REGLAMENTO INTERIOR DE TRABAJO DE LA EMPRESA PANADERIA Y PASTELERIA MARAVILLA PROPIEDAD DE HÉCTOR EDUARDO HEREDIA OLIVEROS. NOMBRE DE LA EMPRESA: PASTELERIA MARAVILLA. PROPIEDAD OLIVEROS.
DE:
HÉCTOR
PANADERIA
Y
EDUARDO HEREDIA
NOMBRE COMERCIAL DE LA EMPRESA: PANADERIA Y PASTELERIA MARAVILLA. NATU NATURA RALE LEZA ZA DE LA EMPR EMPRES ESA: A: PRES PRESTA TACI CION ON DE SERVICIOS VARIOS. DOMICILIO: CHIQUIMULA. OBJETO DE LA EMPRESA: IMPORTACIÓN, EXPORTACIÓN, COMERCIALIZACIÓN, DIST DISTRI RIBU BUCI CIÓN ÓN,, ELAB ELABOR ORAC ACIÓ IÓN N Y EMPA EMPAQU QUE E DE
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PRODUCTOS ALIMENTICIOS RELACIONADOS A LA PANADERIA RIA Y PASTELERIA Y TODA CLASE DE PRODUCTOS DE LÍCITO COMERCIO.DIRECCIÓN COMERCIAL: QUINTA CALLE A! DIEZ GUIÓN SESENTA Y OCHO ZONA UNO, DEL MUNICIPIO DE CHIQUIMULA DEPARTAMENTO DE CHIQUIMULA.
CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO ".- El presente reglamento Interior de Trabajo se formula de conformidad conformidad con lo establecid establecido o por el Título II Capitulo Capitulo IV, Artículos Artículos 57 al 60 del del Cdi Cdigo go de Trab Trabaj ajo, o, con con el obje objeto to de regu regula larr las las cond condic icio ione ness conc concre reta tass del del trab trabaj ajo o de los los traba trabaja jado dore ress de la empr empres esaa deno denomin minad adaa !anadería " !astelería #ara$illa. #ara$illa. ARTIC RTICU ULO #.- %as dispos disposicio iciones nes del presen presente te &e &eglam glament ento o Interi Interior or de Trab Trabaj ajo, o, deno denomi mina nado do tamb tambi' i'n n en lo suce sucesi si$o $o (&eg (&eglam lamen ento to)) o (est (estee &eglamento), una $e* aprobado por la Inspecci+n eneral de Trabajo, son de cump cumplilimie mient nto o oblig obligat ator orio io,, tant tanto o para para los los traba trabaja jado dore ress llama llamado doss en adelante tambi'n (el personal) o (los empleados), como para la empresa nombrada, en lo sucesi$o tambi'n como (patrono) o (el empleador)ARTÍCULO $.- El presente &eglamento, de conformidad con la %e" de la materia ser. fijado en dos sitios de los m.s $isibles del lugar, centro de trabajo o lugares o centros de trabajo de /ue conste la empresa %acdía . !ara /ue sea f.cilmente conocido por las personas a /uienes se refiere " obli obliga ga,, o se impr imprim imir ir.. en un foll follet eto o /ue /ue se sumi sumini nist stra rar. r. a todo todoss los los trabajadores de la empresa !anadería " !astelería #ara$illa-
PRODUCTOS ALIMENTICIOS RELACIONADOS A LA PANADERIA RIA Y PASTELERIA Y TODA CLASE DE PRODUCTOS DE LÍCITO COMERCIO.DIRECCIÓN COMERCIAL: QUINTA CALLE A! DIEZ GUIÓN SESENTA Y OCHO ZONA UNO, DEL MUNICIPIO DE CHIQUIMULA DEPARTAMENTO DE CHIQUIMULA.
CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO ".- El presente reglamento Interior de Trabajo se formula de conformidad conformidad con lo establecid establecido o por el Título II Capitulo Capitulo IV, Artículos Artículos 57 al 60 del del Cdi Cdigo go de Trab Trabaj ajo, o, con con el obje objeto to de regu regula larr las las cond condic icio ione ness conc concre reta tass del del trab trabaj ajo o de los los traba trabaja jado dore ress de la empr empres esaa deno denomin minad adaa !anadería " !astelería #ara$illa. #ara$illa. ARTIC RTICU ULO #.- %as dispos disposicio iciones nes del presen presente te &e &eglam glament ento o Interi Interior or de Trab Trabaj ajo, o, deno denomi mina nado do tamb tambi' i'n n en lo suce sucesi si$o $o (&eg (&eglam lamen ento to)) o (est (estee &eglamento), una $e* aprobado por la Inspecci+n eneral de Trabajo, son de cump cumplilimie mient nto o oblig obligat ator orio io,, tant tanto o para para los los traba trabaja jado dore ress llama llamado doss en adelante tambi'n (el personal) o (los empleados), como para la empresa nombrada, en lo sucesi$o tambi'n como (patrono) o (el empleador)ARTÍCULO $.- El presente &eglamento, de conformidad con la %e" de la materia ser. fijado en dos sitios de los m.s $isibles del lugar, centro de trabajo o lugares o centros de trabajo de /ue conste la empresa %acdía . !ara /ue sea f.cilmente conocido por las personas a /uienes se refiere " obli obliga ga,, o se impr imprim imir ir.. en un foll follet eto o /ue /ue se sumi sumini nist stra rar. r. a todo todoss los los trabajadores de la empresa !anadería " !astelería #ara$illa-
ARTÍCULO %.- En el presente &eglamento Interior de Trabajo se estipulan las normas a /ue se sujetan las prestaciones laborales " ejecuci+n de los ser$icios por los trabajadores en la empresa " sus centros de trabajo- us disposiciones son de cumplimiento obligatorio, " las infracciones /ue se causen dar.n lugar a la aplicaci+n de la sanci+n respecti$a recogida en la normati$a disciplinaria de este reglamentoARTÍCULO &.- %a organi*aci+n, direcci+n, administraci+n " fijaci+n de polí políti tica cass t'cni t'cnicas cas,, mate materi rial ales es,, de pers person onal al " sist sistem emas as son son facul faculta tade dess e1clusi$as del propietario o &epresentante %egal del empleador o /uien este facultado para las mismas, /uienes las ejercer.n sin m.s limitaciones /ue las /ue determina el C+digo de Trabajo, %e"es %aborales, &eglamentos " 2isposiciones %egales aplicables e in3erentes a su acti$idadARTÍCULO '.- on nulas (ipso jure) " no obligan a los trabajadores, cual/u cual/uier ier dispos disposici+ ici+n n conten contenida idass en el presen presente te &eglam &eglament ento o Inter Interior ior de Trabajo /ue sea contraria a la costumbre imperante en la empresa " disminu"a derec3os pre$iamente ad/uiridos por ellos "4o /ue las le"es laborales les confieranARTÍCULO (.- En este &eglamento Interior de Trabajo se estipula el míni mínimo mo de las las pres presta taci cion ones es labo labora rale less irre irrenu nunci nciab able less otor otorgad gadas as por por el empleador empleador a los trabajadores, trabajadores, sin perjuicio perjuicio de una superaci+n posterior posterior de las mismas, bien por $oluntad de 'ste o por disposici+n legalARTÍCULO ).- El principio de rendimiento es e1igible, en consecuencia todo trabajador debe dar en la acti$idad /ue 3a aceptado desempear, el rendimiento propio " adecuado de su categoría o especiali*aci+n profesional con con efic eficie ienc ncia ia,, cuid cuidad ado o " esme esmerro apr apropia opiado do,, así así como como las las dem. dem.ss condiciones " estipulaciones del Contrato Indi$idual de Trabajo-
CAPÍTULO II CONDICIONES DE INGRESO ARTÍCULO *.- %a relaci+n laboral entre trabajadores " empleador, se formali*ar. a tra$'s de la celebraci+n de un Contrato Indi$idual de Trabajo, de conformidad con las le"es laborales respecti$as, " una $e* el trabajador 3a"a 3a"a llen llenad ado o los los re/u re/uisi isito toss esta estable blecid cidos os en este este &e &egla glame ment ntoo- %os %os dos dos primeros meses de trabajo, para los contratos por tiempo indefinido, se reputan de prueba conforme al C+digo de Trabajo, por lo /ue durante dic3o
