INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR “NORBERT WIENER” CARRERA PROFESIONAL DE CONTABILIDAD
NOMBRE DEL PROYECTO:
“EVASION TRIBUTARIA DEL CENTRO COMERCIAL POLVOS AZULES” Por:
APAZA RAMOS LUIS PALOMINO GALLO CARLOS PELAEZ YARINGAÑO JUAN CARLOS VALDEZ PAJARES JOANA
ENERO 2!" LIMA # PER$
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INDICE RESUMEN%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%&&&%%%%%%%&' RESUMEN %%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%&&&%%%%%%%&' !&
PLAN PL ANTE TEAM AMIEN IENTO TO
DEL
PROBL PRO BLEMA EMA
%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%&
%%%%%&&(
2&
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DESCRIPCION DE LA REALIDAD PROBLEMATICA %%%%%%&&&%%%%%%%%%%%&(
!&2&
OBJETIVO DE LA INVESTIGACION%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%&&%%&&&&) INVESTIGACION%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%&&%%&&&&)
!&'&
JUSTIFICACION DE LA INVESTIGACION %%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%)
!&*&
LIMITACIONES LIMITA CIONES DEL D EL ESTUDIO %%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%&&%%%&%%+
!&"&
VIABILIDAD DEL ESTUDIO%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%&%%%&%%&&&+ ESTUDIO%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%&%%%&%%&&&+
MARCO TEÓRICO%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%&&%%%%&!! TEÓRICO%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%&&%%%%&!! 2&! ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACION%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%&&%%%!! INVESTIGACION%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%&&%%%!!
2&2 BASES TEORICAS%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%&&&%%&&!' TEORICAS%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%&&&%%&&!' 2&2&!
LA CONSTITUCIÓN Y LOS TRIBUTOS %%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%&&!'
2&2&2 PRINCIPIOS PRINCIPIOS%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%&&%%%%!* %%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%&&%%%%!* 2&2&' SISTEMA TRIBUTARIO NACIONAL%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%!" NACIONAL%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%!" 2&2&* LEY 2&2&* LEY MARCO DEL SISTEMA TRIBUTARIO NACIONAL%%%%%%%%%%%%%%%%&&!( NACIONAL%%%%%%%%%%%%%%%%&&!( 2&2&" OBLIGACIÓN TRIBUTA TRIBU TARIA& RIA&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&2' &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&2' 2&2&( NACIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTA TRIBUTARIA& RIA&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&2* 2&2&,& RELACIÓN JUR-DICA&& JUR-DICA&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&2*
2&2&) LA SUPERIN SUPERINTE TENDE NDENCI NCIA A NAC NACIO IONA NAL L DE AD ADUA UANAS NAS Y DE
ADMI AD MINI NIST STRAC RACIÓ IÓN N
TRIBUTARIA&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&2* TRIBUTARIA& 2&2&+& OBLIGACIONES FORMALES%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%&%%&2) FORMALES%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%&%%&2) 2&2&! EVASIÓN TRIBUTA TRIBU TARIA RIA%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%&%%&&&2+ %%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%&%%&&&2+ 2&'& DEFINICIONES CONCEPTUALES: .GLOSARIO/%%%%%%%%%%%%%%%%%%%&%%&&') .GLOSARIO/%%%%%%%%%%%%%%%%%%%&%%&&') '&
RECURSOS Y CRONOGRAMAS%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%&*" CRONOGRAMAS%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%&*"
'&! RECURSOS RECURSOS%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%*" %%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%*" '&!&! 0UMANOS 0UMANOS%%%%%%%%%%%%%%&%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%&&*" %%%%%%%%%%%%%%&%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%&&*" '&!&2 ECONOMICOS ECONOMICOS%%%%%%%%%%%%&&&%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%&*" %%%%%%%%%%%%&&&%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%&*" '&!&' FISICO '&!&' FISICO%%%%%%%%%%%%%&&&%%%%%%%%%%%%%%%%&&%%%%&%%%*" %%%%%%%%%%%%%&&&%%%%%%%%%%%%%%%%&&%%%%&%%%*" '&2 CRONOGRAMA CRONOGRAMA%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%&%&&%%*" %%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%&%&&%%*" *&
FUENTES DE INFORMACION%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%&&&&&&&&%%&%%%*, INFORMACION%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%&&&&&&&&%%&%%%*, *&! REFERENCIAS BIBLIOGR1FICAS%%%%%%%%%%&&%%%%%%%%%%%%%%&%%&&*, BIBLIOGR1FICAS%%%%%%%%%%&&%%%%%%%%%%%%%%&%%&&*,
"
ANEOS%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%&%%&%%%&&*+ ANEOS %%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%&%%&%%%&&*+ "&! CONCLUSIONES CONCLUSIONES%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%&*+ %%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%&*+ "&2 RECOMENDACIONES RECOMENDACIONES%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%&&%%%%%&"! %%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%&&%%%%%&"!
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2&2 BASES TEORICAS%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%&&&%%&&!' TEORICAS%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%&&&%%&&!' 2&2&!
LA CONSTITUCIÓN Y LOS TRIBUTOS %%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%&&!'
2&2&2 PRINCIPIOS PRINCIPIOS%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%&&%%%%!* %%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%&&%%%%!* 2&2&' SISTEMA TRIBUTARIO NACIONAL%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%!" NACIONAL%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%!" 2&2&* LEY 2&2&* LEY MARCO DEL SISTEMA TRIBUTARIO NACIONAL%%%%%%%%%%%%%%%%&&!( NACIONAL%%%%%%%%%%%%%%%%&&!( 2&2&" OBLIGACIÓN TRIBUTA TRIBU TARIA& RIA&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&2' &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&2' 2&2&( NACIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTA TRIBUTARIA& RIA&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&2* 2&2&,& RELACIÓN JUR-DICA&& JUR-DICA&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&2*
2&2&) LA SUPERIN SUPERINTE TENDE NDENCI NCIA A NAC NACIO IONA NAL L DE AD ADUA UANAS NAS Y DE
ADMI AD MINI NIST STRAC RACIÓ IÓN N
TRIBUTARIA&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&2* TRIBUTARIA& 2&2&+& OBLIGACIONES FORMALES%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%&%%&2) FORMALES%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%&%%&2) 2&2&! EVASIÓN TRIBUTA TRIBU TARIA RIA%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%&%%&&&2+ %%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%&%%&&&2+ 2&'& DEFINICIONES CONCEPTUALES: .GLOSARIO/%%%%%%%%%%%%%%%%%%%&%%&&') .GLOSARIO/%%%%%%%%%%%%%%%%%%%&%%&&') '&
RECURSOS Y CRONOGRAMAS%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%&*" CRONOGRAMAS%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%&*"
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FUENTES DE INFORMACION%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%&&&&&&&&%%&%%%*, INFORMACION%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%&&&&&&&&%%&%%%*, *&! REFERENCIAS BIBLIOGR1FICAS%%%%%%%%%%&&%%%%%%%%%%%%%%&%%&&*, BIBLIOGR1FICAS%%%%%%%%%%&&%%%%%%%%%%%%%%&%%&&*,
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RESUMEN
La Evasión Tributaria es un problema que subsiste en la mayoría de los países, especialmente en aquellos de menor desarrollo debido a que no existe conciencia tributaria, la estructura del sistema tributario no es la adecuada, etc., que afecta a la recaudación fiscal, causando un efecto dañino para la sociedad; sin embargo es poco poco invest investiga igado. do. En nuestr nuestro o país país exist existe e evasió evasión n tribut tributari aria a en todos todos los sectores económicos, en este sentido la presente investigación est enfocada al !ector "omercio, en la que existe evasión en todos los niveles del proceso comp compra ra#v #ven enta ta.. En el pres presen ente te traba traba$o $o se estu estudi dia a cul cules es son son las las caus causas as y consecue consecuencias ncias que se asocian asocian y que motivan a los contribuy contribuyentes entes del centro comercial polvos a%ules a incurrir en Evasión Tributaria.
