S £ 0 . A T O S 333E f S t
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Kvasvae. Bienio !80 8- i809(S.40)368
Similar al del bienio 1646-1647, la diferencia está en el detalle de los segmentos que rematan los trazos de las letras, que no sólo sobresalen, sino que se trasforman en ganchitos hacia adentro. Así las letras aparentan tener más volumen y ganan cierto movimiento. Estos remates curvos se aprecian también en la cruz.
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Un- qiurtclW LI/0,AS[GSD1MII í OOKOCSENr TOS Y OHCS,Y MIL OCHO CIEN T O S Y B QC S¡. Bienio 1Sí 1-12 (S.40)369
Por más de 160 años, las letras que predominaron fueron las mayúsculas de 5 x 5mm o de menor dimensión, en este bienio, el tamaño de la letra se verá modificado, no por el largo sino por el ancho, 6mm., es decir 5 x 6mm., razón por la que se verá claramente más grande con respecto a los tipos de letras anteriores. El diseño no es novedoso, es una variante del bienio 1648-49, en el cual no se incorpora una sino tres (3) pequeñas circunferencias espaciadas en los trazos de las letras, que dan la sensación de estar engarzadas.
Cada
circunferencia tiene a los lados una especie de piquetes que le dan al conjunto de la inscripción cierta vibración. Lo descrito es difícil de observar a simple vista, esto se debe a que probablemente la matriz usada haya estado demasiado gastada 368AGN . ReaiAudiencia, Causas criminales. Leg. 124,C.l 51 5,0 54 , Año. I8Í2 . 369AG N, ReaiAudiencia, Causascriminales, Leg. IOS,C.i 23 1,f.46. Año. 1804.
173
o a que la tinta usada fue muy espesa; razón por la cual el ornamento parezca tres círculos negros unidos entre sí. La cruz a diferencia de las anteriores, no parece guardar corresponden cia con las letras.
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q ü S N C I. Bienio 1814-15 {S.4°}'
En este bienio el tamaño de las letras es mayor, 6 x 6mm., el diseño es sencillo, trazos rectos y curvos conformados por dos líneas paralelas (en las verticales) que tienen una pequeña esfera negra en el centro (que parece ajustarlas a la vez). Sobresale el ornamento de la letra
al inicio. No se puede establecer si
la cruz guarda correspondencia con el diseño porque su tamaño es minúsculo en relación a la inscripción.
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OOKMStfiNTOS BHS2 1 S5E5S Bienio 1816-17 ($.4°)'
En este caso tenemos el mismo modelo del bienio 1814-15, más pequeño (4 x 4mm.) y en negativo, los trazos gruesos negros divididos por una esfera blanca, aquí la cruz si guarda correspondencia con el diseño, que no se nota por defecto en la elaboración de la matriz.7 1 3 0 370AGN , RealAudiencia, Causascriminales. Leg. 121,C .l 477 ,f.l76 . Año, 1811. 371 AGN . RealAudiencia, Causascriminales. Leg.53, C.6I5, f.l I3v. Año. í 783.
174
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ANOS DE MIL OCHOCIENTOS VEíNTff TVEWTETWO Bienio 1820-2i (S.4°)
Las letras son simples y pequeñas, de trazos gruesos y negros.
17 ?
Son las más
pequeñas de toda la serie, 3 x 4imn. por lo que se ven más anchas. La cruz, que también es pequeñita, no se puede apreciar con claridad.
3 .5 £o$ Sellos habilitadores Según la ley dada en Madrid, el 8 de diciembre de 163 83 2 773, para su seguridad, los 3 papeles sellados debían tener vigencia por un período máximo de dos años, además debían imprimirse otros por cada bienio. He aquí el fragmento que se refiere a este asunto: Y porque con la variedad y mudanza de las señales y caracteres de los sellos, se asegura mas su legalidad, mando, que los pliegos sellados con los dichos sellos, no puedan valer ni correr en las Indias por mas tiempo que dos años; y que para los dos siguientes se impriman otros, en la forma que pareciere mas conueniente374. La ley era clara. La idea fue cambiar las señales y caracteres de los sellos, es decir que en cada bienio el papel debía ser diferente pero, hacerlo efectivo no era del todo fácil.
Aunque no se ha podid o establecer con seguridad los
procedimientos a seguir para la producción del papel sellado en el Perú, menos los criterios y detalles técnicos que se tuvieron en cuenta para su aplicación, los 372AG N. RealAudiencia, Causascriminales. Leg. 1 4 2 ,0 7 84 ,0 5. Año. 1820. 373 Leyque manda la aplicación deluso del papel sellado en las “ Indias Occidentales, islas y tierr a firme del mar Océano, descubiertas, yquesedescubrieren" {Madrid, 8dediciembrede 1638). m A GN. Estancos,SerieC-14. Lima, Legajoúnico. Prematica en "qvesumagestadmanda,quedesdep rime ro de Enero del año 1640 en adelante, no se pueda hazer, ni escriuir ninguna escritura, ni instrumento publico, ni otros ..." (Ley. Madrid,8 dediciembre de 1648),f.3. ImprentaReal delas Indiasen 1639.
175
resultados demuestran que hubo dificultades para hacer los cálculos más aproximados para producirlos y distribuirlos según la demanda en las “ Indias Occidentales”,
Esto se puede deducir, pues abundan los papeles resellados
habilitados para períodos posteriores. Lo señalado deja evidencia que la producc ión de papel sellado excedió a la demanda.
El control de la emisión no obedecería a un previo estudio de
demanda.
Hay que recordar que la distribución correspon de al aparato
institucional, compuesto por una administración general que repartiría a todos el virreinato, en sus respectivos estanquillos, aunque no siempre la llegada de papel se hizo efectiva; no obstante, las cuentas que enviaban, por lo general permitían apreciar que sobraba papel, sobre todo de los tipos sellos I o y 2o, poco demandados, a diferencia de los sellos 3o y 4o los más solicitados. El papel sobrante tenía que ser devuelto a la administración central.
Los funcionarios
responsables debieron tener en cuenta dichos problemas. Por eso se explica la existencia de papeles habilitados a partir de 1648-49375 hasta los primeros bienios del siglo XIX. A lo largo de la Colonia hubo períodos de escasez o excedente de papel sellado en el mercado; ante la escasez, se debía sellar el papel blanco enviado jun to con los “ cuatro sellos abiertos de bronce” para tal fin. An te el excedente, se resellaba el papel sobrante para el bienio siguiente376.
Ambas operaciones
debían contar con la anuencia de un Acuerdo Real (virrey y ministros) tanto en Lima como en M éx ico377. Según la ley, las matrices para sellar el papel blanco vendrían de España, en cambio para las del resellado quedaban al criterio de las autoridades en las distintas jurisdicciones. Al revisar los expedientes judiciales coloniales a partir de 1640, se puede ver que la habilitación de los papeles sellados se hizo de diversas formas, cada una obedeciendo a la situación coyuntura!, tanto política como administrativa.
375 Semenciona estebienio porqu e deestebi enio set iene pruebadeun sellohab ilitad os no antes. 376Acápites 3y A deia Premática..., i639. VerapéndiceN° i . 377 En el texto se indica que también en las ciudades donde sus máximas autoridades tienen la misma "mano" que los virreyes,como: “ SantaFedel Nuevo Reino deGranadaen la provinciadetierra, yenlaislade Santo Domingo,paraella, ylos deBarl ovento, ytambién en laciudadde Manilade las islasdeFelipinas” , Premática..., 1639. VerapéndiceN° !.
17 6
Luego de identificar los sellos de origen y ordenarlos cronológicamente se tuvo que diferenciar el número de improntas (sello real y epígrafe) y desagregar sus partes (los sellos reales, sus diseños y los de sus respectivos contornos ornamentales; así como sus epígrafes y la variedad de diseños que presentan en cada bie nio ).
No
sólo
se encuentran
sellos de origen;
preponderancia de los papeles resellados o habilitados. preguntar:
además está la Lo que cabe es
¿Quiénes hici eron estos sellos habilitadores?, ¿dónde se hicieron?,
¿cuáles fueron los criterios para su diseño?. El papel sellado habilitado es un papel resellado, con dos improntas adicionales: una del sello real diferente al que figura en el papel sellado, y otra de la inscripción que indica el períod o de vigencia. Las improntas de los sellos reales fueron hechas con matrices utilizadas con anterioridad, mientras que las improntas de las inscripciones fueron elaboradas para el bienio correspondiente. Así, mientras que el sello real que debía imprimirse sobre el sello original, era un sello ya caduco, el pequeño epígrafe que indicaba el período de la habilitación era nuevo. La habilitación de los papeles sellados consistió, en hacer un papel sello I o válido para otro bienio.
Asimismo, un papel sello I o podía ser habilitado
como sello 2 o, 3 o o 4 o. Similar procedim iento podía hacerse con los sellos 2 o y 3o. Para poder apreciar como fueron habilitados los diferentes tipos de papel sellado y tener una idea de cómo fueron habilitados los papeles sello I o, 2 o, 3o y 4 o se tomaron en cuenta las muestras obtenidas de la serie documental que sirvieron como base para el presente estudio378, el resultado es el cuadro que sigue, que a pesar de presentar algunos vacíos, refleja la tendencia de las habilitaciones.
378 Loscorres pondie ntes a!A GN , la serie Causas Criminales de RealAudiencia.
177
Habilitaciones del papel sello Io Años
Sello 2o
Sello r
1640-i 641
Sello 3o
1658-59 1660-61
i642-1643
1658-59 1660-6!
1644-1645
1658-59 1660-61 1662-63
1648-1649
1656-1657
1660-61
1660-61
1711-1714
1745-46
Otro aspecto a destacar es que gracias a la calidad del papel de aquella época, estos podían ser habilitados 30 o más años.
H a b i l it a c i o n e s d e l p a p e l s e l l o 2 a
Años 1660-1661 1663-1664 1667-1668 1694-1696 1705-1707 1711-1714 1718-1721 1731-1734
1735-1736 1739 1743-1744 1754-1755
178
Sello 2o 1664-65 1666-67 1717-18 1670-7 1698-99 1712-13 1719-20 1729-30 1735-36 1737-38 1741-42 1745-46 1739-40
1756-1757
¡757-58 1759-60
1758-1759 1760-1761 1762-1763 1766-1767 1768-1769
1770-71
Sello3o
1753-54
1772-1773 1774-1775
1776-77
1790-91
1778-1779
1780-1781
1788-83 1790-91 1782-83 1790-91
1784-1785 1786-1787 1792-1793 1798-1799
1786-87 1790-91 1786-97 1802-03 1808-09 I8S0-I1 1814-15 1770-71
1808-1809
1753-54
1782-83 1780-91 1790-91 ¡790-91 1782-83 1782-83 1782-83 1786-87
1810-1811 1758-1759 1760-1761 1762-1763 1766-1767 1768-1769
1772-1773 1774-1775 1778-1779
1780-1781
1784-1785
1786-87 ¡790-91
1786-1787
¡790-91 1790-91 1782-83 1782-83 1782-83 1786-87 1776-77 1790-91 1788-83 1790-91 1782-83 1790-91
El papel sello 2 ° si fue utilizado como tal de manera regular a lo largo del siglo XVII, pero es en el siglo XVIII que progresivamente se va habilitando como papel sello 3 o.
No se ha encontrado papel sello 2 o habilitado como sello 4 o,
aunque no es posible descartar su presencia, lo más probable es que su escaso tiraje no lo haya permitido.
1739-40
Habilitacionesdelpapelsello3o
1743-44 1737-38
Años 1640-164! 1642-1643 1646-1647 1646-1647
1648-!649
1650-1651 1652-1653
1654-1655 1656-1657 1660-166! 1667-1668 1670-167! ¡672-1673 1694-1695 ¡696-1697
17(0-171! 1711-1714
1718-172!
Sello3o 1660-61 1660-61 1660-61
1652-53 ¡660-61 1662-63 1654 1656-57 1658-59 1656-57 1717-18 1721-22 1656-57 1660-61 1664-65 1676-77 1672-73 !674-75 1700-01 !737-38 ¡737-38 ¡741-42 1745-46 1755-56 1714 1715-16 1717-18 1721-22 1723-24 173!-32 1735-36 1735-36 1739-40 1737-38 1739-40 1741-42 1741-42 1745-46 1747-48 1723-24 1725-26 1727-28 1729-30 1731-32 1735-36
Sello4o
1737-38 1741-42 1745-46
1658-59 1658-59 1658-59 1660-61 1658-59
1747-48 1747-48 1753-54 173!-1734
P o t o s í 1 7 3 3- 3 7 1735-36 1735-36 1739-40
1658-59 ¡660-61
1737-38 1735 -1 736
1739-40 1739-40 1745-46 1741-
42
Poto sí 174i-44 1742-
43
1745-46 17 37-1 738
1749-50 1755-56 1751-52
1739
1747-48 1749-50
¡740
1749-50 1751-52
1743-1744 1752-1753 1754-1755
175 0-
51
175 1-
52
1 757-5 8 1 759-6 0 1759-60
1745-46
1756-1757
1761-61 i763-64
17 58-1 759
1761-62 1763-64 1768-69
1760-1761
1763-64 1766-67 1768-69
17 62-1763
1766-67 1768-69 1782-83
17 64-1765
1766-67
1766-1767
1770-71
1768-1769
¡770-71 i772-73
1770-177!
1772-73 1774-75
1772-1773
1774-75
1774-1775
1776-77
1778-79
179
17 7 6 -1777
1808-09
1778-79 1782-83
1778-1779
1802-03
1782-83
!7 8 0 -17 8 í
1784-85
[7 8 2 -1783
1784-85
17 8 4 -1785
1786-87
17 8 6 -1787
1790-9!
1804-1805
1808-09
1806-1807
1808-09
1814-15
1786-87
1814-15 1814-15 1820-2!
1788-1789 17 9 0-17 9¡
1808-1809
C IV 1 790-91
17 9 2 -1793
1816-17
1796-97
1796-1797
I8I0-I8I1
1800-01 1808-09
1798-1799
1808-09 1816-17
1816-1817 1818-1819
1800-01
1820-21 1820-21
1800-01
El papel sello 3 o es el más común. La sola vista de su habilitación para el mismo tipo de sello confirma su demanda. Los sueldos y gastos dependían en gran parte de la venta del papel se llo 3 ° .