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período la terminaci+n de la relaci+n laboral se produce sin responsabilidad de las partes- e pro3íbe la simulaci+n del periodo de prueba con el prop+sito de e$adir el reconocimiento de los derec3os irrenunciables de los trabajadores " los deri$ados del contrato de trabajo por tiempo indefinidoARTÍCULO "+.- REQUISITOS. Toda persona para ingresar como trabajador en la empresa %acdía, deber. cumplir con los re/uisitos siguientes . !resentar 2ocumento !ersonal de Identificaci+n original " fotocopia para cotejar al momento de solicitar el empleo, si es ma"or de edad. Certificaci+n de acimiento original " fotocopia para cotejar al momento de solicitar el empleo, si es ma"or de catorce aos " menor de diecioc3o aos. i es menor de catorce aos, presentar la Constancia de autori*aci+n de la Inspecci+n eneral de Trabajo " Certificado de acimiento/. Todo trabajador deber. llenar una solicitud de empleo en el formulario /ue el empleador para tal efecto le proporcione- 2eber. rellenar todos los renglones, contestar con $eracidad a todas " cada una de las preguntas /ue se formulen0. !resentar dos fotografías tamao c'dula-8 1. !resentar constancia de trabajo de 3aber concluido o e1pirado su anterior empleo2. !resentar Tarjeta de alud cuando le sea re/uerido3. 2emostrar aptitud " capacidad para el empleo o trabajo solicitado-8 4. uscribir el contrato indi$idual de trabajo respecti$o en caso de ser seleccionado para el empleo solicitado-8 El empleador adem.s se reser$a el derec3o de e1igir la presentaci+n de otros documentos /ue estime pertinentes, para comprobar la buena conducta " estudios reali*ados por el solicitante, " todo lo relati$o a su buena saludARTÍCULO "".- TRABAJADOR EXTRANJERO. i el trabajador a contratarse es de nacionalidad e1tranjera, el empleador pre$iamente obtendr. la correspondiente autori*aci+n del #inisterio de trabajo " !re$isi+n ocial, como re/uisito imprescindible e indispensable para el inicio de la relaci+n de trabajo-
ARTÍCULO "#. CELEBRACIÓN DEL CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO.Cumplidos los re/uisitos anteriores " con$enidas las condiciones en /ue deber. prestarse el ser$icio o trabajo, se formular. " celebrar. el correspondiente contrato escrito de trabajo, en original " dos copias /ue se someter.n a registro por la 2irecci+n eneral de Trabajo, dentro de los /uince días posteriores a la suscripci+n, en donde, una $e* aprobado, /uedar. el triplicado como constancia, se entregar. el duplicado al trabajador " el original /uedar. en poder del empleadorCAPITULO III CATEGORIAS DE TRABAJO, TIPOS DE SALARIOS Y 5ORMA DE PAGO. ARTÍCULO "$.- CATEGORÍAS DE TRABAJO.- %as categorías de trabajo del personal /ue presta sus ser$icios para la empresa %acdía, así como el tipo de salarios " forma de pago /ue a cada uno de ellos correspondan, se determinan a continuaci+n CATEGORÍAS I PERSONAL DE CON5IANZA
II PERSONAL ADMINISTRATIVO
PUESTO O CARGO E&ETE EE&A% &E!&EETATE %EA% C99&2IA29&A 2E &EC:&9 ;:#A9 C99&2IAA29&E 2E 2E!A&TA#ET9 2E !&92:CCI9 < 2IT&I=:CI>A2#IIT&A29&E C9TA29& EE&A% ?E@E 2E !E&9A% ?E@E 2E 2E!A&TA#ETT9 9 :I2A2E AITETE A2#IIT&ATIV9 C9TA29&E A:I%IA&E 2E C9TA=I%I2A2 EC&ETA&IA &ECE!CI9ITA A:I%IA& 2E :!E&VI9& C9TA29& 9 2IITA29& 2E !AA2E&IA
TIPO DE SALARIO 9&2IA&I9 9&2IA&I9
5ORMA DE PAGO #E:A%
9&2IA&I9 #E:A% 9&2IA&I9 9&2IA&I9 9&2IA&I9 9&2IA&I9
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9&2IA&I9 9&2IA&I9 9&2IA&I9
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#E:A%
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III PERSONAL ROTATIVO PARA DISTRIBUCIÓN, VENTAS Y COMERCIALIZACIÓN IV PERSONAL DE SEGURIDAD V PERSONAL DE CONSERJERÍA Y LIMPIEZA
E#!ACA29& !AA2E&9 &E!9TE&9 A:I%IA&E 2E C9T&9%E 2E CA%I2A2 2E !&92:CT9 2E !AA2E&IA < &E!9TE&IA VE2E29&E &:TE&9 2IT&I=:I29&E &:TE&9 !I%9T9 &:TE&9
9&2IA&I9 9&2IA&I9 9&2IA&I9
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%as categorías antes enumeradas no constitu"en (numerus clausus) es decir, son meramente enunciati$as " no limitati$as " así mismo no supone necesariamente la inclusi+n de todas las categorías de trabajo e1istentes, ni la obligaci+n del empleador de tener limitadas " pro$istas todas las categorías enumeradasEn consecuencia, dic3a clasificaci+n no impedir. al empleador crear o suprimir alguna o algunas categorías de trabajo, si las necesidades de la misma así lo re/uierenCAPITULO IV JORNADAS DE TRABAJO. ARTÍCULO "%.- JORNADAS Y HORARIOS. El 3orario a /ue estar.n sujetos los trabajadores de la empresa, es de la siguiente manera TURNO I%unes a $iernesEN JORNADA DIURNA 2E B00 A D00 2E 00 A 700 ;9&A .bados
2E B00 A D00 ;9&A TURNO II%unes a $iernes EN JORNADA NOCTURNA 2E B00 A D00 2E D0 A DF00 ;9&A 2e acuerdo a las necesidades " naturale*a de la empresa el empleador con consentimiento del trabajador podr. efectuar cambios de turnos de trabajo " traslado a donde se considere con$enientes- %os trabajadores comprendidos en lo /ue establece el Artículo ciento $einticuatro del C+digo de Trabajo " Acuerdo ubernati$o trescientos cuarenta " seis de la &epGblica de uatemala, pueden laborar 3asta un m.1imo de doce 3oras diarias " setenta " dos a la semana%a ?ornada de 9rdinaria de trabajo efecti$o semanal no ser. ma"or de cuarenta " cuatro 3oras ni de oc3o 3oras diarias, computables para los efectos e1clusi$os de su pago de cuarenta " oc3o 3oras semanales- Cuando los trabajos no sean de naturale*a insalubre o peligrosa pueden aumentarse 3asta en dos 3oras diarias, siempre /ue no e1ceda del límite semanal- %a ?ornada 9rdinaria #i1ta de trabajo no ser. ma"or de cuarenta " dos 3oras a la semana, ni de siete 3oras diarias- %a ?ornada 9rdinaria octurna no ser. ma"or de treinta " seis 3oras semanales ni de seis 3oras diariasARTÍCULO "&.- JORNADA EXTRAORDINARIA. Todo trabajo /ue se ejecute fuera de los límites de la jornada 9rdinaria pre$ista en este &eglamento Interior de Trabajo, pre$io con$enio o consentimiento entre Trabajador " Empleador, constitu"e jornada e1traordinariaEl trabajo de tiempo e1traordinario ser. remunerado por lo menos con el cincuenta por ciento de incremento sobre el salario ordinario- i dic3o trabajo e1tra se reali*ase en días de asueto o s'ptimo días ser. remunerado con incremento del cien por ciento de su salario ordinarioARTÍCULO "'. o se considera tiempo e1traordinario el /ue el trabajador utilice fuera de la ?ornada 9rdinaria de Trabajo para subsanar errores en el trabajo reali*ado, imputables s+lo a 'l o reponer tiempo perdido a falta de acti$idad, en estos supuestos el trabajador deber. comunicarlo a su jefe
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inmediato para /ue tome nota de ello " se lo autorice a seguir laborando con dic3o prop+sitoARTÍCULO "(.- INGRESO Y EGRESO DE LABORES. Todos los trabajadores deben obser$ar puntualidad tanto al ingreso " egreso de sus labores, de conformidad con el presente &eglamento Interior de Trabajo, para dic3os efectos el empleador instalar. o establecer. los controles de asistencia del personal /ue considere pertinentes%os trabajadores /ue no obser$en lo anterior ser.n sancionados de conformidad a las medidas disciplinarias dispuestas en 'ste &eglamento Interior de Trabajo, sal$o /ue mediare causa justa /ue e1cuse el atraso, a juicio del empleador, jefe inmediato superior o a /uien correspondaingGn trabajador debe dejar sus labores antes de terminar su jornada de trabajo, a menos /ue obtenga autori*aci+n de su empleador, jefe inmediato superior o /uien corresponda, para retirarse del lugar de trabajo- !ara los efectos de autori*aci+n de retiro de labores el empleador implementara el control /ue considere pertinente el cual deber. ser autori*ado por esteARTÍCULO ").- 5INALIZACIÓN DE LA JORNADA DE TRABAJO. :na $e* terminada la jornada de trabajo, todos los trabajadores deben abandonar los locales en /ue laboran o lugar de trabajo, sal$o /ue 3a"an sido autori*ados por el empleador o jefe inmediato superior, para permanecer en ellos laborando tiempo e1traordinario o para pre$enir o reparar siniestro " otros daos e1traordinarios " urgentesARTÍCULO "*.- IMPOSIBILIDAD DE ASISTIR AL TRABAJO Y JUSTI5ICACIÓN. El trabajador /ue se encuentre imposibilitado para asistir a sus labores, deber. justificar su inasistencia al !atrono, jefe inmediato superior o a la persona /ue corresponda documentalmente su inasistencia, el día siguiente de trabajo en las dos primeras 3oras- < si el empleador lo estima necesario establecer. por los medios legales a su alcance la $eracidad de los moti$os e1presados- El simple a$iso no implica /ue la falta sea justificadaARTÍCULO #+.- AVISO AL EMPLEADOR. i el trabajador no cumpliere con dar el a$iso a /ue se refiere el artículo anterior, al $ol$er a su trabajo dentro de las primeras 3oras del mismo, deber. comprobar la justa causa