“EVASIÓ SIÓN N TRIB TRIBUT UTA ARIA EN EL CENT CENTRO RO El pres prese ente nte tra traba$o a$o titu titula lado do&& “EVA COMERCIAL COMERCIAL POLVO POLVOS S AZULES” AZULES” busca conocer las causas y consecuencias que se asocian asocian y motivan motivan a la evasión evasión tributaria tributaria en las empresas empresas formalmente formalmente constituidas y la informalidad en los comerciantes del centro comercial 'olvos (%ules, por lo que se espera el traba$o constituya un valioso aporte para el desarrollo del !ector "omercio. En el centro comercial polvos a%ules existen ) mil *++ tiendas stands- y laboran ms de * mil personas de microempresas, generan alrededor de millón de dóla dólare ress por por año. año. En tal tal sent sentid ido o se real reali% i%ó ó la inve invest stig igac ació ión n encu encues esta tand ndo o y entrev entrevist istand ando o a una muestr muestra a de ++ micro# micro#emp empres resario arios. s. Los result resultado adoss nos demues demuestra tran n que las causas causas
y conse consecue cuenci ncias as que se asocia asocian n a la evasió evasión n
tributaria en el son el deseo de generar mayores ingresos utilidades-, la excesiva carga y comple$idad para tributar y finalmente se acogen a regímenes que no les corresponde. El sistema tributario poco transparente trae como consecuencia, entre otros, cierre temporal de establecimiento, suspensión de licencias, permisos o autori%aciones vigentes otorgadas por entidades del Estado para el desempeño de sus actividades En este este cont contex exto to reco recome mend ndam amos os que que el Esta Estado do,, deba deba tene tenerr una una acti actitu tud d de transparencia para que el contribuyente tenga la plena confian%a que su dinero se
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emplea en beneficio propio y de los dems y sea un motor que incentive el deber de tributar que todo ciudadano debe tener. Es funda fundamen mental tal me$ora me$orarr el conoci conocimie miento nto de la normat normativid ividad ad tributa tributaria ria y las obligaciones tributarias por parte de los empresarios promoviendo cursos de especiali%ación y capacitación, dar conferencias gratuitas dirigidas a informar y orient orientar ar a los empres empresari arios. os. La invest investiga igació ción n reali% reali%ada ada es ofreci ofrecida da como como una contrib contribuc ución ión a todos todos aquel aquellos los intere interesa sados dos en el tema, tema, princi principal palmen mente te a los contrib contribuy uyent entes es del del sector sector estudi estudiado ado o quien quienes es quiere quieren n incurs incursion ionar ar en esta esta actividad, y a la propia (dministración Tributaria en la medida que pueda servirle como una fuente de retroalimentación en sus funciones.
INDICE
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CAPITULO I
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! PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA !&!
DESCRIPCION DE LA REALIDAD PROBLEMATICA
La problemtica de las empresas informales se debe en parte al producto de la combinación de servicios p/blicos deficientes, de un r0gimen normativo opresivo y de la d0bil capacidad para la supervisión, e$ecución y aplicación de las normas impuestas por el estado; sino ms bien es producto de la idiosincrasia de la ciudadanía. El "entro "omercial 'olvos (%ules tiene un problema de informalidad que genera muc1a desconfian%a en los clientes. El contrabando y la piratería ocupan un 2+3 de las tiendas del centro comercial y representan la informalidad de 'olvos (%ules. Este problema deriva de la mala administración de los dueños de las tiendas. 'olvos (%ules actualmente, est conformada por )+++ socios que conforman la 4(sociación de 'ropietarios del "entro "omercial 'olvos (%ules5. Estos )+++ socios toman las decisiones de la empresa en con$unto y cada uno es dueño de una o dos tiendas del centro comercial. "ada socio es libre de vender lo que desee en su tienda, y por esta ra%ón surge la informalidad. !in embargo, actualmente la !67(T y el centro comercial estn traba$ando con$untamente para erradicar definitivamente la informalidad, 1asta finales del )+2 ya se 1abía logrado formali%ar al 8+3 de las tiendas y se espera seguir reduciendo esta cantidad durante el presente año, para que así, la informalidad desapare%ca totalmente del centro comercial. 9ndependientemente de la informalidad, que est ya en vías de solución, 'olvos (%ules tiene una muy buena afluencia de clientes por día, cerca de +,+++, y tambi0n muy buenos ingresos de dinero por año aproximadamente se factura : millón de dólares por año-. !in embargo, no se tiene un control de ventas adecuado. Las ventas se reali%an de manera personali%ada y manual, es decir, no se utili%a ning/n sistema de información y cada puesto reali%a sus cuentas y registro de ventas de manera independiente, por lo tanto, no se tiene información de los clientes, que tipo de productos se venden ms, que necesidades tienen que atenderse en las ventas, etc. La
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información no es 1olística, porque la empresa no tiene información sobre las ventas totales que se reali%an en todo el centro comercial. Todos estos aspectos, causan que las ganancias que podría generar el centro comercial disminuyan. En el undo
ipley, Topy Top, ?esc1le entre otros. @ue se 1an convertido en competidores directos de El "entro "omercial 'olvos (%ules por la calidad, diseño y ex1ibición de sus productos, y por
el respaldo
de marcas tan reconocidas a nivel
nacional
e
internacional. Ae cierta manera se 1an visto afectados los comerciantes, con esfuer%o 1an logrado mantener su movimiento comercial. La falta de entrega de comprobante de pago en El "entro "omercial 'olvos (%ules no permitiría a la !unat saber con certe%a si los comerciantes de estos estn adecuadamente clasificados en los distintos regímenes tributarios, por lo que no pagan el 9enta; solo pagan la cuota del nuevo >6! C >E> que a veces es insignificante, puesto que para poder subsistir frente a otros informales o la competencia extran$era, no registran su real movimiento, es decir evaden parte de sus obligaciones porque no emiten las boletas y facturas de las ventas reali%adas durante el día, solo las emiten cuando no conocen al comprador. 9nfracciones del (rt. D2 del "ódigo Tributario-.
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La informalidad tambi0n se puede apreciar al momento que los comerciantes adquieren sus mercaderías no solicitando comprobantes de pago yFo no utili%ando los medios de pago que corresponden. El presente estudio nos 1a permitido detectar las principales causas y consecuencias que afectan el incumplimiento de
la Evasión Tributaria del
"entro "omercial 'olvos (%ules.
!&2OBJETIVO DE LA INVESTIGACION Aeterminar las "ausas de la Evasión Tributaria de los "omerciantes del "entro "omercial 'olvos (%ules Lima.
!&'JUSTIFICACION DE LA INVESTIGACION El presente traba$o de investigación se $ustifica, porque buscamos conocer cules son las causas de la Evasión Tributaria en los "omerciantes del "entro "omercial 'olvos (%ules ubicada en la ciudad de Lima. "on los resultados obtenidos de la investigación se beneficiarn estos comerciantes, toda ve% que estando reguladas las obligaciones tributarias de estos contribuyentes, en muc1os casos suelen ser incumplidas, sin embargo se pretende que este estudio genere una mayor formali%ación en el sector. Tambi0n se beneficiaran los profesionales y alumnos del rea tributaria # financiera, como guía en la preparación de otros 'royectos de 9nvestigación relacionados con el tema. (sí mismo se aportara nuevos enfoques sobre tributación, de acuerdo a las normas establecidas para nuestra sociedad expresadas en el anlisis de evasión tributaria y que est desarrollada en nuestro marco teórico.
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!&*LIMITACIONES DEL ESTUDIO =alta de tiempo y de recursos para investigar ms sobre el tema de evasión tributaria.
!&"VIABILIDAD DEL ESTUDIO !i se puede investigar el tema de evasión tributaria, en el caso del "entro "omercial 'olvos (%ules pero no se puede saber con exactitud las evasiones tributarias que tenga este centro comercial.
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CAPITULO II
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2& MARCO TEÓRICO 2&! ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACION “EVASIÓN TRIBUTARIA EN LOS COMERCIANTES DE ABARROTES UBICADOS EN LOS ALREDEDORES DEL MERCADO MAYORISTA DEL DISTRITO DE TRUJILLO - AÑO 2013”
AUTORES& Gac1. (guirre (vila, (niclaudia (lexandra Gac1. !ilva Tongo, ?livia
ASESOR& g. iguel Hngel Balderrama Aía% RESUMEN La Evasión Tributaria es un problema que subsiste en la mayoría de los países, especialmente en aquellos de menor desarrollo debido a que no existe conciencia tributaria, la estructura del sistema tributario no es la adecuada, etc., que afecta a la recaudación fiscal, causando un efecto dañino para la sociedad; sin embargo es poco investigado. En nuestro país existe evasión tributaria en todos los sectores económicos, en este sentido la presente investigación est enfocada al !ector "omercio, en la que existe evasión en todos los niveles del proceso compra#venta. En el presente tr aba$o se estudia cules son las causas que se asocian y que motivan a los contribuyentes del !ector "omercio del ercado ayorista, Aistrito de Tru$illo, a incurrir en Evasión Tributaria. El
presente
traba$o
titulado&
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T>9G6T(>9(
E7
L?!
"?E>"9(7TE! AE (G(>>?TE! 6G9"(A?! E7 L?! (L>EAEA?>E! AEL E>"(A? (C?>9!T( AEL A9!T>9T? AE T>6J9LL? # (K? )+5 busca conocer las causas que se asocian a la evasión tributaria en las empresas formalmente constituidas y la informalidad en los comerciantes de abarrotes ubicados en los alrededores del mercado mayorista del distrito de Tru$illo, por lo que se espera el traba$o constituya un valioso aporte para el desarrollo del !ector "omercio.
