Quiz 2 de pato, mio semana 7 Este intento tuvo una duración de 73 minutos.
Pregunta 1 9 / 9 ptos. Juan, a sus 32 años, manifiesta a su terapeuta que últimamente al quedarse dormido se despierta con una sensación angustiante de desorientación en el tiempo, sin poder ubicar si es de día o de noche, y de espacio, pensando incluso a veces que está en su casa natal de la que salió a los 16 años, llamando a su madre de manera desesperada. A esta alteración se le puede considerar:
Fenómenos normales del sueño
Despertar con confusión
Sonambulismo habitual
Pesadillas nocturnas
Pregunta 2 9 / 9 ptos. Plasmar en el informe toda la información del caso, para un tercero, está en contra de: La garantía de bienestar del consultante El respeto a los otros profesionales La confidencialidad El principio de autonomía
Pregunta 3 9 / 9 ptos. En un grupo de trabajo interdisciplinario, se presenta un debate frente a la intervención que se va a desarrollar, uno de los participantes es un psicólogo y
empieza a desacreditar a algunos de los integrantes del equipo. Esto revela un incumplimiento de la ley 1090 de 2006 respecto a: La no discriminación por cualquier tipo de diferencia Garantía de bienestar de los usuarios El respeto a otros profesionales Responsabilidad en los procedimientos de intervención
Pregunta 4 9 / 9 ptos. En una institución educativa emprenden un programa de prevención del consumo de sustancias psicoactivas, pero no hubo un proceso riguroso de revisión de la literatura, para verificar la eficacia del programa, no obstante éste se ejecuta. Lo anterior refleja una vulneración de: validez y confiabilidad de las técnicas de evaluación soporte y sustentación de los procedimientos de intervención el principio de confidencialidad y bienestar de los usuarios el consentimiento de los usuarios para participar
Pregunta 5 9 / 9 ptos. En un proyecto social, para efectuar el diagnóstico con la comunidad, se emplean unos cuestionarios extraídos de internet y con ello se pretende concluir las necesidades de la población. Lo anterior es inadecuado, porque infringe la ley 1090 de 2006 en cuanto a: Omisión del consentimiento informado para el proceso Confidencialidad de la información Validez y confiabilidad de los instrumentos de evaluación Bienestar de los usuarios
Pregunta 6 9 / 9 ptos.
Obligar a un consultante a continuar en el proceso terapéutico, viola el artículo 35 de la ley 1090/06, que contempla los casos de interrupción de la prestación del servicio, como el hecho de que el consultante se rehúse a la intervención, así como: Cuando no comparta las creencias religiosas con el consultante Cuando no esté de acuerdo con el diagnóstico del consultante Cuando no corresponda a su conocimiento y competencia Cuando no logre generar empatía con el consultante
Pregunta 7 9 / 9 ptos. Una de las siguientes no es una condición que pueda excusar al psicólogo para la atención de un caso Por enfermedad o imposibilidad física del psicólogo Cuando el usuario no acepta los costos que implica la intervención del profesional Cuando no corresponda a su campo de conocimiento o competencia Cuando el familiar del consultante se rehusa a la intervención del psicólogo
Pregunta 8 9 / 9 ptos. Julia comenta al psiquiatra del hospital que aunque se hace laceraciones en los brazos su percepción del dolor es mínima, puede hacerse heridas profundas y sentir que distantemente hay un pinchazo, aunque vea la sangra manar de su brazo. Se considera que esta alteración en la percepción es: Hipoalgesia Hipoestesia Hiperalgesia Micropsia
Pregunta 9
9 / 9 ptos. Una de las siguientes NO es una idea delirante displacentera: Hipocondriaca Reivindicativa Melancólica Palignóstica
Pregunta 10 9 / 9 ptos. Un psicólogo muestra una actitud hostil hacia un consultante que acude a terapia. La razón de la actitud del psicólogo tiene que ver con su constante alusión a sus creencias religiosas, esto pone en evidencia una vulneración del principio de la ley 1090 de 2006 , relacionado con: Evitar rotulaciones Respeto Sustento de las intervenciones Confidencialidad
Según el Artículo 16 de la ley 1090 de 2006 "En la prestación de sus servicios, el profesional no hará ninguna discriminación de personas por razón de nacimiento, edad, raza, sexo, credo, ideología, nacionalidad, clase social, o cualquier otra diferencia, fundamentado en el respeto a la vida y dignidad de los seres humanos"
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