Espacios Confinados que Requieren Permiso para Entrar Departamento de Trabajo de Estados Unidos Administración Administraci ón de Seguridad y Salud Ocupacional OSHA 3138 1998 (Revisado)
Este folleto informativo provee una visión genérica, no exhaustiva, de un tema particular relacionado con las normas. Esta publicación por sí misma no altera ni determina determina las responsabilidades de cumplimiento, las cuales son determinadas por las normas de OSHA y la Ley de Seguridad y Salud Ocupacional. Además, debido a que con el paso del tiempo pueden cambiar las interpretaciones y la política de aplicación, como guía adicional de los requisitos para el cumplimiento de la ley OSHA, el lector debe consultar las interpretaciones administrativas y decisiones de la Comisión de Revisión de Seguridad y Salud Ocupacional y las Cortes. El material contenido en esta publicación es de dominio público y puede reproducirse, todo o en parte, sin permiso del Gobierno Federal. Se solicita pero no se requiere reconocimiento de la fuente de crédito. Esta información está disponible mediante solicitud para individuos con discapacidades discapacida des sensoriales. Teléfono de voz: (202) 219-8615; Teléfono para mensajes para el Aparato de Telecomunicaciones para Sordos (TDD): 1-800-326-2 1-800-326-2577. 577.
Espacios confinados que requieren permiso para entrar
Este folleto informativo provee una visión genérica, no exhaustiva, de un tema particular relacionado con las normas. Esta publicación por sí misma no altera ni determina determina las responsabilidades de cumplimiento, las cuales son determinadas por las normas de OSHA y la Ley de Seguridad y Salud Ocupacional. Además, debido a que con el paso del tiempo pueden cambiar las interpretaciones y la política de aplicación, como guía adicional de los requisitos para el cumplimiento de la ley OSHA, el lector debe consultar las interpretaciones administrativas y decisiones de la Comisión de Revisión de Seguridad y Salud Ocupacional y las Cortes. El material contenido en esta publicación es de dominio público y puede reproducirse, todo o en parte, sin permiso del Gobierno Federal. Se solicita pero no se requiere reconocimiento de la fuente de crédito. Esta información está disponible mediante solicitud para individuos con discapacidades discapacida des sensoriales. Teléfono de voz: (202) 219-8615; Teléfono para mensajes para el Aparato de Telecomunicaciones para Sordos (TDD): 1-800-326-2 1-800-326-2577. 577.
Espacios confinados que requieren permiso para entrar
Espacios Confinados que Requieren Permiso para Entrar Departamento de Trabajo de los EE.UU. Alexis M. Herman, Secretario Administración de Seguridad y Salud Ocupacional Charles N. Jeffress, subsecretario OSHA 3138 1998 (Revisado)
This material was translated under Susan B. Harwood grant number 46F1-HT06 awarded to the Texas Engineering Extension Service, OSHA Training Institute Southwest Education Center from the Occupational Safety and Health Administration, U.S. Department of Labor. It does not necessarily necessarily reflect the views or policies of the U.S. Department of Labor, nor does mention of trade names, commercial products, or organizations imply endorsement by the U.S. Government.
Este material fue traducido bajo número 46F1-HT06 de la concesión de Susan B. Harwood concedido a Texas Engineering Extension Service, OSHA Training Institute Southwest Education Center del Occupational Safety and Health Administration, U.S. Department of Labor. No refleja necesariamente necesariamente las vistas o las políticas del U.S. Department of Labor, ni menciona los nombres comerciales, productos comerciales, o las organizaciones implican el endoso por el gobierno de Estados Unidos.
Espacios confinados que requieren permiso para entrar
Índice
iii
Introducción ............................................................................................. 1 ¿Quién está cubierto? .......................................................................... 2 ¿Cuáles son los requisitos de la norma de OSHA? ..................... 3 ¿Necesita el empleador un programa escrito? ............................................ 5 ¿Se requiere un sistema de permisos? ........................................................ 7 ¿Que información se requiere en los permisos para entrar? ...................... 7 ¿ Necesitan capacitación los trabajadores? ................................................ 8 Deberes de los ingresantes .................................................................. 9 Deberes del asistente ............................................................................ 9 Deberes del supervisor de entrada .................................................... 10 ¿Hay requisitos de emergencia? ............................................................... 10
¿Qué otra ayuda ofrece OSHA a los empleadores? ................... 12 Guía para la administración del programa de seguridad y salud ............ 12 Programas estatales .................................................................................. 13 Servicios de consulta ................................................................................13 Programas de protección voluntaria (PPV) .............................................. 13 Entrenamiento y educación ...................................................................... 14 Información electrónica ............................................................................ 14 Emergencias .............................................................................................. 15
Publicaciones relacionadas de OSHA .......................................... 16 Estados con planes aprobados ....................................................... 17 Proyectos de consulta de OSHA ..................................................... 20 Oficina de area de OSHA ................................................................... 22 Oficinas regionales de OSHA .......................................................... 25
Indice
Introducción
1
Muchos lugares de trabajo contienen espacios que se consideran “confinados” porque sus configuraciones dificultan las actividades de cualquier empleado que debe entrar, trabajar y salir de ellos. En muchas instancias, los empleados que trabajan en espacios confinados también enfrentan mayores riesgos de exposición a lesiones físicas graves como el peligro de quedar atrapado, sumergido y enfrentar condiciones atmosféricas dañinas. El confinamiento mismo puede plantear el riesgo de quedar atrapado y el trabajo en lugares confinados puede hacer que los empleados estén más cerca de elementos de riesgo que si no estuvieran en ese lugar, tales como piezas de maquinaria. Por ejemplo el confinamiento, el acceso limitado y la reducción del flujo de aire pueden conducir a riesgos que normalmente no se producirían en un lugar de trabajo abierto. El término espacios confinados que requieren permiso para entrar (o espacios que requieren permiso) se refiere a los espacios que responden a la definición de un “espacio confinado” y contienen elementos de riesgo para la salud o la seguridad y por tanto requieren permiso para entrar. Un espacio confinado tiene medios limitados o restringidos para para entrar y salir, es lo suficientemente grande para que entre un empleado y realice un trabajo asignado y no está diseñado para que el empleado lo ocupe en forma continua. Estos espacios pueden incluir, entre otros cámaras subterráneas, tanques, recipientes de almacenado, pozos y áreas cerradas por diques, contenedores y silos. Un espacio confinado que requiere permiso para entrar es el que cumple con la definición de espacio confinado y tiene una o más de estas características: (1) contiene o tiene el potencial de contener una atmósfera peligrosa, (2) contiene un material que tiene el potencial de que alguien que ingrese pueda quedar sumergido en él, (3) tiene una configuración interna que podría causar que una persona que ingrese quede atrapada o se asfixie por paredes convergentes hacia el interior o por un piso con pendiente hacia abajo y que se angosta hacia una sección transversal más pequeña y/o (4) contiene cualquier otro riesgo serio reconocido para la seguridad o la salud.
