¿Que son las OMIC y cuáles son sus funciones y como es su organización?
La OMIC es un servicio gratuito de información y orientación al consumidor que, además, media en los conflictos que puedan surgir entre consumidores y empresarios, para intentar una solución amistosa. Las Oficinas Municipales de Información al Consumidor “OMIC” surgen de la delegación realizada por las provincias a sus respectivas municipalidades, de la facultad de a plicar la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor en el ámbito de su s u jurisdicción.
En su redacción original, el artículo 41 y 42 de la Ley 24.240designaba 24.240designaba a la Secretaría de Industria y Comercio. como autoridad nacional de aplicación de la presente ley, y a los gobiernos provinciales y la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires como autoridades locales en el ejercicio, control, vigilancia, y juzgamiento sobre sobre su cumplimiento cumplimiento sobre los hechos sometidos sometidos a su jurisdicción. jurisdicción. Estas facultades facultades se ejercerían entre ambos en forma concurrente. Para estos fines, las provincias podrían delegar sus funciones en organismos de su dependencia o en los gobiernos municipales.
¿Cuáles son sus funciones?
Si tomamos como ejemplo la legislación nacional, las funciones de las OMIC en las provincias son las siguientes:
Prestar asesoramiento y evacuar consultas a los consumidores y usuarios.
Brindar información, orientación y educación al c onsumidor.
Fomentar y facilitar la creación y actuación de asociaciones locales de consumidores.
Efectuar controles sobre productos y servicios, en la medida que sean compatibles con el régimen de competencias municipal, y en su caso, elevar las actuaciones al organismo municipal de aplicación para la sustanciación del procedimiento pertinente.
Recibir denuncias de los consumidores y usuarios.
Fijar y celebrar conciliaciones entre el denunciante y la empresa denunciada.
Elevar las actuaciones al organismo municipal de aplicación en el caso que fracase la concil iación, o para su homologación.
Propiciar y aconsejar la creación de normativa protectiva de los consumidores en el ámbito de competencia municipal teniendo en cuenta la problemática local o regional.
Quién puede utilizar este servicio? Los consumidores y usuarios finales según la definición que da la Ley (personas físicas o jurídicas que compren o utilicen como destinatarios finales, bienes, productos, servicios, actividades o funciones, cualquiera que sea la naturaleza pública o privada, individual o colectiva de quienes los producen, facilitan, suministran o expiden) pueden acudir a los servicios de una OMIC. No tienen la consideración de consumidores finales quienes, sin constituirse en destinatarios finales, compren, almacén, utilicen o consuman bienes o servicios con el fin de integrarlos en procesos de producción, transformación, comercialización o prestación a terceros. Por ejemplo, un tendero que compra mercancía para su venta a terceros, o un profesional autónomo que vende a empresas. Cómo se presenta una reclamación en una OMIC El consumidor que desee reclamar contra un empresario debe rellenar un impreso oficial de la OMIC (presencialmente o por medio de la OMIC Virtual, si su municipio le ofrece este servicio) detallando sus datos, los del comercio reclamado, los sucesos, su pretensión y la documentación probatoria en la que se apoya para justificar su pretensión. Además, deberá aportar como mínimo la siguiente documentación: Datos personales, que incluyan nombre, apellidos, dirección, teléfono, mail y fax del consumidor, entre otros. Datos de la empresa o establecimiento objeto de la reclamación, entre los que se deben indicar el nombre comercial, la razón social, el domicilio y el teléfono. Documentación relativa al caso. Se deben aportar tiques, facturas, presupuestos, documentos contractuales, recibos e incluso, información publicitaria. En forma gradual, y para beneficio de los consumidores que cuentan con la proximidad física de un ámbito gubernamental para orientar e intentar solucionar sus conflictos, las provincias van impulsando la actuación activa de las municipalidades en materia de consumo. En algunos casos, éstas han llegado a aplicar sanciones contra las empresas que violan los derechos de los consumidores. Otras, orientan al consumidor e, iniciado el procedimiento y luego de la audiencia de conciliación, remiten las actuaciones a la autoridad de aplicación provincial para la continuidad de su trámite. Las OMIC entonces, son oficinas dependientes de los ejecutivos municipales que tienen por finalidad atender y resolver los recamos de los usuarios dentro de esa jurisdicción comunal, generando, entre otros, a favor de los consumidores el beneficio que éstos no deben trasladarse a distintas jurisdicciones para efectuar sus denuncias y tratar de solucionar sus problemas nacidos a la luz de relaciones de consumo. Los principales padecimientos de los consumidores en el transcurso del 2008 y parte del 2009, respondieron básicamente a cuestiones vinculadas a deficiencias en el servicio de telefonía celular, reflejado en un 27 % de las presentaciones en el Organismo municipal. Las deficiencias en la adquisición de electrodomésticos se ubican en segundo lugar, con un 14 % en las denuncias elevadas y, en tercero y cuarto orden, las empresas abocadas a servicios de reparación (10 %) y solicitudes de baja de servicios insatisfechas (11%). En líneas generales, los motivos de las denuncias obedecen a múltiples causas pero las mayores incidencias se registran por cobros indebidos en facturas (18%); incumplimientos de garantías o inobservancia en acuerdos contractuales (17 % y 16 % respectivamente) y por solicitudes de baja por servicios insatisfechos (11 %).