CONTENIDO INTRODUCCIÓN .................... ............................... ..................... ..................... ...................... ..................... ...................................... ............................ 2 SUPERINTENDENCIA DE BANCOS DE PANAMÁ (SBP) ..............................................3 Los inicios de la actividad anca!ia..................... ................................ ..................... ..................... .................................. ....................... 3 Los "ila!es del Cent!o Banca!io Inte!nacional.................... ............................... ..................... ..................... .....................3 ..........3 C!isis "ol#tica a$ecta Cent!o Banca!io Inte!nacional.................... .............................. ..................... ........................4 .............4 C!eaci%n de la S&"e!intendencia de Bancos.................................................................5 Re'&lado! anca!io co"leenta!iedad necesa!ia..................... ............................... ..................... ..................... .............6 ...6 Act&ali*aci%n del !+'ien anca!io, odi$icaci%n del Dec!eto Le- . de /..01 N&eva LeBanca!ia..................... ............................... ..................... ..................... ..................... ..................... ..................... ...................... ........................... ................ 7 Consolidando las ases de &n co"etitivo Sistea Banca!io ...........................................8 Adve!tencia Le'al..................... ................................ ..................... ..................... ..................... ...................................... ............................ ....... 9 Le- Banca!ia..................... ................................ ...................... ..................... ..................... ..................... ......................................... ............................... 9 Ma!co de S&"e!visi%n..................... ............................... ..................... ...................... ..................... ..................... ..................... .................. ........ 12 P!evenci%n - Cont!ol de O"e!aciones Il#citas.............................................................13 Ries'o de Lavado de Activos en Inst!&entos 2inancie!os, Us&a!ios - E"leados de Instit&ciones 2inancie!as.................... ............................... ..................... ..................... ..................... ..................... ...................... ............... .... 13 R+'ien Anti Anti lavado 3 Le-es "o! las 4&e vela la SBP1.................... ............................... ..................... .................... .......... 15 •
Le- 56 del 57 de a!il de 58/9.................... ............................... ..................... ..................... ...............................15 ....................15
•
Le- No1 5 del / de $e!e!o de 58//..................................................................16
•
Le- No1 6: del 57 de ;&lio de 58/8.................... ............................... ..................... ..................... .......................... ............... 17
•
Le- No1 /: del 55 de a-o de 5887..................... ................................ ...................... ..................... .......................18 .............18
•
Le- No1 /: del /0 de a-o de 5887..................... ................................ ...................... ..................... .......................20 .............20
•
Le- No1 /< de 56 de a-o de 5889..................................................................22
COMPARATI=A..................... ............................... ..................... ..................... ..................... ..................... ..................... ............................ ................. 23 (SUPERINTENDENCIA 2INANCIERA DE COLOMBIA) .............................................23 >ISTORIA..................... ............................... ..................... ..................... ..................... ..................... ..................... ...................... ..................... ............ 23 La le- de ancos de /.56 - en la act&alidad1..................... ............................... ..................... ..................... .....................23 ...........23 ?@&+ es la S&"e!intendencia 2inancie!a de Coloia................................................24 Nat&!ale*a ;&!#dica - o;eto de la S2C.....................................................................24 2&nciones ene!ales.................... ............................... ..................... ..................... ..................... ......................................... ............................... 25 No!as sicas 4&e !e'&lan la Entidad..................... ............................... ..................... ..................... ..................... ................. ...... 25 •
Dec!eto :657 de 5889...................... ................................ ..................... ..................... ........................................ .............................. 25
•
Dec!eto <<6 de /..6.................... ............................... ..................... ..................... ..................... ..................... ....................... ............ 33
CONCLUSIÓN .................... ............................... ..................... ..................... ..................... ..................... ..................... .............................. .................... 35 ANEOS..................... ................................ ..................... ..................... ..................... ..................... ..................... ..................................... ........................... 36
INTRODUCCIÓN En el presente trabajo, observaremos todo lo relacionado a la Superintendencia de Bancos de Panamá, desde su inicio, evolución, hasta lo que es hoy en día. Tocaremos las importantes leyes y decretos que reulan esta importante entidad estatal en el territorio paname!o, además de sus prevenciones y las medidas que toman para evitar el lavado de capitales y el "inanciamiento al terrorismo, quien supervisa esto, y qu# medidas opta Panamá mediante la Superintendencia de bancos para evitar estas prácticas. Posteriormente de haber tocado lo re"erente a la Superintendencia de Bancos de Panamá $SBP%, haremos un peque!o análisis comparativa con la Superintendencia &inanciera de 'olombia, para observar las di"erencias que e(isten entre ambos, o las similitudes.
SUPERINTENDENCIA DE BANCOS DE PANAMÁ (SBP) Los inicios de la actividad anca!ia )a acti activi vida dadd banc bancar aria ia en Pana Panamá má se remo remont ntaa a los los albo albore ress de nues nuestr traa *ep+ *ep+bl blic ica, a, al establecerse en -/ dos bancos importantes. El primero de ellos, el 0nternational Ban1 'orporation, que cambió de nombre a &irst 2ational 'ity Ban1 o" 2e3 4or1, hoy 'itiban1, que es parte de 'itiroup, el mayor conlomerado "inanciero del mundo. El seundo "ue el Banco
2acional
de
Panamá.
'on el devenir de los a!os, varios bancos tanto internacionales como paname!os iniciaron operaciones para apoyar el "inanciamiento de las actividades comerciales, industriales y aropecuarias en nuestro país. En -5/ se creó la 'aja de 6horros, la cual se especiali7ó en el "inanciamiento hipotecario8 el Banque 2ational de París en -/9, que cambió su nombre a B2P Paribas, y el Banco :eneral en -;;. )a actividad bancaria creció libremente debido a las inneables ventajas comparativas de nuestro país, al punto que a "inales de la d#cada de los sesenta operaban más de un centenar de establecimientos con placas de banco, sin reali7ar estrictamente las delicadas "unciones de intermediación "inanciera.
Los "ila!es del Cent!o Banca!io Inte!nacional 2o es hasta -<, sesentais#is a!os despu#s, cuando se aprueba el =ecreto de :abinete 2.>?59 de ? de julio de -<, la primera )ey Bancaria que creó la 'omisión Bancaria 2acional como entidad reuladora de la actividad bancaria de Panamá. 'on el nuevo ordenamiento jurídico, desaparecen un sinn+mero de bancos de @placa de bronce@, y operan de "orma ordenada a "ines de -< un total de ? bancos con activos de BA.9-9 millones. 0nicialmente, la 'omisión Bancaria 2acional "ue adscrita al inisterio de Cacienda y Tesoro. Tesoro. En -<5, la naciente entidad queda bajo el inisterio de Plani"icación y Política Económica, con"ormada por siete miembros con derecho a vo7 y voto, de los cuales tres correspondían a altos altos "uncio "uncionar narios ios del del sector sector p+b p+blic lico, o, tres tres repres represen entan tantes tes de ban bancos cos propue propuesto stoss por la 6sociación Bancaria de Panamá y uno nombrado por el Drano Ejecutivo, quien no podía ser ni director, ni dinatario ni empleado de banco. )a 'omisión Bancaria 2acional tenía como responsabilidad el establecimiento de un marco de políticas que "avoreciera el desarrollo de la actividad bancaria. 6demás, podía "ijar
intereses bancarios para cierto tipo de depósitos, así como los niveles de liquide7, el encaje leal sobre depósitos locales y las reservas de capital para operaciones locales. )a )ey Bancaria de -< "ue concebida con un carácter promotor para atraer la presencia "ísica de nuevos y prestiiosos bancos internacionales de todas partes del mundo. )as ventajas comparativas de Panamá o"recían las condiciones +nicas para la creación y desarrollo de un 'entro Bancario 0nternacional especiali7ado en operaciones e(ternas, al contar con un sistema tributario "le(ible, una pla7a biline, un sistema de telecomunicaciones moderno que permitía concentrar desde nuestro país el reistro de un sinn+mero de transacciones "inancieras internacionales y un sistema dolari7ado. 'abe se!alar que la moneda o"icial de la *ep+blica de Panamá es el balboa, la cual tiene un valor a la par del dólar de los Estados Fnidos de 6m#rica y se+n la leislación paname!a, circula libremente y se utili7a sin restricciones en las transacciones comerciales y "inancieras. )a e(istencia de una banca internacional permitiría la "ormación de un recurso humano especiali7ado con las mejores prácticas bancarias internacionales. El 'entro Bancario 0nternacional crece y se especiali7a en el "inanciamiento hacia 6m#rica )atina como su principal mercado. En -9?, el 'entro Bancario alcan7a su má(imo nivel con la operación de G bancos de licencia eneral e internacional que mantenían activos por BA./-, millones. 6demás e(istían ? H"icinas de *epresentación, lo que elevaba el n+mero de licencias bancarias a 9 en el a!o -9?. El nivel de actividades del 'entro Bancario se ve a"ectado a mediados de la d#cada de los ochenta por la crisis de la deuda e(terna en 6m#rica )atina, lo que produjo una reducción de los activos e(ternos del orden de BA.9,5- millones entre -9? y -9<.