Introducción
2
¿Quién está cubierto?
La norma de OSHA para espacios confinados, Título 29 del Código de Regulaciones Federales (CFR) Parte 1910.146, efectiva a partir del 15 de abril de 1993, contiene los requisitos de prácticas y procedimientos para proteger a los empleados de la industria en general de los riesgos para entrar a espacios confinados que requieren permiso para entrar (o espacios que requieren permiso para entrar). OSHA calcula que alrededor de 224,000 establecimientos de la industria en general tienen espacios confinados que requieren permiso para entrar; 7,2 millones de trabajadores de la producción están empleados en estos establecimientos y alrededor de 2,1 millones de trabajadores entran anualmente a espacios confinados que requieren permiso para entrar. OSHA calcula que el cumplimiento de estas normas evitará 53 muertes y lesiones a trabajadores, 4,900 casos de pérdida de días de trabajo y 5,700 accidentes sin pérdida de días de trabajo por año.
Espacios confinados que requieren permiso para entrar
¿Cuáles son los Requisitos de la norma de OSHA?
3
Los empleadores de la industria en general deben evaluar el lugar de trabajo para determinar si hay espacios confinados que requieren permiso para entrar. (Ver diagrama de flujo.) Si hay espacios que requieren permiso para entrar en el lugar de trabajo, el empleador deberá informar a los empleados expuestos, acerca , de la existencia, ubicación y el peligro que estos espacios representan. Esto puede lograrse colocando letreros de peligro u otro medio igualmente efectivo. La siguiente leyenda sería satisfactoria para los requerimientos de tales Letreros:
PELIGRO—ESPACIO CONFINADO QUE REQUIERE PERMISO PARA ENTRAR—PERSONAS AUTORIZADAS SOLAMENTE Si los empleados no deben entrar y trabajar en espacios que requieren permiso para entrar, los empleadores deben tomar medidas efectivas para evitar que sus empleados entren en los espacios que requieren permiso para entrar.1 Si los empleados tienen que entrar a espacios que requieren permiso, el empleador debe desarrollar un programa escrito de espacios que requieren permiso para entrar, que deberá estar disponible para los empleados o sus representantes. Bajo ciertas condiciones, el empleador puede utilizar procedimientos alternativos para el ingreso de trabajadores a un espacio que requiere permiso para entrar. 2 Por ejemplo, si los empleadores pueden demostrar con controles e inspección que el único riesgo presente o potencial es una atmósfera peligrosa, que puede hacerse segura simplemente con el uso continuo de ventilación forzada de aire, pueden estar eximidos de algunos requisitos, tales como permisos y encargados. Pero aún en tales circunstancias, antes de que ingrese algún empleado se debe probar la atmósfera interna del espacio para determinar su contenido 1) de oxígeno, 2) de gases y vapores inflamables y 3) de contaminantes tóxicos potenciales del aire.
1
Ver los requisitos en 1910.146, seccion (c)(1), (c)(6) y (c)(8) .
2
Ver los requisitos específicos de la norma en las secciones (c)(5)(i) y (c)(5)(ii)
¿Cuáles son los Requisitos de la norma de OSHA?
4
Diagrama de flujo para decidir qué espacios confinados requieren permiso para entrar ¿El lugar de trabajo contiene PRCS tal co mo los define §1910-146(b)?
NO
Consultar otras normas de OSHA de aplicables.
FIN
SI Informar a los empleados tal como lo requiere §1910.146(c)(2).
¿Se ingresará al espacio que requiere permiso para Entrar? SI ¿Ingresarán contratistas? NO
SI
La tarea será realizada por los empleados del contratista. Informar al contratista tal como lo requiere §1910.146(c)(8)(i), y (ii) y (iii). El contratista obtiene la información requerida por §1910.146(c)(9)(i), (ii), del empleador.
¿Ingresarán al espacio empleados del empleador principal? SI
Impedir el ingreso de los empleados tal como lo requiere §1910-146(c)(3). Hacerlo fuera del espacio.
NO
Tanto los empleados del contratista como los del empleador principal entrarán a los espacios.
NO
SI
NO
Coordinar operaciones para entrar tal como lo requiere §1910.146(c)(8)(iv) y (d)(11). Impedir el ingreso no autorizado. Impedir el ingreso no autorizado. STOP
¿El espacio tiene riesgos conocidos o potenciales?
No es un PRCS. No se aplicará 1910.146. Consultar otras normas de OSHA.
NO
SI ¿Pueden eliminarse los riesgos? NO
SI
El empleador puede optar por reclasificar el espacio para el uso FIN 1 como espacio confinado que no requiere permiso §1910.146(c)(7).
¿El espacio puede mantenerse en condiciones para entrar con seguridad solamente con la ventilación forzada continua de aire? NO
SI
Puede ingresarse al espacio bajo §1910.146(c)(5).
Preparar para ingreso vía procedimientos de permiso para entrar. NO Verificar condiciones aceptables para entrar. (Registrar resultados de pruebas, aislar espacio si fuera necesario, personal/medios de rescate para tenerlos disponibles, los que entran deben estar equipados adecuadamente, etc.) SI Permiso emitido por firma autorizada. Condiciones aceptables para entrar mantenidas todo el tiempo que el empleado esté adentro. SI
NO
Tareas para entrar completas. Permiso devuelto y cancelado.
Hacer auditoría del programa de permiso y de los permisos mismos basado en la evaluación para entrar por los ingresantes, asistentes, probadores y preparadores, etc.
NO
El permiso no es válido hasta que las condiciones cumplen con las especificaciones del permiso.
Existe emergencia (condición prohibida). Se evalúa a los ingresantes, se aborta el ingreso. (Llamar a personal de rescate si es necesario). El permiso es invalidado. Renovar el programa de evaluación para corregir/ prevenir la condición prohibida. Si hay una emergencia (habitualmente) es prueba de un programa deficiente. No habrá reingreso hasta que el programa (y el permiso) sean corregidos. (Puede requerir nuevo programa.) CONTINUAR
1
Es posible que se deban evacuar y volver a evaluar los espacios si surgen riesgos durante el ingreso.
Espacios Confinados que Requieren Permiso para Entrar
FIN1
5
¿Necesita el empleador un programa escrito? Sí. El empleador que autoriza el ingreso de empleados debe desarrollar e implementar un programa escrito para los espacios confinados que requieren permiso. Entre otras cosas, la norma OSHA requiere que el programa escrito del empleador pueda: •
Identificar y evaluar los riesgos del espacio que requiere permiso antes de permitir el ingreso de los empleados;
•
Verificar las condiciones en el espacio que requiere permiso antes de realizar las operaciones para entrar y controlar el espacio durante el ingreso;
•
Realizar, en la siguiente secuencia, pruebas adecuadas para riesgos atmosféricos: oxígeno,3 gases o vapores combustibles4 y gases o vapores tóxicos;5
•
Implementar medidas necesarias para impedir el ingreso no autorizado;
•
Establecer e implementar los medios, procedimientos y prácticas, tales como especificar condiciones aceptables para entrar, aislar el espacio que requiere permiso, poner barreras, verificar que las condiciones para entrar sean aceptables, purgar, hacer inerte, usar chorros de agua o ventilar el espacio que requiere permiso para eliminar o controlar los riesgos necesarios para trabajar con seguridad en estos espacios;
•
Identificar las tareas de los empleados;
•
Proveer, mantener y requerir, sin costo para el empleado, el uso de equipo de protección personal y cualquier otro equipo necesario para el ingreso seguro (es decir, equipos de pruebas, monitoreo, ventilación, comunicación e iluminación; barreras, escudos y escaleras);
•
Asegurar que al menos un asistente permanezca a fuera del espacio que requiere permiso durante las operaciones;
•
Coordinar las operaciones para entrar cuando empleados de más de un empleador trabajarán en el espacio que requiere permiso;
•
Implementar procedimientos apropiados para obtener servicios de rescate y emergencia;
3
Ver el Apendice B. Ver la referencia anterior. 5 Ver la referencia anterior. 4
¿Cuáles son los requistos de la norma de OSHA?
6
•
Establecer por escrito e implementar un sistema para la preparación, emisión, uso y cancelación de permisos;
•
Revisar las operaciones de entrada establecidas anualmente y el programa para entrar a espacios confinados que requieren permiso según sea necesario; y
•
Cuando se requiere que un asistente controle más de un espacio, implementar los procedimientos que se deben a seguir durante una emergencia en uno o más de los espacios confinados que requieren permiso.
Si se detectan condiciones de riesgo durante el ingreso, los empleados deben dejar inmediatamente el lugar y el empleador debe evaluar el espacio para determinar la causa de los peligros de la atmósfera. Cuando el ingreso a espacios que requieren permiso está prohibido, el empleador debe adoptar medidas efectivas para evitar el ingreso no autorizado. Los espacios confinados que no requieren permiso deben evaluarse dos nuevamente cuando hay cambios en el uso o configuración y, cuando corresponda, también deberán clasificarse nuevamente. Los espacios que no tienen o tienen el potencial de contener atmósferas peligrosas deben reclasificarse como espacios confinados que no requieren permiso sólo cuando se eliminen todos los riesgos, ver 1910.146(c)(7). Si se requiere la entrada para eliminar los riesgos y obtener datos, el empleador debe seguir los procedimientos establecidos en las secciones (d) a (k) de la norma. Se debe tener un certificado que documente los datos a disposición de los empleados que entran al espacio. El certificado debe incluir la fecha, ubicación del espacio y la firma de la persona que hace la certificación. Los empleadores de los contratistas que se han contratado para entrar a espacios confinados que requieren permiso deben informar a sus contratistas acerca de los espacios que requieren permisos y de los requisitos para entrar a esos espacios, cualquier riesgo identificado, la experiencia del empleador con el espacio (es decir, el conocimiento de condiciones de riesgo), y las precauciones o los procedimientos que se deben seguir cuando se esté dentro o cerca de espacios que requieren permiso. (Ver también 1910.146(c)(8).) Cuando empleados de más de un empleador estén realizando operaciones para entrar, los empleadores afectados deben coordinar las operaciones de entrada para asegurar que los empleados afectados estén protegidos de forma adecuada de los riesgos del espacio que requiere
Espacios confinados que requieren permiso para entrar
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permiso. El empleador también debe dar a los contratistas cualquier otra información relativa a riesgos y operaciones en espacios que requieren permiso y estos deben informar al empleador al terminar las operaciones de entrada.
¿Se requiere un sistema de permiso? Sí. Un permiso para entrar, firmado por el supervisor y que verifique que se han realizado las preparaciones antes del ingreso 6 y que el espacio es seguro para ingresar, debe ser colocado en las entradas o de otro modo, hacerlo accesible a las personas que ingresan antes de que entren al espacio que requiere permiso. La duración de los permisos para entrar no debe exceder el tiempo requerido para completar una tarea asignada. Además, el supervisor de entrada debe concluir el ingreso y cancelar los permisos cuando se ha completado la tarea asignada o cuando existan nuevas condiciones. Las nuevas condiciones deben anotarse en el permiso cancelado y usarse en la revisión del programa de espacio que requiere permiso. La norma también requiere que el empleador guarde todos los permisos para entrar cancelados al menos por un año.
¿Qué información se requiere en los permisos para entrar? Los permisos para entrar deben incluir la siguiente información:
6
•
Resultados de pruebas;
•
Iniciales o firma de quien realizó las pruebas;
•
Nombre y firma del supervisor que autoriza el ingreso;
•
Nombre del espacio que requiere permiso para entrar a la persona que ingresará, las personas que ingresan con autorización asistentes disponibles e individuos autorizados como supervisores de entrada;
•
Objetivo del ingreso y los riesgos conocidos que existen en el espacio;
•
Medidas que se deben adoptar para aislar los espacios que requieren permiso y eliminar o controlar los riesgos, como impedir el uso o etiquetar el equipo y usar procedimientos para purgar,
Ver párrafo (d)(3) de la Norma.
¿Cuáles son los requisitos de la norma de OSHA?
8
hacer inerte, ventilar y limpiar con agua los espacios que requieren permiso; •
Nombre y números de teléfono de servicios de rescate y emergencia;
•
Fecha y duración autorizada del ingreso;
•
Condiciones de entrada aceptables;
•
Procedimientos de comunicación y equipo para mantener contacto durante el ingreso;
•
Permiso(s) adicional(es) tal como en el caso de trabajo activado que se han emitido para autorizar el trabajo en el espacio que requiere permiso;
•
Equipo y procedimientos especiales, incluyendo equipo de protección personal y sistemas de alarma; y
•
Cualquier otra información necesaria para asegurar la seguridad del empleado.
¿Necesitan capacitación los trabajadores? Sí. Antes de que comience la tarea inicial asignada, el empleador debe proveer la capacitación adecuada para todos los trabajadores que deben trabajar en espacios confinados que requieren permiso. Al completar esta capacitación, los empleadores deben asegurarse de que los empleados hayan adquirido la comprensión, el conocimiento y la capacidad necesaria para desempeñarse con seguridad en sus tareas. Se requiere una capacitación adicional cuando (1) cambian las tareas asignadas, (2) hay un cambio en el programa de espacios que requieren permiso o la operación en el espacio presenta un nuevo riesgo y (3) cuando el desempeño de un empleado en el trabajo es deficiente. También se requiere la capacitación para miembros del equipo de rescate, incluyendo la resucitación cardiopulmonar (CPR) y capacitación en primeros auxilios (ver Emergencias). Los empleadores deben certificar que la capacitación se ha concluido. Cuando la capacitación está completa, el empleador debe guardar un registro de los empleados que participaron en ella y tenerlo disponible para inspección por los empleados y sus representantes autorizados. El registro debe incluir el nombre del empleado, firma o iniciales (de los) instructores y fechas de capacitación.
Espacios confinados que requieren permiso para entrar
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El empleador también debe asegurar que los empleados estén capacitados para realizar las tareas a las que se han asignado.
Deberes de las personas que ingresan •
Conocer los riesgos del espacio, incluyendo la información sobre el modo de exposición (es decir, inhalación o absorción dérmica), señales o síntomas y consecuencias de la exposición;
•
Usar equipo de protección personal adecuado (es decir, protección para rostro y ojos y otras formas de barreras de protección tales como guantes, delantales y trajes que cubran todo el cuerpo);
•
Mantener la comunicación (es decir, vía teléfono, radio u observación visual) con el asistente según sea necesario para permitir que los asistentes puedan controlar la situación del empleado que está adentro y alertarlo si debe evacuar;
•
Salir del espacio que requiere permiso en cuanto sea posible cuando se lo ordene una persona autorizada, cuando el ingresado reconoce las señales o los síntomas indicadores de que existe exposición, una condición prohibida o cuando se active una alarma automática; y
•
Alertar al asistente cuando exista una condición prohibida o cuando existan señales de alerta o síntomas de exposición.
Deberes del a sistente •
Permanecer afuera del espacio que requiere permiso durante las operaciones de entrada a menos que sean relevados por otro asistente autorizado;
•
Realizar rescates sin ingreso cuando lo especifique el procedimiento de rescate del empleador;
•
Conocer los riesgos existentes y potenciales, incluyendo la información sobre el modo de exposición, señales o síntomas, consecuencias de la exposición y sus efectos fisiológicos;
•
Mantener comunicación con los trabajadores que ingresen al espacio que requiere permiso y hacer un seguimiento preciso de ellos;
•
Ordenar la evacuación del espacio que requiere permiso cuando exista una condición prohibida, cuando un trabajador dé muestras de efectos fisiológicos por exposición al riesgo, cuando exista una emergencia fuera del espacio que requiera permiso para entrar y
¿Cuáles son los requisitos de la norma de OSHA?
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cuando el ayudante no pueda cumplir de modo efectivo y seguro las tareas requeridas; •
Solicitar servicios de rescate y otros servicios durante una emergencia;
•
Asegurar que las personas no autorizadas se mantengan alejadas de los espacios que requieran permiso para entrar o salgan inmediatamente si han ingresado al espacio.
•
Informar a los empleados autorizados que están adentro y al supervisor de ingreso si entraron personas no autorizadas y
•
No realizar otras tareas que interfieran con las obligaciones primordiales del asistente.
Deberes del s upervisor de e ntrada •
Conocer los riesgos del espacio incluyendo información sobre el modo de exposición, señales o síntomas y consecuencias de la exposición;
•
Verificar los planes de emergencia y especificar las condiciones para entrar tales como permisos, pruebas, procedimientos y equipo antes de permitir la entrada;
•
Terminar el ingreso y cancelar los permisos cuando se realicen las operaciones para entrar o si existe una nueva condición;
•
Verificar que los servicios de rescate estén disponibles y que funcionen los medios para contactarlos;
•
Tomar medidas apropiadas para hacer salir a empleados no autorizados; y
•
Asegurarse de que las operaciones de entrada se mantengan en regla con el permiso y que las condiciones para entrar se mantengan aceptables.
¿Hay Requisitos de emergencia? Sí. La norma requiere que el empleador asegure que el personal del servicio de rescate esté provisto y capacitado en el uso correcto del equipo de protección personal y de rescate, incluyendo respiradores; que estén capacitado para realizar las tareas de rescate asignadas, y que hayan tenido la capacitación de empleados autorizados para entrar en espacios confinados.
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La norma también requiere que todo el personal de rescate esté capacitado en primeros auxilios y resucitación cardiopulmonar (CPR) y, como mínimo, que un miembro del equipo de rescate tenga título válido en primeros auxilios y CPR. El empleador también debe asegurar que se realicen ejercicios de práctica de rescate una vez al año y que los servicios de rescate tengan acceso a espacios confinados que requieren permiso para que puedan practicar las operaciones de rescate. El personal de rescate también debe estar informado sobre los riesgos del espacio que requiere permiso. Además, las personas autorizadas para ingresar que entren a un espacio que requiere permiso deben llevar un arnés de pecho o de cuerpo entero con una línea de recuperación adherida al centro de la espalda cerca del nivel de los hombros o por encima de la cabeza. Se pueden usar muñequeras si el empleador puede demostrar que el uso de un arnés de pecho o de cuerpo completo es imposible o crea un riesgo mayor. Además, el empleador debe asegurar que el otro extremo de la línea de rescate esté unida a un aparato mecánico o a un punto fijo fuera del espacio que requiere permiso. Debe haber disponible un aparato mecánico de tipo vertical para rescatar a personal de los espacios confinados a más de 5 pies (1,524 metros) de profundidad Además si una persona lesionad estuvo expuesta a una sustancia para la que se requiere que haya una Hoja de datos sobre la seguridad los materiales u otra información escrita similar en el lugar de trabajo, esa Hoja de datos u otra información escrita debe ponerse a disposición de la institución médica que trate a la persona expuesta.
¿Cuáles son los requisitos de la norma de OSHA?
¿Qué otra ayuda ofrece OSHA a los empleadores?
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Sí. OSHA ofrece una variedad de programas e iniciativas para ayudar a los empleadores a cumplir las normas o guías de la agencia. La siguiente es una breve síntesis de algunos de esos esfuerzos.
Guía para la administración del programa de seguridad y salud El manejo efectivo de la seguridad y la protección de la salud del trabajador es un factor decisivo en la reducción del número y la severidad de lesiones y enfermedades relacionadas con el trabajo y los costos relacionados con ellas. Para ayudar a los empleadores y empleados a desarrollar programas efectivos de seguridad y salud, OSHA publicó las Guías para la Administración delManejo Programas de Seguridad y Salud – (Registro Federal 54(18): 3908-3916, 26 de enero de 1989). Estas guías
voluntarias aplican en todos los lugares de empleo cubiertos por OSHA. Las guías identifican cuatro elementos generales que son críticos para el desarrollo de un programa de seguridad y salud exitoso: •
compromiso de la administración y participación de los empleados,
•
análisis del lugar de trabajo,
•
prevención y control de riesgo, y
•
capacitación
en seguridad y salud.
Las guías recomiendan acciones específicas bajo cada uno de estos elementos generales para alcanzar un programa efectivo de seguridad y salud. Se puede obtener una copia gratuita de la guía a través del Departamento de Trabajo de Estados Unidos, Publicaciones de OSHA, P.O. Box 37535, Washington, DC 20013-7535, enviando un sobre que incluya su dirección con su pedido.
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Programas estatales La Ley de Seguridad y Salud Ocupacional de 1970 recomienda a los estados a desarrollar y operar sus propios planes de seguridad y salud en el empleo. Los estados con planes aprobados bajo la sección 18(b) del la Ley deben adoptar normas e imponer requisitos que sean al menos tan efectivos como los requisitos federales. Actualmente hay 25 estados con planes propios: 23 de ello administran planes que cubren empleados tanto privados como públicos (empleados del estado y municipales) y los otros 2 estados, Connecticut y New York, sólo cubren a los empleados públicos. Los estados con planes propios deben adoptar normas comparables a los requisitos federales dentro de los 6 meses de la promulgación de una norma federal. Hasta la promulgación de una norma estatal, OSHA Federal ofrece ayuda interina para la aplicación, según lo adecuado para estos estados. Al final de esta publicación aparece una lista de planes estatales aprobados.
Servicios de consulta Hay ayuda de consulta disponible mediante solicitud de empleadores que quieran ayuda para crear y mantener un ámbito laboral seguro y saludable. El servicio, financiando principalmente por OSHA, se ofrece sin costo para el empleador. El servicio de consulta desarrollado principalmente para empleadores pequeños con más operaciones riesgosas, lo realizan las agencias de gobiernos estatales o universidades que emplean consultores profesionales de salud y de seguridad. La extensa ayuda incluye una evaluación de todas las prácticas laborales y los riesgos ambientales del lugar de trabajo y todos los aspectos del programa de seguridad y salud actual en el trabajo del empleador. El programa no está vinculado a las inspecciones de OSHA. No se proponen penalidades ni se emiten citaciones por problemas de seguridad o de salud identificados por los consultores. El servicio es confidencial. Para obtener más información respecto de la ayuda de consulta, vea la lista de proyectos de consulta al final de esta publicación.
Programas de Protección Voluntaria (PPV) Los Programas de Protección Voluntaria (PPV) y los servicios de consulta en el lugar, cuando se unen a un programa efectivo de aplicación, expanden la protección del trabajador para ayudar a alcanzar los objetivos del Acta OSH. Los tres PPV—Estrella, Mérito y Demostración—están
¿Qué otra ayuda ofrece OSHA a los empleadores?
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diseñados para reconocer logros destacados de empresas que han incorporado exitosamente programas de seguridad y salud en su sistema general administrativo. Motivan a otras personas a alcanzar resultados sobresalientes de seguridad y salud de la misma manera destacada, estableciendo una relación de cooperación entre los empleadores, los empleados y OSHA. Para obtener mayor información sobre los PPV y cómo inscribirse, comuníquese a su oficina de área o regional de OSHA más cercana, que aparece al final de esta publicación.
