CRITERIOS CRITERIOS DE DE VALORACION VALORACION EN EN HIGIENE HIGIENE INDUSTRIAL INDUSTRIAL
LOS
CRITERIOS SON NORMAS QUE COMPARAN LOS RESULTADOS OBTENIDOS AL ESTUDIAR UN AMBIENTE DE TRABAJO. NOS ENTREGA INFORMACION DEL RIESGO PARA LA SALUD DEL PERSONAL EXPUESTO AL AMBIENTE DE TRABAJO. LA NORMA PUEDE SER UN REGLAMENTO O LEGISLACION QUE HAY QUE CUMPLIR COMO REFERNCIA.
CRITERIOS CRITERIOS DE DE VALORACION VALORACION
LOS VALORES NUMERICOS OBTENIDOS DE
EVALUACIONES NOS INDICAN LAS CONCENTRACIONES DE CONTAMINANTES, ESTOS DATOS JUNTO CON EL TIEMPO DE DE PERMANENCIA CON EL CONTAMINANTE. ES LO LO QUE QUE SE SE ENTIENDE POR EXPOSICION
CRITERIOS CRITERIOS DE DE VALORACION VALORACION OTROS FACTORES A CONCIDERAR:
TIPO DE TRABAJO
HABITOS PERSONALE PERSONALES S
ETC.
VALORACION VALORACION EL ESTABLECIMIENTO DE LOS VALORES DE REFERENCIA SE BASAN EN INFORMACION OBTENIDA A PARTIR DE ESTUDIOS EPIDEMIOLOGICOS, TOXICOLOGICOS EXPERIMENTALES CON ANIMALES, ESPECULACIONES ESPECULA CIONES QUIMICOQUIM ICO- TOXI TOXICOLOG COLOGICAS, ICAS, Y ENSAYOS CON VOLUNTARIOS (TOXICOS MENORES).
VALORACION VALORACION
DE ESTOS ESTUDIOS NACEN LAS DOSIS MAXIMAS TOLERABLES O ADMISIBLES
QUE SON VALORES MAXIMOS QUE NO SE DEBEN SOBREPASAR
DOSIS DOSIS EFECTIVA EFECTIVA DOSIS Y CONCENTRACIÓN LETAL 50
Nos ayudan a cuantificar la toxicidad de una sustancia.
Estos parámetros se determinan sobre animales de experimentación como ratas y conejos.
DOSIS DOSIS EFECTIVA EFECTIVA Concentración letal 50
CL50 (inhalación).
Dosis letal 50 cutánea
DL50 cutánea.
Dosis letal 50 oral
DL50
oral.
CONCEPTO CONCEPTO DE DE LÍMITE LÍMITE PERMISIBLE PERMISIBLE CONCENTRACIÓN DE UNA SUSTANCIA EN EL LUGAR DE TRABAJO, BAJO LA CUAL EXISTE UNA RAZONABLE SEGURIDAD QUE UNA PERSONA PODRA DESEMPEÑAR SUS LABORES EN FORMA INDEFINIDA, CUMPLIENDO UNA JORNADA NORMAL, DURANTE TODA SU VIDA DE TRABAJO, SIN SUFRIR MOLESTIAS NI DAÑOS A SU SALUD.
LÍMITES LÍMITES EN EN OTROS OTROS PAISES PAISES
U.S.A.
PEL
URSS
CMP
ALEMANIA
MAK
U.K.
MEL OES
ORGANISMOS ORGANISMOS DE DE REFERENCIA REFERENCIA USA USA OSHA
Occupational Safety and Health Administration
NIOSH
National Institute for Occupational Safety and Health
ACGIH
American Conference of Govemmental Industrial Hygienists
ORGANISMOS ORGANISMOS DE DE REFERENCIA REFERENCIA USA USA • TLVs – ACGIH : recomendaciones para Higiene Industrial • PELs – OSHA: estándares legales
ACGIHACGIH-BASE BASE LÍMITES LÍMITES DE DE EXPOSICIÓN EXPOSICIÓN NACIONALES NACIONALES “Treshold Limit Values for Chemical Substances and Physical Agents. Biological Exposures Indices” American Conference of Governmental Industrial Hygienists
(33 países incluido CANADA)
LIMITES LIMITES PERMISIBLES PERMISIBLES USA USA TLV:
Threshold Limit Values Valor Umbral Límite
TWA:
Time Weighted Average Concentración Promedio Ponderada en el Tiempo
STEL:
Short - -Term T erm Exposure Limit Límite de Exposición para Períodos Breves
C:
Techo del TLV
PEL:
Permissible Exposure Limit (OSAHA) Límite de Exposición Permitido
LÍMITES LÍMITES EN EN CHILE CHILE
Están basados en los límites de la ACGIH, se encuentran en el Decreto.Supremo Nº 594 .
COMO COMO SE SE EXPRESAN EXPRESAN LOS LOS LÍMITES LÍMITES PERMISIBLES PERMISIBLES
Se expresan en :
mg/m3
miligramos por metro cubico
ppm
partes por millón
LÍMITES LÍMITES PERMISIBLES PERMISIBLES
mg/m3 Expresa la concentración del contaminate (masa de contaminante por unidad de volumen de aire).