/ue origin+ su inasistencia- i 'sta no es justificada documentalmente, el trabajador puede ser sancionado de conformidad con el presente &eglamento Interior de Trabajo "4o las %e"es %aborales aplicablesARTÍCULO #".- Cuando la inasistencia se deba a moti$os de enfermedad, el trabajador debe presentar Informe al !atrono o Constancia de 3aber asistido al Instituto uatemalteco de eguridad ocial, pudiendo e1ceptuarse casos mu" calificados a criterio del empleador o ?efe Inmediato uperior inmediatoCAPITULO V. PAGO DE SALARIOS ARTÍCULO ##.- PAGO DE SALARIO %os salarios ordinarios " e1traordinarios de$engados por los trabajadores les ser.n pagados personalmente o bien a la persona de su familia /ue 'ste indi/ue por escrito o en Acta autori*ada por Autoridad de trabajo- Tambi'n se pagar. el salario a la persona /ue represente al trabajador contratado mediante mandato faccionado por notarioARTÍCULO #$. 5ORMAS DE PAGO El pago se reali*ar. en moneda de curso legal, por medio de c3e/ue bancario nominati$o el /ue ser. entregado personalmente al trabajador en el lugar de trabajo dentro de la jornada laborable, dep+sito en cuenta personal del trabajador en una entidad bancaria o en efecti$o contra recibo de recibido en el lugar de trabajo " en la forma siguiente A. %os /ue de$enguen salario mensual se les pagar. el Gltimo día del mes laboradoB. %os /ue de$enguen salario /uincenal se les pagar. el día /uince " Gltimo día del mes laboradoC. %os /ue de$enguen salarios semanales se les pagar. el Gltimo día de la semana laboradaCuando el día de pago fuera in3.bil, el mismo se $erificar. el día 3.bil inmediato anteriorARTÍCULO #%.- CONSTANCIA DE PAGOS RECIBIDOS. Todos los trabajadores est.n obligados a dejar constancia escrita de las sumas recibidas en cada período de pago, en concepto de salarios recibidos, prestaciones laborales recibidas, salarios e1traordinarios así como los
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descuentos /ue legalmente est'n establecidos o puedan establecerse de acuerdo a la le"%os reclamos por falta de dinero en el pago se efectuar.n inmediatamente en el momento de acreditarlo o recibirlo- Cuando la diferencia sea en el computo de trabajo reali*ado- !odr.n 3acerlo en el transcurso de la semana siguienteCAPITULO VI LICENCIAS, DESCANSOS SEMANALES, ASUETOS, VACACIONES, AGUINALDO Y BONI5ICACIÓN ANUAL PARA TRABAJADORES DEL SECTOR PRIVADO Y P6BLICO. ARTÍCULO #&.- SOLICITUD DE LICENCIAS O PERMISOS. %os trabajadores /ue por asuntos de inter's particular necesiten licencias o permisos para no concurrir a sus labores lo solicitaran al empleador, al jefe inmediato superior por escrito con dos días de anticipaci+n, debiendo el trabajador e1presar el moti$o /ue justifi/ue su solicitud o permiso para los efectos de su calificaci+nE1aminada la solicitud " segGn considere /ue el moti$o lo amerita o no, el responsable con facultades para la autori*aci+n, caso de considerarla, deber. ser e1presa " adem.s deber. indicar si se concede con o sin goce de salario- in esta constancia escrita el trabajador no podr. dejar de asistir al trabajo, " en caso de /ue no asistiera el patrono podr. tomar las medidas disciplinarias correspondientes al casoARTÍCULO #'.- LICENCIAS CON GOCE DE SALARIO. El empleador conceder. las siguientes licencias con goce de sueldo, segGn lo establece el Artículo sesenta " uno, literal H del C+digo de Trabajo reformado por el 2ecreto numero sesenta " cuatro gui+n no$enta " dos, del Congreso de la &epGblica de uatemala A. Cuando ocurriere el fallecimiento del C+n"uge o de la persona con la cual estu$iese unido de 3ec3o al trabajador, de los padres o 3ijos, TRES DÍAS. B. Cuando el trabajador contrajera matrimonio, CINCO DÍASC. !or nacimiento de un 3ijo del trabajador, DOS DÍASD. !ara responder a Citaciones ?udiciales, por el tiempo /ue tome la comparecencia " siempre /ue no e1ceda de MEDIO DÍA dentro
de la jurisdicci+n " UN DÍA fuera del departamento de /ue se trateE. !or desempeo de una funci+n sindical, siempre /ue 'ste se limite a los miembros del Comit' Ejecuti$o " no e1ceda de seis días en el mismo mes calendario, para cada uno de ellos- o obstante lo anterior el patrono deber. conceder licencia sin goce de salario a los miembros del referido Comit' Ejecuti$o /ue así lo soliciten por el tiempo necesario para atender las atribuciones de su cargo5. Cuando el empleador autorice e1presamente otros permisos o licencias " 3a"a indicado /ue 'stas ser.n tambi'n retribuidasARTÍCULO #(.- DESCANSO SEMANAL. Todos los trabajadores tienen derec3o a disfrutar de un día de descanso remunerado despu's de cada semana de trabajo o despu's de cada jornada ordinaria semanal laboradaTambi'n tendr.n derec3o a este descanso los trabajadores /ue laboren conforme al 3orario o modo establecido en sus respecti$os contratos indi$iduales de trabajo, aun/ue las 3oras trabajadas no se efectGen en forma continuaEl patrono est. obligado a pagar el día de descanso semanal aGn cuando en una misma semana coincidan uno o m.s días de asueto, " así mismo cuando coincida un día de asueto pagado " un día de descanso semanalA789;< #).- DIAS DE ASUETOS REMUNERADOS. A todos los trabajadores se les conceder. con goce de sueldo, los asuetos estipulados en la le" " los /ue en el futuro puedan decretarse o /ue $oluntariamente el empleador disponga otorgar, " especialmente ". :no de enero de cada ao#. Veintis'is de abril, día de la ecretaria$. ?ue$es, $iernes " s.bado anto%. :no de #a"o&. 2íe* de #a"o, día de la #adre trabajadora'. Treinta de junio(. uince de septiembre). Veinte de 9ctubre*. :no de o$iembre"+. Veinticuatro de 2iciembre Jmedio día a partir de las D00 3orasH-
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"". Veinticinco de 2iciembre"#. Treinta " uno de 2iciembre Jmedio día a partir de las D00 3orasH"$. El día de la fiesta JferiaH de la localidadARTÍCULO #*.- Cuando por la naturale*a del trabajo /ue se ejecute, sea necesario, se podr. trabajar durante los días de asueto o de descanso semanal, con anuencia o consentimiento de los trabajadores, pre$ia autori*aci+n de la Inspecci+n eneral de Trabajo, teniendo el trabajador derec3o a /ue por tal asueto o descanso semanal se le conceda el tiempo trabajado comput.ndose como trabajo e1traordinario sin perjuicio de los salarios ordinarios a /ue tenga derec3oARTÍCULO $+.- DERECHO DE LA MUJER TRABAJADORA. Toda trabajadora embara*ada deber. go*ar de un descanso remunerado durante los treinta días anteriores " cincuenta " cuatro días posteriores al parto, los días /ue no puedan disfrutar antes del parto se le acumular.n para disfrutarlos en el !os8parto- Este descanso se rige por las reglas establecidas en Artículo ciento cincuenta " dos del C+digo de TrabajoARTÍCULO $".VACACIONES. Todo trabajador o trabajadora de la empresa tiene derec3o a un período de $acaciones anuales de /uince días con goce de salario conforme el programa de $acaciones del personal /ue el empleador fije en atenci+n a las necesidades de la acti$idad /ue el trabajador realice, despu's de un ao continuo de labor " en los casos en /ue el contrato no le e1ija el trabajar todas las 3oras de la jornada ordinaria ni todos los días de la semana, deber. el trabajador tener un mínimo de ciento cincuenta días laborados en el mismo período ARTÍCULO $#.- o 3a" necesidad de re/uerimiento pre$io por parte del trabajador para /ue el empleador seale el período de disfrute de las $acaciones dentro de los sesenta días siguientes a a/uel en /ue se cumpli+ el ao de ser$icio continuoARTICULO $$.- Cuando el trabajador cese en el trabajo, cual/uiera /ue sea la causa, antes de cumplir un ao de ser$icio continuo o antes de ad/uirir el derec3o a una nue$a relaci+n laboral, el patrono deber. compensarle en dinero la parte proporcional de sus $acaciones de acuerdo con su tiempo de ser$icio-