C!isis "ol#tica a$ecta Cent!o Banca!io Inte!nacional 2o es posible dejar "uera de este recuento, la di"ícil vivencia que sini"icó la crisis política de -99, durante el obierno militar, que causó una caída de los activos cercana a BA./,<
El crecimiento de los activos desde -- hasta el a!o --- "ue de BA.9,G millones, destacando el "ortalecimiento de una pujante banca privada paname!a.
C!eaci%n de la S&"e!intendencia de Bancos :racias al apoyo de un rupo de e(pertos en materia bancaria "ormado por banqueros y aboados, se lora una leislación moderna concebida bajo las normas y principios del 'omit# de Basilea, ente que establece en el mundo las políticas y sanas prácticas bancarias. El =ecreto )ey - de ?G de "ebrero de --9 introduce un cambio en la "iloso"ía de autorreulación que permitió el desarrollo del 'entro Bancario 0nternacional durante las dos d#cadas anteriores, para adaptar el sistema a las nuevas realidades económicas. )a nueva leislación estableció un marco con claras "acultades y poderes para el reulador. 6demás, "ortaleció el aspecto institucional al brindar autonomía administrativa y "inanciera a la Superintendencia de Bancos, al asinarle presupuesto propio proveniente de las tasas que aportan los bancos y los costos de supervisión, a di"erencia de la 'omisión Bancaria 2acional cuyos "ondos eran consinados por el :obierno 'entral al Presupuesto :eneral del Estado. Htra ventaja de la )ey "ue que propició la permanencia de los miembros de la Iunta =irectiva y del Superintendente por t#rminos que establece la )ey, con causales de remoción establecidas en la misma y cuya aplicación compete a la 'orte Suprema de Iusticia. )a Iunta =irectiva de la Superintendencia de Bancos está con"ormada por distinuidos pro"esionales y empresarios sin vínculos con el sector bancario, ni posibilidad de ser "uncionarios. )as principales "unciones de la Iunta =irectiva sonJ aprobación de normas prudenciales, interpretación en el ámbito administrativo de disposiciones leales y relamentarias en materia bancaria, resolver las apelaciones contra resoluciones emitidas por el Superintendente, asesorar al :obierno 2acional en torno al desarrollo del sistema bancario de Panamá. Entre las principales "unciones del Superintendente se encuentranJ velar por la estabilidad del sistema bancario, supervisar los bancos y a los rupos económicos de los cuales "ormen parte, otorar y cancelar licencias bancarias, decretar medidas correctivas respecto a los bancos $desinación de asesores, intervención, reorani7ación, liquidación "or7osa, imposición de multas, etc.%, además de autori7ar "usiones de bancos y la administración de las tareas diarias de la Superintendencia.
Re'&lado! anca!io co"leenta!iedad necesa!ia Fna ve7 aprobada la )ey, la siuiente tarea "ue adaptar y desarrollar todo el marco establecido en la norma leal. En los +ltimos a!os, se ha desarrollado un amplio marco de reulación que aseura normas con"iables y acordes con los más altos estándares internacionales, se+n las sanas prácticas bancarias, como ha sido la tradición en nuestro sistema bancario, que aranti7an una adecuada supervisión de los principales riesos bancarios. Entre las reulaciones destacanJ la clasi"icación de activos, adecuación patrimonial, rieso mercado, obierno corporativo, auditores e(ternos y "usiones y adquisiciones, sobre prevención del uso indebido de los servicios bancarios, y sobre desinación, "unciones y deberes del o"icial de cumplimiento. El es"uer7o y voluntad para liderar los cambios y aranti7ar la estabilidad y mayor supervisión del sistema, "ueron posibles racias a una combinación de "actores que permitieron a Panamá consolidar su sistema bancario. Fn elemento clave en este proceso "ue la capacitación t#cnica del recurso humano con el cual cuenta la institución y que le permitió el conocimiento actuali7ado de los principales cambios en materia de supervisión y reulación
de
los
sistemas
"inancieros.
Htro avance importante "ue la moderni7ación del sistema, ya que actualmente la Superintendencia posee una estructura in"ormática de +ltima tecnoloía que le permite recibir in"ormación detallada de los bancos a trav#s de un sistema de trans"erencia de in"ormación computari7ada que se caracteri7a por su alta seuridad. )a Superintendencia ha incrementado la transparencia del sistema al brindar in"ormación periódica y actuali7ada a trav#s de su sitio en internet, lo que les permite a los usuarios y a la comunidad nacional e internacional contar con in"ormación "inanciera tanto a nivel consolidado, como de bancos individuales8 del mismo modo, aseura a los cuentahabientes, inversionistas institucionales y analistas locales y e(ternos, la salud y condición "inanciera de nuestro sistema de "orma actuali7ada y constante. =esde "inales del ??, la Superintendencia de Bancos presenta toda la estadística "inanciera de activos y pasivos internacionales al Banco 0nternacional de Paos $B0S% en Basilea, lo que coadyuva a incrementar la transparencia de sus operaciones.
Act&ali*aci%n del !+'ien anca!io, odi$icaci%n del Dec!eto Le- . de /..01 N&eva LeBanca!ia =urante los +ltimos a!os, el desarrollo de la banca en Panamá se ha incrementado y, de iual "orma, la complejidad de sus operaciones. 6l mismo tiempo, los estándares internacionales, mejor conocidos como los Principios Básicos de Basilea para una Supervisión Bancaria e"ectiva, "ueron actuali7ados. Para mantener la competitividad del 'entro Bancario 0nternacional bien reulado y "ortalecer las "acultades de la supervisión, la Superintendencia consideró conveniente la modi"icación de su r#imen bancario para cumplir con los nuevos estándares internacionales. Para cumplir con lo anterior, la modi"icación del =ecreto )ey - de --9 está sustentada en cuatro pilares que buscan "ortalecer la capacidad de la Superintendencia para supervisar y reular el sistema bancario. 'omo primer pilar tenemos la ampliación de la "acultad que tiene la Superintendencia para reular tanto a los bancos como a las sociedades, que a juicio de la Superintendencia, con"orman el rupo bancario, incluyendo las sociedades tenedoras. =e iual "orma, se amplió la "acultad de supervisar las actividades de las sociedades no "inancieras que pueden representar un rieso para el rupo bancario. El seundo pilar está desarrollado para establecer un equilibrio en las relaciones de los bancos y los clientes bancarios, como parte d#bil de la relación. =e iual "orma, se establece a los bancos que están obliados a prestar sus servicios bajo los principios de transparencia, probidad y equidad. 6l mismo tiempo, se e(tiende y se establece como privativa la "acultad para conocer y decidir en la vía administrativa los reclamos que violen los Títulos K y K0, hasta por un monto de veinte mil balboas. 'on el propósito de aumentar la con"ian7a y estabilidad del sistema y para proteer a los peque!os ahorristas, se desarrolla el tercer pilar que se concentra en modi"icar el proceso de abordar situaciones de bancos en problemas, especí"icamente, estableciendo un proceso rápido y que arantice la recuperación de los ahorros. 'on esta medida se paarán, dentro de los quince días siuientes a la "echa en que quede ejecutoriada la resolución que ordena la liquidación, los depósitos de die7 mil balboas o menos. El +ltimo pilar está en"ocado al desarrollo del recurso humano mediante la creación de la 'arrera del Supervisor Bancario. En este sentido, se crean las condiciones adecuadas para
que el recurso humano cuente con los incentivos y compensaciones que le permitan a la Superintendencia retener y atraer el mejor personal, lorando contar con un equipo humano con altos estándares de pro"esionalismo.
Consolidando las ases de &n co"etitivo Sistea Banca!io =esde la creación de la Superintendencia de Bancos se ha contribuido a minimi7ar los principales riesos y a aranti7ar la seuridad y solide7 del 'entro Bancario 0nternacional. Este ran compromiso y responsabilidad se ha construido sobre bases sólidas de credibilidad, estabilidad y pro"esionalidad, al proyectar una mejor imaen de un centro moderno y con"iable. El desarrollo del 'entro Bancario 0nternacional de Panamá se ha "ortalecido y consolidado como una de las principales de la reión latinoamericana. Fno de los principales retos del supervisor bancario es mantenerse a la vanuardia de los neocios desarrollados por los bancos y lorar e"iciencia en el monitoreo de productos so"isticados. Para ello, es indispensable una continua actuali7ación de las t#cnicas de supervisión. Se hace tambi#n necesario en"rentar los desa"íos a trav#s del desarrollo de normas y parámetros que buscan "ortalecer los sistemas "inancieros, lorar mayor seuridad en las operaciones bancarias8 además de contar con una mayor transparencia, veracidad y e(actitud de la in"ormación "inanciera que se presenta y sobre la cual se toman decisiones. 'on el "in de en"rentar estos retos, la Superintendencia de Bancos de Panamá inició la implementación de un Plan Estrat#ico en el ?. Basado en este plan, con miras a consolidar cada ve7 más a Panamá como 'entro Bancario para las 6m#ricas, se implementa un esquema actuali7ado para la evaluación y medición adecuada y oportuna de la situación de las entidades y rupos bancarios, que busca "ortalecer el sistema de supervisión bancaria con #n"asis en la evaluación de la calidad del obierno corporativo y de la estión de riesos, para los e"ectos de conocer cuál es su per"il de riesos y adoptar las mejores estrateias de supervisión. Para tal "in, se adoptó la utili7ación del anual Lnico de Supervisión Basada en *iesos $FSBE*% y con ello se implementó un sistema de cali"icación denominado :*E2, el cual
eval+a el obierno corporativo, riesos, una evaluación económica "inanciera y el cumplimiento de la normatividad. )a Superintendencia de Bancos de Panamá se mantiene en constante seuimiento del comportamiento de las principales economías del mundo y de sus sistemas "inancieros, rea"irmando su misión de velar por la continuidad en la adecuada aplicación de las sanas prácticas bancarias. 'omo ente reulador y supervisor de la banca y del neocio "iduciario, rea"irma su compromiso de continuar trabajando por mantener un centro bancario que está llamado a convertirse en el 'entro Bancario 0nternacional de )atinoam#rica y Cub &inanciero para las 6m#ricas.