LÍMITES LÍMITES PERMISIBLES PERMISIBLES
ppm Expresa la proporción entre el numero de unidades de volumen de un contaminate gaseoso o vapor por cada millón de moléculas de aire que lo contiene.
CRITERIOS CRITERIOS DE DE CLASIFICACION CLASIFICACION SEGÚN SEGÚN EL EL LPP LPP GRADO TERMINO UTILIZADO
ppm
Mg/m3
4
Extremadamente tóxico
< 10
< 0. 25
3
Al tamente tóxico
1 1 -250
0. 26-2. 5
2
Moderadamente tóxico
251 -500
2. 51 -5. 0
1
Prácticamente no tóxico
501 -1 000
5. 1 -1 0
0
Rel ativamente inocuo
> 1000
> 10
Límites de Exposición • D.S. Nº594/99 – Límite Permisible Ponderado, LPP – Límite Permisible Temporal, LPT – Límite Permisible Absoluto, LPA
• TLVs ACGIH – TLV-TWA – TLV-STEL – TLV-C
COHERENCIA CON TLVs DE ACGIH
TIPOS TIPOS DE DE LÍMITES LÍMITES PERMISIBLES PERMISIBLES En Chile se definen tres tipos de límites permisibles (Decreto Supremo Supremo N° N° 594 – 09/1999)
LÍMITE PERMISIBLE PONDERADO.
LÍMITES PERMISIBLE TEMPORAL.
LÍMITE PERMISIBLE ABSOLUTO.
LÍMITES LÍMITES PERMISIBLES PERMISIBLES PONDERADO PONDERADO ARTICULO 59 “Valor máximo permitido para el promedio
ponderado de las concentraciones ambientales de contaminantes químicos existentes en los lugares de trabajo, durante la jornada normal de trabajo de 8 horas diarias y un total de 48 horas semanales”
CONCENTRACIÓN MEDIA PONDERADA DIARIA C1*t1 + C2*t2+...........Cn*tn CMPD = t1+t2+......tn
C : Concentración ambiental t : tiempo de exposición a esa concentración ambiental
C
LPP C promedio
t
C
C promedio LPP
t
Artículo 60º El promedio ponderado de las concentraciones ambientales de contaminantes químicos no deberá superar los limites permisibles ponderados (LPP) establecidos en el articulo 66 del presente reglamento. Se podrán exceder momentáneamente estos límites, pero en ningún caso, superar 5 veces su valor.
5 LPP
C
LPP C promedio
t
LÍMITES LÍMITES PERMISIBLES PERMISIBLES TEMPORAL TEMPORAL Valor máximo permitido para el promedio ponderado de las concentraciones ambientales de contaminantes químicos en los lugares de trabajo, medidas en un período de 15 minutos continuos dentro de la jornada de trabajo. Este límite no podrá ser excedido en ningún momento de la jornada (Art. 59 b)
LPT C LPP C promedio
t
C LPT LPP C promedio
t
C LPT C promedio (15 minutos)
t
t +15
t
Límites Permisibles Ponderado y Temporal (Art.
60 )
Tanto los excesos de los límites permisibles ponderados, como la exposición a límites permisibles temporales, no pueden repetirse más de cuatro veces en la jornada diaria, ni más de una vez en una hora.
C
LPT C promedio LPP
t
LÍMITES LÍMITES PERMISIBLES PERMISIBLES ABSOLUTOS ABSOLUTOS
“Valor máximo permitido para concentraciones ambientales de contaminantes químicos, medido en cualquier momento de la jornada de trabajo”. Valor establecido para la concentración de una sustancia capaz de causar efectos narcóticos, cáusticos o tóxicos de carácter grave o fatal, y que no podrá excederse en ningún momento.
LPA C
t
C
LPA
t
Límite Permisible Ponderado Sustancia
LPP (mg/m3)
Acido Sulfúrico
0,8
Algodón Crudo
0,16
Alcohol Etílico
1500
Amoníaco
14
Asbesto Pardo (Amosita)
0,4 fibras/cc
Cloroformo
40
Fenol
15
Ozono
0,16
Sílice Cristalizada (Cuarzo)
0,08
Límite Permisible Temporal Sustancia Acetona Acido Nítrico
LPT (mg/m3) 2.380 10
Alcohol Metílico
328
Benceno
130
Cloro Eter Etílico Metil Etil Cetona Percloroetileno Xileno
2,9 1.520 885 1.357 651
Límite Permisible Absoluto Sustancia
LPA (mg/m3)
Acido Bromhídrico
9,9
Acido Clorhídrico
6,0
Acido Fluorhídrico
2,3
Alcohol n - -Butílico B utílico
152,0
Cianuros
5,0
Formaldehído
0,37
Hidróxido de Potasio
2,0
Hidróxido de Sodio
2,0
Yodo
0,1
OBSERVACIÓN OBSERVACIÓN ES POSIBLE QUE UN NÚMERO PEQUEÑO DE PERSONAS HIPERSENSIBLES, O QUE PADEZCAN UNA LESIÓN O ENFERMEDAD PREEXISTENTE, SE VEAN AFECTADAS POR CONCENTRACIONES INFERIORES A DICHOS LÍMITES.