ARTÍCULO $%.- OBLIGACION DEL TRABAJADOR. El trabajador est. obligado a otorgar al empleador constancia escrita de la concesi+n de $acacionesARTÍCULO $&.- C=LCULO DE REMUNERACIÓN POR VACACIONES. !ara determinar el monto /ue el empleador cancelar. al trabajador en concepto de $acaciones, se tomar. como base el promedio de salarios ordinarios " e1traordinarios de$engados por 'ste durante los Gltimos tres meses si el beneficiario presta sus ser$icios en una empresa agrícola o ganadera o durante el Gltimo ao en el resto de acti$idades- El importe de este salario no debe cubrirse por anticipadoA789;< $'.- AGUINALDO. 2e conformidad con lo dispuesto en la %e" &eguladora de la !restaci+n del Aguinaldo para los Trabajadores del ector !ri$ado 2ecreto numero setenta " seis gui+n setenta " oc3o del Congreso de la &epGblica de uatemala, los trabajadores de la empresa go*aran del pago del Aguinaldo Anual de la forma siguiente Anualmente el empleador otorgar. a sus trabajadores en concepto de aguinaldo el e/ui$alente al cien por ciento del sueldo o salario ordinario mensual /ue 'stos de$enguen por un ao de ser$icio continuo, o la parte proporcional al tiempo laborado- e pagar. el cincuenta por ciento en la primera /uincena del mes de diciembre de cada ao " el cincuenta por ciento restantes en la segunda /uincena del mes de enero del ao siguiente, de lo cual se dejar. constancia escrita- in embargo, los empleadores /ue costumbre, con$enios o pactos colecti$os cubran el cien por ciento de Aguinaldo en el mes de diciembre, no est.n obligados al pago de ningGn complemento en el mes de enero del ao siguiente!ara el c.lculo de la indemni*aci+n a /ue se refiere el Artículo oc3enta " dos del C+digo de Trabajo, se debe tomar en cuenta el monto del aguinaldo de$engado por el trabajador de /ue se trate en la proporci+n correspondiente a seis meses de ser$icios, o por todo el tiempo trabajado si los ser$icios no superan a seis mesesARTICULO $(.- BONI5ICACIÓN ANUAL PARA TRABAJADORES DEL SECTOR PRIVADO Y P6BLICO. Todos los trabajadores de la empresa, de conformidad con lo establecido en la %e" de la =onificaci+n Anual para Trabajadores del ector !ri$ado " !Gblico, 2ecreto nGmero cuarenta " dos
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gui+n no$enta " dos del Congreso de la &epGblica, go*ar.n de una =onificaci+n Anual para Trabajadores del ector !ri$ado " !Gblico o =ono F, e/ui$alente al cien por ciento del salario o sueldo ordinario de$engado por el trabajador en un mes, para determinar su monto se tomar. como base el promedio de$engado en el ao /ue termina en junio de los trabajadores /ue 3ubieren laborado al ser$icio del empleador durante un ao ininterrumpido o proporcionalmente al tiempo laborado, debi'ndose pagar en la primera /uincena del mes de julio, de lo cual se dejar. constancia escritaARTÍCULO $).- BONI5ICACIÓN INCENTIVO. 2e conformidad con lo estipulado en el 2ecreto treinta " siete guion dos mil uno, del Congreso de la &epGblica de uatemala, se le conceder. a todo trabajador del ector !ri$ado, una =onificaci+n Incenti$o de 2oscientos cincuenta uet*ales E1actos J-D50-00H pagados de forma mensualCAPITULO VII PETICIONES Y RECLAMOS ARTÍCULO $*.- Todo trabajador podr. formular reclamos " peticiones relacionadas con las condiciones de trabajo- Estos reclamos podr.n 3acerse $erbalmente o por escrito ante el jefe superior inmediato. i los asuntos son de car.cter colecti$o o de inter's general, podr.n gestionarlo por medio de tres representante debidamente facultados para aceptar cual/uier decisi+n /ue se adopteEn los casos /ue no puedan ser resueltos inmediatamente los reclamos o peticiones se deber. notificar a los trabajadores lo resuelto en un tiempo no ma"or de /uince díasCAPITULO VIII OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES. ARTÍCULO %+.- OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES.- on obligaciones de los trabajadores, adem.s de las determinadas por el C+digo de Trabajo " disposiciones legales en $igor, las siguientes A. &eali*ar personalmente el trabajo con$enido con la capacidad, intensidad, cuidado " eficiencia compatible con sus aptitudes, preparaci+n " destre*a, en el tiempo " lugares estipuladosK
B. Acatar las +rdenes e instrucciones de las autoridades respecti$as, de acuerdo con las estipulaciones de este &eglamento Interior de Trabajo " el Contrato Indi$idual de TrabajoK C. 9bser$ar buena conducta durante la prestaci+n de sus ser$icios, así como atender cort'smente a todas las personas /ue se presenten en los locales o lugares donde preste el ser$icioK D. 9bser$ar las disposiciones sobre alud " eguridad en el trabajo /ue acuerde las autoridades competentes " la /ue indi/ue el empleador, conforme a la le", &eglamento de alud " eguridad 9cupacional " el presente reglamentoK E. :sar " manejar con cuidado los objetos, aparatos, utensilios " dem.s implementos /ue se le facilite a los trabajadores para el desempeo de sus labores, así como de$ol$er a/uellos /ue se le 3a"a proporcionado en el estado en /ue los recibieron, en forma acostumbrada " con$enidaK 5. #arcar personalmente los registros o controles correspondientes a la entrada " salida de sus laboresK G. !restar su colaboraci+n dentro de sus atribuciones, a los compaeros de trabajo, cuando sean re/ueridos por los superiores o por ellos mismos, cuando sea necesarioK H. #antener perfectamente limpios sus respecti$os lugares de trabajo, así como tambi'n los /ue operan alguna m./uina, es su responsabilidad /ue se mantenga limpia " protegidaK I. A$isar inmediatamente a los superiores cuando un compaero de trabajo sufra un accidente o est. padeciendo de enfermedad infecto8 contagiosaK J. &espetar los ni$eles jer.r/uicos " el principio de autoridadK >. uardar rigurosamente los secretos t'cnicos, comerciales, de los /ue tenga conocimiento por ra*+n del trabajo /ue ejecuten, así como de los asuntos administrati$os reser$ados, cu"a di$ulgaci+n pueda perjudicar al empleadorK L. E$itar en 3oras de trabajo discusiones, rias con sus compaeros de trabajo o actos contrarios a la le", buenas costumbres o principios 'ticos o morales-8 M. Atender con prontitud " esmero a los clientes, obser$ando una conducta estrictamente apegada a la moral " cortesíaK N. Todos los documentos, deber.n ser guardados en un lugar pre$iamente fijados al concluir el trabajo del díaK
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O. %os colaboradores deben contar con un .rea de trabajo /ue se encuentre en condiciones adecuadas para la ejecuci+n de sus acti$idadesK P. &eportar cual/uier irregularidad /ue note /ue puede daar los intereses del empleadorK Q. Ejecutar " reali*ar sus labores con su debida identificaci+n " uniforme establecido por el empleador2eber. cumplir fielmente con todas las le"es de trabajo o cual/uier disposici+n o regulari*aci+n legal pertinente en materia de trabajoCAPITULO IX OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR. ARTÍCULO %".- OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR.- Adem.s de las obligaciones /ue establece el C+digo de Trabajo " disposiciones legales en $igor, se determinan las siguientes obligaciones A. B.
C.
D. E. 5.
Cancelar a los trabajadores sus salarios ordinarios " e1traordinarios en la forma " fec3a establecidos por el presente &eglamento Interior de TrabajoK Velar por/ue el trato de los trabajadores sea de mutuo respeto " con la consideraci+n /ue se merecen en el desempeo de sus labores, tratando asimismo /ue dic3a conducta sea obser$ada por los jefes inmediatos " superioresK !agar a los trabajadores el tiempo no laborado por culpa del empleador, sal$o cuando se trate por suspensi+n justificada, de conformidad con las disposiciones disciplinarias del presente reglamentoK Atender con la cortesía debida a las autoridades de trabajo /ue se presenten en la empresa en el ejercicio de sus funcionesK 2ar oportunamente a los trabajadores los utensilios, instrumentos, aparatos o materiales /ue fueren necesarios para la ejecuci+n del trabajo con$enidoK !restar el au1ilio inmediato re/uerido cuando se encuentre en peligro la $ida de algGn trabajador o su integridad personalK
G.
H.