Adve!tencia Le'al )a Superintendencia de Bancos de Panamá, publica in"ormación estadística de las entidades bancarias supervisadas y "iscali7adas. Esto se hace bajo dos conceptosJ . 0n"ormación de carácter individual $sin re"lejar la consolidación de sus subsidiarias%, la cual muestra el comportamiento del banco y, además, sirve como medio de comparación "rente a otros bancos de la pla7a. ?. 0n"ormación consolidada, la cual abarca la in"ormación del banco establecido en Panamá, así como la in"ormación de sus subsidiarias. )a compilación satis"ace la metodoloía de oranismos internacionales y, los estados "inancieros, se muestran al p+blico, para su lectura e interpretación, bajo el estándar MB*). )a compilación de esta in"ormación, que está sujeta a cambios, es suministrada +nicamente para usos in"ormativos. Es obtenida e(clusivamente de los datos suministrados por los bancos por lo que la Superintendencia no se hace responsable por errores, omisiones, evaluaciones, análisis o juicios que terceras personas emitan en base a la in"ormación estadística divulada.
Le- Banca!ia Le- Banca!ia, Dec!eto E;ec&tivo N 95 (de 68 de a!il de 5880) @&e ado"ta el TeFto Gnico del Dec!eto Le- . de 5< de $e!e!o de /..0, odi$icado "o! el Dec!eto Le- 5 de 55
de $e!e!o de 5880, se c!ea la SBP1 Ca"it&lo III P!evenci%n Del Delito De Blan4&eo De Ca"itales, 2inanciaiento Del Te!!o!iso - Delitos Relacionados1 T#t&lo II La S&"e!intendencia de Bancos Ca"#t&lo I 6rtículo /. Se crea la Superintendencia de Bancos como oranismo autónomo del Estado, con personalidad jurídica, patrimonio propio e independencia administrativa, presupuestaria y "inanciera. Tendrá competencia privativa para reular y supervisar a los bancos, el neocio de banca y a otras entidades y actividades que le sean asinadas por otras leyes. 6 "in de aranti7ar su autonomía, se establece que la SuperintendenciaJ . Tendrá "ondos separados e independientes del :obierno 'entral, los cuales administrará privativamente con plena libertad y autonomía. ?. 6probará su presupuesto de rentas y astos, para ser posteriormente incorporado al Presupuesto :eneral del Estado. 5. Establecerá su estructura oránica y administrativa con "acultad para escoer, nombrar y destituir a su personal, así como para "ijar su remuneración y bene"icios. /. 6ctuará con independencia en el ejercicio de sus "unciones y estará sujeta a la "iscali7ación de la 'ontraloría :eneral de la *ep+blica, con"orme lo establecen la 'onstitución Política de la *ep+blica y este =ecreto )ey. Esta "iscali7ación no implicará en "orma aluna injerencia en las "acultades administrativas de la Superintendencia. ;. 2o estará sujeta al pao de impuestos, derechos, tasas, caros, contribuciones o tributos de carácter nacional, con e(cepción de las cuotas de seuro social y seuro educativo, de los riesos pro"esionales, de las tasas por servicios p+blicos y del impuesto de importación. G. :o7ará de las arantías e inmunidades que se estable7can en "avor del Estado y de las entidades p+blicas. 6rtículo ;. Son objetivos de la SuperintendenciaJ . Kelar por la solide7 y e"iciencia del sistema bancario.
?. &ortalecer y "omentar condiciones propicias para el desarrollo de la *ep+blica de Panamá como centro "inanciero internacional. 5. Promover la con"ian7a p+blica en el sistema bancario. /. Kelar por el equilibrio jurídico entre el sistema bancario y sus clientes. 6rtículo G. Son "unciones de la SuperintendenciaJ . Kelar por que los bancos mantenan coe"icientes de solvencia y liquide7 apropiados para atender sus obliaciones, así como procedimientos adecuados que permitan la supervisión y el control de sus actividades nacionales e internacionales, en estrecha colaboración con los entes supervisores e(tranjeros, si "uera el caso. ?. =esarrollar las disposiciones del r#imen bancario. 'uando dicha "unción la ejer7a la Iunta =irectiva se hará mediante acuerdo, y cuando la ejer7a el Superintendente, mediante resolución. 5. 0mponer las sanciones correspondientes a quienes ejer7an el neocio de banca sin estar debidamente autori7ados. /. Ejercer las "unciones que le sean asinadas por este =ecreto )ey o por otras leyes. 'apítulo M000 Prevención =el =elito =e Blanqueo =e 'apitales, &inanciamiento =el Terrorismo 4 =elitos *elacionados 6rtículo ?. P!evenci%n De Delitos1 )os bancos y demás sujetos supervisados por la Superintendencia tendrán la obliación de establecer las políticas y procedimientos y las estructuras de controles internos, para prevenir que sus servicios sean utili7ados en "orma indebida, para el delito de Blanqueo de 'apitales, el &inanciamiento del Terrorismo y demás delitos relacionados o de similar naturale7a u orien. )a Superintendencia establecerá el marco para el alcance, "unciones y procedimientos de dicha estructura de cumplimiento. 6rtículo 5. S&inist!o De In$o!aci%n1 )os bancos y demás sujetos supervisados por la Superintendencia suministrarán la in"ormación que les requiera las leyes, decretos y demás reulaciones para la prevención de los delitos de Blanqueo de 'apitales, de &inanciamiento del Terrorismo y demás delitos relacionados o de similar naturale7a u orien, vientes en la *ep+blica de Panamá. 0ualmente, estarán obliados a suministrar la in"ormación antes se!alada a la Superintendencia cuando #sta así lo requiera.
6rtículo /. Pol#tica de conoce! a s& cliente - a s& e"leado1 )os bancos y demás sujetos supervisados por la Superintendencia adoptarán políticas, prácticas y procedimientos que les permitan conocer e identi"icar a sus clientes y a sus empleados con la mayor certe7a posible, como parte del proceso de prevención a que se re"iere el presente 'apítulo y las normas que lo desarrollen. )a Superintendencia tendrá la "acultad de desarrollar las normas pertinentes, de manera que se ajuste a las políticas y normas vientes en el país.
Ma!co de S&"e!visi%n )a Superintendencia de Bancos de Panamá $en adelante SBP% es el ente reulador y supervisor de los bancos y rupos bancarios autori7ados para operar en la pla7a paname!a, así como el ente supervisor de las entidades "iduciarias a las que la SBP ha otorado la correspondiente licencia. El principal objetivo de la SBP es velar por la solide7 y e"iciencia del sistema bancario y para ello la SBP debe ejecutar las inspecciones ordenadas por la )ey Bancaria, por la Iunta =irectiva y aquellas que considere necesarias o prudentes. 'on este objetivo en mente, la SBP mantiene un esquema de supervisión macro prudencial y micro prudencial. )a supervisión macro prudencial tiene como objetivo prevenir y mitiar los riesos sist#micos que pueden amena7ar a la estabilidad "inanciera, aranti7ando así la solide7 del sistema "inanciero en su conjunto. )a supervisión macro prudencial del sistema bancario paname!o es ejercida al más alto nivel directivo de la SBP con los insumos de la =irección de Estudios &inancieros y la =irección de :estión de *iesos y la asistencia de la =irección de *eulación para la redacción de la normativa necesaria para "ortalecer la reulación de la pla7a bancaria y aumentar su capacidad de resistencia. Por su parte, la supervisión micro prudencial se centra en la solide7 de cada institución bancaria. )a =irección de Supervisión lidera la plani"icación y ejecución de las inspecciones in situ y e(tra situ de los di"erentes bancos y rupos bancarios, con la participación de las =irecciones Especiali7adas de :estión de *iesos y de Prevención y 'ontrol de Hperaciones 0lícitas.
En julio de ?? la Iunta =irectiva de la SBP aprobó la utili7ación del anual Lnico de Supervisión Basada en *iesos $FSBE*%, lo cual introdujo un cambio sini"icativo en el modelo de supervisión de esta Superintendencia. El FSBE* es un documento interno destinado al personal de la SBP, en el que se describen los procesos, procedimientos y metodoloía para la supervisión de los bancos y rupos bancarios. Este documento es "undamental para aranti7ar la aplicación de las mismas normas de supervisión a todos los sujetos supervisados.