Capacitación y educación Las oficinas de área de OSHA ofrecen una variedad de servicios informativos, tales como publicaciones, ayudas audiovisuales, asesoramiento técnico y conferencistas para compromisos especiales. El Instituto de Capacitación de OSHA en Des Plaines, IL, ofrece cursos básicos y avanzados en seguridad y salud para funcionarios federales y estatales, consultores estatales, personal de agencias federales y empleadores y empleados y sus representantes del sector privado. OSHA también provee fondos a organizaciones no lucrativas, a través de subsidios, con el fin de educar y capacitar en el lugar de trabajo en temas en los que OSHA considera que hay una falta de capacitación en el lugar de trabajo. Los subsidios se otorgan anualmente. Los beneficiarios deben contribuir el equivalente de al menos un 20 por ciento del total del subsidio. Para obtener mayor información sobre ayuda, entrenamiento y educación, comuníquese con el Instituto de Entrenamiento de OSHA, Oficina de Entrenamiento y Educación, 1555 Times Drive, Des Plaines, IL 60018 (847) 297-4810, Fax (847) 297-4874. Para más información sobre cualquier programa OSHA comuníquese a su oficina de área o regional de OSHA que aparece al final de esta publicación.
Información electrónica Internet – Las normas, interpretaciones, directivas e información adicional de OSHA ahora se encuentran en la Internet en http://www.osha.gov/. CD-ROM—Puede comprarse el CD-ROM de OSHA que contiene una gran variedad de materiales de OSHA incluyendo normas, interpretaciones,
Espacios confinados que requieren permiso para entrar
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directivas y más a través de la Oficina de Impresos del Gobierno de EE.UU. Para hacer un pedido, escriba a la Superintendencia de Documentos. P.O. Box 371954, Pittsburgh, PA 15250-7954 o llame al teléfono (202) 512-1800 Especifique en su solicitud Regulaciones, Documentos e Información Técnica de OSHA en CD-ROM (ORDT). No. de pedido GPO S/N 729-1300000-5. El precio es $38 por año ($87.50 en el extranjero), $15 por una copia ($18.75 en el extranjero).
Emergencias En caso de situaciones de riesgo de muerte llame al (800) 321-OSHA. Las quejas llegarán inmediatamente a la oficina de área o estatal OSHA más cercana para recibir ayuda. Para obtener mayor información sobre cualquier programa de OSHA comuníquese a la oficina de área o regional de OSHA más cercana que aparec al final al final de esta publicación.
¿Qué Otra Ayuda Provee OSHA a los Empleadores?
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Publicaciones relacionadas de OSHA
Se puede obtener una sola copia gratuita de las siguientes publicaciones a través de la Oficina de Publicaciones de OSHA, OSHA, Publications Office, U.S. Department of Labor, P.O. Box 37535, Washington, DC 20013-7535, por teléfono al (202) 219-4667 o por fax al (202) 219-9266, o en la oficina regional OSHA más cercana que aparece en este folleto. Envíe un sobre con su pedido y su dirección. Acceso a los registros médicos y de exposición — OSHA 3110
Todo sobre Osha — OSHA 2056 Comunicación de riesgos químicos — OSHA 3084 Servicios de consulta para el empleador — OSHA 3047 Control de energía peligrosa (etiquetar y poner fuera de servicio — OSHA 3120 Derechos y responsabilidades y cursos de acción después de una inspección de OSHA) — OSHA 3000 Inspecciones de OSHA — OSHA 2098 Equipo de protección persona — OSHA 3077 Protección respiratoria — OSHA 3079
Las siguientes publicaciones pueden obtenerse a través del Superintedent of Documents, US Government Printing Office, Washington DC 20402, (212) 502-1800. Inclura el No de orden GPO y extienda los cheques a nombre de Superintendent of Documents. Control de riesgos eléctricos - OSHA 3075 Orden No. 029-016-00126-3; costo: $1.00. Información sobre riesgos - Guías para el cumplimiento - OSHA 3104 Orden No. 029-016-00147-6; costo: $18.00. Normas de cumplimiento para la información sobre riesgos — OSHA 3111 Orden No. 029-016-00163-8; costo: $1.50. Respuesta principal y preparación para casos de emergencia Requisitos de preparación según las normas de OSHA y guía para programas de seguridad y salud — OSHA 3122 Orden No. 029-016-00154-9; costo: $3.75. Requisitos y guías de capacitación de acuerdo a las normas de OSHA — OSHA 2254 Orden No. 029-016-00160-3; costo: $6.00.
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Estados con planes aprobados
17
Comisionado
Comisionado
Alaska Department of Labor 1111 West 8th Street Room 306 Juneau, AK 99801 (907) 465-2700
Iowa Division of Labor Services 1000 E. Grand Avenue Des Moines, IA 50319 (515) 281-3447
Director Industrial Commission of Arizona 800 W. Washington Phoenix, AZ 85007 (602) 542-5795
Kentucky Labor Cabinet 1047 U.S. Highway, 127 South, STE 2 Frankfort, KY 40601 (502) 564-3070
Director
Comisionado
California Department of Industrial Relations 45 Freemont Street San Francisco, CA 94105 (415) 972-8835
Maryland Division of Labor and Industry Department of Labor Licensing and Regulation 1100 N. Eutaw Street, Room 613 Baltimore, MD 21202-2206 (410) 767-2215
Comisionado Connecticut Department of Labor 200 Folly Brook Boulevard Wethersfield, CT 06109 (860) 566-5123
Director Hawaii Department of Labor and Industrial Relations 830 Punchbowl Street Honolulu, HI 96813 (808) 586-8844
Comisionado Indiana Department of Labor State Office Building 402 West Washington Street Room W195 Indianapolis, IN 46204 (317) 232-2378
Secretario
Director Michigan Department of Consumer and Industry Services 4th Floor, Law Building P.O. Box 30004 Lansing, MI 48909 (517) 373-7230
Comisionado Minnesota Department of Labor and Industry 443 Lafayette Road St. Paul, MN 55155 (612) 296-2342
Estados con Planes Aprobados
18
Administrador
Secretario
Nevada Division of Industrial Relations 400 West King Street Carson City, NV 89710 (702) 687-3032
Puerto Rico Department of Labor and Human Resources Prudencio Rivera Martinez Building 505 Munoz Rivera Avenue Hato Rey, PR 00918 (809) 754-2119
Secretario New Mexico Environment Department 1190 St. Francis Drive P.O. Box 26110 Santa Fe, NM 87502 (505) 827-2850
Comisionado New York Department of Labor W. Averell Harriman State Office Building – 12, Room 500 Albany, NY 12240 (518) 457-2741
Comisionado North Carolina Department of Labor 319 Chapanoke Road Raleigh, NC 27603 (919) 662-4585
Administrador Department of Consumer and Business Services Occupational Safety and Health Division (OR-OSHA) 350 Winter Street, NE Room 430 Salem, OR 97310-0220 (503) 378-3272
Director South Carolina Department of Labor Licensing and Regulation Koger Office Park, Kingstree Building 110 Centerview Drive P.O. Box 11329 Columbia, SC 29210 (803) 896-4300
Comisionado Tennessee Department of Labor ATTN: Robert Taylor 710 James Robertson Parkway Nashville, TN 37243-0659 (615) 741-2582
Comisionado Industrial Commission of Utah 160 East 300 South, 3rd Floor P.O. Box 146650 Salt Lake City, UT 84114-6650 (801) 530-6898
Comisionado Vermont Department of Labor and Industry National Life Building, Drawer 20 120 State Street Montpelier, VT 05620 (802) 828-2288
Espacios confinados que requieren permiso para entrar
19
Comisionado Virginia Department of Labor and Industry Powers-Taylor Building 13 South 13th Street Richmond, VA 23219 (804) 786-2377
Comisionado Virgin Islands Department of Labor 2131 Hospital Street, Box 890 Christiansted St. Croix, VI 00820-4666 (809) 773-1994
Director Washington Department of Labor and Industries General Administration Building P.O. Box 44001 Olympia, WA 98504-4001 (360) 902-4200
Administrador Worker’s Safety and Compensation Division (WSC) Wyoming Department of Employment Herschler Building, 2nd Floor East 122 West 25th Street Cheyenne, WY 82002 (307) 777-7786
Estados con planes aprobados
20
Proyectos de Consulta de OSHA
Estado
Teléfono