#antener con$enientemente en el lugar de trabajo un boti/uín m'dico /uirGrgico de !rimeros Au1ilios !ort.til, pro$isto de todos los elementos indispensables /ue recomienda el Instituto uatemalteco de eguridad ocial " el &eglamento de alud " eguridad 9cupacional VigenteCumplir con todas las disposiciones contenidas en el presente &eglamento Interior de Trabajo, referente a la alud " eguridad 9cupacional de conformidad al Acuerdo ubernati$o doscientos $eintinue$e gui+n dos mil catorce JAC- :=- DDL8D0FH " sus reformas treinta " tres gui+n dos mil diecis'is " las reguladas en el presente-8
CAPÍTULO XOBLIGACIONES Y ATRIBUCIONES ESPECIALES DE LOS TRABAJADORES.ARTÍCULO %#.- %as principales atribuciones " obligaciones especiales, aun/ue no limitati$as, del personal /ue presta sus ser$icios en la empresa, de acuerdo con el cargo " puesto /ue desempea " a lo con$enido pre$iamente en el Contrato Indi$idual de Trabajo, son las siguientes 5UNCIONES PARA DEL PUESTO COMO AUXILIAR DE SUPERVISOR . Apo"ar en mantener su .rea resguardada de cual/uier necesidad. Contar el producto al finali*ar cada turno segGn el informe de producci+n, empa/ue " bodega presentado. &eportar bajo la calificaci+n diagnostica el trabajo de las personas o .rea /ue tiene a su cargo/. Acompaar a sus compaeros de trabajo de forma positi$a para moti$arlos a reali*ar su trabajo de una forma efecti$a con calidad " cantidad0. &esponder sobre las acciones positi$as o negati$as de alguno de los miembros del grupo de trabajo /ue causen alguna e$entualidad1. Cuidar cada una de las 3erramientas /ue son entregadas a sus compaeros para reali*ar el trabajo asignado2. 9rgani*ar mediante una planificaci+n diaria, semanal " mensual sus acti$idades3. Asistir a las diferentes reuniones /ue sean con$ocados de parte de sus jefes inmediatos para tratar puntos cla$e de las .reas de trabajo4. er ejemplo de respeto, responsabilidad, amabilidad, puntualidad para sus compaeros de trabajo-
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?. &eportar sin temor cada una de las e$entualidades /ue se presenten entre los compaeros de trabajo@. er entusiasta, din.mica, cooperador en su .rea de trabajo-
5UNCIONES DEL PERSONAL DE GUARDIA DE SEGURIDAD: . &e$isar las moc3ilas de los empleados en la entrada " la salida. E$itar el ingreso de bebidas energi*ante, alco3+licas o alimentos a las .reas de trabajo. Control de planilla de ingreso " salida de los panaderos " pilotos/. Colocar los celulares de los empleados de panadería dentro del .rea asignada0. Verificar si trae o no el uniforme correspondiente1. Cargar el producto a los camiones, contar las canastas /ue trasladan el mismo, descargar " contar de nue$o las canastas2. Entregar producto de furg+n3. Anotar la entrada " salida de los $endedores4. Entregar las lla$es de los $e3ículos de los $endedores, entregar las lla$es de los candados de los loMers ?. &eali*ar el conteo de 3ue$o /uebrado de los locales@. 9rdenar las canastas de 3ue$o " pan de la bodega;. &eali*ar rondas dentro de la panadería para $erificar /ue cada uno de los empleados no est'n reali*ando cosas inadecuadas.Entregar reporte de alguna e$entualidad negati$a dentro de la panadería, .rea de descarga " carga. Estar al tanto del .rea de los loMers " $estidores5UNCIONES PARA EL PUESTO DE DIGITADOR DE PANADERIA. . Coordinar el acopio e ingreso de pedidos de materia prima en cada turno . Ingreso de los cortes de in$entario físico del producto terminado de la unidad de producci+n . Ingreso de los cortes de in$entario de producto empacado de la unidad de empa/ue/. Ingreso de los cortes de in$entario de producto para despac3o 0. Verificaci+n del producto despac3o por medio del líder de $entas1. Coordinar el en$ío de degustaciones con su respecti$o $ale 2. En$ío de comparati$o de precios general eguimiento " digitaci+n de de$oluciones Coordinaci+n de en$ío de material de empa/ue 3. En$ío de estados de cuenta al líder de $entas, por cliente 4. Arc3i$o de documentaci+n5UNCIONES DEL PUESTO DE EMPACADOR:
. &ecibir, alistar, empacar " entregar, productos en condiciones adecuadas de aseo e 3igiene en el ser$icio de acuerdo con las especificaciones de procedimientos " normas establecidas. Verificar la temperatura del producto. &eali*ar el empa/ue de una manera eficiente " en el menor tiempo posible/. Verificar el nGmero " c+digo del producto0. Coordinar " $erificar con el personal de c.maras si el producto entregado es el correcto1. Verificar el correcto uso de los insumos e informar al .rea de producci+n las cantidades de insumos2. Cumplir con el r'gimen de 3igiene en el momento de estar empacando el producto asignado Jla$arse las manos cada D0 o 0 minutosH3. &esponsable de cuidar bolsas, eti/uetas, selladoras, limpie*a de .rea de trabajo asignado durante el turno4. &esponsable de $erificar si todo el producto asignado fue empacado correctamente " con calidad Jsi /uedase sobrante del producto debe informar inmediatamente a su encargado, de no ser se tomaran medidas correspondientesH ?. &esponsable de limpie*a en el .rea de trabajo al terminar su turno@. &esponsable de darle cumplimiento de meta la cual es de B00 bolsas mínimo5UNCIONES PARA EL PUESTO DE LIMPEZA . #antener el orden " el aseo de las instalaciones tanto en las oficinas como en las bodegas. Informar al superior o a personal encargado de las no$edades /ue puedan surgir en el desempeo de sus funciones. Encargada de mantener las .reas de trabajo debidamente ordenadas, limpias/. 2ebe ser responsable de mantener una 3igiene del 00N, pues el lugar de trabajo est. bajo las normas " r'gimen de ;igiene en el .rea de alimentaci+n saludable0. 2ebe cuidar sus 3erramientas de trabajo pues es responsable de las mismas5UNCIONES PARA EL PUESTO DE PANADERO . Administrar insumos " materias primas para la elaboraci+n del pan, " productos para la elaboraci+n de galletería-
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. . /. 0. 1. 2. 3. 4.
!reparar la materia prima para la elaboraci+n de los productosElaborar " 3ornear las diferentes clases de pan%le$ar el control de la ma/uinaria de la panaderíaaranti*ar la calidad el ser$icioImplementar las buenas pr.cticas de manufacturaCumplir con su 3orario de turnoCumplir con su uniforme completo&esponsable del cuidado " limpie*a de su e/uipo de trabajo J2ebe
tener contabili*adasH ?. &esponsable del cuidado " limpie*a de su .rea de trabajo@. o consumir bebidas energi*antes dentro de la panadería o .rea de trabajo;. o consumir alimentos dentro de la panadería o .rea de trabajo.o consumir del producto /ue usted produce o los otros turnos. Trabajar su producto bajo las normas indicadas de utili*aci+n de materia prima J9 2E=E 2EV9%VE& !&92:CT9 2E #ATE&IA !&I#AH<. o usar el celular dentro del .rea de trabajo. o abandonar su .rea de trabajo en 3oras de labor sin causa justificada o sin licencia de patrono o de sus jefes. &esponsable de la producci+n completa /ue se le asigne7. o trabajar en estado de embriague* u otro estado estupefacientes. &espetar a su jefe inmediato de turno5UNCIONES PARA EL PUESTO DE REPOSTERO. . era el responsable directo de la producci+n. #anipulaci+n directamente el producto. Vigila " controla la calidad de los productos/. #antenimiento de la ma/uinaria0. 2irige la producci+n de una empresa1. Administrar insumos " materias primas para la elaboraci+n de los pasteles-
de
2. !repara " elabora las me*clas para los pasteles " productos de 3. 4. ?. @.
reposteríaElaborar diferentes diseos de pastelesaranti*ar la e1celente calidad de los productosatisfacer las necesidades de los clientesCumplir con la manipulaci+n de alimentos-
5UNCIONES PARA EL PUESTO DE GUARDIA DE SEGURIDAD. . #antener las instalaciones en completa seguridad " $igilar el estado de funcionamiento de los e/uipos e infraestructura. Velar por la estabilidad, seguridad, orden, respeto, 3onrade* " responsabilidad de cada uno de los empleados. Controlar el orden de ingreso como el de salida de cada empleado al edificio/. Verificar /ue los productos est'n debidamente ordenados " protegidos0. E$itar el ingreso de sustancias no deseables, el ingreso de celulares, el ingreso de moc3ilas al .rea de trabajo1. Velar por el debido cumplimiento de las normas establecidas por la gerencia5UNCIONES PARA EL PUESTO DE QUIEBRA HUEVOS . &e$isar la calidad, olor " consistencia del 3ue$o, pues este es uno de los ingredientes cla$es en la elaboraci+n de los productos de panadería " repostería. 2eber ser responsable en lle$ar un control bien delimitado en cuesti+n de $encimiento, por tal ra*+n debe informar la fec3a de reali*aci+n el trabajo. 2eber muc3a destre*a " capacidad/. :na buena comunicaci+n " responsabilidadCAPITULO XI PROHIBICIONES DE LOS TRABAJADORES ARTÍCULO %$.- PROHIBICIONES DE LOS TRABAJADORES. Adem.s de las pro3ibiciones contenidas en el C+digo de Trabajo " dem.s disposiciones legales $igentes en materia laboral, se pro3íbe a los trabajadores de la empresa
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F Abandonar el trabajo en 3oras 3.biles, sin pre$ia autori*aci+n de su jefe inmediato o jefe de !ersonal o su similar en su casoK F uspender, interrumpir, abandonar o reducir el ritmo normal de ejecuci+n de sus labores, sin causa justificada o permiso de sus jefes inmediatos superioresF &e$elar o di$ulgar datos e informaciones de la empresa, o de los usuarios o apro$ec3ar tales informaciones para fines personales en perjuicio del empleador o empresa o de terceros, sal$o autori*aci+n e1presa de los afectados/F Ejecutar cual/uier acto contrario a la le", las buenas costumbres " principios para perjudicar al empleador, empresa o compaeros de trabajo con el fin de obtener una $entaja econ+mica o beneficio personal0F Ejecutar acti$idades ilícitas, juegos de a*ar " ocuparse en acti$idades /ue no correspondan al trabajo reali*ado1F !ortar armas de cual/uier tipo durante las 3oras de trabajo, e1cepto los casos autori*ados por el empleador2F :tili*ar los Gtiles, tel'fonos, e/uipos, $e3ículos o cual/uier patrimonio del empleador, para fines personales o para diferente prop+sito de a/uel /ue est.n destinados, sal$o /ue e1iste autori*aci+n escrita de parte del empleador3F ;acer propaganda de cual/uier índole en las 3oras de trabajoK
4F Emplear
Gtiles, 3erramientas, implementos o materiales suministrados por el empleador, para usos distintos de a/uel a /ue est'n normalmente destinadosK ?F !resentarse al trabajo con seales de 3aber ingerido licor, drogas o estupefacientes, en cu"o caso no se les permitir. el ingresoK @F Trabajar en estado de embriague* o bajo el efecto de drogas, estupefacientes o situaci+n anormal semejanteK ;F Introducir bebidas alco3+licas, drogas o estupefacientes a los lugares de trabajoK F 2edicarse a juegos de a*ar durante el trabajo o en 3oras de descanso, en el interior de las instalaciones de la empresaK F !ro$ocar rias, discusiones o dificultades entre sus compaeros de trabajo o entre estos " los jefesK
F @umar o encender cerillos o fuegos en los lugares pr+1imos a donde se encuentran materiales inflamables o donde est' e1presamente pro3ibidoK F Ingresar o salir del trabajo portando pa/uetes, bolsa u otros objetos similares, sal$o /ue muestren su contenidoK 7F Tomar sus alimentos en 3oras de trabajo o en el lugar /ue no sea el indicado para elloF ustraer objetos de propiedad de la empresa por cual/uier causa, sin autori*aci+n pre$ia por escrito del jefeK 8F !roporcionar informes a personas e1traas a la empresa, sobre datos confidenciales de la misma, tales como costos, $entas, procedimientos de manufactura, u otro procedimiento an.logo sin autori*aci+n correspondienteK F @altar al respeto a los dem.s compaeros o superiores " e1presarse de manera inmoralK F ;acer uso de los tel'fonos de la empresa para llamadas pri$adas "4o personales, sal$o /ue se cuente con la autori*aci+n del jefe respecti$oF o acatar +rdenes de su jefe inmediatoF Arrogarse la presentaci+n de la empresa en cual/uier circunstancia sin pre$ia autori*aci+n del empleadorCAPITULO XII PROHIBICIONES AL PATRONO ARTÍCULO %%.- PROHIBICIONES AL PATRONO. Adem.s de las pro3ibiciones contenidas en el C+digo de Trabajo, &eglamentos " dem.s disposiciones legales en $igor, se pro3íbe al patrono A. B. C.
Ejecutar cual/uier acto /ue lle$e como fin restringir los derec3os /ue tienen los trabajadores de conformidad con el c+digo de trabajo " dem.s le"es de la &epGblicaK Autori*ar o 3acer colectas a suscripciones obligatorias entre los trabajadoresK ;acer en el establecimiento en 3oras de trabajo, propaganda política electoral o de cual/uier índole, /ue impli/ue coacci+n a los trabajadoresK
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D. E. 5. G. H.
;acer /ue los trabajadores tomen decisiones políticas o con$icciones religiosas, o influir en las mismasK !ermitir /ue los trabajadores duerman o coman en los lugares donde laboran, actos /ue deber. reali*arse en recintos propios para tales efectosK ;acer discriminaci+n entre los trabajadores por ra*ones de nacionalidad, ra*a, religi+n, se1o, estado ci$il, opiniones políticas de los mismosK !ermitir /ue los trabajadores laboren en estado de embriague* o bajo la influencia de drogas, estupefacientes u otra condici+n anormal an.logaK 2espedir a las trabajadoras /ue estu$ieren en estado de embara*o o período de lactancia por go*ar de inamo$ilidad- al$o /ue por causa justificada, originada en falta gra$e a los deberes deri$ados del trato de conformidad con lo dispuesto en las medidas disciplinaria contenidas en el presente reglamento " en el artículo setenta " siete del c+digo de trabajoK en cu"o caso, el patrono debe gestionar el despido ante los ?u*gados de Trabajo, para lo cual deber. comprobar la falta " no podr. 3acer efecti$o el despido 3asta no tener la autori*aci+n e1presa " por escrito del ?u*gado respecti$o-
En caso de /ue el patrono no cumpliera con la disposici+n anterior, la trabajadora podr. concurrir al ju*gado respecti$o a ejercitar su derec3o de reinstalaci+n en el trabajo /ue $enía desempeando " tendr. derec3o a /ue se le peguen los salarios dejados de percibir durante el tiempo /ue estu$o sin laborar!ara go*ar de esta protecci+n, la trabajadora debe dar a$iso de su estado al empleador, /uedando desde ese momento pro$isionalmente protegida " dentro de los dos meses deber. aportar la certificaci+n m'dica de su estado de embara*o para su protecci+n definiti$aCAPITULO XIII MEDIDAS DE SALUD Y SEGURIDAD OCUPACIONAL EN EL TRABAJO A789;< %&.- El empleador " los trabajadores deber.n atender " cumplir las instrucciones relati$as a la salud " seguridad en el trabajo en 3oras de labor, así como las /ue emanen de las autoridades de trabajo, sanitarias " del Instituto uatemalteco de eguridad ocial, así mismo est.n obligados
a cumplir las normas legales establecidas en esta materia " adem.s deber.n obser$ar las siguientes ARTÍCULO %'. MEDIDAS OBLIGATORIAS PARA EL TRABAJADOR Todo trabajador est. obligado a cumplir con las normas de alud " eguridad 9cupacional O98 indicaciones e instrucciones /ue tengan por finalidad proteger su $ida, salud e integridad corporal " psicol+gica- Así mismo est. obligado a cumplir con las recomendaciones t'cnicas /ue se le dan, en lo /ue se refiere al uso " conser$aci+n del e/uipo de protecci+n personal /ue le sea suministrado, a las operaciones " procesos de trabajo indicados para el uso " mantenimiento de la ma/uinaria- < las siguientes
. Acatar las medidas profil.cticas " pre$enti$as necesarias establecidas por el empleador, con el fin de proteger su salud " e$itar la propagaci+n o el contagio de enfermedades-
. Cumplir con las medidas de seguridad e 3igiene indicadas /ue son de acatamiento for*oso-
. Cumplir con las medidas de pre$enci+n de accidentes /ue el Instituto uatemalteco de eguridad ocial 3a establecido para tal efecto, así como todas a/uellas /ue 3an establecido o recomendado las autoridades de trabajo " !re$isi+n ocial " ser$icios de salud-
/. otificar a la ma"or bre$edad posible " al jefe inmediato respecti$o, el acontecimiento de accidentes, enfermedades contagiosas-
lesiones,
ad/uisici+n
de
0. !oner en conocimiento del jefe inmediato cual/uier deficiencia en las instalaciones el'ctricas, aparatos " otras /ue pongan en peligro la $ida, salud " seguridad de las personas /ue se encuentren en la Empresa-
1. Abstenerse de fumar dentro de las instalaciones de la Empresa2. En caso de /ue ocurran accidentes, a$isar inmediatamente al jefe inmediato a efecto de /ue tome las medidas de socorro pertinentes girando las instrucciones del caso-
3. En caso de desconocer el manejo de cual/uier aparato /ue sea necesario utili*ar solicitar al jefe inmediato /ue gire las instrucciones necesarias para su correcta utili*aci+n-