P!evenci%n - Cont!ol de O"e!aciones Il#citas )a lobali7ación de la economía consecuencia de la evolución de los mercados "inancieros, la creación de nuevos productos, la competencia y el avance tecnolóico traen consio tambi#n la lobali7ación de los delitos económicos transnacionales propios del crimen orani7ado como por ejemplo el blanqueo de capitales y el "inanciamientos del terrorismo. )a Superintendencia de Bancos de Panamá mediante una reulación con estándares internacionales y una supervisión e"ectiva de los bancos, ha lorado mantener la imaen del 'entro Bancario de Panamá como líder en la reión latinoamericana, por ende impera la responsabilidad y el compromiso con la comunidad usuaria de sus servicios8 en cuanto a las acciones que deba emprender para su "uncionamiento en "avor de las actividades lícitas que promueven el desarrollo económico y social del país. Este ambiente permite a la comunidad nacional e internacional seuir o7ando de la vocación y competitividad de Panamá como una pla7a de servicios "inancieros seura, transparente, con"iable y proteida contra las actividades ilícitas.
Ries'o de Lavado de Activos en Inst!&entos 2inancie!os, Us&a!ios - E"leados de Instit&ciones 2inancie!as Este documento ha sido elaborado por el Prorama de 6sistencia )eal para 6m#rica )atina y el 'aribe $)6P)6'% de la H"icina de las 2aciones Fnidas contra la =roa y el =elito $F2H='%. Ka diriido a la necesidad de nuestros bene"iciarios $investiadores, "iscales y jueces% se+n ellos mismos con el objetivo de mejorar su preparación en los campos económico, "inanciero y contable para investiar, acusar y ju7ar el delito de lavado de activos. )a elaboración del documento sólo "ue posible racias a la colaboración de la Fnidad de 0n"ormación y 6nálisis &inanciero $F06&% del inisterio de Cacienda y 'r#dito P+blico
en 'olombia, en particular del 6sesor )uis Eduardo =a7a :iraldo, quien es su principal autor. El documento se compone de cuatro partes, en su orden las siuientesJ . 0nstrumentos "inancieros conocidosJ la cuenta corriente, la cuenta de ahorros, el certi"icado de depósito, el iro internacional y la póli7a de seuros. ?. 0nstrumentos "inancieros especialesJ los neocios "iduciarios, bursátiles y de comercio e(terior. 5. Transacciones de usuarios. /. Empleados de instituciones "inancieras. Este documento contiene una breve descripción de los instrumentos, sus documentos característicos y m+ltiples se!ales de alerta $/; en total% que podrían o no estar relacionadas con alunas conductas de la posible ocurrencia de una actividad delictiva, operación de lavado de activos o que se podrían asociar a una de las tipoloías conocidas. Fna se!al de alerta es simplemente un hecho, in"ormación o circunstancia particular que rodea la reali7ación de una transacción o actividad $vinculación, comportamiento o transacción% de un cliente, usuario o "uncionario de una entidad "inanciera que supera lo normal. )a particularidad del hecho o circunstancia debe ser notoria pues por sus características debe superar lo puramente normal, habitual y corriente. Por lo anterior, las situaciones detectadas deben ser objeto de una validación y de un estudio cuidadoso y detallado para establecer su "recuencia, particularidades y acciones a tomar. 'uando se ha identi"icado una se!al de alerta, a partir de la determinación de m+ltiples situaciones disímiles, es preciso reali7ar un análisis más pro"undo y e(iente para cada una de ellas, sobre todo si el propósito es detectar o anali7ar una posible operación de lavado de activos yAo "inanciación del terrorismo. )as se!ales de alerta que provienen e(clusivamente del movimiento transaccional de un cliente no son su"icientes para identi"icar aluna actividad ilícita. Se requiere anali7ar las operaciones, durante un periodo de tiempo adecuado, de manera comparativa con su respectivo per"il de actividad. Es importante relacionar su actividad económica, con el tipo de persona $natural o jurídica%, con su ubicación eorá"ica y con la "recuencia y características de sus operaciones.
En todo caso, se debe tener en cuenta que cualquier se!al de alerta puede ser desvirtuada si concurren hechos o circunstancias que e(pliquen de manera ra7onable los hechos que la oriinó. En el mismo sentido, es importante advertir que, en t#rminos enerales, el lavado de activos, como delito autónomo, se tipi"ica con base en unas determinadas conductas e(presamente se!aladas en la leislación de cada país. 6lunas de ellas sonJ adquirir, convertir, transmitir, ocultar, encubrir, resuardar, administrar. =ichas conductas deben ser probadas o acreditadas con datos o indicios su"icientes. Este tipo de prueba se denomina NindiciariaO o NindirectaO y se construye con base en varios o m+ltiples indicios plenamente acreditados, relacionados entre sí, no desvirtuados por otras pruebas o NcontraindiciosO y que necesariamente llevan al sentenciador a la convicción de que el sujeto conocía el orien ilícito de los bienes. Por lo anterior, una o más de las se!ales de alerta que se describen en este documento podrían ayudar a probar aluno de los elementos del blanqueo o lavado y se podrían trans"ormar en indicios, los cuales a su ve7 pueden llevar a la comprobación del delito yAo de la participación de los sospechosos en el ilícito. 6lunos de estos indicios determinantes para el lavado de activos podrían serJ incremento patrimonial injusti"icado, reali7ación de operaciones "icticias o simulación de neocios ine(istentes, presencia de operaciones, documentos o identidades "alsas, vínculos con personas u orani7aciones delictivas o vínculos con bienes de orien ilícito. El documento tiene una "inalidad meramente ilustrativa y por lo tanto no incluye ni pretende incluir la totalidad de las se!ales de alerta que se presentan en los instrumentos "inancieros, usuarios o empleados de instituciones "inancieros mencionados.
R+'ien Anti lavado 3 Le-es "o! las 4&e vela la SBP1 Le- 56 del 57 de a!il de 58/9 @&e ado"ta edidas "a!a "!eveni! el lan4&eo de ca"itales, el $inanciaiento del te!!o!iso - el $inanciaiento de la "!oli$e!aci%n de a!as de dest!&cci%n asiva, - dicta ot!as dis"osiciones1 =icta las relas a aplicar por los sujetos supervisados, para cumplir con el envío de los reportes de transacciones en e"ectivo y cuasie"ectivo así como de las operaciones.
)a misma deberá ser aplicada por los supervisores y los sujetos "inancieros, los sujetos obliados no "inancieros y aquellos pro"esionales que reali7an actividades sujetas a supervisión. 6 trav#s de estas medidas se busca conocer a los clientes, por parte de los supervisados, siuiendo un en"oque basado en riesos a "in de identi"icar, evaluar, monitorear, administrar y mitiar los riesos asociados con el blanqueo de capitales. 6demás se deberán considerarse en alunos casos la determinación del per"il "inanciero y el per"il transaccional, así como la identi"icación y veri"icación del bene"iciario "inal, entre otros requisitos. Estas diliencias iniciarán en el momento en que estable7can relaciones contractuales o de neocios con un cliente, se realicen transacciones ocasionales, se realicen paos con e"ectivo por encima de los umbrales establecidos en las normativas, entre otras.
Le- No1 5 del / de $e!e!o de 58// Conoce a t& cliente1 @&e !e'&la las edidas "a!a conoce! al cliente "a!a los a'entes !esidentes de entidades ;&!#dicas eFistentes de ac&e!do con las le-es de la Re"Hlica de Pana1 Panamá ha sido durante mucho tiempo conocida por sus servicios No""shoreO, tales como corporaciones, "undaciones de inter#s privado y "ideicomisos. En -?;, Panamá aprobó una ley para el reistro de los barcos bajo su bandera y en -?< se aprobó la )ey de Sociedades 6nónimas, que rápidamente colocó a Panamá en una posición privileiada en la industria de servicios o""shore. Coy en día ambas leyes, aunque con modi"icaciones, siuen vientes y constituyen la columna vertebral del centro No""shoreO de Panamá. )os tiempos cambian y la economía lobal ha hecho necesario contar con un marco leal lobal para combatir el lavado de dinero proveniente del narcotrá"ico, el terrorismo y otras actividades ilícitas transnacionales. 'on este "in Panamá ha tenido que "irmar una serie de acuerdos internacionales relacionados con impuestos. En --9, Panamá "ue incluida en la cateoría de paraíso "iscal por la Hrani7ación para la 'ooperación y el =esarrollo Económico $H'=E%, esta cateori7ación causó un ran debate en Panamá en cuanto a si sería bene"icioso para Panamá acoerse a estas normas internacionales.