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En tal sentido se reali%ó la investigación encuestando y entrevistando a una muestra de DD empresas comerciales de abarrotes que se encuentran en la 6rb. 'alermo, distrito de Tru$illo. Los resultados nos demuestran que las causas que se asocian a la evasión tributaria en los "omerciantes del ercado ayorista son el deseo de generar mayores ingresos utilidades-, la excesiva carga y comple$idad para tributar y finalmente se acogen a regímenes que no les corresponde. El sistema tributario poco transparente trae como consecuencia, entre otros, cierre temporal de establecimiento, suspensión de licencias, permisos o autori%aciones vigentes otorgadas por entidades del Estado para el desempeño de sus actividades. En este contexto recomendamos que el Estado, deba tener una actitud de transparencia para que el contribuyente tenga la plena confian%a que su dinero se emplea en beneficio propio y de los dems y sea un motor que incentive el deber de tributar que todo ciudadano debe tener. Es fundamental me$orar el conocimiento de la normatividad tributaria y las obligaciones tributarias por parte de los empresarios promoviendo cursos de especiali%ación y capacitación, dar conferencias gratuitas dirigidas a informar y orientar a los empresarios. La investigación reali%ada es ofrecida como una contribución a todos aquellos interesados en el tema, principalmente a los contribuyentes del sector estudiado o quienes quieren incursionar en esta actividad, y a la propia (dministración Tributaria en la medida que pueda servirle como una fuente de retroalimentación en sus funciones.
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2&2BASES TEORICAS 2&2&! LA CONSTITUCIÓN Y LOS TRIBUTOS NORMATIVIDAD L3 Co456768974 Po;<6793 =>; P>r? => !++' >563@;>9>: ARTICULO ,*: 4Los tributos se crean, modifican, derogan, o se establece una exoneración, exclusivamente por Ley o Aecreto Legislativo en caso de delegación de facultades, salvo los aranceles y las tasas, las cuales se regulan mediante Aecreto !upremo. Los gobiernos locales pueden crear, modificar, y suprimir contribuciones y tasa; o exonerar de estas, dentro de su $urisdicción y con los límites que señala la Ley. El estado al e$ercer la potestad tributaria, debe respetar los principios de >eserva de la Ley y los de igualdad y >espeto de los Aerec1os =undamentales de la persona. 7ing/n tributo puede tener efecto confiscatorio. Los Aecretos de 6rgencia no pueden contener materia tributaria, las leyes relativas a tributos de periodicidad anual rigen a partir del primero de Enero del año siguiente de su promulgación. Las leyes de 'resupuesto no pueden contener normas sobre materia tributaria. 7o surte efecto las normas tributarias dictadas en violación de los que se establece en el presente artículo.5
ARTICULO ,+: 4El congreso no puede crear tributos con fines predeterminados, salvo por solicitud del 'oder E$ecutivo. En cualquier otro caso, las leyes de índole tributaria referidas a beneficios o exoneraciones requieren previo informe del inisterio de Economía y =inan%as. !olo por ley expresa, aprobada por dos tercios de los congresistas pueden establecerse selectiva y temporalmente un tratamiento tributario especial para una determinada %ona del país5.
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2&2&2 PRINCIPIOS La "onstitución 'olítica del 'er/ de 88 contiene diversos artículos de materia tributaria que se encuentran respaldados en los 'rincipios del !istema Tributario 'eruano. Entre los cuales tenemos&
A/ Pr74977o => L>3;7=3= R>5>r3 => ;3 L> En cuanto a su contenido se entiende que exige la regulación de los elementos esenciales o estructurales del tributo a trav0s de una norma con rango de Ley. En nuestro país, la reserva de ley se extiende a lo que podríamos llamar la vida de la relación $urídica tributaria, pues no solamente inspira la creación normal del tributo sino inspira los elementos fundamentales de 0ste& su$etos, 1ec1o imponible, base del clculo y alícuotas, así como otros aspectos vinculados al r0gimen sancionador, a los beneficios y a los modos de extinción de la deuda tributaria. !e distingue al principio de legalidad del de reserva de ley. El primero es la subordinación de todos los poderes a leyes generales y abstractas que disciplinan su forma de e$ercicio y cuya observancia se somete a un control de legitimidad 'oder Judicial-. El principio de reserva de ley es la determinación constitucional que impone la regulación solo por ley de ciertas materias, es decir, la creación, modificación, derogación y exoneración de tributos queda reservada a la ley, excepcionalmente puede derivarse al reglamento pero señalando los parmetros.
B/ Pr74977o => I83;=3= "onsiste en que la carga tributaria debe ser igual para los contribuyentes que tienen igual condiciones económicas; es decir, el mismo tratamiento legal y administrativo, sin arbitrariedades, respetando la capacidad contributiva. 47o se refiere este principio a la igualdad num0rica, que daría lugar a las mayores in$usticias, sino a la necesidad de asegurar el mismo tratamiento a quienes est0n en anlogas situaciones, con exclusión de todo distinto
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arbitrario, in$usto y 1ostil contra determinadas personas o categoría de personas. Este principio supone la igualdad de todos los ciudadanos como su$etos de derec1o y obligaciones frente a igualdad de situaciones.
C/ Pr74977o => No Co475936or7>=3= Aerivado de propiedad, protege a la propiedad en sentido sub$etivo& no se puede afectar al gravar la esfera patrimonial de los particulares.
D/ R>5>96o => D>r>9o5 F84=3H>463;>5 El primer artículo de la constitución consagra los derec1os fundamentales de la persona. Estos derec1os fundamentales de la persona deben ser observados al establecer tributos.
2&2&' SISTEMA TRIBUTARIO NACIONAL El sistema tributario nacional es el con$unto de principios, reglas, normas que el Estado 'eruano 1a establecido en materia tributaria para establecer los tributos impuestos, contribuciones y tasas que existen en el 'er/-.!e desenvuelve dentro del marco conceptual que le brinda el Aerec1o Tributario, el "ódigo Tributario y la Ley 'enal Tributaria. Los impuestos creados y vigentes dentro de un país deben responder a un ordenamiento de manera que ellos formen un verdadero organismo. Aeben trasuntar continuidad, concatenación t0cnica y base científica; ra%ones que determinan la existencia de un sistema. Las características fundamentales de un sistema tributario eficiente son& la suficiencia y la elasticidad; el Estado debe combinar los impuestos dentro de un sistema; de manera que en con$unto le reporte recursos necesarios para el Tesoro '/blico, los que provee en el 'resupuesto
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aumentar sus ingresos; sin tener que cambiar la organi%ación o crear nuevos impuestos. !e materiali%a a trav0s del cobro de impuestos, contribuciones y tasas que constituyen ingresos tributarios de los diferentes niveles de gobierno.
2&2&* LEY MARCO DEL SISTEMA TRIBUTARIO NACIONAL En m0rito a facultades delegadas, el 'oder E$ecutivo, mediante Aecreto Legislativo 7o. DD dictó la Ley arco del !istema Tributario 7acional, vigente a partir desde 882, con los siguientes ob$etivos&
O@>67o5: 9ncrementar la recaudación. Grindar al sistema tributario una mayor eficiencia, permanencia y simplicidad. Aistribuir
equitativamente
los
ingresos
que
corresponden
a
las
unicipalidades.
C3r396>r<567935: En el actual momento político, económico del país, alcan%ar el equilibrio es el ob$etivo principal de la política tributaria y por ello se busca que el Estado garantice la eficiencia de los servicios p/blicos, que los contribuyentes y sus actividades económicas permitan una distribución $usta y equitativa de la carga fiscal. Estos tres aspectos estn orientados a la consecución de los ob$etivos tra%ados en los siguientes mbitos&
A/ 1H@76o F7593; ?rientado a la captación de recursos para lograr los bienes y ob$etivos de la política fiscal, como atender gastos de orden p/blico de defensa nacional, de administración de $usticia y otros servicios esenciales.
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B/ 1H@76o E9o4H79o En este aspecto se caracteri%a por tratar de buscar un equilibrio entre el crecimiento económico y el ingreso fiscal; buscando proveer los recursos necesarios al Tesoro '/blico y convertirse al mismo tiempo en un instrumento simple y dinmico, eliminando impuestos innecesarios y de ba$a recaudación.