Sello 4o
1737-38
Año s
Sello 4o
1652-1653
1654-55
1660-1661
¡662-63
1670-1671
1676-77
¡672-1673
1674-75
1710-171 1
17337-38
1711-1714
1717-18 1719-20 1719-20 1729-30 1735-36 1721-22
1735-1736
1737-1738
1718-1721
1723-24 1729-30 1735-36
1743-44
1770-1771
1772-73
1749-50
1745-46
1740
1749-50
1774-75 1776-77 1772-1773
1772-73 1776-77 1782-83
1774-1775
1776-77
1751-52 1751-52
1782-83
1755-56
1786-87 1782-83
1782-83
1741-1742
1743-44
1743-1744
1750-
52
1751-
52
1745-46
1786-87 1790-91 1776-1777
1755-56 1753-54
1729-30 1735-36
1745-1746
1751-52
1741-42
1747-1748
F. VI
1727-28 1729-30
1752-1753
1757-58
1754-1755
1759-60
1778-79 1782-83 178293 1786-87
1778-1779
1782-83 1782-83 1786-87
1759-60 ¡761-62
1780-1781
1782-83
1756-1757
¡761-62
1782-1783
1784-85
1737-38 1743-44
1758-1759
1768-69
1735-36
1760-1761
1774-75
1739-40
1762-1763
1766-667
1735-36 1729-30
1763-64
1737-38
1776-77
¡735-36
1768-69
¡735-36 1739-40
1772-73
1735-36 1741-42
180
1772-73 1776-77
1739
1729-30
1731-1734
1768-1769
1755-56
1723-24
1731-1732
1739-40 1741-42
1749-50
1739-40
1766-67 1768-69 ¡770-71
1751-52
1737-38 1747-48
1766-1767
1737-38 1743-44
1774-75 1764-1765
1766-67 1768-69
1784-85 1790-91 1784-1785
190-91
1786-1787
1788-89 1788-89 1790-91
1788-1789
Q u ito 1790-91
1792-1793
Q u ito 1794-95 1796-97
1794-1795 i 798-! 799
1806-1807
1806-07 1800-01 1800-01 I802-03 1802-03 I8I4-I5 1808-09 1813 1816-17 1808-09 1816-17
I802-!803
1804-1805
i 808-1809
1810-1811
1808-09 1808-09 1814-15 1816-17 1810-1I 1814-15 1816-17 1820-21 1813 1814-15 1816-17
1811-1812
1813
1812
(mano)
1814-1815
1814-15
1816-1817
(mano)
1818-1819
1820-21
18201821
1821 (libertad)
I824-S825
(mano)
El papel sello 4 o, tenía una demanda parecida al sello 3 o así como su habilitación.
En algunos casos se advierte la presencia de una habilitación
manual; en el caso del bienio 1820-21, en la habilitación estaba incluida la palabra libertad. En los cuatro cuadros anteriores se aprecia que a partir del primer tercio del siglo XVIII se elaboraron papeles de períodos de cuatro años (1711-14, 1718-21 y 1731-34) en un numero considerable, que fueron habilitados para bienios posteriores. A continuación se presentan las improntas que se hicieron para habilitar el papel sellado. El hallado
sello en
la
habilitador presente
más
temprano
investigación,
se
encuentra en un papel sello 2 o correspondiente al bienio 1646-47. Éste al parecer fue uno de los modelos ideales que se pretendieron utilizar en adelante.
Esta matriz
ovalada tiene
contorno sencillo, adornado con seis ( 6) líneas curvas en cada cuadrante.
El fondo está
dividido en dos segmentos; el superior tiene una flor entre dos columnas que sostienen una
380
Sellohabilitador paraeíbienio 1648-1649 enunpapelsello2° 1646-47
corona, a los lados las sílabas “PA ” y “ RA ” . La mitad inferior está subdividida en dos niveles; el primero tiene inscrito los años del bienio y en el segundo la palabra “PERU”, es decir la frase “PARA 1648-649 PERÚ”. 38úA GN.
RealAudiencia, Causas civiles. Leg. 165,C.620, f,265.
18 1
Bienio 1650-1651
381
La intención de continuar una matriz especial para cada resello estuvo para el bienio 1650-51, donde no fue necesaria otra impronta. En este sello más elaborado, se utilizó un sello real inscrito en un octógono con la frase “PARA LOS AÑOS DE 1650 Y 1651” .
En adelante no habrán nuevas
matrices con ornamentación; sólo se escogerá un sello real anterior y se hará una matriz en la que figure el bienio a habilitar. Bienio 1652-1653*3823 8
Este tipo de resellado se inicia en el bienio 1652-53.
A veces el tipo de
letra era factible de ser modificada
P A R A L O S A ñ O SD B
y
1
6
0
»
(grandes, chicas, gruesas, delgadas, etc.). Se ha dejado claro que los tipos de papel de mayor demanda fueron, el papel sello 3o y sello 4 o. A raíz de esto los papeles primero y 2 o con el resello bajaron su denominación. ejemplo
que
corrobora
He aquí un este
hecho.
Corresponde al original sello 1 0 del primer bienio (1660-41), que pasa a
51&SÉÜ& 3£tLG SEC3VND0P
fÁ á A LOS AñOS D S
servir como sello 2 ° para el bienio 165859.
,
rt383
Bienio i658 -i659
331 AG N. RealAudiencia, Causas criminales. Leg.4, C.8,f.12. Año, 1662. 382AG N. RealAudiencia,Causascriminales. Leg.2, C.3,f,40 l. Año, 1657. 383A GN. RealAudiencia, Causas criminales. Leg,2, C.3,f.146 (para“ Sirbedesellosegundo”) yf.39v (para‘'Sirbedesello quarto ” ), ambosdel año 1657. Esteúltimo, es un papelS.3°del bienio 1652-53 quefue habilitado parael bienio 1654-55 en su misma denominación, pero al parecer no se logró su venta en el período indicado, pero como el papel no podía desperdiciarseydebíaserhabilitado,sehabilitóp orsegundayultimavezcom oS.4°paraelbienio 1658.
182
También se hallan papeles resellados habilitados más de una vez. Se les reconoce por tener dos sellos diferentes.
Este tipo de habilitaciones se
presentaron más en el siglo XVII.
3.6
Sellos inusuales
Entre los papeles habilitados se hallan en menor medida los que poseen una impronta especial, que además de indicar el período a regir, lleva inscrito el nombre de una ciudad dentro de un círculo.
Son sellos inusuales, de seguro
debieron estar normados para ese efecto, por lo que se encuentran como parte de los procesos regulares de la serie Real Audiencia, Causas Criminales del Archivo General de la Nación. Estos sellos son interesantes por el nombre de la ciudad, que debe ser la misma en donde se hizo la impronta habilitadora; los hallados corresponden a Panamá, Quito y Potosí.
Presentadas estas situaciones, cabe por lo menos dos
explicaciones: I o probablemente se estilaba hacerlo así cuando se preparaba un documento destinado a una ciudad de un virreinato diferente;
2
o que aquellas
ciudades hallan sido autorizados excepcionalmente para habilitar papel sellado con una matriz hecha en la misma ciudad ante la imposibilidad de que llegue a tiempo una matriz o una remesa de papel que pueda satisfacer las demandas de papel sellado. Panamá, Quito y Potosí son ciudades bastante conocidas por su numerosa población y ubicación comercial, razón que justiñcaría el uso de una matriz especial.
183
capítulo IV
iÑipmtm. ñ&áalm del papel, adiado Establecer la relación que pudo haber existido entre el usuario y el papel sellado en la Colonia, presen ta ciertas dificultades. No se tiene la palabra escrita de uno de ellos manifestando su opinión, pero siempre hay forma de llegar a tener ciertos datos que ayudan a configurar una idea general.
4 A Reacción a la introducción del papel sella do en el Perú La reacción de las autoridades locales a la notificación de la obligatoriedad del uso del papel sellado en Hispanoamérica a partir de 1640 no fue buena. En el caso de Lima, el cabildo hizo llegar un pedido en ese sentido a través de su procurador, registrado cuando ya se había puesto a la venta el papel sellado en su primer bienio (1640-1641), la referencia está en el volumen VII del Catálogo de las Consultas del Consejo de Indias (1637-1643) de 9 de febrero de 1642 (Madrid), que a la letra dice: “ Sobre la petición que ha hecho el procu rador general de la ciudad de los Reyes, para que se suspendan las imposiciones que se
hicieron en ellas para el servicio de armas y uso del papel sellado. 4 f .”384 El Cabildo de Lima a nombre de los vecinos manifestó así su disconform idad.
Generalmente la fuente citada presenta un extracto de la
respuesta, pero en este caso, no la hay; por otra parte, no se encontró otra mención similar entre las consultas en ese sentido.
4 ,2 Problemas adm inistrativos con consecuencias sociales Es conocida la falta de papel sellado; el reclamo por parte de las autoridades así lo demuestra.
En algunos casos se observa la carencia en los expedientes
tramitados ante las autoridades estatales385. Es posible que este problem a no sólo fuera privativo de los distritos cercanos a la capital del virreinato peruano, sino que se extendiera a otras ciudades. En el caso de Lima, el inconveniente pasaba por salvar el trámite burocrático (debió ser ligero por la proximidad de la secretaría encargada de hacer las autorizaciones respectivas), de elaborar un pequeño sello con la frase que valide el papel para el bienio siguiente; sin embargo, las ciudades alejadas, a la luz de las pruebas, debieron salvaron el impasse bajo otra modalidad: elaborar un sello habilitador.
Es posible percibir las dificultades que se presentaron en la distribución del papel sellado, problemas que surgen como consecuencia de la demora en la entrega de cuentas por bienios, lo que se constata sobre todo a partir de 1782386, con la pérdida o extravío de algunos papeles sellados que no permiten cerrar bien las cuentas, los reclamos de uno u otro funcionario por haber recibido
30í! Heredía, 19 90 ,^ 21 00 . 305 Algunos halladosen la serieCausas Crimínales (AGN, RealAudienciade la seccióncolonial del Archivo General dela Nación). Uncaso particular rescatado por elhistoriador Roger AldereteC„ es laquejadelalcalde ordinariodela ciudad delea, po r ¡afalta depapelde ningúnsello en la ciudad,p or lo queadviert e queaunquelas “ causas" no laspuede pasar, las proseguiráen papelcomún (AG N, RealAudiencia. CausasCriminales, Leg.2,C.2*, Año. 1717). 386Graciasa lau nificación delaadm inistración delos produ ctos estancados, segene ró una serie documental enel Arch ivo General de la Nación, llamada Estancos,y queestádividida en dos subseries: C-4 / Ramo dePapel Sellado, 1761-1823, Legs. 730-75i ; yC -14 / PapelSellado,Legs.768A-776, Aunque no están catalogadas, perm iten ten er una ideageneralde la administración delpape!selladode 1782a 1821.
186
papeles fallados, que en algunos casos se trató de papeles adquiridos y mal usados los canjeaban por otro nuevo indicando fallas en su sello. Este tipo de reclamos, por parte de los funcionarios y las posteriores aclaraciones, hacían que las tabulaciones contables no pudieran cerrarse a tiempo.
4 .3
Reclamos de notarios
Otra forma de identificar ciertas irregularidades es a través de los fondos de Real Audiencia.
En sus expedientes se encuentran referencias que indican
carencia del papel sellado para presentar escrituras con valor legal.
Una
denuncia de este tipo la ofrece un notario de lea, quien ante la falta de papel se ve obligado a utilizar el papel sello tercero para formar así sus respectivos pro tocolos notariales387. Pero los más perjudicados debieron ser los particulares, quienes requerían de sus servicios para poder acreditar cualquier documento (contratos, poderes, testamentos, cancelación de pagos, etc.) aunque por muy doméstico
que
fuesen,
conllevaría
a
pérdidas
económicas,
desarreglos
temporales, o pérdida de oportunidades, las cuales al no solucionarse a tiempo generaban un grave problemas individual o grupal sino que podría manifestarse en un problema social.
4 .4
Papel Sellado y demanda de la población: perú 1793
El año 1793 tiene la ventaja de contar con una estadística poblacional del virreinato hecha durante la dirección de Hipólito Unánue, bajo el título “Resumen
de
la
Población
del
Virreinato
del
Perú ”388 (ver
cuadro).
367Estees unda to halladoen RealAudiencia Causas Criminales; fuedifícil ubicar la signatura,p or cuanto se leyóen el ínter in de lainvestigacióngráficade lossellos. 388 Unánue, 1985 (1793);178.
187
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En él se aprecia la densidad por intendencias, y cada una por estamentos sociales.
Esto indica las ciudades con mayor número
de habitantes y
potencialmente las que consumirían más de este produ cto.
Comparando las
cifras presentadas por Unánue con las de las cuentas de 1798-1799, existe relación entre las intendencias más pobladas con la demanda del papel sellado; ello quiere decir que la proporción entre los grupos que las componen también estaba en consonancia con la cifra de papeles vendidos. El papel sellado refleja de esa manera cómo el Estado colonial estaba presente de forma orgánica en cada rincón del virreina to.
4 . 5 f i lz a de precios del papel Sellado en el bienio 1798-1799 Como recordaremos, los precios del papel sellado en sus diferentes modalidades estuvo estipulado desde su inicio a partir de su ley y pragmática (Madrid, 28/X H/1 638 e Imprenta Real de las Indias/1639 respectivamente). lado, el precio no varió desde 1640 basta 1797.
Por otro
Sin embargo, después de 158
años se hizo un reajuste según consta en los propios papeles sellados a partir del bienio 1798-1799, alza que no afectó el papel sello I o por su elevado precio y su poca demanda, veamos los cambios:
Comp aración dePrecios del PapelSelladoen Reales Entre los Períodos 1640-1797y 1698-1825 Papel Sellado De 1640-41 a 1796-97 Porcentaje al S .Io De 1798-99a 1824-25 Porcentaje al S. 10 Au m en to al va lo r inicial (%)
Sello 1°
Sello 2o
Sello 3o
Sello4o
24
6
1
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100%
25%
4,16%
1,04%
24
12
2
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50%
8,33%
1,04%
=
+ 100%
+ 100%
-
189
Las razones para alterar los precios de los papeles sellados segundo y tercero, son la mayor demanda y su bajo costo. El sello 4o tampoco vi o afectado su precio, tal vez por la crítica situación social de fines del siglo XVIII (el levantamiento de Túpac Amaru en 1780); imaginar que sobre el descontento social y económico sobrevenga un alza en el costo del papel sellado casi exclusivo para la población indígena, que contaba con escaso circulante, haría mas tirantes las relaciones entre los indígenas y la administración del régimen de Intendencias.
A esto se suma el interés de acrecentar el erario, porque el
papel sello cuarto debía ser utilizado por el mismo Estado colonial al emitir las “cartas acordadas despachadas por los virreyes, chancillerías, audiencias, tribunales, juzgados, y demás Justicias, firmadas de los Presidentes Oidores y Ministros dellas” 300. Se aprecia entonces un alza que afectaría a todos los trámites que requerían el empleo del sello
2
° y 3o.
A partir de 1798 la recaudación no varió significativamente, teniendo en cuenta que los precios duplicados recayeron sobre los papeles sellados de más demanda, puesto que los del sello
2
o se usaban para las escrituras públicas, y el
tercero para seguir los procesos judiciales.
Asp ect os po líticos económicos y so ciale s de los se llos en la vida cotidiana La influencia política del papel sellado fue recibida por la población a través de los sellos reales impresos en él. Económicamente, el papel sellado no sólo había contribuido con incrementar el erario real, también generó plazas laborales para ser ocupadas por españoles americanos. 3 0 9
390Ley. Madrid, 28dediciembre de 1638. PapelSellado. Ve ranexoN °! .