Límite Permisible Ponderado Factores de Corrección Cuando la jornada habitual sobrepase las 48 horas semanales, el efecto de la mayor dosis de tóxico unida a la reducción del período de recuperación durante el descanso, se compensará multiplicando los LPP por el factor de reducción: Fj = Factor de Reducción h = Horas trabajadas semanalmente 48
F J
h
168
120
h
Límite Permisible Ponderado Factores de Corrección Cuando se trate de lugares de trabajo a una altura superior a 1 . 000 metros, los Límites Permisibles Ponderados deben ser modificados de acuerdo a la siguiente fórmula:
LPP altura
LPP nivel mar
Patmosfericalocal (mmHg ) 760(mmHg )
Factores de Corrección por altura
24 HORAS...
Límite Permisible Ponderado Concentración Diaria Ponderada
CMPD
C1 t1 C2 t 2 ........ Cn t n t1 t 2 ......... t n
C: Concentración Ambiental t: Tiempo de exposición a esa concentración ambiental
Límites Permisibles Ponderados Para Mezclas Cuando los componentes de una mezcla tienen efectos toxicológicos similares, se debe aplicar la siguiente fórmula: Para calcular la dosis
C 1 LPP1
C 2 LPP2
C 3 LPP3
............. 1
Límites Permisibles Ponderados Para Mezclas Sustancia Pulmón Sist. Nervioso Riñón Acetonitrilo X X X Benceno X Cloroformo X Eter Etílico X Formalhehído X Hexano X Mercurio X X Metanol X Nicotina X X Nitrobenceno X Ozono X
Piel X X X X X X X
Ejercicio: Supongamos un ambiente de trabajo en el que se han detectado los siguientes contaminantes : acetona, 2-butanona, acetato de n- butilo y se han registrado las concentraciones que figuran en la tabla de manera regular a lo largo de la jornada. Contaminante
LPP (mg/m3) LPT (mg/m3) Concentracion
acetona
1424
2380
1200
2- butanona
472
885
295
Acetato de n- butilo
570
950
355
Ejercicio: un ambiente de trabajo a 2500 mts. (S.N.M.) sobre el nivel del mar, con una jornada diaria de trabajo de 11.5 horas por 5 días que se ha detectado la siguiente concentración de sílice.
Contaminante Concentración ( mg / m3 )
Sílice cristalizada cuarzo
0.04
LPP LPT LPP (mg / m3) ( mg / m3 ) ( corregido)
0.08
no
¿?
Sustancias Cancerígenas A.1:
Sustancias comprobadamente cancerígenas para el ser humano.
A.2:
Sustancias que son sospechosas de ser cancerígenas para el ser humano.
A.3:
No se ha demostrado ser cancerígena para los seres humanos, pero sí para animales de laboratorio.
A.4:
Se encuentran en estudio, sin información válida aún para relacionarlas con seres humanos o animales.
Sustancias Cancerígenas Sustancias Comprobadamente Cancerígenas para el Ser Humano (A. 1 ) Alquitrán de Hulla Acido Crómico y Cromatos Arsénico y Compuestos solubles Asbestos Benceno Bis- Cloro- Metil Eter Cloruro de Vinilo Cromos hexavalentes Níquel, Metal y Compuestos insolubles Talco Fibroso
Sustancias Cancerígenas Sustancias que son Sospechosas de ser Cancerígenas para el Ser Humano (A. 2) Cadmio Cloroformo Cloruro de Metileno Cromato de Plomo 2- Nitropropano Oxido de Etileno Sulfato de Dimetilo
Sustancias Cancerígenas No se ha Demostrado ser Cancerígena para los Seres Humanos, pero sí para Animales de Laboratorio (A. 3) Dinitro Tolueno Plomo – Polvos y Humos Percloroetileno Tetracloruro de Carbono 1,1,2,2, Tetracloroetano Tricloroetileno
Sustancias que Ingresan por la Piel Acetato de Cellosolve Alcohol Metílico Ciclohexanol Dinitrobenceno Fenol Lindano Malation Mercurio Metil n- Butil Cetona Nitrobenceno Plomo Tetrametilo Tolueno Vinilbenceno
LÍMITES LÍMITES DE DE TOLERANCIA TOLERANCIA BIOLÓGICA BIOLÓGICA Cantidad máxima permisible en el trabajador de un compuesto químico o de sus metabolitos (Indicador Biológico), sobre la cual la probabilidad de ocurrencia de enfermedad profesional es mayor.
Indicadores Biológicos Plomo
:
Plomo en sangre
Arsénico
:
Arsénico en orina
Fenol
:
Fenol en orina
Mercurio Org. : Tolueno
:
Mercurio en sangre Acido Hipúrico en orina
Percloroetileno :
Ac.o Tricloroacético orina
n- Hexano
2, 5 Hexanodiona orina
: