A LA GLORIA DEL SUBLIME ARQUITECTO DE LOS MUNDOS
Linajes: H. Jean-Maine – M. M. Bertiaux – F. F. Cruz – V. V. Mena M. Bertiaux – A. A. Greenfield – F. F. Cruz – V. V. Mena R. Ambelain – G. G. Kloppel – M. M. Gaudart – F. F. Cruz – V. V. Mena Zenith de Santiago de Chile, 16 de Abril de 2014, e v
COMUNICADO DEL SOBERANO SANTUARIO DE CHILE Nos, M S H Víctor Andrés Mena Álamos, 33° 66° - 90° 95° 97°, Gran Hierofante del Soberano Santuario de Chile del Rito Antiguo y Primitivo de Memphis-Misraïm, y Serenísimo Gran Maestre del Gran Oriente Nacional de Chile; M S H Eliecer González González, 33° 66° - 90° 95°, Soberano Gran Comendador; y el Gran Consejo Ampliado del Gran Oriente Nacional de Chile; en relación relación a los HH Maestros Masones:
Luis Fernando Ramírez Saavedra. Jorge Alexander Porras Pabón. Cristián Omar González Cornejo. Rubén Alexis Olivares Ayala. Ricardo Antonio Pérez Maturana.
Comunicamos a todos los Francmasones esparcidos sobre la faz de la tierra, lo siguiente: VISTOS: 1. La nula participación y total desinterés de estos HH en los trabajos de levantamiento del Augusto Templo Metropolitano, durante más de dos meses que duró la actividad; a pesar de haber comprometido en forma irrestricta, libre y espontáneamente, cada uno de ellos su participación. Calle Maruri 731, Independencia 8380518, Santiago – Chile e-Mail:
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2. El alejamiento de estos HH de las actividades masónicas conjuntas y el caso omiso a las comunicaciones formales de las autoridades del Soberano Santuario de Chile y del Gran Oriente Nacional de Chile. 3. La inobservancia hacia la jerarquía de las autoridades del Soberano Santuario de Chile y del Gran Oriente Nacional de Chile, al denostarlos y sostener falsos testimonios a sus espaldas. 4. El cuantioso desaplomo de estos HH con el Tesoro del Gran Oriente Nacional de Chile. 5. La imposibilidad de levantamiento de columnas de la A R L S “Bereshit” N° 2, debido al punto anterior, manteniéndose en el tiempo como una logia en instancias (en formación). Por lo tanto, todos estos HH, con excepción del H Ricardo Antonio Pérez Maturana, nunca dejaron de ser miembros de la Hon Cam del Medio de la A R L S “Hijos de la Luz” N° 1. 6. La no tramitación de su afiliación al Gran Oriente Nacional de Chile, por parte del H Ricardo Antonio Pérez Maturana. 7. La renuncia al Gran Oriente Nacional de Chile, enviada por el H Luis Fernando Ramírez Saavedra, vía e-mail, al Serenísimo Gran Maestre, el día 16 de Abril de 2014, e v, en nombre de todos los HH de la logia en formación, “Bereshit” N° 2, en la que constan todas sus firmas. 8. La renuncia al Estamento Capitular, enviada por el H Luis Fernando Ramírez Saavedra, vía e-mail, al Soberano Gran Comendador, el día 16 de Abril de 2014, e v, en nombre de todos los HH miembros de dicho Estamento y de la logia en formación, “Bereshit” N° 2, en la que constan todas sus firmas. 9. La pérdida de autocontrol, actitud grosera y falta de respeto del H Luis Fernando Ramírez Saavedra, al ser consultado, vía conferencia telefónica, por su conocimiento y participación en los hechos que se describen en este comunicado, por parte de los miembros del Gran Consejo ampliado, celebrado el día de hoy. CONSIDERANDOS: 1. Las Antiguas Constituciones del Rito Antiguo y Primitivo de Memphis-Misraïm; en particular, la violación del Art. 503, con delitos incluidos en la primera clase, correspondientes a “la intemperancia, las expresiones groseras o inconvenientes hechas en voz alta, la insubordinación masónica acompañada de circunstancias graves, repetición frecuente a faltas de disciplina en Logia”.
2. El Juramento prestado durante la exaltación al Sublime Grado de Maestro Masón. 3. Las Antiguas Constituciones del Rito Antiguo y Primitivo de Memphis-Misraïm; en particular, la violación al Art. 503, con delitos incluidos en la segunda clase, correspondientes a “todo lo que pueda deshonrar a los Masones o a la Masonería como:
violación de juramento, ..., tentativa de escisión conduciendo a la desorganización de una Logia, ..., y falsear un testimonio. El perjuicio voluntario causado a la reputación de otro Hermano, la calumnia y, en fin, todo lo que, en el orden social, fuera considerado infamante”.
4. Los Usos y Costumbres de la Francmasonería Universal. 5. La jerarquía establecida en las Antiguas Constituciones del Rito Antiguo y Primitivo de Memphis-Misraïm; en particular, lo estipulado en el Art. 25. Calle Maruri 731, Independencia 8380518, Santiago – Chile e-Mail:
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SE RESUELVE: 1. LA PÉRDIDA de los derechos masónicos y LA EXPULSIÓN del Soberano Santuario de Chile, y sus cuerpos constituyentes, de los siguientes HH:
Luis Fernando Ramírez Saavedra. Jorge Alexander Porras Pabón. Cristián Omar González Cornejo. Rubén Alexis Olivares Ayala.
2. LA INHABILITACIÓN PERMANENTE del Ricardo Antonio Pérez Maturana, para ser miembro activo o visita, en cualesquiera de los cuerpos constituyentes del Soberano Santuario de Chile. Para que conste en cualquier punto del Orbe Masónico, trazamos, firmamos y sellamos este comunicado en el Valle Egipcio de Memphis, el día 16 de Abril de 2014, e v.
M S H Víctor Andrés Mena Álamos Tau Petrus Benedictus, 33° 66° - 90° 95° 97° Gran Hierofante – Serenísimo Gran Maestre Gran Oriente Nacional de Chile Soberano Santuario de Chile
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I
y P H Rosa Ester Lois Torres Sor Constantina, 33° Gran Secretaria Gran Oriente Nacional de Chile Soberano Santuario de Chile
M
S H Eliecer González González Fr Benéficus, 33° 66° - 90° 95° Soberano Gran Comendador Supremo Consejo Grado XXXIII Soberano Santuario de Chile
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Patricio Abraham Faunes Salas Fr Nóbilis, 4° Gran Orador Gran Oriente Nacional de Chile Soberano Santuario de Chile
Calle Maruri 731, Independencia 8380518, Santiago – Chile e-Mail:
[email protected] Website: www.soberanosantuario.cl Pág. 3 de 3