&inalmente Panamá accedió y los aentes residentes $aboados y bu"etes de aboados% de las corporaciones, "ideicomisos y "undaciones de inter#s privado están obliados a tener su"iciente in"ormación para identi"icar a su cliente. Sin embaro, esta ley no especi"ica qu# in"ormación se requería ni se de"inía el cliente por lo que no tuvo #(ito en sacar a Panamá de la lista ris de la H'=E. En el ? se aprobó la )ey 2 Q ? del de "ebrero ?, que de"ine claramente la cara de @cono7ca a su cliente@ de los aentes residentes. )a )ey ? del de "ebrero de ? entro en vior el de aosto de ?. Esta ley sólo se aplica a los aboados y los bu"etes de aboados que prestan servicios de constitución de corporaciones y servicios de aente residente. =e acuerdo con esta nueva ley, la entidad que solicita la in"ormación puede variar dependiendo de por qu# la in"ormación es solicitada al aente residente. Para una investiación penal la entidad solicitante será el inisterio P+blico o el Drano Iudicial, mientras que para los tratados internacionales en materia de intercambio de in"ormación "iscal o de doble imposición, el inisterio de Economía y &inan7as a trav#s de la =irección :eneral de 0nresos será el que solicita la in"ormación. )a in"ormación del cliente deberá ser conservada por el aente residente por cinco a!os y si se solicitan deberán presentarse a la entidad solicitante en un pla7o de 5 días hábiles. )a relación entre aboado y cliente permite a los aboados recha7ar la solicitud de in"ormación si no se encuentra bajo el privileio aboado cliente y la relación entre aboado y cliente se considerará como terminada si el cliente no ha paado honorarios durante tres a!os. Fn tema importante es que la in"ormación deberá ser solicitada por medio de noti"icación no a trav#s de allanamiento ni cateo. El aente residente tiene cinco a!os para cumplir con los documentos necesarios de los clientes e(istentes y tiene la posibilidad de brindar servicios a nuevos clientes antes de obtener los documentos necesarios para la debida diliencia. En caso de clientes que no cumplan con los documentos requeridos se le permite al aente residente renunciar sin tener caros por reistro.
Le- No1 6: del 57 de ;&lio de 58/8 @&e odi$ica la le- 56 de /.0<, so!e delitos !elacionados con d!o'as, e instit&-e &n "!oceso "a!a la decisi%n antici"ada de la sit&aci%n ;&!#dica de ienes a"!eendidos1
)a )ey ?5 de 5 de diciembre de -9G, sobre delitos relacionados con droas, constituye la principal herramienta jurídica para el combate al narcotrá"ico y las ne"astas consecuencias de este ilícito. Fno de los resultados de su ejecución ha sido la puesta "uera del comercio de cantidades cada ve7 mayores de bienes muebles e inmuebles utili7ados por la delincuencia u obtenido como consecuencia de los sini"icativos r#ditos que resultan de sus ilícitas actuaciones. En ese sentido, en virtud del artículo ?- de la )ey ?5 de -9G, modi"icado por el artículo de la )ey 5/ de ?< de julio de ?, los instrumentos, los bienes muebles e inmuebles, valores y los productos derivados o relacionados con la comisión de los delitos contra la 6dministración P+blica, de blanqueo de capitales, "inancieros, de terrorismo, de narcotrá"ico y delitos cone(os y quedarán a órdenes del inisterio de Economía y &inan7as hasta que la causa sea decidida por el tribunal competente. Para los e"ectos, la consecuencia inmediata de la )ey es la obliación asumida por el inisterio de Economía y &inan7as para mantener y custodiar cientos de bienes inmuebles y muebles, particularmente vehículos, puestos a órdenes del inisterio de Economía y &inan7as por parte de las dependencias del inisterio P+blico
Le- No1 /: del 55 de a-o de 5887 P&licado en aceta O$icial No1 59,7.<, el 55 de a-o de 58871 @&e ado"ta el C%di'o PenalJ Ca"#t&lo III 3 Delitos 2inancie!os 'apítulo 000 =elitos &inancieros 6rtículo ?5<. Ruien, en bene"icio propio o de un tercero, se apodere, ocasione la trans"erencia ilícita o haa uso indebido de dinero, valores u otros recursos "inancieros de una entidad bancaria, empresa "inanciera u otra que capte o intermedie con recursos "inancieros del p+blico o que se le hayan con"iado, o realice esas conductas a trav#s de manipulación in"ormática, "raudulenta o de medios tecnolóicos, será sancionado con prisión de cuatro a seis a!os. )a sanción será de seis a ocho a!os de prisión, cuando el hecho punible es cometido por un empleado, trabajador, directivo, dinatario, administrador o representante leal de la entidad o empresa, aprovechándose de su posición o del error ajeno.
6rtículo ?59. Ruien destruya, oculte o "alsi"ique los libros de contabilidad, otros reistros contables, estados "inancieros u otra in"ormación "inanciera de una persona natural o jurídica, con el propósito de obtener, mantener o e(tender una "acilidad crediticia o de capital de una entidad bancaria, empresa "inanciera u otra que capte o intermedie con recursos "inancieros del p+blico o que le hayan sido con"iados a esta, de modo que resulte perjuicio, será sancionado con prisión de seis a ocho a!os. )a misma sanción se aplicará a quien haa uso de los documentos "inancieros "alsi"icados o derive provecho de la destrucción, ocultación o "alsi"icación de estos. 6rtículo ?5-. Ruien destruya, oculte o "alsi"ique los libros o reistros de contabilidad, la in"ormación "inanciera o las anotaciones de reistros o en cuentas de custodia de un emisor reistrado en la 'omisión 2acional de Kalores, o de aquellos que operen como casa de valores, asesor de inversiones, sociedad de inversión, administrador de inversión, o de un intermediario o de una orani7ación autorreulada o de un miembro de una orani7ación autorreulada, de modo que resulte perjuicio, será sancionado con prisión de seis a ocho a!os. 6rtículo ?/. )as sanciones impuestas en los artículos ?59 y ?5-, se aravarán de un tercio a la mitad cuandoJ . )os hechos los realice un contador p+blico autori7ado. ?. Ruien promueva o "acilite las conductas sea un directivo, erente, dinatario, administrador, representante leal, apoderado o empleado de la persona natural o jurídica que recibe la "acilidad crediticia o de capital. 6rtículo ?/. El director, dinatario, erente, administrador, representante leal, interante del comit# de cr#dito, empleado o trabajador de una entidad bancaria, empresa "inanciera u otra que capte o intermedie con recursos "inancieros del p+blico, que directa o indirectamente apruebe uno o varios cr#ditos u otros "inanciamientos, por encima de las reulaciones leales, de manera que pueda ocasionar la liquidación "or7osa, insolvencia o iliquide7 permanente, será sancionado con prisión de cuatro a siete a!os. Esta misma sanción será impuesta a los bene"iciarios del cr#dito que hayan participado en el delito. )a sanción anterior será aravada en una cuarta parte del má(imo, si se reali7a en provecho propio.
6rtículo ?/?. Ruien capte de manera masiva y habitual recurso "inanciero del p+blico, sin estar autori7ado por autoridad competente, será sancionado con prisión de ocho a quince a!os. 6rtículo ?/5. Ruien en bene"icio propio o de un tercero use o divulue indebidamente in"ormación privileiada, obtenida por una relación privileiada, relativa a valores reistrados en la 'omisión 2acional de Kalores o a valores que se neocien en un mercado orani7ado, de manera que ocasione un perjuicio, será sancionado con prisión de seis a ocho a!os. Para e"ecto de este artículo, se considerará in"ormación con"idencial la que, por su naturale7a, puede in"luir en los precios de valores y que a+n no ha sido hecha del conocimiento p+blico. 6rtículo ?//. El director, dinatario, erente, administrador, representante leal o empleado de una entidad bancaria, empresa "inanciera u otra que capte o intermedie con recursos "inancieros del p+blico que, para ocultar situaciones de iliquide7 o insolvencia de la entidad, omita o nieue proporcionar in"ormación, o proporcione datos "alsos a las autoridades de supervisión y "iscali7ación será sancionado con prisión de cinco a ocho a!os. 6rtículo ?/;. Ruien, con el "in de procurar un provecho indebido para sí o para un tercero, realice o"ertas de compra o de venta de valores reistrados, o para comprar o vender dichos valores cree una apariencia "alsa o ena!osa de que los valores reistrados se están neociando activamente, o estable7ca una apariencia "alsa o ena!osa respecto al mercado de los valores reistrados, o manipule el precio del mercado de cualquier valor reistrado, con el "in de "acilitar la venta o la compra de dichos valores, será sancionado con prisión de cuatro a seis a!os. 6rtículo ?/G. El servidor p+blico que culposamente omita reali7ar los controles correspondientes a que est# obliado en virtud de las atribuciones propias de su caro relacionado con los tipos penales anteriores será sancionado con uno a tres a!os de prisión o su equivalente en díasmulta o arresto de "ines de semana. 6rtículo ?/<. Ruien, de manera directa o indirecta prometa, o"re7ca, conceda, solicite o acepte a una persona que dirija una entidad del sector privado o cumpla cualquier "unción en esta, un bene"icio indebido que redunde en su propio provecho o en el de otra persona, con el "in de que "altando al deber inherente a sus "unciones act+e o se
abstena de actuar, será sancionado con pena de dos a cuatro a!os de prisión o su equivalente en díasmulta o trabajo comunitario.