19 0
El papel sellado reforzaba una relación de pertenencia y unidad de la población con respecto al virreinato no necesariamente en términos de nación. Hasta aquellos años, el papel sellado con los escudos reales había jugado un papel muy importante: indicar quién estaba en la cúspide del poder y cómo la sociedad jerarquizada
debía
permanecer
inalterable.
A
partir
de
la
Independencia los símbolos reales son cambiados por los republicanos.
19 1
capítulo "V
Sedado do en en la la tnam tnamíídm, dm, de la Colonia £1 Papel Seda a la la Ondependenda del Pené 1821-1824
Desde su imposición, el papel sellado reflejó los símbolos de quien encabezaba el poder po lítico lític o a través través de sus sus improntas. Se podía diferenciar di ferenciar los campos de sus sus escudos escu dos y la l a forma for ma en que estos esto s se prese pr esenta ntaban ban3 391; también, tambi én, detectar detec tar las coyunturas políticas más significativas como: cambios de reinado, jurisdicción territorial, cambio de una dinastía, severa crisis política (como la ocurrida entre, 1808 y 1814), verificándose en los sellos de origen, en los sellos habilitadores y en las las inscripciones. inscrip ciones.
Sin embargo, embargo, uno de los sucesos más más significativos en la
historia política peruana fue aquel que rompió los lazos del dominio español: la declaración de la Independencia. Independencia. Hasta el primer semestre de 1821, el papel sellado del bienio 1820-1821 se vendió ven dió sin novedad nov edad3 392; inclu so, para pa ra habilitar habilit ar papeles de bien ios anteriores anterio res se contó con, co n, por lo menos cuatro modelos: el primero dice: “ Para los años de de 1820 3í>i Cabe recordar, la etapadifícil etapadifícil deFernandoVil, cuando cuando su escudo escudo se presentó desprovisto de! de! Toisón deO ro (bienio 181 ¡-I 2 ). 392A no serpor aquellosemitidos aquellosemitidos conla"juradelrey" en 1820 1820delaConstitución delaConstitución de 181 1812.
y 1821” 393, acompañado de un sello con rúbrica; rúbric a; el segundo: “ VALGA VA LGA PAR P ARA A LOS LOS AÑOS AÑO S DE 1820 Y 1821” 182 1” 394, en un recuadr recu adro; o; el terce ter cero ro::
“ VALE UN
QUARTIL AR TILLO LO A ños ño s de 182 18200 y 1821 ” 39S369, acompañado del sello con rubrica; y el último último:: “ Un quartillo” y en un recuadro recuadro “VALGA “ VALGA PA RA EL REYNADO D S M EL S D FERNA FER NANDO NDO VII. V II. AÑO AÑ O DE 1820 Y 182 1 821” 1” 3flS.
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Terc er modelodesellohabilit modelodesellohabilitador, ador, 182 0-182 0-182 1
393A GN. m AG N. 395 AG N. 396AG N.
19 4
RealAudienci ealAudiencia,Ca a,Caus usas as criminale criminales. s. Leg. Leg. 141,C 41,C .I4 I, f.57. f.57. Año, 1821 1821.. Rea!Audiencia, ea!Audiencia, Causa Causasciviles. sciviles. Leg. Leg. 169, 169, C.173 C.1735,f.1 5,f.1. Año. 1821 1821.. RealAudiencia, RealAudiencia, Criminales. Leg. Leg. 142, 142, C.177 C.1779,f.21, 9,f.21, Año. 1821 1821.. Real Real Audiencia,Causascivile Audiencia,Causasciviles. s. Leg. Leg. 169, 169, C.173 C.1735,f.6. 5,f.6. Año. 1821 1821..
U n
q a a a tÜ io
Cuarto m odelodesellohabilitador, 1820-1 1820-182 821 1
El papel sellado de origen, con el sello real, que correspondió al inicio de esta coyuntura fue el del bienio 1820-1821, que además de ser testigo del proceso de la Independencia, lo fue de un acto muy interesante que tiene que ver con la política interna española: la revolución liberal de 1820, aquella que obligó a que Fernando VII jurase la Constitución de 1812, pues su pretendido absolutismo no file bien recibido por las fuerzas políticas, menos aún, cuando su gobierno sólo ofrecía resultados perjudiciales para los intereses políticos y económicos de los españoles, el más significativo, la pérdida de varias colonias hispanoamericanas. Tal juramento mereció la elaboración de por lo menos dos matrices, modelos de sellos que dejaban dejaban en claro el juramento del rey a la constitución constituci ón liberal liber al de 1812, el 9 de marzo de 1820397,
JT J T a W i t a J o , ju r w ía p r el Rey ¡ a Consti Cons tituci tución ón en g de M an o de 1 8 3 6 A Sellodelajuradel Sellodelajuradel rey (enlínea (enlínea), ), I82039 I82039893
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397Hecho queFernandoV queFernandoVIS IS rev irtió con laayud laayudadelejérc adelejérc itofrancés itofrancés, , alde rribar lasCo lasCo rtes en 1823 1823 (Auge, (Auge, 1943:121 943:1215). 5). 398AGN A GN,, Rea!Audiencia, Rea!Audiencia, Causascriminales, Causascriminales, Leg. Leg. 121, 121, C.147 C.1478,f.206 8,f.206.. Año. 1821 1821.. 399AG N. Real RealAudiencia,Cau Audiencia,Causa sascivile sciviles. s. Leg. Leg. 169,C,Í735,f. 69,C,Í735,f.6. 6. Año. 182!.
19 5
Estos pequeños sellos fueron importantes, porque eran el preludio esperado por los separatistas para reforzar sus objetivos, el indicativo de la debilidad política polít ica del rey. La constatación visual visual oficial de los vientos vien tos a favor de los liberales. El tránsito de la Colonia a la Independencia Independencia se ver iñc ó en el papel sellado, sellado, siguiendo el hilo geográfico entre las dos ciudades más importantes del Perú: Lima Lima y Cusco.
El proc eso se inició con c on la proclamación de la Independencia
hecha por José de San Martín, el 28 de julio de 1821 en Lima, y culminó con la Batalla de Ay acu cho, ch o, el 9 de diciembre diciemb re de 1824. En este este lapso el virrey vir rey José de La Serna quien quien había abandonado abandonad o la ciudad de Los Reyes, Re yes, estaba instalado en su nueva sede virreinal, la ciudad de Cusco, donde permaneció hasta conocer la derrota realista en la decisiva batalla. batalla. Ello explica c omo, mientras en Lima Lima el papel sellado desde 1821 indicaba libertad política, en Cusco se mantuvo su validez con los símbolos reales hasta 1824.
5.1 £ ! pape papell sellado en £im a, 182 1-13 23 Proclamada
la
Independencia
política,
el
naciente
régimen
transmitió
oficialmente esta noticia por todos los medios disponibles, y el papel sellado era uno de ellos.
Esto se se hizo a través de de un pequeño, sencillo y breve sello
habilitador que puso en conocimiento el hecho que aparece como nacimiento de una nueva era. Dicho Dic ho sello estaba acompañado acompañado del sello de rúbrica correspo ndiente.
Beta Independiente Ario é t 1821 I. * de la Libertad.
400
^ Sellohabilitador, Sellohabilitador, 1821*
4°°A °°A GN. RealAudiencia, RealAudiencia, Causa Causas s civiles, civiles, Leg. Leg. 169, 169, C.172 C.1729,f.7 9,f.7. . Año. 1821 1821..
196
No se ha encontrado un papel sellado con el escudo del Perú libre entre ju lio y diciembre de 1821; tal vez se debe a que no fue sino hasta diciembre de 1821 que: “ Un decreto ordenaba retirar de todos los lugares públicos las armas de España", pues el pueblo sólo debía recordar como la encarnación visual de la Patria la bandera nacional y olvidar los oprobiosos símbolos hispánicos que ‘en la época precedente, la vista del pueblo encontraba en todas partes" recordando con ello los tiempos de la esclavitud’ ” 401. Para el bienio 1822-1823 se preparó un nuevo sello que reemplazara al real destinado a llevar el mensaje con claridad. La importancia de los símbolos en toda su magnitud, no era desconocida por los políticos de entonces; en este sentido, Alejan dro Salinas afirma citando a la Gaceta del Gobierno : “ Esta política se fundaba en la idea que los signos exteriores adoptados por los gobiernos son el único lenguaje propio para explicar a la multitud los principios que la animan” 402. Así, el prim er sello del Perú independiente fue para el bienio 1822-1823, y tomó como escudo, el símbolo central de la bandera peruana ideada por José de San Martín en Pisco, el 21 de octubre de 1820403: “Una de seda o lienzo de ocho pies de largo y seis de ancho dividida por líneas diagonales en cuatro campos, blancos los de los extremos superior e inferior y encarnados los laterales; con una corona de laurel ovalada y dentro de ella un sol saliendo por detrás de sierras escarpadas que se elevan sobre un mar tranquilo” 404. En el escudo del papel sellado, la corona ovalada de laurel, estaba rodeada por la frase:
“ EL PERU INDEPENDIENTE” , cerrada por dos delgadas líneas
paralelas. Al interior presenta el firmamento, un gran sol naciente, la cordillera
* ' Salinas,2002:56. m Idem, 403 PropuestaqueSan Martín presentóa!cabildolimeño el 18dejulio de 182!, Salinas,2002:56. 404 Salinas cita la Gaceta del Gobierno de Urna Independiente, N° 10, lima, ! I de agosto de 1822, y a Eguiguren queen este sentidoopinabaque: "La creación delossímbolosnacionalesperuanosnaciódelanecesidadvistap or San Martín decrear un pendón, un signoglorioso que fuese como un nervio magnético que arrastraraa la muchedumbre a las másgrandes empresas, así afirma que la simbología inicial peruana debía cumplir su papel de "gonfalón" militar de un pueblo en combate" (Salinas, 2002:55-57).
197
andina, y el océano, en orden descendente4054 6 0 .
A la izquierda, como se
acostumbraba, el epígrafe: “ Perú independiente para los Años de 1822 y 1823. 2 ° y 30 ¿ e S11 Libertad” :
Perú independiente pata los Años, de 182 2 y 1823. 2 ° y 3.° de su Libertad* Escudoy epígrafe, bienio 1822-1823
Hay algo que falta, y es la mención del tipo de sello407, presente en cada papel sellado.
Es probable que, como el modelo ha sido tomado de un papel
habilitado, se daba por hecho que el tipo de papel era el mencionado en su emisión inicial408. Sobre las personas encargadas de elaborar los diseños y matrices se tienen dos referencias: una sobre el dibujante y otra sobre el posible grabador: “El primer dibujante del escudo para los sellos del estado fue Francisco Javier Cortés, quien debió realizar sus diseños en forma confusa ante las diversas instrucciones recibidas de las autoridades” 409. “ Otras imágenes del primer escudo fueron hechas por el grabador criollo Marcelo Cabello, famoso por haber realizado durante la colonia las portadas de las mejores obras de imprenta, u quien después trabajando en la Casa de la Moneda se ocupó de grabar el nuevo escudo en las monedas republicanas” 410.
4°sSalinas capta la intención de aquellos que idearon el escudo de la siguiente manera: el sol es el símbolo incaico, las sierras escarpadas son las montañas andinas, y el mar, el litoral peruano. Además, tomando la opinión de Guillermo Jacovella (con respecto a la bandera y escudo argentinos), que el sol del estandarte peruano: “ No es el sol radiante, símbolo clásico delaantigüedad europea, sinoe!solflamígero, elsol incásico1' (Salinas, 2002:56y 63). 406Arc hivo Históric o RivaAgüero, ColecciónRivaAgüero 1822.s/n, 407 Seadel tip o sello I°,2 o ,3o o 4o. 400 Pese a haberse buscado en varios fondos un papel sellado de origen del bienio 1822-1823 y no encontrarlo, no es posibleasegurarsu inexistenciaenfo rma definitiva. 409Además,FranciscoJavierCo rtés fue eldibujante oficia!bajoel Prot ecto rado (Salinas, 2002:63-64). 410 Salinas,2002:64.
198
El escudo de San Martín tuvo vigencia hasta el 24 de febrero de 1825, cuando el Congreso aprobó en sesión secreta el diseño propuesto por su presidente, José Gregorio Paredes, ratificado al día siguiente por Simón Bolívar y su ministro Hipólito Unánue, el cual es el escudo que se mantiene hasta la actualidad411.
5.2 £1 papel sellado en Cusco, 1824*1825 En el Cusco el bienio 1824-1825, presentó un nuevo diseño, que unía el escudo y el epígrafe en un solo sello usado hasta mediado el mes de diciembre de 1824, cuando el v irrey José de la Serna abandonó la ciudad412. Como en Lima, en Cusco no se presentaron de inmediato las improntas que cubrirían el sello real razón por la cual se optó por seguir usando los papeles sellados del bienio 1824-1825 con el escudo de Fernando VII, pero, invalidando el sello real en forma manual (una práctica no ajena en la administración del papel sellado en Cusco, pero para habil itarlos)413. El fun cionario tachó con dos líneas cruzadas el escudo real español y escribió a manera de epígrafe lo siguiente: “ Perú Yndependiente. Abilitado para los años de 1825 y 1826: VI y VH” , con la respectiva rú brica sellada.
411 "Dividido en tres partes[.,.] no territoriales, sino de las riquezas naturales [...]. A la derecha una vicuña mirando al centro (fauna nacional), a la izquierda el árbol de la cascarilla (flora nacional), y en la parte inferior una cornucopia derrama ndo monedas (riqueza nacional)" (Salinas,2002:65). AilVéaseenelcapítulote rcer o deestetrabajo,el último sellorealutilizadopor FernandoV il en Cusco. 413 Cusco tuvo períodos deescasezde papel sellado,p or lo que el uso de la plumaparahabilitar un papel nofue privativo de la coyuntura independentista: en el bienio 1812-1813, hubo papel simple que se vendió como sellado, que llevaba escrito en tinta: "Un quartillo. Valga por el sello quarto del bienio de 1812 y 1813" yuna rúbrica. ARC. Notario Romualdo Vega Centeno. Expediente promovido por el Procurador de Naturales a nombre del Coronel don Mateo Pumacahua, solicitando se le de la cantidad de quinientos pesos para ayuda de los gastos de la jura del Señor Don Fernandoséptimo; 1808-1824, f.10). En 1824 sedio el mismocaso,cuandoafaltadepapelsellado, setu vo quevender un papel blanco con este escrito: “ Un Cuartillo. Sello 4o Valepara el Reynado del Sr. Dn. Fernando7o. Paralos años de 1824 y 1825",provisto de unarúbrica (ARC. Nota rio RomualdoVega Centeno. Expediente (...)a nombre del Coronel donMateo Pumacahua(...)gastos delajura delSeñordonFernandoSéptimo. 1808-1824,f.22.
