Peritaje en el Perú
CURSO:
Auditoria y Peritaje Administrativo
Docente:
Lic. Campos Contreras Luis
INTEGRANTES:
Duarez Fiestas Luis Ivan Suclupe Siesquen Cesar Percy Ocaña Nicolas Liz Evelyn Villanueva Terrones Cristhian Antonio
JUNIO, 2017 Página | 0
Peritaje en el Perú
....................................................................................................................... 2 INTRODUCCIÓN ........................................................................................................................ ........................................................................................ 3 CAPÍTULO I: GENERALIDADES .........................................................................................
1.1.
.................................................................................... 3 CONCEPTO DE PERITAJE .....................................................................................
1.2.
................................................................................................ 3 CARACTERÍSTICAS .................................................................................................
1.3.
............................................................................. 4 COMPETENCIAS DEL PERITO ..............................................................................
1.4.
CARACTERÍSTICAS DE UN INFORME PERICIAL ............................................ 5
1.5.
EL PERITAJE ADMINISTRATIVO JUDICIAL – FISCAL ................................... 5
1.6.
............................... 6 CARACTERÍSTICAS DEL PERITAJE ADMINISTRATIVO ................................
1.7.
CLASES DE PERITOS ADMINISTRATIVOS ....................................................... 8
1.8.
CLASES DE EXÁMENES PERICIALES ............................................................... 8
CAPÍTULO II: FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES RESPONSABILID ADES DE LOS PERITOS ............... 12 CAPÍTULO III: LA TÉCNICA PERICIAL – PROCEDIMIENTO PERICIAL .................... 13 3.1.
LA TÉCNICA PERICIAL ......................................................................................... 13
3.1.1. 3.2.
......................................................................... 13 Definición de las Técnicas: ..........................................................................
..................................................................... ......... 15 PROCEDIMIERNTOS PERICIALES............................................................
CAPÍTULO IV: PLANEAMIENTO Y PROGRAMACIÓN DEL PERITAJE ..................... 18 4.1.
PLANEAMIENTO DEL PERITAJE ....................................................................... 18
4.1.1. 4.2.
Metas a alcanzar, objeto del examen. ....................................................... 18
..................................................................... ......... 19 PROGRAMACION DEL PERITAJE ............................................................
CAPÍTULO V: EJECUCIÓN DEL EXAMEN PERICIAL .................................................... 20 CAPÍTULO VI: INFORME PERICIAL ................................................................................... 21 CAPÍTULO VII: LAVADO DE DINERO O ACTIVOS: ....................................................... 22 ............................................................................................................. .......................................... 23 7.1. Antecedentes: Antecedentes: ................................................................... ..................................................................................................................... 24 7.2. Evolución ...................................................................................................................... .......................................................................... .........Error! Error! Bookmark not defined. 7.3. Definición.................................................................
7.4. Etapas del Proceso de Jurado ................................................................................ 25 ....................................................................................................................... 27 BIBLIOGRAFÍA ........................................................................................................................
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Peritaje en el Perú
INTRODUCCIÓN El presente trabajo abarca el tema de Peritaje en el Perú, definiéndolo como toda aquella actividad de estudio realizada por una persona o equipo de personas hábiles y prácticos en el tema objeto de peritaje y que poseen acreditación certificada de sus habilidades y conocimientos encaminada a obtener criterios certeros e indubitados útiles para los fines de la actividad procesal. De otro lado, para muchos peritos, el resultado de su labor no debe transmitirse a través de un denominado Informe, sino que éste debe ser evacuado mediante un dictamen eficientemente redactado, tal como ocurre con la especialidad de la auditoria. Al igual que el auditor, el perito no debe equivocarse en sus conclusiones, y sus argumentos deben estar ampliamente sustentados, de tal manera que no dé lugar a posibles observaciones por parte de los actores que conforman una sala civil o penal. Tal aseveración indudablemente está fundamentada en que el perito debe ser un profesional calificado y competente, bajo responsabilidad del colegio profesional que lo alberga, y quien está en el deber de capacitar permanentemente. Una alternativa viable sería convocar a permanentes seminarios taller que insistan sobre la casuística, sea en el ámbito forense, lavado de activos, juicios por alimentos, cálculo de intereses, quiebra fraudulenta de empresas, ente otros. Vale mencionar que el peritaje forense, término poco adecuado a mi criterio, no es otro que investigar hechos delictivos de magnitud o relevancia. Actualmente, en nuestro país se viene utilizando el denominado Informe Pericial, el mismo que en muchos casos es manoseado, o no es tomado muy en cuenta por el juzgador para efectos de dictaminar; así mismo, el informe pericial puede ser desestimado y/o reemplazado por uno u otros informes periciales cuando una de las partes en litigio, o el mismo juzgador así lo consienta. Esta actitud le resta seriedad a la labor profesional del perito, lo cual constituye en el fondo una afrenta hacia el reconocimiento de su esfuerzo profesional y que el máximo organismo contable en el país debería preocuparse en resolver.