Le- No1 /: del /0 de a-o de 5887 P&licado en aceta O$icial No1 59,7.<, el 55 de a-o de 58871 @&e ado"ta el C%di'o PenalJ Ca"#t&lo I= 3 Delitos de Blan4&eo de Ca"itales1 6rtículo ?/9. Ruien, personalmente o por interpuesta persona, reciba, deposite, neocie, trans"iera o convierta dineros, títulos, valores, bienes u otros recursos "inancieros, previendo ra7onablemente que proceden de actividades relacionadas con el soborno internacional, los delitos contra el =erecho de 6utor y =erechos 'one(os, contra los =erechos de la Propiedad 0ndustrial o contra la Cumanidad, trá"ico de droas, asociación ilícita para cometer delitos relacionados con droas, esta"a cali"icada, delitos "inancieros, trá"ico ileal de armas, trá"ico de personas, secuestro, e(torsión, peculado, homicidio por precio o recompensa, contra el ambiente, corrupción de servidores p+blicos, enriquecimiento ilícito, actos de terrorismo, "inanciamiento de terrorismo, pornora"ía y corrupción de personas menores de edad, trata y e(plotación se(ual comercial, robo o trá"ico internacional de vehículos, con el objeto de ocultar, encubrir o disimular su orien ilícito, o ayude a eludir las consecuencias jurídicas de tales hechos punibles será sancionado con pena de cinco a doce a!os de prisión. 6rtículo ?/-. Será sancionado con la pena a que se re"iere el artículo anterior quienJ . Sin haber participado, pero a sabiendas de su procedencia, oculte, encubra o impida la determinación, el orien, la ubicación, el destino o la propiedad de dineros, bienes, títulosvalores u otros recursos "inancieros, o ayude a aseurar su provecho, cuando estos provenan o se hayan obtenido directa o indirectamente de aluna de las actividades ilícitas se!aladas en el artículo anterior o, de cualquier otro modo, ayude a aseurar su provecho. ?. *ealice transacciones personalmente o por interpuesta persona, natural o jurídica, en establecimiento bancario, "inanciero, comercial o de cualquiera otra naturale7a, con dinero, títulosvalores u otros recursos "inancieros procedentes de aluna de las actividades previstas en el artículo anterior.
5. Personalmente o por interpuesta persona, natural o jurídica, suministre a otra persona o establecimiento bancario, "inanciero, comercial o de cualquier otra naturale7a, in"ormación "alsa para la apertura de cuenta bancaria o para la reali7ación de transacciones con dinero, títulosvalores, bienes u otros recursos "inancieros, procedentes de alunas de las actividades previstas en el artículo anterior. 6rtículo ?;. Ruien, a sabiendas de su procedencia, reciba o utilice dinero o cualquier recurso "inanciero proveniente del blanqueo de capitales, para el "inanciamiento de campa!a política o de cualquier naturale7a, será sancionado con prisión de cinco a die7 a!os. 6rtículo ?;. Ruien, a sabiendas de su procedencia, se vala de su "unción, empleo, o"icio o pro"esión para autori7ar o permitir el delito de blanqueo de capitales, descrito en el artículo ?/9 de este 'ódio, será sancionado con prisión de cinco a ocho a!os. 6rtículo ?;?. El servidor p+blico que oculte, altere, sustraia o destruya la evidencia o prueba de delito relacionado con el blanqueo de capitales, o procure la evasión de la persona aprehendida, detenida o sentenciada, o reciba dinero u otro bene"icio con el "in de "avorecer o perjudicar a aluna de las partes en el proceso será sancionado con pena de tres a seis a!os de prisión. 6rtículo ?;5. Para los e"ectos de este 'apítulo, se entenderá, entre otras, como transacciones las que se reali7an en o desde la *ep+blica de Panamá, tales como depósito, compra de cheque de erencia, tarjeta de cr#dito, d#bito o prepaada, iro, certi"icado de depósito, cheque de viajero o cualquier otro títulovalor, trans"erencia y orden de pao, compra y venta de divisa, acción, bono y cualquier otro título o valor por cuenta del cliente, siempre que el importe de tales transacciones se reciba en la *ep+blica de Panamá en dinero, especie o título que lo represente.
Le- No1 /< de 56 de a-o de 5889 P&licada en aceta O$icial No1 59,68. del 68 de a-o de 58891 A t!av+s de la c&al se !e'&la el estaleciiento - las o"e!aciones de las "e!sonas nat&!ales o ;&!#dicas 4&e Hnicaente "!esten dine!o con 'a!ant#a "!enda!ia de ane!a eF"edita, de ac&e!do con las dis"osiciones de esta Le-, las c&ales se denoina!n casas de e"eKo1
Esta )ey reula el establecimiento y las operaciones de las personas naturales o jurídicas que +nicamente presten dinero con arantía prendaria de manera e(pedita, de acuerdo con las disposiciones de esta )ey, las cuales se denominarán casas de empe!o. El artículo 5 tiene como *equisitos esencialesJ Toda persona natural o jurídica que se propona operar una casa de empe!o, deberá obtener la autori7ación de la =irección de Empresas &inancieras del inisterio de 'omercio e 0ndustrias, para lo cual debe cumplir los requisitos esenciales siuientesJ . )icencia comercial tipo B. ?. 'apital inicial mínimo de die7 mil balboas $BA.,.%. 5. 2o haber sido penados por delitos contra el patrimonio, contra la "e p+blica, contra la 6dministración P+blica, ni por delitos relacionados con droas, blanqueo de capitales o "inanciamiento del terrorismo, en el caso de persona natural, y en el caso de persona jurídica, los directores, suscriptores, representantes leales y dinatarios
COMPARATI=A (SUPERINTENDENCIA 2INANCIERA DE COLOMBIA) >ISTORIA )a Superintendencia Bancaria de 'olombia "ue creada mediante el artículo - de la )ey /; de -?5. El a!o de su nacimiento puede cali"icarse como un a!o histórico para las instituciones de 'olombia. )as re"ormas leislativas reali7adas en 'olombia durante el a!o de -?5 permitieron la con"ormación de un marco institucional apropiado para el crecimiento y desarrollo de muchos sectores "undamentales de la economía nacional.
La le- de ancos de /.56 - en la act&alidad1 )a )ey /; del - de julio de -?5 se convirtió en la primera normativa e(itosa en el propósito de establecer una reulación para la operación de la actividad bancaria )a ley de bancos que se promuló, junto con la creación de la Superintendencia Bancaria, orani7ó a los establecimientos bancarios con la "iura de secciones. 'ada banco contaba con la posibilidad
de atender a sus clientes por medio de secciones de ahorro, de "iducia, o secciones hipotecaria y comercial. El neocio bancario autori7ado desde -?5 le permitía a los bancos comerciales captar del p+blico y prestar esos "ondos junto con sus propios capitales a pla7os menores de un a!o. En -5- se inició un periodo "ecundo de creación de establecimientos "inancieros p+blicos, propiciado por la administración de Eduardo Santos. 6 partir del a!o -9- se inició un intenso trabajo de reulación prudencial tendiente a "ortalecer los instrumentos de supervisión y control del sistema "inanciero colombiano. El primer paso se dio en la dirección adecuada al ordenarse que la relación de solvencia, medida como capital paado sobre obliaciones para con el p+blico, se cambiara por otra relación en la que se consultara el nivel de activos de rieso, con"orme lo había dise!ado el 'omit# de Basilea, propuesta que "ue adoptada como estándar internacional por la mayoría de naciones. 'on el =ecreto /5?< de ?; se "usiona la Superintendencia Bancaria de 'olombia en la Superintendencia de Kalores, por lo que desde entonces se denominaría la Superintendencia &inanciera de 'olombia.
?@&+ es la S&"e!intendencia 2inancie!a de Coloia )a Superintendencia &inanciera de 'olombia $S&'% tiene como objetivo propender por la solvencia, disciplina y supervisión del Sistema &inanciero de 'olombia, desde una perspectiva comparativa con Panamá, muestran di"erencias muy notarias en su sistema, la Superintendencia de 'olombia no solo se en"oca en los bancos, sino en el sistema de "inanciero en eneral. Entre el principal objetivo estrat#ico a resaltar, podemos mencionarJ
A"o-a! el desa!!ollo del Me!cado de Ca"itales =urante el periodo ?; a ?9 la S&' continuará trabajando para "ortalecer el marco reulatorio de nuestro mercado de capitales, mediante la implementación de los mejores estándares internacionales de reulación y supervisión, teniendo en cuenta el proceso de lobali7ación de los mercados de la reión.
Nat&!ale*a ;&!#dica - o;eto de la S2C
•
2aturale7a IurídicaJ )a Superintendencia &inanciera de 'olombia, es un oranismo t#cnico adscrito al inisterio de Cacienda y 'r#dito P+blico, con personería jurídica, autonomía administrativa y "inanciera y patrimonio propio.
•
El Presidente de la *ep+blica, de acuerdo con la ley, ejercerá a trav#s de la Superintendencia &inanciera de 'olombia, la inspección, viilancia y control sobre las personas que realicen actividades "inanciera, bursátil, aseuradora y cualquier otra relacionada con el manejo, aprovechamiento o inversión de recursos captados del p+blico.
)a Superintendencia &inanciera de 'olombia tiene por objetivo supervisar el sistema "inanciero colombiano con el "in de preservar su estabilidad, seuridad y con"ian7a, así como, promover, orani7ar y desarrollar el mercado de valores colombiano y la protección de los inversionistas, ahorradores y aseurados.
