3.- VALORES DE INMEDIATA INMEDIATA REALIZACION. 1.1 Concepto.
Son las que están representadas por acciones y otros valores de inmediata realización, que la empresa adquiere en casas de bolsa o en otros organismos del sector financiero, con el propósito de obtener un rendimiento o ganancia en plazo corto, y evitar con ello que su efectivo disponible no produzca un beneficio; esta cuenta aumenta cuando la entidad adquiere acciones, bonos, obligaciones, cédulas hipotecarias, bonos de prenda, etcétera, disminuye cuando los vende; es cuenta del activo porque representa el importe de las acciones y otros valores de inmediata realización que son propiedad de la entidad. DOCUMENTOS REPRESENTATIVOS: Toda inversión (financiera) está representada por un instrumento escrito o certificado (derechos financieros), usualmente denominado "título de crédito", aun cuando es preferible llamarlo "valor", que es un concepto más amplio y que admite la clasificación que se establece a continuación: y
y y y
Título de crédito: representan una obligación o compromiso de pago de dinero. Pueden a su vez ser cambiarios, si están destinados a circular, y no cambiarios, si son intransmisibles. Títulos de participación: representan derechos económicos y/o societarios. Títulos de tradición: representan un derecho de posesión y/o prenda sobre un bien específico y/o sus rendimientos.
Los títulos pueden ser a corto o a largo plazo, aun cuando legalmente no hay distinción. Usualmente, los títulos de crédito son de uso temporal, mientras que aquellos que representan una inversión de capital son, generalmente, de uso "permanente". CARACTERÍSTICAS DE LOS TÍTULOS: Se admite que los títulos son: Incorporados: porque en si mismos representan títulos o derechos. Literales: porque representan un compromiso escrito. Autónomos: porque transfieren los derechos que representan. Legítimos: porque facultan el ejercicio de los derechos. Abstractos: porque no dependen de la causa que los origina. y y y y y
FUENTES DE INVERSIÓN: La fuente básica y fundamental de la inversión es el ahorro. Sin él la inversión no sería posible. Sin embargo, se pueden citar otras fuentes o intermediarios financieros: y y y y y y y
Depósitos de ahorros en Instituciones Financieras Depósitos comerciales en Instituciones Financieras Compañías de Seguros Instituciones educativas / científicas / benéficas, etc. Fideicomisos o fondos fiduciarios Fondos de corporaciones Fondos de pensiones / de retiros, etc.
y y
Cajas de ahorros, fondos de ahorros y similares Reinversión de beneficios
METAS DE LA INVERSION (lo que buscamos en una inversión) y y y y y
Seguridad Liquidez Tasa de rendimiento Ganancias de capital Efectos fiscales
1.2 Valuación.
Las inversiones disponibles a la vista con fines de negociación deben valuarse a su valor razonable. En el caso de las inversiones disponibles a la vista conservadas a vencimiento deben valuarse a su costo de adquisición más intereses devengados; los cambios en valor razonable y los intereses deben reconocerse en el estado de resultados conforme ocurren o se devenguen. Valor razonable: representa el monto de efectivo o equivalentes que participantes en el mercado estarían dispuestos a intercambiar para la compra o venta de un activo, o para asumir o liquidar un pasivo, en una operación entre partes interesadas, dispuestas e informadas, en un mercado de libre competencia. Cuando no se tenga un valor de intercambio accesible de la operación debe realizarse una estimación del mismo mediante técnicas de valuación. Una entidad debe clasificar, desde su reconocimiento inicial, las inversiones en instrumentos financieros por cobrar como clasificados para ser valuados a costo amortizado y los instrumentos financieros negociables como clasificados para ser valuados a su valor razonable tomando en cuenta tanto la estrategia de negocios para administrarlos, como las características contractuales de los flujos de efectivo de los mismos. Evaluación de si los flujos de efectivo contractuales son por pagos de principal y sus intereses o por negociación. El instrumento es un bono convertible en acciones de su emisor. En este caso los flujos de efectivo contractuales no representan el pago del principal y su interés, pues el principal tiene implícito el valor que tendría el instrumento financiero de capital y el interés contractual no refleja únicamente la contraprestación por el valor del dinero en el tiempo y el riesgo de crédito del emisor, sino que tiene implícito una estimación del riesgo del valor del instrumento financiero de capital a futuro. El instrumento tiene una tasa de interés de mercado, pero se establece que el emisor puede diferir el pago de intereses bajo ciertas condiciones, si el pago afecta su solvencia. Si el interés diferido no se considera como un principal sujeto al pago de intereses, entonces los flujos de efectivo contractuales no son una contraprestación de la totalidad del principal, pues este incluye una nueva porción que no genera intereses. Si los intereses diferidos sí incrementan el principal sobre el cual se causan intereses en la fecha de vencimiento, sí se consideraría que los flujos de efectivo contractuales representan el pago del principal y su interés
1.3 Presentación. NIF C 2
Dentro del estado de resultados, en el resultado integral de financiamiento deben presentarse: a) En su caso, los ajustes a valor razonable de los equivalentes de efectivo. b) Las fluctuaciones cambiarias de la moneda extranjera. c) En su caso, los intereses generados por el efectivo devengados en el periodo. La inversión en instrumentos financieros negociables debe presentarse en el estado de posición financiera al valor razonable determinado de acuerdo con lo establecido en esta norma, en un rubro por separado, en el activo circulante o no circulante de acuerdo con las circunstancias. Puede darse el caso de que una inversión en un activo financiero y un pasivo financiero vayan a ser liquidados por su monto neto, en cuyo caso debe seguirse lo indicado en la norma de información financiera relativa a la compensación de activos y pasivos financieros. El estado de resultados debe presentar en un rubro por separado los cambios en valor razonable de los instrumentos financieros negociables así como los rendimientos que se hayan cobrado. Estas partidas deben presentarse en el margen de intermediación en las entidades financieras y en el resultado integral de financiamiento para las no financieras. Los cambios en el valor razonable del instrumento financiero incluyen la comparación de su valor razonable al inicio y final del periodo, de la fecha de adquisición al final del periodo y del inicio del periodo a su fecha de venta 1.4 Transacciones de compra-venta.