C/ 1H@76o So973; Est orientado a alcan%ar el principio de la equidad tributaria; es decir gravar al contribuyente seg/n, las rentas que posee o capacidad económica del mismo pero orientada a la creación de una conciencia tributaria y a la redistribución de rique%a. "onforme lo establece el Aecreto Legislativo DD vigente a partir del de Enero de 882, el !istema Tributario comprende&
EL CÓDIGO TRIBUTARIO El "ódigo Tributario constituye el e$e fundamental del !istema Tributario 7acional, y establece los principios generales, institucionales, procedimientos y normas del ordenamiento $urídico#tributario. Este código rige las relaciones $urídicas originadas por los tributos. !us disposiciones, sin regular a ning/n tributo en particular, son aplicables a todos los tributos impuestos, contribuciones y tasas- pertenecientes al sistema tributario nacional, y a las relaciones que la aplicación de estos y las normas $urídico#tributarias originen. 7osotros consideramos que nuestro "ódigo Tributario se adscribe a esta en la medida que considera que la retención y percepción de tributos constituyen obligaciones tributarias; en la medida que estas figuras se encuentran reguladas dentro del Libro 9 de dic1o cuerpo legal, el mismo que est dedicado a regular la obligación tributaria.
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TRIBUTOS >ige las relaciones $urídicas originadas por los tributos, el t0rmino gen0rico tributo comprende&
3/
IH8>56o5Es
el
tributo
cuyo
cumplimiento
no
origina
una
contraprestación directa a favor del contribuyente por parte del estado.
@/ Co46r7@8974Es el tributo cuya obligación tiene como 1ec1o generador beneficios derivados de la reali%ación de obras p/blicas o de actividades estatales.
9/ T353 Es el tributo cuya obligación tiene como 1ec1o generador la prestación efectiva por el estado de un servicio p/blico individuali%ado en el contribuyente.
Lo5 Tr7@86o5 =>; Go@7>r4o C>46r3; 3/ IH8>56o 3 ;3 R>463:
arrendamiento o sub arrendamiento, el valor de las me$oras, provenientes de los predios r/sticos y urbanos o de bienes muebles. 2. Segunda Categoría, intereses por colocación de capitales, regalías,
patentes, rentas vitalicias, derec1os de llave y otros. 3. Tercera categoría en general, las derivadas de actividades comerciales,
industriales, servicios o negocios.
INDICE
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4. Cuarta Categoría, las obtenidas por el e$ercicio individual de cualquier
profesión, ciencia, arte u oficio. 5. Quinta Categoría, las obtenidas por el traba$o personal prestado en
relación de dependencia.
@/ IH8>56o G>4>r3; 3 ;35 V>4635: El impuesto general a las ventas grava las siguientes operaciones&
•
Benta en el país de bienes muebles. La prestación o utili%ación de servicios en el país. Los contratos de construcción. La primera venta de inmuebles que realicen los constructores de los
•
mismos. La importación de bienes.
• • •
9/ IH8>56o S>;>967o 3; Co458Ho: Es el impuesto que se aplica solo a la producción o importación de determinados productos como cigarros, licores, cerve%as, gaseosas, combustibles, etc. El impuesto selectivo al consumo grava& •
La venta en el país a nivel de productor y la importación de los bienes,
•
especificados en los (p0ndices 999 y 9B. La venta en el país por el importador de los bienes, especificados en el
•
literal ( del (p0ndice 9B. Los $uegos de a%ar y apuestas, tales como loterías, bingos, rifas, sorteos y eventos 1ípicos.
=/ N8>o RK7H>4 $479o S7H;7793=o: 'ara acogerte al 7uevo >6! debes cumplir con las siguientes condiciones& •
El monto de tus ingresos brutos no debe superar !F. M+,+++ en el transcurso de cada año, o en alg/n mes tales ingresos no deben ser
•
superiores a treinta mil 7uevos !oles !F +,+++-. >eali%ar tus actividades en un sólo establecimiento o una sede productiva.
20
•
El valor de los activos fi$os afectados a tu actividad no debe superar los setenta mil 7uevos !oles !F. D+,+++-. Los activos fi$os incluyen instalaciones, maquinarias, equipos de cualquier índole etc. 7o se considera el valor de los predios ni de los ve1ículos que se requieren
•
para el desarrollo del negocio. Las adquisiciones y compras afectadas a la actividad no deben superar los !F. M+,+++ en el transcurso de cada año o cuando en alg/n mes
•
dic1as adquisiciones no superen los !F +,+++. 7uevo >0gimen Nnico !implificado& Es un r0gimen simple que establece un pago /nico por el 9mpuesto a la >enta y el 9mpuesto L Ley 7 ++*M publicada el +) de Julio del )+-
>/ D>r>9o5 Ar349>;3r7o5 o A= V3;or>H: son los derec1os aplicados al valor de las mercancías que ingresan al país, contenidas en el arancel de aduanas.
/ T3535 or ;3 Pr>563974 => S>r797o5 P?@;79o5: 5> 9o457=>r34 ;o5 5787>46>5: •
Tasas por servicios p/blicos o arbitrios.# 'or la prestación o mantenimiento de un servicio p/blico individuali%ado con el contribuyente.
•
Tasas por servicios administrativos o derec1os.# !e paga por concepto de tramitación de procedimientos administrativos.
•
Tasa por licencia de funcionamiento.# Aerec1o que se paga para el otorgamiento de apertura de un establecimiento comercial.
•
Tasas por otras licencias.# "ancelan aquellos contribuyentes que realicen actividades su$etas a control municipal. INDICE
(dems se 1an creado temporalmente dos impuestos adicionales& 9mpuesto a las Transacciones =inancieras # 9T=, el impuesto grava algunas de las operaciones que se reali%an a trav0s de las empresas del !istema
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=inanciero. "reado por el A. Legislativo 7 88 y modificado por la Ley 7 )O82. Bigente desde el de mar%o del )++2. 9mpuesto Temporal a los (ctivos 7etos , impuesto aplicable a los generadores de renta de tercera categoría su$etos al r0gimen general del 9mpuesto a la >enta, sobre los (ctivos 7etos al de diciembre del año anterior. La obligación surge al de enero de cada e$ercicio y se paga desde el mes de abril de cada año.
Lo5 Tr7@86o5 3r3 ;o5 Go@7>r4o5 Lo93;>5 3/ IH8>56o => A;93@3;3& El 9mpuesto de (lcabala, es el 9mpuesto que grava la transferencia de bienes inmuebles a título oneroso contraprestación- o gratuito liberalidad-, cualquiera sea su forma o modalidad tipo de contrato-, inclusive las ventas con reserva de dominio
@/ IH8>56o Pr>=73;&
9/ IH8>56o 3; P36r7Ho47o V>798;3r&
=/ IH8>56o 3 ;35 A8>5635& Es un impuesto de periodicidad mensual, grava los ingresos de las entidades organi%adoras de eventos 1ípicos y similares, en las que se realicen apuestas.
>/ IH8>56o 3 ;o5 J8>o5&
/ IH8>56o 3 ;o5 E5>9698;o5 P?@;79o5 No D>or67o5&
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deportivos, con excepción de los espectculos culturales debidamente autori%ados por el 97". El Estado 1a creado otros tributos a favor de las unicipalidades que son& • • •
9mpuesto de 'romoción unicipal. 9mpuesto al >oda$e. 9mpuesto a las Embarcaciones de recreo.
Lo5 Tr7@86o5 8> >756>4 3r3 o6ro5 74>5 5o4: 3/ Co46r7@897o4>5 3; S>8ro So973; => S3;8= ESSALUD& La Ley 7)D+*M creó el !eguro !ocial de !alud E!!(L6A- que rempla%ó del 9nstituto 'eruano de !eguridad !ocial 9'!!- como un organismo p/blico descentrali%ado, con la finalidad de dar cobertura a los asegurados y derec1o Q 1abientes a trav0s de diversas prestaciones que corresponden al >0gimen "ontributivo de la !eguridad !ocial en !alud. Este seguro se complementa con los planes de salud brindados por las entidades empleadoras ya sea en establecimientos propios o con planes contratados con Entidades 'restadoras de !alud E'!- debidamente constituidas. !u funcionamiento es financiado con sus recursos propios.
@/ Co46r7@8974 3; S756>H3 N397o43; => P>457o4>5 # ONP !e creó en sustitución de los sistemas de pensiones de las "a$as de 'ensiones de la "a$a 7acional de !eguridad !ocial, del !eguro del Empleado y del =ondo Especial de Jubilación de Empleados 'articulares
INDICE 9/ Co46r7@8974 3; S>r797o N397o43; => A=7>56r3H7>46o >4 Tr3@3o I4=856r73; .SENATI/&
23
"reada por Ley DD, grava el total de las remuneraciones que pagan a sus traba$adores las
empresas que
desarrollan
actividades
industriales
manufactureras en la "ategoría A de la "lasificación 9ndustrial 9nternacional 6niforme Q "996 de todas las actividades económicas de las 7aciones 6nidas >evisión -. Aebe entenderse por remuneración todo pago que perciba el traba$ador por la prestación de servicios personales su$eto a contrato de traba$o, sea cual fuere su origen, naturale%a o denominación.