2&nciones ene!ales )a Superintendencia &inanciera de 'olombia ejercerá las "unciones establecidas en el decreto ?<5- de -- y demás normas que la modi"iquen o adicionen, el =ecreto GG5 de --5 y demás normas que lo modi"iquen o adicionen, la )ey -G/ de ?; y demás normas que la modi"iquen o adicionen, las demás que se!alen las normas vientes y las que le deleue el Presidente de la *ep+blica.
No!as sicas 4&e !e'&lan la Entidad Dec!eto :657 de 5889 Ca"#t&lo I 2&si%n, Denoinaci%n, Nat&!ale*a &!#dica, In'!esos - Pat!ionio 6rtículo . &usión y denominación. &usionase la Superintendencia Bancaria de 'olombia en la Superintendencia de Kalores, la cual en adelante se denominará Superintendencia &inanciera de 'olombia. 6rtículo ?. 2aturale7a Iurídica. )a Superintendencia &inanciera de 'olombia, es un oranismo t#cnico adscrito al inisterio de Cacienda y 'r#dito P+blico, con personería jurídica, autonomía administrativa y "inanciera y patrimonio propio.
6rtículo 5. =irección. )a dirección de la Superintendencia &inanciera de 'olombia estará a caro del Superintendente &inanciero, quien la ejercerá con la colaboración de los Superintendentes =eleados. 6rtículo /. =omicilio. )a Superintendencia &inanciera de 'olombia tendrá como domicilio principal la ciudad de Bootá, y desarrollará sus competencias en el ámbito nacional. 6rtículo ;. 0nresos. )os recursos necesarios para cubrir los astos de "uncionamiento e inversión que requiera la Superintendencia &inanciera de 'olombia provendrán de los siuientes conceptosJ a. )as contribuciones impuestas a las entidades viiladas. b. =erechos de inscripción y cuotas que deben paar las personas inscritas en el *eistro 2acional de Kalores e 0ntermediarios y los derechos por concepto de o"erta p+blica en el país y en el e(terior. c. )os recursos que obtena por la venta de sus publicaciones, de plieos de licitaciones, de concursos de m#ritos y de "otocopias. d. )os aportes, subvenciones o donaciones que reciba para el cumplimiento de sus "ines. e. )os recursos provenientes de los servicios que preste la entidad. ". )os recursos oriinados en la venta o arrendamiento de sus activos. . )os recursos oriinados en la venta o arrendamiento de los sistemas de in"ormación y proramas de computación dise!ados y desarrollados por la entidad. h. )os recursos que se le trans"ieran del Presupuesto :eneral de la 2ación. i. )os intereses, rendimientos y demás bene"icios que reciba por el manejo de sus recursos propios. j. )os demás inresos le sean reconocidos por las leyes.
A!t#c&lo <1 Pat!ionio. El patrimonio de la Superintendencia &inanciera de 'olombia está constituido porJ
a%
)os bienes, derechos y obliaciones de la Superintendencia Bancaria de
'olombia, incluyendo los previstos por el artículo /? de la )ey ; de ---, y los de la Superintendencia de Kalores que en virtud del presente decreto se "usionan. b%
)os bienes que como persona jurídica adquiera a cualquier título y por los
inresos que reciba de con"ormidad con las normas vientes. '6P0TF)H 000 HBIETH 4 &F2'0H2ES :E2E*6)ES
A!t#c&lo 01 O;eto1 El Presidente de la *ep+blica, de acuerdo con la ley, ejercerá a trav#s de la Superintendencia &inanciera de 'olombia, la inspección, viilancia y control sobre las personas que realicen actividades "inanciera, bursátil, aseuradora y cualquier otra relacionada con el manejo, aprovechamiento o inversión de recursos captados del p+blico. )a Superintendencia &inanciera de 'olombia tiene por objetivo supervisar el sistema "inanciero colombiano con el "in de preservar su estabilidad, seuridad y con"ian7a, así como, promover, orani7ar y desarrollar el mercado de valores colombiano y la protección de los inversionistas, ahorradores y aseurados.
A!t#c&lo .1 2&nciones ene!ales13 )a Superintendencia &inanciera de 'olombia ejercerá las "unciones establecidas en el decreto ?<5- de -- y demás normas que la modi"iquen o adicionen, el =ecreto GG5 de --5 y demás normas que lo modi"iquen o adicionen, la )ey -G/ de ?; y demás normas que la modi"iquen o adicionen, las demás que se!alen las normas vientes y las que le deleue el Presidente de la *ep+blica.
A!t#c&lo //1 Des"aco del S&"e!intendente 2inancie!o1 Son "unciones del =espacho del Superintendente &inancieroJ . =iriir y adoptar la acción administrativa de la Superintendencia &inanciera de 'olombia y el cumplimiento de las "unciones que a esta corresponden. ?. Proponer las políticas y mecanismos que propendan por el desarrollo y el "ortalecimiento del mercado de activos "inancieros y la protección al consumidor "inanciero. . 6ctuar como representante leal de la entidad.
5. 2ombrar, remover y distribuir a los "uncionarios de la Superintendencia &inanciera de 'olombia, de con"ormidad con las disposiciones leales. /. Hrani7ar rupos internos de trabajo, comit#s y comisiones internas para el mejor desempe!o de las "unciones de la entidad. ;. Presentar el in"orme anual de labores de la Superintendencia &inanciera de 'olombia al inisterio de Cacienda y 'r#dito P+blico y a los óranos de control que lo soliciten. G. Ejercer las "unciones de naturale7a jurisdiccional con"eridas por la ley a la entidad. <. &ijar las tari"as de las contribuciones que deban paar las entidades viiladas y controladas
necesarias para el presupuesto
de la Superintendencia, de
con"ormidad con la ley.
01 0nstruir a las instituciones viiladas y controladas sobre la manera como deben cumplirse las disposiciones que reulan su actividad, "ijar los criterios t#cnicos y jurídicos que "aciliten el cumplimiento de tales normas y se!alar los procedimientos para su cabal aplicación, así como instruir a las instituciones viiladas sobre la manera como deben administrar los riesos implícitos en sus actividades.
.1 .6ctuar como inmediato superior de los Superintendentes =eleados y los Superintendentes =eleados 6djuntos, para e"ectos del trámite de los recursos de apelación interpuestos contra las sanciones impuestas por estos, en desarrollo de procedimientos administrativos sancionatorios. . 6utori7ar, respecto de las entidades sujetas a inspección y viilancia, su constitución y "uncionamiento, las adquisiciones de sus acciones, boceas y de los aportes en entidades cooperativas, aprobar su conversión, trans"ormación, escisión, cesión de activos, pasivos y contratos, y objetar su "usión y adquisición. ?. 6utori7ar el establecimiento en el país de representantes u o"icinas de representación de oranismos "inancieros y de reaseuradores del e(terior. 5. 6doptar cualquiera de los institutos de salvamento o la toma de posesión de las entidades sujetas a inspección y viilancia.
/. =ictar las normas enerales que deben observar las entidades supervisadas en su contabilidad sin perjuicio de la autonomía reconocida a estas +ltimas para escoer y utili7ar m#todos accesorios. ;. *endir al 'omit# de 'oordinación para el Seuimiento al Sistema &inanciero y al 'omit# 'onsultivo, un in"orme acerca del desempe!o de las "unciones de la superintendencia, el cual, una ve7 anali7ado por dichos comit#s, deberá ser publicado. En caso que el Superintendente &inanciero no comparta los comentarios de tales comit#s, la publicación deberá incluir los análisis sobre el particular. G. 6probar, previo concepto del 'omit# 'onsultivo y el 'omit# de 'oordinación de Seuimiento del Sistema &inanciero, el anteproyecto de presupuesto anual de la superintendencia para su posterior incorporación al proyecto de presupuesto nacional. <. )as demás que le se!alen la ley y las de competencia de la Superintendencia &inanciera de 'olombia que no est#n especí"icamente atribuidas a otra dependencia.
A!t#c&lo 571 2&nciones Co&nes de los S&"e!intendentes Dele'ados "a!a S&"e!visi%n "o! Ries'os - Cond&ctas de Me!cados1 El Superintendente =eleado para *iesos de 'r#dito, el Superintendente =eleado para *iesos de ercados e 0nteridad, el Superintendente =eleado para *iesos Hperativos, el Superintendente =eleado para *iesos de )avado de 6ctivos y el Superintendente =eleado para *iesos de 'onlomerados y :obierno 'orporativo, tendrán respecto de cada uno de los riesos a su caro, las siuientes "uncionesJ . Hrdenar y diriir la práctica de visitas con el "in de obtener un conocimiento sobre los asuntos de su competencia. ?. Hrdenar,
dentro
del
ámbito
de
su
competencia,
las
investiaciones
administrativas, la práctica de pruebas, los traslados a los interesados y adoptar las decisiones y las sanciones a que hubiere luar. 5. Supervisar
que
las
entidades
viiladas
adopten
mecanismos
para
la
administración, control y revelación de los riesos a su caro, hacer seuimiento a las evaluaciones del respectivo rieso y adoptar las medidas que resulten procedentes.