199
414
Papel sellado delbienio 1824-1825,habilitado paraelbienio 1825-1826
Llama la atención que se consideren 1825 y 1826 como los años sexto y séptimo de la Independencia. De ser así Cusco habría considera do 1820 como el primero de la Libertad; reconociéndolo en base al desembarco en Fisco del general José de San Martín.
5.3 €1 mensaje del papel sellado en la transición de la Colonia a la Independencia Los papeles sellados confirman una vez más su seguimiento fiel a los acontecimientos políticos, y para ello no tenían que ocupar más que un par de líneas, o una sola impronta. Aquí se puede reflexionar sobre el significado que pudo tener la ausencia del escudo real*415, y la presencia de un nuevo escudo que apelaba la naturaleza diferente a de los reyes de España. El nuevo escudo presentó el territorio, o mejor dicho, lo tangible, lo inmensurable e incontenible para el hombre común de aquel período (el firmamento, el sol, los Andes y el océano), rodeado del símbolo del triunfo y la victoria humana reconocido s por la civilización europea con laureles.
Es un
4HARC: Col, No tar io RomualdoVegaCenteno. Ñateo Pumacahuasobreembargosdesusbienes; 1815-1825,f.90. 415 No sólofuelaausenciadelToisón deOro, como sucedió enelbieniode !8 i i- i812.
200
mensaje dirigidlo a los criollos, que podría significar que se tiene un territorio virgen a conquistar, con nuevas armas legales destinadas a establecer un nuevo marco jur ídico. Representa una forma del pensamiento liberal, la concebida por los líderes, en este caso José de San Martín. Estos ideales eran conocidos por la mayoría de los intelectuales peruanos; los funcionarios, comerciantes, religiosos y autoridades de mando medio, tan solo pudieron comprenderlos pero no practicarlos, pues habían hecho suya una idiosincrasia, como entendería José de San Martín, vasallática416, proclive a la dependencia, en líneas generales, alejados y ajenos a la experiencia de gobernarse de forma libre y soberana como una nación plena en todas sus facultades. Menos preparada aún, estaba la Nación peruana para considerar a España y a las otras naciones europeas como sus pares417, por haber estado acostumbrada al amparo del proteccionismo leguleyo y a las voluntades definitivas superiores o providenciales (generalmente, del accionar de un poder político foráneo). Alejand ro Salinas resume: “Los modernistas conceptos republicanos transmitidos al pueblo bajo las nociones más simples de Patria y libertad, las cuales fueron usadas reiteradamente por la nueva semántica política, en los hechos terminaron supeditándose a los vicios de regímenes caudillistas o dictatorialmente por los que inicialmente discurrieron ” 418. Aquel escudo formó parte de los símbolos patrios peruanos creados bajo los
parámetros
que
los
líderes
introdujeron,
quienes
además
de
estar
influenciados por las ideas liberales, conocieron sus logros (Independencia de los Estados Unidos de América en 1776 y la Rev olución Francesa en 1789). Este escudo tenía además que negar la actitud maniqueísta que predominó en los ^ Salinas,2002:52. w C orro bora estaafirmación, la prácticacotidianaen todas las escuelas, de llamara España la Madre Patria,hasta la sexta décadadel siglo XX . 1,18Salinas plantea que los símbolos, si bien reflejaron las ideas liberales, tuvieron en cuenta las bondades de colocar en elloselementos indígenas, entre los quedestacan el uso delco lor rojo delaborla imperial (mcscapaic/K))y elsoi, los que emitiríanunmensajedeunidad através delanoción dePatria,pe ro queasuvezrecogía loscolores deEspaña. Unfactor quetiene en cuentayque rescataacogiendo la ideadeSalvadordeMadariaga, paraquien: “ Lospatriotas criollos debidoa su posiciónin termedia entre latra dición hispánicae indígena, produjer on una simbologíaen la cual fueron ‘nacionalizados’ elementos hasta entonces excluyentes entre sí, como eran la escenografía monárquica, la herencia incásica y el espíritu republicano" (Salinas, 2002:7-8, 52).
201
movimientos autóctonos anteriores (indígenas contra españoles) y, como propone Salinas, evitando una lucha de clases (pobres contra ricos) creando: “ Símbolos que unificaran visualmente ante las clases populares la noción de Patria para así llegar a la definición de una conciencia nacional” 419. El papel sellado de la transición representa el pasaje sanmartiniano de la historia peruana, el intento por combinar los ideales liberales, abrazando también el componente indígena, mejor dicho Inca, a través de su símbolo más importante, el sol420. Un períod o tan corto y a la vez tan decisivo. Volviendo a la idea central de este acápite, el reemplazo del escudo real (con seres vivos o imágenes que recuerden acciones humanas, de tipo personal) por otro tan diferente, que pretendía apelar al sentido de unidad a través de la geografía con la imagen del sol.
En Lima, este reemplazo debió ser muy
significativo. En Cusco, debió causar un gran impacto en la población , tanto en las ciudades como en las zonas rurales. En su trabajo, Salinas afirma que la iconografía patriótica tuvo una respuesta positiva en las clases populares y que “logró foijar sin duda una identidad política inicial beneficiosa para afrontar las penalidades de la guerra anticolonial” 421. Debe tenerse en cuenta que para los criollos comprometidos con el separatismo político, la recepción del mensaje que el símbolo emitía (los laureles de la victoria, los Andes como la colosal jornada de los patriotas, el mar como la esperanza de los oprimidos y el sol como el renacim iento peru ano)422debió ser clara y homogénea; pero para el resto, los españoles nobles, los españoles miembros de la plebe, los nobles indígenas, los indígenas tributarios o no, los
4l9/dem:5L «og¡ bien el objetivofue cumplido por los criollos (españoles americanos), la importancia de los Indígenas, antes, en el transcurso, y después delos acontecimientosfue trascendental, en ello el papel de los líderes y miembros de la nobleza indígena debieron haber sopesado la situación, su situación expectante, pero, ciertamente los criollos no corrieron ese riesgo, lopensaron mejor, habíaque sacar esesímbolo (elsol) delabanderanacionaly delescudo peruano,antesdeque otros sectores pretendansu ingresoal poder. 42! Los pasajesde viajeros y testimonios periodísticos describen esta situación, en la que Sos montonero s indígenas o los "infernales” negros, que con vetustos trajes bien se diferenciaban como hombres que actuaron a favor de una nueva alternativa(Salinas,2002). « i ídem:S7.
202
mestizos, los negros esclavos o libertos, mulatos y demás castas, debió ser difuso y heterogéneo. El nuevo escudo indicaba que se había roto un régimen, que se rompía con tres siglos de vasallaje, y el impacto generaría un período de zozobra. Para los indígenas, lo único claro y firme que habían aprendido de ese período, era que lo contenido en los papeles sellados, aun cuando los símbolos cambiaran drásticamente, seguían teniendo un valor inmanente al poder. Aunque el escudo había cambiado, el papel no había desaparecido y los documentos fueron manejados con el mismo celo, (partidas de bautizo, títulos de propiedad, recibos por el pago de tributos para los caciques y miembros de la nobleza indígena, y todo aquello que garantizara el cumplimiento de las normas). ¿Qué, quién o quiénes reemplazarían al rey y al Estado?
Hasta aquel
entonces, desde los Andes, los indígenas reconocieron los cambios de los reinados de los reyes a quienes ya se habían resignado a no ver, ni identificar físicamente, a quienes nunca se les pudo exigir nada, menos cuentas de ningún tipo, tan solo clamarles justicia, clemencia o gracia. Autoridades a las que sólo se presentaban mediante documentos oficiales (peticiones), en esos términos, alimentando y acrecentando un solapado rencor, resultado de una relación asimétrica. Un nuevo papel sellado, en este sentido, pudo generar en el poblador indígena del An de ciertas expectativas.
203
capítulo "VI
Pwbkmm if apirmnm m t&nn&al m® dd papd uñad® Aunque no es fácil encontrar opiniones directas sobre el uso de este papel en la Colonia, las dificultades se pueden percibir desde su expedición. Se deben recordar varios hechos: 1. El pedido del cabildo de Lima al Consejo de Indias para retirar el papel sellado por ser onenoso para la gente. 2. La carencia del papel que ocasiona a los escribanos lentitud en sus despachos. Este mismo fenómeno ocurría en las instancias judiciales. 3. Ante la escasez de un tipo de papel el uso de otro de menor valor que ocasionó entrampamiento del trámite con el consiguiente malestar por parte de los afectados. 4. Las dificultades de los func ionarios del estanco para cerrar sus cuentas debido a lo complejo del sistema, a la morosidad de los responsables de los estanquillos, entre otros. Aún así, el estanco del papel sellado era rentable y beneficiaba al Estado que había generado una burocracia dependiente de este producto.
Si bien no existe opinión del período colonial, en el siglo XIX Francisco García Calderón423refleja el sentir de muchos de la época cuando manifiesta en torno a los estancos: “ En nada es más chocante el estanco que en el papel sellado, porque el gobierno no solo monopoliza este artículo, sino que crea la necesidad de consumirlo, designando los casos en que se ha de hacer uso de él; y puede por tanto ensanchar sus utilidades hasta donde tenga conveniente. (,..)ba jo todos los aspectos los estancos son perjudiciales á la sociedad y nocivos a la industria”424. Es elocuente su punto de vista: un monopolio que obliga a las personas a utilizar este papel para hacer crecer l os ingresos del Estado; prosigue: “ Por todas estas consideraciones, el artículo 165 de la Constitución política de 1823 declaró que los estancos quedaban abolidos en todo el territorio de la República (...) ha quedado el papel sellado que recon ocen y reglamentan las leyes en la actualidad” 425. Aunque en el siglo XIX el uso del papel sellado fue una carga desagradable y pesada, la constitución, que elimina los estancos, dejó vigente su empleo. García Calderón se extiende en sus críticas. Agrega que la renta del papel sellado es una contribución indirecta, a lo que añade cuatro argumentos contundentes: “ 1. El mon opolio del papel sellado es el más lucrativo que ningún otro, porque el Estado es a la vez el fabricante de la mercadería, y el que fija la necesidad de consumirla. Puede, po r consiguiente extender el consumo y aumentar el precio según lo crea conveniente; gravando cada vez más a las comunidades. 2. Como contribución indirecta (...) no está en relación con la fortuna de los individuos, porque la experiencia de todos los días prueba que los hombres de mediana y aún escasa fortuna concurren con más frecuencia a los juzgados, que los hombres ricos; y por lo mismo consumen mayor cantidad de papel, y pagan mayor contribución que estos (...). 3. La administración de justicia se hace gravosa, de allí resulta que solo puede reclamar sus derechos el que tiene dinero para hacerlos valer (...). m
GarcíaCalderón, 1789:tomos Iy II. GarcíaCalderón, 1879:922,T omo I. «s Idem.
^
206
4. No puede decirse que (...) pesa más sobre el rico que sobre el que no tiene fortuna; porque la costumbre es que en la venta pague el vendedor todos los gastos; y en los demás contratos, como el arrendamiento y el préstamo á interés, se pagan por el que está obligado a dar garantía de su obligación, que es arrendatario y mutuario. El rico no vende sus bienes sino que los arrienda, y da dinero a interés; así es que de todos modos la contribución del papel recae sobre los que carecen de fortuna420. Sin lugar a dudas, las cuatro razones son pertinentes y es posible que así lo sintiera la mayoría de los afectados. Este monopolio obligó su uso y ñjó el precio. La costumbre de usar por centurias el papel sellado, lo hizo indispensable para el funcionamiento normal de la administración pública.
García Calderón
opinaba lo contrario porque debía beneñciar a la “ clase menesterosa” , así dice: “Hay muchas personas que no conciben como sea posible pasarse sin este papel, y creen que su falta daría lugar á muchas falsificaciones (...). Pero el Gobierno jamás debe mirar el papel como una renta, sino más bien como un gravamen que es necesario que se imponga en beneficio de la clase menesterosa (...) ” ‘27. Es probable que contradicciones como las planteadas fueron consideradas en el periodo colonial. Sin embargo, el mismo tenor de la pragmática, indicaba el origen del impuesto y su necesidad para el buen gobierno de la administración pública. García Calderón no destaca el rol que el papel sellado poseía con respecto a las imágenes, menos el mensaje subliminal. Tampoco recon oció el valor que podía tener para la unidad del Estado, mensaje que no pasó desapercibido por los líderes de la Independencia.2 7 4 6
426 Idem. 427G arcíaCald erón, 1879:1 459,T om o l¡.
207
C & nd ud & n m
La investigación sobre este tema deja varias conclusiones interesantes por la amplitud espacial como temporal: espacial, porque geográficamente su uso fue obligatorio en todos los confínes del dominio español ytemporal, por el período quevadesde 1640 hasta 1824: 185 años. Revela además una participación en todos los niveles socialesy refleja realidades diversas quesolo un medio omnipresente puede ofrecer a través de su contenido y forma.
A partir de estas
consideraciones seinfieren las siguientesconclusiones: 1.
La introducción del papel sellado en la administración colonial hispanoamericana obedeció al interés de incrementar los ingresos al erario real a costa de sus súbditos (tanto los de la península como los de las colonias).
La razón de esta demanda fue la crítica situación
económica de España, agudizada por los conflictos y disputas jurisdiccionales con otros monarcas europeos, entre ellas la “ Guerra de los Treinta Años” (1618-1648), de graves consecuenciasen la econom íaespañola.
2. El papel sellado, cuya produccióny ventafue monop oliode lacorona española, consistió en la combinación deuns opo rte (papel)y unaimp ronta (sellorealyepígrafe)destinadoaserdeuso obligatorio mediante mandato reala partir de 1640 por bienios (¡640-1641, 1642-1643, etc.), de modo que tod o aquelquedeseara emitir un documento públicoo privado convalidezlegal, debía utilizarlo, pues de lo contra rio no sería reconocido en ninguna de las instancias oficiales del Estado español.
3.
El papel sellado tuvo a So largo del período colonial cuatro tipos o denominaciones: sello primero, sellosegundo,sello tercero, ysellocuarto en un costo deveinticuatro, seis,unrealy un quartillo respectivamente, precios que se mantuvieron casi inalterables hasta el bienio 1796-1797, cuando lossellossegundo yterc ero duplicaron su valor.
4.
Cada sello estaba diferenciado por e! tipo de documento a producir, que coincidía con un estrato social.
Así, e! sello primero estaba destinado a documentos referentes a títulos
nobiliarios o mercedes reates que interesaban a los miembrosde la elite, el sello segundo era utilizado por los escribanos para todo tipo de escrituras (testamentos, contratos de compra venta, poderes, etc.) trámites para proteger bienes, negociar, donar o legar. El sello tercero era usadoen pleitos judiciales, a causade los desencuentros, ignorancia, malafe, robo, crimen premeditado. El sello cuarto estaba destinado a ios indígenas y pobres de solemnidad; los primeros eran una población mayoritariaque tenían que rec urr ir a la autoridad cada vez que veíanamenazados sus intereses (generalmente tierras).