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Peritaje en el Perú
PERITAJE EN EL PERÚ CAPÍTULO I: GENERALIDADES El perito judicial o perito forense es un profesional dotado de conocimientos especializados y reconocidos, a través de sus estudios superiores, que suministra información u opinión fundada a los tribunales de justicia sobre los puntos litigiosos que son materia de su dictamen. Existen dos tipos de peritos, los nombrados judicialmente y los propuestos por una o ambas partes (y luego aceptados por el juez o el fiscal), y ambos ejercen la misma influencia en el juicio. Los peritos judiciales son capaces de ejecutar, aplicar y utilizar todas las técnicas y recursos de una forma científica para una adecuada administración de los requerimientos de su campo laboral (recolección de pruebas, aseguramiento, preservación, manejo de la cadena de custodia necesaria para esclarecer la verdad, etc.). Es la persona versada en una ciencia arte u ofi cio, cuyos servicios son utilizados por el juez para que lo ilustre en el esclarecimiento de un hecho que requiere de conocimientos especiales científicos o técnicos.
1.1.
CONCEPTO DE PERITAJE
Es el examen y estudio que realiza el perito sobre el problema encomendado para luego entregar su informe o dictamen pericial con sujeción a lo dispuesto por la ley.
1.2.
CARACTERÍSTICAS
a. Acción Humana: El Peritaje viene a ser una acción humana, en cuanto consiste en un rol transitorio dentro de una organización pública o privada, desarrollando determinados actos a fin de emitir un dictamen solicitado.
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b. Labor Procesal:
El Peritaje dentro la esfera pública se desarrolla en el
ámbito judicial y fiscal, a nivel previo o posterior o complementario.
c. Labor Calificada: El peritaje viene a ser una labor calificada, porque se efectúa por personas expertas en arte, técnica o ciencia.
d. Mandato Judicial y/o Fiscal:
La labor pericial se desarrolla en merito
a un mandato Judicial y/o Fiscal, ello a nivel público, y en el ámbito privado se efectuará en merito a la disposición que efectúe el t itular de la empresa y/u organización.
e. Vinculación con los hechos:
El peritaje debe versar sobre los hechos
con connotación de responsabilidad administrativa.
1.3.
COMPETENCIAS DEL PERITO
El Perito debe de contar con las siguientes competencias:
a. Competencia de Elección Capacidad para seleccionar la información relevante al hecho a peritar, debiendo sujetarse a las técnicas de recojo de información. Asimismo, tendrá que asistirse con documentación de naturaleza auxiliar, a fin de contrastar y comprobar la información recabada en primera instancia.
b. Competencia de Lectura Debe tener alta capacidad de lectura rápida, sobre los hechos relevantes de la materia a peritar, resaltándolos de manera sistematizada.
c. Competencia de Interpretación Habiendo recabado la información relevante deberá interpretar, dentro de lo que establece la hermenéutica administrativa, en cuyo fin deberá tener alta capacidad de análisis e interpretación.
d. Competencia de Asertividad El informe pericial debe ser asertivo, es decir deberá contener datos ciertos y prolijos, a fin de generar certeza en Magistrado, y/o Titular de la organización. Página | 4
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e. Competencia de Liderazgo El Peritaje se desarrolla de manera individual y/o en equipo, si fuera desarrollado por más de un Perito debe generarse un equipo líder de trabajo, a fin de cumplir de manera rigurosa con la labor encomendada.
1.4.