=/ Co46r7@8974 3; S>r797o N397o43; => C339763974 3r3 I4=856r73 => ;3 Co456r89974 .SENCICO/& "reada por Aecreto Legislativo 7D2, aportan al !ervicio 7acional de "apacitación para la 9ndustria de la "onstrucción Q !E7"9"?, las personas naturales y $urídicas que construyen para sí o para terceros dentro de las actividades comprendidas en la <>(7 A9B9!9?7 2* de la "996 de las 7aciones 6nidas >evisión -.
2&2&" OBLIGACIÓN TRIBUTARIA& >elación de derec1o p/blico, consistente en el vínculo entre el acreedor su$eto activo- y el deudor tributario su$eto pasivo- establecido por ley, que tiene por ob$eto el cumplimiento de la prestación tributaria, siendo exigible coactivamente. Las obligaciones tributarias que debe cumplir los contribuyentes se dividen en formales y sustanciales.
O@;7397o4>5 ForH3;>5: Estn
referidas
a
formalidades
que
los
contribuyentes deben cumplir. Entre estos tenemos& • • •
?torgamiento de comprobantes de pagos por sus ventas. 'resentación de declaraciones $uradas y otras comunicaciones. Llevar los libros y registros contables de acuerdo a las normas establecidas, etc. INDICE
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O@;7397o4>5 S85634973;>5: >eferidas a la determinación y pago de los tributos que corresponden a cada contribuyente. "onstituye la esencia de la materia tributaria.
2&2&( NACIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA& La obligación tributaria nace cuando se reali%a el 1ec1o previsto en la ley, como generador de dic1a obligación. En ese sentido, se deben reunir en un mismo momento& La configuración de un 1ec1o, su conexión con un su$eto, la locali%ación y consumación en un momento y lugar determinado.
2&2&,& RELACIÓN JUR-DICA& Es el vínculo que se da entre el estado y los particulares cuando el estado reali%a un 1ec1o imponible contenido en la ley tributaria para dar nacimiento al tributo que es el ob$etivo principal de esta relación $urídica. Este concepto resalta el 1ec1o que la tributación debe estar sometida a la ley. Billegas es partidario de la posición seg/n la cual la relación $urídica Q tributaria consiste en la obligación tributaria. En efecto todas estas obligaciones se traducen en la entrega de una determinada cantidad de dinero a favor del =isco. Aesde un punto de vista legal, el artículo D de la L
2&2&) LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA La !uperintendencia 7acional de (duanas y de (dministración Tributaria Q !67(T, de acuerdo a Ley 7S )2O)8; Ley de creación y la Ley general aprobada por decreto legislativo 7S *+, es una institución p/blica descentrali%ada dependiente del !ector Economía y =inan%as, dotada de personería $urídica de derec1o p/blico, que tiene autonomía económica, administrativa, funcional, t0cnica y financiera, cuya función principal es la de
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estar encargada de la administración y recaudación de los tributos internos; y que en virtud a lo dispuesto por el decreto supremo 7S+M#)++)#'" del ) de $ulio del )++), expedido al amparo de lo establecido en el numeral. del artículo S de la Ley 7S )DM*O, 1a absorbido a la !uperintendencia 7acional de (duanas Q (A6(7(!, asumiendo las funciones, facultades y atribuciones que por ley le correspondían a esta entidad.
!& FINES DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA La !uperintendencia 7acional de (duanas y de (dministración Tributaria Q !67(T, con las facultades y prerrogativas propias, tiene por finalidad&
3/ (dministrar, aplicar, fiscali%ar y recaudar los tributos internos del / 9nspeccionar el trfico internacional de personas y medios de transporte. / Aesarrollar las acciones necesarias para prevenir y reprimir la comisión de delitos aduaneros y trfico ilícito de bienes. / 'roponer al inisterio de Economía y =inan%as la celebración de acuerdos y convenios internacionales referidos a materia tributaria y aduanera y participar en la elaboración de los proyectos de dic1os acuerdos y convenios. / Liderar las iniciativas y proyectos relacionados con la cadena logística del comercio exterior, cuando tengan uno o ms componentes propios de las actividades aduaneras.
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7/ 'roveer servicios a los contribuyentes, responsables y usuarios del comercio exterior a fin de promover y facilitar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. / Las dems que señale la ley.
2& FACULTADES DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA A/ F398;63= => R>938=3974 6na de sus funciones es recaudar los tributos. 'ara ello, podr contratar directamente los servicios de las entidades del sistema bancario y financiero para recibir el pago de deudas correspondientes a tributos administrados. Los acuerdos podrn incluir la autori%ación para recibir y procesar declaraciones y otras comunicaciones dirigidas a la (dministración. En nuestro 'aís la !uperintendencia 7acional de (duanas y de (dministración Tributaria Q !67(T, 1a adoptado un sistema mixto de recaudación desde el mes de $ulio de 88. ediante este sistema, los bancos recepcionan a nivel nacional a trav0s de sus sucursales y agencias, las declaraciones pago de los contribuyentes facilitando así el cumplimiento voluntario y oportuno de las obligaciones tributarias de los contribuyentes.
B/ F398;63= => D>6>rH743974 => ;3 o@;73974 6r7@863r73 Por >; 396o => ;3 =>6>rH743974 => ;3 o@;73974 6r7@863r73: El deudor tributario verifica la reali%ación del 1ec1o generador de la •
obligación tributaria, señala la base imponible y la cuantía del tributo.
INDICE •
La (dministración Tributaria verifica la reali%ación del 1ec1o generador de la obligación tributaria, identifica al deudor tributario, señala la base imponible y la cuantía del tributo.
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C/ F398;63= => F7593;73974 La facultad de fiscali%ación de la (dministración Tributaria se e$erce en forma discrecional. El e$ercicio de la función fiscali%adora incluye& La inspección, la investigación y el control del cumplimiento de obligaciones tributarias incluso de aquellos su$etos que gocen de inafectación, exoneración o beneficios tributarios-. 'ara tal efecto, dispone entre otras de las siguientes facultades discrecionales& . Exigir a los deudores tributarios la ex1ibición yFo presentación de& Libros, registros yFo documentos que sustenten la contabilidad yFo que se encuentren relacionados con 1ec1os susceptibles de generar obligaciones tributarias, los mismos que debern ser llevados de acuerdo con las normas correspondientes. ). >equerir a terceros informaciones y ex1ibición yFo presentación de sus libros, registros, documentos, emisión y uso de tar$etas de cr0dito o afines y correspondencia comercial relacionada con 1ec1os que determinen tributación. . !olicitar la comparecencia de los deudores o terceros. 2. Efectuar tomas de inventario de bienes. "uando se presuma la existencia de evasión tributaria podr inmovili%ar libros, arc1ivos, documentos, registros en general y bienes, de cualquier naturale%a, por un período no mayor de * días 1biles, prorrogables por otro igual; o efectuar incautaciones de libros, arc1ivos, documentos, registros en general y bienes, de cualquier naturale%a, incluidos programas informticos y arc1ivos en soporte magn0tico o similares, que guarden relación con la reali%ación de 1ec1os susceptibles de generar obligaciones tributarias, por un pla%o no mayor de 2* días 1biles, prorrogables por * días.
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D/ F398;63= S3497o43=or3 "uando el contribuyente o responsable incumple alguna disposición en materia tributaria se entender que 1a cometido un ilícito o una infracción tributaria. (lgunas infracciones derivadas del incumplimiento de obligaciones tributarias son& • • • • • •
7o inscribirse en el >6" 7o otorgar yFo exigir comprobantes de pago. 7o llevar libros y registros contables. 7o presentar declaraciones y comunicaciones. 7o permitir el control de la administración tributaria. ?tras obligaciones tributarias.
2&2&+& OBLIGACIONES FORMALES Los deudores tributarios, estn obligados a facilitar las labores de fiscali%ación y determinación que realice la (dministración Tributaria y en especial debern& 9nscribirse en los registros de la (dministración Tributaria. (creditar la inscripción cuando la (dministración Tributaria lo requiera y consignar el mismo al n/mero de identificación o inscripción en los documentos respectivos, siempre que las normas tributarias lo exi$an. Emitir con los requisitos formales legalmente establecidos los comprobantes de pago y guías de remisión y entregarlos en los casos previstos en las normas legales. Llevar los libros de contabilidad u otros libros y registros exigidos por las leyes, reglamentos o por resolución de !uperintendencia de (duanas y de (dministración Tributaria Q !67(T, o los sistemas, programas, soportes portadores de micro formas gravadas, soportes magn0ticos y dems antecedentes computari%ados de contabilidad que los sustituyan, registrando las actividades que se vinculen con la tributación, conforme a lo establecido en las normas pertinentes
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'ermitir el control de la (dministración Tributaria, así como presentar o ex1ibir en las oficinas fiscales o ante los funcionarios autori%ados, seg/n requiera la (dministración Tributaria las declaraciones, informes, libros de actas, registros y libros contables y dems documentos relacionados con 1ec1os generadores de obligaciones tributarias, en la forma, pla%os y condiciones que sean requeridos, así como formular las aclaraciones que le sean solicitadas. 'roporcionar a la (dministración Tributaria, la información que est requerida o la que ordene las normas tributarias, sobre las actividades del propio contribuyente o de terceros con los que guarden relación. "onservar los libros y registros, llevados en sistema manual o mecani%ado, así como los documentos y antecedentes de las operaciones o situaciones que constituyan 1ec1os generadores de obligaciones tributarias, mientras el tributo no este prescrito. "oncurrir a las oficinas de la (dministración Tributaria cuando su presencia sea requerida por 0sta para el establecimiento de 1ec1os vinculados a obligaciones tributarias. En caso de tener la calidad de remitente, est obligado a entregar el comprobante de pago o guía de remisión correspondiente de acuerdo a las normas sobre la materia para que el traslado de los bienes se realice.