En una compra o venta mediante un contrato regular (bajo las condiciones normales del mercado) de instrumentos financieros en el mercado, éstos deben ser reconocidos y dados de baja, según sea aplicable, con base en la fecha de transacción o de liquidación. El método elegido debe ser aplicado consistentemente para todas las compras o ventas de instrumentos financieros que pertenezcan a la misma clase (costo amortizado o a valor razonable). La fecha de transacción es aquella en la que la entidad se compromete a efectuar la compra o la venta. Cuando se utiliza esta fecha la entidad: A. reconoce la inversión en un instrumento financiero a ser recibido y el pasivo asumido a pagar al precio de esa fecha. B. Se reconoce la baja de la inversión en un instrumento financiero a ser vendido como una cuenta por cobrar y una utilidad o pérdida por la venta de la inversión en un instrumento financiero. Generalmente el interés no empieza a devengarse sino hasta la fecha de liquidación. INVERSIÓN EN VALORES DE RENTA FIJA
Un instrumento o valor de renta fija es aquel que promete una serie de pagos en fechas específicas, durante un período en el futuro. Caen dentro de este concepto los títulos o valores de deuda, ya que durante su vigencia pueden ofrecer pagos de intereses y/o amortizaciones. También podemos incluir dentro de este segmento a las acciones preferidas o preferentes, porque su característica principal es que ofrecen un pago fijo de dividendos. No debemos confundir renta fija con tasa fija. Un instrumento de deuda puede tener cupones de intereses a tasa variable, pero sigue siendo un instrumento de renta fija. El valor o precio de un instrumento de esta naturaleza está estrechamente vinculado a: a. La probabilidad de que realizarán los pagos prometidos b. Las condiciones económicas generales c. Las tasas de interés 1.5 Los intereses y su registro.
Interés básico o libre de riesgo: Las tasas básicas de interés pueden ser normalmente obtenidas de los precios de bonos gubernamentales observables que son frecuentemente publicadas en medios financieros. Estas tasas típicamente varían en función de los flujos de efectivo proyectados junto con una curva de rendimiento de las tasas de interés para distintos horizontes de tiempo. Tasa efectiva: es la tasa de interés que realmente (efectivamente) se paga, sin perjuicio de la tasa de interés nominal. El riesgo de la tasa de interés es un riesgo de mercado que afecta a los instrumentos financieros reconocidos en el estado de posición financiera que generan interés, así como a ciertos instrumentos financieros no reconocidos, como compromisos por líneas de crédito. La entidad debe revelar la sensibilidad que tiene en caso de variaciones de tasas de interés que tengan un efecto importante. REGISTRÓ ADQUISICION DE ACCIONES Inversión de acciones Efectivo
Carga XXX Abona XXX
REGISTRÓ DE DIVIDENDOS RECIBIDOS Efectivo
Carga XXX Inversión en Acciones
Abona XXX
REGISTRO DE LA PARTICIPACIÓN EN LA UTILIDAD ORDINARIA Y LA PERDIDA EXTRAORDINARIA Inversión en Acciones Perdida en la Inversión (extraordinaria) Ingreso en la Inversión (Ordinaria)
Carga XXX Abona XXX Abona XXX
1.6 Normas de Información financiera aplicables. SUSTANCIA ECONOMICA
La sustancia económica debe prevalecer en la delimitación y operación del sistema de información contable, así como en el reconocimiento contable de las transacciones, transformaciones internas y otros eventos que afectan a una entidad. DEVENGACION CONTABLE
Los efectos derivados de las transacciones que lleva a cabo la entidad económica con otras entidades, de las transformaciones internas y de otros eventos, que la han afectado económicamente, deben reconocerse contablemente en su totalidad, en el momento en el que ocurren, independientemente de la fecha en que se consideren realizados para fines contables. ASOCIACION DE COSTOS Y GASTOS CON INGRESOS
Los costos y gastos de una entidad deben identificarse con el ingreso que generen, en el mismo período, independientemente de la fecha en que se realicen.