CARACTERÍSTICAS DE UN INFORME PERICIAL
Siendo el Peritaje una labor técnica científica, debe estar enmarcado dentro de los siguientes parámetros científicos:
a. Trabajo A nalítico: Se dispondrá distinguir y separar información y datos, relevantes del hecho a peritar, con otros que no incidan en dicho fin, buscando llegar a conocer a plenitud los hechos ex post factum, a fin de que el contenido del informe sea verosímil.
b. Acucioso: La técnica del recojo, análisis e interpretación deberá ser prolijo y diligente, buscando siempre la verdad de los hechos.
c. Circunstanciado: Deberá señalarse los hechos de manera cronológica, a fin de determinar con prontitud los hechos materia de peritaje, y asimismo para que sea corroborable.
d. Materialidad: El informe pericial, debe contener en las conclusiones si los hechos materia de peritaje, tiene relevancia administrativa y por ende penal, entre otros aspectos, y que estos estas sustentados en la revisión documental y otros aspectos, en cuyo fin se utilizó la técnica y la ciencia.
1.5.
EL PERITAJE ADMINISTRATIVO JUDICIAL – FISCAL
El Peritaje Administrativo puede ser definido como la actividad procesal desarrollada, en virtud de encargo judicial, fiscal y/u organización, por personas distintas de las partes del proceso, especialmente destacadas y calificadas por sus medios técnicos o científicos, mediante la cual se suministran al juez, fiscal Página | 5
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argumentos o razones para la formación de su convencimiento, respecto de ciertos hechos en los cuales deberán establecerse la relación funcional individual y/o grupal, en cuyo fin se deberá verificar los documentos de gestión (ROF, MOF) y cuyo dictamen será sustentado en merito a los principios de la ciencia administrativa (Principio de Jerarquía, Principio de Subordinación, Principio de Unidad de Mando), cuya percepción o entendimiento escapa a las aptitudes del común de las personas. Mediante el Peritaje Administrativo se verifican hechos y se establecen sus características y modalidades, sus calidades, sus relaciones con otros hechos, las causas que lo produjeron y sus efectos, en cuyo fin se ha de utilizar matrices como:
FACERAP: Falla; Apariencia; Causa; Efecto; Responsabilidad; Acción y DIAGRAMA DE ARBOL. DIAGRAMA DE ISHIKAWA (Causa – Efecto) 1.6.
CARACTERÍSTICAS DEL PERITAJE ADMINISTRATIVO
a. A ctividad Humana: El Peritaje Administrativo es el resultado de la intervención transitoria, en el proceso, las personas que luego de realizar determinados actos emiten el dictamen que las partes han solicitado o el juez, el fiscal, ordenado como medida para mejor proveer.
b. A ctividad Procesal: El Peritaje Administrativo debe producirse en el curso del proceso o en indulgencias previas, posteriores o complementarias.
c. A ctividad calificada: El Peritaje Administrativo es realizado por personas que, en razón de sus conocimientos
técnicos,
científicos,
se
consideran
especialmente
calificadas.
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d. E ncarg o J udicial: Si un Perito Administrativo concurriera por su propia iniciativa ante el juez que conoce en un determinado proceso y emitiera declaraciones técnicas, científicas sobre los hechos que se investigan, existiría un testimonio técnico y no un peritaje judicial. El peritaje, por lo tanto, requiere de encargo judicial y/ o fiscal previo, ya que no se concibe la pericia espontánea.
e. Vinculación con los Hechos : El Peritaje Administrativo debe versar sobre hechos y no sobre cuestiones jurídicas ni sobre exposiciones abstractas que no influyan en la comprobación, la apreciación o la interpretación de los hechos del proceso. Además, debe tratarse de hechos especiales, precisamente en razón de las características técnicas o científicas que reviste el peritaje.
f. Declaración de C iencia: El Peritaje Administrativo es una declaración de ciencia, porque el perito expone lo que conoce mediante la observación y deducción o inducción de los hechos sobre los cuales emite su dictamen, sin pretender ningún efecto jurídico de sus conceptos.
g . Operación Valorativa: El Peritaje Administrativo es, esencialmente, un concepto técnico científico de lo que el perito deduce sobre la existencia, las características y la valoración del hecho, o sobre sus causas y sus efectos, y no un mero relato de sus observaciones o percepciones.
h. Medio de Prueba: Cuando el Perito Administrativo percibe los hechos no probados y rinde su dictamen sobre su existencia, su valor y sus características técnicas y científicas, suministra el instrumento probatorio necesario para que el juez conozca el hecho y lo verifique, por lo cual ese dictamen tiene, indudablemente, el carácter de prueba. Página | 7
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1.7.