2&2&! EVASIÓN TRIBUTARIA La tributación es la primera fuente de los recursos que tiene el Estado para cumplir con sus funciones y, por lo tanto, constituye un factor fundamental para las finan%as p/blicas, asimismo, debe comprenderse que la evasión, reduce significativamente las posibilidades reales de desarrollo de un país y obliga al Estado a tomar medidas que a veces, resultan ms per$udiciales para los contribuyentes que si aportan, como por e$emplo, la creación de tributos o el incremento de las tasas ya existentes, creando malestar y propiciando mayor evasión.
INDICE "uando el contribuyente declara yFo paga menos tributos por errores materiales yFo desconocimiento, transgrediendo la Ley. Aiario la 'rimera-
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Entendemos por evasión tributaria a todos aquellos actos que impliquen el no pago del tributo en forma total o parcial que le 1ubiere correspondido abonar a un determinado contribuyente. En toda sociedad moderna, los ciudadanos entregan recursos al estado para que este los asigne eficientemente de acuerdo a las necesidades de la comunidad. ( trav0s de tributos, recursos de la comunidad regresan a ella ba$o la forma de servicios y obras p/blicas. Billegas, )++M!in embargo no todos los contribuyentes y responsables tienen ese comportamiento. 9nclusive 1ay quienes tienen conductas o reali%an actos contrarios a la ley con la finalidad de eliminar o disminuir la carga tributaria que los afecta. Este tipo de comportamiento se conoce como Evasión Tributaria. La evasión tributaria crea una bonan%a irreal, pasa$era y peligrosa. Es 9rreal porque no es consecuencia del 0xito de la actividad económica reali%ada sino de acciones penadas por ley. El evasor sustenta su espe$ismo económico en la disminución de recursos del estado en abierto atentado contra el bien com/n y eso es delito. Es pasa$ero porque no pueden durar eternamente; ms temprano que tarde ser detectado por la !67(T. El
avance
tecnológico,
los
sistemas
informticos,
los
programas
implementados act/an en contra del evasor. C por /ltimo es peligrosa porque tipifica como delito tributario y es sancionado de acuerdo a la ley penal tributaria.
E;>H>46o5 => ;3 E3574 Tr7@863r73 S8>6o P357o Es el su$eto pasivo de la relación tributaria, ex1ibe una característica muy connotativa, pues, evidentemente, act/a sobre el patrimonio propio al defraudar eludiendo el pago de tributos, un tanto anlogo con lo que acontece con los delitos de quiebra, por lo tanto, este delito base es el gran pórtico para las dems infracciones penales que se encuentran alo$adas en los artículos ), , 2 y * del Aec. Legislativo
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O. C ello explica que tan solo sea su$eto activo, en esta 1ipótesis delictiva, precisamente el deudor tributario; obligación impositiva tributaria tiene que 1aber nacido, es decir, 1a de estar incorporada al patrimonio de su$eto, para que $ustamente sea un deudor. El deudor tributario es aquel que reali%a, o respecto del cual se produce el 1ec1o generador de la obligación tributaria. En tanto, el responsable es aquel que, sin tener la condición de contribuyente, debe cumplir la obligación atribuida a 0ste.
S8>6o A967o Es el Estado, al cual le pertenece la potestad tributaria. El artículo D2 de la "onstitución destaca el uso del J6! 9'E>96 y que el vínculo tributario se determina solo por Ley. !in embargo, no debe olvidarse que el tributo se encuentra en función de fines, de procesos de distribución y redistribución, por lo que la colectividad tambi0n resulta afectada. El agraviado es el órgano administrador del tributo, que es la persona $urídica en la cual recae la acción que efectuó al fraude. En nuestro caso le corresponde a la !uperintendencia 7acional de (duana y de (dministración Tributaria. !67(T )+)-
C38535 => ;3 E3574 Tr7@863r73 ay algunas de tipo macroeconómico y son&
3/ L3 74;3974 La elevación permanente y constante del nivel general de precios afecta el cumplimiento tributario, porque reduce el ingreso real de los contribuyentes. En muc1os casos el contribuyente pretende mantener su capacidad adquisitiva a trav0s del no pago al fisco, para lo cual se vale de algunas acciones ilícitas. (sí, el menor poder adquisitivo es cubierto con el monto evadido. Aurante los años de 8OO a 88, se dieron las tasas de inflación ms elevadas de la 1istoria peruana de MM.D3 a D*3 los topes y en estos periodos
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los índices de evasión fueron del DO3 al 8)3; por lo que inflación y evasión, se encuentran estrec1amente relacionados. 'ara ello se 1a previsto&
A8H>463r ;o5 74r>5o5 7593;>5 >rH34>46>5& !e vienen implementando medidas orientadas a ampliar la base tributaria de manera permanente a trav0s de& i- el ataque frontal contra la evasión fiscal que es alta cerca de *3 en el 9enta-, ii- la reducción del contrabando cerca de 3 de las importaciones-, iii- la mayor formali%ación y fiscali%ación especialmente traba$adores independientes-, iv- el 0nfasis en las transacciones electrónicas que no sólo facilitan el cumplimiento tributario y aduanero sino generan me$or y mayor oportunidad en la información, v- la recuperación de la deuda en cobran%a, vi- el anlisis de riesgo para los sistemas de fiscali%ación y control, vii- la racionali%ación de las exoneraciones y beneficios tributarios, y viii- la optimi%ación, entre otros, del 9mpuesto 'redial, del 9mpuesto de (lcabala e 9mpuesto al 'atrimonio Be1icular, con la finalidad de permitir el fortalecimiento de la gestión de los
@/ L3 r>9>574 => ;3 >9o4oH<3
!e entiende por recesión la caída del 'G9 real, caída de la producción y aumento del desempleo. Ael mismo modo, la reducción en el nivel de actividad por tanto en el nivel de ingresos, es financiada con atrasos al fisco, de esta forma, el incumplimiento de las obligaciones tributarias y la evasión son mecanismos utili%ados por los contribuyentes para suavi%ar los impactos temporales negativos en su nivel de ingresos.
INDICE 9/ A96768= So973;
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Esta depende de las convicciones 0ticas de la sociedad acerca del cumplimiento tributario, lo que est directamente relacionado con el rol de las normas sociales en cada país, región o ciudad. La evasión prospera cuando la sociedad participa de ella perdonndola, de los contrario quedara limitada a un reducido n/mero de individuos. En suma, los ciudadanos a la larga son parte responsable en la prevención de la evasión, conducta que tiene que ver con el proceso de concienti%ación tributaria. Aentro de la (ctitud !ocial podemos referirnos a la conciencia tributaria de los ciudadanos. La conciencia Tributaria est referida a actitudes y creencias de las personas que motivan la voluntad de contribuir de los individuos. El resultado del proceso de formación de la conciencia tributaria lleva a que la persona adopte distintas posiciones desde tolerar la evasión y el contrabando 1asta no tolerar en lo absoluto.
=/ E87=3= F7593;
Gasada en el 'rincipio tributario, tiene que ver en lo que percibe cada individuo de acuerdo a su capacidad contributiva. Este aspecto tiene que ver con el proceso de la concienti%ación tributaria.
>/ U5o => ;o5 r>98r5o5 7593;>5&
!e refiere a lo que los ciudadanos perciban de la utili%ación de sus impuestos. ( la sociedad le interesa que sus impuestos financien obras sociales o productivas y no que se destinen al mantenimiento de la burocracia y otros gastos improductivos; en consecuencia, la magnitud de la evasión depender de si el gasto p/blico es destinado a la e$ecución de proyectos y obras en los sectores productivos y sociales educación, salud y vivienda-.
/ Eo4>r397o4>5
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El establecimiento de exoneraciones para algunos sectores económicos o %onas geogrficas que son utili%adas de manera incorrecta. (dems, algunas experiencias demuestran que estas 1erramientas no 1an tenido los resultados esperados.