Alabama............................................................................... (205) 348-7136 Alaska .................................................................................. (907) 269-4957 Arizona ................................................................................ (602) 542-5795 Arkansas .............................................................................. (501) 682-4522 California ............................................................................. (415) 972-8515 Colorado .............................................................................. (970) 491-6151 Connecticut.......................................................................... (860) 566-4550 Delaware.............................................................................. (302) 761-8219 District of Columbia ............................................................ (202) 576-6339 Florida ................................................................................. (904) 488-3044 Georgia ................................................................................ (404) 894-2643 Guam ............................................................................ 011 (671) 475-0136 Hawaii ................................................................................. (808) 586-9100 Idaho .................................................................................... (208) 385-3283 Illinois .................................................................................. (312) 814-2337 Indiana ................................................................................. (317) 232-2688 Iowa ..................................................................................... (515) 965-7162 Kansas ................................................................................. (913) 296-7476 Kentucky ............................................................................. (502) 564-6895 Louisiana ............................................................................. (504) 342-9601 Maine ................................................................................... (207) 624-6460 Maryland ............................................................................. (410) 880-4970 Massachusetts ...................................................................... (617) 727-3982 Michigan....................................................................... (H) (517) 322-1817 ................................................................................ (S) (517) 322-1809 Minnesota ............................................................................ (612) 297-2393 Mississippi ........................................................................... (601) 987-3981 Missouri ............................................................................... (573) 751-3403 Montana ............................................................................... (406) 444-6418 Nebraska .............................................................................. (402) 471-4717 Nevada ................................................................................. (702) 486-5016 New Hampshire ................................................................... (603) 271-2024 New Jersey .......................................................................... (609) 292-2424 New Mexico ........................................................................ (505) 827-4230 New York ............................................................................. (518) 457-2481 North Carolina ..................................................................... (919) 662-4644 North Dakota ....................................................................... (701) 328-5188 Ohio ..................................................................................... (614) 644-2246
Espacios confinados que requieren permiso para entrar
21
Estado
Teléfono
Oklahoma ............................................................................ (405) 528-1500 Oregon ................................................................................. (503) 378-3272 Pennsylvania ....................................................................... (412) 357-2561 Puerto Rico .......................................................................... (787) 754-2188 Rhode Island........................................................................ (401) 277-2438 South Carolina ..................................................................... (803) 896-4300 South Dakota ....................................................................... (605) 688-4101 Tennessee ............................................................................ (615) 741-7036 Texas .................................................................................... (512) 440-3809 Utah ..................................................................................... (801) 530-7606 Vermont ............................................................................... (802) 828-2765 Virginia ................................................................................ (804) 786-6359 Virgin Islands ...................................................................... (809) 772-1315 Washington .......................................................................... (360) 902-5638 West Virginia ....................................................................... (304) 558-7890 Wisconsin ...................................................................... (H) (608) 266-8579 ................................................................................ (S) (414) 521-5063 Wyoming ............................................................................. (307) 777-7786 (H) – Salud (S) – Seguridad
Proyectos de consulta de OSHA
22
Oficinas de Área de OSHA
Área
Teléfono
Albany, NY .......................................................................... (518) 464-4338 Albuquerque, NM ............................................................... (505) 248-5302 Allentown, PA ..................................................................... (610) 776-0592 Anchorage, AK .................................................................... (907) 271-5152 Appleton, WI ....................................................................... (414) 734-4521 Austin, TX ........................................................................... (512) 916-5783 Avenel, NJ ........................................................................... (908) 750-3270 Baltimore, MD .................................................................... (410) 962-2840 Bangor , ME ........................................................................ (207) 941-8177 Baton Rouge, LA ................................................................ (504) 389-0474 Bayside, NY ........................................................................ (718) 279-9060 Bellevue, WA ...................................................................... (206) 553-7520 Billings, MT ........................................................................ (406) 247-7494 Birmingham, AL.................................................................. (205) 731-1534 Bismark, ND........................................................................ (701) 250-4521 Boise, ID.............................................................................. (208) 334-1867 Bowmansville, NY .............................................................. (716) 684-3891 Braintree, MA ..................................................................... (617) 565-6924 Bridgeport, CT .................................................................... (203) 579-5581 Calumet City, IL .................................................................. (708) 891-3800 Carson City, NV .................................................................. (702) 885-6963 Charleston, WV ................................................................... (304) 347-5937 Cincinnati, OH .................................................................... (513) 841-4132 Cleveland, OH ..................................................................... (216) 522-3818 Columbia, SC ...................................................................... (803) 765-5904 Columbus, OH ..................................................................... (614) 469-5582 Concord, NH ....................................................................... (603) 225-1629 Corpus Christi, TX .............................................................. (512) 888-3420 Dallas, TX ........................................................................... (214) 320-2400 Denver, CO .......................................................................... (303) 844-5285 Des Plaines, IL .................................................................... (847) 803-4800 Des Moines, IA ................................................................... (515) 284-4794 Englewood, CO ................................................................... (303) 843-4500 Erie, PA ................................................................................ (814) 833-5758 Fort Lauderdale, FL ............................................................ (954) 424-0242 Fort Worth, TX .................................................................... (817) 428-2470 Frankfort, KY ...................................................................... (502) 227-7024 Harrisburg, PA ..................................................................... (717) 782-3902
Espacios confinados que requieren permiso para entrar
23
Área
Teléfono
Hartford, CT ........................................................................ (860) 240-3152 Hasbrouck Heights, NJ ....................................................... (201) 288-1700 Guaynabo, PR ..................................................................... (787) 277-1560 Honolulu, HI ....................................................................... (808) 541-2685 Houston, TX ........................................................................ (281) 286-0583 Houston, TX ........................................................................ (281) 591-2438 Indianapolis, IN ................................................................... (317) 226-7290 Jackson, MS ........................................................................ (601) 965-4606 Jacksonville, FL .................................................................. (904) 232-2895 Kansas City, MO ................................................................. (816) 483-9531 Lansing , MI ........................................................................ (517) 377-1892 Little Rock , AR .................................................................. (501) 324-6291 Lubbock, TX ....................................................................... (806) 472-7681 Madison, WI ........................................................................ (608) 264-5388 Marlton, NJ.......................................................................... (609) 757-5181 Methuen, MA ...................................................................... (617) 565-8110 Milwaukee, WI .................................................................... (414) 297-3315 Minneapolis, MN ................................................................ (612) 348-1994 Mobile , AL ......................................................................... (334) 441-6131 Nashville, TN ...................................................................... (615) 781-5423 New York, NY ..................................................................... (212) 466-2482 Norfolk , VA ........................................................................ (804) 441-3820 North Aurora, IL ................................................................. (630) 896-8700 North Syracuse, NY ............................................................ (315) 451-0808 Oklahoma City, OK ............................................................. (405) 231-5351 Omaha, NE .......................................................................... (402) 221-3182 Parsippany, NJ ..................................................................... (201) 263-1003 Peoria, IL ............................................................................. (309) 671-7033 Philadelphia, PA .................................................................. (215) 597-4955 Phoenix, AZ ......................................................................... (602) 640-2007 Pittsburgh, PA ...................................................................... (412) 644-2903 Portland, OR ........................................................................ (503) 326-2251 Providence, RI ..................................................................... (401) 528-4669 Raleigh, NC ......................................................................... (919) 856-4770 Salt Lake City, UT ............................................................... (801) 487-0073 Sacramento, CA .................................................................. (916) 566-7470 San Diego, CA .................................................................... (619) 557-2909 Savannah, GA ..................................................................... (912) 652-4393
Oficinas de area de OSHA
24
Área
Teléfono
Smyrna, GA ......................................................................... (770) 984-8700 Springfield, MA .................................................................. (413) 785-0123 St. Louis, MO ...................................................................... (314) 425-4249 Tampa, FL ........................................................................... (813) 626-1177 Tarrytown, NY .................................................................... (914) 524-7510 Toledo, OH .......................................................................... (419) 259-7542 Tucker, GA .......................................................................... (770) 493-6644 Westbury, NY ...................................................................... (516) 334-3344 Wichita, KS ......................................................................... (316) 269-6644 Wilkes-Barre, PA ................................................................. (717) 826-6538 Wilmington, DE .................................................................. (302) 573-6115
Espacios confinados que requieren permiso para entrar
Oficinas Regionales de OSHA
25
Región I (CT,* MA, ME, NH, RI, VT*)
Región VI (AR, LA, NM,* OK, TX)
JFK Federal Building Room E-340 Boston, MA 02203 Teléfono: (617) 565-9860
525 Griffin Street Room 602 Dallas, TX 75202 Teléfono: (214) 767-4731
Región II (NJ, NY,* PR,* VI*)
Región VII (IA,* KS, MO, NE)
201 Varick Street Room 670 New York, NY 10014 Teléfono: (212) 337-2378
City Center Square 1100 Main Street, Suite 800 Kansas City, MO 64105 Teléfono: (816) 426-5861
Región III (DC, DE, MD,* PA, VA,* WV)
Región VIII (CO, MT, ND, SD, UT,* WY*)
Gateway Building, Suite 2100 3535 Market Street Philadelphia, PA 19104 Teléfono: (215) 596-1201
1999 Broadway, Suite 1690 Denver, CO 80802-5716 Teléfono: (303) 844-1600
Región IV (AL, FL, GA, KY,* MS, NC, SC,* TN*) Atlanta Federal Center 61 Forsyth Street, SW, Room 6T50 Atlanta, GA 30303 Teléfono: (404) 562-2300
Región V (IL, IN,* MI,* MN,* OH, WI) 230 South Dearborn Street Room 3244 Chicago, IL 60604 Teléfono: (312) 353-2220
Región IX (American Samoa, AZ,* CA,* Guam, HI,* NV,* Trust Territories of the Pacific) 71 Stevenson Street, Room 420 San Francisco, CA 94105 Teléfono: (415) 975-4310
Región X (AK,* ID, OR,* WA*) 1111 Third Avenue Suite 715 Seattle, WA 98101-3212 Teléfono: (206) 553-5930
*Estos estados y territorios usan sus propios programas de salud y seguridad U.S. Department of Labor ocupacional aprobados por OSHA (Los planes de Connecticut y New York cubren Occupational Safety and Health Administration solamente a los empleados públicos). Los estados con programas aprobados deben OSHA tener regulaciones que sean idénticas a, las 3080 (Revised) regulaciones federales o al menos2002 tan eficientes como éstas...
Oficinas regionales de OSHA