5. La introduc ción de) papel sellado enlas Indiasy por endeenelPerútuv o consecuencias sociales entre los españoles en el plano administrativo y laboral, pues significó el crecimiento de la institución estatal y la creación de más puestos burocráticos. Además, las autoridades podían saber por este medio, con la ayuda de las estadísticas, cuáles eran los lugares de mayor demanda,yquétipodegestionessehacían.
6. Por medio del papel sellado se puedeverificar las coyunturas políticasde la metrópoli, pues la iconografíadel sello eramodificada;estopodíaserunreferenteim portante para laelite. Entre dichasc oyunturasdestacan losañosde fas Corte s deCádizyel proceso deIndependencia.
7.
Ela rteatravésdel papelselladoseponedemanifiestoreflejandolos estilosquepredominaron en Europay España. Esto es claro cuando se comparan los sellos reales de los Habsburgo, en los que predomina el barroco, tanto en la ornamentación del escudo como en la variedad de las letrasy los epígrafes; frente a tos de la casa Borbón cuya esencia clásicase percibe por el usode!círculoaunqueavecesempleanelóvalo.
8.
El mensajeideológico se reflejóenel papelsellado más allá dela difusión delos sellos realesy la representación del rey. Es la monarquíahastaCarlos IV, quien modificasu escudo personal para convertirlo en uno nacional, hecho que se da en el bienio 1802-1803. Así difunde y valoriza la idea del Estado-Nación.
9.
La importancia y las consecuencias sociales del papel sellado fueron más allá del plano económico ysocial. Esto se percibe en locultural, sobretodo entre la población indígenaque eracasi ensu totalidad analfabeta. La cruz que encabezaba el epígrafey el sello real resumíael poder español en una hoja de papel que estaba en las jurisdicciones.
210
El papel sellado
representaba así, la omnipresencia del rey. solemne.
Cada palabra inscrita tenía una connotación
Los indígenas aunque iletrados, debieron haberse fijado en ello, por lo que cabe
deducir que si bien no leían los epígrafes con el bienio inscrito, reconocían los diseños y lo identificabancon unde terminado período.
10. El papelselladotuv o un roí impo rtante en elvínculoalaco ronaespañola. Es sabido queen la Colonia se mantuvo vigente la relación asimétricae ntre la Repúblicade Españolesy República de Indios, que dificultó la posterior idea de Nación. A través del papel sellado el nexo de la población con el Estado se hizo más vigoroso. El papel sellado estuvo presente por 185 años en la Colonia y 162 años en el período republicano4 6 228, años en que tod o aquel que lo haya *4 utilizado,subliminalmenteha record ado la relacióndepertenenciacon el Perú.
11. Si bien el papelsellado nogeneró grandes ingresos, estos sirvieron para su autofinanciamiento. Eraunaforma dec ontrib uir demaneraindirectaconel Estado;asíloentendieron losprimeros gobernantes delanacienterepúblicaque prosiguieroncon su uso.
12. El papel sellado, creado confines económicos, resultóun referente deunidad política, aunque no necesariamente cultural. En otras palabras, a la omnipresencia del rey, se unía también la omnipresen cia del Estadoespañol.
13. A lo largo de esta investigación se constató que el papel sellado que circuló en toda Hispanoamérica (virreinato de la Nueva España, Perú y más tarde La Plata y Nueva Granada) era ligeramente diferente alde España; dichadiferenciaradicabaen queel papel de la península el valor estabadado enmaravedíes,además deañadiralgunos ornamen tos diferentes en tor no alsellorealquesíeraidéntico.
426El usode papel sellado noculminó con elperío do colonial,continuó hastala República hastaque fueeliminado a través deldecreto LegislativoN° 363 del 10de enero de 1986,con íoquetenemos 347 años depermanenciadelpapelsellado en ambos períodos.
• fi p m d ic m
Apéndice Yl° 1
Pnaqmática de la leq que ondena el too d d papel adiado en Hiúpamm mm ca Dada pon Jd ip e IV m Tftadmd d 2 8 de dldemlme de 1638, ünpne&a en la Ompnmta Real de Im Sindica en [6 3 9 429
PREMATICA
EW QYE SU MA0ESXÜB MiySTOA, QUE DESBE PRIMEBO BE Enerodelaño de 1640 enadelante,no sepuedahazer, niescriu irningunaescritura, ni instrum ento publico, ni otro s despachosquepo r men orvan declarados, sino fuere en papel sellado, en tod os los Reynosy Prouincias de lasIndias Occidentales, Islas yTierrafirme delmarOcceano.
429AG N, Cí4Estancos. Lima(Legajoúnico) s/n, E!papelsobreel cual se imprim ió lapragmáticano es losuficientemente grueso,p or esarazón las letras deunacarasepuedenvislumbrar al revésdeesta,dificultando lalectura,p or esta razón se prefirió hacerla transcripción (aunqueen eltext o dice Premáticadebeentendersequees unapragmática, es So correcto). Otra versión delale / seencuentra en la Recopilacióndeleyesde los reynosde las Indias, mandadosaim prim iry publicar por la Magestad católica del ReyDon Carlos II,T omo segundo, Madrid, 1681. Madrid, 1943. Esa versióntiene algunas pequeñasdiferencias, como laabreviación delencabezamiento.
2 15
PREMATICA EN
Q VE
MANDA,
SV
Q VE
M AG ES TA D
D E S DE
P RI M E RO
DE
Enero del año de 1640. en adelante , no fe pueda hazer,ni efcriuir ninguna efcritura, ni inílrumento publico,ni otros defpachosque por menor van declarados,fi no fuere en pa< peí Íellado, en todos los R ey nos y Prouincias de las Indias Occidentales, Islas y Tierra firme del mar Occeano.
ImpreffaenlaimprentaRealdela sIndias, Ano i^ 9Por luán Sánchez.
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[f.l] Don FELIPE por la grada de Dios Reyde Castilla, de León, deAragón, de las dos Sidlias, de ierusalen, de Portugal, de Nauarra, de Granada, de Toledo, de Valencia, de Galicia, de Mallorcas, de Seuiíla, de Cerdeña, de Cordoua, de Córcega,de Murcia,deJaén, de ios Algarues de Aigezira, de Gibraltar, de las Islas de Canaria, de las Indias Orientales, y Occidentales, Islas, y tierra firme del mar Océano, Archiduque de Austria, Duque de Borgoña, de Brauante, y Milán, Conde de Abspurg, de Flandes, de Tirol, y Barcelona, Señor de Vizcaya, y de Molina, &c. Por quanto auiendo reconocido lo mucho que padeze el bien publico y particular de mis vasallos, co[n] el vso de los instrumentos yescriturasfalsas, cobrando fuerza este delito, deíafrequenciaqueocasiona la poca preuencion que hasta aquíha tenido esta materia; que ni basta lo dispuesto por mis leyes Reales, cédulas, y ordenanzas, ni el tem or de sus penas, ni diligencias de mis justicias: desseando por la obligación, que corre a mi concienciay dignidad Real, y por otras razones conuenientes y necessarias, hallar medios, que siruan de remedio a tanto excesso. Ysiendo como es priuatiuo de mi regalia elegir los mas eficazes, mudando los antiguos que fueren nocibos, yañadiendo los que de nueuo parecierenmejores:y que la extensiónde mi Monarchhia a Prouincias tan distintas como las Indias, con quien es precisa la correspondencia en las cosas del gouierno, y comercio, ha ocasionado mayores riesgos: y auiendo acordado después de algunas conferencias que sobre la determinación desto se tuuieron, que en estos mis Reynos de Castilla se vsasse del medio de los se [f.Iv.J líos, lo mandeassi por una mi carta y prouision: dada en quinze de Diziembre del año passado de mil y seiscientos y treinta y seis, en virtud de ía qual, y de otras mis cédulas que para su declaración he mandado despachar, se ha ido, y va executando; de que se han reconocido muy buenos efetos para la mayor legalidad de los instrumentos. Y considerando auer llegado a estado mi Real hazienda con los gastos que se han recrecido con tan continuas guerras en todaspartes, paraíadefensadelaReligiónCatólica, yde misvassallos, pazytranquilidad de mis Reynos, y Prouincias, y principalmente en la conseruacion y pacificación de las Indias, que no puedo dexar de valerme de todos mis derechos,y regalías, he resuelto, Que el papel que ha de seruir parael gasto de todos los instrumentos y recaudos que se hizieren y otorgaren en los mis Reynos y recaudos que hizieren y otorgaren en los mis Reinos y Prouincias de las Indias, se selle: y que nadie lo pueda sellar, imprimir, ni vender, por mayor, ni por menor, sino fuere en mi nombre, a imitación de lo que se ha executado en estosde Castilla:con que se consiguen los buenos efetos referidos, y el alivio de mi Real hazienda, yde mis vassallos, que le tendrán nueuas contribuciones. Auiendose por mi orden conferido por los de mi Consejo Real de las Indias sobre este medio su mejor dirección y disposición, y consultadoseme lo que en razón delio pareció. Yp or mi visto, he acordado de mandar darla presente, quequiero,y es mivoluntadtengafuerzadeLeyyPragmática. Porlaqual ordeno ymando, quedeaquí adelanteen todasy qualesquíerpartes delas mis IndiasOccidentales, islasyté rra firme del marOcéano, descubiertas, y que se descubrieren, no se pueda hazer, ni escriuir ninguna escritura, ni instrumento publico, ni otros despachos, que por menoraqui irán de declarados, sino fueren en papel sellado, con vno de quatro sellos, que para ello he mandadohazer, con laforma, diuersidad, ycalidadesque se dirán. Sin que por esto sea visto derogar las demás solemnidades que de derecho se [f.2] requieren en los instrumentos parasu validación, porque mi voluntad es añadir este nueuo requisito del sello por forma sustancial, para que sin ella no puedanten er efectoni valoralguno:y desde aoralos irr ito yanulo, para que en ningún tiempo haganfe, ni puedan presentarse, ni admitirseen juyzio, ni fueradel, ni darningún título, ni derecho a las partes, antes por el mismo caso yhecho, pierdan el que pudieren tener, con el interés, cantidades, y sumas sobre que se huuieren otorgado. Y fuera desto incurran las partes, la primeravez en dozientos ducados depena; la segundaen quinientos; aplicados por tercias partes, a mi Real Cámara, juez, ydenunciador: ycreciendo la rebeldíahasta la tercera, además de las dichas penas, y otras pecuniarias, se usaráde las corporales,según el arbitrio dequientuu iere el conocimiento deestas causas. Y los lueces, Solicitadores, Defensores, Procuradores, y Escriuanos que las admitieren, presentareno fabricaren, incurran en lasdichaspenas pecuniarias,y de priuacion perpetua de susoficios: añadiendoalos escriuanos las quep orderecho están impuestasalosfalsarios. Ytengan obligaciónvnos y otros, so las dichas penas, de dar cuenta a las lusticias que destas causas han de conocer, de qualesquier instrumentos, ó despachos que sin esta solemnidad llegaren a sus manos, ó a su noticia, hechos y otorgados desde primero de Enero de el año que viene de mil y seiscientos y quarenta en adelante: quees desde quando mando que en los mis Reynos y Prouincias de las Indias se vse del papel sellado. Y caso que por la distanciagrande que ay de vnas Prouincias a otras, en ellas no pudiere estar
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publicada esta mi Prematica el dicho día primero de Enero de mi! y seiscientos y quarenta, se aya de entender desde quando se promulgare. Con declaración, que si alguna de las partes interessadas, que no sea luez, Escriuano, Defensor, Procurador, o Solicitador, lodescubriereantes que vengaanoticia de las dichas lusticias, se le remitirá la pena, y solo se procederá contra los [f.2v.j demas culpados. Yen estedelito noha de sernecessariodenunciador para proceder de oficio: yporque es decalidadquese puedecometeren secretoparaimpossibilitarla probanza, declaro, que se hadetener por legitimalade tres testigossingulares, segúnestá dispuestopor misleyes Reales en laaueriguaciondelossobornos. Y es mi voluntad, que sialguno falseare los dichossellos, abriéndolos, o imprimiéndolos contra lo por mi dispuesto, incurra por el mismo hecho, en todas las penas impuestas a los falsarios de moneda: y assimismo en las impuestas a los que la meten falsa de vellón en estos mis Reynos, conforme a la Prematicadelañopassadode mil seiscientosyveinteyocho; ycon lacalidad de la prouanza referida. Y es mi voluntad, que comprehenda a todo genero de personas, de qualquier estado, calidad, ó dignidad que sean. Yque Sa forma de los sellos,y execucion deilos, en los instrumentos, ydemasdespachos, se observe,yguardedestamanera. Queayaquatro sellosdiferentes,Primero,Segundo, Tercero, yQuarto. Que en los pliegos assi sellados, se escriuan los contratos, instrumentos, autos, escrituras, prouiciones,y demas recaudosquese hiziereny otorgaren en losmis Reynos y Prouinciasde lasIndias, según la calidaddecadagenero. En el sello primero se han de escriuir todos ios despachos de gracia, y mercedes que se hizieren en lasprouincias delas Indias,por misVirreyes, Presidentes,Audiencias,TribunalesdeCuentas, Gouernadores, yCapitanesgenerales, Corregidores, yotros qualesquierMinistros delusticia, Guerra,y Hazienda: y que si los tales despachos tuvieren mas que vn pliego, todas las otras hojas se escrivan en papelsellotercero. El sello segundo, ha de ser para el primer pliego de todos los instrumentos de escrituras, testamentos, y contratos, de qualquier genero y manera que sean, y que se huvieren de otorgar legítimamente ante escriuanos:ylas [f.3] demas hojasen losprotocolos, yregistros, han de ser selladas conelsellotercero. Elsellotercero, ha de servir paratodo lojudicial, yquese autuare, yfuere dejusticiaantemis Virreyes, Chandllerias, Audiencias, Tribunales, y demasjuezes yJusticias de las dichas mis Indias: y lo compulsado que se diere, de qualquiercosa que sea, no ha de lleuar mas que el primer pliego sellado conelsellosegundo,ylo demasen papelcomún. En el selloquarto, se handeescriuir todos los despachos de oficio, yde pobres de solemnidad, ydelos Indios, públicos, ó particulares: (siestos lo reduxeren a papel), yaunen tai caso, sifaltaren los indios en que sea sellado, no sea causade nulidad, por quanto nuestraintención yvoluntad siempreha sido,yes,aliuiarlesdequalquiercarga,ygravamen. Yes mi voluntad, que ios Instrumentos, o despachos que contra lo contenido en estami carta seotorgaren, nohaganfe, ni se puedan presentaren juyzio,nifuera del, ni dartitu lo a las partes,porque desdeluegolosanulo yirrit o, solas penasyprohibiciones antesdesto referidas. Yporque con lavariedady mudanqade lasseñales ycaracteres delos sellos, se aseguramas su legalidad, mando, que los pliegos sellados con los dichos sellos, no puedan valer ni co rre r en las Indias por mas tiempo que dos años; y que para los dos siguientes se impriman otros, en la forma que parecieremasconueniente. Yassimismo,que ningunas personasde qualquierestado, ó calidadquesean, puedan imprimir, ni fabricar ei dicho papel sellado, si no fuere las que tuvieren licencia mia para ello, ni venderlo sin la de los Comissarios, que en cadaAudienciadelas dichas mis Indias nombrare paratodo lotocante a esta materia: por cuyo cargo, ydisposición ha de corre r la ventay distribución del dicho papel: Ylas personasquelo vendieren, sellaren, ófabricaren contra lo aqui referido, [f.3v.] incurran en lasdichas penasque assi van declaradas. Y porque las costas del papel, y fabrica, conducción, administración, y salarios de Ministros, serántantos como se dexaentender, por lagran distancia deciudades, villasy lugaresdelas dichas mis indias dondese ha de remitir, ypersonas queenunoyo tro handeinteruenir, yes justo se carguea ios que consiguen lavtilidad deste beneficio, con la consideraciónde algún Ínteres yprouecho que dello se puedaseguir a mi Real hazienda: siendo como esderecho demi Regalía poner precio ytassaatodas las cosasvendibles, he acordado poner (como por la presente pongo) precio fijo a cada vno delosdichos pliegos sellados, paraquesevendanenlaformasiguiente:
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Eiseílo primero , quevaen pliego entero,veinteyquatro reales. E!sellosegundo,quevaassimismoen pliegoente ro, seis reales. El sellot erc ero , quevaenmedio pliego,vnreal. Elsello quarto, quetambiénvaenmediopliego, un quartíílo. Y porque en materia tan vtil al bien público, conuiene la breuedad en la execucion, ordeno y mando, que se comience a executar en mis Indias el vso de los dichos sellos, desde primero de Enero del añoqueviene de mil yseiscientosy quarenta:yentodos los añossiguientes se hande renouarcada dosaños,y acabaralfin dellos. Ysi las cosas nose pudieren disponerde manera que se imtroduzgaen todos los lugares de aquellas Prouincias desde el dicho día, mando lo que dichoes, desdeel díaen que seentregarealos Concejos de las ciudades, villas,y lugares, paraque lovendan. Queen cadadistrito delas Audienciasde las Indias,donde se handenomb rar Comissarios,aya vn Tesorero de toda satisfacion: del qual aya de tomar fianzas legas, [f.4] llanas, y abonadas el Comíssario, para que en su poder entre el papel sellado que se remitie re destos Reynos, y assimismo todo lo que déí procediere, con calidad, que lo que resultare deste medio aya de entrar, y entre en poder de los oficiales de mi Real hazienda, del distrito del dicho Comissario, de seis en seis meses: aduirtiendo que esto se ha de hazer de forma, ya tiempo que puedaembiarseaestos Reynos con los galeones, y flotas de cada año. Y porque en esto ha de auer la buena cuenta, y razón que conuiene, mando al dicho mi Comisario, que cada año tome cuentas al Tesorero que fuere de su partido, poniendo en ello el cuydado, y diligencia, que materiatan importante requiere:-y en auiendolo hecho, remitalas dichas cuentas a la Sala del dicho mi Consejo de las Indias, que paraesteefecto he mandado formar, assi del mi Presidente,o Gouernador deldicho mi Consejo, como de algunosMinistros del,po r cuya mano corre, y ha de correr la disposición, y todo lo demas tocante al dicho papel sellado, en manos de mi infraescrito Secretario. Con declaración, que Sos despachos y papeles que se embiaren dependientes,y concernientes aesto, handevenir, losde lasProuincias de! Perúa laSecretariadellas:y los de la Nueua-España a su Secretaria, para que en llegando se remitan a la dichaSala,y al Secretario quelofueredella. Yporqueen muchaspartes delas dichasmisIndias no ay monedaquese puedaajustaralapaga, ysatisfacion de los sellosterce ro, yquarto, respetodesertanbaxosu valor,qu ieroy es mivoluntad, se cobre delamismaforma ymaneraquese hazelo procedido delaBulade la santaCruzada. Y atendiendo a lo mucho que nos sirven los soldados que residen en las Prouincias de Chiley Islas Filipinas, y asu necessidad y pobreza, he tenido por bien de releuarlesen quanto se pueda, y assi mando,queen todo lo que lestoca re en aquellas Prouincias,y Islas, siendosoldadosordina [f.4v.] rios,y que estén en presidios, o en eí exercito, puedan vsar, ydespachen en ei papel del selloquarto, que está aplicado para las cosasde oficio. Y porque los despachos de oficio que se hazen, y proueen en todas mis Chancillerias, Audiencias, Tribunales, y otros qualesquier jusgados, son muchos, y todos se ordenan a la buena administración de justicia, y a la vtilidad de la República, y si se huuiese de vsar en ellos de los dichos pliegos mayores, que eí del dicho sello quarto, en ei co rto caudal que tienen paragastos de justicia, les faltaría lo necessario para pagar los derechos, y conuiniendo que en semejantes despachos no falteesta solenidad tan importa nte para su legalidad,esmi voluntadse hagantodos iostalesdespachosen el dicho selloquartodeoficio. Y respeto de que por accidentes que suelen suceder, se yerran algunos de los despachos, que se dán por mis Virreyes, Chancillerias, Audiencias, Tribunales, lusgados, y demas justicias de las dichas mis Indias, y seria de mucha molestia a las partes, obligarles dos, ó mas veces a pagar los derechos del sello, he resuelto, que los escriuanos de Gouernacion de mis Virreyes, o Gouernadores, y los escriuanosde Camara públicos,y de! Numero, ylosdemas mis escriuanos, yo tros qualesquieroficiales de papeles de las dichas Chancillerias, Audiencias, Tribunales, luzgados, casas Reales, y otros, si se erraren algunos despachos en sus oficios en pliegos sellados de los tres sellos, primero, segundo, y tercero, los lleven o embien a los Receptores, o personas que en cada ciudad, villa, o lugar, estuvieren nombrados parael repartimiento , y distribución dellos, cancelados, borrados, firmados, o signados; y el dicho Receptor, o persona, los reciba, y en su lugar dé otros de la misma calidad cobrando por cada pliego que se diere en su lugar a razón de medio real, y no mas, que es la costa que se supone podrá tener de papel, impression, conducion, y otros gastos, y el dicho Receptor o Reapartidorse descargara en la [f.5] cuentaquehuuiere dedar,con losque boluieredestegenero,cancelados,borrados,firmados,
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ó signados, según que queda dicho. Y si algunosdespachosfueren de materias secretas, bastará quese íleueelsello,ylainscripción deiostalespliegos, firmadosde las personasaquientoc are. Assimismo orden o, y mando, que todas ¡as peticiones, y memoriales que se dieren a mis Virreyes, Audiencias, Tribunales, luzgados, Gouernadores, Corregidores, y a otras qualesquier Justicias, ayan deserescritos en papel del sellote rcero: y no siendo asi, no se han de poder decretar,ni remitir, ni hazer relaciónen relación en ninguno de losdichosTribunales, y justicias, so las penas contenidas en esta Prematica. Y declaro, que los autos, ó decretos, que en su virtud se dieren, se puedan escriuiren las mismas peticiones, y memoriales: y assimismo las notificaciones de los dichos autos, ó decretos, y todas las declaraciones, y otras qualesquier diligencias, que se mandaren hazer, consecutiuamente en el mismo pape! donde estuuiere el auto, ó mandamiento del juez: y si no cupieren todasen medio pliego, se prosigaen otro , ó mas los quefueren menester,del dichosellote rcero. En las cartas acordadas, que se despacharen por mis Virreyes, Chancillerias, Audiencias, Tribunales, luzgados, ydemas lusticias,firmadasde losPresidentes,Oydores, ym inistros deltas,sevsara del papel del Sello quarto: y en las demas cartas de correspondencias, que las dichas Audiencias, Tribunales y lusticias tuuieren por medio de sus Escriuanos de Gouernacion, Camara, y otros: ó de los Oydores que por comissiones particulares escriuieren, se podrá vsar del Papel común, ó del quarto sello, que está aplicado para los despachos de oficio, como mejor les pareciere: y los Ministros con quiensetu uieren estas correspondencias podran hazerlo mismo. [f.Sv.] Y mando, que debaxo de vn sello no se pueda escriuir mas que vn solo instrumento de vnacontextura. Con declaración, queesto nose entiendaen los Protocolos,y Registrosquequedanen poder de Sos Escriubanos ante quien passaren, y despacharen, que se han de form ar enteramente de pliegos de! sello tercero; porque en ellos se han de escriuir consecutiuos todos los despachos, instrumentos; yescrituras, dequedeuequedarregistr o, aunquesean dediferentes materias,y personas, sindexar blanco ninguno, porqueassiconuiene paramayor legalidad delos Registros,y Protocolos. Y porque lo que referido es mi voluntad se guarde, cumpla y execute según y como va declarado, mando a los dichos mis Virreyes, Gouernadores, y Capitanes generales, presidentes, y Oydores de mis Audiencias y Chancillerias reales, y Alcaldes del crimen deltas, y Contadores, Corregidores, alcaldes mayores, y ordinarios, y otros qualesquier mis luezes y lusticias, y oficiales de dichasmisIndias,Islas,y Prouinciasdallas, ansí alosque el presente son,como a losqueadelantefueren, vean lo en esta mi carta contenido, y cadavno en lo que le tocare la guarden, cumplan yexecuten, y hagan guardar, cumplir y executar, sin excepción de personas, de qualquier genero, calidad, y preheminencia que sean: porque todas han de quedar (como quedan) comprehendidas en su obseruanciay cumplimiento. Y no vayan, ni passen, ni consientan ir ni passar contra su teno r yforma. Y para que venga a noticia de todos, y ninguno pueda pretender ignorancia, mando se pregone y publique esta mi carta en las ciudades donde residen los dichos mis Virreyes, y Audiencias, y en las demas de sus distritos que les pareciere conueniente. Y de [f.6] como ansi lo hizieren embiarán testimonio dirigido a la dicha Sala, en la forma que queda dicho, para en quanto la remission de los papelestocantesaestamateria. Dada en Madrid,aveintey ochode Diziembre de mil y seiscientosy treintayochoaños.
YO EL REY
Yo don FernandoRuízde Contreras Secretariodel Reynuestroseñor lahizeesc riuirp or su mandado. El CondedeCastrillo. El Lie. D.LorenqoRamirezdePrado. El Licenc. luán Pardo. El Licenc.D. luán de PalafoxyMendoqa. Registrada. Don Antonio deAguiaryAcuña: Porel granChanciller. Don Anto nio deAguiaryAcuña suTeniente.
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■Apéndice Yl° 2
Red cédula que manda que en adelante ae use el papel ad iad o en todas las tribunales q ¡u^qadoá, eclesiásticos. San Xonenp OTladrid), 2 0 dictemíme de I7 9 S450
“ Real Cédulade S. M. y Señoresdel Consejo Por!a qual se mandaquedesde ahoraen adelantese use del papel sellado en todos los Tribunales y jusgados Eclesiásticos de estos Reynos, inclusos lo de Ynquisición y otros quaíesquiera,exceptuando losque se hallaren situadosen lasProvincias no sujetasá esta regalía, baxo las reglas que se prescriben en la Instrucción inserta. Año de 1795. En Madrid: En la YmprentadelaViudaéhijodeMarín.
Don Carlos. Por la Gracia de Dios, Rey de Castilla [...], sabed: Que con fecha de veinte de Diciembre próximo pasado dirigíal mi Consejo por mano del Conde de la Cañada, su gobernador, el real Decreto que sesigue: Guardo por mi Real Decre to deveinteycinco dejunio deesteaño tuvepor convenientey necesarioaumentarel precio del papel sellado,paraatender con este mayorp roducto al pago de los interesesde los Vales Realescreadas en el mesde enero del mismo, se habíatratado yaen mi Consejo de estado (precedida consulta de otros ministros) de estender el uso del referido papel sellado áto dos lostribunalesyJuzgadosEclesiásticos demis Dominios, no solo por exigirlo asílamayor legalidad y fianza de los instrumentos y procedimientos jurídicos que le son peculiares, conforme lo representó el Reyno quando acordó, se estableciese esta importante formalidad, sino también porque las urgencias y extraordinarios gastos de la guerra no permitían que se dejase de preferir un arbitrio, que siendo por una parte necesario, ó á lo menos muy conveniente para la mayor segundad de la fé pública,y de los interesesparticularesen aquel ramo de la administración de justicia, ofrece por o tra un ingreso no despreciable, singravar directamenteal vasallo pobre,y por lo mismo digno de más especial atención. A pesar de consideraciones tan justas se suspendió por entonces, esperando que podrían variarlas circunstancias, ó minorar las urgencias; pero como los esfuerzos extraordinarios del enemigo común no llegó esto á verificarse, fue preciso recurrir á otra nuevacreación de losvales en el mes de Septiembre siguiente, para tener fondos con que contrarrestar en lo posible dichos esfuerzos. Asíse han podido cubrir con exactitud y puntualidad los gastos inmensos de este año, y acercándose el próximo sin que puedan escusarse otras iguales, exigen el decoro de la Nación, no menos que su ^30 BibliotecaNacional. Salade Investigaciones. SecciónManuscritos. Cód: CS I2 R.C., 1795 (con 9fojasútiles,81 a90).
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conservación, y seguridad que se preparen y adopten con la devida anticipación ios medios y medidas oportunas al intento. Este motivo tan urgente como necesario ha obligado á volver á examinar la materiaen miConsejo de estado, el qual despuésdehabercalculado modernamentelos inconvenientes de otros impuestos ó recargar mas gravaáque seríapreciso recurrir, opinó uniformementequeya no podía dejar de establecerse el enunciado arbitrio, ni diferirse por mas tiempo; y conformándome con estedictamen,he resuelto que el uso del papel sellado se extiendadesde luego á todos los tribunales y Juzgados Eclesiásticos de estos mis Reynos, inclusos de los de Ynquisición y otros quales quiera, y exeptuando únicamente los que se hallaren situados en las provincias no sujetas a esta regalía. Y por quanto muchos de estosartículos de las Ynstrucción inserta en la real Cédula de veinte ytres de julio expedida en virtud del citado Real Decreto de veinte y cinco de junio, se pueden adaptar á todo lo contencioso y Judicial de los Tribunales yJuzgados Eclesiásticos, especialmente los artículos primero, segundoy quinto; treinta yuno hastael setentayocho; ochentahastaochentay quatro; cientoquarenta y quatro, ciento quarentay cinco y ciento quarentay ocho, mando al Consejo, que con presencia de ellos, y comprehendiendo los Montes de Piedad cambras, ó pósitos, y otro s establecimientos sujetosa dichos Tribunales, y Jusgados Eclesiásticos (los quales se excluyen en el artículo ciento diez de la instrucción citada) tome la conveniente Instrucción relativa al uso del papel sellado en ellos y lo comuniquecon la correspondiente Cartaacordadaal M. R. Nuncio deS. S. por lo respectivo alTribunal de la Rota y Auditoría, y a ios Prelados del Reyno, parasu mas puntual, pronta, y efectivaobservancia; consultando a mi Reai persona las dudas quecon el tiempo puedan ocu rrir en este asunto. Tendrase entendido en el Consejo para su más exalto cumplimiento. En San Lorenzo el real á veinte de Diciembrede mil setecientos noventay cinco. Al Condedela Cañada. Publicado este Real decreto en el mi Consejo en dos del presente mes, acordó su cumplimiento; y en su consequencia, formada la Ynstrucción, lo rem itió a mis reales manos conconsulta denuevede este mes, y habiéndome parecido muy arreglada, por mi Real resolución á ella, que se publicó en el díaquince, he venido en aprobarla, y sutenoreselsiguiente: Instrucción que comprehendelas reglas que handeobservarseparael uso del papel sellado en los jusgados y tribunales Eclesiásticos de estos Reynos, inclusos los de Ynquisición, formada en consecuencia de Real Decreto comunicado a! Consejo en veinte de diciembre de mil setecientos noventayquatro".
[Resumen] 1. No se podráhacerni escribir instrumentospúblicosni escrituras, ni presentarenjuicio nifueradeél en los juzgados y tribunales eclesiásticos, ni en el de la inquisición, absteniéndose los jueces, y solicitándolos los procuradores, escribanos y cualquiera otros dependientes o ministros subalternos, quede admitirles recibirán las penas según las leyesy real instrucciónde 28dejunio de 1794, insertada en la “ real cédula de 23 de julio siguiente” expedida para el uso del papel sellado en los juzgados y tribunales seculares. 2. Las escrituras públicas de fundaciones, capellanías, aniversarios, patronatos, pías memorias, pósitos, administraciones, tutelas, ventas de bienes, censos, tributos, y relaciones de ellos, donaciones, obligaciones, fianzas, conocimientos anteescribanos, u otr o qualquier género de escrituras públicas de qualquier contrato entre qualquier persona, por 1,000 ducados y de ahí arriba el interés, en una o muchassumas en dinero especie u otracosa, seenviaránen papelsello mayory las quebajaren de 1,000 ducados en sello segundo y los de menos de cien ducados, el sello último (4o), y ios valores de las escrituras de rentas se hayan de regular por el principal a razón de 20,000 al millar, para que según a estese leapliqueelsello quec orrie re. 3. Las escriturasdeobligaciones, asientos de rentas,arrendamientos,obras, tasacióno contratos en los que no se puedan mencionar precio se usaráel S.2°;yen las queseotorgasen sobre frutos, mercaderías u otras especies, habiendotasaseregule,ysino, hayqueestimarla. 4. Las escriturascon cantidad incierta como transacciones, remuneraciones legítimas,o demás inciertos lesioneso compromisos , se regularánsi haysentenciasobre lo quecaigan parasabersi excedeo no los 1,000ducados. En papel sello Io, 2oy 4o sino haysentencia,sobre lasumaquevaen la demanda. 5. Las escriturasde emprés tito o permutade alquilergéneroso especies, aunque no tengan precio, se harán en sello I°.
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6. Escrituras de cartas de pago o finiquitos, según ios 1,000 ducados y hasta i00 en papel sello 3o y menos de 100en papelsello4o. 7. Escrituras defianzasyabonossobreelvalor, igual 8. Lasfianzas sin cantidad señaladase harán en pliegoselladocon el mismo selloen queestáel contrato principal. 9. Lasfianzas dadas por juecesdecomisiónordinarios, tutores, administradores, receptores, tesoreros, ejecutores, comisariosyoficial,en el mismopapel sellado en que se escribieron lostítulos desusoficios. 10. Fianzasy obligacionesque se dicen en losjuzgados o tribunales eclesiásticose inquisición, se harán sobre lacantidaddel depósito. I I . Fianzas de la “ Haz” y de pagarjuzgado ysentenciado en papel sello 3o. “ La de la leyde Madrid y Toledo,conformelacantidad”. 12. Losabonosenel mismo pliegoen quese escribió lafianza. 13. En los poderesyo tros despachos paracobranzas. “ Paraobligarytoma radaño” en papelsello 3o, y si esparapleito en papel sello 3o. 14. Posturas de oficios, jurisdicciones, rentas, prometidos, pujas, aceptaciones,traspasos,declaraciones, cesiones, pregones, remates o recaudamientos en papel sello 3°; pero las de obligación principal de la rentaque son de 1,000ducadoso más,en sello mayor. 15. Lasobligacionesde losescribanosdehacer bien su oficio, cuando se examinen, en papel sello2o, 16. Protestaciones extrajudiciales, embargosydesembargos,en papelsello 3o. 17. Libros de conocimiento de dary recibir pleito, consultas, excepto informes; y qualquier papel de secretaría:deescribanos, procuradores, etc.,enpapel sello4 o. 18. En los libros de conocimiento de pleitos fiscales de los tribunales eclesiásticos einquisición, en los quese inscriben lospobres desolemnidad. 19. Libros de entradasy salidas depresos en cárceles, de visitas yacuerdos, en papel sello4o. Podrán comprar bastante papel,y no pasaráaunqueeltiempo parasu sello pase. 20. En papel sello 4o se formarán los libros de los gremios y cofradías, que por qualquier título esté sujeto a losjuzgados y tribunales eclesiásticos e inquisición. Y si en un año no se finalizaren, pueden seguirusandoel mismopapel. 21. Los religiosos mendicantes solo podrán usar en sus dependencias de papel de oficio o de pobres, según lo que le corresponde a su sello. De acuerdo al Real Decreto de 6 de enero de 1707 “ aumentando el valor del papel sellado según los sellos que al presente tienen los números primero, segundo, tercero y quarto, de oficio y de pobres; pero no las demás cofradías religiosas y santuarios, quedeberánarreglarsealoestablecido”. 22. Todos los autos judiciales interlocutorios hasta la definitiva, peticiones, memoriales de parte, alegaciones, notificacionesy otro s de juicios en papel sello4o. Ylosautos, decretosy diligenciasquese manden hacer,y lospregones avías ejecutivas,yen lasventasjudicialesy almonedas en el mismo donde estuviereescrito el auto, sino en papel sello4o. 23. Cualquier peticiónquese hagadeleer judicialmenteo poner decreto, en pape! sello4o. 24. Mandamientos de ejecuciónen papelsello 2o, tambiénlos mandamientosde pago según lacantidad. 25. Asídeberán ejecutarlo los escribanos, en arreglo a la Real Pragmáticade !7 deenero de 1744, bajo las penas en ella prevenidas sin pretex to. Lo mismo en las fianzas de saneamiento por lotocante a los traslados para poner en los autos, registrándolos en papel sello 4o, y la saca (o copia) en la que corresponda, segúnla cantidad del trabajo ejecutado. 26. Las solturas (libertad otorgadapo r un juez)en papelsello4 o. 27. Probanzas judiciales y demás en tribunales eclesiásticos e inquisición en papel sello 2 ° primer y último pliego,y losintermedios en papelcomún. 28. Pruebas, información de limpieza de sangre en cualquier juzgado y tribunal y comunidades de estatuto, se harán la primeray laúltimaen papelsello Io. A los informantesno se lespagarásalariosino cumpleconesaformalidad. 29. Autos de aprobacióno reprobación de pruebas, enel de lassentenciasdefinitivas. 30. Losautossacados paracompulsaryapelarytraslados,enpapelsello 2 o,ylosintermediosenpapelcomún, 3 1. Memorialesajustadoso apuntamientosderelatoresydemás,enpapel sello4o, primera yúltima. 32. Montesdepiedad,“ cambras"(sic)y pósitos dejurisdiccióneclesiásticao inquisición en papelsello4 o, ysi cumplido cadaaño nofinalicesecontin uará hastaque llenesushojas,hastasuconsumo.
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33. Las cuentas por entero, en papel oficio; y la copiade ellasen el Archivo del perito en papel común, menos el primer yúltimo pliego quedebeseren oficio. 34. Licencias parasaca de trigo o dinero, en carta o al margen dei memorial o testimonio; si no aparte ante escribanoen papel sello 4o. 35. Escrituras de obligación de 20 fanegas o más, compras y ventas, ejecuciones y premios en papel sello4o. 36. Testimoniosdereintegración en papelsello4 o, pero siesencompulsa,tansolo el primer pliego. 37. En los pósitos “Todo lo demás providencial para el gobierno de los pósitos bien sea porque se siente en suslibros” , oenot ros enpapel sello4o. 38. En los pósitosp or serpocosfondos de 20 fanegas, se dispensa el papel pero no el testimon io que debe hacerseen oficio. 39. Librosycuadernosdepósitosen papelcomún,prim ero yúltimo en papel sello4°. 40. Lascuentas en papel común,el primero yel último en oficio. 4!. Todoslostestimonios en papel oficio. 42. Elresto deescrituras de obligaciones,compras,ventas,quesean judiciales, en papelsello4 o. 43. “ En las puertas de esta Corte, y en las demás Receptorías de las Partidas dei reyno se recibirán solamente lospliegoserrados deloscuatro primeros sellos, pero en ningúncaso lahoja blanca porfallar laprimero con sello”. 44. “Tampoco si se verifica la errata acabado el instrumento, con repordats y suscripciones que le vienen cocidos ypliegos medios. No son errados se tratadefraude ó abuso. Tampoco impresoscon nombres errados,el dueño costearáno se debeafectar la Real hacienda” . “ Firmadopor Bartolom é MuñozSánchezEscribano deCámara del Rey. Aranjuez,20 deenero de 1795. YO ELREY FernandodeNestares Secretariodel Rey” .
224
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Apéndice Yl°
Resumen
4
qm&teú de la emisión del papel sellada en
elPenú<1640-1825)
N° 1 Períodosde emisión
1640 164!
1640-1641
0
1642-1643 1644-1645 í 646-1647 1648-1649 1650-1651 1652-1653 1654-1615 1656-í 657 1658-1659 1660-1661 1662-1663 1663-1664
1642 1643
1644 1645
1646 1647
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1662 1663
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1665-1666
0
O: Papel selladodeorigen(período indicadoenlaprimera columna) X: Papel selladodeorigen(verp eríodoenlaprimeracolumna)habilitadoparaunperíodo pos terior(ver período dela primerafila) H: Período quecareció depapel selladodeorigen,enelquesolo seutilizópapelsellado habilitado
233
N° 2
Papeles habilitados ¡663-1664
1666 1667 X
1667 1668
1665-1666
1668 1669
¡669
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¡679-1681
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O: Papelselladodeorigen (período indicadoenlaprimeracolumna) X: Papelselladodeorigen (verperíodoen laprimeracolumna)habilitado para un períodopo sterior (verperíododela primerafila) H: Períodoquecareciódepapelselladodeorigen,enelquesoloseutilizópapel selladohabilitado
N° 3 Papeles habilitados ¡685-1687
1687 ¡687-1688 ¡688-1689
¡685 ¡687 0
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¡687 1688 X
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¡708-1709 O: Papelselladodeorigen(p eríodo indicadoenlaprimeracolumna) X: Papelselladodeorigen(v erp eríodo en la primeracolumna)habilitadopara un períod o po ster ior (verpe ríodo dela primerafila) H: Períodoquecareciódepapelselladode origen,enelquesoloseutilizó papel selladohabilitado
234
1708 1709
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1694-1696
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N° 4
Papeles habilitados 1652-1653
1710 1711
1711 1714
1712 1713
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1715 1716
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1656-1657
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1663-1664
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1718 1721
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1723 1724
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1712-1713
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1718-1721 1722-1730
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1731-1732
0
¡731-1734 O: Papelsellado deorigen (período indicadoen laprim eracolumna) X: Papelselladodeorigen (verperíodoenlaprimeracolumna)habilitadoparaunperíodo posterior (verperíodo dela primerafila) H; Períodoquecarecióde papelselladodeorigen, enelquesoloseutilizó papelselladohabilitado
N° 5 Papeles habilitados 1696-1697
1733 1736
1735 ¡736
1710-1711
1737 1738 X
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1739 1740
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1718-1721
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1735-1736 1737-1738 1739
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O; Papelselladodeorigen (período indicadoen iaprim eracolumna) X; Papelselladodeorigen (verperíodoenlaprimeracolumna)habilitadoparaunperíodo posterio r(verperíodo dela primerafila) H: Períodoquecareciódepapel sellado deorigen,enelquesoloseutilizó papelselladohabilitado
235
N° 6 Papeles habilitados
1753 1754
1754 1755
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1768-1769 1770-1771
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O: Papelselladodeorigen(pe ríodo indicadoen laprim eracolumna) X: Papelselladodeorigen(ver período enlaprime racolumna) habilitado paraunp eríodo pos terior (verpe ríodo dela primerafila)
N° 7 Papeles habilitados
1772 1773
1774 1775
1776 1777
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1756-1757
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1800-1701 O: Papeíselladodeorigen {perío do Indicadoen laprimera columna) X: Papelselladodeorigen (verpe ríodo en laprimera columna)habilitadoparaunpe ríodo post erior (verperío do dela primerafila)
N° 8 Papeles habilitados
1802 1803
¡804 1805
1806 1807
1808 1809
1810 1811
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1802-1803
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1808-1809 ¡810-18!I 1811-1812 1812 1813 1814-1815 1816-1817 1818-1819 1820-1821 1822-1823 ¡824-1825
1818 1819
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O: Papelselladode origen(pe ríodo indicadoenlaprimeracolumna) X: Papelselladodeorigen (ver períod o enlaprimera columna)habilitado paraunpe ríodo pos terio r(ver período dela primerafila)
237
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Selección, qnáfyica de loa mrniom& del ¡sapd adiado (1640-1824)
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Sello primero, tSleíníe? & u m c leales & í \ y& d f cu m o2 y& m K m
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Primerpapelsellado emitido.Sello I o, 1640-1691
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239
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240
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Sellosemitidosduran teladinastíaHabsburgo:Sello í°, 1642-1643/ Sello 2o, ¡64 6- 16 47 /Sello3o. 1644-1645/Sello4o, 1665-1666
2 41
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S e l l o ©, v a s t o . v .h mv ? A & T I L L O , A M O S D E WSE. S S T E C m i í T O S V SE S E H TA < S EIS , Y S E S E H T A f S U B Í A
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SIRVE PASA EL, REYNAÜO DEL S.D FERNANDO VIL EN E L A N O Í'-JE -i 8 x*^
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Sellosemitidosdura nteladinastíaBorbón: Sello4o, 1766-1767/ Sello4o, 1792-179 3/Sello4o. 1811-181 2/Sello3°, 1812
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Papelesselladoshabilitadosduranteelproceso deLibertad:Sello4 o, 1821, "Perú independiente Año de 182! I o de su Libertad”/Sello 2o, Í818 -Í8I9 , "PerúindependienteparalosAñosde 1822y 1823. 2oy 3o desuLibertad1’/Sello 3o, 1820-1821. "Perú independie nteparalos [Años de]1822y 1823. 2°y 3o desu [Lib erta d]" /Sello3o, 182 4-1825. "Perú independienteAbilitado paralosaños de 1825 y 1826. VI yVi!"
243
Qloaanio Cordobanes, Piel curtida de macho cabrío ode cabra. Epígrafe. Parte escrita del papelsellado, en el queestán las señaladaselvalor detselloy período aque corresponde. Escusón. Campo quese colocaenel centro de un escudocuandoestees de mayorjerarquía. Papel sellado de origen. El papel sellado que se expide por primera vez, con un sello real y una epígrafe. Papel sellado habilitado. Aquel papel sellado que no habiéndose vendido en su oportunidad, es resellado pararegir en un período posterior. Peso. Unidad monetariaen el Perúcolonial, equivaleaocho reales. Peso ensayado. Unidad monetaria, que equivale de nueve a doce reales. Generalmente se usó en transaccionesde altovalor. También, comogarantíadelv alorenplata. Premática. Debedecir pragmática. Leyemitidapo r el reypublicadaenform ato individual. Sigilografía. Disciplina queestudialos sellosen todos susaspectos sistematizando la información sobre su historia,susformasy uso dentro de un ento rno social. Taleguita. Bolsoenel quellegaban lossellos (improntas) a Callaocon losdemáspapeles sellados.
3mnt&&Jb&cumentaígá. ■AnchivoQenenal de la Tladón( A G N ) ArchivoGeneraldela Nación (AGN) - Fondo: Estancos, Serie C-14 / Estanco deTabacos. Dirección General de Rentas Estancadas, siglo XVIII. Cuatro legajos: 797-800, -Fondo: Estancos,Serie C-14/Lima. Legajo único. -Fondo: Estancos,Serie: C-4 / Ramode PapelSellado, 1761-1823. Veintidós legajos:730-751. - Fondo: Estancos,Serie:C-14 / Pape! Sellado. Nuevelegajos:768A-776. -Fondo: Genealogías. Legajos 1,2y3. -Fondo: Protocolos Notariales: SigloXVtl Escribano: Pedro Bastante Cevallos. Leg. 190(1656-59). Escribano: LorenzoC ontero . Leg.369 (1677-81). Escribano: Juan Beltrán. Leg. 195 (1678), 196 (1679-81), 199(1684) y206 (1691). SigloXVIII Escribano: ÁlvarezdeRon. Leg.40(1707-10). Escribano: José deArenas. Leg.56(1709). Escribano: Juan deAvellán. Leg. 98(1705-06). Escribano: Diego DelgadodeSalazar. Leg. 213 (1723-i726)y2 14 ( i726-29). Escribano: Miguel Estado Meténdez. Leg.403 (1708-10). Escribano: PedroPérezde Cabañas. Leg.842 (1718-24). Escribano: Nicolásde Figueroa. Leg.486(1717-20). Escribano: Diego MárquezdeGuzmán. Leg.664(1714-18). Escribano: Marcos de Useda. Leg. 1133 (1729), 1134 (1729-30), 1135 (1731), 1152 (1749), 1153 (1750)y I 154 (¡751).
- Fondo: Real Audiencia, Serie: Causas Civiles. • *
SigloXV I1(1640-1699) Legajo 165: Cuaderno 620; Leg. 188:711 y 714; Leg. 200:761; Leg. 266:1000 y 1001; y Leg. 282:1071.
SiglosXVIII-XIX{1700-1821} Legajo I: Cuaderno2;Leg. 169; 1729, 1733y 1735,
Fondo: Real Audiencia, Serie: Causas Criminales: •
Siglo X V II ( 1 63 6- 16 96 )
•
Legajo2: Cuadernos2y3;Leg. 3:4,6y7;y Leg.4:8-10, 11- 14y 16.
Fondo: Rea!Audiencia, Serie: Causas Criminales:. • «
Siglos X V II I- X I X ( 1 69 5- 18 21 ) Legajo i: Cuadernos 2y3; Leg.2: cc.2A, 5-8y !0M 4; Leg.3:15, 18, 19 y22; Leg.4:27; Leg. 5:32y 38; Leg.6:43, 46,48, 50 y53; Leg.7:55, 59, 61 y62; Leg. 8:63-65; Leg. 9:74-75*y 77; Leg. 10:85, 86, 88, 89, 98, 100y 103a; Leg. 11:105, 107-110, 113-1 ¡5, ! 17 y 118; Leg. ¡2:132; Leg. 13:133 y 140; Leg. 14:155y 157; Leg. 15:159 y 165; Leg. 16:169-17!, 174 y 177; Leg. 17:180, ¡83 y 191; Leg. 18:201,209 y 212; Leg. 20:234y 237; Leg. 21:241 y 243;Leg. 23:251; Leg. 24:267,268 y2 71; Leg.25:293, 297y298;Leg.2 6:30 1,31 0 y312; Leg.27:314,317y 320; Leg. 28:337, 342, 347-349 y 353; Leg. 29:356y 359;Leg. 30:366, 367y 372; Leg. 31:377, 378, 380y 385;Leg. 32:391 y 398; Leg. 33:401 y402; Leg. 34:413 y417; Leg. 35:422; Leg. 36:423, 431 y432; Leg. 38:445,447,448, 452y455; Leg.39:456y 469;Leg.40:472y 477;Leg.42:4 91; Leg.47:542, 544 y 545; Leg.48:548,553a, 556, 557y 560; Leg. 49:566; Leg. 50:576, 577, 583 y 585;Leg. 51:601; Leg. 52:603,605y 609;Leg. 53:61!, 612y 615;Leg.54:624; Leg. 56:646, 649 y650; Leg. 58:669; Leg.59:686y 687; Leg. 60:703; Leg. 6 1:707; Leg. 62:721 y731; Leg. 63:737; Leg.64:749; Leg. 65:761 y 764; Leg. 66:77!; Leg. 67:772, 777y 786; Leg. 68:795, 796 , 798 y 805;Leg.6 9:8 13 y817; Leg.70 :831,832, 84 1,84 5 y849; Leg.71:854y 858; Leg. 72:882y 884; Leg. 73:899; Leg. 74:902; Leg. 76:927; Leg. 80:980; Leg. 81:1003 y 1005; Leg. 82:1008; Leg. 83:1024; Leg. 87:1071 y 1079, Leg. 89:1099; Leg. 91:1126; Leg. 92:1131; Leg. 93:1141; Leg. 94:1155; Leg. 95:1160a; Leg. 98:1198; Leg. 101:123! y 1232; Leg. 102:1240; Leg. 104:1263- 1265;Leg. 106:1287; Leg. ¡08:1299; Leg. 109:1315. 1316; Leg. 110:1318, 1321;Leg. 111:1333; Leg. 113:i368y 1370; Leg. 116;1399; Leg. 118 :14 3 1;Leg. 120:1459; Leg. 121:1477y 1478; Leg. 122;1483 y 1486; Leg. 123:1508; Leg. 124:1515; Leg. 126:1539; Leg. 127:1547; Leg. i29:í 57 1; Leg. 130:1575; Leg. ¡31:1590, 1592y 1603; Leg. 132:1610; Leg. 136:1650; Leg. 138:1689; Leg. i39:1702y 1720;Leg. 140 :1728; Leg. 141:1740y 1746;Leg. 142:1766, 1779y 1784.
-Fondo:Real Hacienda, Serie:C-15. Legajo 553:cuadernos3352, 3353, 3354, 3355, 3356, 3357, 3358, 3359, 3361,3362 (Libro de tomas deRazón deProvidenciasde! ramo depape!selladoque dio principio en elañode 1787. Contaduría General), 3364 y3365; Leg. 554:3368, 3369, 3370, 3372, 3374, 3375, 3376, 3377, 3378, 3379, 3380, 338! y 3382;Leg.555:3383,3384,3385, 3386, 3387, 3388, 3389, 3390,3391, 3392, 3393 y3394,
-Archivo Histó rico del Institu to RivaAgüerodelaPontificiaUniversidad Católicadel Perú (AHRA) -Colección RivaAgüero. 1822. -Archivo Regional de!Cusco (ARC) - Colección: Nota rio Romualdo Vega Centeno. Expediente: Mateo Pumacahua sobre embargos de susbienes. 1815-1825. - Colección: Notario Romualdo Vega Centeno. Expediente promovido por el Procurador de Naturalesa nombre del Coron el don Mateo Pumacahua, solicitando se lede la cantidad de quinientos pesos paraayudadelosgastosdelaJuradelSeñordon Fernandoséptimo. 18 0 8 -1824. -Biblioteca Nacionaldel Perú. Sala deInvestigaciones(BNP-SI)
248
Secciónmanuscritos. RealCédula deS. M. SeñordelConsejo por la cual se mandaguardar/ cu mplir la Instrucción inserta» en quese prescriben las reglas que hande observarse en eluso del papelselladoy su precio. Año 1794. En Málaga: Por D. Luis de carreras, impresorde esta M,!. Ciudad de la Dignidad Episcopal, de la Santa Iglesia Catedral, y del Rea! Colegio deSan Telmo, en la Plaza. Código:C 5 II. Real Cédula deS.M.y Señoresdel Consejo por la qual se mandaque desdeahora en adelante se use del papel sellado en todos los Tribunales y juzgados Eclesiásticos de estos reynos, inclusos lode Ynquisictón yotro s qualiesquieres, exceptuando los que se hallarensituados en las provincias no sujetos á esta regalía, baxo las reglas que se prescriben en la instrucción inserta. Año 1795. En Madrid. En la Ymprentade la de la Viudaé hijo de Marín. Código: C5I2. RealO rden sobre el aumentodel preciodel Pape! Sellado de Carlos IV. Huancavelica, 19 de febrerode 1799. Código: C3296 [Impreso],
249
250
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índice
Introducción Capítulo I Aspectos generales del papel sellado y las disciplinas afines
5 í3 13
1.1 Eí papel sellado i . I .i Los soportes de la escritura hasta la Edad Media en Europa 1.2 Introducción del papel sellado en España 1.2.1 El proceso de decadencia 1.2.2 Introducción del papel sellado 1.3 Elpapelsellado Lasigilografíaylaheráldica.Antecedentes en lacivilización occidental y en lainvestigación hispanoamericana 1.3.1 La sigilografía: antecedentes y vigencia actual 1.3.1. 1 La sigilografía 1.3. i .2 Antecedentes y vigencia actual 1.3.2 La heráldica y los escudos reales
13 í4 15 20 21 23 24 25 26 35
Capítulo II El papel sellado en el Perú Colonial (1640-1824)
39 39
2.1 Introducción del papel sellado en Hispanoamérica 2.1.1 Fines 2.1.2 Tipos y valores 2.1.3 Emisiones 2.1.4 Personal administrativo 2.1.5 Períodos 2.2 Aspectos legales 2.3 Administr ació n delpapel sellado y alcances económicos en el Perú c olonia! 2.3.1 Centros dedistribucióny cuentasde loproducido por el papelsellado 2.3.2 Según Cajas Peales (TePaske y Klein) 2.3.2.1 Arequipa, 1689-1780 2.3.2.2 Arica 2.3.2.3 Buenos Aires 2.3.2.4 Caitloma 2.3.2.5 Carabaya 2.3.2.6 Castrovirreyna
39 39 40 44 51 53 57 66 72 74 77 79 80 81 82 83
232.1 Chachapoyas, Chiloé y San juan de Matucana 23.2.8 Concepción 23.2.9 Cusco 23.2.10 Huamanga 23 .2.11 Huancavefíca 23.2.12 Jauja 23.2.13 Urna 2.3.2.14 Piura y Paita 2.3.2.15 Puno 2.3.2.16 Saña 23.2. i 7 Trujiilo 23.2.18 Vico y Pasco 2 3 3 Según cifras de las administraciones generales 23.3.1 De 1640-1781 2.33.2 De 1782 a 182 i
83 83 84 85 86 87 88 90 91 92 92 94 96 96 101
Capítulo m Los sellos reales en el papel sellado
107 107
3.1 Los escudos reales en el papel sellado 3.1.1 El sello real 3.1.2 El papel sellado 3. 1.2.1 Elementosdelpapel sellado 3.13 El papel sellado habilitado 3.2 Los escudos de ios sellos de los reyes de España 3.2.1 La naciente España y los reyes católicos, 1479-1516 3.2.2 Carlos I, 1516-1555 3.23 Felipe II, 1556- i 598; Felipe III, 1598-1621y Felipe IV, 162 M 665 33 Sellos reales en elPerú Colonial,1640-1824 33.1 Felipe IV, 1621-1665 33.2 Carlos llt 1665-1700 3 3 3 Felipe V, 1700-1746 .3.3.4 Fernando VI, 1746-1759 3.3.5 Carlos III, 1759-1788 33.6 Carlos IV, 1789-1808 3.3.7 Fernando Vil, 1808-1824 3.4 Las inscripciones 3.5 Sellos habilitadores 3.6 Sellos inusuales
107 108 109 109 112 114 117 119 123 125 125 135 139 141 142 144 147 153 175 183
Capítulo IV Aspectos sociales del papelsellado 4 .1 4.2 4.3 4.4 4.5 4.6
Reacción a la introducción del papel sellado en el Perú Problemas administrativos con consecuencias sociales Reclamos de notarías Papel sellado y demanda de la población: Perú 1793 Alza de precios de! papel sellado en el bienio 1798-1799 Aspectos polít icos , económicos y sociales de los sellos en la vida cotidiana
185 185 185 186 187 187 189 190
Capítulo V El papel sellado en la transición de la Colonia a la Independencia del Perú 1821-1824
193
5 .1 Eí papel sellado en Urna i 821- 1823 5.2 El papel sellado en Cusco 1824-1825 5.3 Eí mensajedeí papelselladoeniatransicióndelaColoniaalaIndependencia
196 199 200
Capítulo VI Problemas y opiniones en torno al uso del papel sellado
205 205
Conclusiones
209
Apéndices
i93
213
1. Pragmáticade laleyXV II que ordenael usodelpapel selladoen Hispanoamérica. Dadapo r Felipe IV. Madrid,28 de diciembrede 1638. Impresaen la ImprentaReal de las Indias en 1639. 2. Real Cédulaque mandaqueenadelantese useeipapelsellado en todos los tribunalesyjuzgadoseclesiásticos. San Lorenzo (Madrid),20dediciembrede 1795 3. Sellos habilitadores, 1648-1823 4. Resumengeneral de laemisión depapelselladoen elPerú,1640-1825 5. Selección gráfica de las emisiones de papel sellado, 1640-1824
221 225 233 238
Glosario
245
Fuentes documentales
247
Bibliografía
251
215