/. Supervisar el cumplimiento de las normas sobre administración, control y revelación de riesos. ;. Emitir las órdenes necesarias para que las entidades viiladas suspendan de inmediato las prácticas ileales, no autori7adas o inseuras, y para que se adopten las correspondientes medidas correctivas y de saneamiento. G. Emitir, dentro del ámbito de su competencia, con destino a los supervisores institucionales y de "orma previa a la decisión "inal, concepto en los casos de constitución, escisión, "usión, adquisición, conversión, trans"ormación, cesión de activos, pasivos y contratos, liquidación voluntaria y aprobación de estados "inancieros. <. Pronunciarse sobre los modelos internos de rieso sometidos a consideración de la Superintendencia por parte de las entidades viiladas.
01 Hrdenar, en el ámbito de sus competencias, la constitución de provisiones o de reservas. -. Proponer, al Superintendente =eleado 6djunto para Supervisión de *iesos y 'onductas de ercados, la adopción de cualquiera de los institutos de salvamento, o la toma de posesión. . Proponer al Superintendente =eleado 6djunto para Supervisión de *iesos y 'onductas de ercados, la adopción de cualquiera de las medidas preventivas previstas en el literal c% del 6rtículo Go de la )ey -G/ de ?; o las normas que la modi"iquen o adicionen, así como la adopción de cualquiera de las medidas cautelares previstas para los casos de ejercicio ileal de actividades propias de las entidades supervisadas. . *ecomendar al Superintendente 6djunto para Supervisión de *iesos y 'onductas de ercados el dise!o yAo ajuste de las metodoloías de supervisión o de la normatividad, el dise!o de los instrumentos que permitan a las entidades administrar y controlar sus riesos, así como dise!o de matrices de cali"icación de la totalidad de riesos de cada entidad. ?. Participar, en coordinación con las dependencias a su caro, en la elaboración y seuimiento del plan anual de supervisión.
/. Enviar periódicamente al Superintendente =eleado para Supervisión 0nstitucional correspondiente, un reporte de análisis del respectivo rieso. ;. 6tender, dentro del ámbito de su competencia, las consultas y derechos de petición, conservando la unidad de criterio de la superintendencia. G. 0n"ormar sus decisiones con la debida oportunidad a las demás áreas con inter#s en los asuntos objeto de pronunciamiento, en especial el inicio de actuaciones administrativas sancionatorias y las decisiones "inales adoptadas en las mismas. <. 6doptar las medidas administrativas necesarias para el cumplimiento de sus "unciones.
A!t#c&lo 6.1 Di!ecci%n de P!evenci%n - Cont!ol de Lavado de Activos1 )a =irección de Prevención y 'ontrol de )avado de 6ctivos tendrá las siuientes "uncionesJ . Ejercer, en relación con el rieso de lavado de activos y del "inanciamiento del terrorismo, las "unciones se!aladas en los numerales al 5 del artículo ?- del presente decreto.
51 Ejercer "unciones de policía judicial, en los t#rminos previstos por la ley y bajo la dirección "uncional del &iscal :eneral de la 2ación, así como las "unciones previstas en los numerales a - del artículo 5 del presente decreto, dentro del ámbito de su competencia.
A!t1 68 Di!ecci%n Le'al1 La Di!ecci%n Le'al tend! las si'&ientes $&nciones . 6sesorar al Superintendente =eleado en los temas leales de competencia de la =eleatura. ?. Brindar apoyo a las =irecciones o áreas de la deleatura en los asuntos de su competencia. 5. Evaluar los in"ormes de visita y los hechos susceptibles de investiación que le sean trasladados o in"ormados por el Superintendente =eleado. /. Evaluar las e(plicaciones rendidas por los investiados8 proyectar, dentro del ámbito de competencia de la =eleatura, los actos administrativos relacionados con el ejercicio de la "acultad sancionatoria y coordinar e impulsar la actuación administrativa respectiva. ;. Proyectar las decisiones mediante las cuales se resuelven los recursos de reposición y las solicitudes de revocatoria directa presentados contra los actos de la =eleatura.
G. =ar trámite y resolver las reclamaciones y quejas que se presenten en relación con los asuntos de competencia de la =eleatura. <. 0mplementar los mecanismos necesarios para el cumplimiento de las políticas institucionales en relación con el ejercicio de la "acultad sancionatoria. 9. *ecomendar al superior inmediato las decisiones que a #ste correspondan dentro del ámbito de su competencia. -. 6tender y resolver, dentro del ámbito de su competencia, las consultas y derechos de petición que se presenten, conservando la unidad de criterio de la superintendencia. . )as demás "unciones que se le asinen y que correspondan a la naturale7a de la dependencia.
61 )as demás "unciones que se le asinen y que correspondan a la naturale7a de la dependencia.
A!t#c&lo :71 Di!ecci%n de 2id&cia!ias1 La Di!ecci%n de 2id&cia!ias tend! las si'&ientes $&nciones . Cacer seuimiento a la condición "inanciera de las entidades y "ondos a que haya luar, y veri"icar el cumplimiento de los controles de ley, se+n corresponda. ?. Keri"icar el cumplimiento que las sociedades "iduciarias deben dar a las normas relacionadas con la in"ormación "inanciera y comercial, contable y de conservación de archivos y documentos. 5. Keri"icar que las sociedades "iduciarias suministren a sus clientes, "ideicomitentes y bene"iciarios la in"ormación necesaria sobre sus productos o servicios. /. E"ectuar un seuimiento a los resultados de las evaluaciones de inversiones y de otros activos que realicen los "ideicomisos y las "iduciarias. ;. Keri"icar que las sociedades "iduciarias realicen la totalidad de sus operaciones de cambio a trav#s de un intermediario autori7ado. G. Keri"icar el proceso de preparación de in"ormación y rendición de cuentas de las sociedades "iduciarias, tanto para patrimonios autónomos administrados.
los encaros "iduciarios como para
los
<. Ejercer, en relación con las "iduciarias, las "unciones se!aladas en los numerales al del artículo /G del presente decreto. 9. )as demás "unciones que se le asinen y que correspondan a la naturale7a de la dependencia.
Dec!eto <<6 de /..6 '6P0TF)H 0. EST*F'TF*6 =E) S0STE6 &0262'0E*H
A!t#c&lo /1 Estructura :eneral. El sistema "inanciero y aseurador se encuentra con"ormado de la siuiente maneraJ a. Establecimientos de cr#dito. b. Sociedades de servicios "inancieros. c. Sociedades de capitali7ación. d. Entidades aseuradoras. e. 0ntermediarios de seuros y reaseuros
a1 Los estaleciientos de c!+dito comprenden las siuientes clases de instituciones "inancierasJ establecimientos bancarios, corporaciones "inancieras, corporaciones de ahorro y vivienda, compa!ías de "inanciamiento comercial y cooperativas "inancieras.
1 Sociedades de Se!vicios 2inancie!os son instituciones que a pesar de captar recursos del ahorro del p+blico, por la naturale7a de su actividad, se consideran como instituciones que prestan servicios complementarios y cone(os con la actividad "inanciera.
c1 Sociedades de ca"itali*aci%n son instituciones "inancieras cuyo objeto principal es estimular el ahorro mediante la constitución, en cualquier "orma, de capitales determinados, a cambio de desembolsos +nicos o periódicos, con la posibilidad de obtener reembolsos anticipados, a trav#s de sorteos
d1 Las entidades ase'&!ado!as pueden ser de varios tipos en "unción de su constitución jurídicaJ sociedades anónimas, mutuas, cooperativas y mutualidades de previsión social.
e1 Inte!edia!ios de se'&!os - !ease'&!os quiere decir que es una empresa 6seuradora y *easeuradoraJ Son empresas, compa!ías y demás instituciones, que se encaran de vender sus productos y servicios los cuales tiene como "in cubrir sobre todo rieso y da!o a sus clientes ya sea a persona natural o jurídica.
CONCLUSIÓN 6mbos sistemas tanto la Superintendencia de Bancos de Panamá, como la Superintendencia &inanciera de 'olombiana, tienen randes similitudes, sin mencionar que ambos randes centros bancarios o "inancieros reconocidos a nivel internacional, mantienen una economía muy sólida, por lo que es importante que reulen todas las actividades que se realicen dentro de sus territorios, papel "undamental que juaran en la economía de sus naciones. =ado el creciente aumento de esas actividades bancarias y "inancieras, y ante el inminente aumento delictivo, se han visto en la obliación de reular con mayor "irme7a ciertas actividades, con el propósito como ejemplo de evitar el blanqueo de capitales y el "inanciamiento a rupo terroristas. Son situaciones que incluso ha llevado a ambos países a "irmar acuerdos de intercambio de in"ormación, con el objetivo de llevar todo de una "orma más transparente para evitar que hecho delictivos como los mencionados, ocurran en sus territorios mediante la utili7ación de sus sistemas económicos como lo son los centros bancarios o los demás entes "inancieros. =e esta "orma contribuyen a eliminar las malas prácticas que se dan en los bancos y "inancieras, para que estos hechos no empa!en la imaen económica del país.
ANEOS ANALISIS SOBRE LOS MOTI=OS @UE COLOCAN A LOS PAISES EN LA LISTA DE PARAISOS 2ISCALES
ACUERDO ENTRE LA SUPERINTENCIA DE BANCOS DE PANAMÁ LA SUPERINTENDENCIA 2INANCIERA DE COLOMBIA EN EL AO 5887