CLASES DE PERITOS ADMINISTRATIVOS
Existen 03 clases de Peritos Administrativos:
a. Perito de Oficio: Es aquel Perito designado por el Juez o Fiscal, a fin de que asista en los procesos judiciales o en las investigaciones preliminares, sobre un hecho controvertido, el cual requiere de conocimientos técnicos y científicos a fin de esclarecerlos.
b. Perito de Parte: Es aquel Perito que presenta de manera unilateral las partes en el proceso judicial o en la investigación preliminar, cuando estas no están de acuerdo con el dictamen pericial del perito de oficio, o cuando requieren que se esclarezca de mejor manera el hecho controvertido.
c. Perito Dirimente: Es aquel Perito designado por el Juez o Fiscal, al existir 02 dictámenes periciales contradictorios entre sí, y cuya finalidad principal es la de dirimir cuál de los dictámenes es el correcto, o de presentar de manera técnica y científica un tercer dictamen pericial.
1.8.
CLASES DE EXÁMENES PERICIALES
1. Peritaje Administrativo. Tiene por finalidad el de analizar estructuras, diseños organizacionales, asimismo determinar la relación funcional de los funcionarios u empleados de los tres niveles jerárquicos, evaluando los documentos de gestión, a fin de determinar su participación en un hecho en concreto, cuyo dictamen se sustentará en los principios de la ciencia administrativa.
2. Balística Forense. Sus objetivos son:
Practicar exámenes de las armas de fuego que le sean remitidas o recogidas en la escena del delito, para determinar sus características,
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su estado de conservación y funcionamiento, y si han sido o no disparadas recientemente.
Realizar las inspecciones Técnico Balísticas en el lugar de los hechos.
Realizar la prueba de la parafina, para determinar o detectar restos de pólvora, en sospechosos, víctima y vestimentas de los mismos.
Practicar estudios comparativos de proyectiles y casquillos, para identificar las armas de fuego.
Realizar exámenes de las heridas en las víctimas por armas de fuego, para determinar orificios de entrada y salida.
Realizar exámenes de marcas de fábrica, numeraciones otros grabados que existen en las armas de fuego.
Realizar exámenes de sustancias explosivas, sujetas a investigación.
Efectuar la recolección de toda clase de muestra de armas de fuego, cartuchos, proyectiles, casquillos y artefactos explosivos.
3. Biología Forense. Tienen los siguientes objetivos:
Practicar exámenes ectoscópicos en personas cadáveres, para determinar características y posibles causas de las lesiones que presentan.
Practicar exámenes clínicos forenses en personas embriagadas, drogadas.
Practicar la re-estructuración de las pupilas dérmicas del cadáver no identificado.
Practicar análisis de manchas de sangre y semen, para determinar su
naturaleza, características.
4. Pericias Contables. Aquí se trata de la actividad que necesariamente tiene que desempeñar un contador Público, para formular balances, cuentas, planillas, etc.
5. Dactiloscópicas. Tienen los siguientes objetivos:
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Identificar dactiloscópicamente a las personas que incurren en delitos, a los que solicitan certificados en antecedentes policiales.
6. Físico química Tienen los siguientes objetivos:
Realizar estudios de fracturas y naturaleza de vidrios y cristales.
Realizar exámenes de marcas, números de serie y otras señales, en objetos y materiales sometidos a peritaje.
Realizar estudios microscópicos, mediante las diferentes técnicas.
Practicar exámenes de cortes y roturas en vestimentas y otros materiales, etc., etc.
7. Fotografía Forense Sus objetivos son:
Fotografiar a las personas naturales con fines de identificación, así como a los indicios y evidencia que sirvan en el descubrimiento de los hechos delictuosos.
Procesar las tomas fotográficas con fines de identificación.
Fotografiar la reconstrucción del hecho, en la escena del delito.
8. La Odontología Forense Sus objetivos son:
Identificar a las personas, mediante examen buco palatino, y del macizo cráneo facial.
Confeccionar los odontogramas a todas aquellas personas que por razón de viaje, trabajo, uso de armas de fuego y residencia de extranjeros en el país deban figurar en el archivo de odontogramas.
Confeccionar
los
odontogramas
a
los
cadáveres
sujetos
a
investigación policial. etc.
9. Pericias Toxicológicas
Toda muerte sospechosa de criminalidad exige autopsia
A veces junto al cadáver junto al cadáver se encuentra un frasco con sustancias sospechosas. El frasco debe ser remitido al laboratorio, pues puede contener veneno y ser ésta la causa de la muerte. Página | 10
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10. Psiquiátricas La pericia psiquiátrica reviste suma importancia. Los peritos deben opinar acerca del estado mental del procesado y de su antigüedad, establecer si los trastornos, taras o anomalías han suprimido o solamente disminuido la conciencia del acto y por consiguiente su responsabilidad. Apreciando el mérito de esta opinión técnica, al juzgador corresponde resolver si es o no imputable. Si el Juez tuviere duda sobre el estado mental, es necesario el examen psiquiátrico; si no hubiere tal examen, la sentencia es nula.
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CAPÍTULO II: FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LOS PERITOS
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CAPÍTULO III: LA TÉCNICA PERICIAL – PROCEDIMIENTO PERICIAL 1.9.
LA TÉCNICA PERICIAL
Las técnicas son los métodos que el perito aplica para obtener y evaluar las pruebas necesarias para fundamentar su dictamen. En Auditoria se reconoce la existencia de cinco grupos de técnicas y catorce técnicas propiamente dichas, las cuales son también aplicables al peritaje Contable Judicial, las mismas que se indican:
Grupo de Técnicas
Técnicas Propiamente Dichas Comparación o compulsa Observación Inspección Rastreo
Ocular
Verbal
Indagación
Análisis de Estudio Conciliación Confirmación
Escrita
Comprobación Totalización Verificación Revisión selectiva
Acción de Revisión
Acción Combinada
Examen
1.9.1. Definición de las Técnicas: a. Comparación o compulsa: Observar o cotejar la similitud o diferencia de los conceptos importantes, etc., entre los registros y documentos y viceversa o entre varios registros o varios documentos.
b. Observación: Examen visual para cerciorarse de ciertos hechos y circunstancias.
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c. Inspección: Examen físico de bienes o documentos con el objeto de demostrar su existencia y autenticidad.
d. Rastreo: Seguimiento de una transacción o de un hecho de un punto a otro desde el inicio hasta que termina.
e. Indagación: Obtención
de
información
mediante
preguntas
o
a
través
de
averiguaciones y conversaciones.
f. Análisis de Estudio: Separación en partes o elementos de lo que realmente interesa.
g. Conciliación: Hacer que concuerden dos conjuntos de cifras relacionadas separadas e independientes.
h. Confirmación: Obtención de comprobación de saldos y otros datos con documentación externa.
i. Comprobación: Examen de las pruebas o evidencia que apoyan una transacción o constatan un documento demostrando autorización y legalidad.
j. Totalización: Verificar la exactitud de sub-totales y totales verticales y horizontales.
k. Verificación: Probar la exactitud o veracidad de un hecho.
l. Revisión Selectiva: Revisar el Universo de saldo o transacciones a base de muestreos respectivos. Página | 14
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m. Examen: Revisar, investigar, inspeccionar, comprobar la veracidad de los hechos, saldos, transacciones o la exactitud de los mismos.
1.10. PROCEDIMIERNTOS PERICIALES Son aquellas acciones que el perito ejecuta para desarrollar con eficiencia, efectividad y con orden el trabajo pericial. Entre estas tenemos:
a. Solicitud del Expediente: El Expediente es el instrumento procesal, que contiene todas las actuaciones, documentos sustentatorios e incidencias desde el inicio de la demanda. Después de la aceptación del cargo, el perito podrá solicitar el expediente de la causa para su revisión y verificación. Desde que el perito recibe el mencionado expediente, se da inicio al desarrollo de la pericia.
b. Revisión del Expediente Con el expediente en su poder, el perito se informará del contenido de las diligencias practicadas a partir de la demanda o denuncia, las pretensiones del demandante o del denunciante, tomando nota de los aspectos contables o financieros más relevantes que servirán para desarrollar el objeto de la pericia. Para una eficiente revisión del expediente se debe extraer lo siguiente:
Copia del auto judicial del nombramiento del perito
Objetivo y asuntos controversiales del caso sujeto a pericia.
Datos de las partes y de los profesionales que los representan o patrocinan.
Montos reclamados o denunciados
Puntos de la pericia
Síntesis de los hechos en litigio demandados en el fuero civil o presuntos delitos en el fuero penal, relacionados con los puntos de la pericia y de las pruebas presentadas por las partes con respecto a tales hechos. Página | 15
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c. Requerimientos para la Pericia: Entre la documentación a solicitar a las partes involucradas, así:
Si son personas jurídicas podemos considerar las siguientes:
Escrituras Públicas: Testimonios de constitución y otras de Aumento de capital.
Modificación de Estatutos, Garantías, Fianzas, etc.
Libros y Registros Contables.
Documentación Sustentatoria contable.
Documentación Sustentatoria tributaria
Títulos Valores, Contratos sobre operaciones financieras.
Otra documentación relacionada con la investigación de los hechos y que son de importancia para el objeto de la pericia.
Si es una institución pública, la documentación o información es específica y se encuentra determinada por normas contables y disposiciones legales, entre las cuales podemos considerar la siguiente:
Normas Generales de los Sistemas Administrativos del Sector Público.
Ley del Sistema Nacional de Contabilidad.
Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, D.S. 012-2001-PCM y su Reglamento.
Reglamento de Organización y Funciones.
Manual de Organización y Funciones.
Principios de Contabilidad generalmente aceptados.
Normas de Auditoría Gubernamental.
Normas Técnicas de Control Interno para el Sector Público, Resolución N°072-98-CG.
Otra documentación relacionada con la investigación de los hechos y que son de importancia para el objeto de la pericia.
Para el caso de instituciones privadas, se utilizará las normas contables (Principios
Contables
Generalmente
Aceptados,
Normas Página | 16
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Internacionales de Contabilidad, Normas de Auditoria Generalmente Aceptadas, Normas Internacionales de Contabilidad etc.) y legislación específica como es el caso de las instituciones financieras, empresas de energía, empresas mineras, entidades educativas, etc.
d. Revisión de la Situación Legal y Contable: Revisión de los libros de contabilidad y de otros relacionados con los hechos en litigio o presuntos del delito y/o con las pruebas actuadas
e. Examen de los Asientos y Partidas Contables: Examen con su documentación sustentatoria relacionados con los hechos en litigio o presuntos del delito y/o con las pruebas actuadas.
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CAPÍTULO IV: PLANEAMIENTO Y PROGRAMACIÓN DEL PERITAJE 4.1.
PLANEAMIENTO DEL PERITAJE
La planeación supone una serie de actividades previas a toda realización de los exámenes o auditorias, la especificación de tiempos, recursos humanos y materiales, objetivos y alcance de las labores de r evisión deben ser considerados en esta fase. Es responsabilidad del Perito el planificar su trabajo, aspecto que es necesario e imprescindible para cumplir adecuadamente sus funciones, ninguna pericia es eficiente cuando no se planifica. El Trabajo Pericial debe ser planificado en función a los siguientes aspectos:
Plazo otorgado por El Juez
Magnitud e importancia del trabajo a realizar
Elementos a juzgar en la evaluación del expediente
Otros
Los planes deben ser consistentes con la declaración de propósito, autoridad y responsabilidad
del
Perito,
el
proceso
de
planificación
involucra
un
establecimiento previo de los aspectos siguientes:
4.1.1. Metas a alcanzar, objeto del examen. Las metas deben ser factibles de ser logradas dentro de los planes, en lo posible, capaces de ser medidas. Deben estar acompañadas de criterios de medición y fechas estimadas de realización. Los planes de trabajo deben incluir:
Que actividades estarán sujetas a la revisión
Los riesgos financieros.
Pérdidas potenciales y riesgos
Solicitudes de las partes y del Juez
El establecimiento de objetivos y alcances de la pericia Página | 18
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La obtención de información básica sobre las actividades que van a ser revisadas
La determinación de los recursos necesarios, para efectuar la pericia
La comunicación a todos los que requieren conocimiento respecto a la pericia
La ejecución apropiada de un estudio preliminar “in situ” para familiarizarse con las actividades documentos, hechos a ser evaluados, para identificar las áreas en las que debe poner mayor énfasis durante la revisión.
La redacción del programa de la pericia
La determinación de cómo, cuándo y a quién se comunicarán los resultados
4.2.
La obtención de la aprobación de la labor realizada.
PROGRAMACION DEL PERITAJE
Corresponde al nivel táctico, se determinan los programas de revisión técnica utilizada y la orientación específica del Proceso. Luego de determinar el objeto de la pericia y plantear la labor sobre el estudio de toda la información recopilada proporcionada a través del expediente o de las partes, el Perito debe orientarse a programar el desarrollo de su trabajo para poder cumplir con el objetivo para el cual ha sido nombrado, se debe tener un programa de trabajo bien definido, pues nunca se debe comenzar la labor y/o extractar información del expediente y de la contabilidad de los litigantes, sin antes tener la programación definida que es muy importante, más aun cuando el caso es de gran envergadura. Determinado el OBJETO del peritaje y el programa de trabajo dará inicio al desarrollo del trabajo.
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CAPÍTULO V: EJECUCIÓN DEL EXAMEN PERICIAL
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CAPÍTULO VI: INFORME PERICIAL
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CAPÍTULO VII: LAVADO DE DINERO O ACTIVOS: Se describe como la acción de ocultar o disfrazar la procedencia, fuente ilegal, destino o uso de ilegal de bienes o fondos producto de actividades ilegales para hacerlos aparentar legítimos. En la obra El delito de lavado de capitales, su autor, el profesor Isidoro Blanco Cordero, define este comportamiento delictivo como “el proceso a través del cual los bienes de origen delictivo se integran en el sistema económico legal con apariencia de haber sido obtenidos de forma lícita”. Para la Organización de las Naciones Unidas (ONU) el lavado de dinero es el subterfugio para formalizar flujos financieros informales de procedencia ilícita, particularmente el narcotráfico o como la introducción subrepticia de dinero de origen ilícito en los canales legítimos de la de la economía formal. (ONU, 2005) Para la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas (CICAD) es el proceso consistente en ocultar o dar apariencia de legalidad a dinero o bienes cuyo origen es ilícito especialmente del tráfico de drogas. (CICAD, 2005) En la actualidad el lavado de dinero se ha convertido en una preocupación del orden mundial, puesto que no solo se trata de inyectar el capital sucio a capital limpio, no solo de detectar las verdaderas actividades que originan el dinero ilícito, si no combatir a través del sistema financiero los procedimientos que se utilizan eficazmente para blanquearlo. El lavado de dinero es un delito señalado por el Grupo de Acción Financiera Internacional, un grupo formado en 1989 por el Grupo de los 7 países industrializados para unir fuerzas contra el lavado de dinero que lo califica como: La conversión o transferencia de propiedad, a sabiendas de que deriva de un delito criminal, con el propósito de esconder o disfrazar su procedencia ilegal.
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Peritaje en el Perú
7.1.
ANTECEDENTES:
Durante décadas las autoridades han intentado luchar contra este sistema de camuflaje de fuentes ilícitas de dinero o blanqueo de dinero, pero en si el t érmino Lavado de dinero para ZAMORA (2000) se remonta a los años 20’ cuando los jefes de las mafias como Al Capone, Lansky, Luciano entre otros crearon compañía “lavadoras” para cubrir el dinero que obtenían de la m afia en Chicago E.U.A. Al Capone y Lanski, en circunstancias parecidas y de manera independiente, habían creado en la Ciudad de Chicago y Nueva York respectivamente, toda una cadena de “lavaderos” (tanto establecimientos de lavado de prendas como casas de juego legales), que servían para “blanquear” los fondos provenientes de la explotación de bares y casinos ilegales. Bastaba con poner las cantidades importantes de efectivo que recogían gracias a sus bares clandestinos y casinos, dentro de las cajas registradoras de sus cadenas de “lavaderos”. Así, después podían colocar esos fondos ilegales dentro del circuito bancario norteamericano y diversificarlos para que éstos se integraran al circulante monetario y quedaran f inalmente legitimados. Otro antecedente, es el relativo a los bienes que los nazis en la Segunda Guerra Mundial (1939-1945), lograron sustraer de los países ocupados como Polonia, Francia, Checoslovaquia y Holanda, entre otros, en las que el oro y las obras de arte eran enviados principalmente a Suiza para que el primero se fundiera y se vendiera junto con las obras a efecto de obtener dinero de curso legal. A pesar de ser un delito sin violencia ejercida para su ejecución, si proviene de una serie de hecho y actividades ilícitas que a la postre desembocan en él. Es por ello de vital importancia investigar los procesos que contribuyen a que a hacer de este ilícito un arte. Es por esto que desde ya que gran parte del siglo XX y ahora el siglo XI ha hecho que la comunidad internacional le preste una atención especial no solo por encontrar al destinatario final del dinero si no también conocer el origen del mismo y los procedimientos que colaboraron a que pudiera blanquearse. Página | 23
Peritaje en el Perú
Han sido innumerables las reuniones, capacitaciones, tratados internacionales, acuerdos multilaterales con la única finalidad de fortalecer las cooperaciones entre miembros de la comunidad internacional para parar el ascenso de este ilícito siendo uno de los mayores dolores de cabeza para el orden jurídico mundial.