/ CoH;>7=3= => NorH35
La emisión de normas tributarias que son complicadas y comple$as, es lo que atenta contra la simplicidad y la neutralidad en la aplicación de los tributos y repercute en el pago de los impuestos y la inestabilidad tributaria. !eg/n francisco "amargo ernnde% 6na de las principales causas de la evasión tributaria es la ausencia de una verdadera conciencia tributaria individual y colectiva, motivada por la imagen que la comunidad tiene del estado y la percepción frente a la imparcialidad en sus gastos e inversiones al no tener conocimiento de los programas de gobierno y las políticas de redistribución del ingreso. 'or tal motivo 1ay quienes consideran que no deben contribuir al ente recaudador, porque sus aportes no generan obras y porque nadie les asegura que no despilfarren lo que aportan al estado. La existencia de corrupción puede viciar una política efica%, los posibles evasores, en oportunidades, son capaces de sobornar funciones p/blicos. La evasión tributaria puede ser del orden social, estructural, normativo, administrativo, tambi0n estn aquellas de naturale%a t0cnica como los vacíos en las leyes, la falta de claridad y las dudas en su interpretación y aplicación la incertidumbre de la norma tributaria-. Ae naturale%a política& como los factores de política económica y financiera, que intervienen en la modificación del equilibrio y la distribución de la carga fiscal, y pueden constituir estímulos negativos en el comportamiento del contribuyente. (ccidentales& como aquellos elementos excepcionales, naturales, políticos y sociales que se resuelven en una alteración de las condiciones contributivas o en un cambio en las actividades de los su$etos pasivos de la imposición frente a las obligaciones fiscales. Ae naturale%a económica, o sea, aquella en la que se
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considera el peso de la carga tributaria con respecto de las posibilidades contributivas reales de los su$etos impositivos. C de naturale%a psicológica& constituida por un con$unto de tendencias individuales del su$eto a reaccionar de distintas manera ante la obligación de contribuir a los gastos del gobierno, incluyendo inconvenientes como la relación de confian%a entre la administración y los contribuyentes, los sistemas de distribución de la carga fiscal, la productividad y calificación de los gastos p/blicos. ?tra causas de evasión fiscal son& la falta de educación basada en la 0tica y moral, la insolidaridad con el Estado que necesita recursos y la idiosincrasia del pueblo cuando piensa que las normas 1an sido 1ec1as para violarlas o incumplirlas, la desconfian%a en cuanto al mane$o de los recursos por parte del Estado y el no considerar que se recibe una adecuada prestación de servicios. El contar con un sistema tributario poco transparente y flexible entendi0ndose, este /ltimo, como la adecuación de la administración tributaria a los continuos cambios socioeconómicos y de política tributaria. Tapia., .<.)++*-
E>96o5 => ;3 E3574 Tr7@863r73 La evasión afecta al Estado y a la colectividad de diversas formas&
!& 7o permite que el Estado cuente con los recursos necesarios para brindar los servicios bsicos a la población, especialmente a la de menores recursos. 2& 9nfluye en la generación de un d0ficit fiscal, que origina nuevos tributos, mayores tasas o cr0ditos externos. '& La creación de ms tributos o el aumento de las tasas de los tributos ya existentes afectan a los que cumplen con sus obligaciones, cuando lo lógico sería ampliar la base contributiva con respecto a los que poco o nada tributan. *& Ae otro lado, por los pr0stamos externos 1ay que pagar intereses, lo que significa mayores gastos para el Estado; es decir, toda la sociedad debe 1acer un esfuer%o para pagar los gastos ocasionados por quienes no cumplieron con sus obligaciones tributarias. "& 'er$udica al desarrollo económico del país, no permitiendo que el Estado pueda redistribuir el ingreso a partir de la tributación.
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En suma, la evasión tributaria nos per$udica a todos. 'or este motivo, quienes formamos parte de la sociedad debemos 1acer lo que est0 a nuestro alcance para erradicarla. El primer paso es tomar conciencia de que el pago de impuesto no es simplemente una disminución de nuestros ingresos, sino un aporte al desarrollo de nuestro país y a la posibilidad para que la mayoría de gente de ba$os ingresos económicos, tengan la oportunidad de me$orar su calidad de vida. !67(T, (gosto )++-
M>=7=35 => ;3 S8>r746>4=>4973 N397o43; => A=83435 => A=H74756r3974 Tr7@863r73 3r3 9oH@367r ;3 >3574 'ara combatir la evasión se 1an reali%ado una serie de implementaciones y reformas orientadas a asegurar el pago de 9
S756>H3 => P3o A=>;3463=o =>; IGV: !i bien es cierto no constituyen tributos conformantes del !istema Tributario 7acional, considero importante mencionar como sistemas de pago o recaudación del 9
A& RK7H>4 => R>6>4974 =>; IGV Es el r0gimen por el cual, los su$etos designados por la !67(T como (gentes de >etención debern retener parte del 9mpuesto
B& S756>H3 => D>6r3997o4>5 =>; IGV Es el descuento que efect/a el comprador o usuario de un bien o servicio afecto al sistema, de un porcenta$e del importe a pagar por estas operaciones,
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para luego depositarlo en el Ganco de la 7ación, en una cuenta corriente a nombre del vendedor o quien presta el servicio. Uste, por su parte, utili%ar los fondos depositados en su cuenta para efectuar el pago de sus obligaciones tributarias. Los montos depositados en las cuentas que no se agoten cumplido el pla%o señalado por la norma luego que 1ubieran sido destinados al pago de tributos, sern considerados de libre disponibilidad para el titular.
C& RK7H>4 => P>r9>97o4>5 =>; IGV El >0gimen de 'ercepciones del 90gimen no es aplicable a las operaciones de venta de bienes exoneradas o inafectas del 9
L3 B3493r73974 El monto se fi$a en nuevos soles para las operaciones pactadas en moneda nacional, y en dólares americanos para las operaciones pactadas en dic1a moneda.
INDICE El monto a partir del cual se deber utili%ar edios de 'ago es de tres mil quinientos nuevos soles !F. ,*++- o mil dólares americanos 6:: ,+++- seg/n Ley )O82, modificada por el Aecreto Legislativo 7 8D*
38
publicada el * de mar%o del )++D, vigente desde el + de enero de )++O 1asta la actualidad. Es importante para&
!& 9mpulsar la formali%ación de la economía, vía la canali%ación por el sistema financiero de gran parte de las transacciones reali%adas en la economía.
2& 'romover la documentación de operaciones entre agentes económicos.
'& >educir la evasión y la informalidad en la medida que potencia la fiscali%ación, al servir como fuente de información.
*& Aesincentivar la reali%ación de operaciones marginadas y simuladas. "abe mencionar que internacionalmente se 1a demostrado que existe una innegable relación entre los niveles de bancari%ación y de evasión tributaria. 'or otro lado, el desarrollo tecnológico y económico actual del sector financiero, genera un marco adecuado para la implementación de la medida.
2&'& DEFINICIONES CONCEPTUALES: .GLOSARIO/ A9r>>=or Tr7@863r7o Es aquella persona física o $urídica- legítimamente facultada para exigir el pago o cumplimiento de una obligación contraída por dos partes con anterioridad. Es decir, que a pesar de que una de las partes se quede sin medios para cumplir con su obligación, 0sta persiste.
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A967o F7o (ctivos tangibles o intangibles que se presume son de naturale%a permanente porque son necesarios para las actividades normales de una compañía y no sern vendidos o desec1ados en el corto pla%o, ni por ra%ones comerciales
C3397=3= Co46r7@8673& La capacidad contributiva 1ace referencia a la capacidad económica que tiene una persona para poder asumir la carga de un tributo o contribución. En consecuencia, la capacidad contributiva es un elemento importante a tener en cuenta a la 1ora de implementar impuestos, puesto que los impuestos deben corresponder a la capacidad que tiene el su$eto pasivo para asumirlos.
C=7o Tr7@863r7o El "ódigo Tributario es un con$unto orgnico y sistemtico de las disposiciones y normas que regulan la materia tributaria en general.
Co475936or7o& Aerec1o que pertenece a la apropiación estatal de bienes decreto "onfiscatorio.
Co46r7@8974 Es un tributo que debe cobrar el contribuyente o beneficiario de una utilidad económica, cuya $ustificación es la obtención por el su$eto pasivo ciudadano receptor- de un beneficio o de un aumento de valor de sus bienes como consecuencia de la reali%ación de obras p/blicas o del establecimiento o ampliación de servicios p/blicos. "ontribución viene de la palabra contribuir.
Co46r7@8>46> Es aquella persona física o $urídica con derec1os y obligaciones, frente a un ente p/blico, derivados de los tributos.