4. :tili*ar los e1tintores en caso de emergencia-
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?. :sar los sanitarios correctamente $elando por /ue se mantengan limpios-
@. ;acer uso de los medicamentos " elementos en caso de primeros au1ilios-
;. :tili*ar el e/uipo de seguridad /ue le proporcione el empleador. 9bedecer las seales de peligro debidamente $isiblesARTÍCULO %(. PROHIBICIÓN A LOS TRABAJADORES- e pro3íbe a los trabajadores . Ejecutar actos tendientes a impedir /ue se cumplan con las medidas de alud " eguridad 9cupacional O98 en las operaciones " procesos de trabajo. 2aar o destruir los resguardos " protecciones de m./uinas e instalaciones o remo$erlos de su sitio sin tomar las debidas precauciones. 2aar o destruir los e/uipos de protecci+n personal o negarse a usarlos/. 2aar o destruir o remo$er las seali*aciones sobre condiciones inseguras e insalubres0. ;acer juegos, bromas o cual/uier acti$idad /ue ponga en peligro la $ida, salud e integridad corporal o la de sus compaeros de trabajo1. %ubricar, limpiar o reparar m./uinas en mo$imiento a menos /ue sea absolutamente necesario " /ue se guarden todas precauciones indicadas por el encargado de la m./uina2. !resentarse a sus labores a desempear las mismas en estado etílico o bajo influencia de narc+ticos o droga ener$ante3. &eali*ar su trabajo sin la debida protecci+n de $estimenta o 3erramienta para el trabajo /ue realice4. Ignorar o no acatar las medidas de bioseguridad establecidas en los lugares de trabajo ?. 2iscriminar " estigmati*ar a las personas /ue $i$en con VI;4I2A de igual manera, $iolar la confidencialidad " el respeto a la integridad física " psí/uica de la cual tienen derec3o estas personas@. 2iscriminar " estigmati*ar a las personas con capacidades especiales-
ARTÍCULO %). MEDIDAS OBLIGATORIAS PARA EL EMPLEADOR. Todo patrono o su representante, intermediario, pro$eedor, contratista o subcontratista " empresas terceros est.n obligados a adoptar " poner en pr.ctica en los lugares de trabajo las medidas de alud " eguridad 9cupacional O98 para proteger la $ida, salud " la integridad de sus trabajadores, especialmente en lo relati$o . A las operaciones " procesos de trabajo . Al suministro, uso " mantenimiento de los e/uipos de protecci+n personal, certificado por las normas internacionales debidamente reconocidas. A las edificaciones, instalaciones " condiciones ambientales en los lugares de trabajo/. A la colocaci+n " manteamiento de resguardos, protecciones " sistemas de emergencia a m./uinas, e/uipos e instalaciones0. #antener en buen estado de conser$aci+n, funcionamiento " uso, la ma/uinaria e instalaciones " Gtilesf. !romo$er la capacitaci+n de su personal en materia de alud " eguridad 9cupacional O98 en el trabajo a tra$'s de instituciones afines en la materia2. 2ar cumplimiento a la !olítica acional de VI;4I2A en el lugar de trabajo3. Colocar " mantener en lugares $isibles, material impreso como a$isos " carteles, para la promoci+n " sensibili*aci+n de la alud " eguridad 9cupacional O98 /ue sean promo$idos " $erificados por el #inisterio de Trabajo " !re$isi+n ocial en conjunto con el Instituto uatemalteco de eguridad ocial4. !roporcionar al trabajador las 3erramientas, $estuario " enseres in3erentes para el desarrollo de su trabajo ?. @acilitar la creaci+n " funcionamiento de los comit's bipartitos de alud " eguridad 9cupacional O98ARTÍCULO %*. OTRAS OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR - El empleador adem.s de las obligaciones contenidas en el artículo siete del &eglamento de alud " eguridad 9cupacional O98 debe cumplir las siguientes . %a Empresa podr. ordenar en cual/uier momento las medidas profil.cticas o pre$enti$as /ue a su juicio sean necesarias con el fin
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de proteger la salud de los trabajadores " para e$itar la propagaci+n o el contagio de enfermedadesCumplir estrictamente con las normas contenidas en las disposiciones legales e1istentes en la materia de salud " seguridad ocupacional. Cumplir con las medidas de pre$enci+n de accidentes /ue el Instituto uatemalteco de eguridad ocial OI8K 3a establecido para tal efecto, así como todas a/uellas /ue 3an establecido o encomendado las autoridades de trabajo " pre$isi+n social " ser$icios de salud/. #antener al alcance de los trabajadores agua purificada JpotableHb.
0. #antener en la empresa el nGmero suficiente de e1tintores en buen estado, capacitando al personal para su uso, los mismos se deben mantener colocados en lugares $isibles " adecuados1. !ro$eer a los trabajadores del e/uipo " material necesario tendiente a pre$enir las enfermedades profesionales2. #antener en la empresa un ambiente de trabajo con iluminaci+n " $entilaci+n adecuada " espacio suficientes3. 2ar a$iso a la Inspecci+n eneral de Trabajo dentro de los tres días de sucedido cual/uier accidente o enfermedad profesionali. #antener con$enientemente instalados " en buen estado de funcionamiento por lo menos 0 inodoro por cada D0 3ombres " 0 por cada 5 mujeres ?. Colocar las seales de peligro debidamente $isibles#antener un lugar adecuado " e/uipado para comedor a los trabajadores en condiciones de 3igiene " salubridad;. #antener con$enientemente instalados un boti/uín m'dico, /uirGrgico, pro$isto con artículos de primeros au1ilios, medicamentos " elementosARTÍCULO &+. PLAN DE PREVENCIÓN, COMITÉ BIP=TITO Y MONITOR DE SALUD- Todos empleador /ue cuente con menos de die* trabajadores debe disponer de un plan de pre$enci+n de riesgos laborales autori*ado por el 2epartamento de alud " eguridad 9cupacional del #inisterio de Trabajo " !re$isi+n ocial o la ecci+n de eguridad e ;igiene del Instituto uatemalteco de eguridad ocial " de un monitor de alud " eguridad 9cupacional, tal " como se regula en el artículo trescientos dos del &eglamento de alud " eguridad 9cupacional O98k.
ARTÍCULO &". BOTIQUÍN DE PRIMEROS AUXILIOS PORT=TIL- %os boti/uines de primeros au1ilios no deben disponer de medicamentos, por lo efectos ad$ersos /ue puedan causar- Adem.s debe cumplir con lo regulado en el artículo trescientos cuatro del &eglamento de alud " eguridad 9cupacional O 98 El boti/uín de primeros au1ilios a implementarse en la empresa de conformidad con el riesgo a /ue est.n e1puestos los trabajadores, segGn la clasificaci+n /ue establece el artículo cuarto del Acuerdo mil cuatrocientos catorce de la erencia del Instituto uatemalteco de eguridad ocial, de conformidad con el giro de la empresa corresponde el siguiente EMPRESA DE RIESGO MÍNIMO COMERCIO Y O5ICINAF #aterial de curaci+n Cantidad Algod+n Absorbentes F on*as asa en rollos de D 1 ) de rollo anc3o Esparadrapo, carrete de ) carrete Alco3ol BBP -%4B litro Tintura de #ert3iolate D 9n*as J60 c-c-H Curitas D5 unidades Venda Triangular $endas Tablillas de 0 cms-, de largo D tablillas Aplicadores de madera J!alillos F docenas con Algod+n en un e1tremoH =aja lenguas docena #edicamentos Aspirina 0-50 gr=icarbonato de odio Vaselina Est'ril Agua o1igenada uero @isiol+gico Antídoto :ni$ersal 9ral
Cantidad 50 comprimidos B on*as tubo JF on*asH D on*as J60 c-c-H F on*as JD0 c-c-H 4D litro D50 c-c-
Instrumental Torni/uetes Vendas El.sticas, D a )
Cantidad D D de cada una
Antidiarreico
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Tijera &ecta de F cmsE/uipo para administrar respiraci+n de boca a boca Term+metro oral " rectal =olsa para 3ielo " para agua caliente %interna el'ctrica de bolsillo
D de cada uno de cada una
PROCEDIMIENTO DE PRIMEROS AUXILIOS EN CASO DE ACCIDENTE LABORALMEDIDAS PARA ATENCION EN CASO DE EMERGENCIA-8 El empleador " el trabajador deber.n tomar en cuenta el siguiente cuadro para casos de emergencia- En cual/uier caso se dar. prioridad a la atenci+n por parte de un profesional " estas medidas no sustitu"en dic3a atenci+n TIPO
AGENTE CAUSAL
Abrasi$o
@rotaci+n, rose 2esprendimiento con objetos superficial de la .sperospiel, sangrado le$e9bjeto con filo Jna$ajas, 3ojas de afeitar, ;eridas finas " metales " sangradoobjetos con aristasHInstrumentos con punta Abertura Jcla$os, estrec3a " alambres, profunda- 2ao astillas u otros mínimo de la similaresH pielangrado escasoCortes 9bjetos romos, irregulares, caídas " 3inc3a*+n, aplastamientos- presencia de cuerpos e1traos tales como Jtierra o astillasH
Cortante
!un*ante
Contusas
MANI5ESTACIONES RIESGO
ATENCION
Curaci+n " Infecci+n cubrir solo si es mu" e1tenso2etener 3emorragia;emorragia Curaci+ne infecci+n Trasladar a un centro asistencialInfecci+n Curaci+n, Jt'tanosH, traslado 3emorragias inmediato a internaun centro 2aos a los asistencial +rganos internos;emorragia e infecci+n-
Traslado a un centro asistencial-
PRIMEROS AUXILIOS PARA GRADOS DE QUEMADURASGRADO
MANI5ESTACION
Enrojecimiento de PRIMER GRADO la primera capa de la piel- 2olor-
SEGUNDO GRADO
TERCER GRADO
Aparici+n de ampollas por /uemadura en la segunda capa de la piel2olor intenso2estrucci+n de la piel " tejidos, pudiendo llegar al 3uesoAspecto arrugado " color blanco- in dolor por lesi+n en terminaciones ner$iosas-