7.2.
EVOLUCIÓN
En los años 70´hasta los 80´ el lavado de activos se facilitó por la común utilización de moneda de curso legal (peso, dólar), donde la transacción en bancos era poca utilizada. En ese entonces era muy común comprar bienes o cualquier tipo de servicio con efectivo al instante. Incluso no era problema viajar con maletas llenas de dinero. Sin duda alguna era la época de oro de las “lavadoras “de dinero. Sin embargo, debido al aumento del narcotráfico, el lavado de activos y la financiación del terrorismo en los 90 los países comenzaron a tomar medidas preventivas, controlaron las transacciones financieras y además empezaron con las instituciones financieras. Ya no era tan fácil lavar dinero, los controles se volvieron más rigurosos por lo mismo que los delincuentes o personas que delinquían con el dinero ilícito tuvieron que buscar personas más preparadas como contadores, economistas y abogados. Las estadísticas arrojaron que dichas profesiones fueron de las personas que más delinquieron con el lavado de activos esos años. En mediados de los años 90 la actividad del lavado de dinero se concentró en aquellas actividades comerciales en las que era necesaria la utilización de efectivo y aquellas en las que el gobierno no podía establecer controles y fácilmente. Adicionalmente en estos años el lavado de activos se desarrolló en el ámbito de la construcción, inversiones inmobiliarias, agroindustriales, casas de cambio, casas de empeño, restaurantes y distribuidoras de todo tipo. También es de notar que en esa época se inició el blanqueo de grandes sumas de dinero por empresas offshore en jurisdicciones con cero tributación y con total reserva de identidad del inversionista. En Islas Cayman, Panamá, Bahamas era
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normal ver muchos empresarios que llegaban en sus aviones con maletas de dinero para “invertir” en esos países. Ya en el Siglo XXI el control de lavado de activos se extendió a empresas exportadoras e importadoras por lo que también ha ido de la mano con el control de la evasión fiscal y el contrabando puesto que hay empresas que evaden impuestos y blanquean dinero. En la actualidad para blanquear dinero se utilizan complejas redes de múltiples empresas offshore en los cinco continentes así es más difícil de r astrearlo. Ahora los grandes lavadores de dinero no son abogados, contadores o economistas si no son personas especializadas con experiencia y con algún nivel de reconocimiento
profesional
como
banqueros,
comisionistas
de
bolsas,
consultores de empresas de grandes firmas legales y de consultoría empresarial.
7.3.
ETAPAS DEL PROCESO DE JURADO
Un aspecto que distingue el lavado de activos, de otros delitos penales, lo constituye el hecho de que el mismo no se consume en un instante, sino que se efectúa por etapas. La Convención de Viena de 1988, que fue pionera en las iniciativas internacionales en materia de lavado de activos provenientes del tráfico de drogas, configura las conductas típicas de este ilícito tomando en cuenta esa realidad comprendiendo todo el ciclo del proceso de lavado. Se consideran 3 pasos en las que se desarrolla el ilícito y estos son:
Colocación: Desarrollo de la actividad que consiste en que una vez obtenido los recursos provenientes de la actividad ilícita se coloca en una cuenta bancaria. En esta etapa, debido al alto nivel de riesgo de detección, “se precisa el empleo de varias personas y el concurso de muchas operaciones, lo que multiplica los riesgos.
Distribución: Transferir la suma depositada a distintas y diversas instituciones bancarias que impidan su rastreo. Para estos fines quienes se dedican a esta actividad ilícita recurren a la “multiplicidad de transacciones, multiplicidad de países y multiplicidad de personas y empresas”. Estas “operaciones se realizan de modo veloz, dinámico, variado y sucesivo”.
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Integración: Incorporar el dinero que ha pasado por el sistema financiero a diversas actividades consideradas legitimas. Llegados a este estadio “los fondos de origen delictivo son ya muy difíciles de detectar, a menos que se haya podido seguir su rastro a través de las etapas anteriores”, resultando “difícil distinguir los capitales de origen ilegal de los de origen legal”, creándose la justificación o explicación de los bienes. Según el Grupo de Acción Financiera (GAFI) los métodos más utilizados son: la venta de inmuebles, empresas pantalla, falsas facturaciones de comercio exterior, préstamos simulados, complicidad de banqueros extranjeros.
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BIBLIOGRAFÍA No hay ninguna fuente en el documento actual.
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