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Es quien est obligado a soportar patrimonialmente el pago de los tributos impuestos, tasas o contribuciones especiales-, con el fin de financiar al Estado.
Co46ro; Tr7@863r7o "omprende las actuaciones para el correcto cumplimiento de las obligaciones tributarias por un contribuyente y la adopción de medidas de control de carcter preventivo de los riesgos fiscales de mayor trascendencia.
C8;68r3 Tr7@863r73& 7ivel de conocimiento que tienen los individuos de una sociedad acerca del sistema tributario y sus funciones.
D>r38=3974 Tr7@863r73& Es un fraude o engaño y con evidente per$uicio económico contra el fisco por el no pago de tributos.
D>;76o Tr7@863r7o (cto por el cual una persona vali0ndose de cualquier artificio, engaño, astucia o de otra forma fraudulenta, en provec1o propio o de un tercero, de$a de pagar en todo o en parte un tributo pre establecido por la ley.
D>8=or Tr7@863r7o Es la persona obligada al cumplimiento de la obligación tributaria, como contribuyente # aqu0l que reali%a, o respeto del cual se produce el 1ec1o generador de la obligación tributaria # o responsable # aqu0l que, sin tener la condición de contribuyente, debe cumplir la obligación atribuida a 0ste.
E87=3= "riterio que orienta la distribución de un determinado atributo entre los miembros de un grupo social. En economía, los atributos considerados se refieren a las oportunidades, a la rique%a, al ingreso, al consumo, etc.
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Existen muc1os criterios de equidad, siendo el igualitarismo uno de ellos, pero no el /nico.
E3574 Tr7@863r73 Evasión fiscal o tributaria es toda eliminación o disminución de un monto tributario producida dentro del mbito de un país por parte de quienes estn $urídicamente obligados a abonarlo y que logra tal resultado mediante conductas fraudulentas u omisivas violatorias de disposiciones legales
F7593;73974 En un sentido amplio incluye el con$unto de acciones tendientes a verificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, a trav0s de la inspección, control o verificación de todas las operaciones económicas y actos administrativos del su$eto obligado o de algunas de sus actividades, a fin de comprobar la exactitud, la procedencia y la adecuación de sus declaraciones, a las leyes y reglamentos vigentes.
F759o Es el órgano del estado que se encarga de recaudar y exigir a los contribuyentes el pago de sus tributos, así como la administración de dic1os tributos.
0o;<56793 El sistema completo se comporta de un modo distinto que la suma de sus partes&
I=7o5749r3573 >asgos y carcter propios y distintivos de un individuo o de una colectividad&
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IH8>56o5 Es una clase de tributo obligaciones generalmente pecuniarias en favor del acreedor tributario- regido por derec1o p/blico. !e caracteri%a por no requerir una contraprestación directa o determinada por parte de la administración 1acendaria acreedor tributario-.
I4orH3;7=3= Es el con$unto de unidades económicas que no cumplen con todas sus obligaciones tributarias.
O@;7397o4>5 Tr7@863r735 Es el vínculo que se establece por ley entre el acreedor el Estado- y el deudor tributario las personas físicas o $urídicas- y cuyo ob$etivo es el cumplimiento de la prestación tributaria. 'or tratarse de una obligación, puede ser exigida de manera coactiva.
R>9>574 Aisminución de la actividad económica, generalmente pasa$era, que a veces t rae consigo un descenso de los beneficiosempresariales y el empleo& durante los periodos de recesión económica suele aumentar el índice del desempleo.
T3535 Las tasas son contribuciones económicas que 1acen los usuarios de un servicio prestado por el estado. La tasa no es un impuesto, sino el pago que una persona reali%a por la utili%ación de un servicio, por tanto, si el servicio no es utili%ado, no existe la obligación de pagar.
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Tr7@863974 Tributación significa tanto el tributar, o pagar 9mpuestos, como el sistema o r0gimen tributario existente en una nación. La tributación tiene por ob$eto recaudar los fondos que el Estado necesita para su funcionamiento pero, seg/n la orientación ideológica que se siga, puede dirigirse tambi0n 1acia otros ob$etivos& desarrollar ciertas ramas productivas, redistribuir la >ique%a, etc.
Tr7@86o La etimología de palabra tributo deviene de latín tributum, que significa aquello que se tributa. Esta /ltima palabra deviene del verbo tributar, que seg/n dic1o diccionario significa entregar el vasallo al señor en reconocimiento del señorío una cantidad en dinero o en especie.
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CAPITULO III
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'& RECURSOS Y CRONOGRAMAS '&! RECURSOS '&!&! 0UMANOS • • • •
(pa%a >amos Luis 'alomino
'&!&2 ECONOMICOS • •
9nternet 9mpresión
+.++ )+.++
'&!&' FISICO • •
"omputadoras o$as
'&2 CRONOGRAMA
CAPITULO IV !E(7( !E(7( ) !E(7( !E(7( 2 !E(7(
("T9B9A(AE! G6!"(> EJE'L?! AE TE!9! EL(G?>("9?7 AE TE!9! '>E'(>("9?7 AE TE!9! C ''T EV'?!9"9?7 C '>E!E7T("9?7 AE TE!9!
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*& FUENTES DE INFORMACION *&!REFERENCIAS BIBLIOGR1FICAS LIBRO DE TETO . (rancibia, )++O- 4"ódigo Tributario "omentado y "oncordado Jurisprudencia !ectorial. Lima 'acifico Editores. ). "amargo, = 88*- Lima#4=iscali%ación y 'rocedimiento "ontencioso Tributario5 Editorial 'acifico. . "1aln., ". y "aldas, '., ?. )+)- 4=actores (sociados ( La Evasión Tributaria En La 9ndustria Ae "al%ado Ael Aistrito El 'orvenir # 6'(? Tru$illo. 2. Ley 'enal Tributaria 7 )D+O sobre la defraudación tributaria L'T. En el diario oficial el 'eruano (rt D# 'er/. *. ontoya, L., ' )++)- 4Evasión Tributaria de las micro pequeñas empresas y de los traba$adores en el sector textil de la ciudad de Tru$illo. 6!'#"1imbote. M. 'er/, "ongreso de la >ep/blica, "onstitución 'olítica del 'er/ 88Editorial Grasa !.(. (rt D2#'er/. D. !67(T, )++- 4"iudadanía y "ultura Tributaria5 .(gosto Lima& 9nstituto de (dministración Tributaria y (duanera. O. !67(T, )+)- 4El !istema Tributario en el 'er/5 ar%o Lima& 9nstituto de (dministración Tributación y (duanera. 8. !67(T, )+)- Tributemos 4"onciencia ante la Evasión5. Lima 9nstituto de (dministración Tributaria y (duanera. +. Tapia edina, osa.
PAGINAS WEB ). Aiario la 'rimera )+- Evasión Tributaria en el 'er/ )MF+)F)+ 1ttp&FFWWW.diariolaprimeraperu.comFonlineFespecialFevasi#oacute#n#tributaria# en#el#per#uacuteXO+MM+.1tml
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CAPITULO V
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"& ANEOS "&!CONCLUSIONES En el siguiente traba$o de investigación se llegó a las siguientes conclusiones&
!& Los comerciantes de ropa que se encuentran ubicados en los alrededores del "entro "omercial 'olvos (%ules por el giro de negocio que tienen, deben cumplir con todas las obligaciones formales que les corresponden otorgar comprobante de pago por sus ventas, presentar sus declaraciones, llevar registros y libros contables de acuerdo a su r0gimena los contribuyentes, así como con la determinación y pago de los impuestos a los que estn afectos obligaciones sustanciales- , tales como el 9 y E!!(L6A.
2& 'or la actividad que reali%an los comerciantes de abarrotes ubicados en los alrededores del mercado mayorista pueden acogerse a cualquier r0gimen tributario 7uevo >0gimen Nnico !implificado, >0gimen Especial de >enta y >0gimen 6! !F.+,+++.++-, no correspondi0ndoles dic1o r0gimen. Esto genera que un +3 de los encuestados se encuentren en un r0gimen que no les corresponde. "onsiderando que se 1a determinado un nivel de ventas promedio mensual de !F. DO+++.++, les correspondería estar en el >0gimen
'& 6n alto porcenta$e de estos comerciantes no declara la totalidad de sus ventas, lo que conlleva a una evasión parcial de impuesto enta. Ae manera similar se 1a determinado que por lo menos un *3 de estos empresarios no declaran a sus traba$adores lo que causa una omisión en la determinación de la contribución al Essalud.
*& "omo resultado del estudio efectuado se concluye que las causas que generan evasión tributaria son&
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• • • •
=alta de información. Aeseos de generar mayores ingresos 6tilidades-. "omple$idad de las normas tributarias y excesivas carga para tributar. (cogerse a regímenes tributarios que no les corresponde.
INDICE "&2 RECOMENDACIONES