ATENCION DE PRIMEROS AUXILIOS umergir la *ona afectada bajo un c3orro, con baja presi+n de agua fríaumergir el .rea afectada bajo un c3orro con baja presi+n de agua fría- Cubrir con un pao limpio-
PRECAUCIONES. Trasladar a un centro asistencial-
Trasladar a un centro asistencialo romper ni $aciar las ampollaso aplicar pomadas ni solucionesTraslado inmediato a un Cubrir centro asistencialr.pidamente con o retirar la ropa un pao limpioad3erida- Cubrir *onas lesionadasi el centro asistencial est. lejos del sitio del accidente " el 3erido esta consiente de lí/uidos a tomar en pe/ueos sorbos-
CAPITULO XIV MEDIDAS DISCIPLINARIAS, SANCIONES Y PROCEDIMIENTO DE DESPIDO DE TRABAJO. ARTÍCULO .- %as infracciones o incumplimientos de los trabajadores a sus obligaciones, las le"es de trabajo " pre$isi+n social " al presente reglamento ser.n sancionadas de la forma siguiente ". AMONESTACIÓN VERBAL: Es la sanci+n /ue corresponde imponer el empleador o ?efe Inmediato por faltas le$es en el desempeo de sus labores, cuando el trabajador falte a sus labores sin el permiso
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correspondiente " /ue no sea reincidente " cuando el trabajador llegue tarde a sus labores- Esta amonestaci+n se 3ar. en pri$ado, dejando constancia por escrito, pudiendo el empleador aplicarle las medidas disciplinarias de acuerdo con el procedimiento contenido en el presente capítulo#. AMONESTACIÓN ESCRITA: e aplicar. cuando el trabajador reincida en la falta le$e " /ue amerite dic3a sanci+n, se en$iar. copia a la Inspecci+n eneral de Trabajo- Este apercibimiento tambi'n procede cuando el trabajador $iole alguna de las pro3ibiciones contenidas en este reglamento " le"es laborales$. SUSPENSIÓN EN EL TRABAJO: %a cual se aplicar. de uno a oc3o días sin goce de salario- Corresponder. esta medida cuando se reincida en las faltas /ue dieron lugar a la amonestaci+n escrita o bien cuando la magnitud de la falta así lo re/uiera- En todo caso, la graduaci+n de los días de suspensi+n atender. a los siguientes factores F Tiempo de ser$icio del trabajador, F Temeridad de la falta, F A la magnitud del dao ocasionado, /F !remeditaci+n, 0F Comportamiento 3abitual, 1F A la gra$edad de la falta, 2F A la inmoralidad " 3F &eincidenciaAdem.s, antes de aplicar esta medida disciplinaria se oir. pre$iamente al trabajador /ue resulte afectado, así como a los trabajadores /ue 'l indi/ue, como prueba de descargo, corri'ndosele audiencia por el pla*o de /< /9 3K4;0 antes de aplicar la sanci+n, dejando constancia por escritoi la falta cometida fuera de tal magnitud /ue no amerite el despido se podr. suspender al trabajador, aun/ue no se le 3a"a llamado la atenci+n $erbal o por escrito%. DESPIDO: e 3ar. efecti$o cuando el trabajador incurra en faltas gra$es " se den las causales establecidas en los artículos sesenta " cuatro " setenta " siete del C+digo de Trabajo o en el presente &eglamento Interior de Trabajo!ara la aplicaci+n de la medida de despido se re/uiere /ue el trabajador 3a"a sido apercibido con anterioridad, sal$o lo dispuesto en el Gltimo
p.rrafo literal 3H del artículo setenta " siete del C+digo de Trabajo- SEG6N EL ARTÍCULO SETENTA Y SIETE DEL CÓDIGO DE TRABAJO: on causas justas /ue facultan al patrono para dar por terminado el contrato de trabajo sin responsabilidad de su parte, las siguientes A. Cuando el trabajador se condu*ca durante sus labores en forma abiertamente inmoral o acuda a la injuria, a la calumnia o a las $ías de 3ec3o contra su patrono o los representantes de este en la direcci+n de las laboresK B. Cuando el trabajador cometa alguno de los actos enumerados en el inciso anterior contra algGn compaero de trabajo, durante el tiempo /ue se ejecuten las labores, siempre /ue como consecuencia de ello se altere gra$emente la disciplina o se interrumpan las laboresK C. Cuando el trabajador, fuera del lugar donde se ejecuten las labores en 3oras /ue no sean de trabajo, acuda a la injuria, a la calumnia o a las $ías de 3ec3o contra su patrono o contra los representantes de 'ste en la direcci+n como consecuencia de ello, se 3aga imposible la con$i$encia " armonía para la reali*aci+n del trabajoK D. Cuando el trabajador cometa algGn delito o falta contra la propiedad en perjuicio del patrono, de alguno de sus compaeros de trabajo o en perjuicio de un tercero en el interior del establecimientoK así mismo cuando cause intencionalmente, por descuido o negligencia, dao material en las m./uinas, 3erramientas, materias primas, productos " dem.s objetos relacionados, en forma inmediata o indudable con el trabajoK E. Cuando el trabajador re$ele los secretos a /ue alude el inciso JgH, artículo 6 del c+digo de trabajoK 5. Cuando el trabajador deje de asistir al trabajo sin permiso del patrono o sin causa justificada, durante los dos días laborales completos " consecuti$os durante seis medios días laborales en un mismo mes calendario G. Cuando el trabajador se niegue de manera manifiesta a adoptar las medidas pre$enti$as o a seguir los procedimientos indicados para e$itar accidente o enfermedadesK o cuando el trabajador se niegue en igual forma en acatar las normas o instrucciones /ue el patrono o sus representantes en la direcci+n de los trabajos, le indi/uen con claridad para obtener la ma"or eficacia " rendimiento en las laboresK
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H. Cuando infrinja cual/uiera de las pro3ibiciones del artículo 6F, o del &eglamento Interior de Trabajo debidamente aprobado, despu's de /ue el patrono lo aperciba una $e* por escrito o ser. necesario el apercibimiento en caso de embriague* cuando, como consecuencia de ella, se ponga en peligro la $ida o la seguridad de las personas o de los bienes del patronoK I. Cuando el trabajador, al celebrar el contrato 3a"a inducido en error al patrono, pretendiendo tener cualidades, condiciones o conocimientos /ue e$identemente no poseen, o present.ndole referencias o atestados personales cu"a falsedad, 'ste luego compruebe, o ejecutando su trabajo en forma /ue demuestre claramente su incapacidad en la reali*aci+n de las labores para las cuales 3a"a sido contratadoK J. Cuando el trabajador sufra la pena de arresto ma"or o se le imponga prisi+n correccional por sentencia ejecutoriadaK " Cuando el trabajador incurra en cual/uier otra falta gra$e a las obligaciones /ue le imponga el contratoCAPITULO XV TERMINACION DEL CONTRATO DE TRABAJO POR VOLUNTAD DEL TRABAJADOR ARTÍCULO &$.- TERMINACIÓN DEL CONTRADO INDIVIDUAL DE TRABAJO. Cual/uier terminaci+n del Contrato de Trabajo /ue pro$enga de la $oluntad unilateral del trabajador o sin justa causa deber. dar a$iso pre$io al empleador, de conformidad con las normas siguientes F Antes de ajustar seis meses de ser$icios continuos, con una semana de anticipaci+n al menosF 2espu's de seis meses de ser$icio continuos, pero menos de un ao, con die* días de anticipaci+n al menosK F 2espu's de un ao de ser$icios continuos de un ao pero menos de cinco aos con /uince días de anticipaci+n por lo menosd) 2espu's de cinco aos de ser$icios continuos con treinta días de anticipaci+n por lo menosEstos prea$isos deben ser dados por el trabajador por escrito al jefe superior inmediato o al representante legal del empleadorCAPITULO XVI
DISPOSICIONES 5INALES ARTÍCULO &%.- El empleador procurar. por los medios a su alcance mantener la estabilidad de sus trabajadores, así como remunerarles con salarios justos de conformidad con el trabajo reali*ado- Así mismo procurar. estimular " mejorar a los trabajadores /ue se distingan en sus laboresARTÍCULO &&.- En las relaciones entre el empleador " sus trabajadores ser. norma in$ariable, procurar el arreglo directo de las di$ergencias /ue pudieren suscitarse o surgir eliminando en lo posible la inter$enci+n de tercerosARTÍCULO &'.- En lo relati$o a los dem.s derec3os " obligaciones /ue corresponde al patrono " a los trabajadores, 'stos se regir.n por lo pre$isto en la Constituci+n !olítica de la &epGblica de uatemala, el C+digo de Trabajo " dem.s le"es laborales " sus &eglamentos así como por a/uellas disposiciones /ue emita la empresa dentro del .mbito de su competencia o creadas mediante negociaci+n colecti$aARTÍCULO &(.- Todos los trabajadores de la empresa tienen la obligaci+n de conocer " cumplir las disposiciones de este reglamento, " no ser. moti$o de e1cusa el desconocimiento del mismoARTÍCULO &).- El patrono procurar. proporcionar a los trabajadores capacitaci+n o adiestramiento para el trabajo colaborando con las Instituciones 9ficiales encargadas de la planificaci+n o desarrollo de los recursos 3umanos " la formaci+n profesional de los trabajadoresARTÍCULO &*.- El empleador contribuir. con los programas de recreaci+n en beneficio de los trabajadores " sus familiasARTÍCULO '+.!ara efectuar cual/uier cambio, modificaci+n o derogatorias del presente reglamento se re/uerir. los mismos procedimientos /ue para su aprobaci+n- o obstante cual/uier disposici+n legal /ue se promulgara /ue impli/ue un mejoramiento de las condiciones establecidas en el presente reglamento, /uedar. incorporadas al mismoARTÍCULO '".- El presente reglamento Interior de Trabajo, al ser aprobado por la Inspecci+n eneral de Trabajo entrar. en $igor /uince días
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